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REV. OBSTET. GINECOL. - HOSP. SANTIAGO ORIENTE DR. LUIS TISNÉ BROUSSE. 2011; VOL 6 (3): 223-226
Rol de matronas y enfermeras en la gestión
del riesgo médico legal
Dr. Jorge Varas Cortés
INTRODUCCIÓN
Es necesario valorar el rol fundamental que compete
a matronas(es) y enfermeras(os) en el sistema de
salud, siendo un componente vital en todo programa
tendiente a mejorar la seguridad de los pacientes y a
disminuir la posibilidad de demandas por malpraxis.
Por su cercanía con los pacientes son quienes
están en mejores condiciones para identificar disconformidad, exposiciones a riesgo aumentadas y para
identificar tempranamente eventos adversos.
Ante cualquiera de las situaciones señaladas,
matronas y enfermeras deben informar de la situación al resto del equipo (supervisora, médico jefe)
para determinar el mejor curso de acción.
Se presentan las principales situaciones a las que
se enfrentan y se sugieren las principales herramientas con que cuentan para minimizar los riesgos
inherentes a su quehacer profesional.
RELACIÓN
CON EL PACIENTE Y SU FAMILIA
La principal herramienta con que cuentan los profesionales de la salud para evitar juicios por malpraxis,
es una adecuada comunicación con los pacientes y
sus familiares. La experiencia ha demostrado que en
toda demanda subyace un conflicto en la misma.
El papel que desempeñan matronas y enfermeras, en la prevención de acciones por responsabilidad profesional, es de suma importancia. Son
quienes pasan la mayor cantidad de tiempo con el
paciente y su familia y son las primeras en reconocer
el enojo o la disconformidad de los mismos, ante
distintos aspectos de su atención. De acuerdo a
cómo manejen estas situaciones, dependerá muchas
veces que se inicien o no reclamaciones contra ellas
mismas, los médicos y la institución donde trabajan.
Por su cercanía con los pacientes, son también
quienes están en mejores condiciones para identificar exposiciones a riesgo, como por ejemplo riesgo
de caídas, y para identificar tempranamente eventos
adversos.
Ante cualquiera de las situaciones señaladas,
disconformidad, exposiciones a riesgo aumentadas o
eventos adversos, matronas y enfermeras deben
informar de la situación al resto del equipo (supervisora, médico a cargo) para determinar el mejor curso
de acción.
Matronas y enfermeras deben también ser prudentes en sus comentarios. Muchas demandas son
desencadenadas por dichos desafortunados, referidos al accionar de otros miembros del equipo.
Pueden conocer en ocasiones, procedimientos
mal realizados por otros profesionales de la salud y
no
corresponde hacerlos del conocimiento de
terceros. En todo caso, lo que debe hacer es
comunicarlos a su jefe de inmediato, de manera
verbal y escrita, de acuerdo a protocolo establecido.
El personal de enfermería también delega órdenes en el técnico paramédico, lo que le hace asumir
la obligación de supervisión con responsabilidad
solidaria por los errores cometidos por el auxiliar.
RELACIÓN
CON LOS MÉDICOS
La colaboración entre médicos, matronas y enfermeras es fundamental en el programa de seguridad del
paciente y de manejo de riesgo médico legal.
La capacidad de estos profesionales para trabajar
juntos como un solo equipo, es esencial para mejorar
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la evolución de los pacientes, reducir las exposiciones a riesgos y lograr una óptima atención.
Cuando existen tensiones en esta relación, el
medio se vuelve inseguro y el paciente queda
expuesto a errores.
¿Qué debe hacerse entonces, para mitigar los
riesgos provenientes de la mala comunicación?
¿Cómo crear un ambiente que estimule la colaboración y disminuya la tensión, la falta de confianza o
incluso la falta de respeto?
Si bien no hay una fórmula ideal, hay una serie
de estrategias que pueden darse.
