Download 3_NIF D-4 2008 - Colegio de Contadores Publicos de Coahuila AC

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DERECHOS RESERVADOS CONFORME A LA LEY, POR
EL AUTOR Y POR EL COLEGIO DE CONTADORES
PUBLICOS DE MEXICO, A.C.
PROHIBIDA LA REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL DE
ESTA OBRA POR CUALQUIER MEDIO, SIN
AUTORIZACION ESCRITA DEL AUTOR O DEL CCPM.
1
CONSEJO MEXICANO PARA LA
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
DE NORMAS DE
INFORMACIÓN FINANCIERA , A.C.
“CINIF”
2
1
NIF D-4
Impuestos a la utilidad
Aplicable para 2008
3
OBJETIVO DE LA NIF D-4
Establecer
normas
reconocimiento
para
contable
de
el
los
impuestos a la utilidad, causados y
diferidos, devengados durante el
periodo contable.
4
2
ALCANCE DE LA NIF D-4
ƒ Aplicable a todas las entidades lucrativas
que emitan estados financieros en los
términos establecidos por la NIF A-3.
ƒ No es aplicable a las entidades con
propósitos no lucrativos, salvo por las
operaciones que lleven a cabo y que son
consideradas
por
la
legislación
como
lucrativas.
5
Definiciones
Impuestos a la utilidad
impuestos causado más diferido.
Impuesto causado
impuesto a cargo, atribuible a la utilidad del periodo,
determinado con base en la legislación.
Impuesto diferido
impuesto a cargo o a favor, atribuible a la utilidad del
periodo, determinado con base en las diferencias
temporales, las pérdidas fiscales y los créditos
fiscales.
6
3
Definiciones
Diferencia temporal
Diferencia entre el valor contable y el valor fiscal de los
activos y pasivos.
Diferencia temporal deducible
La que se restará de la utilidad contable para llegar a la
utilidad fiscal, en el futuro (activo por impuesto
diferido).
Diferencia temporal acumulable
La que se sumará a la utilidad contable para llegar a la
utilidad fiscal, en el futuro (pasivo por impuesto
diferido).
7
Definiciones
Pérdida fiscal
Atender a las disposiciones fiscales vigentes.
Crédito fiscal
Importe a favor de la entidad que puede ser
recuperado contra el impuesto a la utilidad causado,
siempre que se tenga la intención de así recuperarlo.
Tasa efectiva
Impuesto a la utilidad
utilidad contable antes de
impuestos a la utilidad
8
4
Normas de valuación: diferencias
temporales
Diferencias temporales
Método – se mantiene el método de
activos y pasivos para la determinación
de los saldos por impuestos diferidos de
diferencias temporles.
9
Normas de valuación: diferencias
temporales
Método de activos y pasivos
Activos y pasivos contables
vs.
Activos y pasivos fiscales
= Diferencias temporales
X
Tasa de impuesto diferido
= Impuesto diferido
(Pasivo o activo)
10
5
Normas de valuación: diferencias
temporales
Conceptos
Activos por deducirse:
Edificio (neto)
Activos por acumularse
Cuentas por cobrar
Suma activos
Valor
contable
(1)
Valor
fiscal
(2)
Diferencias
temporales
(3)= (1 - 2)
Pasivos / (activos) por
impuesto diferido
(4) = (3) X tasa impuesto
diferido (28%)
$30,000
$32,000
$(2,000)
($2,000) X 28% = ($560)
$25,000
$
0
$25,000
$25,000 X 28% = $7,000
$55,000
$32,000
$23,000
Pasivos por deducirse
Provisión por
obligaciones laborales
Pasivo
($7,000)
($
0)
($7,000)
($7,000) X 28% = ($1,960)
Anticipos de clientes
($4,000)
($
0)
($4,000)
($4,000) X 28% = ($1,120)
Pasivos por acumularse
Inventario acumulable
(0)
($6,000)
$6,000
Suma pasivos
($11,000)
($6,000)
($5,000)
Activo
($1,400)
Activos netos
$44,000
$26,000
$18,000
Pasivo neto
$ 5,040
$6,000 X 28% =
$6,440
$1,680
11
Normas de valuación: diferencias
temporales
Valor fiscal de activos
ƒActivos por deducirse fiscalmente =
importe por deducir
ƒActivos por acumularse fiscalmente =
valor contable – importe por acumular
ƒActivos sin repercusiones fiscales =
valor contable
12
6
Normas de valuación: diferencias
temporales
Valor fiscal de pasivos
ƒPasivos
por deducirse o ya acumulados
fiscalmente =
valor contable - importe por deducir
ƒPasivos por acumularse fiscalmente =
importe por acumular
ƒPasivos sin repercusiones fiscales =
valor contable
13
Normas de valuación: diferencias
temporales
Pasivo por impuesto diferido
Debe reconocerse por todas las diferencias
temporales acumulables, que surgen cuando:
Activo contable > activo fiscal
o cuando:
Pasivo contable < pasivo fiscal
14
7
Normas de valuación: diferencias
temporales
Activo por impuesto diferido
Debe reconocerse por todas las diferencias
temporales deducibles, que surgen cuando:
Activo contable < activo fiscal
o cuando:
Pasivo contable > pasivo fiscal
15
Normas de valuación: diferencias
temporales
Impuesto diferido del periodo
Pasivo o activo por impuesto diferido actual
vs.
