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Transcript
Boletín
Eclesiástico
Obispado Castrense de Argentina
N.º 156 | Enero - Febrero 2011
Vía Crucis de la
Catedral Castrense
“Stella Maris”
Estación IX
La Iglesia Catedral puede visitarse de lunes a viernes de 8 a 12.
Av. Comodoro Py 1925 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
INDICE
Índice del Boletín Oficial
Santa Sede
Libertad religiosa, vía para la Paz: Tema de la Jornada Mundial 2011
6
Intenciones del Santo Padre
7
La Iglesia en el Mundo
Obispos anglicanos renuncian para pasar a la Iglesia Católica
8
XVI Encuentro de la Pastoral Castrense
9
Obispado Castrense de Argentina
Nuevas disposiciones
10
Noticias
12
Calendario 2011
15
Aniversarios de Ordenaciones Sacerdotales
17
Documentos
18
Movimientos de la Curia
23
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
1
Obispado Castrense
de Argentina
Av. Comodoro Py 1925 (C1104 AAM) Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(011) 4311-9113 / 7431 / 9240 - Tel.-Fax: (011) 4311-4081
ADMINISTRADOR DIOCESANO
SEDE VACANTE
COORDINADORA ADMINISTRATIVA
Dra. María Cecilia Chapoval
Mons. Pedro Candia
SECRETARIO GENERAL
Y CANCILLER
Dr. Carlos Alberto González
SECRETARÍA DE CURIA
Dr. Leonardo Ferracuti
Dra. Verónica Irina Sorsaia González
Dr. Francisco Luciano Tufankchi
ASESOR ECLESIÁSTICO
Mons. Mario Liborio De Leone
OBISPO EMÉRITO
Mons. Antonio Juan Baseotto C.Ss.R.
ECÓNOMO Y
ADMINISTRADOR
Licenciado Ricardo Frías
Correo electrónico
[email protected]
Correo electrónico: [email protected]
Parroquia María Madre de la Iglesia
Quintana 5777 (1653) Villa Ballester
(011) 4767-4864
Página web
www.ordinariato.mil.ar
Para la publicación de noticias en el Boletín Eclesiástico, envíelas por correo postal o electrónico a la Secretaría General del OCA.
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
3
Obispado Castrense
de Argentina
PERSONAL DE LA CURIA
Dr. Héctor Hugo Díaz
Encargado Militar
Suboficial My. V.G.M. (E.A.)
Oscar Alfredo Urrutia
Suboficial My. (E.A.)
4
Darío Torres
Agente Civil (E.A.)
Rubén Amarilla
Suboficial 1.º (A.R.A.)
Daniel Eduardo Abdenur
Suboficial Pr. (E.A.)
Ángel Lugo
Cabo Pr.,
V.G.M. (A.R.A.)
César Silva
Suboficial Pr. (E.A.)
Martín Mangini
Cabo Pr. (A.R.A.)
Raúl Belisario Aredes
Sargento 1.º (E.A.)
Marina Luz Mangini
Agente Civil (A.R.A.)
Ramiro Martínez
Sargento (E.A.)
Enrique Grunevalt
Sargento 1.º (G.N.)
Damián Bartilone
Agente Civil (E.A.)
Pablo César Real
Gendarme (G.N.)
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
El 1 de enero de 2011 celebramos la Solemnidad de
Santa María Madre de Dios, Nuestra Señora de la Paz
Jornada Mundial de la Oración por la Paz
“Los pastores fueron rápidamente adonde les había dicho el Ángel del
Señor, y encontraron a María, a José y al recién nacido acostado en el Pesebre.
Al verlo, contaron lo que habían oído decir sobre este niño, y todos los que los
escuchaban quedaron admirados de lo que decían los pastores.
Mientras tanto, María conservaba estas cosas y las meditaba en su corazón.
Y los pastores volvieron, alabando y glorificando a Dios por todo lo que habían
visto y oído, conforme al anuncio que habían recibido.
Ocho días después, llegó el tiempo de circuncidar al niño y se le puso el
nombre de Jesús, nombre que le había sido dado por el Ángel antes de su
concepción”. Lc. 2, 16-21
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
5
SANTA SEDE
Libertad religiosa, vía para la Paz: Tema de la Jornada Mundial 2011
y de la verdad del ser humano. Así que todo lo que se
opone a la dignidad del ser humano se opone a la
búsqueda de la verdad, y no puede ser considerado
libertad religiosa”.
La nota recuerda lo afirmado por Benedicto XVI
ante la Asamblea General de las Naciones Unidas:
“los derechos humanos deben incluir el derecho a
la libertad religiosa, entendido como expresión de
una dimensión que es al mismo tiempo individual y
comunitaria, una visión que manifiesta la unidad de
la persona, aun distinguiendo claramente entre la
dimensión de ciudadano y la de creyente”.
CIUDAD DEL VATICANO, 13 JUL 2010 (VIS).“Libertad religiosa, vía para la Paz”, es el tema
elegido por Benedicto XVI para la celebración de la
Jornada Mundial de la Paz de 2011.
“La jornada –se lee en un comunicado publicado
hoy– pondrá el acento sobre el tema de la libertad
religiosa. Ello, mientras en el mundo se registran diversas
formas de limitación o de negación de la libertad
religiosa, de discriminación y marginación basadas en
la religión, llevadas hasta la persecución y la violencia
en contra de las minorías religiosas”.
“La libertad religiosa por tanto es auténticamente
tal cuando es coherente con la búsqueda de la verdad
y con la verdad del ser humano. Esto nos ofrece un
criterio fundamental para el discernimiento del fenómeno
religioso y de sus manifestaciones. Nos permite, en
efecto, excluir la ‘religiosidad’ del fundamentalismo, de
la manipulación y de la instrumentalización de la verdad
6
“Actualmente son muchas las áreas del mundo en
las que persisten formas de limitación a la libertad
religiosa, ya sea donde las comunidades de creyentes
son una minoría, como donde las comunidades de
creyentes no son una minoría y sufren también formas
más sofisticadas de discriminación y marginación, en el
plano cultural y de participación en la vida pública civil
y política. ‘Es inconcebible’ –ha remarcado el Papa–,
que los creyentes tengan que suprimir una parte de sí
mismos –su fe– para ser ciudadanos activos. Nunca
debería ser necesario renegar de Dios para poder gozar
de los propios derechos. Los derechos asociados
con la religión necesitan protección, sobre todo si
se los considera en conflicto con la ideología secular
predominante o con posiciones de una mayoría
religiosa de naturaleza exclusiva”.
El comunicado concluye haciendo hincapié en que
‘el ser humano no puede ser fragmentado, dividido por
aquello que cree, porque aquello en lo que cree tiene
un impacto sobre su vida y sobre su persona’. El
rechazo a reconocer la contribución a la sociedad
que está enraizada en la dimensión religiosa y en la
búsqueda del Absoluto –expresión por su propia
naturaleza de la comunión entre personas– privilegiaría
efectivamente un planteamiento individualista y
fragmentaría la unidad de la persona. Por ello: ‘Libertad
religiosa, vía para la Paz’.
Información brindada por el Servicio Informativo
de la Santa Sede / VIS 20100713 (480)
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
SANTA SEDE
Intenciones del Santo Padre
para el año 2011
ENERO:
Intención general:
Para que las riquezas de la creación
sean preservadas, valorizadas y puestas
a disposición de todos, como don
precioso de Dios a los hombres.
Intención misionera:
Para que los cristianos puedan
alcanzar la plena unidad, testimoniando
a todo el género humano la paternidad
universal de Dios.