Esto comienza en los líderes de la organización.
La dirección del establecimiento, y jefes de servicios
clínicos, tienen que buscar la manera que médicos,
matronas y/o enfermeras que trabajan en la atención
del paciente se puedan comunicar, porque cualquier
falta en el proceso de comunicación afecta la
seguridad de sus pacientes. Las acciones e interacciones entre el personal deben ser cuidadosamente
evaluadas.
IMPORTANCIA
MÉDICO LEGAL DE REGISTROS
DE ENFERMERÍA-MATRONERÍA
Los registros de enfermería y matronería son parte
fundamental de la historia clínica de los pacientes.
Muchos casos médico-legales son resueltos basándose en lo que escribió una matrona o una
enfermera.
Los querellantes suelen buscar allí inconsistencias y discrepancias con lo escrito por los médicos
en sus evoluciones e indicaciones médicas, siendo
muchas veces notoria la diferencia entre lo escrito
por distintos integrantes de un mismo equipo de
salud.
También se suele buscar en estos registros, la
falta de respuesta ante un signo anormal, la falta de
realización de una medicación o procedimiento
indicado y la discontinuidad en la atención.
En un juicio sólo servirá lo que se puede probar,
y los registros incompletos exponen a enfermeras y
matronas a ser víctimas del antiguo aforismo médico
legal: “Lo que no está escrito no fue hecho”.
En general, los cuidados se registran de manera
incompleta o no se registran. Algunos errores que
deben evitarse son:
• Falta de registro de antecedentes médicos relevantes
El equipo de salud debe conocer esta información, la
que debe presentarse en forma destacada en los
registros.
• Falta de registro de las acciones de enfermería y
matronería
Registrar precozmente todo lo que se hizo por el
paciente. Documentar todo lo que se observó y lo
que se hizo como resultado de dicha observación. El
no hacerlo, tendrá un impacto en el siguiente turno.
Las matronas o enfermeras que toman al paciente no
sabrán si la misma observación es nueva o bien si
hubo cambios, ya que previamente no se había
documentado nada.
El tiempo también es importante. Si se espera
demasiado para registrar los cuidados y acciones,
puede olvidar información importante o, peor aún,
registrar datos que no son correctos.
• Falta de registro de la administración de una
medicación
Registrar cada medicación que administra incluyendo
la dosis, la vía y la hora.
Si una medicación es discontinuada por cualquier
razón, se debe documentar este hecho rápidamente.
No hacerlo, puede resultar en serias complicaciones
para el paciente.
Los denominados “cinco correctos” para la administración de medicamentos, le permiten al personal
que va a administrar una medicación, seguir algunas
precauciones estándar, para evitar o minimizar al
máximo la posibilidad de un error.
Al utilizarlos, se asegura de cumplir algunas
pautas para la administración que ya están preestablecidas y que la guían para un mejor proceder. Ellos
son:
1. Paciente correcto.
2. Hora correcta.
3. Medicamento correcto.
4. Dosis correcta.
5. Vía de administración correcta.
• Falta de registro de reacciones a medicamentos o
de cambios en la condición del paciente
El registro de la administración aislada de un medicamento, puede no bastar ante una complicación.
Enfermeras y matronas deben reconocer una reacción adversa o un empeoramiento en la condición
del paciente e intervenir antes de que el mismo sufra
un daño mayor.
• Trascripción incorrecta de órdenes y falta de
cuestionamiento de indicaciones incorrectas
Enfermeras y matronas deben estar lo suficientemente familiarizadas con las medicaciones, procedimientos y actividades habituales en su servicio, como
para saber cuándo una indicación es incorrecta.
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ROL
Si no está segura, debe preguntar. Cuestionar una
indicación es mejor que cometer un error que podría
afectar la salud del paciente.
