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SECCIÓN AT 401
INFORMES SOBRE INFORMACIÓN FINANCIERA PRO-FORMA
Introducción
1.
Esta Sección proporciona guías al profesional independiente que es contratado
para emitir o que emita un informe de examen o revisión sobre información
financiera pro-forma. Tal trabajo debiera cumplir con las normas generales y las
relativas a la ejecución del trabajo dispuestas en la Sección AT 050, Jerarquía
de las Normas para Trabajos de Atestiguación, y a las normas específicas de
ejecución del trabajo y de informes presentados en esta Sección.(1)
2.
Cuando la información financiera pro-forma se presenta separadamente de los
estados financieros básicos, pero dentro del mismo documento, y el profesional
no fue contratado para informar sobre la información financiera pro-forma, las
responsabilidades de dicho profesional se describen en la Sección AU 550, Otra
Información en Documentos que Incluyen Estados Financieros Auditados.
3.
Esta Sección no es aplicable en aquellas circunstancias en que, con el objeto de
lograr una presentación más entendible, una transacción ocurrida después de la
fecha del balance general es incluida en los estados financieros históricos (tales
como una modificación del vencimiento de una obligación o una modificación
del cálculo de la utilidad por acción en una división de acciones).(2)
(1)
Pié de página en versión original en inglés no aplicable en Chile.
(2)
En ciertas circunstancias, los principios de contabilidad generalmente aceptados pueden requerir la
presentación de información financiera pro-forma en los estados financieros o en las notas explicativas.
Esa información incluye, por ejemplo, la información financiera proforma para combinación de negocios,
cambios contables o hechos posteriores. Ver Sección AU 560 Hechos Posteriores, párrafo 5, para guías
referidas a informes sobre estados financieros auditados que incluyen información financiera pro-forma
relacionada con una combinación de negocios o un hecho posterior. Ver Sección AU 508, párrafo 28,
Informes de los Auditores sobre Estados Financieros.
120
Presentación de la información financiera pro-forma
4.
El objetivo de la información financiera pro-forma es presentar cuales habrían
sido los efectos significativos sobre la información financiera histórica de haber
tenido lugar una transacción (o hecho) realizada o propuesta en una fecha
anterior. La información financiera pro-forma es normalmente utilizada para
presentar los efectos de transacciones, tales como las siguientes:
•
Combinación de negocios
•
Cambios patrimoniales
•
Enajenación de una parte significativa del negocio.
•
Cambio en la forma de organización del negocio o en su condición como
una entidad autónoma.
•
Venta propuesta de valores negociables y el uso de los recursos
obtenidos.
5.
Este objetivo es alcanzado principalmente mediante la aplicación de ajustes proforma a la información financiera histórica. Los ajustes pro-forma debieran estar
basados en los supuestos de la Administración y considerar todos los efectos
significativos directamente atribuibles a la transacción (o al hecho).
6.
La información financiera pro-forma debiera ser identificada como tal para
distinguirla de la información financiera histórica. Esta presentación debiera
describir la transacción (o hecho) que se refleja en la información financiera proforma, la fuente de la información financiera histórica en la cual se basan, los
supuestos significativos considerados en la determinación de los ajustes proforma y cualquier incertidumbre significativa respecto a esos supuestos. La
presentación también debiera indicar que la información financiera pro-forma
debiera leerse conjuntamente con la información financiera histórica relacionada
y que la información financiera pro-forma no es necesariamente representativa
de los resultados (tales como la situación financiera y los resultados de las
operaciones, cuando fuere aplicable) que hubieran sido obtenidos si la
transacción (o hecho) hubieran ocurrido en una fecha anterior.(3)
(3)
Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile.
121
Condiciones para emitir un informe
7.
El profesional puede acordar emitir un informe respecto de un examen o una
revisión de la información financiera pro-forma, si las siguientes condiciones se
cumplen:
a. El documento que contiene la información financiera pro-forma incluye
(o incorpora por referencia) los estados financieros históricos de la
entidad por el año más reciente (o por el año anterior si estos estados
financieros no se encuentran disponibles) y, si la información financiera
pro-forma se presenta para un período intermedio, el documento también
incluye (o incorpora por referencia) la información financiera intermedia
histórica para ese período (que puede ser presentada en forma
resumida).(2) En el caso de una combinación de negocios, el documento
debiera incluir (o incorporar por referencia) la información financiera
histórica apropiada de las partes significativas que conforman la entidad
combinada.