FEBRERO:
Intención general:
Para que la familia sea respetada
por todos en su identidad y sea reconocida
su insustituible contribución a favor de
la sociedad entera.
Intención misionera:
Para que en los territorios de misión
donde es más urgente la lucha contra
las enfermedades, las comunidades
cristianas sepan testimoniar la presencia
de Cristo a quienes sufren.
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
7
LA IGLESIA EN EL MUNDO
Obispos anglicanos renuncian para pasar a la Iglesia Católica
En un comunicado, anuncian que quieren crear un
ordinariato personal:
Cinco obispos anglicanos de la Iglesia de Inglaterra
han anunciado este lunes su renuncia al ministerio en
esa Iglesia y su resolución de unirse a un ordinariato
personal para anglicanos en plena comunión con la
Iglesia católica.
La constitución apostólica “Anglicanorum Coetibus”,
publicada hace un año, abrió el camino para que comunidades anglicanas puedan entrar en la Iglesia católica
a través del establecimiento de ordinariatos personales,
con características parecidas a las de una diócesis no
territorial, una nueva estructura canónica. De este modo,
podrán reconocer el primado del Papa, y mantener
elementos propios de su tradición litúrgica y espiritual.
Entre los obispos anglicanos del Reino Unido que
han anunciado su renuncia se encuentran Andrew
Burnham, obispo de Ebbsfleet, Keith Newton, obispo
de Richborough, y John Broadhurst, obispo de Fulham.
Estos tres prelados eran familiarmente conocidos como
"obispos volantes", pues atendían espiritualmente a
los fieles de diferentes diócesis anglicanas que no han
aceptado la ordenación de mujeres como sacerdotes.
Asimismo se ha anunciado la renuncia de otros dos
obispos, Edwin Barnes, antiguo pastor anglicano de
Richborough, y el obispo auxiliar retirado David Silk
de Exeter.
El comunicado firmado por los cinco obispos explica
que todos ellos han seguido durante años el proceso de
diálogo entre anglicanos y la Iglesia católica, emprendido
tras el Concilio Vaticano II, "con oración y profundo anhelo".
"Hemos quedado consternados, en los últimos treinta
años, al ver que anglicanos y católicos se separaban
cada vez más en algunas cuestiones de la vida diaria,
en particular al ver distintas decisiones en asuntos
de fe y de disciplina en el anglicanismo que, creemos, son
incompatibles con la vocación histórica del anglicanismo
y la tradición de dos mil años de la Iglesia".
Explican que, para ellos, “Anglicanorum Coetibus”
ha sido una respuesta a los anglicanos que buscan la
unidad con Roma: "con los ordinariatos, se establecen
estructuras canónicas por medio de las cuales podremos
llevar nuestra experiencia de discipulado cristiano a la
comunión plena con la Iglesia católica que abarca todo
el mundo y todas las épocas".
"Se trata tanto de una respuesta generosa de la
Santa Sede a quienes han pedido ayuda, así como de
un nuevo y valiente instrumento ecuménico para la
búsqueda de la unidad de los cristianos, unidad por la
8
que Cristo mismo oró antes de su pasión y su muerte.
Se trata de una unidad que, creemos, es posible sólo en
la comunión eucarística con el sucesor de San Pedro".
Los cinco aseguran que "como obispos, hemos
cuidado de todos, de los que comparten nuestra
posición y de aquellos que han tomado una postura
diferente. Ahora hemos llegado al momento en el que
debemos declarar formalmente nuestra posición e
invitar a otros a unirse a nuestro camino. Por lo tanto,
cesará inmediatamente nuestro ministerio episcopal
público, y renunciando a nuestras responsabilidades
pastorales en la Iglesia de Inglaterra. Esto tendrá efecto a
partir del 31 de diciembre de 2010. Buscamos unirnos
a un ordinariato cuando éste sea creado".
Los prelados agradecen a la Iglesia Anglicana de
Inglaterra todo lo que "ha significado para nosotros y
todo lo que nos ha dado en estos años, y esperamos
mantener una relación cercana y cálida, orando y
trabajando juntos por la venida del Reino de Dios".
En respuesta al anuncio, el primado de la Comunión
Anglicana, el arzobispo Rowan Williams de Canterbury
publicó un comunicado este lunes en el que aceptaba
con "pesar" las renuncias de los obispos, "que han
decidido que su futuro en el ministerio cristiano pase
por las nuevas estructuras propuestas por el Vaticano".
"Les deseamos lo mejor en el nuevo paso de su
servicio a la Iglesia" añadió, y les agradeció "su fiel labor
pastoral en la Iglesia de Inglaterra durante muchos años".
La asociación internacional de anglicanos que se
oponen a la ordenación de mujeres como sacerdotes u
obispos, “Forward in Faith”, ha asegurado a los obispos
que han presentado su renuncia, "el amor, las oraciones
y el apoyo de todos sus miembros y su agradecimiento
por el ministerio que han desempeñado a su servicio".
"Asimismo, aseguramos al arzobispo de Canterbury
y al obispo de Londres nuestras oraciones, mientras
tratamos de discernir cómo serán reemplazadas las sedes
vacantes de Ebbsfleet, Richborough y Fulham", añaden.
Monseñor Alan Hopes, obispo auxiliar de Westminster,
la sede católica de la capital británica, ha acogido
positivamente la decisión en un comunicado emitido en
nombre de la Conferencia Episcopal de Inglaterra y
Gales. El episcopado católico, reveló, "está viendo
cómo establecer el ordinariato" y asegura "la cálida
bienvenida que extendemos a todos los que quieran
formar parte de él".
Los prelados católicos de Inglaterra y de Gales
han convocado una reunión sobre este tema y, tras
su celebración podrán ofrecer mayor información.
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
LA IGLESIA EN EL MUNDO
Hasta el momento no se ha creado ningún ordinariato
para anglicanos que entran en comunión plena con la
Iglesia católica, si bien comunidades anglicanas del
Reino Unido, los Estados Unidos, Australia y Canadá han
manifestado su intención de unirse a la Iglesia Católica.
Por su parte, el padre Federico Lombardi S.I., director
de la Oficina de Información de la Santa Sede, confirmó
hoy que la Santa Sede está estudiando la constitución
del ordinariato, según las normas establecidas por la
constitución apostólica “Anglicanorum Coetibus” y que
"las eventuales decisiones serán comunicadas en el
momento oportuno".
El mes pasado, el obispo anglicano John Broadhurst
de Fulham ya había anunciado su intención de presentar
su renuncia en un encuentro de “Forward in Faith
International”, asociación de la que es presidente. En
su anuncio, mencionó numerosos motivos, entre los
cuales, el más importante es la ordenación de mujeres.
Seguirá formando parte de “Forward in Faith International”,
pues no forma parte de la Iglesia de Inglaterra.
ZENIT ha hablado con el obispo Broadhurst por
teléfono, quien ha revelado que su decisión ha sido
tomada tras un discernimiento en la oración, y que ha
pensado en su unión a la Iglesia católica durante 45 años.
Ante la pregunta de si mantendrá un ministerio activo
en la Iglesia católica, el obispo Broadhurst respondió:
"Haré lo que el Papa quiera y permita. Como sacerdote,
tengo una responsabilidad, y si se me permite, seguiré
desempeñándola".
El obispo reveló a ZENIT que otros anglicanos están
pensando en dar este paso de unidad con Roma,
"de todos modos, cada uno tiene que tomar su propia
decisión. Esta decisión es solo mía".