• Documentación en la historia clínica equivocada
Se debe prestar especial atención ante cualquier
situación que pueda crear confusión entre los pacientes. Algunos tienen el mismo apellido, otros
pueden haber sido cambiados de cama. Se debe
siempre chequear la identidad del paciente antes de
cualquier acción.
• Escritura ilegible, incompleta, tachaduras
La falta de meticulosidad en los registros, hace
presumir una atención descuidada.
Los registros deben ser legibles, sin tachaduras.
No se debe escribir sobre lo ya escrito, no debe
borrarse ni se debe utilizar líquido corrector y no se
deben dejar espacios en blanco.
Ante una equivocación debe colocarse paréntesis, trazar una línea que permita ver lo que estaba
escrito, escribirse “error” y aclarar lo que sea necesario. No se debe añadir nada entre renglones. Si falta
espacio, utilizar otra hoja de registro.
• Utilización de abreviaturas incorrectas o peligrosas
La utilización indiscriminada de abreviaturas no
aceptadas universalmente o que pueden prestarse a
confusión, puede ser extremadamente peligrosa.
Es recomendable, que las instituciones y los
servicios en particular desarrollen un glosario de
abreviaturas aceptadas. Si bien los espacios para
escribir suelen ser mínimos, el exceso de creatividad
en el desarrollo de abreviaturas debe ser desalentado.
• Asignación de culpabilidad en los registros
Si bien no es frecuente, aún es posible observar en
algunos registros, críticas hacia otros integrantes del
equipo de salud o bien descripciones de deficiencias
institucionales, en intentos por deslindar responsabilidades.
No se debe utilizar la historia clínica como un
campo de batalla donde dirimir disputas con colegas,
médicos y con las autoridades de la Institución.
Dicha información en el registro de enfermería o
matronería, no tiene utilidad clínica y expone a los
profesionales y al establecimiento. El profesionalismo del personal debería verse reflejado en toda la
documentación médica, incluyendo los registros de
enfermería. En todo caso, existen otras vías para
documentar incidentes y problemas, mejores que la
historia clínica del paciente.
DE MATRONAS Y ENFERMERAS EN LA GESTIÓN DEL RIESGO MÉDICO LEGAL
• Falta de identificación
Resulta fundamental que médicos, enfermeras, matronas y demás profesionales que participen en la
atención del paciente, se identifiquen y registren con
claridad su nombre en cada evolución o intervención
que realicen.
COMENTARIO
Actualmente, las instituciones de salud, viven un
proceso de grandes cambios organizativos, y de
manera especial el rol que desempeñan tanto los
pacientes como los profesionales.
Toda esta realidad, exige a enfermeras(os) y
matronas(es), conocimiento y adaptación al ámbito
de la bioética y del derecho, con el fin de adquirir un
complejo conjunto de habilidades, que les permitan
solventar con seguridad los conflictos jurídicos y
bioéticos que se dan en su praxis profesional.
Del mismo modo, cada vez con más frecuencia,
los usuarios de los servicios de salud reclaman sus
derechos con mayor conocimiento, de ahí que sea
fundamental conocer el conjunto de normas que
regulan el ejercicio profesional de la enfermería y
matronería, para poder responder de su comportamiento ante la sociedad, dado que una vez alcanzado el derecho a desarrollarse en igualdad con otras
profesiones sanitarias, han de responder de sus actos
en la misma medida que cualquier otra.
En la asunción de responsabilidad, se incluyen
dos componentes complementarios:
• Conocimiento del terreno de competencia y
capacidad de hacer frente, salvaguardando la
seguridad. Supone la integración activa de normas, valores, actitudes, formas de hacer, estructuras de relación, etc., adquiridos en la formación
como profesional. La persona responsable actúa
de una forma u otra frente a situaciones determinadas y sabe responder a ellas tal y como se
espera que lo haga, pudiendo adoptar comportamientos aceptables en casos imprevistos y pudiendo dar razón de los mismos, en ambos casos,
desde la competencia profesional.
