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ACTA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA Y UNIVERSAL DE LA SOCIEDAD “TALLERES GALLARRETA LANTEGIAK, S.L.”, CELEBRADA EL DÍA 15 DEJUNIO DE 2016.--------------------------------------En el domicilio de “Talleres Gallarreta Lantegiak, SL”, sito en AbantoZierbena, Bº de Abanto nº 12, y siendo las 10,00 horas del día 15 de junio de 2016, se da inicio a la Junta General Extrordinaria, procediéndose a elaborar la lista de asistentes, que a continuación se relaciona: En representación del Ayuntamiento de Muskiz, socio de la compañía que es titular en pleno dominio de 20.622 participaciones sociales, de la número 1 a la 80 y de la 20.863 a la 41.404, ambas inclusive, D. Gonzalo Riancho Ocejo.----------------------------------------------------------------------En representación del Ayuntamiento de Abanto-Zierbena, socio de la compañía que es titular en pleno dominio de 20.622 participaciones sociales, de la número 81 a la 160 y de la 61.947 a la 82.488, ambas inclusive, Dª. Maite Etxebarria Azpiolea.---------------------------------------En representación del Ayuntamiento de Ortuella, socio de la compañía que es titular en pleno dominio de 20.622 participaciones sociales, de la número 161 a la 240 y de la 41.405 a la 61.946, ambas inclusive, D. Saulo Nebreda Trevejo.------------------------------------------------------------En representación del Ayuntamiento de Trapagaran, socio de la compañía que es titular en pleno dominio de 20.622 participaciones sociales, de la número 241 a la 320 y de la 321 a la 20.862, ambas inclusive, D. Francisco Javier Cuellar Cuadra. -----------------------------------------------Asiste también D. Sabino Gutiérrez Bañares, como letrado-asesor de la sociedad y secretario no consejero del Consejo de Administración.----------Encontrándose reunidos la totalidad de los socios debidamente representados y de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de los Estatutos, deciden por unanimidad celebrar JUNTA EXTRAORDINARIA UNIVERSAL para deliberar sobre los puntos del siguiente ORDEN DEL DÍA: 1 1º).- Designación de Presidente y Secretario de la Junta. 2º).- Reducción del capital social para sanear el balance de la sociedad y restablecer el equilibrio entre capital y patrimonio neto. 3º).- Modificación del artículo 6 de los Estatutos sociales referentes al capital social 4º).- Declaracion de Talleres Gallareta Lantegiak, SL como medio propio de los Ayuntamientos de Abanto-Zierbena, Ortuella, Valle de Trapaga-Trapagaran y Muskiz y modificación de los artículos 2 y 3 de los Estatutos sociales. 5º).- Delegación de facultades al Presidente y al Secretario indistintamente para elevar a públicos los acuerdos sociales y efectuar los trámites necesarios para su debida constancia en el Registro Mercantil. 6º).- Redacción, lectura y aprobación del acta de la Junta. Sometidos a deliberación los puntos del Orden del Día, los reunidos adoptan por unanimidad los siguientes acuerdos: ---------------------------PRIMERO.- DESIGNACION DE PRESIDENTE Y SECRETARIO DE LA JUNTA.------------------------------------------------------------------------------------------Se acuerda designar a D. SAULO NEBREDA TREVEJO como Presidente de la Junta y a D. SABINO GUTIERREZ BAÑARES como Secretario de la misma en su condición de Secretario del Consejo de Administración de conformidad con el artículo 10 de los Estatutos.----------------------------SEGUNDO.- REDUCCION DEL CAPITAL SOCIAL PARA SANEAR EL BALANCE DE LA SOCIEDAD Y RESTABLECER EL EQUILIBRIO ENTRE CAPITAL Y PATRIMONIO NETO.