LONDRES, lunes, 8 de noviembre de 2010 (ZENIT.org).-
XVI Encuentro de la Pastoral Castrense
grupo. Al culminar, se emitió el documento final con
las orientaciones pastorales. Participaron las siguientes
delegaciones: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia,
Costa Rica, Ecuador, El Salvador, México, Panamá,
Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela.
La delegación argentina estuvo encabezada por
Mons. Pedro Candia, Administrador Diocesano, a quien
acompañaron el Sr. Capellán Mayor del Ejército, Mons.
Mario Rodolfo Bonabotta, el Sr. Canciller y Secretario
General, Dr. Carlos Alberto González y el Sr. General (R)
Juan Carlos Cordini, miembro del equipo de la pastoral.
Del 3 al 10 de octubre, en la ciudad de México, se
desarrolló el XVI Encuentro de la Pastoral Castrense de
Latinoamérica y el Caribe. El objetivo general de dicha
reunión fue reflexionar sobre la identidad del capellán
castrense para dinamizar la misión continental en el
ámbito de la asistencia espiritual a los hombres y las
mujeres de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
A los pies del Santuario Basílica de Nuestra Señora
de Guadalupe, las distintas delegaciones protagonizaron
largas jornadas de ponencias, debates y trabajos en
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
Asimismo, compartieron el trabajo el delegado de
la Congregación para los Obispos, Rvdo. Padre Giulio
Cerchietti y los Sres. arzobispos castrenses de los
Estados Unidos y España.
Con motivo de la participación en dicho encuentro, Mons.
Candia, como ofrenda de solicitud pastoral y cercanía
para con los hermanos de México, donó una imagen de
la Santísima Virgen María, bajo su Advocación de Ntra.
Señora de Luján, a la Corporación de Clérigos Castrenses
quienes desarrollan su actividad pastoral a favor de los
hombres de armas de dicha nación. La imagen quedó
entronizada en la Capellanía Militar de Ntra. Señora de
Guadalupe, en Naucalpán, Estado de México.
9
OC A
NUEVAS DISPOSICIONES
A) Con el fin de asegurar la correcta inscripción de los sacramentos del
Bautismo y la Confirmación, el Administrador Diocesano ha dictado la
INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA A LOS SRES. CAPELLANES ACERCA DEL
PROCEDIMIENTO QUE HA SEGUIR EN LOS JURAMENTOS SUPLETORIOS Y
LA REPOSICIÓN DE PARTIDAS EN LOS LIBROS DE BAUTISMO Y DE
CONFIRMACIÓN y el MEMORANDO.
En la sección DOCUMENTOS del presente Boletín se publica el texto
completo de la referida instrucción.
DECRETO OCA 106 / 10 (t)
VISTO: 1- Que nos compete custodiar la correcta anotación de los Sacramentos de Iniciación
Cristiana, en especial los sacramentos del Bautismo y la Confirmación, conforme surge de lo
normado por los cánones 877, 876, 877, 878, 894, 895 y 896 del Código de Derecho Canónico,
de manera tal de llevar un registro fiel y ordenado de los mismos, a los fines de que ellos sean
adecuados para probar fehacientemente la administración de los sacramentos;
2- Que las irregularidades en los registros hacen muchas veces imposible la localización de
las respectivas anotaciones, sean bautismales como de confirmación, lo cual genera ulteriores
dificultades que provocan perjuicios para la vida de la Iglesia y la de todos sus fieles;
3- Que desde hace un tiempo, pedimos a nuestros colaboradores hacer el estudio jurídico
correspondiente para emanar una Instrucción clara sobre las modalidades y los procedimientos
que deben seguir los Capellanes Castrenses y Sacerdotes Auxiliares, para proceder a la toma
de juramentos supletorios y a las reposiciones de partidas en los Libros de Bautismo y de
Confirmación, teniendo en cuenta las diversas instituciones canónicas que a norma del derecho
intervienen, y que unifiquen los criterios que han de seguirse ante la necesidad de proceder
ante estos casos determinados;
EN VIRTUD de las atribuciones conferidas por el Acuerdo entre la Santa Sede y la República
Argentina del 28 de junio de 1957 y del 10 de octubre de 1966 y los cánones 34, 427 y
concordantes del Código de Derecho Canónico que facultan al Administrador Diocesano a
dictar la presente Instrucción;
POR LAS PRESENTES LETRAS
1- DISPONEMOS, promulgar ad normam del c. 34 del CIC, la INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA
A LOS SRES. CAPELLANES ACERCA DEL PROCEDIMIENTO QUE HAN DE SEGUIRSE EN
LOS JURAMENTOS SUPLETORIOS Y EN LA REPOSICIÓN DE PARTIDAS EN LOS LIBROS DE
BAUTISMO Y DE CONFIRMACIÓN, añadida a este Decreto que consta de 35 artículos para el
ámbito de los fieles vinculados a nuestra jurisdicción;
2- COMUNÍQUESE, usando todos los medios convenientes, para que esta instrucción llegue
a conocimiento de todos los Capellanes y Sacerdotes Auxiliares;
34- PUBLÍQUESE y oportunamente archívese.
5-
10
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
OCA
DADAS en Buenos Aires, Sede Episcopal, a los 24 días del mes de septiembre del Año
del Señor 2010, Fiesta de Nuestra Señora de la Merced.
Mons. Pedro Candia
Administrador Diocesano
Por mandato de Su Señoría Ilustrísima
Dr. Carlos González
Canciller
B) Asimismo, se publica el Prot. 607 / 10 en relación al Ministro del
Sacramento de la Confirmación.
MEMORANDO
A los Sres. Capellanes Castrenses y Sacerdotes Auxiliares:
Se comunica por medio del presente Memorando, las siguientes pautas que se tendrán en
cuenta referidas a la Administración del Sacramento de la Confirmación, en relación al orden
de prelación para el Ministro de la Confirmación para el caso especial de Sede Vacante de
este Obispado Castrense, y las solicitudes de su administración.
Los Sres. Capellanes que deban administrar el Sacramento de la Confirmación a aquellos
fieles suyos que hayan sido debidamente preparados, deberán solicitar las fechas para la
administración con una antelación no menor a 3 meses.
El pedido deberá solicitarse indefectiblemente por medio de la Capellanía Mayor de cada
Fuerza, por lo que no se aceptarán en esta Sede, pedidos individuales de los Sres. Capellanes
y/o Sacerdotes Auxiliares dirigidos al Sr. Administrador Diocesano.
El orden de prelación para la administración del Sacramento será el siguiente:
1. Administrador Diocesano.
2. Obispo del lugar (por invitación exclusiva del Administrador Diocesano)
3. Capellán Mayor.
4. Otro Capellán de la Fuerza.
5. El mismo Capellán de la Unidad.
Mons. Pedro Candia
Administrador Diocesano
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
11
N O T I C IA S
NOTICIAS
Fiesta Ntra. Sra. de la Merced
Confirmaciones y Visita Pastoral
El pasado 25 de septiembre, Mons. Pedro Candia
presidió las celebraciones que se llevaron a cabo en
ocasión de la Fiesta Patronal de Ntra. Sra. de la Merced,
en el Barrio de Suboficiales “Sargento Cabral”, Campo de
Mayo. La organización a cargo del Capellán Castrense
Pbro. Patricio Walter convocó a los fieles a una procesión
con la imagen de la Virgen y a la celebración de la
Santa Misa.
El pasado 22 de octubre de 2010, Mons. Pedro
Candia presidió la Santa Misa en la que confirmó a
los cadetes de la Escuela de Aviación Militar y a los
aspirantes de la Escuela de Suboficiales de la Fuerza
Aérea Argentina.
