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ASUNTOS DE LA BALOTA 2016 LEAGUE OF WOMEN VOTERS® OF COLORADO EDUCATION FUND 1410 Grant Street, Suite B-204 Denver, CO 80203-1855 [email protected] www.lwvcolorado.org LÍNEA DIRECTA 303-863-VOTE (8683) 2 www.VOTE411.org Visite en línea a nuestra guía para votantes VOTE411.org para encontrar toda la información que necesita sobre elecciones. Rellene el formulario con su dirección para construir su balota y mucho más. En el guía para votantes, puede ver las carreras que aparecerán en su balota, comparar las posturas de los candidatos uno al lado de otro, e imprimir un ejemplar marcado con sus preferencias. También véa los recursos para los votantes militares y al estranjero. Todos las declaraciones y vídeos se publican directamente por los candidatos, sin editar, y no expresan las opiniones de la League of Women Voters. League of Women Voters nunca apoya ni opone ningún candidato ni partido político. 3 ELECCIÓN - 8 NOVIEMBRE 2016 THE LEAGUE OF WOMEN VOTERS® OF COLORADO EDUCATION FUND ha preparado este folleto como un servicio público para fomentar la responsabilidad cívica por medio de dar información no partidaria sobre los asuntos de la balota sobre los cuales los ciudadanos van a votar en la elección de 8 noviembre, 2016. THE LEAGUE OF WOMEN VOTERS® OF COLORADO EDUCATION FUND promueve la participación informada en el gobierno por proveer información educativa y no partidaria sobre temas de interés al público y los procesos de gobierno. Llame a la línea directa 303-863-VOTE (8683) para información para votantes, información sobre la balota, y para pedir un discurso sobre los asuntos de la balota. Jueces: para información sobre la retención de los jueces, por favor consulte el Análisis legislativo de asuntos de la balota, conocido como el Libro azul, que el Secretario de Estado envía por correo al domicilio de cada votante registrado. THE LEAGUE OF WOMEN VOTERS® OF COLORADO EDUCATION FUND no es responsable por la exactitud o imparcialidad de los argumentos presentados. Argumentos pro y en contra son una compilación de los presentados por los proponentes y opositores de cada iniciativa. Copyright © 2016 Todos los derechos reservados. Este trabajo no puede ser reproducido en su totalidad o en parte, por cualquier medio, sin el permiso de la League of Women Voters® of Colorado Education Fund. 4 TABLA DE CONTENIDO Información sobre los candidatos……......…3 La balota….………………………...…...….6 Enmienda T ...……………….………..…....7 Ninguna excepción a la prohibición de servidumbre Enmienda U....……………………….…......9 Exención de los impuestos inmobiliarios para ciertos intereses posesorios Enmienda 69 ………….……….……….....11 Sistema de atención médica estatal Enmienda 70 ……….……………………..17 Salario mínimo estatal Enmienda 71 ……….……………………..20 Requisitos para iniciar enmiendas a la constitución Enmienda 72 ……….……………………..22 Aumento en los impuestos sobre cigarrillos Propuesta 106 ……….………………..…..25 Ayuda médica para morir Propuesta 107 ……….………………..…..28 Elecciones primarias presidenciales Propuesta 108 ……….………………..…..31 Elecciones primarias Asunto de la Balota 4B ……….…………..33 Distrito de Instalaciones Científicas y Culturales Registro de votantes….………………..….36 Requisitos para votar….………………......38 Calendario de elecciones…………..…..….39 5 LA BALOTA Los asuntos se colocan en la balota por: Referéndum • Una propuesta de la Asamblea General que se somete a los ciudadanos para su votación. Iniciativa • Una propuesta por ciudadanos que han reunidos suficiente número de firmas (5% del número total de votos emitidos al Secretario de Estado en la elección general anterior). Asuntos de la balota estatales pueden ser de dos tipos: Enmiendas a la Constitución de Colorado • Pueden ser referidas a los votantes por el voto de dos terceras partes de ambas cámaras de la Asamblea General o pueden proponerse por los ciudadanos mediante el proceso de la iniciativa. Sólo los votantes (no la Asamblea General) pueden cambiar la constitución. Estas propuestas se llaman enmiendas. Enmiendas a los Estatutos Revisados • Pueden ser referidas a los votantes por un voto mayoritario de ambas cámaras de la Asamblea General o pueden proponerse por los ciudadanos mediante el proceso de la iniciativa. Aunque aprobadas por los votantes, las enmiendas a los Estatutos Revisados de Colorado podrán ser modificadas posteriormente por legisladores. Estas enmiendas se llaman propuestas y producen cambios a los estatutos. Asuntos locales o regionales también pueden aparecer en la balota . 6 REFERÉNDUMS ENMIENDA T Ninguna excepción a la prohibición de servidumbre Una enmienda referida al artículo II, sección 26 de la constitución de Colorado para quitar la excepción que permite la esclavitud y servidumbre cuando sirvan como castigo para personas condenadas por un crimen. Elementos principales: • Elimina la excepción que permite la esclavitud y servidumbre como castigo para condena por un crimen. Antecedentes: El texto de artículo II, sección 26 es coherente con la enmienda 13 de la constitución de los EEUU, aprobado en 1865. De semejante manera prohibió la esclavitud y la servidumbre, excepto como castigo para un crimen de lo cual una persona fue condenada. Las constituciones de 25 estados no contienen este lenguaje que se trata de la esclavitud. Las decisiones judiciales han aprobado los requisitos de trabajo come parte de las sentencias penales por encarcelamiento, servicio comunitario y libertad condicional, basado en las disposiciones de las constituciones de los EEUU y Colorado. Las Industrias Correcionales de Colorado emplea actualmente más de 1800 presos. Los programas de trabajo del Departamento de Correcciones de Colorado no son obligatorios, pero negar a trabajar puede influir en la 7 elegibilidad del preso para privilegios dentro de la prisión y la libertad condicional. La resolución de la legislatura de Colorado que refirió esta medida a los votantes establece expresamente que la legislatura no tiene el intento de retirar las oportunidades de trabajo legítimas de los condenados, pero sólo prevenir que se les obligue a trabajar. Quienes están a favor dicen: 1. El lenguaje para ser eliminado es arcáico. Se escribió en el siglo 19, cuando no se trató a cada persona con dignidad humana, ni siquiera consideraron a todos como humanos. La libertad y la igualdad son valores humanos fundamentales que deben reflejarse en la constitución de Colorado. Quienes se oponen dicen: 1. Programas de trabajo tienen un lugar legitimo en el sistema correccional. Programas de trabajo en prisiones desarrollan las habilidades, reducen la reincidencia, y proveen una estructura y un proposito para los delincuentes. Servicio comunitario y requisitos de trabajo durante la libertad condicional involucran los delincuentes con la comunidad en una manera positiva y ayudan a reparar el dano causado por su conducta criminal. Los desafios legales bajo la Enmienda T podrian poner en peligro a este trabajo beneficioso. 