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INDICE Pág. INFORME DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA SOBRE LOS CINCO EJES TEMATICOS SOCIOLABORALES DE LA COMUNIDAD ANDINA 1 INFORME DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA SOBRE LOS CINCO EJES TEMATICOS SOCIOLABORALES DE LA COMUNIDAD ANDINA 13 INFORME DE LA REPUBLICA DE ECUADOR SOBRE LOS CINCO EJES TEMATICOS SOCIOLABORALES DE LA COMUNIDAD ANDINA 51 INFORME DE LA REPUBLICA DE PERU SOBRE LOS CINCO EJES TEMATICOS SOCIOLABORALES DE LA COMUNIDAD ANDINA 57 INFORME DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA SOBRE LOS CINCO EJES TEMATICOS SOCIOLABORALES DE LA COMUNIDAD ANDINA 93 INFORME NACIONAL DE BOLIVIA SOBRE LOS CINCO EJES TEMATICOS SOCIOLABORALES DE LA COMUNIDAD ANDINA -3- REPÚBLICA DE BOLIVIA MINISTERIO DE TRABAJO Y MICROEMPRESA La Paz, 23 de marzo del 2000 VM.RL. 044/00 Señor Lic. José Vega Castro Director General de la Comunidad Andina Lima – Perú Presente.- Estimado Señor Director: Con las disculpas por el retraso en el envío de nuestros informes con relación a los ejes temáticos adjunto a la presente remito a usted dichos informes para su inclusión en la publicación proyectada. Sin otro particular me despido con las consideraciones más distinguidas. Atentamente, (Fdo.) Dr. Jaime Alvarez Fortion Viceministro de Relaciones Laborales Ministerio de Trabajo y Microempresa -4- INFORMES REFERENTES A LOS EJES TEMATICOS ESTABLECIDOS PARA EL ANALISIS EN LA COMUNIDAD ANDINA CONTENIDO 1. Formación y Capacitación Profesional y Laboral. 2. La Situación Migratoria de los Trabajadores. 3. Programas para la Libertad Sindical, Asociación y Libertad de Negociación Colectiva en el Contexto de la Globalización de la Economía. 4. Propuesta de Estrategias a nivel subregional sobre el desempleo, empleo Precario e Incremento de la Productividad Laboral. 5. Salud y Seguridad en el Trabajo. -5- FORMACION Y CAPACITACION PROFESIONAL Y LABORAL En Bolivia la formación profesional está muy poco orientada al mercado, existen carreras y oficios saturadas de estudiantes y otras con muy poca afluencia. Es tan limitado el ámbito de formación profesional que en su mayoría la profesionalización culmina en que el profesional sea un empleado más y no incursione en el campo de la iniciativa privada. La mayoría de los servicios del País están en manos de gente no profesional, ni siquiera formada para la presentación de estos servicios, es gente que ha apostado a determinada empresa, aunque son actitudes plausibles por lo emprendedoras, los servicios no siempre llegan a alcanzar los niveles de eficiencia deseados. Los gobiernos deben plantearse la tarea de orientar a la población estudiantil acerca de las demandas del mercado laboral, que no solamente existen las profesiones tradicionales de abogado, economista, médico o ingeniero, sino también oficios de amplia demanda y tan dignos como cualquier profesión. Los Estados deben dejar de producir profesionales desocupados, y atender la demanda del mercado para emprender planes de capacitación. Respecto de los oficios, la formación debe ampliarse a conocimientos más generales vinculados a éstos, los trabajadores no deben conocer solamente su oficio sino el funcionamiento del sistema al que su oficio está integrado, así podrá adaptarse con mayor facilidad a incorporaciones tecnológicas, cambios de estrategias, reformas administrativas, etc. Los Estados miembros deben conectar cinco aspectos fundamentales en la capacitación de sus recursos humanos: 1. Compatibilidad en los niveles de instrucción de las personas capacitadas. Para optar a un plan de capacitación todos cumplirán requisitos de formación similares. 2. Similitud de metodología, contenido e intensidad de los planes. 3. Similitud en las formas de evaluación y certificación. 4. Concentración en las certificaciones que serán reconocidas por los otros países. 5. Reconocimientos por los países miembros de las certificaciones oficiales de la capacidad de sus recursos humanos. La formación no debe estar solamente orientada al fortalecimiento de las empresas, sino también a la formación de pequeñas y microempresas productivas. -6- LA SITUACION MIGRATORIA DE LOS TRABAJADORES Y SU DERECHO A LA PROTECCION SOCIAL La globalización de la economía ha producido un gran incremento de la migración laboral, la búsqueda de nuevas oportunidades de trabajo no solo en países limítrofes sino también más alejados ha incrementado la salida de personas de sus países dejando en ellos sus derechos, y en algunos casos sus adaptaciones y servicios sociales. Aún los trabajadores extranjeros que han cumplido con todos lo requisitos de Ley se encuentran en inferioridad respecto de los nacionales, el problema alcanza gran magnitud cuando se trata de migrantes ilegales que trabajan y viven en la marginalidad, es decir, al margen de la Ley y al margen de las protecciones social, desprovistos de garantias de ciudadano, sin accesos a los servicios sociales y con trabajo precario, muy alejado de sus expectativas cuando dejaba su país de origen. La primera condición para solucionar el problema es volitiva, esto es, que los países miembros manifiesten su voluntad de hacerlo. Cumplida esta condición es posible arribar al siguiente consenso entre los países miembros: Acepta la igualdad laboral de nacionales y extranjeros, acepta las certificaciones de calificaciones de años de servicio, experiencia laboral, y otras calificaciones obtenidas en cualquiera de los otros países miembros, para ello debe coordinarse el establecimiento de un tipo de certificación o una certificación única en un país y reconocida por los otros países. Coordinación en la legislación relativa a la seguridad social, (dependiendo del país, a través de la elaboración de leyes nuevas modernas o enmiendas en el caso de los países que ya habrían ingresado a la reforma de su seguridad social). Permitiendo la continuidad de la protección de la seguridad social para trabajadores migrantes. Al efecto es imperioso determinar la forma de garantizar esta continuidad, una posibilidad es a través de transferencias de las aportaciones de un país a otro, otra es a través de convenios entre los fondos de pensiones. El presupuesto de estos convenios es que todas las naciones coordinen y adopten sistemas afines de seguridad social, la tendencia actual es la de los fondos de pensiones con cuentas individuales de aportaciones. La afinidad en la seguridad social además de permitir transferencias o convenios entre los fondos de pensiones, admito la posibilidad de que los trabajadores puedan realizar sus aportaciones en uno de los países del convenio. Garantizar la conservación de derechos adquiridos, a través de la armonización Legislativa en que los trabajadores de la Región Andina contraigan los mismos derechos y adquieran las mismas obligaciones. -7- PROGRAMAS PARA LA LIBERTAD SINDICAL, DE ASOCIACION Y LIBERTAD DE NEGOCIACION COLECTIVA EN EL CONTEXTO DE LA GLOBALIZACION DE LA ECONOMIA LIBERTAD SINDICAL. La libertad Sindical en muchos aspectos no ha sido respetada, aun por los países que han suscrito y refrendado el convenio 87 con la OIT. Muchos gobiernos han emitido disposiciones regales contradictorias con el acuerdo. Las arraigadas costumbres tanto de gobernantes como de los trabajadores, pese a la ya larga vigencia del convenio, no permiten a las organizaciones deshacerse del paternalismo estatal, y el Estado no puede desprenderse de su papel intervencionista. Es necesario tomar conciencia de que Libertad Sindical implica también independencia sindical, no puede existir libertad sin independencia. Sin embargo, el libre albedrío sindical parece hacer sentir culpables a las autoridades estatales competentes por haber dejado desprotegidos a las bases que muchas veces han resultado víctimas de sus propios dirigentes, este sentimiento de culpa se agrava por la sensación de no estar cumpliendo con una responsabilidad del Estado. Los trabajadores de base acuden a los Ministerios de Trabajo impetrando justicia, cual se tratase de un órgano jurisdiccional, las declinatorias de jurisdicción genera también sentimientos de culpa, algo así como lavarse las manos ante la injusticia y el abuso sindical. Una parte de los trabajadores está “consciente” de su independencia, sobre todo cuando se trata de su autónoma administración y control de sus recursos. Otra parte de ellos está segura de la obligación del Estado de intervenir en sus asuntos. La Libertad Sindical, en consecuencia es un gran desafío que debe lograrse mediante dos propuestas: 1. Programas de Capacitación que generen capacidad en las organizaciones sindicales de auto gestión y auto control. 2. La transformación legislativa, asignando al Estado un papel normativo y regulador, abrogando y derogando toda norma que le asigne un papel intervencionista. Los programas de capacitación deben estar dirigidos fundamentalmente a los siguientes aspectos: 1. Procedimientos para su organización, elaboración de estatutos, registro de afiliados y constitución legal. 2. Procedimientos de administración de sus recursos. 3. Procedimientos de control de la ejecución de sus presupuestos. 4. Planteamiento de objetivos y programación de sus actividades. 5. Orientación sobre los desafíos de la globalización. -8- NEGOCIACIÓN COLECTIVA. Para toda forma de negociación, coordinada entre los países es necesario, en principio, armonizar las legislaciones laborales, que todas se sustenten en los mismos principios, garantías, y protegen los mismos derechos, tanto laborales como de la propiedad privada y otros. La armonía legislativa permitirá la elaboración de MARCOS DE CONCERTACIÓN O DE NEGOCIACIÓN, documentos que contengan inmersos los principios, garantías y legislación pertinente y limiten dentro del marco legal dos acuerdos a los que se pueda arribar. El MARCO DE NEGOCIACIÓN debe enfatizar que son nulos loa acuerdos establecidos en contra de las disposiciones legales. EL MARCO DE NEGOCIACION debe ser ampliamente difundido por las empresas y organizaciones sindicales, su propósito será evitar que los conflictos deriven en costosos y perjudiciales procesos judiciales iniciados muchas veces por desconocimiento de la normatividad. La amplia difusión de derechos y obligaciones y su pleno conocimiento, otorga mayor autonomía a los actores sociales y seguridad de sus facultades de negociación. EL MARCO DE NEGOCIACIÓN debe además incorporar procedimiento de negociación claros y simples que encaminen a la celebración de acuerdos beneficiosos. PROPUESTA DE ESTRATEGIAS A NIVEL SUBREGIONAL SOBRE EL DESEMPLEO, EMPLEO PRECARIO E INCREMENTO DE LA PRODUCTIVIDAD LABORAL. Las últimas experiencias de los programas de Desarrollo Económico y Social de los gobiernos bolivianos, en su ejecución han tropezado con dificultades debido a que trataban de encarar los problemas de desempleo y pobreza, de manera autónoma, por esto el actual plan de desarrollo económico y social de Bolivia PGDES busca adecuarse a la integración de la economía mundial, aunque todavía con muchas limitaciones. Un avance hacia la integración es que paulatinamente se está abandonando el concepto KEYNESIANO de las políticas fiscales y monetarias, sin embargo, las variaciones en el comportamiento del mercado afectan la competitividad de las empresas por falta de conciencia plena de sus influencias. En consecuencia, al planificar la estrategia de interrelacionar las economías de los países, debe ponerse énfasis en la capacitación para el desarrollo de los recursos humanos. Es importante llegar a las organizaciones sindicales con el mensaje de que la globalización de la economía es una tendencia mundial provechosa cuando se está preparado para su llegada y que deben transitar de un esquema de enfrentamiento a un esquema de cooperación enrolándose a los programas de capacitación que logren competitividad de las empresa, esto no significa dejar de lado su capacidad de -9- negociación colectiva que debe más bien ser fortalecida con el acceso a la información financiera de las empresas. Como estrategia prioritaria generadora de empleo, el Gobierno Boliviano propone la promoción de la microempresa. Esta labor requiere de coordinación legislativa para generar leyes de micro y pequeñas empresas afines, que promuevan el empleo e incentiven la producción y brinden un marco normativo común de protección a los sujetos activos de las pequeñas y micro empresas. La situación en la mayoría de los países es parecida, todos o la mayoría, han tenido ajustes estructurales similares y es similar también su consecuencia. El sector Informal Microempresarial se ha convertido en una de las mejores opciones de generación de puestos de trabajo. Las reformas estructurales han reducido a su mínima expresión la capacidad empleadora del estado, la empresa privada, a quien se ha transferido la responsabilidad generadora de empleo se encuentra aun anquilosada, en consecuencia, la generación de empleo decente y continuo se manifiesta en forma discreta e insuficiente. Tres factores han agudizado la situación languideciente del mercado de trabajo. El cambio demográfico, la migración continua y la incorporación femenina. El desempleo y la informalidad han aumentado, empero el Sector Informal Microempresarial se ha convertido en una alternativa de lucha contra la pobreza generando empleo e ingresos a costo reducido sin una intervención directa de las políticas de los Estados, por ello su formalización, normativa, reglamentaria y fomento originaría excelentes resultados. Incorporar aquellas actividades económicas al sector formal requiere estrategias tales como los incentivos tributarios (exención o disminución de impuestos) y rapidez, gratuidad o poca onerosidad en los trámites administrativos. Formar conciencia en el sector informal sobre la conveniencia de la legalidad para su fortalecimiento, defensa de sus derechos y acceso al crédito y otras oportunidades de promoción. Una estrategia que hará sostenible esta iniciativa es desarrollar el catastro de la pobreza, que significa volver en una base de datos mapas de los países señalando su demografía, sus índices de pobreza y resultados de estudios de suelo, hidrográficos, agrónomo, etc., denotando su potencial productivo. De esta manera hallar posibilidades de ampliar de diversificar las actividades de las actividades de las microempresas hasta ahora dedicadas en un 90% al sector de los servicios. Los productos y servicios de las microempresas hasta ahora están dirigidas a los mercados internos sobresaturando la oferta y estancándose en su crecimiento, no pueden desarrollarse a mayor ritmo que el crecimiento de la economía de los países. La coordinación entre los países debe, sobre todo enfocar el problema del mercado, brindando tratos preferenciales a los productos de los países miembros. - 10 - La productividad en los sectores organizados (formales) puede ser mejorada mediante incentivos a los trabajadores vinculando las remuneraciones a los resultados de producción y comercialización, es decir, mediante la participación en las beneficios logrados. A mayor producción mejor remuneración. En la actualidad se logra mayor productividad a costa de la precarización del empleo, reduciendo los costos laborales rebajando los costos de contratación, flexibilizando las modalidades de contratación y las causales de despido. Dicha flexibilidad se manifiesta principalmente en la formación de contratos temporales y ocasionales provocando no solamente contrataciones ilegales sino también no registradas, sin embargo, la baja productividad no necesariamente está vinculada a los elevados costos de producción. La flexibilización también se manifiesta en la reducción de cargas laborales no salariales. Más efectiva que la flexibilización es la corrección de ajustes macroecónomicas para lograr aumentos de productividad y empleo. La modernización tecnológica y la mejora de las relaciones laborales contribuirá notablemente a la productividad. La capacitación del personal para los puestos de trabajo y actualización para el manejo de tecnologías introducidas es también sobremanera importante. La capacitación debe generar la capacidad necesaria para que los trabajadores puedan responder a las nuevas demandas laborales. El papel de los países miembros es el de conectar políticas laborales. Los sindicatos juegan un rol importante en la forma de conciencia de sus afiliados para enfrentar los desafíos de la modernización conjuntamente los empleadores. SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO 5.1.