Asimismo, llevó a cabo la visita pastoral a la Guarnición
Aérea de Córdoba y se reunió con todos sus capellanes
castrenses.
VIII Peregrinación al Santuario
de Ntra. Sra. de Luján
En el año del bicentenario de la Revolución de
Mayo, el Sr. Administrador Diocesano, Mons. Pedro
Candia, los Sres. Capellanes Mayores, el Clero Castrense,
Autoridades, miembros militares y civiles de las Fuerzas
Armadas y de Seguridad de la Nación, acompañados
de sus familiares, peregrinaron a la Basílica y Santuario
de Nuestra Señora de Luján en agradecimiento de su
cuidado amoroso y súplica de continua intercesión.
Mons. Candia presidió la Santa Misa que dio
comienzo a las 11. Al finalizar, todos los presentes rezaron
la Salve y luego se entonó el Himno Nacional Argentino.
12
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
NOTICIAS
Ejercicios Espirituales
del Clero Castrense
Se llevó a cabo, desde el martes 26 de octubre hasta
el viernes 29, el retiro espiritual para el Clero Castrense
en el Cenáculo, localidad de Pilar, provincia de Buenos
Aires, predicado por el R.P. Jorge Chichizola, S.I.
Participaron 54 capellanes castrenses. La misa
conclusiva fue presidida por Mons. Pedro Candia.
Confirmaciones en Gendarmería
y Nueva Capilla
El pasado martes 16 de noviembre, tuvieron lugar en
la agrupación cadetes de la escuela de Gendarmería,
los Bautismos, Primeras Comuniones y Confirmaciones
de 33 cadetes del instituto. La Santa Misa estuvo
presidida por el Capellán Mayor de la Fuerza, Pbro.
Rubén Darío Bonacina.
Es de destacar que dichos cadetes fueron acompañados
en ese momento tan importante para sus vidas, por la
totalidad de sus camaradas, superiores y subalternos,
junto al director y a los oficiales del instituto. Terminada
la Santa Misa, el Capellán Mayor procedió a bendecir la
cruz y las obras de la construcción de la nueva capilla
del instituto.
Conmemoración de
Todos los Fieles Difuntos
Con motivo de la conmemoración de todos los fieles
difuntos, el día 2 de noviembre, Mons. Pedro Candia
presidió la Misa en la Catedral Castrense Stella Maris a
las 8:30. Concelebraron la Eucaristía el Sr. Capellán Mayor
de la Armada, Mons. Germán Carmona, el Sr. Capellán
Mayor de la Prefectura Naval, Pbro. Diego Julio Tibaldo y
el Sr. Asesor Eclesiástico, Mons. Mario Liborio De Leone.
Asistieron los miembros de la Curia Castrense. Mons.
Candia rezó especialmente por los obispos castrenses
y los capellanes difuntos.
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
13
N O TI C I A S
Retiro para Laicos
El sábado 20 de noviembre, Mons. Pedro Candia
predicó un retiro espiritual para los fieles laicos del
Obispado Castrense.
Éste se llevó a cabo en la Casa de Ejercicios Espirituales
de San Alfonso, en el barrio de Parque Patricios.
Se inició a las 9, con la predicación de dos pláticas,
y concluyó con la celebración de la Santa Misa.
Retiro Espiritual de Adviento
El miércoles 1 de diciembre, se llevó a cabo el
Retiro Espiritual de Adviento en la Casa de Ejercicios
Espirituales San Alfonso María de Ligorio.
Éste comenzó a las 9 y contó con predicaciones a
cargo de Mons. José Guido Pesce sobre el Adviento.
Los participantes rezaron el Santo Rosario en el parque
del lugar, compartieron la Santa Misa y un almuerzo.
Capilla
San Lucas
Jornada de Formación Permanente
Como estaba previsto en el calendario anual
del Obispado, se llevó a cabo el miércoles 24 de
noviembre a partir de las 9, en el Centro de Formación
Juan Pablo II y Casa de Ejercicios San Alfonso, la última
Jornada de Formación Permanente del año. El tema
tratado en esta oportunidad fue la Espiritualidad
Sacerdotal y estuvo a cargo del Sr. Arzobispo emérito
de Resistencia, S.E.R. Mons. Carmelo Giaquinta.
El encuentro culminó pasado el medio día con la
celebración de la Santa Misa y el intercambio fraterno
entre los sacerdotes asistentes, en su mayoría de la zona
Buenos Aires. Estuvieron presentes el Sr. Administrador
Diocesano y los Sres. Capellanes Mayores.
14
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
OCA
CALENDARIO 2011
MES
DÍA
Enero
31
Febrero
5 - 12
23
Marzo
7
8
9
16
19
24
25
Abril
2
4-8
16
18
21
22
23
24
25
27
Mayo
1
4
8
9 - 14
17
18
21
25
29
ACTIVIDAD
Inicio de la actividad de la Curia Castrense
Convivencia con seminaristas
Reunión de Capellanes Mayores (Curia)
Feriado de Carnaval
Feriado de Carnaval
Miércoles de Ceniza - Retiro de Cuaresma para
miembros de la Curia Castrense
1.ra Jornada de Formación Permanente
para el Clero, zona Buenos Aires
San Alfonso, Laicos (Reunión Formativa)
Feriado, Día de la Memoria
Feriado puente
Feriado, Día de las Malvinas
XXI Reunión General del Clero Castrense
San Alfonso, Laicos (Retiro Perseverancia)
Comienzo de Semana Santa
Inicio del receso de Semana Santa en la Curia Castrense
Jueves Santo
Viernes Santo
Sábado Santo
Pascua de Resurrección
Reinicio de la actividad de la Curia
19.º Aniversario de la Ordenación Episcopal de
Mons. Antonio Juan Baseotto, C.Ss.R., Obispo Emérito
Feriado, Día del Trabajo
Reunión de Capellanes Mayores (Ejército)
Ntra. Sra. de Luján, Patrona del Obispado Castrense
y de la Gendarmería. Misa en la Catedral Castrense
101.º Asamblea Plenaria, CEA
Día de la Armada Argentina
2.º Jornada de Formación Permanente
para el Clero, zona Buenos Aires
San Alfonso, Laicos (Reunión Formativa)
Feriado, Revolución de Mayo
Día del Ejército Argentino
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
15
OC A
MES
DÍA
Junio
8
20
22
28
30
Reunión de Capellanes Mayores (Armada)
Feriado, Día de la Bandera
3.º Jornada de Formación Permanente
para el Clero, zona Buenos Aires
San Alfonso, Laicos (Retiro Perseverancia)
Ntra. Sra. del Perpetuo Socorro,
Patrona de la Sanidad Castrense
Aniversario de la Dedicación, Iglesia Catedral
Día de la Prefectura Naval Argentina
Julio
9
18
28
Feriado, Día de la Independencia
Comienzo del receso de invierno de la Curia Castrense
Día de la Gendarmería Nacional
Agosto
1
10
15
18
20
24
28
31
Reinicio de la actividad de la Curia Castrense
Día de la Fuerza Aérea Argentina
Feriado, Muerte del General San Martín
Stella Maris, Patrona de la Armada y de la Prefectura
San Alfonso, Laicos (Reunión Formativa)
Reunión de Capellanes Mayores (Fuerza Aérea)
Aniversario del fallecimiento de Mons. Martina
4.º Jornada Formación Permanente
para el Clero, zona Buenos Aires
Septiembre
17
21
24
28
San Alfonso, Laicos (Retiro Perseverancia)
Reunión de Capellanes Mayores (Gendarmería)
Ntra. Sra. de la Merced, Patrona del Ejército
IX Jornadas de la Pastoral de la Salud Castrense
Octubre
5
5.º Jornada de Formación Permanente
para el Clero, zona Buenos Aires
San Héctor Valdivielso Sáez, Patrono de la
Educación Castrense
Feriado, Día de la Diversidad Cultural
Peregrinación anual castrense a Luján
Retiro espiritual anual para el Clero Castrense
San Juan de Capistrano, Patrono de los
Capellanes Castrenses
Reunión de Capellanes Mayores (Prefectura)
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ACTIVIDAD
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
OCA
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Diciembre
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ACTIVIDAD
Misa por los fieles difuntos en la Iglesia Catedral
102.º Asamblea Plenaria, CEA
San Alfonso, Laicos (Reunión Formativa)
Feriado, Día de la Soberanía Nacional
Reunión de Capellanes Mayores (Curia)
Primer domingo de Adviento
6.º Jornada de Formación Permanente
para el Clero zona Buenos Aires
Retiro de Adviento para miembros de la
Curia Castrense
Feriado, Inmaculada Concepción
Feriado puente
Ntra. Sra. de Loreto, Patrona de la Fuerza Aérea
San Alfonso, Laicos (Retiro Perseverancia,
preparación para la Navidad)
Comienzo del receso de verano en la Curia Castrense
Natividad del Señor
Aniversario de las Ordenaciones Sacerdotales
Elevemos oraciones a Dios, en acción de
gracias por un nuevo aniversario de sacerdocio de
nuestros presbíteros, para que sus ministerios
estén fortalecidos por los sentimientos de buenos
pastores y tengan las fuerzas para ejercer, en
medio del cansancio, la misión que el Señor les
ha confiado.