8 ENMIENDA U Exención de los impuestos inmobiliarios para ciertos intereses posesorios Una enmienda referida al artículo X, sección 3 de la constitución de Colorado para eliminar los impuestos inmobiliarios de individuos y empresas que reciben un beneficio que vale $6000 o menos por año mediante la utilización de bienes inmuebles propiedad del gobierno. Elementos principales: • Elimina impuestos inmobiliarios pagados por empresas e individuos que reciben un beneficio mediante la utilización de bienes inmuebles propiedad del gobierno que vale $6000 or menos. • Ajusta el umbral de la exención cada dos años para dar cuenta de la inflación. Antecedentes: El estado de Colorado no grava los bienes inmuebles propiedad de entidades gubernamentales (nacionales, estatales y locales). La constitución, sin embargo, impone impuestos inmobiliarios en los individuos y empresas que alquilan, arriendan, o tienen otros derechos a utilizar la propiedad del gobierno (un interés posesorio). Estos impuestos inmobiliarios se basan en el valor real del interés posesorio. Un interés posesorio permite a una entidad ocupar, utilizar o controlar una parcela de tierra, pero no incluye la posesión de la tierra. Ejemplos comunes de los intereses posesorios incluyen ganaderos cuyas vacas pastan en tierra pública y empresas de rafting que utilizan cauces públicos. 9 Esta propuesta crea una nueva exención del impuesto inmobiliario para los individuos y empresas que reciben un beneficio de $6000 or menos de sus intereses posesorios en la propiedad del gobierno. Si se aprueba, la exención entraría en efecto para los años de impuestos inmobiliarios que comiencen 1 enero 2018. Mas adelante el umbral de exención de $6000 se puede aumentar en los años impares para reflejar los cambios en la inflación. Las proyecciones indican que la enmienda resultaría en reducir los ingresos de los impuestos inmobiliarios sobre intereses posesorios por un total de hasta $125.000 por año en todo el estado. Quienes están a favor dicen: 1. Les cuesta más a los condados de Colorado recaudar y administrar los impuestos inmobiliarios sobre los intereses posesorios que valen menos de $6000 que lo que reciben. Por ejemplo, un contrato de arrendamiento que vale $5000 para pastar el ganado en las tierras federales puede resultar en impuestos inmobiliarios de $25 (depende de las tasas de impuestos locales). La autoridad fiscal del condado debe pagar los costos administrativos para mantener listas de contribuyentes y aplicar el impuesto. La enmienda propuesta reconoce que no tiene sentido económico pagar más para cobrar un impuesto que el importe del impuesto recibido. Quienes se oponen dicen: 1. La propuesta va en contra del requisito de la constitución de Colorado a imponer los impuestos de manera uniforme sobre todos 10 los contribuyentes. La exención propuesta para las cantidades pequeñas de impuestos inmobiliarios abre la puerta para más exenciones en el futuro. También beneficia injustamente a los individuos y empresas con intereses posesorios en la propiedad gubernamental que están por debajo del umbral de $6000. Reducir los ingresos a cada condado, aún por una cantidad pequeña, desplazará la carga tributaria a todos los demás contribuyentes. INICIATIVAS CONSTITUCIONALES ENMIENDA 69 Sistema de atención médica estatal Añade artículo XXX a la constitución de Colorado para proporcionar atención médica a los residentes del estado. Elementos Principales: 1. Proporciona la atención médica asequible a cada residente de Colorado. 2. Establece una junta directiva, nombrada al comienzo y despues elegida, para administrar la atención médica. 3. Crea un sistema de impuestos para financiar ColoradoCare. 4. Requiere obtener exenciones del mercado de beneficios de salud para crear un sistema único de atención médica para Colorado. Antecedentes: Actualmente la mayoría de los residentes de Colorado reciben su atención médica mediante las compañías de seguros privadas o programas de seguros federales. La Ley de 11 Cuidado de Salud a Bajo Precio (Obama Care) requiere que la mayoría de la gente tenga seguro de salud or pague una multa. Aunque muchos de los residentes de Colorado obtienen su seguro mediante su empleador, algunas compran seguro privado mediante un agente de seguros, el mercado de beneficios de salud, o directamente de una compañía de seguros. Esta propuesta crearía ColoradoCare como un sistema único de atención médica para Colorado. Es una subdivisión del estado que no se controla por cualquier departamento ni agencia del estado. Junta Directiva: Al principio el presidente del Senado, el líder de la minoría del Senado, el presidente de la Cámara, el líder de la minoría de la Cámara, y el Gobernador nombrarán, cada uno, tres miembros de la junta directiva que administrará el sistema de atención médica en Colorado. Los nombramients se harán dentro de los 60 días después de la fecha efectiva del artículo. Permite a la junta interina establecer estatutos, procedimientos y normas de funcionamiento, adoptar un presupuesto, contratar a empleados, solicitar una exención para suspender las actividades del mercado de beneficios de salud, y dividir el estado entre siete distritos compactos, contiguos y relativamente iguales. La junta interina debe programar una elección para la junta permanente de 21 