Pasivo o activo por impuesto diferido inicial
y debe reconocerse en:
ƒ
ƒ
la utilidad o pérdida neta y
en su caso, directamente en el capital contable
en otras partidas integrales
16
8
Normas de valuación: pérdidas fiscales
Impuesto diferido de pérdidas fiscales
Pérdidas fiscales por amortizar
X
tasa de impuesto diferido
Impuesto diferido del periodo de pérdidas fiscales
Activo por impuesto diferido actual
vs.
Activo por impuesto diferido inicial
y debe reconocerse en la utilidad o pérdida neta
17
Normas
de valuación:
créditos
fiscales
PRINCIPALES
CAMBIOS
NIF
D-4
Impuesto diferido de créditos fiscales
Los créditos fiscales deben reconocerse como
activos por impuesto diferido al momento de
enterarse, siempre que:
• sea probable su recuperación
impuesto a la utilidad, y
contra
el
• la entidad tenga la intención de hacer tal
recuperación.
18
9
Normas de presentación
Balance general
• Impuesto causado – pasivo a corto plazo
• Pasivo o activo por impuesto diferido
- Debe presentarse en el largo plazo.
- En activo, debe reconocerse una estimación
por probable irrecuperabilidad.
• El impuesto diferido del periodo de otras partidas
integrales
- Debe presentarse incluido en dichas otras partidas
integrales.
19
Normas de presentación
Estado de resultados
• Impuesto a la utilidad – se presenta en un solo
renglón:
Impuesto causado
+
Impuesto diferido
20
10
Normas de revelación
Revelaciones importantes
• Composición del impuesto a la utilidad en:
causado y diferido
• Tasa efectiva de impuesto y una conciliación
con la tasa de impuesto causado
• Diferencias temporales que originaron el
impuesto diferido
• Análisis de los activos por impuesto diferido
21
VIGENCIA
Las disposiciones de esta NIF entran
en vigor para los ejercicios que se
inicien a partir del 1º de enero de
2008.
22
11
Transitorios
Efecto acumulado de ISR – se requiere
reclasificar
el
acumulados,
saldo
a
a
menos
resultados
que
se
identifique con alguna de las otras
partidas integrales que a la fecha
estén pendientes de reciclaje.
23
Transitorios
Reconocimiento
inicial
–
el
no
reconocimiento del impuesto diferido se
considera un error contable, siempre y
cuando se haya tenido obligación de
hacerlo.
En párrafos transitorios se requiere aplicar
el método retrospectivo (NIF
B-1) para
corregir tal error.
24
12
Principales cambios
ƒ Definiciones – se incorpora la definición de
tasa efectiva de impuesto; se elimina el
término
de
asimismo,
se
diferencia
precisan
permanente;
algunas
otras
definiciones.
ƒ Efecto acumulado de ISR – desaparece este
rubro
debido
a
que
su
saldo
debe
reclasificarse a resultados acumulados.
25
Principales cambios
ƒ PTU causada y diferida – las normas de
reconocimiento contable se reubican a la NIF
D-3. No obstante, dicha NIF establece que la
PTU diferida debe calcularse con base en el
método de activos y pasivos de la NIF D-4.
ƒ Apéndices – se incorporan apéndices con
explicaciones adicionales.
26
13
INIF 8
Efectos del Impuesto
Empresarial a Tasa Única
Aplicable para 2008
27
INIF 8 – Efectos del IETU
Antecedentes
•
En agosto 2007, el CINIF promulgó la NIF D
- 4,
Impuestos a la utilidad, estableciendo su vigencia a
partir de enero 2008.