b. Los estados financieros históricos de la entidad (o, en el caso de una
combinación de negocios, de cada parte significativa que conforma a la
entidad combinada) en que se basa la información financiera pro-forma,
han sido auditados o revisados.(3) El riesgo de atestiguación del
profesional, referente a la información financiera pro-forma, está
afectado por el alcance del trabajo realizado previamente por éste, el cual
proporciona seguridad sobre la información financiera histórica
subyacente a la cual se incorporan los ajustes pro-forma. Por lo tanto, el
nivel de seguridad dado por el profesional respecto a la información
financiera pro-forma a una fecha específica o por un período de tiempo
específico, debiera estar limitado al nivel de seguridad proporcionado en
relación con los estados financieros históricos (o, en el caso de una
combinación de negocios, al nivel más bajo de seguridad proporcionado
en relación con los estados financieros históricos subyacentes de
cualquier parte significativa de la entidad combinada). Por ejemplo, si
los estados financieros históricos subyacentes de cada componente de la
entidad combinada se han auditado a fin de año y sólo revisado a una
fecha intermedia anterior, el profesional puede realizar un examen o una
revisión de la información financiera pro-forma al final del año, pero
solo puede realizar una revisión de y no un examen de la información
financiera pro-forma en la fecha intermedia anterior.
(4)
Pié de página original en versión en inglés no es aplicable en Chile.
(5)
El informe de auditoría o el informe de revisión del profesional debiera estar incluida (o incorporada
por referencia) en el documento que contiene la información financiera pro-forma. La revisión puede
basarse en la Sección AU 722, Revisión de Información Financiera Intermedia.
122
c. El profesional que está emitiendo un informe sobre información
financiera pro-forma, debiera tener un nivel apropiado de conocimiento
de la contabilidad y prácticas de preparación de información financiera
de cada parte significativa que conforma a la entidad combinada. Ésta
podría haber sido obtenida normalmente por el profesional que ha
auditado o revisado los estados financieros históricos de cada entidad
para los períodos anuales o intermedios más recientes para los cuales se
presenta información financiera pro-forma. Si otro profesional ha
realizado tal auditoría o revisión, el profesional que está informando
sobre información financiera pro-forma, necesita tener una comprensión
similar de la contabilidad de la entidad y de las prácticas para preparar
información financiera y considerar si, bajo las circunstancias
particulares, puede adquirir el suficiente conocimiento de estos aspectos
para realizar los procedimientos necesarios e informar sobre la
información financiera pro-forma.
Objetivo del profesional
8.
9.
El objetivo de los procedimientos de examen aplicados por el profesional a la
información financiera pro-forma es proporcionar una seguridad razonable en
cuanto a que:
•
Los supuestos de la Administración proporcionan una base razonable
para presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la
transacción subyacente (o al hecho).
•
Los respectivos ajustes pro-forma reflejan el efecto de esos supuestos en
forma apropiada.
•
La columna pro-forma refleja la apropiada aplicación de esos ajustes a
los estados financieros históricos.
El objetivo de los procedimientos de revisión aplicados por el profesional a la
información financiera pro-forma es proporcionar una seguridad negativa
respecto que nada ha llamado su atención para hacerle creer que:
•
Los supuestos de la Administración no proporcionan una base razonable
para presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la
transacción subyacente (o al hecho).
•
Los respectivos ajustes pro-forma no dan apropiado efecto a aquellos
supuestos.
•
La columna pro-forma no refleja la apropiada aplicación de esos ajustes
a los estados financieros históricos.
123
Procedimientos
10.
Además de los procedimientos aplicados a los estados financieros históricos,(6)
los procedimientos que el profesional debiera aplicar a los supuestos y a los
ajustes pro-forma en un examen o revisión, son los siguientes:
a. Obtener una comprensión de las transacciones subyacentes (o del hecho),
por ejemplo, leyendo contratos y actas pertinentes de reuniones de
Directorio y efectuando indagaciones a los ejecutivos apropiados de la
entidad y, si es el caso, también a los de la entidad adquirida o a ser
adquirida.
b. Obtener un nivel de conocimiento de cada componente de la entidad
combinada en una combinación de negocios que permita al profesional
realizar los procedimientos requeridos. Los procedimientos para obtener
este conocimiento pueden incluir comunicaciones con otros
profesionales que han auditado o revisado la información financiera
histórica sobre la cual se basa la información financiera pro-forma. Los
aspectos que pueden ser considerados incluyen principios de
contabilidad y prácticas de preparación de informes financieros tales
como, transacciones entre las entidades y contingencias significativas.