miembros dentro de tres años después de la fecha efectiva de la propuesta. Los residentes de cada uno de los siete distritos elegirán a tres consejeros para un término de cuatro anos. La elección sera no partidaria, cada consejero solo puede servir dos términos consecutivos, y no se 12 aplican a la junta las elecciones de destitución. Una vez elegida, la junta contratará a un director general, un director financiero y un director médico. La junta establecerá una autoridad central de compras, oficinas de defensores para los proveedores y los beneficiarios, y una oficina para la prevención del fraude. La junta trabajará para asegurar la estabilidad financiera y determinar las reglas para obtener un rendimiento anual independiente y auditorías financieras. Beneficios de atención médica: La junta contratará con proveedores para el cuidado primario, especializado, hospital, emergencia y urgente, rehabilitación, pediátrica, salud conductual, maternidad y cuidado del recién nacido,medicamentos recetados, equipo médico duradero, laboratorio, y paliativos y la atención al final de la vida. Los fondos de indemnización por accidente laboral, Medicaid, y Seguro Médico para los Niños (CHP+) se administrarán por ColoradoCare. Medicare, atención médica para veteranos y otros programas de atención de salud federales continuarán. ColoradoCare ofrecerá seguro suplemental para estos programas. El programa no les cobrará a los beneficiarios por deducibles ni copagos para los servicios preventativos y de atención primaria, y permitará a los beneficiarios elegir sus propios proveedores de atención primaria. Programas federales de seguros: ColoradoCare servirá como un plan de salud estatal que paga los servicios de salud suplementarios para los beneficiarios de Medicare. Sin embargo, no pagará Medicare A, B y D, ni un plan de Medicare Advantage. 13 ColoradoCare proporcionaría el cuidado suplementario para los veteranos, Tri-Care, y Servicio de Salud Indígena. Financiacion: La financiacion de ColoradoCare comenzará el 1 de julio del año siguiente a la fecha que se pone en efecto esta propuesta. Inicialmente se cobrarán pagos de transición más bajos; comenzando treinta días antes de que ColoradoCare asume la responsabilidad de los pagos para el cuidado de la salud, el Departamento de Ingresos de Colorado iniciará el cobro de pagos más altos y permanentes. Los pagos permanentes para la atención médica consistirán en 6,67 por ciento del total de la nómina de los empleadores, el 3,33 por ciento del salario de cada empleado, y el 10 por ciento de todos los ingresos aparte de salario de todos los beneficiarios. Si la junta determina que se necesitan primas más altas, los impuestos para primas sólo pueden ser aumentados una vez al año si son aprobados por una mayoría de los miembros de ColoradoCare. ColoradoCare estaría exento de los requisitos de TABOR (Artículo X, Sección 20). Un individuo debe pagar la prima de atención médica, si utiliza o no el ColoradoCare. La Asamblea General, en la primera sesión ordinaria despues de la adopción de este artículo, deberá aprobar legislación para permitir al Departamento de Ingresos recaudar impuestos para financiar a ColoradoCare, suspender las operaciones del mercado de beneficios de salud, transferir a ColoradoCare la responsabilidad para administrar Medicaid y Seguro Médico para los Niños (CHP+), 14 derogar la ley de indemnización por accidente laboral, y cualquier otra legislación necesaria para implementar esta propuesta. Cualquier parte de la ley que se declare inconstitucional será separado del resto de la propuesta. ColoradoCare puede cerrarse si las exenciones y acuerdos del gobierno federal no bastan para que la operación se encuentre fiscalmente sólida. Quienes están a favor dicen: 1. ColoradoCare cubrirá a todos. Esta propuesta asegura que todos los residentes de Colorado tendrán atención médica asequible por todo el curso de su vida, incluso salud mental y conductual. Los residentes ya no se confundirán por fechas de inscripción anuales para sus planes de seguro. Esta propuesta les permitirá a los residentes de Colorado escoger sus proveedores de atención primaria y, si lo quieran, quedarse con el seguro que tienen actualmente, aunque tendrán que pagar el impuesto. Los que tienen Medicare, planes de seguros federales, y planes militares y para veteranos pueden utilizar ColoradoCare para el cuidado suplementario. 2. ColoradoCare ampliará el acceso y mejorar la calidad de los beneficios de salud que reciben los residentes. Los niños recibirán beneficios de visión, audición y dental. La propuesta proporcionará atención médica a todos los residentes sin referencia a su situación financiera. Los residentes ya no tendrán que preocuparse por la declaración de quiebra a causa de los altos gastos médicos. 15 3. La mayoría de los residentes van a ahorrar dinero con ColoradoCare. Los gastos de su propio bolsillo se reducirán porque no habrá deducibles ni copagos para consultos de atención primaria y preventativa. Esta medida permite a los miembros de ColoradoCare controlar aumentos en los impuestos, porque aumentos futuros deben ser aprobados por un voto mayoritario de los miembros de ColoradoCare. Este plan de atención médica reducirá los costos administrativos, y eliminará la burocracia y el fraude. Los residentes de Colorado que actualmente no tienen seguro ya no tendrán que utilizar costosos salas de emergencia cuando necesitan atención médica. Quienes se oponen dicen: 1. ColoradoCare cobraría $25 mil millones en nuevos impuestos para financiar un sistema gubernamental de atención médica al nivel estatal. Esto resultaría en que Colorado tuviera la tasa de impuesto sobre la renta más alta del país. El presupuesto del estado entero solo llega a unos $27 mil millones. Todos los residentes de Colorado pagarían este impuesto nuevo, ya sea ColoradoCare su fuente principal de atención médica o no. Esto perjuicia a las personas mayores, miembros de las fuerzas armadas, empresas pequeñas, el empleo y la economía. Y reduciría la capacidad del estado para hacer inversiones en otras prioridades tales como la educación y el transporte. 