-------------------------------------------------------Se da cuenta del Informe emitido por el Secretario así como de la propuesta adoptada por el Consejo de Administración celebrado el 19 de abril de 2016, en orden a reducir el capital social con el fin de sanear el balance y restablecer el equilibrio entre capital y patrimonio neto como consecuencia de los resultados negativos de los últimos ejercicios, resultando que dicha propuesta ha sido aprobada en cada uno de los Ayuntamientos socios de la compañía en los Plenos celebrados los días 12 de mayo en Muskiz; 26 de mayo en Ortuella; 27 de mayo en Valle de Trapaga-Trapagaran y 31 de mayo de 2016 en Abanto-Zierbena, según certificaciones emitidas por los respectivos Secretarios Municipales. 2 Por consiguiente y de conformidad con los acuerdos corporativos adoptados, SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: a) Aplicar todas las reservas de la Sociedad (105.311,96.- Euros) a compensar pérdidas.---------------------------------------------------------------b) Disminuir el capital social en 247.464,00.- Euros a razón de 3,00.Euros por participación social a fin de eliminar totalmente las pérdidas que no hayan podido ser compensadas con cargo a las reservas, de conformidad con lo previsto en el artículo 320 de la Ley de Sociedades de Capital. c) Según las cuentas anuales de los últimos tres ejercicios auditadas por Zubizarreta Consulting, y tras aplicar las reservas existentes (105.311,96.- Euros) a compensar pérdidas, los 247.464,00.- Euros de la reducción de capital se destinarán a reducir pérdidas en 215.117,38 Euros quedando el resto para reservas (32.346,62 €).---TERCERO.- MODIFICACION DEL ARTÍCULO 6 DE LOS ESTATUTOS SOCIALES REFERENTE AL CAPITAL SOCIAL.-----------------------------------Dado que como consecuencia de los acuerdos anteriormente adoptados, el capital social pasará de 824.880.- Euros (82.488 participaciones de 10,00.- Euros) a 577.416,00.- EUROS, dividido en 82.488 participaciones sociales de 7,00.- Euros de valor nominal cada una de ellas, los miembros de la Junta General debida facultados en virtud de las resoluciones municipales citadas ACUERDAN POR UNANIMIDAD modificar el artículo 6 de los Estatutos que quedará con la siguiente redacción: Artículo 6.- El CAPITAL SOCIAL es de 577.416,00.- EUROS, dividido en 82.488 participaciones sociales de 7,00.- Euros de valor nominal cada una de ellas, completamente suscritas y desembolsadas. Las participaciones sociales están numeradas correlativamente de la 1 a la 82.488, ambas inclusive, son iguales, acumulables e indivisibles y no podrán incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones. 3 CUARTO.- DECLARACION DE TALLERES GALLARETA LANTEGIAK, SL COMO MEDIO PROPIO DE LOS AYUNTAMIENTOS DE ABANTOZIERBENA, ORTUELLA, VALLE DE TRAPAGA-TRAPAGARAN Y MUSKIZ Y MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 2 Y 3 DE LOS ESTATUTOS SOCIALES.-------------------------------------------------------------------------------------Se da cuenta del Informe emitido por el Secretario así como de la propuesta adoptada por el Consejo de Administración celebrado el 19 de abril de 2016, en orden a la declaración y reconocimiento de “TALLERES GALLARRETA LANTEGIAK, SL” como medio propio y servicio técnico de los cuatro Ayuntamientos socios de la misma, resultando que dicha propuesta ha sido aprobada en cada uno de los Ayuntamientos socios de la compañía en los Plenos celebrados el 12 de mayo de 2016 en Muskiz; el 26 de mayo de 2016 en Valle de Trapaga-Trapagaran; el 26 de mayo de 2016 en Ortuella y el 31 de mayo de 2016 en Abanto-Zierbena, según certificaciones emitidas por los respectivos Secretarios Municipales. Por consiguiente y de conformidad con los acuerdos corporativos adoptados, SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: a).