* Iniciativas para el diseño de programas subregionales para la prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. * Implementar un sistema de Registro de Empresas sectorializado. * Realización de informes estadísticos de accidentes de trabajo, sectorializados, que nos permitan identificar las áreas más vulnerables, los de mayor problema, así como los sectores que por su elevado índice de accidentes o enfermedades, necesitan mayor atención. * Establecer programas de capacitación dirigidos fundamentalmente a los sectores de mayor riesgo hasta llegar a todos (acción preventiva, protectiva). * Las inversiones en salud y seguridad deben ser entendidas como una inversión positiva que en el tiempo constituirán en un ahorro o en menor gasto. - 11 - * Crear un Banco Informativo en salud ocupacional. Por lo que al nivel de la Comunidad Andina deberíamos buscar uniformidad: * * * Trabajo coordinado en los sistemas de registro. En la implementación de estadísticas con referencia a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En los programas de capacitación. 5.2.* Iniciativas para el diseño de programas que refuercen las actuaciones en materia de vigilancia y control de salud ocupacional y los riesgos profesionales. * Implementar programas de capacitación y asesoramiento a empleadores y trabajadores. * Realizar programas de capacitación interna del personal. * Establecer visitas o inspecciones programadas, con espíritu de asesoramiento y prevención y no sancionador. * Implementación de informes tipo para esto a nivel de la comunidad. * Realizar programas de capitación conjuntas de los responsables o supervisores y/o inspectores. * Elaborar programas de tipo capacitación por sector. * Programar una acción conjunta de control y vigilancia en los países miembros para una mejor real integración y observación directa de los procedimientos que utilizaremos en la región. - 13 - INFORME NACIONAL DE COLOMBIA SOBRE LOS CINCO EJES TEMATICOS SOCIOLABORALES DE LA COMUNIDAD ANDINA - 15 - REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL OFICINA ASUNTOS INTERNACIONALES 1006000 Santafé de Bogotá, ME M O R A N D O Para Doctor FABIO OLMEDO PALACIO VALENCIA Viceministro de Trabajo y Seguridad Social De Jefe Oficina Asuntos Internacionales Asunto Informe ejes temáticos reunión Comunidad Andina Con toda atención me permito remitirle los informes que identifican las acciones que las diferentes áreas del Ministerio consideran prioritarias, en relación con los ejes temáticos y de acuerdo con la naturaleza de sus funciones, proyectadas al interior de la comunidad andina, conforme al encargo de la Presidencia de la Segunda Reunión de Viceministros y Expertos del Trabajo de la Comunidad Andina. Los informes mencionados corresponden a la Dirección Técnica de Empleo, Dirección Técnica de Seguridad Social, Oficina Asesora de Asuntos Internacionales y el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA. Cordial Saludo, RUBEN CABALLERO PARDO - 16 - INFORME SOBRE IDENTIFICACIÓN DE ACCIONES DE LOS EJES TEMÁTICOS a) SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO La integración de los países miembros de la COMUNIDAD ANDINA, en materia de Salud, Seguridad en el Trabajo y Salud Ocupacional, ha de partir del conocimiento real y verdadero de la situación específica en cada uno de los países miembros y el cual ha de generar una información de carácter general y estadístico. El análisis de esta información va a permitir la identificación de los eventos comunes (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) y el manejo normativo y legislativo que se aplica y que podría aplicarse, dada la globalización de la economía y los procesos de integración de los países, en especial, EL PACTO ANDINO. Es por esto, que nuestra propuesta se dirige, en forma prioritaria, al conocimiento de los siguientes temas, en cada uno de los países miembros: Diagnóstico de las condiciones de SALUD Y SEGURIDAD de los trabajadores en los países de la COMUNIDAD ANDINA. Estudio comparativo de la legislación en Riesgos Profesionales de los países miembros de la Comunidad. Estadísticas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional, de cada uno de los países miembros de la Comunidad. Estadísticas de las actividades económicas de mayor siniestralidad. Análisis comparativo del funcionamiento de las entidades encargadas de atender los Riegos Profesionales en cada uno de los países miembros de la Comunidad. Análisis comparativo de los actuales Sistemas Generales de Seguridad Social. Participación de la Asociación Latinoamericana de Salud y Seguridad en el Trabajo, ALASEHT, en el diagnóstico de las condiciones de salud, trabajo y Salud Ocupacional en los países miembros de la Comunidad Andina. Nombrar al señor JUAN CARLOS HIBA, Especialista en Condiciones de Trabajo, Seguridad y Salud Ocupacional del Equipo Técnico Multidisciplinario, con sede en Lima, director y coordinador de un equipo de trabajo, conformado por funcionarios encargados del manejo de estos temas específicos, de los Ministerios de Trabajo o las Oficinas correspondientes que hagan sus veces, para el desarrollo de las propuestas presentadas por los países miembros de la Comunidad asistentes a esta reunión. - 17 - b) SEGURIDAD SOCIAL. Es necesario extender el ámbito de la Seguridad Social a los países del área Andina en materia de pensiones, con lo cual se podrá atender debidamente las expectativas de los nacionales que se desplacen para trabajar al territorio en la otra parte, de modo que no se vean perjudicados sus derechos como consecuencia de trabajar en el otro país y estar afiliados al Sistema de Pensiones que lo rige durante toda su vida laboral. Para efectos de lo anterior, es conveniente que las Repúblicas de Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, que en el pasado se han integrado buscando principalmente el desarrollo económico y comercial, coordinen políticas y acciones en el campo de la seguridad Social que garanticen el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento y pago de las pensiones de jubilación a los trabajadores nacionales de los países de la región Andina, que en desarrollo de sus actividades laborales deban permanecer en un país de la región distinto a su país de origen. En la comunidad Andina los países están modernizando el Sistema de Seguridad Social de acuerdo con sus experiencias y necesidades, e internamente han realizado debates intensos que permitirán importantes transformaciones en este campo, por lo que el tema de las pensiones de jubilación de trabajadores a nivel de un Convenio Multilateral requiere de un cuidadoso estudio sobre aspectos concretos de las prestaciones. Entre otros, estos aspectos deberían incluirse: Sistematizar y divulgar las experiencias exitosas en el campo de las pensiones de jubilación en cada uno de los países de la región. Formular estrategias, planes y programas que permitan la integración andina en el área de pensiones de jubilación. Clara determinación del periodo mínimo de cotización por los trabajadores en el país que otorgará la prestación. Compromisos de los países de la región donde el trabajador efectuó cotizaciones al Sistema General de Pensiones, con el país que reconoce y paga la prestación. Diseño de normas básicas comunes a la región. Determinación del régimen de pensiones que se adoptará: capitalización o ahorro individual administrado por la empresa privada o Fondos Comunes de reparto administrados por los respectivos Estados. Es cierto que los Sistemas de Pensiones tienen una gran incidencia en los factores macroeconómicos de inversión y de ahorro en cada uno de los países de la región, pero el objetivo principal de este Convenio es obtener un resultado social que implique elevar el nivel de vida de los trabajadores nacionales de los países de la región andina que sean beneficiarios del Convenio que se desea suscribir. Frente a las decisiones 113 y 148 es pertinente anotar: - 18 - Decisión 113 El artículo 2° debe estar dirigido exclusivamente al Sistema General de Pensiones de los diferentes países que conforman el grupo Andino, razón por la cual deben suprimirse los literales a y b, y las expresiones "generales y especiales con inclusión de las concernientes a las obligaciones del empleador". En el artículo 4° se debe eliminar la expresión " en todas las ramas del Seguro Social a que se refiere el artículo 2°". Los incisos 3° y 4° del artículo 7°, deben adecuarse al Sistema General de Pensiones que rige en cada uno de los países miembros. El capítulo IV sección I, artículos 8 a 11, deben ser objeto de discusión, considerando que en nuestro país la protección a los riesgos de E.G.M., se provee a todos los habitantes del territorio nacional, independientemente de su capacidad de pago, a través de los regímenes contributivo y subsidiado. En literal b) del artículo 14, suprimir la expresión "con arreglo a las modalidades del artículo 7°". En literal a) del artículo 15, debe referirse al Régimen General y no especial, y en el literal b) se debe tener en cuenta que la legislación Colombiana no contempla los suplementos por miembros de la familia. Artículo 24 debe sujetarse a lo dispuesto en la legislación vigente en esta materia en cada país. El inciso 2° del artículo 26 debe suprimirse porque se contradice con el inciso 1° del mismo artículo. Decisión 148 Es necesario aclarar la expresión "asimilados" a que se refieren entre otros el artículo 7° y el literal c) del artículo 8°, para establecer si se aplica o no en Colombia. Los artículos 8° y 9° deben ajustarse a la legislación de cada país. Capitulo V suprimirse. Adicionar la frase "Todo de acuerdo con la legislación vigente en cada país". Artículo 29: aclarar la expresión "periodos asimilados". Artículo 32: cambiar la expresión discontinuidad por inconformidad. - 19 - Artículo 35: revisar los suplementos que se conceden por miembros de familia. Artículo 37 literal b) debe revisarse, porque la prestación solamente se reconoce si se reúnen los requisitos. Artículo 43: El pago de las prestaciones que se generen en virtud del presente acuerdo estará sujeto al giro de la cuota parte que le corresponda a cada una de las entidades que deban concurrir el pago. Artículo 45: En cuanto a E.G.M.; no forma parte del Convenio. C) MIGRACIONES LABORALES En el marco de Integración de la Comunidad Andina y de conformidad con lo acordado en reuniones de Ministros de Trabajo de la Comunidad, merecen especial atención en el aspecto migratorio los temas relacionados con el Instrumento Andino de Migración Laboral, la libre circulación de personas y el Convenio Simón Rodríguez de Integración Socio-laboral. En este sentido, y en concordancia con el Plan de Acción propuesto en la Reunión de Ministros de Trabajo de la Comunidad Andina celebrada en Cartagena en mayo de 1999, se considera importante continuar la tarea de Evaluar y Revisar la Decisión No.116 “Instrumento Andino de Migraciones Laborales” con el fin de proponer políticas e instrumentos que faciliten, tanto la libre circulación como el respeto a los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias en los Países Miembros de la Comunidad Andina, con miras a la implementación del Mercado Común Andino para el año 2005; para lo cual, sería conveniente contar con un estudio sobre la Legislación Migratoria de cada uno de los países. Igualmente, se considera importante continuar en el Análisis de la Propuesta encaminada a la Aprobación de la Modificación del Convenio Simón Rodríguez para que se convierta en Instrumento idóneo que permita por un lado impulsar la dimensión social y laboral del proceso de integración, y por otro diseñar estrategias y planes de acción que contribuyan al mejoramiento integral de las condiciones de vida y trabajo de los habitantes de la subregión. Para ello, el Convenio debe ser analizado y actualizado de manera que se convierta en una herramienta operativa orientada a fomentar la participación de los actores sociales y lograr una transformación productiva con justicia social. Para ello, sería indispensable la creación de Comités Técnicos de Expertos en Migraciones de cada país para que trabajen específicamente en la redacción de un Documento-Proyecto de “Estatuto del Trabajador Migrante Andino” donde se contemple la reglamentación y operativización la libre circulación de personas y el respeto a los derechos de los trabajadores migrantes y sus familias en los Países Miembros de la Comunidad Andina. Este Comité Técnico (Grupo de Trabajo) deberá contar con asesoría de la Organización Internacional para las Migraciones, OIM. - 20 - D) FOMENTO DEL EMPLEO INTRODUCCION Las reflexiones que se presentan a continuación son el resultado del trabajo orientado, básicamente al diseño y difusión de los elementos esenciales de la política de descentralización en favor del empleo. Por tal razón, la exposición tratará, en