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ASUNTOS DE LA
BALOTA
2016
LEAGUE OF WOMEN VOTERS®
OF COLORADO EDUCATION FUND
1410 Grant Street, Suite B-204
Denver, CO 80203-1855
[email protected]
www.lwvcolorado.org
LÍNEA DIRECTA
303-863-VOTE (8683)
2
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En el guía para votantes, puede ver las
carreras que aparecerán en su balota,
comparar las posturas de los candidatos
uno al lado de otro, e imprimir un
ejemplar marcado con sus preferencias.
También véa los recursos para los
votantes militares y al estranjero.
Todos las declaraciones y vídeos se
publican directamente por los
candidatos, sin editar, y no expresan las
opiniones de la League of Women
Voters. League of Women Voters nunca
apoya ni opone ningún candidato ni
partido político.
3
ELECCIÓN - 8 NOVIEMBRE 2016
THE LEAGUE OF WOMEN VOTERS® OF
COLORADO EDUCATION FUND ha preparado
este folleto como un servicio público para fomentar
la responsabilidad cívica por medio de dar
información no partidaria sobre los asuntos de la
balota sobre los cuales los ciudadanos van a votar
en la elección de 8 noviembre, 2016.
THE LEAGUE OF WOMEN VOTERS® OF
COLORADO EDUCATION FUND promueve la
participación informada en el gobierno por proveer
información educativa y no partidaria sobre temas
de interés al público y los procesos de gobierno.
Llame a la línea directa 303-863-VOTE (8683)
para información para votantes, información sobre
la balota, y para pedir un discurso sobre los asuntos
de la balota.
Jueces: para información sobre la retención de
los jueces, por favor consulte el Análisis
legislativo de asuntos de la balota, conocido como
el Libro azul, que el Secretario de Estado envía
por correo al domicilio de cada votante
registrado.
THE LEAGUE OF WOMEN VOTERS® OF
COLORADO EDUCATION FUND no es
responsable por la exactitud o imparcialidad de los
argumentos presentados. Argumentos pro y en
contra son una compilación de los presentados por
los proponentes y opositores de cada iniciativa.
Copyright © 2016
Todos los derechos reservados. Este trabajo no puede ser
reproducido en su totalidad o en parte, por cualquier
medio, sin el permiso de la League of Women Voters® of
Colorado Education Fund.
4
TABLA DE CONTENIDO
Información sobre los candidatos……......…3
La balota….………………………...…...….6
Enmienda T ...……………….………..…....7
Ninguna excepción a la prohibición de
servidumbre
Enmienda U....……………………….…......9
Exención de los impuestos inmobiliarios para
ciertos intereses posesorios
Enmienda 69 ………….……….……….....11
Sistema de atención médica estatal
Enmienda 70 ……….……………………..17
Salario mínimo estatal
Enmienda 71 ……….……………………..20
Requisitos para iniciar enmiendas a la
constitución
Enmienda 72 ……….……………………..22
Aumento en los impuestos sobre cigarrillos
Propuesta 106 ……….………………..…..25
Ayuda médica para morir
Propuesta 107 ……….………………..…..28
Elecciones primarias presidenciales
Propuesta 108 ……….………………..…..31
Elecciones primarias
Asunto de la Balota 4B ……….…………..33
Distrito de Instalaciones Científicas y
Culturales
Registro de votantes….………………..….36
Requisitos para votar….………………......38
Calendario de elecciones…………..…..….39
5
LA BALOTA
Los asuntos se colocan en la balota por:
Referéndum
• Una propuesta de la Asamblea General que
se somete a los ciudadanos para su votación.
Iniciativa
• Una propuesta por ciudadanos que han
reunidos suficiente número de firmas (5%
del número total de votos emitidos al
Secretario de Estado en la elección general
anterior).
Asuntos de la balota estatales pueden ser de
dos tipos:
Enmiendas a la Constitución de Colorado
• Pueden ser referidas a los votantes por el
voto de dos terceras partes de ambas
cámaras de la Asamblea General o pueden
proponerse por los ciudadanos mediante el
proceso de la iniciativa. Sólo los votantes
(no la Asamblea General) pueden cambiar la
constitución. Estas propuestas se llaman
enmiendas.
Enmiendas a los Estatutos Revisados
• Pueden ser referidas a los votantes por un
voto mayoritario de ambas cámaras de la
Asamblea General o pueden proponerse por
los ciudadanos mediante el proceso de la
iniciativa. Aunque aprobadas por los
votantes, las enmiendas a los Estatutos
Revisados de Colorado podrán ser
modificadas posteriormente por legisladores.
Estas enmiendas se llaman propuestas y
producen cambios a los estatutos.
Asuntos locales o regionales también pueden
aparecer en la balota .
6
REFERÉNDUMS
ENMIENDA T
Ninguna excepción a la prohibición de
servidumbre
Una enmienda referida al artículo II, sección
26 de la constitución de Colorado para quitar
la excepción que permite la esclavitud y
servidumbre cuando sirvan como castigo para
personas condenadas por un crimen.
Elementos principales:
• Elimina la excepción que permite la
esclavitud y servidumbre como castigo
para condena por un crimen.
Antecedentes:
El texto de artículo II, sección 26 es coherente
con la enmienda 13 de la constitución de los
EEUU, aprobado en 1865. De semejante
manera prohibió la esclavitud y la
servidumbre, excepto como castigo para un
crimen de lo cual una persona fue condenada.
Las constituciones de 25 estados no contienen
este lenguaje que se trata de la esclavitud.
Las decisiones judiciales han aprobado los
requisitos de trabajo come parte de las
sentencias penales por encarcelamiento,
servicio comunitario y libertad condicional,
basado en las disposiciones de las
constituciones de los EEUU y Colorado.
Las Industrias Correcionales de Colorado
emplea actualmente más de 1800 presos. Los
programas de trabajo del Departamento de
Correcciones de Colorado no son obligatorios,
pero negar a trabajar puede influir en la
7
elegibilidad del preso para privilegios dentro
de la prisión y la libertad condicional.
La resolución de la legislatura de Colorado que
refirió esta medida a los votantes establece
expresamente que la legislatura no tiene el
intento de retirar las oportunidades de trabajo
legítimas de los condenados, pero sólo
prevenir que se les obligue a trabajar.
