Download DIOCESIS DE SOCORRO Y SAN GIL DECRETO N° 50 (10 de

Document related concepts

Indulgencia wikipedia , lookup

Medalla de San Benito wikipedia , lookup

Viacrucis wikipedia , lookup

Bendición Apostólica wikipedia , lookup

Jubileo de 2000 wikipedia , lookup

Transcript
DIOCESIS DE SOCORRO Y SAN GIL
DECRETO N° 50
(10 de octubre de 2012)
+ CARLOS GERMÁN MESA RUIZ
Obispo de Socorro y San Gil
Por el cual se determinan las condiciones y lugares para ganar las indulgencias por el año de la fe
MOTIVACIONES
1. En el día del cincuenta aniversario de la solemne apertura del Concilio Vaticano II, el
Sumo Pontífice Benedicto XVI ha establecido el inicio de un Año particularmente
dedicado a la profesión de la fe verdadera y a su recta interpretación, con la lectura o
mejor, la piadosa meditación de los Actos del Concilio y de los artículos del Catecismo
de la Iglesia Católica.
2. Ya que se trata, ante todo, de desarrollar en grado sumo -por cuanto sea posible en
esta tierra- la santidad de vida y de obtener, por lo tanto, en el grado más alto la
pureza del alma, será muy útil el gran don de las indulgencias que la iglesia, en virtud
del poder conferido de Cristo, ofrece a quienes con las debidas disposiciones, cumplen
las prescripciones especiales para conseguirlas.
3. Durante todo el Año de la Fe -convocado del 11 de octubre de 2012 al 24 de
noviembre de 2013- podrán conseguir la Indulgencia plenaria de la pena temporal
por los propios pecados impartida por la misericordia de Dios, aplicable en sufragio
de las almas de los fieles difuntos, todos los fieles verdaderamente arrepentidos ,
debidamente confesados, que hayan comulgado sacramentalmente y que recen según
las intenciones del pontífice
4. La Indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya
perdonados, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones, consigue
por mediación de la Iglesia (C. 992 y Cat. Iglesia Católica No. 1471).
5. "Todo fiel puede obtener para sí mismo o aplicar por los difuntos, a manera de
sufragio, las indulgencias" (c. 994) que obtiene, "por mediación de la Iglesia, la cual,
como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de
las satisfacciones de Cristo y de los Santos" (c.992).
6. Según lo determinado por el Santo Padre, compete al Obispo Diocesano indicar los
lugares y las condiciones para obtener esta gracia, observando las prácticas de piedad
y caridad, recomendadas por la misma Iglesia.
Carrera 9 No. 12-42/58 - San Gil - Santander - Colombia - Teléfono: 7242205 - Fax: 7242204
DIOCESIS DE SOCORRO Y SAN GIL
DISPOSICIONES
1. Se concederá Indulgencia Plenaria a los fíeles de la Diócesis de Socorro y San Gil, que
participen en la Celebración Inaugural del Año de la Fe en sus parroquias y que acudan a
la confesión sacramental, reciban la Sagrada Comunión, profesen devotamente el credo, y
realicen cualquier obra buena.
2. Los lugares donde se podrá obtener especialmente esta gracia, en peregrinación, son:
Parroquia Santa Cruz de la Catedral, Concatedral del Socorro, María Auxiliadora de San
Gil, Páramo, Contratación, Guane, Guadalupe y Hato.
3. Un día, elegido libremente, durante el Año de la Fe, para visitar el lugar donde recibió el
Sacramento del Bautismo y dar gracias a Dios por su Fe y renovar las promesas
bautismales en cualquier forma legítima
4. En la Fiesta Patronal Diocesana, en la Fiesta Patronal Parroquial y en la clausura del Año
de la Fe, se puede obtener la Indulgencia Plenaria; en otros días, todas las veces que
personalmente, en familia o en grupos, se acuda en peregrinación, a alguno de los lugares
determinados en el numeral 2, participando en una celebración litúrgica, o en un acto de
piedad o devoción, añadiendo la profesión de fe en cualquier forma legítima.
5. Los fíeles impedidos por enfermedad o por otra causa legítima, haciendo el propósito de
cumplir las condiciones habituales, señaladas por la Iglesia, obtendrán la Indulgencia
Plenaria, si con ánimo alejado del pecado rezan el Padrenuestro, la profesión de fe en
cualquier forma legítima y otras oraciones conforme a la finalidad del Año de la fe,
ofreciendo sus enfermedades y sufrimientos.
Comuniqúese y acójase con verdadero espíritu de fe, amor y caridad.
Dado en San Gil, a los diez (10) días del mes de octubre de dos mil doce (2012).
+CARLOS GERMAN ME!
Obispo de Socorro y S
Carrera 9 No. 12-42/58 - San Gil - Santander - Colombia - Teléfono: 7242205
- Fax: 7242204