- Modificar los Estatutos sociales, a fin de incluir en el artículo 2, y entre los servicios que puede prestar la Sociedad, un nuevo epígrafe con la letra G:---------------------------------------------------------G) Prestar con carácter de medio propio a los Ayuntamientos de Abanto-Zierbena, Ortuella, Muskiz y Valle de Trápaga-Trapagaran servicios medioambientales de limpieza, conservación y mantenimiento de espacios libres y zonas verdes, caminos y vías rurales, parques infantiles, espacios degradados y de especial interés paisajístico, así como los de recogida y retirada de vertidos incontrolados, voluminosos, resto de poda y eliminación de especies invasivas. Como consecuencia de la inclusión del nuevo epígrafe g), el artículo 2 de los Estatutos queda con la siguiente redacción: Artículo 2.- Objeto. La sociedad tendrá por objeto la prestación del servicio de promoción social e integración laboral de los discapacitados psíquicos de la Zona Minera, mediante el ejercicio de las siguientes actividades: 4 A) Desarrollar actividades empresariales, mercantiles o industriales de todo tipo, incluidas las que se realizan a través de Programas Ocupacionales y Especiales de Empleo y de Tránsito al Empleo Ordinario, en los siguientes ámbitos - Fabricación, manipulación y montaje de artículos de madera. - Realización de trabajos de enmarcación y maquetas. - Labores de limpieza, jardinería y publicidad directa. - Realización de obras públicas y privadas de jardinería. - Producción y comercialización de circuitos y equipos electrónicos; equipos y aparatos para la distribución, regulación y medida; pequeños electrodomésticos; productos de alimentación; juguetes; plantas ornamentales de todo tipo y flores. - Trabajos de transformación industrial y manipulados, mecanizados y transformados metálicos, soldadura y montajes diversos. - Manipulación de alimentos. - Manipulaciones y embalajes varios. - Cualesquiera otro que, de modo directo o indirecto, favorezcan la consecución de los fines y objetivos de la sociedad. B) Compraventa, importación, exportación y almacenaje de materiales necesarios para las actividades de fabricación, manipulación y montaje. C) Impulsar la promoción social y la integración laboral de las personas deficientes, prestando asesoramiento técnico, jurídico, económico y financiero a los proyectos empresariales, de promoción de empleo, adecuación de instalaciones empresariales, localización de nuevas actuaciones y captación de empresas. D) Organización de exposiciones, charlas, cursos de formación y campañas de divulgación en el ámbito de la Zona Minera. E) Adquisición y explotación por cuenta propia o ajena de todo tipo de equipos, aparatos, elementos, instalaciones, sistemas y procedimientos técnicos relacionados con las actividades anteriores, incluyendo la licencia de patentes o asistencia de tecnología. F) Adquisición, posesión, administración, gravamen explotación y enajenación de toda clase de bienes y derechos, incluidos toda clase de valores mobiliarios, participaciones sociales, efectos de comercio, bienes muebles e inmuebles, en general y derechos de propiedad industrial o intelectual, todos ellos por cuenta propia y sin ejercer la intermediación. 5 G) Prestar con carácter de medio propio a los Ayuntamientos de Abanto-Zierbena, Ortuella, Muskiz y Valle de TrápagaTrapagaran servicios medioambientales de limpieza, conservación y mantenimiento de espacios libres y zonas verdes, caminos y vías rurales, parques infantiles, espacios degradados y de especial interés paisajístico, así como los de recogida y retirada de vertidos incontrolados, voluminosos, resto de poda y eliminación de especies invasivas. Podrá la Sociedad, asimismo, participar e intervenir en las operaciones o actividades de otras empresas, sea cual fuere el objeto de las mismas a título de socios, accionistas, cuenta partícipe, gestor, administrador o cualquier otro caso, mediante el cumplimiento de las disposiciones legales que rijan al efecto. Dicho objeto podrá desarrollarse total o parcialmente mediante la participación en otras sociedades o entidades de objeto igual o análogo. b).