primer lugar, el contexto general en que se enmarcan las políticas de desarrollo a nivel nacional, regional y local; en segundo lugar, el papel que juegan las políticas macroeconómicas, sectoriales y regionales en el comportamiento de la economía y especialmente del empleo; finalmente, los ámbitos de las políticas de empleo y, finalmente, las políticas de empleo en el marco de la descentralización, enfatizando el papel que juega el municipio dentro de este nuevo marco de desarrollo. EL CONTEXTO GENERAL Una de las premisas generales de la teoría económica expresa que el empleo productivo es el mayor reflejo del equilibrio existente entre el crecimiento económico y el desarrollo social. Sin embargo, la realidad de los países latinoamericanos y en especial de Colombia, muestra que las diversas manifestaciones de deterioro de la situación laboral expresadas en subempleo, desempleo y otras, son signos de la brecha existente entre el aporte efectivo y potencial de la fuerza de trabajo y la subutilización de la misma, contribuyendo así al desequilibrio económico. Por otro lado, los bajos ingresos derivados del desempleo o del empleo precario redundan en marginamiento social y bajos niveles de bienestar. En Colombia, por ejemplo, las diferencias económicas, sociales, geográficas y culturales entre las diversas regiones, permiten detectar la problemática del desempleo de manera diferente, ya que se pueden encontrar situaciones locales en donde el desempleo es el resultado de fenómenos estructurales, cíclicos o coyunturales, derivados de procesos de reconversión industrial, crisis agropecuarias, problemas de comercio exterior, contracción de la demanda agregada, en especial por la variable consumo o situaciones específicas de violencia. Ahora bien, una política de desarrollo regional orientada al desarrollo social debe tener como uno de sus principales objetivos la generación de empleos. Esto implica adentrarse en el subsistema económico, ya que es el crecimiento estable y sostenido de la estructura productiva regional, el factor esencial que permite desencadenar a largo plazo procesos de generación de empleo e ingresos. En el momento de establecer los objetivos prioritarios de la política de empleo a desarrollar se pueden presentar situaciones dicotómicas como en el caso de la elección entre tecnologías y procesos de producción que pueden ser ahorradores o no de fuerza de trabajo. Dependiendo de la concepción subyacente en el modelo de desarrollo existente, la política de empleo puede ser formulada como un producto residual del crecimiento económico y supeditada, por lo tanto, a la orientación de la política macroeconómica, o concebida como un propósito per se que debe lograrse aún a costa de sacrificar actividades más rentables pero ahorradoras de fuerza de trabajo. En todo caso, siempre debe existir una opción que concilie de manera integral la disyuntiva entre crecimiento económico y desarrollo social. Lo cual requiere que el - 21 - empleo no sólo sea tratado como una variable resultante del comportamiento de los demás subsistemas del desarrollo regional (social, cultural, político-institucional y ambiental) sino como una variable que tiene una dinámica propia, pero siempre en activa interacción con los demás. LAS POLITICAS MACROECONOMICAS Y SECTORIALES Las políticas son todas aquellas respuestas institucionales que da el Estado a las necesidades concretas de la sociedad en sus diferentes ámbitos: económicos, políticos, sociales, culturales y ambientales. Las políticas se dividen en macroeconómicas, sectoriales y regionales y pueden ser de corto, mediano y largo plazo. POLÍTICAS MACROECONÓMICAS Las políticas macroeconómicas y sectoriales, de competencia del nivel nacional, juegan un papel determinante en la definición de las posibilidades que puedan tener los entes regionales en el contexto del modelo de desarrollo imperante en el país, en la medida en que permitan la articulación de las especificidades regionales con las orientaciones generales del proceso de planeación del desarrollo nacional. Es decir, que en todo momento se debe potenciar las capacidades de organización y gestión de los recursos disponibles en las regiones en el supuesto de que éstas puedan insertarse en el modelo de desarrollo como actores dinámicos generadores de crecimiento y desarrollo. Ahora bien, política macroeconómica y políticas sectoriales (precios, crédito, investigación, ciencia y tecnología) deben actuar estrechamente articuladas; coherencia y ajuste continuo deben ser sus principales características. Sin embargo, lo anterior no implica que las regiones o localidades no puedan desarrollar iniciativas de su competencia con el propósito de tener acceso a la política macroeconómica. Este aspecto implica la necesidad de descentralizar efectivamente las funciones administrativas, políticas y económicas otorgándole a los diferentes niveles de decisión regional y local sus respectivas competencias y responsabilidades en materia de planeación y gestión del desarrollo, pero siempre en activa interrelación.Políticas sectoriales y regionales La formulación y ejecución de políticas sectoriales y regionales que tengan en cuenta las especificidades económicas, sociales, políticas, culturales y ambientales de las regiones y localidades permite sentar las bases para lograr un desarrollo regional endógeno equilibrado y autosostenido. Así pues, es importante tener en cuenta las siguientes orientaciones al momento de formular políticas sectoriales y regionales: 1. Establecer prioridades de inversión y de atención del sector público con miras a buscar un equilibrio entre las zonas urbanas y rurales del país. 2. Definir los niveles de actuación entre las instituciones centrales encargadas de la política sectorial nacional y las administraciones regionales y locales encargadas del diseño y ejecución autónomos de las acciones propias de su competencia. Este proceso implica, por parte del nivel central, dar las orientaciones necesarias y realizar el seguimiento y evaluación del desempeño de las actuaciones de las instancias regionales. - 22 - 3. Fomentar en las entidades públicas sectoriales un proceso de concertación con la sociedad civil, en donde los diferentes actores sociales tengan la oportunidad de participar en la planeación y ejecución de las acciones. 4. Establecer acciones coordinadas entre los niveles nacional, regional y local. El ámbito nacional con el diseño de instrumentos técnicos tales como la formulación de políticas macroeconómicas y sectoriales adecuadas, asistencia técnica permanente, metodologías e información especializada, debe permitir que los entes territoriales cuenten con los insumos básicos para desarrollar plenamente sus esquemas de planeación y gestión. Los niveles regionales y locales, por su parte, con la formulación y ejecución de planes de desarrollo que involucren sus especificidades, el fomento de la activa participación ciudadana y la generación de espacios de desarrollo local endógeno a través del aprovechamiento de los recursos humanos, técnicos y financieros existentes, deben constituirse en los elementos básicos para la construcción de un modelo de desarrollo regionalmente equilibrado. 5. Diseñar y ejecutar planes, programas y proyectos a nivel nacional y regional que propicien un verdadero desarrollo regional, con base en las dinámicas generadas por la sociedad civil, focalizando los sectores más vulnerables a los cambios producidos en la economía nacional. 6. Articular las políticas macroeconómicas con las actividades sectoriales, regionales y locales, con el fin de lograr la integración y coherencia necesaria para asegurar la viabilidad política y económica de dichas acciones. En síntesis, una política de desarrollo regional debe permitir un tratamiento específico a los problemas propios de su entorno, en donde el espacio regional y local sea la base de una matriz productiva que desencadene un proceso de desarrollo socialmente equitativo, sostenido y sustentable dirigido a generar su desarrollo endógeno y a permitir su inserción en el modelo de globalización e internacionalización de la economía, a través de su integración y coherencia con las políticas macroeconómicas y sectoriales del nivel nacional. LAS POLITICAS DE EMPLEO Las políticas de empleo son las respuestas institucionales que da el Estado a las necesidades de la población en materia de empleo e ingresos. Dichas políticas van dirigidas, por una parte, a tratar los problemas de desequilibrio entre la oferta y demanda de fuerza de trabajo; por otra, a mejorar la integración de los diferentes mercados regionales y locales y, finalmente, a generar procesos de modernización en el mercado laboral con el propósito de adecuar su estructura a los desafíos de los nuevos paradigmas del desarrollo a nivel mundial. Ahora bien, una verdadera política de empleo debe hacer énfasis en tres estrategias: el crecimiento económico como generador de más y mejores oportunidades de empleo productivo; un desarrollo social, sustentado en el incremento del capital humano necesario para cubrir las oportunidades laborales y el desarrollo tecnológico, orientado a utilizar más racionalmente los recursos productivos y permitir que la economía sea competitiva y sostenible tanto interna como externamente. - 23 - Para la concreción de estas estrategias se exige, en primer lugar, la activa articulación y participación concertada de los diferentes actores nacionales y regionales, públicos y privados, comprometidos con el tema del empleo y, en segundo lugar, la presencia de un ambiente institucional y normativo propicio al desarrollo de las iniciativas de empleo a nivel nacional, regional y local. Estos son, en términos generales, los postulados esenciales de las nuevas dinámicas del desarrollo. AMBITOS DE LAS POLÍTICAS DE EMPLEO La actuación específica de las políticas de empleo se ubica, generalmente, en los siguientes ámbitos: 1. Tratamiento macroeconómico y sectorial al comportamiento del aparato productivo nacional Las políticas que se formulan dentro de este ámbito, están dirigidas a dar un tratamiento especial a las principales variables económicas que intervienen en el comportamiento del aparato productivo del país. En este caso los instrumentos de política (monetarios, fiscales, de comercio exterior) deben orientarse a la creación de las condiciones necesarias para que el sector productivo nacional pueda desarrollar normalmente su actividad de acuerdo con los objetivos sectoriales fijados en sus respectivos planes de trabajo. 2. Tratamiento a los requerimientos de modernización del mercado de trabajo Para el logro de los objetivos generales de crecimiento económico y desarrollo social del país, se hace necesario contar con un conjunto de esquemas organizados que involucren el manejo de sectores claves de la economía. Tal es el caso, de la formulación de políticas de fomento de ciencia y tecnología dirigidas a la reconversión y modernización del sector industrial y la adecuación del sector de los servicios en materia de informática, telecomunicaciones, servicios profesionales especializados, entre otros. Este contexto implica, la adecuación de la oferta de fuerza de trabajo mediante la formulación de políticas específicas en materia de formación y capacitación del recurso humano, flexibilización de las normas laborales, establecimiento de estímulos tributarios, modernización de los sistemas de intermediación laboral y estímulos a la vinculación laboral a través del fomento a la creación de nuevas empresas. 3. Tratamiento a grupos especiales de la población Producto del conocimiento del comportamiento del mercado de trabajo nacional, sectorial y regional, se pueden identificar grupos poblacionales que por su alto grado de vulnerabilidad son susceptibles de ser tratados mediante políticas específicas de generación de empleo e ingresos, como en el caso de los jóvenes, discapacitados, mujeres cabeza de hogar, migrantes, desempleados de larga duración y población ubicada en el sector informal de la economía. Estas políticas están dirigidas a mejorar la situación socioeconómica de estos grupos en el conjunto de la sociedad; tal es el caso de políticas de formación y capacitación para los jóvenes con dificultades de inserción laboral, con el propósito de crear y mantener los empleos, particularmente en pequeñas empresas que favorezcan la utilización de los recursos existentes en las diferentes localidades. - 24 - 4. Tratamiento de corto plazo a los desequilibrios en el mercado de trabajo (desempleo cíclico) Se trata, básicamente, de políticas y programas coyunturales (de emergencia), orientados a emplear fuerza de trabajo temporal (seis meses). La construcción de obras públicas (acueductos, alcantarillados, caminos veredales, escuelas, etc.) y el empleo estacional en la agricultura son algunos de los sectores que mayor demanda tienen por este tipo de trabajo. LAS POLITICAS DE EMPLEO EN EL MARCO DE LA DESCENTRALIZACION La descentralización es una tendencia del mundo contemporáneo, que busca una reforma integral de las estructuras públicas; una racionalización financiera y administrativa de los entes gubernamentales nacionales y locales; una estrategia para la definición de las responsabilidades del Estado y la Sociedad civil y una alternativa para el fomento y consolidación del proceso de participación ciudadana en la definición de las alternativas de desarrollo económico, político, social, cultural y ambiental de las comunidades1. En materia de empleo el proceso de descentralización apenas comienza, por tal motivo es necesario crear, primero, las bases necesarias para su efectiva concreción en el mediano y largo plazo. De allí que uno de los primeros pasos sea el de asumir las responsabilidades que la Constitución y la Ley les han otorgado a los entes territoriales en materia de planeación; educación; salud; agua potable y saneamiento básico; vivienda y sector agropecuario2. El desarrollo de estos sectores básicos permitirá sentar las bases necesarias para la formulación posterior de una política descentralizada de empleo. Ahora bien, la efectiva viabilidad de una política descentralizada de empleo depende del cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Conocimiento del comportamiento del mercado de trabajo. Esto exige contar con sistemas de información estadística que permitan estudiar el comportamiento global y sectorial de los diferentes indicadores del mercado de trabajo a nivel nacional, regional y local. Para cumplir con este requisito se deben diseñar metodologías adecuadas de recolección y procesamiento de la información y divulgación de los resultados obtenidos. 