Quienes están a favor dicen:
1. El lenguaje para ser eliminado es arcáico.
Se escribió en el siglo 19, cuando no se
trató a cada persona con dignidad humana,
ni siquiera consideraron a todos como
humanos. La libertad y la igualdad son
valores humanos fundamentales que deben
reflejarse en la constitución de Colorado.
Quienes se oponen dicen:
1. Programas de trabajo tienen un lugar
legitimo en el sistema correccional.
Programas de trabajo en prisiones
desarrollan las habilidades, reducen la
reincidencia, y proveen una estructura y
un proposito para los delincuentes.
Servicio comunitario y requisitos de
trabajo durante la libertad condicional
involucran los delincuentes con la
comunidad en una manera positiva y
ayudan a reparar el dano causado por su
conducta criminal. Los desafios legales
bajo la Enmienda T podrian poner en
peligro a este trabajo beneficioso.
8
ENMIENDA U
Exención de los impuestos inmobiliarios
para ciertos intereses posesorios
Una enmienda referida al artículo X, sección 3
de la constitución de Colorado para eliminar
los impuestos inmobiliarios de individuos y
empresas que reciben un beneficio que vale
$6000 o menos por año mediante la utilización
de bienes inmuebles propiedad del gobierno.
Elementos principales:
• Elimina impuestos inmobiliarios pagados
por empresas e individuos que reciben un
beneficio mediante la utilización de bienes
inmuebles propiedad del gobierno que vale
$6000 or menos.
• Ajusta el umbral de la exención cada dos
años para dar cuenta de la inflación.
Antecedentes:
El estado de Colorado no grava los bienes
inmuebles propiedad de entidades
gubernamentales (nacionales, estatales y
locales). La constitución, sin embargo, impone
impuestos inmobiliarios en los individuos y
empresas que alquilan, arriendan, o tienen
otros derechos a utilizar la propiedad del
gobierno (un interés posesorio). Estos
impuestos inmobiliarios se basan en el valor
real del interés posesorio.
Un interés posesorio permite a una entidad
ocupar, utilizar o controlar una parcela de
tierra, pero no incluye la posesión de la tierra.
Ejemplos comunes de los intereses posesorios
incluyen ganaderos cuyas vacas pastan en
tierra pública y empresas de rafting que
utilizan cauces públicos.
9
Esta propuesta crea una nueva exención del
impuesto inmobiliario para los individuos y
empresas que reciben un beneficio de $6000 or
menos de sus intereses posesorios en la
propiedad del gobierno. Si se aprueba, la
exención entraría en efecto para los años de
impuestos inmobiliarios que comiencen 1
enero 2018. Mas adelante el umbral de
exención de $6000 se puede aumentar en los
años impares para reflejar los cambios en la
inflación. Las proyecciones indican que la
enmienda resultaría en reducir los ingresos de
los impuestos inmobiliarios sobre intereses
posesorios por un total de hasta $125.000 por
año en todo el estado.
Quienes están a favor dicen:
1. Les cuesta más a los condados de
Colorado recaudar y administrar los
impuestos inmobiliarios sobre los intereses
posesorios que valen menos de $6000 que
lo que reciben. Por ejemplo, un contrato de
arrendamiento que vale $5000 para pastar
el ganado en las tierras federales puede
resultar en impuestos inmobiliarios de $25
(depende de las tasas de impuestos
locales). La autoridad fiscal del condado
debe pagar los costos administrativos para
mantener listas de contribuyentes y aplicar
el impuesto. La enmienda propuesta
reconoce que no tiene sentido económico
pagar más para cobrar un impuesto que el
importe del impuesto recibido.
Quienes se oponen dicen:
1. La propuesta va en contra del requisito de
la constitución de Colorado a imponer los
impuestos de manera uniforme sobre todos
10
los contribuyentes. La exención propuesta
para las cantidades pequeñas de impuestos
inmobiliarios abre la puerta para más
exenciones en el futuro. También beneficia
injustamente a los individuos y empresas
con intereses posesorios en la propiedad
gubernamental que están por debajo del
umbral de $6000. Reducir los ingresos a
cada condado, aún por una cantidad
pequeña, desplazará la carga tributaria a
todos los demás contribuyentes.
INICIATIVAS CONSTITUCIONALES
ENMIENDA 69
Sistema de atención médica estatal
Añade artículo XXX a la constitución de
Colorado para proporcionar atención médica a
los residentes del estado.
Elementos Principales:
1. Proporciona la atención médica asequible
a cada residente de Colorado.
2. Establece una junta directiva, nombrada al
comienzo y despues elegida, para
administrar la atención médica.
3. Crea un sistema de impuestos para
financiar ColoradoCare.
4. Requiere obtener exenciones del mercado
de beneficios de salud para crear un
sistema único de atención médica para
Colorado.
Antecedentes:
Actualmente la mayoría de los residentes de
Colorado reciben su atención médica mediante
las compañías de seguros privadas o
programas de seguros federales. La Ley de
11
Cuidado de Salud a Bajo Precio (Obama Care)
requiere que la mayoría de la gente tenga
seguro de salud or pague una multa. Aunque
muchos de los residentes de Colorado obtienen
su seguro mediante su empleador, algunas
compran seguro privado mediante un agente de
seguros, el mercado de beneficios de salud, o
directamente de una compañía de seguros. Esta
propuesta crearía ColoradoCare como un
sistema único de atención médica para
Colorado. Es una subdivisión del estado que
no se controla por cualquier departamento ni
agencia del estado.
Junta Directiva: Al principio el presidente del
Senado, el líder de la minoría del Senado, el
presidente de la Cámara, el líder de la minoría
de la Cámara, y el Gobernador nombrarán,
cada uno, tres miembros de la junta directiva
que administrará el sistema de atención médica
en Colorado. Los nombramients se harán
dentro de los 60 días después de la fecha
efectiva del artículo. Permite a la junta interina
establecer estatutos, procedimientos y normas
de funcionamiento, adoptar un presupuesto,
contratar a empleados, solicitar una exención
para suspender las actividades del mercado de
beneficios de salud, y dividir el estado entre
siete distritos compactos, contiguos y
relativamente iguales.
