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COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 255 – 2014/2015 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente a la jornada 16 del Campeonato Nacional de Liga de Primera División, disputado el día 4 de febrero de 2015 entre los clubs Real Madrid CF y Sevilla FC SAD, adopta la siguiente RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Primero.El acta arbitral del referido encuentro, en el apartado de jugadores, bajo el epígrafe de amonestaciones, literalmente transcrito, dice: “Real Madrid CF: En el minuto 43 el jugador (2) Varane, Raphaël fue amonestado por el siguiente motivo: jugar el balón con el brazo, cortando la posibilidad de ser jugado por un adversario … En el minuto 60 el jugador (12) Vieira Da Silva Junior, Marcelo fue amonestado por el siguiente motivo: derribar a un contrario en la disputa del balón”. Segundo.- En tiempo y forma el Real Madrid Club de Fútbol formula escrito de alegaciones, aportando pruebas videográficas. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero.Por lo que se refiere, en primer lugar a la amonestación del jugador don Raphaël Varane, deben estimarse las alegaciones del Real Madrid C.F., toda vez que, tras el visionado de la prueba videográfica aportada, no se aprecia que el balón contacte con el brazo del citado jugador, encontrándonos ante un error material manifiesto que permite dejar sin efectos disciplinarios la referida amonestación. Segundo.- Distinta suerte desestimatoria han de correr las alegaciones relativas al jugador don Marcelo Vieira Da Silva Junior, al no desprenderse de las imágenes aportadas una prueba susceptible de acreditar de forma inequívoca la inexistencia del hecho descrito en el acta o la patente arbitrariedad o desproporción en la apreciación de tal hecho, constitutivo de una infracción del artículo 111.1.a) del Código Disciplinario de la RFEF y, por ende, merecedor de las consecuencias disciplinarias derivadas de la amonestación impugnada. Por lo anteriormente expuesto, el Comité de Competición, ACUERDA: Primero.Dejar sin efectos disciplinarios la amonestación arbitral de que fue objeto el jugador del Real Madrid CF, D. RAPHAËL VARANE. Segundo.- Amonestar a D. MARCELO VIEIRA DA SILVA JUNIOR, jugador del Real Madrid CF, por juego peligroso, correctivo que determina, al tratarse del quinto de aquella clase, su suspensión por UN PARTIDO, con multa accesoria en cuantía de 350 € al club y de 600 € al futbolista, en aplicación de los artículos 111.1.a), 112 y 52.3 y 4 del Código Disciplinario de la RFEF. Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación. Las Rozas (Madrid), a 5 de febrero de 2014. El Presidente,