c. Comentar con la Administración sus supuestos relacionados con los
efectos de la transacción (o del hecho).
d. Evaluar si los ajustes pro-forma incluyen todos los efectos significativos
directamente atribuibles a la transacción (o al hecho).
e. Obtener suficiente evidencia que respalde tales ajustes. La evidencia
requerida para respaldar el nivel de seguridad es una cuestión de juicio
profesional. Normalmente el profesional obtendría más evidencia en un
examen que en una revisión. Ejemplos de evidencia que el profesional
puede considerar obtener son: contratos de compra, de fusión o de
intercambio, tasaciones, contratos de deuda, convenios con empleados,
decisiones y actuaciones aprobadas y realizadas por el Directorio y
también legislación o regulaciones vigentes o en proceso de aprobación.
f. Evaluar si los supuestos de la Administración que son la base de los
ajustes pro-forma están presentados de una manera suficientemente clara
e integral. También, evaluar si los ajustes pro-forma son consecuentes
entre éstos y con la información base utilizada para su determinación.
g. Determinar que los cálculos de ajustes pro-forma están matemáticamente
correctos y que la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de
esos ajustes a los estados financieros históricos.
(6)
Ver párrafo 7 (b).
124
h. Obtener representaciones escritas de la Administración respecto a:
•
Su responsabilidad por los supuestos
determinación de los ajustes pro-forma.
utilizados
en
la
•
Una afirmación, que los supuestos proporcionan una base
razonable para presentar todos los efectos significativos
directamente atribuibles a la transacción (o al hecho), que los
ajustes pro-forma dan efecto apropiado a esos supuestos y que la
columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes
a los estados financieros históricos.
•
Una afirmación que los efectos significativos directamente
atribuibles a la transacción (o al hecho) están apropiadamente
revelados en la información financiera pro-forma.
i. Leer la información financiera pro-forma y evaluar si:
•
La transacción subyacente (o hecho), los ajustes pro-forma, los
supuestos significativos y las incertidumbres significativas, si las
hay, respecto de esos supuestos, han sido apropiadamente
descritos.
•
La fuente de la información financiera histórica, sobre la cual se
basa la información financiera pro-forma, ha sido apropiadamente
identificada.
Informe sobre la información financiera pro-forma
11.
El informe del profesional sobre la información financiera pro-forma debiera
incluir la fecha en la cual han sido concluidos los procedimientos apropiados. El
informe del profesional, sobre la información financiera pro-forma, puede ser
presentado junto a su informe sobre la información financiera histórica o puede
ser presentado en forma separada. Si los informes del profesional se presentan
combinados y la fecha de término de los procedimientos para un examen o
revisión de la información financiera pro-forma es posterior a la fecha de
término del trabajo en terreno para una auditoría o revisión de información
financiera histórica, el informe combinado debiera incluir ambas fechas. (Por
ejemplo “15 de febrero de 20X7, excepto por los párrafos que se refieren a la
información financiera pro-forma cuya fecha es 20 de marzo de 20X7”).
125
12.
El informe de examen del profesional sobre información financiera pro-forma
debiera incluir lo siguiente:
a. Un título que incluya la palabra independiente.
b. Una identificación de la información financiera pro-forma.
c. Una referencia a los estados financieros de los cuales se deriva la
información financiera histórica y una declaración respecto que tales
estados financieros fueron auditados (El informe sobre la información
financiera pro-forma debiera hacer referencia a cualquier modificación
en el informe del profesional sobre la información financiera histórica).
d. Una identificación de la parte responsable y una declaración que es
responsable de la información financiera pro-forma.
e. Una declaración que la responsabilidad del profesional es expresar una
opinión sobre la información financiera pro-forma basado en su examen.
f. Una declaración que el examen de la información financiera pro-forma
fue efectuado en conformidad con Normas de Atestiguación emitidas por
el Colegio de Contadores de Chile A.G., y por lo tanto, incluyó los
procedimientos que el profesional consideró necesario en las
circunstancias.
g. Una declaración que el profesional estima que su examen proporciona
una base razonable para sustentar su opinión.
h. Un párrafo separado que explica el objetivo de la información financiera
pro-forma y sus limitaciones.
i. La opinión del profesional respecto si los supuestos de la Administración
proporcionan una base razonable para presentar los efectos significativos
directamente atribuibles a la transacción (o al hecho), si los ajustes proforma dan efecto apropiado a esos supuestos y si la columna pro-forma
refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los estados financieros
históricos (ver Anexos A y C).
j. La firma manual o impresa del profesional, su nombre y de la empresa
que representa, si es el caso.
k. La fecha del informe de examen.