La junta interina debe programar una elección
para la junta permanente de 21 miembros
dentro de tres años después de la fecha efectiva
de la propuesta. Los residentes de cada uno de
los siete distritos elegirán a tres consejeros
para un término de cuatro anos. La elección
sera no partidaria, cada consejero solo puede
servir dos términos consecutivos, y no se
12
aplican a la junta las elecciones de destitución.
Una vez elegida, la junta contratará a un
director general, un director financiero y un
director médico. La junta establecerá una
autoridad central de compras, oficinas de
defensores para los proveedores y los
beneficiarios, y una oficina para la prevención
del fraude. La junta trabajará para asegurar la
estabilidad financiera y determinar las reglas
para obtener un rendimiento anual
independiente y auditorías financieras.
Beneficios de atención médica: La junta
contratará con proveedores para el cuidado
primario, especializado, hospital, emergencia y
urgente, rehabilitación, pediátrica, salud
conductual, maternidad y cuidado del recién
nacido,medicamentos recetados, equipo
médico duradero, laboratorio, y paliativos y la
atención al final de la vida. Los fondos de
indemnización por accidente laboral,
Medicaid, y Seguro Médico para los Niños
(CHP+) se administrarán por ColoradoCare.
Medicare, atención médica para veteranos y
otros programas de atención de salud federales
continuarán. ColoradoCare ofrecerá seguro
suplemental para estos programas. El
programa no les cobrará a los beneficiarios por
deducibles ni copagos para los servicios
preventativos y de atención primaria, y
permitará a los beneficiarios elegir sus propios
proveedores de atención primaria.
Programas federales de seguros:
ColoradoCare servirá como un plan de salud
estatal que paga los servicios de salud
suplementarios para los beneficiarios de
Medicare. Sin embargo, no pagará Medicare
A, B y D, ni un plan de Medicare Advantage.
13
ColoradoCare proporcionaría el cuidado
suplementario para los veteranos, Tri-Care, y
Servicio de Salud Indígena.
Financiacion:
La financiacion de ColoradoCare comenzará el
1 de julio del año siguiente a la fecha que se
pone en efecto esta propuesta. Inicialmente se
cobrarán pagos de transición más bajos;
comenzando treinta días antes de que
ColoradoCare asume la responsabilidad de los
pagos para el cuidado de la salud, el
Departamento de Ingresos de Colorado iniciará
el cobro de pagos más altos y permanentes.
Los pagos permanentes para la atención
médica consistirán en 6,67 por ciento del total
de la nómina de los empleadores, el 3,33 por
ciento del salario de cada empleado, y el 10
por ciento de todos los ingresos aparte de
salario de todos los beneficiarios. Si la junta
determina que se necesitan primas más altas,
los impuestos para primas sólo pueden ser
aumentados una vez al año si son aprobados
por una mayoría de los miembros de
ColoradoCare. ColoradoCare estaría exento de
los requisitos de TABOR (Artículo X, Sección
20). Un individuo debe pagar la prima de
atención médica, si utiliza o no el
ColoradoCare.
La Asamblea General, en la primera sesión
ordinaria despues de la adopción de este
artículo, deberá aprobar legislación para
permitir al Departamento de Ingresos recaudar
impuestos para financiar a ColoradoCare,
suspender las operaciones del mercado de
beneficios de salud, transferir a ColoradoCare
la responsabilidad para administrar Medicaid y
Seguro Médico para los Niños (CHP+),
14
derogar la ley de indemnización por accidente
laboral, y cualquier otra legislación necesaria
para implementar esta propuesta.
Cualquier parte de la ley que se declare
inconstitucional será separado del resto de la
propuesta. ColoradoCare puede cerrarse si las
exenciones y acuerdos del gobierno federal no
bastan para que la operación se encuentre
fiscalmente sólida.
Quienes están a favor dicen:
1. ColoradoCare cubrirá a todos. Esta
propuesta asegura que todos los residentes
de Colorado tendrán atención médica
asequible por todo el curso de su vida,
incluso salud mental y conductual. Los
residentes ya no se confundirán por fechas
de inscripción anuales para sus planes de
seguro. Esta propuesta les permitirá a los
residentes de Colorado escoger sus
proveedores de atención primaria y, si lo
quieran, quedarse con el seguro que tienen
actualmente, aunque tendrán que pagar el
impuesto. Los que tienen Medicare, planes
de seguros federales, y planes militares y
para veteranos pueden utilizar
ColoradoCare para el cuidado
suplementario.
2. ColoradoCare ampliará el acceso y
mejorar la calidad de los beneficios de
salud que reciben los residentes. Los niños
recibirán beneficios de visión, audición y
dental. La propuesta proporcionará
atención médica a todos los residentes sin
referencia a su situación financiera. Los
residentes ya no tendrán que preocuparse
por la declaración de quiebra a causa de
los altos gastos médicos.
15
3. La mayoría de los residentes van a ahorrar
dinero con ColoradoCare. Los gastos de su
propio bolsillo se reducirán porque no
habrá deducibles ni copagos para consultos
de atención primaria y preventativa. Esta
medida permite a los miembros de
ColoradoCare controlar aumentos en los
impuestos, porque aumentos futuros deben
ser aprobados por un voto mayoritario de
los miembros de ColoradoCare. Este plan
de atención médica reducirá los costos
administrativos, y eliminará la burocracia
y el fraude. Los residentes de Colorado
que actualmente no tienen seguro ya no
tendrán que utilizar costosos salas de
emergencia cuando necesitan atención
médica.
Quienes se oponen dicen:
1. ColoradoCare cobraría $25 mil millones
en nuevos impuestos para financiar un
sistema gubernamental de atención médica
al nivel estatal. Esto resultaría en que
Colorado tuviera la tasa de impuesto sobre
la renta más alta del país. El presupuesto
del estado entero solo llega a unos $27 mil
millones. Todos los residentes de Colorado
pagarían este impuesto nuevo, ya sea
ColoradoCare su fuente principal de
atención médica o no. Esto perjuicia a las
personas mayores, miembros de las fuerzas
armadas, empresas pequeñas, el empleo y
la economía. Y reduciría la capacidad del
estado para hacer inversiones en otras
prioridades tales como la educación y el
transporte.