2. Diseño de mecanismos de focalización. Con base en el conocimiento del comportamiento del mercado de trabajo se pueden focalizar adecuadamente las políticas y programas de empleo. Es decir, que sus acciones deben dirigirse efectivamente a favorecer equitativamente a los segmentos de la población que así lo requieran. 3. Definición de prioridades. Toda política de empleo debe priorizar sus acciones de acuerdo con las necesidades concretas a solucionar. No necesariamente una política 1 2 BARBOSA C., Octavio. Desequilibrios regionales y descentralización en Colombia. Bogotá: Universidad Autónoma de Colombia, 1995. CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991, Ley 152 de 1994 y Ley 60 de 1993. - 25 - de empleo debe orientarse a la generación de empleo e ingresos de manera inmediata. De acuerdo con las particularidades de los problemas presentados puede ser que, inicialmente, se requieran crear las condiciones necesarias para que la generación de empleo e ingresos pueda hacerse realidad. 4. Integralidad. Una política de empleo debe fundamentarse en los principios de estabilidad, coherencia, viabilidad política, eficiencia, autonomía, equidad y sustentabilidad ambiental. 5. Aplicación de la participación ciudadana. Las políticas de empleo nacionales, regionales y locales deben sustentarse en los principios de la participación ciudadana, como condición sine qua non para su correcta planeación, gestión, evaluación y reorientación. No obstante lo anterior, en la actualidad los entes territoriales, desde sus respectivas competencias, pueden iniciar el establecimiento de las bases de una política descentralizada de empleo a través de la utilización de instrumentos fiscales, la participación ciudadana, la inclusión de la variable empleo en los Planes de Desarrollo Territorial y el establecimiento de mecanismos de comunicación interinstitucionales entre las diferentes entidades con injerencia en el tema del empleo. EL MUNICIPIO: PIEDRA ANGULAR DE LA POLÍTICA DESCENTRALIZADA DE EMPLEO Con la expedición de la nueva Constitución Política en 1991, se crearon las bases necesarias para que se iniciara un proceso de autonomía local y de fortalecimiento de las entidades territoriales, a través de la distribución de competencias y recursos de manera descentralizada. Este nuevo esquema de actuación, le otorga a los municipios un papel preponderante como ejecutores principales de la política social, al permitir, a través de la Ley 60 de 1993, la transferencia de recursos del nivel nacional a las regiones, con la exigencia de que éstos se dirijan a la salud, la educación y las áreas de inversión social que se consideren prioritarias, abriéndole espacios para la promoción del empleo y del desarrollo económico local, es decir, para la realización de actividades encaminadas a generar nueva inversión y riqueza, que directa o indirectamente, contribuyan a la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo. Este proceso le permite al municipio convertirse en un espacio socioeconómico, en el cual sus actores están óptimamente situados para convertirse en entes dinamizadores de la actividad económica y social, como consecuencia de su proximidad con las necesidades locales y las posibilidades de su satisfacción. De allí que, por su capacidad de intermediación, por el tipo de información que manejan, por su visión global sobre el territorio como consecuencia de su responsabilidad política, a las Administraciones Locales les corresponde desempeñar un papel especial como promotoras y coordinadoras del empleo difícilmente sustituible por otros agentes. Así pues, los municipios deben convertirse en el eje principal de actuación y concertación de las organizaciones representativas de trabajadores, empresarios, asociaciones comunales y todas las fuerzas vivas de la localidad; involucrando como estrategia de desarrollo socioeconómico no sólo la utilización de los recursos externos, sino también y principalmente la explotación y el uso del potencial propio del municipio (recursos - 26 - económicos, humanos, institucionales y culturales), como fuentes generadoras de empleo a nivel local. Por limitados que sean los recursos de un municipio, éste puede contribuir a estimular la capacidad empresarial en su localidad utilizando las siguientes estrategias: 1. Administrando con criterios socioeconómicos. 2. Actuando como intermediario entre los potenciales empresarios y los demás entes locales. 3. Concertando con las entidades privadas locales las políticas, programas e instrumentos de empleo. HACIA UNA NUEVA CONCEPCION DEL MUNICIPIO El municipio, además de ser la entidad territorial fundamental del ordenamiento político administrativo del Estado colombiano3, debe convertirse en un espacio que promueva el Desarrollo económico y social local; en este contexto se pretende ampliar y fortalecer su capacidad de gestión con herramientas concretas que le permitan, en el mediano y largo plazo, constituirse en un generador de riqueza y bienestar social para sus habitantes. Una estrategia de Desarrollo económico y social debe actuar en diferentes niveles, con el propósito de generar procesos de encadenamiento entre la planeación y la gestión del desarrollo que, en último término, permitan potenciar la óptima utilización de los recursos endógenos existentes en las diferentes regiones y localidades del país. Es evidente que un municipio, o un conjunto de ellos, puede abordar con mayor facilidad procesos de este tipo, si se tiene en cuenta la cercanía existente entre sus autoridades y los agentes sociales interesados en la puesta en marcha de proyectos productivos generadores de empleo e ingresos. En este sentido, los municipios deben convertirse en espacios de concertación local con las organizaciones representativas de trabajadores, empresarios, etc. No conviene olvidar que los municipios a pesar de tener una capacidad de actuación limitada por los escasos recursos fiscales y por la magnitud del desempleo, pueden desencadenar procesos organizativos fuertes que permitan aportar algunas soluciones a la problemática del desempleo. Estas intervenciones surgen, por una parte, del reconocimiento de las limitaciones que tienen las políticas y programas de empleo de carácter central y, por otra de la comprensión de que la salida a la crisis del empleo es la creación de empleo estable y riqueza para todos sus habitantes. Estas nuevas prioridades requieren de un cambio radical en el enfoque de la gestión municipal. Así entonces, la transformación esencial es la reconceptualización de la concepción de las administraciones municipales como agentes económicos. Esta transformación no requiere necesariamente del incremento de los niveles de apropiación y ejecución presupuestal. Más bien se trata de una nueva manera de percibir los problemas y en consecuencia, en la forma de darles solución oportuna y efectiva. En este contexto, se debe sustituir la visión del municipio como una entidad puramente político-administrativa, para pasar a asumir la perspectiva de un espacio de 3 Artículo 1 de la Ley 136 de 1.994. - 27 - promoción del desarrollo económico y social local. Así entonces, la política de desarrollo debe estructurarse en torno a esta nueva perspectiva. Al mismo tiempo, la gestión municipal, incluyendo sus recursos y reglamentaciones, debe ejecutarse en función de las orientaciones del Plan municipal de Desarrollo y, en especial de aquellas encargadas de la dinamización económica del municipio. 1. LAS PERSPECTIVAS DE LA PLANEACION Y GESTION DEL EMPLEO EN EL AMBITO REGIONAL Y LOCAL El Desarrollo Regional y Local determinan innovaciones que necesariamente implican dejar de lado los esquemas tradicionales del desarrollo económico general, que no todas las veces han beneficiado a los trabajadores, desempleados y a los grupos más vulnerables de la población. Por ello, dentro de este nuevo esquema, el Gobierno central, debe concentrarse en la formulación de las políticas generales de Desarrollo y en la regulación del mercado. Así entonces, los agentes privados no operarán como "ruedas sueltas", sino en el marco de normas reguladoras que buscan hacer prevalecer el bien común sobre los intereses particulares. El nivel municipal, por su parte, debe transformarse en el responsable principal del desarrollo local y del bienestar de la población, recuperando para sí la tarea de dinamizador de los procesos de crecimiento económico y de garante de una justa distribución del empleo. Con ello, se logrará que los municipios avancen en el campo de la planificación del desarrollo local, enfatizando en la formulación de políticas sociales, que reconozcan que el desarrollo debe ser integral y coordinado para garantizar que exista coherencia con las actividades que se realicen en su interior y en estrecha interrelación con el Estado central y las demás instancias territoriales para la formulación, ejecución y evaluación de los Planes Territoriales de Desarrollo. Este proceso puede dinamizarse en la medida en que los municipios generen espacios de participación y concertación pública y privada, utilizando para ello, el conocimiento de las necesidades locales y las posibilidades de su satisfacción, al estar próximos a los agentes económicos y sociales existentes en la localidad. De allí que, los municipios deban convertirse en espacios en donde se haga realidad la actuación y concertación de las organizaciones representativas de trabajadores, empresarios, asociaciones comunales y todas las fuerzas vivas de la localidad; aplicando como estrategia de desarrollo no sólo la utilización de recursos exógenos (situado fiscal, transferencias, regalías, recursos de cofinanciación, créditos, entre otros), sino también, el uso y explotación del potencial propio de la localidad (recursos económicos, humanos, institucionales, culturales, esfuerzo fiscal, ahorro interno, resultados de la inversión social, etc.). En consecuencia, los municipios deben centrar su acción en potenciar actividades productivas, en donde se les permita utilizar sus recursos internos y externos con el propósito de dar soluciones efectivas a sus problemas. Para que las localidades puedan desarrollar plenamente sus potencialidades, deben estimular la búsqueda de nuevas formas de gerencia municipal y la incorporación de iniciativas para el manejo de la problemática regional y local. Por limitados que sean los recursos de un municipio, éste puede contribuir a estimular la capacidad empresarial y, por tanto, generar un proceso de desarrollo local, basado en la creación y mantenimiento de - 28 - puestos de trabajo, utilizando para ello estrategias dirigidas a la administración municipal con criterios socioeconómicos; actuando como intermediarios entre los potenciales empresarios y los demás entes locales y concertando con las entidades privadas, organizaciones sociales y de poder locales la formulación de políticas, programas e instrumentos de empleo, acordes con sus particularidades. Así mismo, las administraciones locales deben planificar y gestionar teniendo en cuenta sus especificidades culturales, ambientales, étnicas, geográficas, sociales, políticas y económicas, a partir de las cuales la construcción de su desarrollo local no sólo responda a las expectativas de los nuevos paradigmas del desarrollo y a las nuevas funciones del Estado, sino también, al nuevo papel del municipio como promotor social y económico local, en donde sus entes juegan un papel complementario en la lucha contra el desempleo. 2. LOS CONSEJOS TERRITORIALES DE EMPLEO -CTE-: UNA ESTRATEGIA DE CONCERTACION REGIONAL Y LOCAL EN FAVOR DEL EMPLEO Los avances logrados hasta el momento en el proceso de descentralización han permitido desarrollar también nuevos esquemas de diálogo y concertación entre los diferentes actores, públicos, privados y comunitarios, integrantes de las sociedades regionales y locales. Este nuevo contexto implica, al mismo tiempo, un cambio en la cultura de las relaciones sociales y políticas comúnmente observadas en el tratamiento de los asuntos públicos y privados. Así entonces, de la gestión pública cerrada a la participación de la sociedad civil, se pasa a la gestión de lo público, entendida como la común-unión de esfuerzos y recursos entre los actores públicos y privados, con el propósito de identificar los elementos comunes (económicos, políticos, sociales y culturales) que pueden potenciar los procesos de desarrollo endógeno de la región o localidad. Ahora bien, la gestión de lo público está mediada por la diferencia y el antagonismo de los diversos intereses defendidos por cada uno de los actores sociales involucrados en el proceso; no obstante, son precisamente las diferencias y los antagonismos los factores fundamentales que le dan dirección y continuidad a los esquemas de negociación y concertación de la planeación y gestión del desarrollo regional y local. Así entonces, lo público se transforma en el entorno que permite que lo privado se desenvuelva como el agente dinamizador de la actividad económica, necesaria para la reproducción y ampliación del sistema en su conjunto. La creación y fortalecimiento de las mesas de diálogo, los Consejos territoriales de planeación, las veedurías ciudadanas y las Juntas Administradoras Locales, entre otros, forma parte del desarrollo de la nueva cultura de la negociación y concertación en favor de un desarrollo participativo, equitativo, equilibrado y sostenible. Ahora bien, el tratamiento de asuntos fundamentales para el bienestar social de la comunidad, tales como la educación, salud y empleo deben tener un desarrollo especial dentro de los esquemas negociación y concertación que se vienen analizando. En este sentido, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a través de la Dirección Técnica de Empleo, impulsa la creación de espacios regionales y locales de discusión en torno al empleo con el propósito de generar procesos de Desarrollo Local Endógeno que permitan la transformación de los departamentos y municipios colombianos en verdaderos motores de la generación de riqueza y bienestar social para todos sus habitantes. En este sentido se ubican los CONSEJOS TERRITORIALES DE EMPLEO -CTE-, definidos como aquellas comisiones de concertación interinstitucional, departamental o municipal, constituidas por organizaciones de carácter público, privado y comunitario, - 29 - para conocer la problemática del empleo mediante la caracterización de los mercados de trabajo y así contribuir a los procesos de formulación políticas, planes y programas de generación de empleo productivo y mejorar la calidad de vida de la población. CONTEXTO JURÍDICO La creación de Consejos Territoriales de Empleo en el ámbito regional, departamental o municipal, constituye una iniciativa dirigida a buscar respuestas a los problemas de desempleo y bajos ingresos que afectan parte de la población colombiana; su conformación se apoya en el siguiente marco legal: La sociedad colombiana definió por consenso en el seno de la Asamblea Nacional Constituyente que: "El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas" 4. Así mismo, en el Artículo 334, se asigna al Estado la facultad de intervenir directamente para dar pleno empleo al recurso humano y asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso real a aquellos bienes y servicios necesarios para la adecuada subsistencia. Igualmente, es competencia de los gobernadores y alcaldes formular los respectivos planes y programas de desarrollo económico y social que fomenten la creación de empleos, industrias y actividades económicas convenientes para el desarrollo de departamentos y municipios, según se contempla en los Artículos 305 y 315 de la Constitución Política de Colombia. 