- Modificar los Estatutos sociales, a fin de incluir un nuevo artículo 3 bis del siguiente tenor:------------------------------------------------------Talleres Gallarreta Lantegiak, SL tiene la condición de medio propio y servicio técnico de los Ayuntamientos de Abanto-Zierbena, Ortuella, Muskiz y Valle de Trápaga-Trapagaran para llevar a cabo los servicios medioambientales de limpieza, conservación y mantenimiento de espacios libres y zonas verdes, caminos y vías rurales, parques infantiles, espacios degradados y de especial interés paisajístico, así como los de recogida y retirada de vertidos incontrolados, voluminosos, resto de poda y eliminación de especies invasivas, estando facultada para asumir por parte de estas entidades encargos de gestión para la realización de las actividades y servicios incluidos en el artículo 2 G) de estos estatutos. No obstante, las entidades locales para las que la Sociedad es medio propio podrán celebrar contratos con otras personas naturales o jurídicas sobre prestaciones relativas a los servicios mencionados anteriormente, en aquellos supuestos, debidamente justificados, que por sus características específicas o por circunstancias singulares, así se determinen por los órganos que resulten competentes. Los encargos de gestión, adoptados mediante acuerdo de los órganos que en cada caso resulten competentes, serán de ejecución obligatoria para Talleres Gallarreta Lantegiak, SL, y llevarán aparejada la potestad para el órgano que confiera el encargo de dictar las instrucciones necesarias para su ejecución. 6 La retribución de las encomiendas deberá cubrir el valor de las prestaciones encargadas, teniendo en cuenta para su cálculo los costes directos y los indirectos. La cuantía de la retribución será establecida por el órgano competente que confiera el encargo sin que en ningún caso pueda ser superior al valor de mercado. Talleres Gallarreta Lantegiak, SL actuando con el carácter de medio propio y servicio técnico de los referidos Ayuntamientos o de sus organismos autónomos, no podrá participar en licitaciones públicas convocadas por estos poderes adjudicadores, sin perjuicio de que, cuando no concurra ningún licitador, pueda encargársele la ejecución de la prestación objeto de las mismas. QUINTO.- DELEGACIÓN DE FACULTADES AL PRESIDENTE Y AL SECRETARIO INDISTITAMENTE PARA ELEVAR A PÚBLICOS LOS ACUERDOS SOCIALES Y EFECTUAR LOS TRÁMITES NECESARIOS PARA SU CONSTANCIA EN EL REGISTRO MERCANTIL.--------------------Se faculta expresamente al Sr. Presidente D. Saulo Nebreda Trevejo y al Sr. Secretario del Consejo D. Sabino Gutiérrez Bañares para que indistintamente, en nombre y representación de la Sociedad, comparezcan ante Notario y realicen cuantas gestiones sean pertinentes para conseguir la elevación a público de los acuerdos anteriores y su inscripción en el Registro Mercantil, pudiendo incluso aclarar o subsanar los posibles defectos de este acta ante la calificación verbal o escrita del Registro Mercantil..---------------------------------------------------------------SEXTO.- REDACCIÓN, LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA JUNTA.----------------------------------------------------------------------------------------No habiendo más asuntos que tratar, se suspende momentáneamente la sesión, extendiéndose la presente acta que, una vez leída, es aprobada por unanimidad de los asistentes y firmada por todos los socios, tras lo cual siendo las 11:00 horas se da por finalizada la Junta General Extraordinaria.---------------------------------------------------------------------- El Presidente, D. Saulo Nebreda Trevejo El Secretario, D. Sabino Gutiérrez Bañares 7 LISTA DE A S I S T E N T E S: Por el Ayuntamiento de Muskiz, D. Gonzalo Riancho Ocejo, Por el Ayuntamiento de Abanto-Zierbena, Dª. Maite Etxebarria Azpiolea Por el Ayuntamiento de Ortuella, D. Saulo Nebreda Trevejo Por el Ayuntamiento de Trapagaran, D. Francisco Javier Cuellar Cuadra, 8