2. ColoradoCare se llevará a cabo por una
junta no responsable de 21 políticos sin
garantía de experiencia en medicina,
16
equilibrio político ni diversidad. Sería el
único grupo de funcionarios elegidos en el
estado no sujetos a elecciones de
destitución. Esa junta tendría la autoridad
para decidir cuales tratamientos y
medicamentos se cubren, cuánto Ud. paga
por los beneficios, y cuánto se pagan los
proveedores. Ofrece casi ninguna
supervisión estatal, poniendo en peligro la
protección del paciente. Por crear tanto
flujo e incertidumbre, ColoradoCare
podría repeler a los mejores médicos fuera
de Colorado y cerrar las puertas de clínicas
y hospitales. Las decisiones sobre el
cuidado de nuestra salud son demasiado
importantes para dejarlas a políticos sin
experiencia ni responsabilidad.
3. Este sistema, que es el primero de su clase,
va a ser fijado en la constitución del
estado, imposible a remediar ni aún
modernizar en el futuro. Es irresponsable
meter otra política compleja dentro de la
constitución de nuestro estado.
ENMIENDA 70
Salario mínimo estatal
Una enmienda iniciada a la sección 15 del
artículo XVIII de la constitución de Colorado
para ajustar el actual salario mínimo estatal.
Elementos Principales:
• Aumenta el salario mínimo estatal de
$8.31 por hora hasta $9.30 a partir de 1
enero 2017.
• Comenzando 1 enero 2018, crece el salario
mínimo anualmente por $0.90 por hora
hasta llegar a $12.00 por hora en 1 enero
2020.
17
•
Ajusta el salario mínimo cada año a base
del costo de vida, a partir de 1 enero 2021.
Antecedentes:
Actualmente el salario mínimo federal es $7.25
por hora para la mayoría de trabajadores y
$2.13 para los que reciben propinas. Se
aumentó por última vez en 2009. Los provisos
actuales que gobiernan el salario mínimo en
Colorado se adoptaron en 2006. A partir de 1
enero 2007 se fijó en $6.85 para la mayoría de
trabajadores y $3.83 para los que reciben
propinas. Solamente $3.02 de ingresos de
propinas pueden utilizarse para rebajar el
salario mínimo de trabajadores que
normalmente reciben propinas. La ley requiere
que el salario mínimo se ajuste cada año según
cambia la inflación. Actualmente está al nivel
de $8.31 para la mayoría de trabajadores. Los
que reciben el salario mínimo con más
frecuencia son los que trabajan en ventas al por
menor, servicio de comidas, cuidado de niños,
asistencia de salud a domicilio, y porteros.
Quienes están a favor dicen:
1. Trabajadores de bajos ingresos se quedan
cada vez más atrás en Colorado.
Actualmente un trabajador de jornada
completa y salario mínimo gana $17.000
cada año, menos de $300 cada semana
después de descontar los impuestos. El
salario mínimo no se ha mantenido con el
costo de vida, sobre todo el alojamiento.
La mayoría de los trabajadores en
Colorado que ganan menos de $12 por
hora son mujeres, 86 por ciento son
mayores de 20 años de edad, y muchos
mantienen a familias. No basta para vivir.
2. Cuando uno tiene más dinero en el
bolsillo, lo gasta en la comunidad.
18
Múltiples investigaciones muestran que
aumentar el salario mínimo gradualmente,
como lo hace esta propuesta, tiene poco o
ningún efecto sobre el empleo o los
precios, incluso en sectores más propensos
a contratar a trabajadores de salario
mínimo. Los trabajadores de ingresos
bajos y medios son más propensos a gastar
los aumentos de sueldo en la comunidad,
ayudando a las empresas locales de
Colorado y la economía.
Quienes se oponen dicen:
1. Las empresas pequeñas se afectarán más
por un aumento de 44 por ciento en el
salario mínimo, dejándoles sin remedio
sino despedir a trabajadores de ingresos
bajos o reducir sus horas, acortar las horas
de operación, aumentar los precios, o aún
cerrar las puertas. El salario mínimo en
Colorado ha subido 61 por ciento en los
diez años pasados y continuará a
aumentarse con la inflación cada año, pero
otro 44 por ciento es demasiado para las
empresas pequeñas y negocios familiares.
2. Resulta en trato desigual para las zonas
rurales de Colorado, donde el costo de vida
es más barato que el de las ciudades. Las
pequeñas empresas rurales simplemente no
tienen la capacidad para pagar tanto como
tiendas en las zonas urbanas del estado.
Esto perjuicia a las personas a quienes
debe ayudar. Un estudio económico
reciente encontró que un aumento del 44
por ciento en el salario mínimo de
Colorado podría eliminar 90.000 puestos
de trabajo y reducir los salarios por $3.9
mil millones por año para el año 2022.
19
ENMIENDA 71
Requisitos para iniciar enmiendas a la
constitución
Una enmienda a la sección 1 del artículo V que
enmienda y añade una subdivisión nueva para
hacerlo más difícil enmendar la constitución de
Colorado.
Elementos principales:
• Hace mas difícil enmendar la constitución
de Colorado por requerir que por lo menos
2 por ciento de los votantes de cada distrito
del senado estatal firmen la petición.
• Requiere que por lo menos 55 por ciento
de los votantes aprueban una enmienda
para que se añade a la constitución.
• Especifica que el requisito para un voto de
55 por ciento no aplica a una enmienda
constitucional iniciada que revocaría una
disposición actual de la constitución de
Colorado. El umbral para revocar una
disposición existente de la constitución
permanecería 50 por ciento.
Antecedentes:
El proceso de iniciativa para cambiar la
constitución de Colorado y los estatutos de
Colorado fue aprobado por el voto popular en
1910 y disponible para el uso de los votantes
en 1912. Desde aquel entonces, 70 iniciativas
se han adoptado por el público votante: 44 que
enmendaron la constitución y 26 que
cambiaron o añadieron a los estatutos. Por el
contrario, la constitución de los Estados
Unidos sólo se ha enmendado 27 veces.
Actualmente en Colorado el proceso de
iniciativa es lo mismo si resulta en una
20
enmienda a la constitución o un cambio a las
leyes estatales. Requiere el mismo número de
firmas y la misma aprobación por mayoría
simple de votos. Esta propuesta requeriría una
mayoría de 55 por ciento para aprobar nuevas
enmiendas constitucionales. Cualquiera
disposición actual de la constitución podría ser
revocado por un voto de 50 por ciento.