4 Articulo 25 de la Constitución Política de Colombia - 30 - INTEGRANTES DE LOS CONSEJOS TERRITORIALES DE EMPLEO Gobernador o Alcalde, quien lo preside. Jefe de Planeación departamental o municipal. Representantes del sector académico o investigativo. Representantes de las Organizaciones no Gubernamentales, con presencia en la región o reconocidas en la región. Representantes gremios de la producción y el comercio. Directores de organismos del nivel central y delegados de programas especiales del Estado con presencia subnacional, que impulsen programas o proyectos de empleo: Director Regional o Seccional de Trabajo. Director Regional del SENA. Coordinador de la Red de Solidaridad Social. Representante de Fondos Especiales de financiación. GRAFICO 1 ESTRUCTURA DEL CONSEJO TERRITORIAL DE EMPLEO -CTE- SECTOR PUBLICO INSTRUMENTOS TECNICOS EMTR ILES - ADLS CATS, EATS SECTOR PRIVADO CONSEJO TERRITORIAL DE EMPLEO APOYOS EXTERNOS •DTE •OIT •Otros SECRETARIA TECNICA COMISIONES Coordinación Fuente: Materiales visuales de la División de Programas Regionales y Locales FUNCIONES DE LOS CONSEJOS TERRITORIALES DE EMPLEO Apoyar a las administraciones territoriales para que en los planes de desarrollo departamental y municipal se incluyan programas y proyectos de generación y fomento de empleo e incremento de ingresos. Analizar información que permita conocer la realidad socio-económica de la región y las necesidades más apremiantes en materia de empleo e ingresos de la población. - 31 - Apoyar a los gobiernos subnacionales en la identificación de la población económicamente activa más vulnerable, con el fin de desarrollar programas con especial énfasis en el sector informal urbano, mujer, joven y menor trabajador. Presentar alternativas de creación de empresas de economía solidaria (Empreas Asociativas de Trabajo -EAT-, Cooperativas de Trabajo Asociado -CTA-, empresas comunitarias agrícolas), y demás formas de asociación productiva y empleo autogestionado, que eleven los ingresos de los trabajadores. Identificar, proponer y coordinar la puesta en marcha de estrategias para racionalizar la utilización de los recursos físicos, económicos y humanos subempleados que permitan potenciar la generación de empleo productivo, y elevar los ingresos. Coordinar y consolidar con las instituciones de formación de recursos humanos, planes y programas de capacitación, acordes con las necesidades del sector productivo y las características de la población. Identificar, proponer, coordinar y gestionar las acciones necesarias para la consecución de recursos destinados a ejecutar los programas y proyectos de empleo productivo, en las regiones y localidades. Promover la creación de grupos de trabajo especializado, que demande la coordinación y ejecución de los programas y proyectos de empleo productivo. Promover la creación de otros Consejos Territoriales de Empleo en los ámbitos municipal y local. Apoyar la presentación de programas o proyectos de cooperación sociolaboral ante gobiernos y organismos internacionales. Adoptar su reglamento interno, plan de trabajo y los mecanismos de evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de empleo, así como designar la Secretaria Técnica del Consejo. SECRETARÍAS TÉCNICAS DE LOS CONSEJOS TERRITORIALES DE EMPLEO Son equipos de trabajo compuestos por representantes de instituciones pertenecientes al Consejo y que desarrollan programas de empleo o procesos de planificación regional y local. Tienen como funciones primordiales: Apoyar al Consejo Territorial de Empleo en la coordinación interinstitucional de las actividades que demanda la formulación de planes y proyectos de generación de empleo e ingresos. Adelantar las labores de seguimiento, evaluación y control de los programas o proyectos desarrollados por el Consejo. - 32 - Informar periódicamente a la Dirección Técnica de Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre las gestiones del Consejo y las necesidades de asistencia técnica. Adelantar las labores de secretaría que demande la marcha del Consejo (actas, citaciones, archivo, etc). Coordinar la ejecución del plan de trabajo y los mecanismos de evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos de empleo adoptados Por el Consejo Territorial de Empleo. Las demás que le sean asignadas por el Consejo Territorial de Empleo. COMISIONES TÉCNICAS DE LOS CONSEJOS TERRITORIALES DE EMPLEO Son grupos de trabajo conformados por representantes de las instituciones constitutivas de los Consejos, que de acuerdo con sus áreas de competencia, abordan temáticas fundamentales en el tratamiento de la problemática del empleo tales como: Formación y Capacitación Diseño y elaboración de proyectos de inversión pública y privada Gestión Financiera INSTRUMENTOS TÉCNICOS DE APOYO El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social asesorará técnicamente a los Consejos Territoriales de Empleo en la aplicación de instrumentos técnicos y metodológicos de generación de empleo desarrollados o identificados por la entidad territorial respectiva. 1. ESTUDIOS DE MERCADOS DE TRABAJO REGIONALES –EMTR-. Los Estudios de Mercados de Trabajo Regionales -EMTR- son investigaciones que permiten caracterizar las particularidades, potencialidades y debilidades de los mercados regionales para formular políticas, programas y proyectos de generación de empleo e ingresos, acordes con la realidad regional y en consonancia con las políticas de empleo del nivel nacional. Los EMTR tienen tres importantes alcances: 1. 2. 3. Facilitan la estructuración de una base sólida de información sobre el mercado de trabajo regional. Permiten el encadenamiento de la política de empleo entre los niveles regional, local y nacional. Sirven como instrumento técnico de planeación del recurso humano a nivel regional, local y nacional. 2. EMPRESAS ASOCIATIVAS DE TRABAJO –EAT-. Tienen como objetivo la producción, comercialización y distribución de bienes o la prestación de servicios individuales o conjuntos de sus miembros. Presenta ciertas - 33 - ventajas frente a formas organizativas privadas, según lo dispuesto por la Ley 10 de 1991. 3. PROGRAMA DE DESARROLLO EMPRESARIAL PARTICIPATIVO –PRODEP-. Es una metodología desarrollada en el marco del proyecto COL/92/005 con la participación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Departamento Administrativo Nacional de Economía Solidaria, SENA, INCORA, Fondo de Cofinanciación para el Desarrollo Rural -DRI-, Departamento Administrativo Nacional de Planeación y con la cooperación técnica del programa de Naciones Unidas para el Desarrollo y la Organización Internacional del Trabajo. Su objetivo es la consolidación y fortalecimiento de empresas asociativas existentes a través de la formación empresarial de sus socios en la práctica (aprender haciendo), de forma que el conocimiento de la empresa, la participación de todos sus asociados y la planificación los lleven a elegir las inversiones y a tomar decisiones adecuadas para mejorar y transformar la empresa. 4. INICIATIVAS LOCALES DE EMPLEO –ILE-. Esta estrategia diseñada en la Dirección Técnica de Empleo con la asesoría de la Cooperación Técnica del Gobierno de España, tiene como objetivo principal la generación de empleos productivos y estables, mediante la creación de empresas de producción de bienes y/o servicios que permitan utilizar eficientemente los recursos ociosos o subutilizados de una determinada localidad. Este instrumento supone un esfuerzo conjunto entre la comunidad y sus autoridades. Con las Iniciativas Locales de Empleo –ILE-, se fomenta la explotación de los recursos propios de las regiones, se favorece una utilización más eficaz de los factores de producción y se promueven nuevos enfoques de desarrollo socio-económico en el ámbito municipal. Los proyectos ILE tienen un carácter privado pero requieren de cofinanciación y patrocinio de las respectivas entidades territoriales. FUENTES DE FINANCIACIÓN Entre los apoyos financieros que pueden encontrar los Consejos Territoriales de Empleo están los fondos de financiación y cofinanciación que se pondrán en operación por parte del gobierno nacional a partir de 1999 y dentro de los cuales merecen especial atención el Fondo de Inversión para la Paz y la Red de Solidaridad Social. No obstante, es importante que se efectúe un inventario de las fuentes internas de financiación para sus proyectos de generación de empleo. FUENTES INTERNAS 1. 2. Tributos departamentales y municipales: conformados por rentas propias (impuestos de orden departamental y/o municipal y contribuciones). Aportes y participaciones: entre éstas se cuentan las regalías petroleras y por explotaciones mineras. - 34 - 3. 4. 5. 6. Recursos de crédito: Los que se pueden conseguir a través de intermediarios financieros como bancos, corporaciones financieras, organismos cooperativos de grado superior, etc., o por emisión de bonos de deuda pública. Fondo de Cofinanciación para Inversión Rural -DRI-: Este Fondo cofinancia la inversión rural para apoyar la ejecución de proyectos de inversión en las áreas rurales, en los campos de asistencia técnica, comercialización, adquisición de tierra en procesos de Reforma Agraria, irrigación, rehabilitación y conservación de cuencas, pesca, electrificación, acueductos, saneamiento ambiental y vías veredales. Se da prioridad a proyectos que promueven la producción, comercialización y mejoramiento de la calidad de vida en zonas rurales. Red de Solidaridad Social: Conjunto de programas dirigidos al mejoramiento de la calidad de vida de los grupos de población más pobre y vulnerable. Ley 60 de 1993: Reglamenta el situado fiscal a los departamentos y la participación municipal en los Ingresos Corrientes de la Nación, dictando disposiciones sobre distribución directa de recursos entre los municipios y la destinación prioritaria hacia la inversión social. En el marco de la Ley el 75% de las transferencias nacionales a los municipios como mínimo serán destinadas a financiar programas de educación, vivienda, salud y saneamiento básico; el 25% restante se podrá destinar a programas tales como empleo, subsidios para la población pobre, justicia, protección al ciudadano, cultura y desarrollo institucional. FUENTES EXTERNAS Recursos provenientes de la cooperación técnica internacional y créditos blandos de la banca extranjera. 3. ESTRATEGIAS Y POLITICAS PARA EL INCREMENTO DE LA PRODUCTIVIDAD LABORAL EN COLOMBIA El gobierno nacional en su Plan de Desarrollo “Cambio para Construir la Paz”, ha establecido como una de las principales estrategias en la búsqueda de un crecimiento económico sostenido que permita la generación de empleo estable, adelantar acciones concretas dirigidas a incrementar los niveles generales de productividad y competitividad. En el contexto de una economía internacionalizada son esenciales los esfuerzos que la empresa adelante en el incremento de la productividad y la creación de ventajas competitivas, aspectos fundamentales para que el sector productivo colombiano se constituya en uno de los sectores que lidere e impulse el desarrollo económico y social del país. La problemática del empleo agudizada en el país en los últimos meses, que afecta más intensamente a algunos grupos y regiones, es otro aspecto que impulsa al gobierno a promover la mayor productividad y fortalecimiento de las empresas que asegure la generación de empleo permanente en condiciones adecuadas para el trabajador y su familia. - 35 - La política de productividad y competitividad tiene como objetivo elevar la competitividad internacional de la producción colombiana, mejorando el entorno en que las industrias se desempeñan y estimulando el uso eficiente de sus recursos, principalmente el Recurso Humano. En este contexto el presente gobierno adelanta las siguientes estrategias: 1. Comité Técnico de Apoyo Empresarial Creación del Comité Técnico de Apoyo Empresarial donde participan los Ministerios de Comercio Exterior, Ministerio de Desarrollo Económico, Departamento Nacional de Planeación, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Servicio Nacional de AprendizajeSENA, distintas entidades públicas comprometidas con el desarrollo del sector industrial y representantes del sector empresarial, cuyo propósito será coordinar la ejecución y control de las políticas dirigidas a impulsar una mayor productividad y competitividad, especialmente en la pequeña y mediana empresa. 2. Asistencia Técnica a pequeñas y medianas empresas. Igualmente se pondrá en marcha un nuevo modelo de asistencia técnica a las empresas en materia de: Mejoramiento de la productividad Aseguramiento de la calidad Financiación Innovación tecnológica Promoción de las exportaciones 3. Capital humano y ventajas competitivas El Plan de Desarrollo recalca la importancia del Recurso Humano como elemento esencial para lograr mayores estándares de productividad y competitividad internacional, desde el punto de vista de que la calificación y reentrenamiento le permita adaptarse al acelerado y continuo cambio tecnológico y garantice a la empresa colombiana contar con la mano de obra calificada de acuerdo a sus requerimientos. En materia de desarrollo del recurso humano, como factor indispensable para la competitividad, se trabaja actualmente en la Reestructuración del Servicio Nacional de Aprendizaje- SENA, como institución encargada de la formación técnica y profesional para el trabajo. A este respecto se recalca: Los Centros Técnicos del SENA poseen una infraestructura física, de equipamiento y de especialistas, con inversiones importantes, con amplia variedad de tecnologías procedentes de diferentes países y que están al alcance de los sectores productivos. El SENA ha iniciado el proceso de transformación de algunos de sus Centros Técnicos hacia Centros de desarrollo Tecnológico, y se tiene proyectada su pronta articulación a programas de investigación y desarrollo con las universidades. - 36 - La formación de tecnólogos altamente calificados como soporte a la innovación y desarrollo tecnológico de las empresas. 