ENERO:
28 R.P. Fray Celso Rafael Melida
FEBRERO:
2 Monseñor José Guido Pesce
23 R.P. Agustín Juan Flores
26 Pbro. Miguel Ernesto Cáceres
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
26 Pbro. José Gerardo Virga
28 Pbro. Alberto Andrés Rojas
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D O C U M E N TO S
Documentos
INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA A LOS SRES. CAPELLANES ACERCA DEL PROCEDIMIENTO
HA SEGUIR EN LOS JURAMENTOS SUPLETORIOS Y REPOSICIÓN DE PARTIDAS EN
LOS LIBROS DE BAUTISMO Y CONFIRMACIÓN
I. INTRODUCCIÓN
Art. 1 La misión de este Ordinariato –porción del
Pueblo de Dios asimilada jurídicamente a una diócesis–
es la evangelización en el ámbito de su jurisdicción,
mediante la específica y cualificada atención docente,
sacramental y pastoral para la santificación de los fieles
que le han sido confiados (Cf. Arts. 2 y 3 de los Estatutos
del Obispado Castrense de Argentina, Congregación
para los Obispos, 13-11-1998). Hoy, a través de esta
Instrucción, queremos puntualizar y llamar a la debida
reflexión de los Sres. Capellanes acerca de un aspecto
de aquella misión: el sacramental.
Art. 2. Los Sacramentos son signos eficaces de la
Gracia, instituidos por Cristo y confiados a la Iglesia, por
los cuales nos es dispensada la Vida Divina. Los ritos
visibles que son celebrados, significan y realizan las
gracias propias de cada uno de ellos. Así, producen fruto
abundante en quienes los reciben con las disposiciones
requeridas.
Art. 3. Los siete Sacramentos corresponden a todas
las etapas y todos los momentos importantes de la vida
del fiel cristiano, ya que dan nacimiento y crecimiento,
curación y misión a la vida de fe. Por ello, como lo
mencionaba Santo Tomás de Aquino en la Summa
Theologiae, hay una cierta semejanza entre las etapas
de la vida natural y las etapas de la vida espiritual. De
esta manera, toda la vida litúrgica de la Iglesia gira en
torno al Sacrificio Eucarístico y los Sacramentos, obras
maestras de Dios en la Nueva y Eterna Alianza.
Art. 4. Los Sacramentos, "fuerzas que brotan" del
Cuerpo de Cristo (cf. Lc 5,17; 6,19; 8,46) siempre vivo y
vivificante, son acciones del Espíritu Santo que actúan
en su Cuerpo que es la Iglesia y la conducen a la verdad
completa (Jn. 16,13). La Iglesia, iluminada por la luz del
Espíritu Santo, reconoció poco a poco este tesoro recibido
de Cristo y precisó su "dispensación", ya que ella es la fiel
dispensadora de los misterios de Dios (cf. Mt 13,52; 1 Co 4,1).
Art. 5. Ahora bien, tiene dicho el Sacrosanctum
Consilium 59, que los Sacramentos están ordenados
a la santificación de los hombres, a la edificación del
Cuerpo de Cristo y, en definitiva, a dar culto a Dios;
pero, como signos, también tienen un fin instructivo. No
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sólo suponen la fe, también la fortalecen, la alimentan y
la expresan con palabras y acciones; por ello se llaman
Sacramentos de la fe".
Art. 6. El Sacramento del Bautismo (lo mismo que
el de la Confirmación y del Orden Sagrado) confiere,
además de la gracia propia de los Sacramentos, un
carácter sacramental o "sello" por el cual el cristiano
participa del sacerdocio de Cristo y forma parte de
la Iglesia según estados y funciones diversos. Esta
configuración con Cristo y con la Iglesia, realizada por
el Espíritu, es indeleble (Concilio de Trento: DS 1609) y
permanece para siempre en el cristiano como disposición
positiva para la gracia, como promesa y garantía de la
protección divina y como vocación al culto divino y al
servicio de la Iglesia. Por tanto, estos Sacramentos no
pueden ser reiterados.
Art. 7. La Iglesia afirma que para los creyentes, los
Sacramentos de la Nueva Alianza son necesarios para
la salvación (cf. Concilio de Trento: DS 1604). La "gracia
sacramental" es la gracia del Espíritu Santo dada por
Cristo. El Espíritu cura y transforma a los que lo reciben
conformándolos con el Hijo de Dios. El fruto de la vida
sacramental consiste en que el Espíritu de adopción
deifica (cf. 2 P 1,4) a los fieles uniéndolos vitalmente al
Hijo único, el Salvador.
Art. 8. Pero la administración de ese “signo visible”,
no es sólo Sacramental. La Iglesia es una sociedad
jurídicamente organizada y, como tal, está regida por
normas que hacen a su buen funcionamiento interno, a
los fines de evitar no sólo el abuso, sino toda clase de
irregularidades e inconvenientes que dificulten luego el
normal desarrollo de la vida del fiel cristiano y la misión
propia de la Iglesia.
Art. 9. El Código de Derecho Canónico promulgado
en 1983, regula en su canon 840 todo lo referente a los
Sacramentos y establece que los Sacramentos del Nuevo
Testamento, instituidos por Cristo Nuestro Señor y
encomendados a la Iglesia, en cuanto que son acciones
de Cristo y de la Iglesia, son signos y medios con los
que se expresa y fortalece la fe, se rinde culto a Dios y
se realiza la santificación de los hombres y, por tanto
contribuyen en gran medida a crear, corroborar y
manifestar la comunión eclesiástica; por esta razón, tanto
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
D O C U M E N TO S
los sagrados ministros como los demás fieles deben
comportarse con grandísima veneración y con la debida
diligencia al celebrarlos.
relajación en el cumplimiento de las normas acerca de
la inscripción de la administración de los Sacramentos
del Bautismo y la Confirmación en los libros respectivos.