•
En octubre del 2007 se publica la Ley del Impuesto
Empresarial a Tasa Única (IETU), estableciendo la:
• entrada en vigor en enero 2008, del IETU que
grava una utilidad basada en flujos de efectivo;
• coexistencia del IETU con el ISR;
• abrogación de la Ley del IMPAC.
•
En diciembre 2007 el CINIF emite la INIF 8 para
normar el reconocimiento contable del IETU.
28
14
INIF 8 – Efectos del IETU
Generalidades del IETU
Obligados al pago
Están obligados al pago del IETU quienes
lleven a cabo las siguientes actividades:
• Enajenación de bienes,
• Prestación de servicios independientes, y
• Otorgamiento del uso o goce temporal
de
bienes.
29
INIF 8 – Efectos del IETU
Generalidades del IETU
Procedimiento de cálculo
(- )
(x)
(=)
(- )
(- )
(- )
(=)
Ingresos
Deducciones
Tasa
IETU calculado
Créditos de IETU
ISR propio
Pagos provisionales de IETU
IETU por pagar
30
15
INIF 8 – Efectos del IETU
Generalidades del IETU
Notas adicionales
•
•
•
•
Los ingresos y deducciones son sobre una base de
flujos de efectivo
Tasa de IETU 2008: 16.5%; 2009: 17% y a partir de
2010 : 17.5%
Los créditos de IETU son importes que la Ley permite
disminuir del IETU calculado
Sólo se paga IETU cuando ésta sea menor que el ISR
31
INIF 8 – Efectos del IETU
La INIF 8 se emite para dar respuesta a las
siguientes preguntas:
1.¿Es el IETU un impuesto a la utilidad?
Para el reconocimiento en los estados financieros
de las entidades, el IETU debe ser tratado como un
impuesto a la utilidad, debido a que se determina
sobre el remanente de una amplia gama tanto de
ingresos como de deducciones de la entidad.
32
16
INIF 8 – Efectos del IETU
2. ¿Cómo deben reconocerse los efectos del IETU
en los estados financieros de una entidad?
Tanto el IETU causado como el diferido deben
reconocerse con base en la NIF D
- 4, Impuestos a
la utilidad.
El IETU diferido puede generarse por:
•
•
Diferencias temporales
Créditos fiscales de IETU
33
INIF 8 – Efectos del IETU
Ejemplo de IETU diferido:
1 Balance general a Dic X8
Venta a crédito
Efectivo
Cuentas por cobrar
IETU por pagar
IETU diferido (pasivo)
Capital contable
Suma pasivo y capital
$
$
100
100
-$
-$
100
100
34
17
INIF 8 – Efectos del IETU
Ejemplo de IETU diferido:
2 Balance general a Dic X8
Reconocimiento IETU diferido
Efectivo
Cuentas por cobrar
Suma activo
IETU por pagar
IETU diferido (pasivo)
Capital contable
Suma pasivo y capital
$
$
100
100
-$
-$
17
83
100
35
INIF 8 – Efectos del IETU
Ejemplo de IETU diferido:
3 Balance general a Dic X9
Cobro de la venta y causación del IETU
Efectivo
Cuentas por cobrar
Suma activo
IETU por pagar
IETU diferido (pasivo)
Capital contable
Suma pasivo y capital
$
100
$
-$
100
17
-$
-$
83
100
36
18
INIF 8 – Efectos del IETU
Principales partidas que provocan IETU diferido:
Diferencias temporales (método de activos y pasivos)
Valor Valor Diferencia IETU
contable Fiscal temporal diferido
Cuentas por cobrar
Inventarios
Activos fijos
Cuentas por pagar
100
200
1,200
- 300
-
100 - 17 Pasivo
200 - 34 Pasivo
1,200 - 204 Pasivo
- 300
51 Activo
37
INIF 8 – Efectos del IETU
Principales partidas que provocan IETU diferido:
Créditos fiscales, siempre que trasciendan a otros periodos
Valor
contable
IETU
diferido
Sueldos y salarios
2,000
340 Activo
Pérdidas fiscales
1,000
170 Activo
En forma transitoria por partidas del 2007:
Inventarios al 60% en diez años, 6%anual
Pasivo
Activos fijos al 50% en diez años, 5% anual
Pasivo
38
19
INIF 8 – Efectos del IETU
. . .2.¿Cómo deben reconocerse los efectos del IETU . . .