2. ColoradoCare se llevará a cabo por una junta no responsable de 21 políticos sin garantía de experiencia en medicina, 16 equilibrio político ni diversidad. Sería el único grupo de funcionarios elegidos en el estado no sujetos a elecciones de destitución. Esa junta tendría la autoridad para decidir cuales tratamientos y medicamentos se cubren, cuánto Ud. paga por los beneficios, y cuánto se pagan los proveedores. Ofrece casi ninguna supervisión estatal, poniendo en peligro la protección del paciente. Por crear tanto flujo e incertidumbre, ColoradoCare podría repeler a los mejores médicos fuera de Colorado y cerrar las puertas de clínicas y hospitales. Las decisiones sobre el cuidado de nuestra salud son demasiado importantes para dejarlas a políticos sin experiencia ni responsabilidad. 3. Este sistema, que es el primero de su clase, va a ser fijado en la constitución del estado, imposible a remediar ni aún modernizar en el futuro. Es irresponsable meter otra política compleja dentro de la constitución de nuestro estado. ENMIENDA 70 Salario mínimo estatal Una enmienda iniciada a la sección 15 del artículo XVIII de la constitución de Colorado para ajustar el actual salario mínimo estatal. Elementos Principales: • Aumenta el salario mínimo estatal de $8.31 por hora hasta $9.30 a partir de 1 enero 2017. • Comenzando 1 enero 2018, crece el salario mínimo anualmente por $0.90 por hora hasta llegar a $12.00 por hora en 1 enero 2020. 17 • Ajusta el salario mínimo cada año a base del costo de vida, a partir de 1 enero 2021. Antecedentes: Actualmente el salario mínimo federal es $7.25 por hora para la mayoría de trabajadores y $2.13 para los que reciben propinas. Se aumentó por última vez en 2009. Los provisos actuales que gobiernan el salario mínimo en Colorado se adoptaron en 2006. A partir de 1 enero 2007 se fijó en $6.85 para la mayoría de trabajadores y $3.83 para los que reciben propinas. Solamente $3.02 de ingresos de propinas pueden utilizarse para rebajar el salario mínimo de trabajadores que normalmente reciben propinas. La ley requiere que el salario mínimo se ajuste cada año según cambia la inflación. Actualmente está al nivel de $8.31 para la mayoría de trabajadores. Los que reciben el salario mínimo con más frecuencia son los que trabajan en ventas al por menor, servicio de comidas, cuidado de niños, asistencia de salud a domicilio, y porteros. Quienes están a favor dicen: 1. Trabajadores de bajos ingresos se quedan cada vez más atrás en Colorado. Actualmente un trabajador de jornada completa y salario mínimo gana $17.000 cada año, menos de $300 cada semana después de descontar los impuestos. El salario mínimo no se ha mantenido con el costo de vida, sobre todo el alojamiento. La mayoría de los trabajadores en Colorado que ganan menos de $12 por hora son mujeres, 86 por ciento son mayores de 20 años de edad, y muchos mantienen a familias. No basta para vivir. 2. Cuando uno tiene más dinero en el bolsillo, lo gasta en la comunidad. 18 Múltiples investigaciones muestran que aumentar el salario mínimo gradualmente, como lo hace esta propuesta, tiene poco o ningún efecto sobre el empleo o los precios, incluso en sectores más propensos a contratar a trabajadores de salario mínimo. Los trabajadores de ingresos bajos y medios son más propensos a gastar los aumentos de sueldo en la comunidad, ayudando a las empresas locales de Colorado y la economía. Quienes se oponen dicen: 1. Las empresas pequeñas se afectarán más por un aumento de 44 por ciento en el salario mínimo, dejándoles sin remedio sino despedir a trabajadores de ingresos bajos o reducir sus horas, acortar las horas de operación, aumentar los precios, o aún cerrar las puertas. El salario mínimo en Colorado ha subido 61 por ciento en los diez años pasados y continuará a aumentarse con la inflación cada año, pero otro 44 por ciento es demasiado para las empresas pequeñas y negocios familiares. 2. Resulta en trato desigual para las zonas rurales de Colorado, donde el costo de vida es más barato que el de las ciudades. Las pequeñas empresas rurales simplemente no tienen la capacidad para pagar tanto como tiendas en las zonas urbanas del estado. Esto perjuicia a las personas a quienes debe ayudar. Un estudio económico reciente encontró que un aumento del 44 por ciento en el salario mínimo de Colorado podría eliminar 90.000 puestos de trabajo y reducir los salarios por $3.9 mil millones por año para el año 2022. 19 ENMIENDA 71 Requisitos para iniciar enmiendas a la constitución Una enmienda a la sección 1 del artículo V que enmienda y añade una subdivisión nueva para hacerlo más difícil enmendar la constitución de Colorado. Elementos principales: • Hace mas difícil enmendar la constitución de Colorado por requerir que por lo menos 2 por ciento de los votantes de cada distrito del senado estatal firmen la petición. • Requiere que por lo menos 55 por ciento de los votantes aprueban una enmienda para que se añade a la constitución. • Especifica que el requisito para un voto de 55 por ciento no aplica a una enmienda constitucional iniciada que revocaría una disposición actual de la constitución de Colorado. El umbral para revocar una disposición existente de la constitución permanecería 50 por ciento. Antecedentes: El proceso de iniciativa para cambiar la constitución de Colorado y los estatutos de Colorado fue aprobado por el voto popular en 1910 y disponible para el uso de los votantes en 1912. Desde aquel entonces, 70 iniciativas se han adoptado por el público votante: 44 que enmendaron la constitución y 26 que cambiaron o añadieron a los estatutos. Por el contrario, la constitución de los Estados Unidos sólo se ha enmendado 27 veces. Actualmente en Colorado el proceso de iniciativa es lo mismo si resulta en una 20 enmienda a la constitución o un cambio a las leyes estatales. Requiere el mismo número de firmas y la misma aprobación por mayoría simple de votos. Esta propuesta requeriría una mayoría de 55 por ciento para aprobar nuevas enmiendas constitucionales. Cualquiera disposición actual de la constitución podría ser revocado por un voto de 50 por ciento. Quienes están a favor dicen: 1. Debería ser mas difícil enmendar la constitución del estado que cambiar la ley estatal. La constitución es un documento fundamental cuyas enmiendas resultan casi imposibles a revocar. Requerir 55 por ciento de los votos para aprobar una nueva enmienda garantiza amplio apoyo público para una adición a la constitución que probablemente será permanente. 