Art. 10. No debemos olvidar la importancia de la prueba
de los Sacramentos del Bautismo y la Confirmación, la
cual podrá repercutir en otros Sacramentos y requisitos
exigidos por la Iglesia.
Art. 16. A la Curia Castrense, arriba un considerable
número de solicitudes tanto de Reposición de Actas
como de Juramentos Supletorios, estos últimos también
con la consecuente reposición posterior. Debemos
tener en cuenta que las intercalaciones en los Libros de
Sacramentos traen confusión y, muchas veces, pasados
los años, no facilitan a los fieles la búsqueda de la
partida correspondiente.
Art. 11. Así, la legislación canónica ha establecido
todo aquello referente a la prueba y la anotación de los
Sacramentos mencionados en el Artículo 10 entre los
cánones 875 - 878 (De la prueba y la anotación del
Bautismo Administrado) y 894 - 896 (De la prueba y la
anotación de la Confirmación).
Art. 12. El canon 875 prescribe que quien administra
el Bautismo procure que, si falta el padrino, haya al menos
un testigo por el que pueda probarse su administración.
Por su parte, el canon 876 enuncia que, si no se causa
perjuicio a nadie, para probar el Bautismo basta la
declaración de un solo testigo inmune de toda sospecha o
el juramento del mismo bautizado, si recibió el sacramento
siendo ya adulto. El canon 894, referido a la Confirmación,
remite, para probar la administración de dicho sacramento,
a las prescripciones dadas para el Bautismo.
Art. 13. Por ello, en atención a las normas antes
descriptas y frente a las reiteradas irregularidades que
se vienen registrando con relación a la anotación de los
Sacramentos y, en especial, el Bautismo y la Confirmación,
en adelante se deberá cumplir con el procedimiento
que se describe en esta Instrucción conforme las
prescripciones del canon 34.
I I . S I T U A C I Ó N PA RT I C U LA R D E L
ORDINARIATO CASTRENSE
Art. 14. Como jurisdicción personal, este Ordinariato
escapa a muchas de las características propias de las
Iglesias particulares, en especial la diócesis, definida
principalmente por su territorio. Ello, no sólo implica que
la tarea pastoral esté imbuida de especiales originalidades,
sino que también, clero y fieles deben adecuarse a
situaciones que, en principio, podríamos calificar de
adversas: movilidad residencial, desarraigo familiar, gran
extensión territorial, dificultad en la congregación de los
capellanes, entre otras. Recordamos, en particular, la
problemática que se presenta ante el traslado, supresión
o fusión de unidades militares y los respectivos
Libros de Sacramentos y las anotaciones en Iglesias
parroquiales territoriales.
Art. 15. Todo ello, aún sin justificar lo acaecido
en otros tiempos, sentó las bases para una cierta
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
Art. 17. En una visión superadora, y redoblando
los esfuerzos para enderezar los errores del pasado,
la reflexión y el acatamiento del procedimiento que a
continuación se detalla deben contribuir al mismo tiempo
al cumplimiento diligente de las normas eclesiales
aplicables, a fin de disminuir paulatinamente las
solicitudes de juramentos supletorios y la reposición de
partidas originadas en la negligencia de aquellos a
quienes compete cuidar que se cumplan las leyes.
III. PROCEDIMIENTO HA SEGUIR
A N T E E L R E Q U E R I M I E N TO D E U N
FIEL CRISTIANO DE LA CONSTANCIA
D E R E C E P C I Ó N D E L B AU T I S M O O
CO N F I R M A C I Ó N
Art. 18. Registro en condiciones. En primer término,
y ante la solicitud de un fiel cristiano de la constancia
de recepción del sacramento, cabe recordar aquí que,
en el caso del Bautismo, se deberá distinguir si se trata
de un certificado destinado a la posterior celebración
del Sacramento del Matrimonio (Formulario especial
de la Conferencia Episcopal Argentina) o destinado a
otros usos (Formulario ordinario).
Art. 19. Ausencia de registro: Con certificado
emitido en el momento de la celebración. Cuando el fiel
cristiano solicita en la capellanía su constancia actualizada
de celebración portando una certificación emitida
inmediatamente después de realizada (certificado
individual o Libreta de Familia), el Sr. Capellán, habiendo
examinado el documento y comprobado su autenticidad
y luego de despejar toda duda razonable al respecto,
interrogando al portador acerca de las circunstancias,
oportunidad y motivo de su solicitud, deberá remitir a la
Curia Castrense dicho documento acompañado de una
nota con membrete de la Capellanía, firmada y sellada,
en la cual solicita al Ordinario Militar ordene la reposición
de dicha constancia, haciendo una previa síntesis de
los hechos acaecidos a la que adjuntará el detalle de
los datos que exige la correspondiente anotación.
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D O C U M EN TO S
Modelo de nota solicitando se ordene la Reposición de la Partida con constancia previa:
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Obispo / Ordinario Militar a los fines de solicitar se
decrete la Reposición de la Partida en el Libro de Bautismos de esta capellanía respecto de
dicho sacramento administrado a ......…. según los datos que se consignan en la constancia
que se acompaña.
El certificado de Bautismo actualizado debe ser presentado a los efectos de (detalle el
motivo por el cual el fiel cristiano solicita dicho certificado).
Nada hace presumir que dicho certificado sea apócrifo.
El certificado que porta el fiel cristiano fue entregado luego de la celebración del Bautismo
en el año…y se encuentra firmado por el Pbro. …..........., por entonces Capellán de …..........
Dejo constancia que practicadas todas las diligencias necesarias a los efectos de
encontrar alguna anotación, las mismas han dado resultado negativo, por lo cual se
solicita se ordene la inscripción.
Fecha
Firma Capellán
Sello Capellanía
Art. 20. Si la Capellanía cuenta con Libros, se
solicitará al Ordinario Militar que la reposición de un
certificado preexistente sea ordenada en dichos Libros.
Art. 21. Si la Capellanía no cuenta con Libros propios,
el Sr. Capellán evaluará lo que resulte más conveniente,
es decir, solicitará que la reposición se realice en la
Capellanía más cercana o bien en el Libro llevado en la
Capellanía Mayor o en la Iglesia Catedral Castrense. En
este sentido, se deberá ponderar la conveniencia del
fiel cristiano interesado, a excepción de lo establecido
en el Art. 23.
Art. 22. Como complemento de ello, llévese un
archivo con copia de los antecedentes y del decreto
respectivo a fin de probar que se procedió conforme
a derecho, identificando el Libro y el Acta en que se
encuentra cumplimentado.
Art. 23. Si la constancia que presenta el fiel cristiano
pertenece a una diócesis u otra Iglesia particular
diferente de este Ordinariato (muchas veces se han
registrado los sacramentos en Libros parroquiales
cercanos a la unidad militar), el Sr. Capellán deberá
comunicarse con la Curia respectiva a fin de recibir
instrucciones. Se debe tener en cuenta que el Ordinario
Militar no tiene competencia sobre los Libros de
Sacramentos de otras circunscripciones eclesiásticas.
20
A r t. 24. A usencia de cer tificado o de ot ra
constancia: Si un fiel cristiano, al momento de solicitar
su constancia de recepción del Sacramento, carece
de toda documentación que avale sus dichos, se
procederá al correspondiente Juramento Supletorio.
Art. 25. El Juramento Supletorio: Conforme a los
cánones 876 y 894, para probar el Bautismo y la
Confirmación, basta la declaración de un solo testigo
inmune de toda sospecha, o el juramento del mismo
bautizado o confirmado, si recibió el Sacramento
siendo ya adulto, es decir desde de los 7 años de
edad, tiempo a partir del cual el derecho presume el
uso de razón (Cf. canon 11).