4. Agendas Sectoriales de Competitividad. Las Agendas sectoriales de competitividad son comités de concertación de carácter tripartito, donde participan el gobierno, sector empresarial y sector trabajador. Es un esfuerzo del gobierno nacional, impulsado por los Ministerios de Desarrollo Económico y Ministerio de Agricultura, con la participación de los Ministerios de Hacienda, Trabajo y Seguridad Social, Comercio Exterior, Medio Ambiente, Departamento Nacional de Planeación, Instituto de Fomento Industrial, Servicio Nacional de Aprendizaje- SENA, COLCIENCIAS, por parte del gobierno. Por el sector empresarial participan las agremiaciones y empresarios de las cadenas productivas correspondientes. Así mismo representantes o dirigentes sindicales de las industrias respectivas. Las Agendas Sectoriales son un mecanismo impulsado por el gobierno que busca, en forma concertada, identificar y explorar soluciones a los factores limitantes de una mayor productividad y competitividad en la industria colombiana, especialmente de aquellos sectores afectados por fenómenos como la apertura, la modernización y el contrabando; con miras a consolidar y fortalecer la industria nacional, dentro de una visión de futuro. Se han presentado dificultades en el avance de las Agendas, relacionadas con la operativización de sus acciones y la falta de asignación de recursos financieros y humanos, para el desarrollo de programas o acciones a emprender para dar cumplimiento a los compromisos, se reconoce que se puede constituir en una herramienta muy importante de concertación de acciones para el desarrollo industrial y productivo. Actualmente se está en el proceso de evaluación dentro del contexto del análisis de la Política Industrial. 5. Consejo Nacional de Competitividad Una estrategia que permitió avances en materia de productividad y competitividad a nivel regional fue la creación del Consejo Nacional de Competitividad coordinado por la Consejería Económica y de Competitividad de la Presidencia de la República, Con el propósito de desarrollar un conjunto de programas y acciones dirigidos a fortalecer la capacidad competitiva de sectores productivos y regiones. Dentro de las acciones impulsadas por el Consejo Nacional de Competitividad están: La elaboración de los Estudios de Competitividad y de Perfiles de Proyectos, para distintos departamentos. La creación de los Consejos Regionales de Competitividad para impulsar programas de productividad y competitividad a nivel regional. Acciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en materia de productividad laboral. - 37 - De acuerdo con los lineamientos de la Política Nacional de Productividad y Competitividad, y con las funciones que en materia de productividad y tecnología, se le asignan al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, encontramos: Asesorar en la formulación de la política, planes, programas de empleo, productividad y formación profesional. Recomendar, coordinar y evaluar políticas en las áreas de productividad y tecnología y su impacto en el mercado de trabajo. Elaborar y proponer la adopción de normas para el desarrollo de las políticas de empleo, productividad y formación profesional. En el desarrollo de las anteriores directrices la Dirección General de Empleo ha adelantado una serie de estudios e investigaciones sobre los temas de productividad y tecnología entre los que se destacan: metodologías de medición, análisis de los factores determinantes, relaciones con otras variables tales como empleo y salarios, importancia para el desarrollo económico y social del país con el fin de poder determinar acciones o programas que permitan contribuir a incrementar los niveles de productividad en el ámbito de los distintos sectores productivos. Entre los proyectos y las acciones desarrolladas en este campo se destacan: 1. CAMPAÑA PARA LA CREACIÓN DE UNA CULTURA DE LA PRODUCTIVIDAD Para facilitar el proceso de sensibilización de los actores económicos la Dirección Técnica de Empleo realizó una serie de seminarios sobre las temáticas de Productividad y sus relaciones con distintas variables socio-económicas: crecimiento económico, competitividad, empleo, salarios, formación de recursos humanos, tecnología, tanto en un ámbito macro como de unidad productiva. Estos eventos se dirigieron a todos los actores del proceso económico: agremiaciones, empresarios, organizaciones sindicales, trabajadores, entidades gubernamentales, sector académico e instituciones privadas. Entre los objetivos específicos de estos Seminarios se pueden señalar: . . . . . Ampliar y profundizar los conocimientos y conceptualización de la Productividad y sus relaciones socio-económicas. Conocer experiencias, políticas y acciones sobre el mejoramiento de la Productividad, en distintos países. Lograr una homogenización de la visión y distribución de los beneficios del incremento de la productividad entre empresas y trabajadores. Concientizar a los distintos estamentos de la sociedad sobre los beneficios del aumento en los niveles de Productividad en el país. Definir la importancia del desarrollo de los recursos humanos como factor determinante del mejoramiento de la Productividad y un mayor desarrollo del país. - 38 - Publicaciones sobre productividad Con el objeto de dar a conocer la temática de Productividad y algunas experiencias en programas de mejoramiento de la productividad en otros países, la Dirección General de Empleo, ha elaborado y publicado una serie de cartillas que se relacionan a continuación, material al que se le dio una amplia difusión. 2. Manual del Sistema de Seguimiento de la Productividad en el Sector Público Colombiano. Antecedentes de Productividad Glosario de Términos sobre Productividad. Aspectos técnicos y teóricos sobre productividad. ESTUDIOS SECTORIALES DE PRODUCTIVIDAD LABORAL Otro campo de acción de la Dirección General de Empleo en materia de productividad, en los últimos años, ha sido el desarrollo de metodologías para la medición y el análisis de los factores determinantes y limitantes de la productividad laboral, a nivel de distintos sectores productivos, con base en los cuales se pueden implementar acciones y estrategias para su mejoramiento. Estas metodologias que han sido desarrolladas con asistencia técnica de la Universidad Nacional y de investigadores extranjeros estan disponobles para su uso por parte de las entidades públicas y privadas interesadas en su implementación. Los estudios sectoriales desarrollados a la fecha son: Medición de la Productividad Laboral en el Sector Comercio. Mediciones en el Sector Manufacturero y a nivel Macroeconómico. Medición de la Productividad en el Sector Público. 3. PROYECTO DE MEDICIÓN Y MEJORA DE LA PRODUCTIVIDAD EN LA EMPRESA. En desarrollo de este proyecto se ha avanzado en: Elaboración del Módulo “Medición y Estrategias para el mejoramiento de la Productividad en la Empresa” Su objetivo es dar a conocer a las micro, pequeñas y medianas empresas una metodología para la medición de la productividad, recalcar la importancia de la medición, y proponer algunas estrategias que las empresas pueden utilizar para el incremento de los niveles productividad y el mejoramiento de su desempeño. Validación de Indicadores de Productividad en una Mediana Empresa. Con el fin de validar el conjunto de indicadores que comprende la metodología para la “Medición y Mejora de la Productividad en la Empresa” se realizó una prueba piloto en una industria mediana del sector Metalmecánico. - 39 - La aplicación permitió comprobar la validez e importancia de los indicadores. Software para la Medición de la Productividad en la Empresa Contempla la elaboración de un programa computarizado y la distribución entre las pequeñas y medianas industrias, con el propósito de que éstas implementen su propio Sistema de Medición. 4. DESARROLLO REGIONAL – LOCAL Y LA PRODUCTIVIDAD. De acuerdo a los lineamientos del Plan de Desarrollo “Cambio para Construir la Paz”, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social busca contribuir con la creación de ventajas competitivas de los distintos sectores productivos a nivel regional, para lo cual tiene proyectado impulsar a través de los Consejos Territoriales de Empleo las siguientes acciones en materia de productividad: Promover el desarrollo de investigaciones, programas y proyectos de incremento de la productividad. Coordinar con las instituciones de formación técnica y profesional, planes y programas de capacitación, acordes con las necesidades del sector productivo, las características de la población, y una mayor productividad de la mano de obra. Acciones que permitirán dinamizar los procesos de transferencia de las técnicas de medición y las estrategias de mejora de la productividad en el campo de los recursos humanos, organización del trabajo, relaciones laborales, innovación tecnológica, en los ámbitos regionales. - 40 - 4. SECTOR SOLIDARIO 1. Fundamentos Legales y Constitucionales Los principios y fines del trabajo asociado están claramente identificados dentro de la doctrina cooperativa y recogidos en las disposiciones legales colombianas, conforme da cuenta la Ley 79 de 1988, el Decreto Ley 1333 de 1989 sobre precooperativas de trabajo asociado, el Decreto 468 de 1990, que reglamentó las normas correspondientes a las cooperativas de trabajo asociado. La Ley 454 de 1998 determina el marco conceptual y regula los organismos de economía solidaria, incluye las Cooperativas de Trabajo Asociado y las Empresas Asociativas de Trabajo regidas por la ley 10 de 1991 y su decreto reglamentario 1100 de 1992. La Constitución Política de la República de Colombia adoptada en 1991, además de consagrar el fomento y promoción de las formas asociativas y solidarias, dentro de las cuales se encuentran las entidades de trabajo asociado de naturaleza cooperativo, le asignó funciones específicas para el acceso del trabajador del campo a la tierra, la construcción y programas de vivienda de interés social, participación en la seguridad social, la salud y en los procesos de privatización cuando el Estado enajene su participación empresarial. 2. Plan Nacional de Desarrollo: "Cambio para Construir la Paz" (1.998-2002)ECONOMIA SOLIDARIA “Como se ha afirmado, la producción de capital social es imposible mientras en ella prime el conflicto y exista la percepción de que las decisiones económicas son tomadas por unos pocos y para el beneficio económico de unos pocos. Es imposible lograr la cohesión social mientras existan los altos índices de pobreza y desempleo y las grandes desigualdades sociales, como las imperantes en Colombia. En este sentido, la economía solidaria juega un papel preponderante en la consecución del aumento del capital social, en la medida que la cultura de la producción solidaria posibilita, mediante procesos participativos de diálogo, la concertación entre el Estado y la sociedad civil, la construcción de identidades rotas por la guerra, la formación de un ciudadano solidario que participa en las decisiones de interés común y en la construcción de una ética de la economía, de la convivencia y provee aptitudes para una vida en común, solidaria, participativa y tolerante. En consecuencia, la política del gobierno nacional y de la sociedad civil se orientará fundamentalmente a promover la participación económica del sector solidario en el ámbito rural y urbano para que los desempleados pobres y marginados autogestionen su propio trabajo con asistencia técnica, tecnológica y financiera que el Estado y el sector solidario puedan brindar. El gobierno se compromete a fortalecer proyectos de desarrollo empresarial participativo que tengan por objeto la creación y consolidación de empresas asociativas sostenibles que ayuden a las comunidades a multiplicar el trabajo productivo y los ingresos.” (Ley 508 de Julio 29 de 1999 –Item 21 , por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo para los años 1999-2002) - 41 - 3. POLITICAS Y ESTRATEGIAS DEL SECTOR SOLIDARIO En el marco legal y jurídico se han establecido líneas de política que generan crecimiento y desarrollo del sector solidario en el ámbito local, regional y su inserción en las diferentes actividades económicas, por ende conllevan a la generación de empleo productivo y sostenible, y el establecimiento de estrategias, entre las cuales podemos señalar: Sector salud: con base en los planteamientos de la Constitución Nacional "Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada por niveles de atención y con la participación de la comunidad" y en el artículo 174 de la Ley 100 del 1993, busca garantizar la salud pública, las direcciones de salud en los entes territoriales organizarán el sistema de subsidios a la población más pobre y vulnerable, realizando contratos para la atención de los afiliados de salud con las Entidades Promotoras de Salud. Las Empresas Solidarias de Salud, estas organizaciones de la comunidad de carácter asociativo empresarial, solidario y sin ánimo de lucro que administran el subsidio que otorga el estado. En este marco de acción las Empresas Solidarias de Salud deben ser contratadas por los entes territoriales para atender la población de la región o municipio donde se organizaron. Desarrollo regional y local: de acuerdo con el articulo 2 numeral 4 y articulo 21 numeral 3 de la Ley 60 de 1993, los entes territoriales con la cooperación del sector privado, comunitario y solidario, le corresponde promover y apoyar programas, proyectos y otorgar subsidios para la vivienda de interés social: a hogares con ingreso inferiores a los cuatro salarios mínimos, para compra de vivienda, de lotes con servicios para construir; para suministrar o reparar vivienda y dotarla de servicios básicos. Con la sustentación legal y en acuerdo con los entes territoriales el sector solidario tienen la prioridad de atender programas y proyectos de vivienda en las diferentes localidades Servicios Públicos: la Ley 142 de Servicios Públicos en el articulo 5 dice "Asegurar en los términos de esta Ley, la participación de los usuarios en la gestión y fiscalización de las entidades que prestan los servicios públicos en el municipio" Claramente se manifiesta otro campo de acción dentro del cual la comunidad organizada a formas asociativas genera procesos de desarrollo para los entes territoriales y crea fuentes de trabajo las cuales respalda el municipio contratando la prestación de