2. La falta actual de un requisito geográfico para las firmas en la petición permite a las comunidades más pobladas dictar el acceso a la balota de las enmiendas constitucionales sin referencia al resto del estado. Requerir firmas en cada distrito del senado estatal hará oir la voz de todos los ciudadanos del estado en determinar cuales medidas aparezcan en la balota. Quienes se oponen dicen: 1. Si se necesita una propuesta para corregir una disposición constitucional existente, resultará mas difícil debido a los nuevos requisitos más estrictos para las firmas. Crear dos umbrales para aprobar enmiendas constitucionales, una mayoría simple (50 por ciento) para revocar disposiciones existentes, pero una “supermayoría” (55 por ciento) para 21 aprobar una enmienda nueva, puede confundir a los votantes y plantear problemas legales que resultaran en litigio. 2. Requerir las firmas de 2 por ciento de los votantes de cada distrito del senado estatal resultará en un proceso mas caro y difícil que podría desincentivar la participación de los ciudadanos. Permitiría a un distrito bloquear propuestas que se apoyan por todos los otros distritos del estado. ENMIENDA 72 Aumento en los impuestos sobre cigarrillos Una enmienda iniciada a la sección 21 de la constitución de Colorado para aumentar los impuestos sobre cigarrillos y tabaco. Elementos Principales: • Aumenta el impuesto estatal sobre un paquete de cigarrillos de $0.84 a $2.59. • Aumenta el impuesto estatal sobre otros productos de tabaco de 40 por ciento a 62 por ciento del precio de venta al público fijo por el fabricante. • Distribuye los ingresos nuevos para la investigación médica, la prevención del uso del tabaco, los médicos y clínicas en áreas rurales y de bajos ingresos, servicios para veteranos, y otros programas relacionados con la salud. • Exime a estos ingresos del límite constitucional sobre ingresos. Antecedentes: Cada paquete de cigarrillos que se vende en Colorado incluye $1.01 en impuestos federales y $.84 en los estatales. El impuesto al consumo 22 de cigarrillos en Colorado es menor que los de 32 de los 50 estados. El máximo llega a $4.35 por paquete en New York. El mínimo de $.17 se encuentra en Missouri. En el año 2015, $197.9 millones de impuestos sobre cigarrillos y tabaco se cobraron en Colorado. Esta propuesta aumentaría los ingresos a $315 millones por año. El dinero recaudado aumentaría los servicios de salud para las personas afectadas por el consumo de tabaco, la investigación médica, y programas para dejar de fumar. Del impuesto estatal de $.84 por paquete de cigarrillos, $.64 hay que gastarse en los programas de salud identificados en la constitución, así como prevención de enfermedades y tratamiento. Desde el año 1973, ningún gobierno local ha recogido impuestos sobre cigarrillos, pero sí sobre otros productos de tabaco. Estos productos, tales como cigarros, tabaco de pipa, y tabaco de mascar, se gravan al 40 por ciento del precio de venta al público fijo por el fabricante. La mitad de esta cantidad se gasta en los mismos programas de salud que el impuesto sobre cigarrillos, mientras que la otra mitad se gasta en otros programas gubernamentales. No hay un impuesto sobre cigarrillos electrónicos. Quienes están a favor dicen: 1. Fumar es la primera causa de muerte evitable en Colorado, matando a más de 5000 residentes de Colorado y añadiendo $1.9 mil millones al costo de servicios de salud cada año. Se ha reducido el fumar, pero todavía hay más de 650.000 adultos y casi 24.000 estudiantes de secundaria que 23 fuman. El impuesto actual de $.84 es más bajo que en la mayoría de estados y en la economía de hoy, no tiene un impacto significativo en reducir el fumar. Casi todos los estados en el país han aumentado los impuestos sobre cigarrillos, resultando en bajar el número de fumadores, especialmente entre los jóvenes, y en aumentar los fondos para importantes programas de salud. 2. El propuesto aumento de $1.75 por paquete evitará que más de 34.000 jóvenes comiencen a fumar, salvarles la vida a 20.000 personas, y prevenir más de $1.4 mil millones en costos del cuidado de la salud en el futuro. Es el método más eficaz de luchar contra este problema mortal y evitar la adicción de más jóvenes. Quienes se oponen dicen: 1. Esta propuesta va a elevar el impuesto de Colorado muy por encima de la media nacional, y los impuestos nuevos no son necesarios. Además, sin aprobar una enmienda nueva, este impuesto no puede cambiarse si la necesidad supera a los ingresos. Si el consumo disminuya, los ingresos lo harán también, y los gastos de los programas estatales pueden no estar preparados para esta disminución. Es un impuesto regresivo porque la cantidad fija del impuesto sobre un paquete de cigarrillos representa una proporción mayor de los ingresos de los fumadores de bajos ingresos que de los ricos, y porque los individuos de bajos ingresos son más propensos a fumar. 2. Impuestos sobre consumo tan elevados pueden estimular el contrabando desde los 24 estados vecinos con impuestos más bajos, lo cual puede fomentar la corrupción de los funcionarios públicos y la violencia contra las personas, la propiedad y la policía, así como aumentar las necesidades de los cuerpos de seguridad. INICIATIVAS ESTATUTORIAS PROPUESTA 106 Ayuda médica para morir Una propuesta iniciada añadiendo una nueva sección del artículo 48 al título 25 de los Estatutos Revisados de Colorado que permite a un adulto residente en Colorado solicitar y recibir de un médico un medicamento recetado para ayuda para morir para la autoadministración. Elementos Principales: • Permite a un residente de Colorado, de 18 años de edad y mentalmente competente, que se le diagnostica una enfermedad terminal y tiene un pronóstico de seis meses o menos de vida, pedir del médico primario un medicamento para ayuda para morir para la autoadministración. • Establece que el individuo debe solicitar el medicamento dos veces verbalmente y una vez por escrito ante dos testigos que puedan testificar que la solicitud es voluntaria y que el individuo es mentalmente competente. • Requiere al médico primario, después de establecer que el paciente es mentalmente competente y la solicitud es voluntaria, remitir al paciente a un médico consultor. 