Quienes están a favor dicen:
1. Debería ser mas difícil enmendar la
constitución del estado que cambiar la ley
estatal. La constitución es un documento
fundamental cuyas enmiendas resultan casi
imposibles a revocar. Requerir 55 por
ciento de los votos para aprobar una nueva
enmienda garantiza amplio apoyo público
para una adición a la constitución que
probablemente será permanente.
2. La falta actual de un requisito geográfico
para las firmas en la petición permite a las
comunidades más pobladas dictar el
acceso a la balota de las enmiendas
constitucionales sin referencia al resto del
estado. Requerir firmas en cada distrito del
senado estatal hará oir la voz de todos los
ciudadanos del estado en determinar cuales
medidas aparezcan en la balota.
Quienes se oponen dicen:
1. Si se necesita una propuesta para corregir
una disposición constitucional existente,
resultará mas difícil debido a los nuevos
requisitos más estrictos para las firmas.
Crear dos umbrales para aprobar
enmiendas constitucionales, una mayoría
simple (50 por ciento) para revocar
disposiciones existentes, pero una
“supermayoría” (55 por ciento) para
21
aprobar una enmienda nueva, puede
confundir a los votantes y plantear
problemas legales que resultaran en litigio.
2. Requerir las firmas de 2 por ciento de los
votantes de cada distrito del senado estatal
resultará en un proceso mas caro y difícil
que podría desincentivar la participación
de los ciudadanos. Permitiría a un distrito
bloquear propuestas que se apoyan por
todos los otros distritos del estado.
ENMIENDA 72
Aumento en los impuestos sobre cigarrillos
Una enmienda iniciada a la sección 21 de la
constitución de Colorado para aumentar los
impuestos sobre cigarrillos y tabaco.
Elementos Principales:
• Aumenta el impuesto estatal sobre un
paquete de cigarrillos de $0.84 a $2.59.
• Aumenta el impuesto estatal sobre otros
productos de tabaco de 40 por ciento a 62
por ciento del precio de venta al público
fijo por el fabricante.
• Distribuye los ingresos nuevos para la
investigación médica, la prevención del
uso del tabaco, los médicos y clínicas en
áreas rurales y de bajos ingresos, servicios
para veteranos, y otros programas
relacionados con la salud.
• Exime a estos ingresos del límite
constitucional sobre ingresos.
Antecedentes:
Cada paquete de cigarrillos que se vende en
Colorado incluye $1.01 en impuestos federales
y $.84 en los estatales. El impuesto al consumo
22
de cigarrillos en Colorado es menor que los de
32 de los 50 estados. El máximo llega a $4.35
por paquete en New York. El mínimo de $.17
se encuentra en Missouri.
En el año 2015, $197.9 millones de impuestos
sobre cigarrillos y tabaco se cobraron en
Colorado. Esta propuesta aumentaría los
ingresos a $315 millones por año. El dinero
recaudado aumentaría los servicios de salud
para las personas afectadas por el consumo de
tabaco, la investigación médica, y programas
para dejar de fumar. Del impuesto estatal de
$.84 por paquete de cigarrillos, $.64 hay que
gastarse en los programas de salud
identificados en la constitución, así como
prevención de enfermedades y tratamiento.
Desde el año 1973, ningún gobierno local ha
recogido impuestos sobre cigarrillos, pero sí
sobre otros productos de tabaco. Estos
productos, tales como cigarros, tabaco de pipa,
y tabaco de mascar, se gravan al 40 por ciento
del precio de venta al público fijo por el
fabricante. La mitad de esta cantidad se gasta
en los mismos programas de salud que el
impuesto sobre cigarrillos, mientras que la otra
mitad se gasta en otros programas
gubernamentales. No hay un impuesto sobre
cigarrillos electrónicos.
Quienes están a favor dicen:
1. Fumar es la primera causa de muerte
evitable en Colorado, matando a más de
5000 residentes de Colorado y añadiendo
$1.9 mil millones al costo de servicios de
salud cada año. Se ha reducido el fumar,
pero todavía hay más de 650.000 adultos y
casi 24.000 estudiantes de secundaria que
23
fuman. El impuesto actual de $.84 es más
bajo que en la mayoría de estados y en la
economía de hoy, no tiene un impacto
significativo en reducir el fumar. Casi
todos los estados en el país han aumentado
los impuestos sobre cigarrillos, resultando
en bajar el número de fumadores,
especialmente entre los jóvenes, y en
aumentar los fondos para importantes
programas de salud.
2. El propuesto aumento de $1.75 por
paquete evitará que más de 34.000 jóvenes
comiencen a fumar, salvarles la vida a
20.000 personas, y prevenir más de $1.4
mil millones en costos del cuidado de la
salud en el futuro. Es el método más eficaz
de luchar contra este problema mortal y
evitar la adicción de más jóvenes.
Quienes se oponen dicen:
1. Esta propuesta va a elevar el impuesto de
Colorado muy por encima de la media
nacional, y los impuestos nuevos no son
necesarios. Además, sin aprobar una
enmienda nueva, este impuesto no puede
cambiarse si la necesidad supera a los
ingresos. Si el consumo disminuya, los
ingresos lo harán también, y los gastos de
los programas estatales pueden no estar
preparados para esta disminución. Es un
impuesto regresivo porque la cantidad fija
del impuesto sobre un paquete de
cigarrillos representa una proporción
mayor de los ingresos de los fumadores de
bajos ingresos que de los ricos, y porque
los individuos de bajos ingresos son más
propensos a fumar.
2. Impuestos sobre consumo tan elevados
pueden estimular el contrabando desde los
24
estados vecinos con impuestos más bajos,
lo cual puede fomentar la corrupción de
los funcionarios públicos y la violencia
contra las personas, la propiedad y la
policía, así como aumentar las necesidades
de los cuerpos de seguridad.
INICIATIVAS ESTATUTORIAS
PROPUESTA 106
Ayuda médica para morir
Una propuesta iniciada añadiendo una nueva
sección del artículo 48 al título 25 de los
Estatutos Revisados de Colorado que permite a
un adulto residente en Colorado solicitar y
recibir de un médico un medicamento recetado
para ayuda para morir para la
autoadministración.
