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COMITÉ DE COMPETICIÓN
Expediente nº 255 – 2014/2015
Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias
acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente a la jornada 16
del Campeonato Nacional de Liga de Primera División, disputado el día 4 de febrero
de 2015 entre los clubs Real Madrid CF y Sevilla FC SAD, adopta la siguiente
RESOLUCIÓN
ANTECEDENTES
Primero.El acta arbitral del referido encuentro, en el apartado de
jugadores, bajo el epígrafe de amonestaciones, literalmente transcrito, dice: “Real Madrid CF: En el minuto 43 el jugador (2) Varane, Raphaël fue amonestado por el
siguiente motivo: jugar el balón con el brazo, cortando la posibilidad de ser jugado
por un adversario … En el minuto 60 el jugador (12) Vieira Da Silva Junior, Marcelo
fue amonestado por el siguiente motivo: derribar a un contrario en la disputa del
balón”.
Segundo.- En tiempo y forma el Real Madrid Club de Fútbol formula escrito
de alegaciones, aportando pruebas videográficas.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero.Por lo que se refiere, en primer lugar a la amonestación del
jugador don Raphaël Varane, deben estimarse las alegaciones del Real Madrid C.F.,
toda vez que, tras el visionado de la prueba videográfica aportada, no se aprecia que
el balón contacte con el brazo del citado jugador, encontrándonos ante un error
material manifiesto que permite dejar sin efectos disciplinarios la referida
amonestación.
Segundo.- Distinta suerte desestimatoria han de correr las alegaciones
relativas al jugador don Marcelo Vieira Da Silva Junior, al no desprenderse de las
imágenes aportadas una prueba susceptible de acreditar de forma inequívoca la
inexistencia del hecho descrito en el acta o la patente arbitrariedad o desproporción
en la apreciación de tal hecho, constitutivo de una infracción del artículo 111.1.a) del
Código Disciplinario de la RFEF y, por ende, merecedor de las consecuencias
disciplinarias derivadas de la amonestación impugnada.
Por lo anteriormente expuesto, el Comité de Competición,
ACUERDA:
Primero.Dejar sin efectos disciplinarios la amonestación arbitral de que
fue objeto el jugador del Real Madrid CF, D. RAPHAËL VARANE.
Segundo.- Amonestar a D. MARCELO VIEIRA DA SILVA JUNIOR, jugador
del Real Madrid CF, por juego peligroso, correctivo que determina, al tratarse del
quinto de aquella clase, su suspensión por UN PARTIDO, con multa accesoria en
cuantía de 350 € al club y de 600 € al futbolista, en aplicación de los artículos 111.1.a), 112 y 52.3 y 4 del Código Disciplinario de la RFEF.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Comité de
Apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al que se
reciba la notificación.
Las Rozas (Madrid), a 5 de febrero de 2014.
El Presidente,