los diferentes servicios públicos por parte de las unidades productivas solidarias En atención al Decreto No.77 de 1987 articulo 35, los municipios tienen a su cargo la prestación de servicios de asistencia técnica agropecuaria directa a los pequeños productores, para tal efecto pueden crear unidades de asistencia agropecuaria o contratar los servicios de asistencia técnica con entidades públicas o privadas especializadas - 42 - Este es otro ámbito de acción en el cual los entes territoriales contratarán con las unidades productivas asociativas estos servicios técnicos de asistencia al sector agropecuario Prelación en la Contratación con el Estado: es importante señalar que la Ley 79 de 1988 en el articulo 147 se específica: "los organismos cooperativos tendrán prelación obligatoria y tratamiento especial en la adjudicación de contratos con el Estado, siempre que cumplan los requisitos legales y se encuentren en iguales o mejores condiciones frente a los demás proponentes" Atendiendo la anterior disposición se define que los entes territoriales deben contratar preferentemente con las entidades de la economía solidaria, en esta forma se generan y apoyan procesos de crecimiento y desarrollo y territorial El trabajo interinstitucional: el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social esta trabajando con el Departamento de Economía Solidaria, la Consejería para la Paz, Instituto Colombiano de Vías, Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA-, Instituto Colombiano de Reforma Agraria, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Red de Solidaridad Social, Organización Internacional del Trabajo Proyecto Col 92-005 del PNUD, a través del cual se desarrollan programas y proyectos dirigidos al fortalecimiento de empresas asociativas, con el fin de racionalizar los recursos, unificar tecnologías y metodologías y lograr mayor impacto en el propósito de la paz. Los programas y proyectos de generación de empleo en el sector solidario son coordinados por el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, en el desarrollo e inplementación de éstos participan el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Servicio Nacional de Aprendizaje, el Instituto Cooperativo de la Universidad Santo Tomás, algunas Gobernaciones y Alcaldías, se han capacitado en las principales ciudades del país a 339 ejecutivos dedicados al Sector Solidario. Con la Superintendencia de Puertos se adelanta un Programa de Control y Desarrollo Empresarial con prioridad en el Puerto de Buenaventura, donde se están adelantando actividades de reubicación laboral. Con el Ministerio de Minas y Energía y el Comité Minero Cooperativo, con quienes venimos concertando desde 1.996, tenemos pendiente la continuación de proyectos conjuntos, en regiones donde se encuentran focalizadas las actividades de Minería a través de Empresas Asociativas. 4. Proyecto de Ley: el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social consiente de la importancia de las unidades productivas de trabajo asociado, como generadoras de empleo y con el fin de fortalecer y facilitar su crecimiento realizó un anteproyecto de ley sobre el trabajo asociado, donde se regula el trabajo asociado y se establece empleos de calidad, el anteproyecto se esta cual se presentará al Congreso para su aprobación. SECTOR INFORMAL El problema de la informalidad en el empleo y la precariedad en sus condiciones de vida es un problema que afecta a millones de personas en el mundo de los cuales Colombia no es la excepción. Razón por la cual es necesario priorizar alternativas que - 43 - hagan menos vulnerable la realidad de esta población, a través de la promoción y formalización de las unidades productivas creadas en el sector de la informalidad. Es importante tener en cuenta que cuando se hace referencia a la informalidad hacen parte de este sector: las Microempresas ( patronos, asalariados, trabajadores familiares sin remuneración), los Trabajadores Cuenta propia (vendedores ambulantes y estacionarios y productores individuales), Trabajo Doméstico (interno, por días), para atender este sector el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social brinda atención a todos los segmentos poblacionales ubicados en la informalidad ESTRATEGIAS El Ministerio de Trabajo adelantará acciones especificas para promover y coordinar la modernización del sector informal, mejorando la calidad del empleo, la formación profesional, el fortalecimiento de las organizaciones de sus actores sociales. 1. Diagnósticos estudios y evaluaciones El ministerio, se compromete a coordinar con el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas DANE y Departamento Nacional de Planeación para analizar y divulgar los estudios y diagnósticos más recientes y sus resultados traducirlos el políticas y acciones concretas a impulsar por el gobierno el sector privado y las organizaciones del sector. Actividades: La Encuesta Nacional de Hogares tiene entre sus módulos estadísticas en salud, seguridad social, gasto de los hogares, actividad laboral de los niños, calidad desempleo, vivienda (NBI) e informalidad; lo que permite que las entidades interesadas en trabajar el tema de la informalidad usen y apliquen esta información para la generación de políticas, programas y proyectos encaminados a mejorar las condiciones de vida del población. 2. Productividad y acceso al mercado El Ministerio de Trabajo con el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Ministerio de Desarrollo, Ministerio de Agricultura, Corporación Mixta para el desarrollo de la microempresa, Departamento Nacional de Planeación, Fondo Financiero Nacional, Consejo Gremial Nacional, Confederación de ONG`s coordinará los proyectos y programas de formación, asesoría y asistencia técnica para la creación y fortalecimiento de empresas. A través del Sena se adelantarán programas de formación al sector informal de la siguiente forma: 1. Programa de Creación de Empresas En este programa se realiza la asistencia técnica y asesoría para la formulación del proyecto de unidad productiva individual y solidaria y el proceso de acompañamiento, haciendo uso de la metodologías validadas a nivel nacional - 44 - 2. Programa para la Microempresa Este programa incluye la capacitación en todas las áreas de gestión, mercadeo, finanzas, producción y administración 3. 4. Capacitación especifica en creación de empresas de economía solidaria en procesos de promoción, creación y consolidación de estas unidades productivas. Programa de Formación Ocupacional En este proceso se capacitan en habilidades ocupacionales para el trabajo con mejor calidad y efectividad 3. Procesos Organizativos. Multiplicar la Experiencia de Desarrollo Local El Ministerio de Trabajo promoverá la experiencia del Municipio de Santander de Quilichao, ésta experiencia permite generar procesos de asociación y fortalecimiento de las unidades productivas asociativas con los entes territoriales y el sector privado. En este orden de ideas se plantea la conformación de unidades productivas de los diferentes sectores económicos con diferentes grupos poblacionales informales facilitando la condiciones de mercado, financiamiento y capacitación como pilares del desarrollo humano y en beneficio de la región. Consejos Territoriales de Empleo Teniendo en cuenta que el mayor índice de informalidad se encuentra en las principales ciudades e intermedias se promocionará la conformación de los Consejos Territoriales de Empleo como entes de concertación para dar solución colectiva e interinstitucional al problema del desempleo e informalidad que afrontan los entes territoriales (se adjunta documento). 4. Legislación para el Sector de la Economía Informal. Se ha planteado a las Centrales Obreras la necesidad de conformar una Comisión de estudio y seguimiento de los proyectos de ley presentados al Congreso de la República relacionado con los trabajadores del sector informal. - 45 - Convenios de la OIT recientemente aprobados por el Congreso de la República: La Ley 515 del 4 de agosto de 1999, aprobó el Convenio 138, de la OIT sobre Edad Mínima. La Ley 524 del 12 de agosto de 1999, aprobó el Convenio 154, de la OIT sobre fomento de la negociación colectiva. CONVENIOS OIT Diseñar estrategias y desarrollar acciones subregionales encaminadas a velar por el cumplimiento de los compromisos asumidos en la Declaración de Cartagena sobre Erradicación del Trabajo Infantil, de la I Reunión Iberoamericana Tripartita de Nivel Ministerial sobre Trabajo Infantil. Compromisos asumidos: Mitigar la pobreza y distribuir equitativamente las oportunidades de educación universal de calidad. Desarrollar planes y programas nacionales de acción para la erradicación del trabajo infantil, especialmente las formas más intolerables. Desarrollar programas concretos por parte de las organizaciones de empleadores y trabajadores. La creación de un sistema de información regional sobre trabajo infantil. Fortalecer las instancias de coordinación e intercambio de experiencias a nivel regional. El objetivo general de está línea de acción es desvincular a los niños, niños y jóvenes de las peores formas del trabajo infantil a través de proyectos integrales de intervención que posteriormente puedan ser extrapolados, con los ajustes requeridos, a otros contextos. Uno de los proyectos importantes en éste sentido es el de la Empresa Colombiana de Carbón ECOCARBON, hoy Minercol, quien desde 1995 inició un programa de intervención para erradicar la participación de los niños en la extracción del carbón. Dicho programa, desarrollado en los Departamentos de Antioquia, Boyacá y Cundinamarca, consta de los siguientes componentes: .- Ubicación y conocimiento de los niños ( en 1996, año en el que se concluyó el censo de niños trabajadores en las minas, se pudo establecer que existían 1.124 niños, en los 3 departamentos, realizando actividades relacionadas con la extracción del Carbón). .- Construcción y dotación de centros para la atención (capacitación, recreación, producción) de los niños ex - mineros. - 46 - .- Desarrollo de programas sociales relacionados con, asistencia a la familia, capacitación empresarial, recreación y deporte, nutrición, asistencia psicológica, terapia del le3nguaje, entre otros. .- Diseño y desarrollo de proyectos asociativos productivos, lo cual incluye la identificación de formas alternativas productivas para los jóvenes y sus familias. .- Capacitación de oficios, asignación de créditos y seguimiento a los proyectos. De otra parte las organizaciones de Trabajadores: Confederación General de Trabajadores Democráticos - CGTD, la Confederación de Trabajadores de Colombia CTC y la Central Unitaria de Trabajadores CUT, crearon una mesa de concertación en torno al tema de la Erradicación del Trabajo infantil, en la cual, a partir del Seminario realizado en 1997 “Niños, Niñas y Jóvenes Trabajadores: Construyamos Propuestas”, han acordado planes y programas conjuntos, con el propósito de difundir, sensibilizar, y formar a las organizaciones sindicales y a otros sectores claves de la sociedad, para que se comprometan con la erradicación inmediata de las peores formas del trabajo infantil. Por su parte, las Organizaciones de Empleadores, han impulsado la definición de Códigos de Conducta para sus afiliados, en los que se establece la no contratación de mano de obra infantil. Diseñar programas y planes de acción a nivel nacional y subregional para fomentar la libertad sindical, la libertad de asociación y de negociación colectiva en el contexto de la globalización de la economía. Como se señaló anteriormente el convenio de la OIT 154, sobre fomento de la negociación fue aprobado por la Ley 524 del 12 de agosto de 1999, PORTAFOLIO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS Formación Profesional Integral para personal ocupado y nuevo talento humano Sector Comercio y Servicios Turismo: Servicios Hoteleros, Gastronómicos, Agencias de Viajes y Turismo, Ecoturismo. Turismo rural, Guianza local y especializada. Recreación. Transporte comercial marítimo: Marineros cubierta y máquinas. Oficiales de puente regional. Transporte de pasajeros. Conducción. Terminales de pasajeros. Servicios a bordo. Vigilancia y Seguridad Privada. Gestión de vigilancia. Porteros y celadores. Escoltas de carga. Servicios a la Salud: Instrumentación quirúrgica. Enfermería. Laboratorio clínico. Farmacia. Odontología Social. Higiene Oral. Gerontología y Geriatría. Imágenes diagnósticas. Formación Profesional Integral para personal ocupado y nuevo talento humano Sector Primario y Extractivo Sector Industria y de la Construcción Electrónica: Electromedicina, Microelectrónica, Control de Procesos, Refrigeración, Aviónica, Aeromecánica. Automatización y control de procesos: Sensórica, Hidráulica, Neumática, Manipuladores, PLC, Centros de Mecanizado. Ebanistería, carpintería de construcción, control de producción de artículos de madera, carpintería estructural, pintura y tapizado de muebles. Producción textil: Hilatura, Tejeduría y Acabados. Control de Calidad. Postcosecha de frutas y hortalizas. Especies menores: Sanidad, Manejo, Reproducción, Nutrición y Administración de: conejos, ovinos, caprinos, aves, porcinos y cuyes. Acuicultura: Piscicultura, Maricultura. Confección Industrial de Textiles, Calzado, Cuero y Agricultura mecanizada y riego. Marroquinería. CAD en patronaje, escalado y trazo. Programación y sistemas de producción. Máquinas y Herramientas convencionales y de CNC. Minería de carbón: Bajo tierra y Cielo abierto. Construcción de edificaciones y proyectos de Recursos Naturales y Manejo de vivienda popular: Cimentaciones, Mampostería y microcuencas. revoques, Instalaciones hidráulicas y sanitarias, Redes de gas, Redes eléctricas, Carpintería metálica, Cubiertas, Pintura, Enchapes y acabados. Topografía. Programación de obra, Presupuestos, Control de obra, Dibujo Arquitectónico de instalaciones técnicas y estructuras y Cálculo estructural; Asistido por computador. 47 - Agua potable y Saneamiento Básico, Acueductos, Alcantarillados, Residuos Sólidos. Formación Profesional Integral para personal ocupado y nuevo talento humano Formación Profesional Integral para personal ocupado y nuevo talento humano Sector Comercio y Servicios Formación Profesional Integral para personal ocupado y nuevo talento humano Sector Industria y de la Construcción Producción de productos de plástico, matricería y moldes de inyección. Electricidad: Generación y Transmisión de energía. Salud Ocupacional. Sistemas de manufactura flexible (Robótica). Administración del talento humano. Autotrónica, ABS, Full injection, Distribución electrónica, Mecánica y laboratorios diesel Peluquería y estética. Mercadeo de servicios y de productos. Soldadura: TIG, MIC y tubería de alta presión. Control ambiental, de procesos químicos y petroquímicos. Agroindustria rural: Lácteos, Cárnicos, Frutas, Hortalizas, Pescados y Mariscos. Producción bovina: Sanidad, Manejo, Reproducción, Nutrición y Administración. Administración Agropecuaria y Desarrollo Rural. Control ambiental. Explotaciones mineras subterráneas, a cielo abierto. Operación de maquinaria pesada en minería. Pesca Industrial y Semi-industrial. 