Art. 26. Fuera del caso de adultez, los principales
testigos serán alguno de los padres o alguno de los
padrinos. Según el caso, y apartando toda sospecha,
puede aceptarse la intervención de otro familiar o allegado
que haya estado presente en la ceremonia.
Art. 27. El Juramento Supletorio será recibido ante
el Sr. Capellán. Deberá hacerse frente a las Sagradas
Escrituras, recordando al declarante que en su
juramento, él está invocando el Nombre de Dios como
testigo de la verdad (Cf. canon 1199).
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D O C U M E N TO S
Modelo de Juramento Supletorio habiendo recibido el Sacramento siendo niño:
Yo, Don / Doña, nacida el .… de …. de …. en la ciudad de ......…... , Argentina, hija de
........…. y de ......…... , de estado civil casada con Don / Doña .........…. de cuyo matrimonio
nacieron ...........….
Siendo mi familia cristiana y como consta en (de existir algún recuerdo documental hacer
mención aquí: estampa, pergamino, foto, etc.), que acompaño, bauticé también a todos mis
hijos recién nacidos. No encontrándose el correspondiente Libro de Bautismo en donde
conste la debida anotación, procedo al juramento supletorio según las normas de derecho.
Yo, Doña ......…. , JURO SOLEMNEMENTE ante las Sagradas Escrituras y en la presencia
del Sr. Capellán de .........…. Pbro .......….. , que el día .… de …. de ......…. , mi hija ........…. ,
nacida el …. de …. del año ..…., DNI ......…. , fue bautizada solemnemente según el rito de la
Santa Iglesia Católica en la Iglesia ......…. Fueron padrinos del Bautismo mi hermano .......….
y mi amiga …........
Asimismo, DECLARO BAJO JURAMENTO que …........ es soltera y no ha contraído ni
siquiera matrimonio según las leyes civiles.
Fecha
Firma del fiel
Por ante mi que doy fe (Firma del Capellán)
Sello de la Capellanía
Modelo de Juramento Supletorio habiendo recibido el Sacramento siendo adulto:
Yo, ......…... , DNI ......…..., nacido el .… de .… de ......…... en la ciudad de ......…....,
Argentina, hijo de ......…... y de ......…... , de estado civil ......…... JURO SOLEMNEMENTE
ante las Sagradas Escrituras y en la presencia del Sr. Capellán de ......…... , Pbro. ......…... ,
que el día …. de …. de ......…... , fui bautizado solemnemente según el rito de la Santa
Iglesia Católica en la Iglesia ......…... cuando tenía…. años y fueron mis padrinos ......…...
y ......…...
Acompaño (foto, estampa, pergamino, etc.).
Asimismo, DECLARO BAJO JURAMENTO que soy soltero y no he contraído ni siquiera
matrimonio según las leyes civiles.Fecha
Firma del fiel
Por ante mi que doy fe (Firma del Capellán)
Sello de la Capellanía
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D O C U M E N TO S
Ar t. 28. Una vez recibido el juramento, el Sr.
Capellán deberá remitir a la Curia Castrense dicho
documento acompañado de una nota con membrete
de la Capellanía, firmada y sellada, en la cual solicita
al Ordinario Militar ordene la reposición de dicha
constancia, haciendo una previa síntesis de los
hechos acaecidos a la que adjuntará el detalle de los
datos que exige la correspondiente anotación. Deberá
dejar constancia del resultado negativo luego de la
diligente búsqueda de la anotación, cuya certificación
se solicita, no sólo en los Libros de Sacramento de la
Capellanía, sino además de las parroquias cercanas
de la localidad asiento de la unidad militar, donde se
presume podría haberse anotado en aquel entonces.
Art. 29. Si la Capellanía cuenta con Libros, se
solicitará al Ordinario Militar que dicha reposición sea
ordenada en dichos Libros.
Art. 30. Si la Capellanía no cuenta con Libros
propios, el Sr. Capellán evaluará lo que resulte más
conveniente, es decir solicitará que la reposición se
realice en la Capellanía más cercana o bien en el Libro
llevado en la Capellanía Mayor o en la Iglesia Catedral
Castrense. En este sentido, se deberá ponderar la
conveniencia del fiel cristiano interesado.
Art. 31. Es muy conveniente solicitar, además, alguna
constancia fotográfica o recuerdo que habitualmente
se entrega al momento de la celebración. Si existieran
dichos documentos, deberán ser acompañados a la
solicitud de reposición de partida.
Modelo de nota solicitando se ordene la Reposición de Partida con Juramento Supletorio:
Tengo el agrado de dirigirme al Sr. Obispo / Ordinario Militar a los fines de solicitar se
decrete la Reposición de Partida en el Libro de Bautismos de esta Capellanía respecto de
dicho sacramento administrado a …....... según los datos que se consignan en el Juramento
Supletorio adjunto.
El certificado de Bautismo debe ser presentado a los efectos de (detallar el motivo por
el cual el fiel cristiano solicita dicho certificado).
Dejo constancia de que, practicadas todas las diligencias necesarias a los efectos de
encontrar alguna anotación, las mismas han dado resultado negativo, por lo cual se
solicita se ordene la inscripción visto el solemne juramento supletorio realizado.
Fecha
Firma Capellán
Sello de la Capellanía
Art. 32. Cumplimiento de la orden de reposición.
Recibido el correspondiente decreto del Ordinario Militar
y en todos los casos, los Sres. Capellanes deberán anotar
en la primera acta en blanco disponible del Libro en uso,
dejando mención de que se trata de una reposición (ya
que el Libro, en ese caso, no seguirá una correlación de
fechas), y anotarán en el Libro del año respectivo -como
nota marginal entre las actas en las que efectivamente
hubiera debido anotarse en su momento-, que la
constancia se halla en el Libro del año xxxx, Acta xxxx.
De no contar con libros de dicho tiempo, es aconsejable
que se abra un libro índice independiente donde se anoten
especialmente estas reposiciones a fin de ubicarlas con
más rapidez en el futuro.
Art. 33. Como complemento de ello, llévese el archivo
que enuncia el Artículo 22 de esta Instrucción.
Art. 34. Se recuerda a los Sres. Capellanes que el
incumplimiento de las normas universales y particulares
22
sobre la administración, prueba y anotación de los
Sacramentos y de las normas establecidas por esta
Instrucción, que produzca grave perturbación al orden
interno de la Iglesia y/o perjuicio para los fieles, será
pasible de amonestación o reprensión conforme lo establecen
las normas del Libro VI del Código de Derecho Canónico.
Art. 35. Cualquier duda que los Sres. Capellanes pudieran
tener en cuanto a la interpretación y la aplicación del
procedimiento desarrollado en los Artículos precedentes,
deberán dirigirla por escrito a la Curia Castrense a fin
de obtener las oportunas aclaraciones e instrucciones.
Dada en Buenos Aires, Sede Episcopal, a los 24
días del mes de septiembre del Año del Señor 2010,
Fiesta de Nuestra Señora de la Merced, Patrona del
Ejército Argentino.
Mons. Pedro Candia
Administrador Diocesano
Obispado Castrense de Argentina
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MOVIMIENTOS DE LA CURIA
MOVIMIENTOS DE LA CURIA
CURIA DIOCESANA
1 0 6 -1 0
Disponiendo promulgar ad normam del c. 34 del CIC, la Instrucción Administrativa a los Sres.
Capellanes acerca del procedimiento que debe seguirse en los juramentos supletorios y la
reposición de partidas en los libros de Bautismo y de Confirmación.