Elementos Principales:
• Permite a un residente de Colorado, de 18
años de edad y mentalmente competente,
que se le diagnostica una enfermedad
terminal y tiene un pronóstico de seis
meses o menos de vida, pedir del médico
primario un medicamento para ayuda para
morir para la autoadministración.
• Establece que el individuo debe solicitar el
medicamento dos veces verbalmente y una
vez por escrito ante dos testigos que
puedan testificar que la solicitud es
voluntaria y que el individuo es
mentalmente competente.
• Requiere al médico primario, después de
establecer que el paciente es mentalmente
competente y la solicitud es voluntaria,
remitir al paciente a un médico consultor.
25
•
•
•
•
•
Requiere que el médico consultor confirma
el diagnóstico y pronóstico y confirma la
competencia mental y que la solicitud es
voluntaria.
Determina que el paciente debe darse
cuenta de los tratamientos alternativos y
los riesgos del medicamento para ayuda
para morir.
Remite a los pacientes que sufren de un
trastorno mental a un profesional de salud
mental competente para terapia.
Establece penas criminales por causar la
muerte de un individuo mediante
falsificación, la coerción, influencia
excesiva, o destruir or ocultar una
cancelación de una solicitud por un
medicamento para ayuda para morir.
Establece que cuando una muerte se ha
producido por la autoadministración de un
medicamento para ayuda para morir, el
médico que firma el certificado de
defunción debe indicar la enfermedad
terminal subyacente como la causa de la
muerte.
Antecedentes:
Antes de la Segunda Guerra Mundial, a pesar
de que la eutanasia había sido ampliamente
discutido, ningún estado permitió a un médico
ayudar a una persona a poner fin a su vida. Sin
embargo, como la mejora de la atención
médica permitió la extensión de la vida a
pacientes inconscientes, y como la ansiedad
por prolongación de la vida a través de medios
técnicos se aumentó, la preocupación por los
derechos de los pacientes a controlar su propio
tratamiento, y su derecho a rechazar el
tratamiento y morir, también se aumentó. La
discusión llegó a incluir el concepto de
26
permitir a un enfermo terminal administrar un
medicamento para ayuda para morir, con
algunas restricciones.
En el año 1994 Oregón aprobó una ley de
Muerte con Dignidad. En Colorado, legislación
semejante fue introducido en la legislatura en
1995 1996, 2015 y 2016, pero no fue
aprobado. Iniciativas y legislación que
permiten a los médicos recetar medicamentos
para ayuda para morir para la
autodaministración se han aprobado en
Washington, Montana, Vermont y California,
y se han considerado en varios otros estados.
Quienes están a favor dicen:
1. La ley de opciones para el final de la vida
en Colorado permitiría a adultos residentes
en Colorado, quienes tienen una
enfermedad terminal y son mentalmente
competentes, acceso a un medicamento
que les permitiría acortar el proceso de
morir si el sufrimiento se vuelve
insoportable. Para la mayoría de las
personas con una enfermedad terminal,
cuidados paliativos son el sistema más
adecuado. Sin embargo, a veces el cuidado
mejor no puede aliviar el dolor y el
sufrimiento, y la gente en esa situación
debe tener una variedad de opciones.
2. La medida extraería al gobierno de las
decisiones personales al final de la vida y
dejarles a los pacientes hacer sus propias
decisiones sobre su atención médica con el
aporte de sus familias, médicos, y fé. La
ayuda médica para morir ya se autoriza en
cinco estados y la propuesta de Colorado
sigue el modelo exitoso de la ley de
27
Oregón que ha estado en vigor durante casi
dos décadas.
Quienes se oponen dicen:
1. Aprobar esta propuesta podría conducir a
profesionales de salud, miembros de
familia u otros aconsejar, estimular o
ejercer una presión sutil sobre las personas
vulnerables a solicitar el suicidio por
receta de un médico. Las empresas de
seguros también podrían utilizarlo para
reducir los costos por negar el pago de los
tratamientos más caros, mientras pagan los
costos de recetas letales más baratos. Es
posible que los hospitales que no permiten
las opciones del final de la vida no podrían
evitar que los suicidios por receta de un
medico sucedieran en sus instalaciones.
2. Un miembro de la familia podría buscar
hasta encontrar médicos manejables. Un
médico consultor podría ser colega o
amigo del médico primario. Una vez que
se presenta una receta, no hay garantías
para asegurar que el medicamento se ha
tomado voluntariamente. Además, la causa
de la muerte no se reflejaría con precisión
en el certificado de defunción.
PROPUESTA 107
Elecciones primarias presidenciales
Una enmienda a los Estatutos Revisados de
Colorado para establecer una elección primaria
presidencial en el marzo de cada año en lo cual
hay una elección presidencial.
Elementos principales:
• Establece una elección primaria
presidencial en Colorado.
28
•
Permite que los votantes no afiliados
participen en la primaria presidencial sin
afiliarse a un partido político.
Antecedentes:
Los candidatos presidenciales de los
principales partidos políticos son elegidos por
los delegados estatales en la convención
nacional de cada partido. A lo largo de los
años, los delegados estatales de Colorado han
sido seleccionados de diferentes maneras. En
1992, 1996 y 2000 delegados fueron
seleccionados por una elección primaria
presidencial. Desde el año 2004, los partidos
políticos en Colorado han elegido delegados
por medio de un sistema de caucus y
convención. Solo los miembros del partido
pueden participar en el caucus o convención y
los partidos políticos pagan los costos.
Según esta propuesta una elección primaria
presidencial se llevará a cabo a más tardar el
tercer martes de marzo. La elección primaria
presidencial será el único asunto en la balota.
Esta elección será financiado por los
contribuyentes estatales y locales. El ganador
de la primaria presidencial de un partido
recibirá todos los delegados a la convención
nacional. Los delegados estarán obligados a
votar por ese candidato en la convención
nacional del partido.
Esta propuesta no modifica la elección
primaria ya celebrada en Colorado en junio
para otras oficinas estatales, federales y
locales. Tampoco impide que los partidos
políticos programen asambleas. Sin embargo,
los partidos no podrán utilizar un caucus para
determinar el candidato presidencial.
29
Los votantes que desean ser independientes de
los partidos políticos no estarán obligados a
afiliarse a un partido político para votar en la
elección primaria presidencial.