25 • • • • • Requiere que el médico consultor confirma el diagnóstico y pronóstico y confirma la competencia mental y que la solicitud es voluntaria. Determina que el paciente debe darse cuenta de los tratamientos alternativos y los riesgos del medicamento para ayuda para morir. Remite a los pacientes que sufren de un trastorno mental a un profesional de salud mental competente para terapia. Establece penas criminales por causar la muerte de un individuo mediante falsificación, la coerción, influencia excesiva, o destruir or ocultar una cancelación de una solicitud por un medicamento para ayuda para morir. Establece que cuando una muerte se ha producido por la autoadministración de un medicamento para ayuda para morir, el médico que firma el certificado de defunción debe indicar la enfermedad terminal subyacente como la causa de la muerte. Antecedentes: Antes de la Segunda Guerra Mundial, a pesar de que la eutanasia había sido ampliamente discutido, ningún estado permitió a un médico ayudar a una persona a poner fin a su vida. Sin embargo, como la mejora de la atención médica permitió la extensión de la vida a pacientes inconscientes, y como la ansiedad por prolongación de la vida a través de medios técnicos se aumentó, la preocupación por los derechos de los pacientes a controlar su propio tratamiento, y su derecho a rechazar el tratamiento y morir, también se aumentó. La discusión llegó a incluir el concepto de 26 permitir a un enfermo terminal administrar un medicamento para ayuda para morir, con algunas restricciones. En el año 1994 Oregón aprobó una ley de Muerte con Dignidad. En Colorado, legislación semejante fue introducido en la legislatura en 1995 1996, 2015 y 2016, pero no fue aprobado. Iniciativas y legislación que permiten a los médicos recetar medicamentos para ayuda para morir para la autodaministración se han aprobado en Washington, Montana, Vermont y California, y se han considerado en varios otros estados. Quienes están a favor dicen: 1. La ley de opciones para el final de la vida en Colorado permitiría a adultos residentes en Colorado, quienes tienen una enfermedad terminal y son mentalmente competentes, acceso a un medicamento que les permitiría acortar el proceso de morir si el sufrimiento se vuelve insoportable. Para la mayoría de las personas con una enfermedad terminal, cuidados paliativos son el sistema más adecuado. Sin embargo, a veces el cuidado mejor no puede aliviar el dolor y el sufrimiento, y la gente en esa situación debe tener una variedad de opciones. 2. La medida extraería al gobierno de las decisiones personales al final de la vida y dejarles a los pacientes hacer sus propias decisiones sobre su atención médica con el aporte de sus familias, médicos, y fé. La ayuda médica para morir ya se autoriza en cinco estados y la propuesta de Colorado sigue el modelo exitoso de la ley de 27 Oregón que ha estado en vigor durante casi dos décadas. Quienes se oponen dicen: 1. Aprobar esta propuesta podría conducir a profesionales de salud, miembros de familia u otros aconsejar, estimular o ejercer una presión sutil sobre las personas vulnerables a solicitar el suicidio por receta de un médico. Las empresas de seguros también podrían utilizarlo para reducir los costos por negar el pago de los tratamientos más caros, mientras pagan los costos de recetas letales más baratos. Es posible que los hospitales que no permiten las opciones del final de la vida no podrían evitar que los suicidios por receta de un medico sucedieran en sus instalaciones. 2. Un miembro de la familia podría buscar hasta encontrar médicos manejables. Un médico consultor podría ser colega o amigo del médico primario. Una vez que se presenta una receta, no hay garantías para asegurar que el medicamento se ha tomado voluntariamente. Además, la causa de la muerte no se reflejaría con precisión en el certificado de defunción. PROPUESTA 107 Elecciones primarias presidenciales Una enmienda a los Estatutos Revisados de Colorado para establecer una elección primaria presidencial en el marzo de cada año en lo cual hay una elección presidencial. Elementos principales: • Establece una elección primaria presidencial en Colorado. 28 • Permite que los votantes no afiliados participen en la primaria presidencial sin afiliarse a un partido político. Antecedentes: Los candidatos presidenciales de los principales partidos políticos son elegidos por los delegados estatales en la convención nacional de cada partido. A lo largo de los años, los delegados estatales de Colorado han sido seleccionados de diferentes maneras. En 1992, 1996 y 2000 delegados fueron seleccionados por una elección primaria presidencial. Desde el año 2004, los partidos políticos en Colorado han elegido delegados por medio de un sistema de caucus y convención. Solo los miembros del partido pueden participar en el caucus o convención y los partidos políticos pagan los costos. Según esta propuesta una elección primaria presidencial se llevará a cabo a más tardar el tercer martes de marzo. La elección primaria presidencial será el único asunto en la balota. Esta elección será financiado por los contribuyentes estatales y locales. El ganador de la primaria presidencial de un partido recibirá todos los delegados a la convención nacional. Los delegados estarán obligados a votar por ese candidato en la convención nacional del partido. Esta propuesta no modifica la elección primaria ya celebrada en Colorado en junio para otras oficinas estatales, federales y locales. Tampoco impide que los partidos políticos programen asambleas. Sin embargo, los partidos no podrán utilizar un caucus para determinar el candidato presidencial. 