• Conocimiento de las formas de toma de decisiones y del contexto en el que se desarrolla su
labor, identificando los límites de la responsabilidad, tanto personales como de la línea jerárquica
establecida.
Ambos aspectos llevan a definir la responsabilidad como “obligación o necesidad moral o intelectual de cubrir un deber, mandato u obligación”. Esta
definición une el concepto de responsabilidad con el
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de deber, reconociendo la dimensión ética que en
sus orígenes tuvo la palabra.
Al sentido moral o ético del concepto de responsabilidad, hay que sumar el sentido legal. La ética y
el derecho responden a la necesidad social de
regular las relaciones entre las personas y de delimitar y concretar su responsabilidad individual y social.
Cuando se habla de responsabilidad tanto ética
como legal, siempre se hace referencia al conjunto
de normas éticas y legales que regulan las relaciones
entre las personas, si bien unas serán de cumplimiento debido y otras de cumplimiento obligatorio.
La responsabilidad ética es la obligación de
responder de los propios actos desde la perspectiva
moral. La consecuencia de la exigencia de esta
responsabilidad es la sanción ética.
La responsabilidad legal es la deuda u obligación
de reparar o satisfacer por sí solo o por otro, la
consecuencia de un delito, culpa u otra causa legal.
Tanto las normas legales como las morales son de
carácter imperativo, ya que ambas llevan la exigencia
LECTURAS
RECOMENDADAS
1. MILOS P, BÓRQUEZ B, LARRAÍN A. La Gestión del
cuidado en la legislación chilena: Interpretación y
alcance. Ciencia y Enfermería XVI (1): 17-29, 2010.
Disponible en: http://www.scielo.cl/pdf/cienf/
v16n1/art_03.pdf.
2. ESTEFO S, PARAVIC T. Enfermería en el rol de gestora
de los cuidados. Ciencia y enfermeria XVI (3): 33-39,
2010. Disponible en: http://www.scielo.cl/pdf/
cienf/v16n3/art_05.pdf.
3. ARROYO MP, ANTEQUERA JM, PULIDO R. Responsabilidad
legal y deontológica de los profesionales de la
del cumplimiento mediante una determinada forma
de comportamiento.
En consecuencia, y entendiendo genéricamente
por responsabilidad, la obligación que se crea como
resultado de la realización de determinados actos o la
omisión de algún deber, puede decirse que la responsabilidad profesional en enfermería y matronería, es la
obligación que todo enfermero(a) o matrón(a) tiene
de responder de sus actos, reparando o satisfaciendo,
el menoscabo causado voluntaria o involuntariamente
en el desempeño de sus funciones profesionales. Es
recomendable aclarar que por “actos realizados en el
ejercicio profesional”, se pueden entender tanto las
acciones como las omisiones hechas tanto directamente como de forma mediata, es decir, mediante
mandato o delegación de autoridad en otra persona
(por ejemplo, en técnicos paramédicos).
La exigencia que se le pide a todo profesional
sanitario es que actúe con diligencia, con sometimiento a la Lex Artis, y siempre protegiendo la vida y
la integridad física y psicológica de la persona.
enfermería. Primera edición año 2005. Ediciones
DAE (Grupo Paradigma). Disponible en: http://
www.enfermeria21.com/pfw_files/cma/2_varios/
libros_on_line/resp_legal.pdf.
4. RUIZ ORTEGA JM. La gestión de riesgos en la especialidad de obstetricia. Matronas Profesión 2003; 4(13):
35-42. Disponible en: http://www.federacionmatronas.org/revista/matronas-profesion/sumarios/
i/7358/173/la-gestion-de-riesgos-en-la-especialidadde-obstetricia.
5. SUMMERS L, MCCARTNEY M. Liability concerns: a view
from the American College of Nurse-Midwives. J
Midwifery Womens Health 2005; 50(6): 531-5.
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