126
13.
El informe de revisión del profesional sobre información financiera pro-forma
debiera incluir lo siguiente:
a. Un título que incluya la palabra independiente.
b. Una identificación de la información financiera pro-forma.
c. Una referencia a los estados financieros de los cuales se deriva la
información financiera histórica y una declaración respecto a que tales
estados financieros fueron auditados o revisados (El informe sobre la
información financiera pro-forma debiera hacer referencia a cualquier
modificación al informe estándar del profesional sobre la información
financiera histórica).
d. Una identificación de la parte responsable y una declaración de que es
responsable de la información financiera pro-forma.
e. Una declaración que la revisión de la información financiera pro-forma
fue efectuada en conformidad con Normas de Atestiguación emitidas por
el Colegio de Contadores de Chile A.G.
f. Una declaración que una revisión es substancialmente menor en alcance
que un examen, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre la
información financiera pro-forma y, por lo tanto, tal opinión no es
expresada.
g. Un párrafo separado que explique el objetivo de la información
financiera pro-forma y sus limitaciones.
h. La conclusión del profesional respecto que ninguna información llamó su
atención que lo haga creer(*) que los supuestos de la Administración no
proporcionan una base razonable para presentar todos los efectos
significativos directamente atribuibles a la transacción (o al hecho), o
que los ajustes pro-forma no dan efecto apropiado a esos supuestos, o
que la columna pro-forma no refleja la aplicación apropiada de esos
supuestos a los estados financieros históricos (ver Anexos B y C).
i. La firma manual o impresa del profesional, su nombre y de la empresa
que representa, si es el caso.
j. La fecha del informe de revisión.
14.
(*)
Nada impide al profesional restringir el uso del informe (ver Sección AT 101,
párrafos 78 al 83).
También se puede usar la frase “que no tiene conocimiento”.
127
15.
Debido a que una unificación de intereses en una combinación de negocios es
contabilizada como una combinación de montos históricos en forma retroactiva,
los ajustes pro-forma para una transacción propuesta generalmente afectan sólo
al patrimonio de un balance general pro-forma resumido. Además, de acuerdo a
los requerimientos del Boletín Técnico N° 72 sobre Combinación de Negocios,
una unificación de intereses en una combinación de negocios no implica
generalmente la elección de supuestos por parte de la Administración. Por
consiguiente, el informe sobre una transacción propuesta relacionada con una
unificación de intereses, no necesita considerar supuestos de la Administración,
salvo que la información financiera pro-forma incluya ajustes para uniformar los
principios de contabilidad de las entidades que se combinan (Ver Anexo D).
16.
Restricciones en el alcance del trabajo (ver Sección AT 101, párrafos 73 al 75),
cuestionamientos de lo apropiado de los supuestos y de la conformidad de la
presentación con esos supuestos (incluyendo la revelación adecuada de asuntos
significativos) u otros cuestionamientos, pueden requerir al profesional emitir
una opinión con salvedades, abstenerse de opinar o retirarse del trabajo.(7) El
profesional debiera revelar todas las razones de cualquier modificación al
informe estándar. La incertidumbre respecto a si la transacción (o el hecho)
ocurrirá, no requeriría generalmente una modificación del informe estándar.
(Ver Anexo E).
(7)
Ver Sección AT 101, párrafos 76 y 77.
128
Anexo A
Informe sobre un examen de información financiera pro-forma
Informe de los Profesionales Independientes
Hemos examinado los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho] descrito en Nota
1 y la aplicación de esos ajustes a los montos históricos (en la preparación del)(8) balance general
pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de diciembre de 20X1 y al correspondiente estado
de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha. Los estados financieros
históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la Compañía X, los
cuales fueron auditados por nosotros y de la Compañía Y, los cuales fueron auditados por otros
profesionales,(9) incorporados en este documento [o incorporados por referencia].(10) Tales
ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descritos en Nota 2. La
Administración de la Compañía X es responsable de la información financiera pro-forma.
Nuestra responsabilidad consiste en emitir una opinión sobre la información financiera proforma basada en nuestro examen.
Nuestro examen fue efectuado de acuerdo con normas de atestiguación emitidas por el Colegio
de Contadores de Chile A.G. y, en consecuencia, comprendió los procedimientos que
consideramos necesarios en las circunstancias. Consideramos que nuestro examen proporciona
una base razonable para fundamentar nuestra opinión.