29 Los votantes que desean ser independientes de los partidos políticos no estarán obligados a afiliarse a un partido político para votar en la elección primaria presidencial. Quienes están a favor dicen: 1. Este año solo 13 por ciento de los demócratas y 6 por ciento de los republicanos asistieron a un caucus en Colorado. Los votantes no afiliados no tenían voz en la nominación de los candidatos presidenciales. Una elección primaria presidencial abierta a todos los votantes aumentará la participación pública en el proceso de selección. 2. El sistema de caucus en Colorado ha resultado en la selección de candidatos extremos de cada partido. Si todos los votantes participan en el proceso, se seleccionarán candidatos más centristas y pragmáticos. Sin primaria presidencial, los candidatos de los partidos principales no prestan much atención a Colorado. Quienes se oponen dicen: 1. Los partidos políticos financian a los caucuses, que son reuniones íntimas que fomenten las relaciones entre las personas e inspiran el activismo. La elección primaria presidencial va a costarles a los contribuyentes del estado unos $5.4 millones en 2019-20. 2. Dado que el propósito de la elección primaria es seleccionar candidatos de los partidos políticos, sólo los miembros de los partidos deben votar en estas elecciones. 30 PROPUESTA 108 Elecciones primarias Enmienda a los Estatutos Revisados de Colorado para permitir a un votante no afiliado votar en una elección primaria. Elementos principales: • Permite a los votantes que no estén afiliados a un partido político votar en una elección primaria no presidencial. • Requiere que los votantes no afiliados voten en la primaria de un solo partido político. • Permite a los partidos políticos optar por no programar una elección primaria abierta y, en cambio, nominar candidatos por asamblea o convención. Antecedentes: El último martes de junio de los años pares, Colorado realiza elecciones primarias que seleccionan candidatos partidarios para puestos estatales, del condado, y nacionales, menos presidente. Los secretarios de condado ejecutan estas elecciones primarias. Los contribuyentes del estado pagan los costos. Actualmente las primarias en Colorado están cerradas, lo cual significa que un votante tiene que estar afiliado a un partido político antes de votar en una elección primaria. Si un votante no afiliado quiere votar en una primaria, puede afiliarse a un partido en cualquier momento, incluso el día de la elección. Con esta propuesta, los votantes que desean ser independientes de los partidos políticos ya no tendrán que afiliarse a un partido antes de votar en una elección primaria no presidencial. 31 Permitiría a los votantes no afiliados votar en la elección primaria de un solo partido político. La propuesta también permite a los partidos políticos decidir no realizar una elección primaria abierta. En lugar de ello, los partidos pueden seleccionar a los candidatos en una asamblea or convención. Los votantes no afiliados no participarían. Los partidos políticos pagarían los costos. Quienes están a favor dicen: 1. La participación en las primarias en Colorado es baja. Solamente 1 de cada 5 votantes de Colorado seleccionaron a los candidatos para noviembre 2016. Los que ganan las primarias cerradas tienden a atraer a los extremos de cada partido. Necesitamos que más personas participen si queremos los candidatos mejores. 2. Más de un tercio (37 por ciento) de los votantes de Colorado no están afiliados y casi 50 por ciento de los votantes del edad de 40 años y menores no están afiliados. No es justo excluir a mas de 1,3 millones de los residentes de Colorado de las elecciones primarias. 3. Se trata de la justicia. Dado que todos los contribuyentes pagan los costos de las elecciones, nadie debe ser excluido de la elección primaria. Todos, incluso los votantes no afiliados, tienen el derecho a hacerse oir. Quienes se oponen dicen: 1. Puesto que el propósito de la elección primaria es seleccionar candidatos de los partidos políticos, sólo los miembros de los partidos deben votar en estas 32 elecciones. Los votantes de Colorado ya tienen la opción de declarar una afiliación para que puedan votar en una elección primaria. Pueden volver a estar no afiliado después de la elección. 2. Abrir las primarias a los votantes no afiliados aumentará los costos para los contribuyentes locales y estatales. El estado tendrá que producir e imprimir diferentes balotas para los votantes no afiliados. Puede ser una carga financiera para los condados rurales y pequenos. ASUNTO DE LA BALOTA 4B Distrito de Instalaciones Científicas y Culturales del área metropolitana de Denver Esta propuesta aparecerá en las balotas en estos condados: Adams, Arapahoe, Boulder, Broomfield, Denver, Douglas (excepto las ciudades de Castle Rock y Larkspur), y Jefferson. Una enmienda a los Estatutos Revisados de Colorado para reautorizar la recaudación del impuesto sobre ventas y uso de 0,1 por ciento y modificar las disposiciones para el Distrito de Instalaciones Científicas y Culturales (SCFD). Elementos principales: • Extiende el actual impuesto sobre ventas y uso de 0,1 por ciento durante 12 años hasta 30 junio 2030. • Esboza los procedimientos administrativos para el distrito SCFD. 33 • Ajusta la fórmula para distribuir los fondos a las organizaciones participantes: Nivel I recibe 0,064 por ciento, Nivel II 0,022 por ciento y Nivel III 0,014 por ciento. Antecedentes: En el año 1988 los votantes en el área metropolitana de Denver crearon el Distrito de Instalaciones Científicas y Culturales (SCFD) como una fuente constante de fondos para las organizaciones científicas, culturales y artísticas. Los votantes aprobaron un impuesto de un centavo sobre cada $10 que se gastan en el distrito. Fue renovado en 1994 y 2004. Las organizaciones que reciben los fondos se dividen en tres grupos o niveles. Nivel I consiste en el Museo de Arte de Denver, el Jardín Botánico de Denver, el Museo de Naturaleza y Ciencia de Denver, el Zoológico de Denver y el Centro de Denver para las Artes Interpretativas. Su porción de los fondos se determina por estatuto. Nivel II incluye otras instituciones locales y regionales significativas. Nivel III incluye las organizaciones locales mas pequeñas con misiones culturales y científicas. Cada condado recibe fondos en proporción al impuesto recaudado allí y el consejo cultural del condado recomienda cuales organizaciones recibirán los fondos. El distrito está compuesto de siete condados: Adams, Arapahoe, Boulder, Broomfield, Denver, Douglas y Jefferson. Quienes están a favor dicen: 1. Durante los últimos 28 años, el Distrito de Instalaciones Científicas y Culturales ha 34 sido un elemento esencial en hacer cada vez mas vibrante la escena científica y artística en el área metropolitana. Hoy en día, un promedio de 15 millones de visitantes por año se disfrutan de una amplia variedad de experiencias, haciéndolo un modelo nacional de financiación pública para los artes. 