Quienes están a favor dicen:
1. Este año solo 13 por ciento de los
demócratas y 6 por ciento de los
republicanos asistieron a un caucus en
Colorado. Los votantes no afiliados no
tenían voz en la nominación de los
candidatos presidenciales. Una elección
primaria presidencial abierta a todos los
votantes aumentará la participación
pública en el proceso de selección.
2. El sistema de caucus en Colorado ha
resultado en la selección de candidatos
extremos de cada partido. Si todos los
votantes participan en el proceso, se
seleccionarán candidatos más centristas y
pragmáticos. Sin primaria presidencial, los
candidatos de los partidos principales no
prestan much atención a Colorado.
Quienes se oponen dicen:
1. Los partidos políticos financian a los
caucuses, que son reuniones íntimas que
fomenten las relaciones entre las personas
e inspiran el activismo. La elección
primaria presidencial va a costarles a los
contribuyentes del estado unos $5.4
millones en 2019-20.
2. Dado que el propósito de la elección
primaria es seleccionar candidatos de los
partidos políticos, sólo los miembros de
los partidos deben votar en estas
elecciones.
30
PROPUESTA 108
Elecciones primarias
Enmienda a los Estatutos Revisados de
Colorado para permitir a un votante no afiliado
votar en una elección primaria.
Elementos principales:
• Permite a los votantes que no estén
afiliados a un partido político votar en una
elección primaria no presidencial.
• Requiere que los votantes no afiliados
voten en la primaria de un solo partido
político.
• Permite a los partidos políticos optar por
no programar una elección primaria abierta
y, en cambio, nominar candidatos por
asamblea o convención.
Antecedentes:
El último martes de junio de los años pares,
Colorado realiza elecciones primarias que
seleccionan candidatos partidarios para puestos
estatales, del condado, y nacionales, menos
presidente. Los secretarios de condado
ejecutan estas elecciones primarias. Los
contribuyentes del estado pagan los costos.
Actualmente las primarias en Colorado están
cerradas, lo cual significa que un votante tiene
que estar afiliado a un partido político antes de
votar en una elección primaria. Si un votante
no afiliado quiere votar en una primaria, puede
afiliarse a un partido en cualquier momento,
incluso el día de la elección.
Con esta propuesta, los votantes que desean ser
independientes de los partidos políticos ya no
tendrán que afiliarse a un partido antes de
votar en una elección primaria no presidencial.
31
Permitiría a los votantes no afiliados votar en
la elección primaria de un solo partido político.
La propuesta también permite a los partidos
políticos decidir no realizar una elección
primaria abierta. En lugar de ello, los partidos
pueden seleccionar a los candidatos en una
asamblea or convención. Los votantes no
afiliados no participarían. Los partidos
políticos pagarían los costos.
Quienes están a favor dicen:
1. La participación en las primarias en
Colorado es baja. Solamente 1 de cada 5
votantes de Colorado seleccionaron a los
candidatos para noviembre 2016. Los que
ganan las primarias cerradas tienden a
atraer a los extremos de cada partido.
Necesitamos que más personas participen
si queremos los candidatos mejores.
2. Más de un tercio (37 por ciento) de los
votantes de Colorado no están afiliados y
casi 50 por ciento de los votantes del edad
de 40 años y menores no están afiliados.
No es justo excluir a mas de 1,3 millones
de los residentes de Colorado de las
elecciones primarias.
3. Se trata de la justicia. Dado que todos los
contribuyentes pagan los costos de las
elecciones, nadie debe ser excluido de la
elección primaria. Todos, incluso los
votantes no afiliados, tienen el derecho a
hacerse oir.
Quienes se oponen dicen:
1. Puesto que el propósito de la elección
primaria es seleccionar candidatos de los
partidos políticos, sólo los miembros de
los partidos deben votar en estas
32
elecciones. Los votantes de Colorado ya
tienen la opción de declarar una afiliación
para que puedan votar en una elección
primaria. Pueden volver a estar no afiliado
después de la elección.
2. Abrir las primarias a los votantes no
afiliados aumentará los costos para los
contribuyentes locales y estatales. El
estado tendrá que producir e imprimir
diferentes balotas para los votantes no
afiliados. Puede ser una carga financiera
para los condados rurales y pequenos.
ASUNTO DE LA BALOTA 4B
Distrito de Instalaciones Científicas y
Culturales del área metropolitana de
Denver
Esta propuesta aparecerá en las balotas en
estos condados: Adams, Arapahoe, Boulder,
Broomfield, Denver, Douglas (excepto las
ciudades de Castle Rock y Larkspur), y
Jefferson.
Una enmienda a los Estatutos Revisados de
Colorado para reautorizar la recaudación del
impuesto sobre ventas y uso de 0,1 por ciento
y modificar las disposiciones para el Distrito
de Instalaciones Científicas y Culturales
(SCFD).
Elementos principales:
• Extiende el actual impuesto sobre ventas y
uso de 0,1 por ciento durante 12 años hasta
30 junio 2030.
• Esboza los procedimientos administrativos
para el distrito SCFD.
33
•
Ajusta la fórmula para distribuir los fondos
a las organizaciones participantes: Nivel I
recibe 0,064 por ciento, Nivel II 0,022 por
ciento y Nivel III 0,014 por ciento.
Antecedentes:
En el año 1988 los votantes en el área
metropolitana de Denver crearon el Distrito de
Instalaciones Científicas y Culturales (SCFD)
como una fuente constante de fondos para las
organizaciones científicas, culturales y
artísticas. Los votantes aprobaron un impuesto
de un centavo sobre cada $10 que se gastan en
el distrito. Fue renovado en 1994 y 2004.
Las organizaciones que reciben los fondos se
dividen en tres grupos o niveles. Nivel I
consiste en el Museo de Arte de Denver, el
Jardín Botánico de Denver, el Museo de
Naturaleza y Ciencia de Denver, el Zoológico
de Denver y el Centro de Denver para las Artes
Interpretativas. Su porción de los fondos se
determina por estatuto. Nivel II incluye otras
instituciones locales y regionales
significativas. Nivel III incluye las
organizaciones locales mas pequeñas con
misiones culturales y científicas. Cada
condado recibe fondos en proporción al
impuesto recaudado allí y el consejo cultural
del condado recomienda cuales organizaciones
recibirán los fondos.