El objetivo de esta información financiera pro-forma es presentar los efectos significativos sobre
la información financiera histórica, como si la transacción [o hecho] hubiese ocurrido. Sin
embargo, los estados financieros pro-forma resumidos no representan necesariamente los
resultados de las operaciones o los efectos sobre la situación financiera que se hubiesen
originado, si la transacción antes mencionada [o hecho], hubiese ocurrido.
[Pueden ser incluidos párrafos adicionales para enfatizar ciertos aspectos relacionados con el
trabajo de atestiguación o la materia a evaluar].
En nuestra opinión, los supuestos de la Administración proporcionan una base razonable para
presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción antes mencionada [o
al hecho], descrita en Nota 1, los ajustes pro-forma reflejan apropiadamente el efecto de esos
supuestos y la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los montos
históricos de los estados financieros en el balance general pro-forma resumido al 31 de
diciembre de 20X1 y en el estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa
fecha.
[El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la
empresa a la cual pertenece el profesional].
[Lugar y Fecha].
(8)
Esta terminología es apropiada cuando la información financiera pro-forma no presenta separadamente
las columnas de información financiera histórica y de ajustes pro-forma.
(9)
Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión
estándar, ese hecho debiera ser mencionado en este informe.
(10)
Pié de página original en versión en inglés no es aplicable en Chile.
129
Anexo B
Informe sobre una revisión de información financiera pro-forma
Informe de los Profesionales Independientes
Hemos revisado los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho] descrito en la Nota
1 y la aplicación de esos ajustes a los montos históricos (en la preparación del)(11) balance
general pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de marzo de 20X2 y al correspondiente
estado de resultados pro-forma resumido por el período de tres meses terminado en esa fecha.
Estos estados financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos no
auditados de la Compañía X, los cuales fueron revisados por nosotros, y de la Compañía Y, los
cuales fueron revisados por otros profesionales,(12) y (13) incorporados en este documento [o
incorporados por referencia].(14) Tales ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la
Administración descritos en la Nota 2. La Administración de la Compañía X es responsable de la
información financiera pro-forma.
Nuestra revisión fue efectuada de acuerdo con normas de atestiguación emitidas por el Colegio
de Contadores de Chile A.G.. Una revisión tiene un alcance significativamente menor al de un
examen, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los supuestos de la Administración, los
ajustes pro-forma y la aplicación de esos ajustes a la información financiera histórica. En
consecuencia, no expresamos tal opinión.
El objetivo de esta información financiera pro-forma es presentar los efectos significativos sobre
la información financiera histórica, como si la transacción [o hecho] hubiese ocurrido. Sin
embargo, los estados financieros resumidos pro-forma no representan necesariamente los
resultados de las operaciones o los efectos sobre la situación financiera que se hubiesen
originado, si la transacción antes mencionada [o hecho] hubiese ocurrido.
[Pueden ser incluidos párrafos adicionales para enfatizar ciertos aspectos relacionados con el
trabajo de atestiguación o la materia a evaluar].
Basados en nuestra revisión, nada llamó nuestra atención(*) que, los supuestos de la
Administración no proporcionan una base razonable, para presentar los efectos significativos
directamente atribuibles a la transacción antes mencionada [o al hecho], descrita en Nota 1, que
los ajustes pro-forma relacionados no reflejan apropiadamente el efecto de esos supuestos o que
la columna pro-forma no refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los montos financieros
históricos en el balance general pro-forma resumido al 31 de marzo de 20X2 y en el estado de
resultados pro-forma resumido por el período de tres meses terminado en esa fecha.
[El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la
empresa a la cual pertenece el profesional].
[Lugar y Fecha].
(11)
Esta terminología es apropiada cuando la información financiera pro-forma no presenta separadamente
las columnas de información financiera histórica y de ajustes pro-forma.
(12)
Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión
estándar, ese hecho debiera ser mencionado en este informe.
(13)
Cuando uno de los estados financieros históricos es auditado y los otros estados financieros son
revisados, la siguiente terminología sería apropiada:
Los estados financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la
Compañía XYZ, los cuales fueron auditados por nosotros y de la Compañía ABC, los cuales fueron
revisados por otros profesionales e incorporados en este documento [o incorporados por referencia].
(14)
(*)
Pié de página en versión original en inglés no aplicable en Chile.
También se puede utilizar la frase “no tenemos conocimiento”.