2. Los $54 millones generados por un modesto impuesto sobre las ventas de un centavo por cada compra de diez dólares proporciona a más de 4 millones de estudiantes la oportunidad de participar en programación educativa y cultural ofrecida por más de 300 organizaciones diversas financiadas por SCFD. Debido a SCFD, hay más de 100 días gratis en nuestras instituciones regionales cada año. 3. SCFD estimula la economía de la región y ofrece un gran retabilidad de inversión dentro de los siete condados que apoyan el distrito. Instalaciones financiadas por SCFD traen $1.85 mil millones a la economía de la region metropolitana por generar empleo, turismo y gastos por las audiencias. Quienes se oponen dicen: 1. El gobierno grava a todos para apoyar a SCFD, sin considerar si los individuos apoyan el distrito o pueden pagar los impuestos. Muchos de los contribuyentes no utilizan las instalaciones apoyadas por el distrito. Los que frecuentan las instalaciones culturales son, en general, en condiciones de pagar por ellos sin necesidad de subsidios de los contribuyentes. 35 2. La fórmula de distribución de SCFD favorece las cinco organizaciones más grandes (Nivel I: Zoológico, DCPA, Jardín Botánico, Museos de Arte y Naturaleza y Ciencia) y pagos automáticos a estas organizaciones aumentarán exponencialmente. Mientras tanto, las organizaciones de Nivel II dividirán su cuota del dinero con un número cresciente de organizaciones de tamaño medio. Del mismo modo, las organizaciones más pequeñas en Nivel III serán penalizadas porque el número cada vez mayor de tales organizaciones divida aún mas los fondos y provee subvenciones mas pequeñas a cada organización. REGISTRO DE VOTANTES REQUISITOS PARA REGISTRARSE: • Ciudadano de los Estados Unidos • Residente del estado de Colorado por un mínimo de 22 días • 16 años de edad, con tal que reconoce que hay que tener 18 años de edad para votar • Mostrar licencia de conducir o tarjeta de identificación de Colorado válida u otra forma de identificación aceptable para votar CÓMO REGISTRARSE Registrarse por primera vez en Colorado Hasta 22 días antes de la elección se puede • Registrarse por correo • Registrarse en una oficina de licencia de conducir u otra agencia estatal • Registrarse mediante una campaña de registro para votar 36 Hasta 8 días antes de la elección se puede • Registrarse en línea en vayavotarcolorado.com En persona en cualquier momento, incluso en el día de la elección, • En la oficina de registro de votantes de su condado, o • En un Centro de Votación en su condado Actualizar la dirección de votantes registrados en el estado de Colorado • Por correo con una carta o un formulario provisto por el Secretario del Condado, recibido por lo menos 8 días antes de la elección • En línea en vayavotarcolorado.com por lo menos 8 días antes de la elección • En persona en cualquier momento en lo cual se permite la registración, incluso en el día de la elección • En persona en cualquier hora que sea abierta, incluso en el día de la elección, o En la oficina del Secretario de su condado, o o En un Centro de Votación en su condado Votantes pueden averiguar su registración en línea en vayavotarcolorado.com. O puede enviar un mensaje de texto a: 2-vote Escriba: Colorado Formularios se pueden descargar en los sitios web del Secretario de Estado y los Secretarios de Condado. 37 CADA VOTANTE REGISTRADO RECIBIRÁ UNA BALOTA POR CORREO • Votantes pueden llenar la balota y devolverla por correo o llevarla a un lugar de entrega • El secretario del condado tiene que recibir la balota por correo antes de las 7:00 pm en el día de la elección Centros de votación se colocarán en cada condado para proveer servicios de elecciones. Los centros serán abiertos por lo menos 15 días antes de la eleccion general. Los servicios incluyen: • Registrar votantes en cualquier momento, incluso en el día de la elección • Votantes pueden actualizar la dirección si se han registrados en otro condado de Colorado • Votantes pueden entregar su balota después de llenarla • Votantes pueden votar en persona en cualquier hora que sea abierto, en vez de votar por correo. FORMAS DE IDENTIFICACIÓN ACEPTABLES PARA VOTAR Para votar en un centro de votación, o votar por primera vez por correo, se necesita una de estas formas de identificación: • Licencia de conducir de Colorado válida • Tarjeta de identificación de Colorado válida • Pasaporte válido de EE.UU. • Tarjeta válida de identificación de empleado emitida por agencia del gobierno con foto • Identificación militar válida de EE.UU. 38 • • • • • • • • Una factura corriente de servicios públicos, cheque de pago o cheque del gobierno que muestra su nombre y domicilio Licencia de piloto de FAA con foto Documentación certificada de naturalización Tarjeta válida de Medicare o Medicaid Copia certificada de acta de nacimiento Tarjeta de estudiante de Colorado válida con foto Identificación válida de veterano Identificación válida emitida por gobierno tribal reconocido CALENDARIO DE ELECCIONES 2016 17 octubre – Secretarios de Condado comienzan a enviar las balotas a los votantes. 24 octubre – 8 noviembre —Votación temprana en los Centros de Votación excepto en domingo. 31 octubre—Último día para pedir que se le envíe una balota a casa. 8 noviembre – Elección General EL SECRETARIO DEL CONDADO TIENE QUE RECIBIR LA BALOTA ANTES DE LAS 7:00 PM, 8 NOVIEMBRE 2016. 39 40 41