El distrito está compuesto de siete condados:
Adams, Arapahoe, Boulder, Broomfield,
Denver, Douglas y Jefferson.
Quienes están a favor dicen:
1. Durante los últimos 28 años, el Distrito de
Instalaciones Científicas y Culturales ha
34
sido un elemento esencial en hacer cada
vez mas vibrante la escena científica y
artística en el área metropolitana. Hoy en
día, un promedio de 15 millones de
visitantes por año se disfrutan de una
amplia variedad de experiencias,
haciéndolo un modelo nacional de
financiación pública para los artes.
2. Los $54 millones generados por un
modesto impuesto sobre las ventas de un
centavo por cada compra de diez dólares
proporciona a más de 4 millones de
estudiantes la oportunidad de participar en
programación educativa y cultural ofrecida
por más de 300 organizaciones diversas
financiadas por SCFD. Debido a SCFD,
hay más de 100 días gratis en nuestras
instituciones regionales cada año.
3. SCFD estimula la economía de la región y
ofrece un gran retabilidad de inversión
dentro de los siete condados que apoyan el
distrito. Instalaciones financiadas por
SCFD traen $1.85 mil millones a la
economía de la region metropolitana por
generar empleo, turismo y gastos por las
audiencias.
Quienes se oponen dicen:
1. El gobierno grava a todos para apoyar a
SCFD, sin considerar si los individuos
apoyan el distrito o pueden pagar los
impuestos. Muchos de los contribuyentes
no utilizan las instalaciones apoyadas por
el distrito. Los que frecuentan las
instalaciones culturales son, en general, en
condiciones de pagar por ellos sin
necesidad de subsidios de los
contribuyentes.
35
2. La fórmula de distribución de SCFD
favorece las cinco organizaciones más
grandes (Nivel I: Zoológico, DCPA, Jardín
Botánico, Museos de Arte y Naturaleza y
Ciencia) y pagos automáticos a estas
organizaciones aumentarán
exponencialmente. Mientras tanto, las
organizaciones de Nivel II dividirán su
cuota del dinero con un número cresciente
de organizaciones de tamaño medio. Del
mismo modo, las organizaciones más
pequeñas en Nivel III serán penalizadas
porque el número cada vez mayor de tales
organizaciones divida aún mas los fondos
y provee subvenciones mas pequeñas a
cada organización.
REGISTRO DE VOTANTES
REQUISITOS PARA REGISTRARSE:
• Ciudadano de los Estados Unidos
• Residente del estado de Colorado por un
mínimo de 22 días
• 16 años de edad, con tal que reconoce que
hay que tener 18 años de edad para votar
• Mostrar licencia de conducir o tarjeta de
identificación de Colorado válida u otra
forma de identificación aceptable para
votar
CÓMO REGISTRARSE
Registrarse por primera vez en Colorado
Hasta 22 días antes de la elección se puede
• Registrarse por correo
• Registrarse en una oficina de licencia de
conducir u otra agencia estatal
• Registrarse mediante una campaña de
registro para votar
36
Hasta 8 días antes de la elección se puede
• Registrarse en línea en
vayavotarcolorado.com
En persona en cualquier momento, incluso
en el día de la elección,
• En la oficina de registro de votantes de su
condado, o
• En un Centro de Votación en su condado
Actualizar la dirección de votantes
registrados en el estado de Colorado
• Por correo con una carta o un formulario
provisto por el Secretario del Condado,
recibido por lo menos 8 días antes de la
elección
• En línea en vayavotarcolorado.com por lo
menos 8 días antes de la elección
• En persona en cualquier momento en lo
cual se permite la registración, incluso en
el día de la elección
• En persona en cualquier hora que sea
abierta, incluso en el día de la elección,
o En la oficina del Secretario de su
condado, o
o En un Centro de Votación en su condado
Votantes pueden averiguar su registración en
línea en vayavotarcolorado.com.
O puede enviar un mensaje de texto a: 2-vote
Escriba: Colorado
Formularios se pueden descargar en los sitios
web del Secretario de Estado y los Secretarios
de Condado.
37
CADA VOTANTE REGISTRADO
RECIBIRÁ UNA BALOTA POR CORREO
• Votantes pueden llenar la balota y
devolverla por correo o llevarla a un lugar
de entrega
• El secretario del condado tiene que recibir
la balota por correo antes de las 7:00 pm
en el día de la elección
Centros de votación se colocarán en cada
condado para proveer servicios de elecciones.
Los centros serán abiertos por lo menos 15
días antes de la eleccion general. Los servicios
incluyen:
• Registrar votantes en cualquier momento,
incluso en el día de la elección
• Votantes pueden actualizar la dirección si
se han registrados en otro condado de
Colorado
• Votantes pueden entregar su balota después
de llenarla
• Votantes pueden votar en persona en
cualquier hora que sea abierto, en vez de
votar por correo.
FORMAS DE IDENTIFICACIÓN
ACEPTABLES PARA VOTAR
Para votar en un centro de votación, o
votar por primera vez por correo, se
necesita una de estas formas de
identificación:
• Licencia de conducir de Colorado válida
• Tarjeta de identificación de Colorado
válida
• Pasaporte válido de EE.UU.
• Tarjeta válida de identificación de
empleado emitida por agencia del gobierno
con foto
• Identificación militar válida de EE.UU.
38
•
•
•
•
•
•
•
•
Una factura corriente de servicios
públicos, cheque de pago o cheque del
gobierno que muestra su nombre y
domicilio
Licencia de piloto de FAA con foto
Documentación
certificada
de
naturalización
Tarjeta válida de Medicare o Medicaid
Copia certificada de acta de nacimiento
Tarjeta de estudiante de Colorado válida
con foto
Identificación válida de veterano
Identificación válida emitida por gobierno
tribal reconocido
CALENDARIO DE ELECCIONES 2016
17 octubre – Secretarios de Condado
comienzan a enviar las balotas a los votantes.
24 octubre – 8 noviembre —Votación
temprana en los Centros de Votación excepto
en domingo.
31 octubre—Último día para pedir que se le
envíe una balota a casa.
8 noviembre – Elección General
EL SECRETARIO DEL CONDADO
TIENE QUE RECIBIR LA BALOTA
ANTES DE LAS 7:00 PM,
8 NOVIEMBRE 2016.
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40
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