130
Anexo C
Informe sobre un examen de información financiera pro-forma anual con una
revisión de información financiera pro-forma en una fecha intermedia posterior al
pro-forma anual
Informe de los Profesionales Independientes
Hemos examinado los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho] descrita en Nota
1 y la aplicación de esos ajustes a los montos históricos (en la preparación) del(15) balance
general pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de diciembre de 20X1 y al correspondiente
estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha. Los estados
financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la Compañía
X, los cuales fueron auditados por nosotros, y de la Compañía Y, los cuales fueron auditados por
otros auditores,(16) e incorporados en este documento [o incorporados por referencia].(17) Tales
ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descritos en Nota 2. La
Administración de la Compañía X es responsable de la información financiera pro-forma.
Nuestra responsabilidad consiste en emitir una opinión sobre la información financiera proforma basada en nuestro examen.
Nuestro examen fue efectuado de acuerdo con normas de atestiguación emitidas por el Colegio
de Contadores de Chile A.G. y, en consecuencia, comprendió los procedimientos que
consideramos necesarios en las circunstancias. Consideramos que nuestro examen proporciona
una base razonable para fundamentar nuestra opinión.
Adicionalmente, hemos revisado los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho] y
la aplicación de esos ajustes a los montos históricos (en la preparación del)(15) balance general
pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de marzo de 20X2 y al correspondiente estado de
resultados pro-forma resumido por el período de tres meses terminado en esa fecha, adjuntos.
Los estados financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de
la Compañía X, los cuales fueron revisados por nosotros, y de la Compañía Y, los cuales fueron
revisados por otros profesionales,(18) incorporados en este documento [o incorporados por
referencia].(19) Tales ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descritos
en Nota 2. Nuestra revisión fue efectuada de acuerdo con normas de atestiguación emitidas por
el Colegio de Contadores de Chile A.G.. Una revisión tiene un alcance significativamente menor
al de un examen, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los supuestos de la
Administración, los ajustes pro-forma y la aplicación de esos ajustes a la información financiera
histórica. En consecuencia, no expresamos tal opinión respecto a los ajustes pro-forma o a la
aplicación de dichos ajustes pro-forma al balance general pro-forma resumido al 31 de marzo de
20X2 y al estado de resultados pro-forma resumido por el período de tres meses terminado en
esa fecha.
(15)
Esta terminología es apropiada cuando la información financiera pro-forma no presenta separadamente
las columnas de información financiera histórica y de ajustes pro-forma.
(16)
Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión
estándar, ese hecho debiera ser mencionado en este informe.
(17)
Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile.
(18)
Cuando uno de los estados financieros históricos es auditado y los otros estados financieros son
revisados, la siguiente terminología sería apropiada:
Los estados financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la
Compañía XYZ, los cuales fueron auditados por nosotros y de la Compañía ABC, los cuales fueron
revisados por otros profesionales e incorporados en este documento [o incorporados por referencia].
(19)
Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile.
131
El objetivo de esta información financiera pro-forma es presentar los efectos significativos en la
información financiera histórica, como si la transacción [o hecho] hubiese ocurrido. Sin
embargo, los estados financieros pro-forma resumidos no representan necesariamente los
resultados de las operaciones o los efectos sobre la situación financiera que se hubiesen
originado si la transacción antes mencionada [o hecho] hubiese ocurrido.
[Pueden ser incluidos párrafos adicionales para enfatizar ciertos aspectos relacionados con el
trabajo de atestiguación o con la materia a evaluar].
En nuestra opinión, los supuestos de la Administración proporcionan una base razonable para,
presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción antes mencionada [o
al hecho], descrita en Nota 1, los ajustes pro-forma reflejan apropiadamente el efecto de esos
supuestos y la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los montos
históricos de los estados financieros en el balance general pro-forma resumido al 31 de
diciembre de 20X1 y en el estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa
fecha.
Basados en nuestra revisión, nada llamó nuestra atención(*) que, los supuestos de la
Administración no proporcionan una base razonable, para presentar los efectos significativos
directamente atribuibles a la transacción antes mencionada [o al hecho], descrita en Nota 1, que
los ajustes pro-forma relacionados no reflejan apropiadamente el efecto de esos supuestos o que
la columna pro-forma no refleja la aplicación apropiada de esos ajustes en el balance general
pro-forma resumido al 31 de marzo de 20X2 y en el estado de resultados pro-forma resumido
por el período de tres meses terminado en esa fecha.
[El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la
empresa a la cual pertenece el profesional].