24 - I X
1 0 7 -1 0
Designando al Sr. Asesor Eclesiástico y Protonotario Apostólico, Mons. Mario Liborio De Leone
“Gobernador Eclesiástico a cargo de esta Sede Episcopal Vacante” mientras se prolongue la
ausencia del Administrador Diocesano entre los días 3 y 10 de octubre de 2010.
27 - I X
11 6 -1 0
Nombrando ad nútum al Sr. Capellán Mayor de la Armada Argentina, Mons. Germán Carmona,
delegado del Sr. Administrador Diocesano para la Formación Permanente del Clero.
25 - X
11 7 -1 0
Nombrando ad nútum al Sr. Capellán Castrense a cargo de la Capellanía Mayor de la Fuerza
Aérea Argentina, Pbro. Ricardo Javier González, delegado del Sr. Administrador Diocesano para
la formación para los fieles laicos.
25 - X
11 8 -1 0
Nombrando ad nútum al Sr. Capellán Mayor de la Gendarmería Nacional, Pbro. Rubén Darío
Bonacina, delegado del Sr. Administrador Diocesano para el dictado de los cursos de inducción
para los futuros y nuevos capellanes.
25 - X
11 9 -1 0
Nombrando ad nútum al Sr. Capellán Mayor de la Gendarmería Nacional, Pbro. Rubén Darío
Bonacina, delegado del Sr. Administrador Diocesano para el dictado de los cursos de formación
específica para los seminaristas castrenses.
25 - X
EJÉRCITO ARGENTINO
11 2 -1 0
Nombrando ad nútum al Pbro. Heraldo Tomás Reverdito, sacerdote incardinado en la diócesis
de Gualeguaychú, hasta el presente Sacerdote Auxiliar, Capellán Castrense del Ejército Argentino,
a partir del 1.º de noviembre de 2010.
15 - X
11 3 -1 0
Nombrando ad nútum al Pbro. Gabriel Alfredo Paulini, sacerdote incardinado en la diócesis de
Gregorio de Laferrere, hasta el presente Sacerdote Auxiliar, Capellán Castrense del Ejército
Argentino, a partir del 1.º de noviembre de 2010.
15 - X
11 4 -1 0
Disponiendo trasladar ad nútum al Sr. Sacerdote Auxiliar del Ejército Argentino, Pbro. Adrián
Leónidas Torres, de su actual destino al Liceo Militar “General Roca” de Comodoro Rivadavia.
15 - X
1 2 0 -1 0
Nombrando ad nútum al R.P. Luis Adrián Altamirano, profesor perpetuo de la Sociedad del
Apostolado Católico, hasta el presente Sacerdote Auxiliar, Capellán Castrense del Ejército
Argentino, a partir del 1.º de noviembre de 2010.
15 - I X
1 2 1 -1 0
Delegando al Sr. Sacerdote Auxiliar del Ejército Argentino, Pbro. Juan José Manzano, para
administrar el sacramento de la Confirmación en la celebración del día 26 de noviembre de 2010
en el Regimiento de Infantería de Monte 28 de Tartagal, provincia de Salta.
25 - X
1 2 2 -1 0
Nombrando ad nútum al Pbro. Patricio Abraham Federico Walker, sacerdote incardinado en la
diócesis de San Rafael, Mendoza, hasta el presente Sacerdote Auxiliar, Capellán Castrense del
Ejército Argentino, a partir del 1.º de noviembre de 2010.
25 - X
1 2 3 -1 0
Delegando al Sr. Sacerdote Auxiliar del Ejército Argentino, quien se desempeña en el Comando
de la XI Brigada Mecanizada de Río Gallegos, Pbro. Martín J.M. Llanos, para administrar el
sacramento de la Confirmación en la celebración del miércoles 3 de noviembre de 2010 en la
Guarnición Militar de Río Gallegos.
25 - X
1 2 6 -1 0
Delegando al Sr. Capellán del Ejército Argentino, Pbro. Epifanio Bonifacio Barrios, para administrar
el sacramento de la Confirmación a los fieles pertenecientes a la Base de Apoyo Logístico de
Resistencia, así como también dentro del ámbito de la Brigada de Monte 12 de Posadas, en las
celebraciones del mes de noviembre de 2010.
1 - XI
23
Boletín Eclesiástico | Obispado Castrense de Argentina
MOVIMIENTOS DE LA CURIA
ARMADA ARGENTINA
108 -1 0
Nombrando a partir del 1.º de octubre de 2010 y por el término de un año, Sacerdote Auxiliar
de la Armada Argentina, al R.P. Javier Puyol, asignándole la atención pastoral del Liceo Naval
“Almirante Storni” de la provincia de Misiones.
27 - I X
109 -1 0
Nombrando a partir del 1.º de octubre de 2010 y por el término de un año, Sacerdote Auxiliar de
la Armada Argentina, al Pbro. Daniel Mario Jany, asignándole la atención pastoral de las unidades
de Infantería de Marina sitas en Puerto Belgrano, solidario con los Capellanes de la Base Naval
de Puerto Belgrano.
1 - X
110 -1 0
Delegando al Sr. Capellán Mayor de la Armada Argentina, Mons. Germán Carmona, para administrar
el sacramento de la Confirmación a los que han sido debidamente preparados para recibirlo, en
las siguientes celebraciones: jueves 21 de octubre en el Hogar Naval, jueves 4 de noviembre en
la Escuela de Suboficiales de la Armada, viernes 12 de noviembre en el Liceo Almirante Brown,
sábado 20 de noviembre en la Parroquia Stella Maris de Puerto Belgrano y miércoles 8 de
diciembre en la Base Naval Mar del Plata.
15 - X
111 -10
Delegando al Sr. Capellán Castrense de la Armada Argentina, Pbro. Alberto Pita, para administrar
el sacramento de la Confirmación a los que han sido debidamente preparados para recibirlo,
en la celebración que tendrá lugar el día 6 de noviembre del corriente año en la Base
Comandante Espora.
15 - X
131 -1 0
Disponiendo aprobar el plan de restauración y mejoras de la Iglesia Stella Maris de Puerto
Belgrano, de acuerdo con el proyecto presentado por el Capellán Mayor de la Armada Argentina y
que dicho plan sea ejecutado sin más trámite, conforme a los procedimientos administrativos
correspondientes.
5 - XI
GENDARMERÍA NACIONAL
128 -1 0
Delegando al Sr. Capellán Mayor de la Gendarmería Nacional, Pbro. Rubén Darío Bonacina, para
administrar el sacramento de la Confirmación en la celebración del día 27 de noviembre en la
Parroquia Santa Catalina de Posadas.
5 - XI
129 -1 0
Delegando al Sr. Capellán Mayor de la Gendarmería Nacional, Pbro. Rubén Darío Bonacina, para
administrar el sacramento de la Confirmación en la celebración del día 07 de diciembre en la
Parroquia San Pedro y San Pablo de San Salvador de Jujuy.
5 - XI
130 -1 0
Delegando al Sr. Capellán Mayor de la Gendarmería Nacional, Pbro. Rubén Darío Bonacina, para
administrar el sacramento de la Confirmación en la celebración del día 16 de noviembre en la
Agrupación Cadetes del Instituto.
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
115 -1 0
Delegando al Sr. Capellán Mayor de la Prefectura Naval Argentina, Pbro. Diego Julio Tibaldo,
para administrar el sacramento de la Confirmación a los cadetes y aspirantes que han sido
debidamente preparados para recibirlo en la celebración del lunes 22 de noviembre del
presente año en los Institutos de Formación de la Prefectura Naval.
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20 - X
24
Página Web del
Obispado Castrense
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