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Farmacia hospitalaria wikipedia , lookup

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PERFIL DE CARGO
HOSPITAL ERNESTO TORRES GALDAMES IQUIQUE
I.- IDENTIFICACIÓN DEL CARGO
Nombre de Cargo
Cantidad de Cargos
Estamento
Subdirección
Jefatura Superior/Directa
Unidad/Depto. de Trabajo
Subordinados
Calidad Jurídica de
Contrato
Renta Bruta/ EU°
Requerimiento de
Movilidad
Requisitos Legales
Horario de Trabajo
Enfermera Clínica Unidad De Hospitalización Domiciliaria
2
Profesional
Subdirección de Gestión de Cuidado del Paciente
Enfermera Supervisora
Unidad hospitalización domiciliaria
No
Si, indique: Técnicos paramédicos
Titular
Contrata
Honorarios
16º
Si es requerido
No es requerido
Ley N°18.834
Ley N°15.076
DFL N°10
DFL N°29
Diurno
3er Turno
4to Turno
Ley N°19.664
Otros __________
Otros _______
II.- REQUISITOS FORMALES
Requisitos Generales
D.F.L Nº10/2008
Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o
aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación
vigente.
Requisitos Específicos
Título Profesional de Enfermera/o
Estudios de
Especialización





Curso monitor de heridas
Curso de IAAS
Curso RCP
Deseable Curso de Trato al Usuario.
Deseable Manejo Microsoft Office nivel medio.
Trayectoria Laboral

Experiencia exigible 6 meses en atención directa de
pacientes en servicios médicos quirúrgicos.
Experiencia deseable 1 año en atención directa de usuarios
en servicio médicos quirúrgicos.

Otros

Inscrita en la superintendencia de salud como prestador
individual.
III.- PROPÓSITOS DEL CARGO
Objetivo
Realizar la gestión del cuidado de los pacientes a su cargo a través de la formulación, ejecución y
supervisión de la atención de enfermería, derivado del diagnóstico y tratamiento médico, y
evaluación de enfermería del paciente que categoriza para atención domiciliaria, utilizando
adecuadamente los recursos, procurando el cumplimiento de los procesos de la unidad.
Funciones Generales
1.
Coordinarse con los servicios clínicos o Unidad de emergencia (UE), Pabellón, sobre los
pacientes derivados a hospitalización domiciliaria (HD)
2.
Programar, organizar, dirigir, coordinar y controlar la atención de los pacientes
proporcionada por el personal de enfermería bajo su dependencia.
3.
Hacer cumplir las normas, procedimientos y funciones establecidas y emanadas desde
el Ministerio, Institución y Unidad.
4.
Coordinar las gestiones de salud con los servicios y unidades de apoyo y pacientes en
el extra sistema o centros de mayor complejidad de la red.
5.
Planificar, ejecutar, controlar y evaluar el plan de atención de enfermería derivada del
diagnóstico, tratamiento médico y diagnóstico y evaluación de enfermería.
Funciones Específicas
1.
2.
Evalúa con Centro de responsabilidad o Unidad, condiciones de salud del
Usuario a trasladar.
Ingreso, egreso del usuario al Programa de HD
3.
Coordina traslado de usuario a domicilio y/o al hospital en caso de ser necesario.
4.
Ejecutar técnicas y procedimientos de enfermería de acuerdo a normas institucionales
vigentes.
Supervisar y controlar las actividades que se realizan en la atención de enfermería de
usuarios.
Mantener registros pertinentes establecidos de la gestión clínica directa y los
derivados de la gestión administrativa.
Asigna las funciones específicas y actividades al personal Técnico Paramédico.
5.
6.
7.
8.
12.
Registrar en forma oportuna, clara y veraz los procedimientos programados y
realizados al usuario, supervisando los registros efectuadas por el personal técnico
paramédico.
Mantener informado a sus jefaturas de novedades ocurridas en la evolución de los
pacientes.
Educar al usuario y su familia según corresponda.
Mantener la existencia y control del uso de los equipos, materiales e insumos e
información oportuna de deterioro y falencias.
Participar en la vigilancia y prevención de IAAS y vigilancia epidemiológica en domicilio.
13.
Velar por los cumplimientos de protocolos de calidad y seguridad del paciente.
14.
Asumir funciones de Enfermera Supervisora en ausencia de esta.
15.
Desempeñarse de acuerdo al Estatuto Administrativo, respetando Ley de Deberes y
Derechos.
Aplicar en su quehacer laboral el Estatuto Administrativo (Ley 18.834) enfatizando los
derechos, obligaciones y prohibiciones del funcionario público. Y respetando las
directrices que su jefatura le indique, para cualquier función que éste estime
conveniente y que sea propia a su estamento.
9.
10.
11.
16.
IV.- ORGANIZACIÓN Y CONTEXTO DEL CARGO
Equipo de Trabajo