[Lugar y Fecha].
(*)
También se puede utilizar el texto “no tenemos conocimiento”.
132
Anexo D
Informe sobre un examen de información financiera pro-forma que da efecto a
una combinación de negocios contabilizada bajo el método de una unificación de
intereses(20)
Informe de los Profesionales Independientes
Hemos examinado los ajustes pro-forma que reflejan la combinación de negocios propuesta,
contabilizada bajo el método de una unificación de intereses descrita en Nota 1 y la aplicación de
esos ajustes a los montos históricos en la preparación del balance general pro-forma resumido de
la Compañía X al 31 de diciembre de 20X1 y a los correspondientes estados de resultados proforma resumidos para cada uno de los tres años terminados al 31 de diciembre de 20X1, 20X0 y
19X9. Estos estados financieros resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la
Compañía X, los cuales fueron auditados por nosotros,(21) y de la Compañía Y, los cuales fueron
auditados por otros auditores, incorporados en este documento [o incorporados por
referencia].(22) Los ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descritos en
Nota 2. La Administración de la Compañía X es responsable de la información financiera proforma. Nuestra responsabilidad consiste en emitir una opinión sobre la información financiera
pro-forma basada en nuestro examen.
Nuestro examen fue efectuado de acuerdo con normas de atestiguación emitidas por el Colegio
de Contadores de Chile A.G. y, en consecuencia, comprendió los procedimientos que
consideramos necesarios en las circunstancias. Consideramos que nuestro examen proporciona
una base razonable para fundamentar nuestra opinión.
El objetivo de esta información financiera pro-forma es presentar los efectos significativos en la
información financiera histórica, como si la transacción [o hecho] hubiese ocurrido.
[Pueden ser incluidos párrafos adicionales para enfatizar ciertos aspectos relacionados con el
trabajo de atestiguación o con la materia a evaluar].
En nuestra opinión, los mencionados estados financieros pro-forma resumidos de la Compañía X
al 31 de diciembre de 20X1 y por cada uno de los tres años terminados al 31 de diciembre de
20X1, 20X0 y 19X9, reflejan apropiadamente el efecto de los ajustes pro-forma necesarios para
reflejar la combinación de negocios propuesta contabilizada bajo el método de una unificación
de intereses según lo descrito en Nota 1 y la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada
de esos ajustes a los estados financieros históricos.
[El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la
empresa a la cual pertenece el profesional].
[Lugar y Fecha].
(20)
Ver el párrafo 15 para el análisis de la información financiera pro-forma referida a una combinación
de negocios bajo una unificación de intereses.
(21)
Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión
estándar, este hecho debiera ser mencionado en este informe.
(22)
Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile.
133
Anexo E
Ejemplos de Otros informes
Se presenta a continuación un ejemplo de informe con salvedades debido a una
limitación al alcance:
Informe de los Profesionales Independientes
Hemos examinado los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho] descrita en Nota
1 y la aplicación de esos ajustes a los montos históricos (en la preparación del)(23) balance
general pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de diciembre de 20X1 y al correspondiente
estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha. Los estados
financieros históricos resumidos se derivan de los estados financieros históricos de la Compañía
X, los cuales fueron auditados por nosotros y de la Compañía Y, los cuales fueron auditados por
otros auditores,(24) incorporados en este documento [o incorporados por referencia].(25) Tales
ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración descritos en Nota 2. La
Administración de la Compañía X es responsable de la información financiera pro-forma.
Nuestra responsabilidad consiste en emitir una opinión sobre la información financiera proforma basada en nuestro examen.
Excepto por lo que se explica en el párrafo siguiente, nuestro examen fue efectuado de acuerdo
con normas de atestiguación emitidas por el Colegio de Contadores de Chile A.G. y, en
consecuencia, comprendió los procedimientos que consideramos necesarios en las
circunstancias. Consideramos que nuestro examen proporciona una base razonable para
fundamentar nuestra opinión.
No nos fue posible aplicar los procedimientos de examen que consideramos necesarios para
evaluar los supuestos relacionados con el préstamo propuesto descrito en el Ajuste E en Nota 2.
[Incluir el párrafo tercero del informe sobre un examen del Anexo A].