Mientras el IETU coexista con el ISR, la entidad debe
determinar si su base de gravamen da origen al pago de
IETU o de ISR.
Para lograr lo anterior, deben hacerse proyecciones
financieras:
- estimando el pago futuro de IETU y de ISR,
- por 4 años,
- razonables, confiables y sustentables,
39
INIF 8 – Efectos del IETU
. . .2.¿Cómo deben reconocerse los efectos del IETU . . .
Entidades que esencialmente sólo pagan ISR – sólo
deben reconocer ISR diferido aunque en alguna
ocasión, en forma circunstancial, paguen IETU;
Entidades que esencialmente pagan IETU – sólo deben
reconocer IETU diferido aunque en alguna ocasión,
en forma circunstancial, no paguen IETU;
Entidades que en algunos periodos pagan sólo ISR y en
otros pagan IETU – deben reconocer el pasivo por
impuesto diferido mayor: el de ISR o el de IETU (o el
activo por impuesto diferido menor).
40
20
INIF 8 – Efectos del IETU
3. ¿Cómo revelar la conciliación de la tasa efectiva de
impuesto con la tasa de impuesto causado?
Si la entidad esencialmente paga ISR, la tasa efectiva
de impuesto debe conciliarse con la tasa de ISR,
aun cuando pague IETU en forma circunstancial.
Si la entidad esencialmente paga IETU, la tasa efectiva
de impuesto debe conciliarse con la tasa de IETU,
aun cuando no pague IETU en forma circunstancial.
En consolidados: debe conciliarse con la tasa de
impuesto causado más representativa de la entidad
económica.
41
INIF 8 – Efectos del IETU
4. ¿Las entidades deben reconocer algún efecto del
IETU en los estados financieros cuya fecha esté
entre el 1º de octubre y el 31 de diciembre del año
2007?
Si en el periodo del 1º de octubre al 31 de diciembre de
2007, la entidad identifica una obligación por IETU
(en dado caso un beneficio) que será exigida por la
Ley a partir del periodo 2008, debe reconocerla
desde 2007 como IETU diferido.
Este reconocimiento no deben hacerlo las entidades
que hayan determinado que esencialmente pagarán
ISR en el futuro.
42
21
INIF 8 – Efectos del IETU
. . .4. ¿Las entidades deben reconocer algún efecto del
IETU . . .del año 2007? . . .
Por lo anterior, las entidades que esencialmente
pagarán IETU, en 2007 deben:
•
eliminar el pasivo o activo por ISR diferido antes
reconocido, afectando el estado de resultados en el
rubro impuestos a la utilidad
•
reconocer el pasivo o activo por IETU diferido,
afectando el estado de resultados en el rubro
impuestos a la utilidad
43
INIF 8 – Efectos del IETU
Principales partidas con IETU diferido en 2007:
Inventarios
1. Diferencias temporales
Valor
contable
2007
Inventarios
$
1,000 $
Valor
Fiscal
-
Diferencia
temporal
IETU
diferido
16.5%
$ 1,000 -$ 165 Pasivo
2. Crédito fiscal 60% en diez años :
($1,000 X 60%) =
600
Tasa IETU
16.5%
Pasivo neto por IETU diferido
99 Activo
-$
66 Pasivo
44
22
INIF 8 – Efectos del IETU
Principales partidas con IETU diferido en 2007:
Activos fijos
1. Diferencias temporales
Valor
contable
2007
Activos fijos
$
1,000 $
Valor
Fiscal
-
Diferencia
temporal
IETU
diferido
16.5%
$ 1,000 -$ 165 Pasivo
2. Crédito fiscal 50% en diez años :
($1,000 X 50%) =
500
Tasa IETU
16.5%
Pasivo neto por IETU diferido
82.5 Activo
-$ 82.5 Pasivo
45
INIF 8 – Efectos del IETU
5. ¿Qué tratamiento contable debe darse al Impuesto
al Activo por recuperar generado hasta el año
2007?
El IMPAC debe reconocerse como una cuenta por
cobrar y no como activo por impuesto diferido.
Cualquier importe de IMPAC considerado como
irrecuperable desde el 2007 debe reconocerse
como un gasto en el estado de resultados del
2007, dentro del rubro de impuestos a la utilidad.
46
23
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