Médico internista

Enfermera supervisora

Enfermera clínica

Técnicos paramédicos
Colaboradores

Otros CR y Unidades de apoyo de la institución.
Beneficiarios (Internos y Externos)
 Externos:
Todos los usuarios FONASA y PRAIS, que se mantengan en modalidad de hospitalización
domiciliaria, durante el tiempo pertinente de acuerdo a los criterios de ingreso y egreso.
 Internos:
Todos los centros de responsabilidad de usuarios hospitalizados que puedan ingresar al
Programa HD.
Organigrama
DIRECCIÓN
SUBDIRECCIÓN
MÉDICA
SUBDIRECCIÓN DE
GESTIÓN DEL CUIDADO
MÉDICOS
ENFERMERAS
HOSPITALIZACIÓN
DOMICILIARIA
TÉCNICOS
PARAMEDICOS
V.- RESPONSABILIDADES
Categorías de
Responsabilidades
Responsabilidad
por Exactitud
Responsabilidad
por Información
Confidencial
Responsabilidad
por Contacto con
Personas Externa
Responsabilidad
por Dinero o
Efectos
Negociables
Responsabilidad
por Equipos y
Material
Descriptor de Niveles de Responsabilidades
Los errores provocan consecuencias graves para el trabajo,
siendo muy difícil detectarlos y corregirlos, requiere una gran
responsabilidad.
Los errores provocan consecuencias graves para el trabajo,
siendo muy difícil detectarlos y corregirlos, requiere de un
moderado grado de responsabilidad.
Los errores provocan consecuencias de mediana gravedad en el
trabajo, ubicarlos y rectificarlos presentan cierta dificultad.
Requiere cierto grado de responsabilidad.
Los errores tienen muy pequeña consecuencia en su labor;
pueden ser corregidos con suma rapidez y facilidad en el curso
del trabajo. El error es corregido en la mayoría de los casos sin
que cause trastornos o pérdidas de tiempo. Requiere un mínimo
de responsabilidad.
Tiene acceso en forma constante a información altamente
confidencial cuya divulgación podría traer un problema grave
para el establecimiento Hospitalario.
Tiene acceso ocasional a información altamente confidencial
cuya divulgación no traería consecuencias mayores para el
establecimiento Hospitalario
Tiene acceso ocasional a información confidencial cuya
divulgación no traería consecuencias mayores para el
establecimiento Hospitalario
No tiene responsabilidad por el uso de información confidencial.
Tiene contacto permanente con personas externas al
Establecimiento Hospitalario, su efectividad en esta área es
indispensable para realizar su labor; siendo muy importante para
la institución.
Ocasionalmente tiene que relacionarse con personas externas al
establecimiento Hospitalario, estos contactos son parte relevante
de su labor, y su resultado es importante para la institución.
Su contacto con personas externas al establecimiento
Hospitalario es eventual, y no tiene mayor relevancia para la
institución.
No tiene responsabilidad por contactos con personas externas al
establecimiento Hospitalario.
Maneja, distribuye o custodia montos de dinero o efectos
negociables de gran importancia para el establecimiento
Hospitalario.
Maneja, distribuye o custodia montos de dinero o efectos
negociables de cierta importancia para el establecimiento
Hospitalario.
Maneja distribuye o custodia montos pequeños de dinero o
efectos negociables.
No maneja, distribuye o custodia montos pequeños de dinero o
efectos negociables. No tiene responsabilidad.
Tiene responsabilidad por equipos o materiales complejos de
muy difícil reemplazo, como por ejemplo: Vehículos,
Computadores, Equipos o Material Médicos, otros.
Tiene responsabilidad por equipos o materiales relativamente
complejos o de difícil reemplazo, como por ejemplo: Vehículos,
Computadores, Equipos Médicos, otros.
Tiene responsabilidad por equipos sencillos o materiales simples
o herramientas, de fácil reemplazo.
No tiene responsabilidad por equipos o materiales.
Nivel
VI.- CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO ASIGNADO
Trabajará en horario de oficina 44 horas semanales.
Debe contar con disponibilidad horaria para emergencias o imprevistos.
LUGAR DE DESEMPEÑO
Tiempo
Asignado
OFICINA
30 %
SERVICIOS CLINICOS Y UNIDADES A FINES
70 %
VII.- COMPETENCIAS
COMPETENCIAS
0
Puntaje de Cumplimiento Obtenido
25
50
75
Orientación al Logro
Trabajo en Equipo
Responsabilidad y Consecuencia
Orientación de Servicio
Liderazgo Participativo
Perspectiva Sistémica y
Anticipativa
Capacidad Analítica
Autonomía
Autocontrol / Trabajo Bajo
Presión
Flexibilidad Frente al Cambio
Autocuidado
Habilidades Sociales
Proactividad
Probidad
Dinamismo
Fecha última actualización
Noviembre 2015
Nombre y Firma del Jefe Directo
100