En nuestra opinión, excepto por los efectos de los cambios, de haberse requerido alguno, que
podrían haberse determinado como necesarios si hubiésemos podido satisfacernos de los
supuestos relacionados con el préstamo propuesto que se describe en el Ajuste E en Nota 2, los
supuestos de la Administración proporcionan una base razonable para presentar los efectos
significativos directamente atribuibles a la transacción antes mencionada [o al hecho] descrita en
Nota 1, los ajustes pro-forma reflejan apropiadamente el efecto de esos supuestos y la columna
pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a los montos financieros históricos en el
balance general pro-forma resumido al 31 de diciembre de 20X1 y en el estado de resultados
pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha.
[El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la
empresa a la cual pertenece el profesional].
[Lugar y Fecha].
(23)
Esta terminología es apropiada cuando la información financiera pro-forma no presenta separadamente
las columnas de información financiera histórica y de ajustes pro-forma.
(24)
Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión
estándar, este hecho debiera ser mencionado en este informe.
(25)
Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile.
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El siguiente es un ejemplo de informe con salvedades debido al cuestionamiento de lo
adecuado de los supuestos relacionados con una adquisición:
[Incluir los primeros tres párrafos del informe sobre un examen del Anexo A].
Como se describe en Nota 2 a los estados financieros pro-forma, los ajustes pro-forma reflejan el
supuesto de la Administración que será vendida la División X de la Compañía adquirida. Los
activos netos de esta División se reflejan a su valor de libros histórico; los principios de
contabilidad generalmente aceptados requieren que estos activos netos sean registrados a su
valor neto estimado de realización.
En nuestra opinión, excepto por la valorización inapropiada de los activos netos de la División
X, los supuestos de la Administración descritos en la Nota 2 proporcionan una base razonable
para presentar los efectos significativos directamente atribuibles a la transacción antes
mencionada [o al hecho] descrita en la Nota 1, los ajustes pro-forma reflejan apropiadamente el
efecto de esos supuestos y la columna pro-forma refleja la aplicación apropiada de esos ajustes a
los montos financieros históricos en el balance general pro-forma resumido al 31 de diciembre
de 20X1 y en el estado de resultados pro- forma resumido por el año terminado en esa fecha.
[El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la
empresa a la cual pertenece el profesional].
[Lugar y Fecha].
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Se presenta a continuación un ejemplo de informe con una abstención de opinión debido
a una limitación al alcance:
Informe de los Profesionales Independientes
Fuimos contratados para examinar los ajustes pro-forma que reflejan la transacción [o el hecho]
descrita en Nota 1 y la aplicación de esos ajustes a los montos financieros históricos en la
preparación del(26) balance general pro-forma resumido de la Compañía X al 31 de diciembre de
20X1 y al correspondiente estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa
fecha. Los estados financieros resumidos históricos se derivan de los estados financieros
históricos de la Compañía X, los cuales fueron auditados por nosotros y de la Compañía Y, los
cuales fueron auditados por otros auditores,(27) incorporados en este documento [o incorporados
por referencia].(28) Tales ajustes pro-forma se basan en los supuestos de la Administración
descrito en Nota 2. La Administración de la Compañía X es responsable de la información
financiera pro-forma.
Como se describe en Nota 2 a los estados financieros pro-forma, los ajustes pro-forma reflejan el
supuesto de la Administración que una eliminación de la duplicidad de las instalaciones hubieran
resultado en una reducción de un 30% en los costos operacionales. No le fue posible a la
Administración proporcionarnos evidencia suficiente en respaldo de esta afirmación.
[Incluir el tercer párrafo del informe sobre un examen del Anexo A].
Debido a que no nos fue posible evaluar los supuestos de la Administración respecto a la
reducción en los costos operacionales y otros supuestos relacionados mencionados en el párrafo
X anterior, el alcance de nuestro trabajo no fue suficiente para permitirnos expresar, y no
expresamos, una opinión sobre los ajustes pro-forma, los supuestos subyacentes de la
Administración con respecto a esos ajustes y la aplicación de esos ajustes a los montos
financieros históricos en el balance general pro-forma resumido al 31 de diciembre de 20X1 y en
el estado de resultados pro-forma resumido por el año terminado en esa fecha.
[El nombre y la firma manual o impresa del profesional y si corresponde, el nombre de la
empresa a la cual pertenece el profesional].
[Lugar y Fecha].
(26)
Esta terminología es apropiada cuando la información financiera pro-forma no presenta separadamente
las columnas de información financiera histórica y de ajustes pro-forma.
(27)
Si el informe del profesional incluye un párrafo explicativo o una opinión distinta de la opinión
estándar, este hecho debiera ser mencionado en este informe.
(28)
Pié de página en versión original en inglés no es aplicable en Chile.
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