48 - Banca e Instituciones Financieras. Aseguradoras. Contabilidad y Finanzas Servicios administrativos. Ofimática. Asistencia administrativa. Mensajería. Administración de Documentos. Microfilmación. Disco Optico. Sistemas de Administración documental. Formación Profesional Integral para personal ocupado y nuevo talento humano Sector Primario y Extractivo PORTAFOLIO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS Formación de docentes Pedagogía Básica para docentes vinculados y para conformar banco de aspirantes. Nuevas tecnologías de la Información y la Comunicación aplicadas a la formación profesional. Metodologías autoformativas y andragogía. Tecnología básica transversal para el Sector Industrial. Metodología para la elaboración de competencias laborales: Concertación, Caracterización Ocupacional, Análisis Funcional, Mapa Funcional. Elaboración de Unidades de Competencia Laboral, Definición de Titulaciones. Metodología para Diseño y desarrollo Curricular: Elaboración de Estructuras curriculares por Módulos de formación. Elaboración de Unidades didácticas de trabajo. Diseño de ambientes de aprendizaje. Prescripción de medios y recursos didácticos. Programas Desescolarizados: Agua Potable y Saneamiento Básico. (Multimedia. Hipertexto. Audio. Video. Cartillas) Tecnología textil. (Textos autoformativos) Mercadotecnia para Droguistas. (Fascículos autoformativos) Modistería. (Fascículos autoformativos en prensa local) Mecánica automotriz. (Fascículos autoformativos en prensa local) Conducción de vehículos de servicio público. (Audiocasetes. Cartillas) Básico de Inglés. (Multimedia) Metodologías para la autoformación y la Educación de Adultos. Metodologías para producción de medios radiales, audiovisuales, multimedia, audio, video y teleconferencia. Metodología para evaluación de productos técnico pedagógicos. 49 - Desarrollo de competencias docentes: Análisis Funcional. Mapa Funcional. Elaboración de Unidades de Competencia Laboral. Definición de Titulaciones. Proceso Curricular PORTAFOLIO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS Alianzas estratégicas Modelos para la suscripción de convenios de capacitación laboral con empleadores, en el marco de la legislación de Ciencia y Tecnología. Servicios Públicos de Empleo Sistemas de autoconsulta : Intermediación laboral sistematizada para empleadores y aspirantes al empleo. Orientación ocupacional para desempleados, metodología por talleres ocupacionales. Análisis de mercado laboral y observatorio de ocupaciones: metodología de análisis e información. Metodología para determinar Clasificación Nacional de Ocupaciones - CNO. Códigos. Diccionario Ocupacional. 50 - Servicios Tecnológicos Banco de proyectos de desarrollo del conocimiento tecnológico en las áreas: Biotecnología vegetal. Biotecnología aplicada a la industria. Industria del papel. Acuicultura. Plástico y caucho. Petroquímica. Industria farmacéutica. Nuevos materiales. Empaques y embalajes. Agroindustria. Gestión e intermediación para procesos de Aseguramiento de calidad en las empresas en Normas ISO 9000 y HACCP (Ambientales) Gestión e intermediación para proyectos empresariales de mejoramiento continuo: Gerencia del día a día. Gerencia de Sistemas de Información. Gestión e intermediación para implantación de tecnologías en identificación de productos y sistema de intercambio electrónico de documentos en las empresas. Metodologías y proyectos de Incubadoras de empresas de base tecnológica. - 51 - INFORME NACIONAL DEL ECUADOR SOBRE LOS CINCO EJES TEMATICOS SOCIOLABORALES DE LA COMUNIDAD ANDINA - 53 - República del Ecuador Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos Departamento de Trabajo y Recursos Humanos Oficio, 001-AIT-P-2000 San francisco de Quito, a 12 de septiembre de 2000. Señor Embajador Sebastián Alegrett Secretario General de la Comunidad Andina de Naciones Lima, Perú Adjunto al presente remito para su conocimiento y curso correspondiente dentro de los compromisos asumidos por el Gobierno del Ecuador, el informe del Gobierno Ecuatoriano relativo al seguimiento de los ejes temáticos sociolaborales, información que será ampliada y sustentada en detalle en los días posteriores a esta fecha. Aprovecho la oportunidad para expresarle mi sentimiento de consideración y estima. Atentamente, (Fdo.) Walter Tapia Garáfalo JEFE DE ASUNTOS INTERNACIONALES E INTEGRACION - 54 - República del Ecuador Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos Departamento de asuntos Internacionales e Integración INFORME DEL GOBIERNO DEL ECUADOR RELATIVO AL SEGUIMIENTO DE LOS EJES TEMATICOS SOCIOLABORALES Entorno General El Ecuador ha sufrido en los últimos dos años importantes sucesos y transformaciones, que junto a la crisis democrática y económica que tuvo su mayor crisis en los primeros meses del presente año ha detenido el seguimiento natural de los compromisos que este país lleva adelante y en los cuales tiene empeñada su intención. A lo precitado, abunda la necesidad que el Gobierno tiene de priorizar los esfuerzos nacionales hacia los requerimientos inmediatos de sus miembros y procurar la estabilización de la situación económica del Estado, razón por la que ha encaminado varias e importantes transformaciones al interior del país que ya comienzan a percibirse los resultados de tales decisiones. El proceso más importante en esta materia que el país ha concretado, es la publicación de la Ley para la Reforma de las Finanzas Públicas, o denominada Trole 1, en la que se canalizan reformas ampliadas con miras a flexibilizar la administración pública en general y promueve marcos legales para las propuestas de modernización del Estado. Junto a la promulgación de la precitada ley, se encaminó el proceso de dolarización de la economía que hasta el momento ha dado en la generalidad estabilidad económica y aumento de la inversión, permitiendo tener fundadas esperanzas de una reactivación de la economía, tal cual se puede observar en las cifras entregadas por el Banco Central, detallándose que el déficit fiscal se reducirá de 3.5% al 2.7% y que el crecimiento del PIB será del 1,3, situándose la inflación a fin de año entre el 85% y el 95%, cifras éstas en las que se pueden percibir una evolución favorable, con relación a la delicada situación que en los últimos cinco años ha devenido en el Ecuador. En este entorno y con la perspectiva de la promulgación de una ley reformatoria ampliada en materia de legislaciones del país, denominada Trole 2, se espera que se complementará las medidas adecuadas para la estabilización y seguridad jurídica que reactivará la economía y el desarrollo del país en todos los ámbitos. Al amparo de estos cambios el Gobierno del Ecuador ha avanzado en la materia socio laboral con directrices que se enmarcan directa e indirectamente en los ejes temáticos de la Agenda Social de la Comunidad Andina, tal cual se detalla a continuación: Convenio de Integración Socio Laboral Simón Rodríguez El Gobierno del Ecuador apoya y agradece las acciones encaminadas por la Secretaría de la Comunidad Andina tendientes a la adopción del Protocolo Modificatorio del Convenio Simón Rodríguez, resaltando la necesidad del funcionamiento de este foro - 55 - propositivo socio laboral que fortalecerá el proceso de implementación de la Agenda Social de la Comunidad Andina, y que debe por sobre todo tener un espectro de participación ampliada acorde a la democratización de la toma de decisiones. Es necesario resaltar que se debe buscar un mecanismo adecuado para que el Convenio inicie su trabajo a la brevedad posible en la fase administrativa y propositiva, con el fin de cursar las necesidades pendientes en esta materia y poder fortalecer el Sistema Integracionista vigente. La equidad y el consenso deberán ser los mecanismos idóneos para viabilizar el debate, la participación y la coordinación que se encomienda al Convenio Simón Rodríguez, en el marco del foro tripartito y paritario, que ofrecerá la posibilidad de tomar decisiones en igualdad de derechos en la materia que abarcar el Convenio y ser realmente un foro de participación con la representatividad idónea para tratar los temas socio laborales. Formación y Capacitación Laboral Dentro del proceso de Modernización del Estado, una de las instituciones que van a ser reestructuradas y modernizadas es el SECAP, siendo ésta la que canaliza la capacitación profesional en el país, la misma que cuenta con una infraestructura bastante aceptable a los actuales requerimientos técnicos y tecnológicos del país, sin embargo su efectividad se ve limitada por problemas administrativos, estructurales, propositivos en cuanto a la oferta del mercado labora, entre otros, que hacen necesaria su reforma. En este entorno, el Ministro de Trabajo y Recursos Humanos es quien preside el Directorio del SECAP y quien está encargado de llevar adelante el proceso de transformación de esta institución. Para este fin se encuentran en estudio tres propuestas, las cuales han sido trabajadas, una por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), otra por el Consejo Nacional de Modernización (CONAM) y una última, contratada a un consultor privado experto en la materia, las cuales deberán ser estudiadas a la luz de las nuevas necesidades y desafíos que el mercado exige, junto a los representantes de las organizaciones de los empresarios del país más representativas, con las centrales sindicales y los mismos trabajadores y empleados del SECAP. Especial interés en este trabajo han mostrado los sectores empresariales, ya que son ellos quienes demandan el personal y la mano de obra calificada, contando inclusive con la aportación económica representativa que es muy importante en el actual y futuro esquema. En la actualidad se debe resaltar que el SECAP tiene ya vínculos de cooperación con las entidades de formación profesional de los Países Miembros de la Comunidad Andina, siendo de especial importancia la experiencia con Colombia dentro del proceso de integración Ecuatoriano Colombiano que durante diez años se llevó a cabo y que tuvo significativos avances. Con las reformas que en este momento se están haciendo al SECAP en general y dentro de estas modificaciones estructurales a su normativa, sería valioso para el Ecuador conocer las sugerencias o propuestas que en torno a esta temática pueda dar - 56 - a la Secretaría de la Comunidad Andina o los países de la Subregión miembros, en función de insertar, si fuere el caso, lineamientos que permitan viabilizar el proceso y crear una institución con muchas fortalezas en la temática. Seguridad social Con relación a Seguridad y Salud en el Trabajo, el Gobierno del Ecuador informa que está iniciada una campaña agresiva de capacitación en materia de Seguridad y Salud en el trabajo, y promoverá el funcionamiento efectivo del comité de Seguridad, Salud e Higiene del Trabajo, en el que participan como miembros principales el ministerio de Trabajo por medio de la Jefatura de Seguridad y Salud Ocupacional, la División Nacional de Seguridad y Riesgos del Trabajo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS, un representante de los Trabajadores y uno de los Empleadores que conozcan sobre el tema. La Presidencia de este Comité es rotativa, y la representatividad de los expertos delegados de los trabajadores y empleadores. En este entorno se ha logrado elaborar el reglamento para el uso del asbesto en condiciones de seguridad, y el Reglamento del Benceno, que inclusive se ven complementadas con los respectivos Convenios temáticos de la OIT ratificados por el Ecuador. Al momento está en manos de las autoridades del Ministerio de Trabajo la propuesta relativa a la implementación de un Seminario intensivo y evaluado de Seguridad y Salud Ocupacional para los inspectores de trabajo, con ayuda de la División Nacional de Riesgos del IESS, que realizarán con esta instrucción una evaluación más real en lo referente a la prevención que generalmente se hace en los procesos de inspección, y de esta manera se complementaría su actividad de inspección en materia de inspección de las condiciones legales del trabajador, la prevención de conflictos y negociación, con la verificación de normas mínimas de condiciones de seguridad en las empresas o industrias inspeccionadas. Con referencia al Instituto Ecuatoriano de Seguridad social, que bajo su égida se maneja hasta la actualidad la materia de Seguridad social, se debe mencionar que se están ultimando los detalles de la reestructuración, modernización y descentralización si del caso fuere de esta institución por medio de una Comisión Interventora que fue encomendada trabajar en este fin, según mandato de las normas transitorias de la Constitución Política de la República del Ecuador, adoptada el 10 de agosto de 1998. En lo que tiene que ver a las Decisiones números 113 y 148 del Convenio Simón Rodríguez, el Ecuador sigue con la convicción de que es necesario reformarlos y relanzarlos, para lo cual agradece la gestión y la ayuda que los organismos especializados en este temática puedan dar al tema. - 57 - Migración Laboral El Gobierno del Ecuador apoya y agradece la intención de la Secretaría de la Comunidad Andina y la Oficina Internacional para las Migraciones y aúna criterios en la modificación de la Decisión 116, resaltando la necesidad de simplificar considerablemente el trabajo de las dependencias de migración de los Ministerios de Trabajo de la Comunidad Andina en cuanto a la migración laboral de los trabajadores andinos, ya que el carnet ocupacional o la certificación de aquella calidad otorga, es parte de los requerimientos para obtener los permisos legales o visas para determinar la calidad migratoria. De otra parte, estas mismas dependencias no están cubriendo casi ningún objetivo con eficacia de los que inicialmente se esperaba por medio del mandato de la Decisión, siendo por lo contrario tamices burocráticos bastante amplios y restrictivos. En este sentido el Ecuador se compromete a seguir apoyando los avances que en esta materia se den en el marco de la cooperación que la OIM, y las propuestas que se vayan generando en las instancias adecuadas de la Comunidad Andina. Fomento del Empleo En materia de generación de empleo se debe resaltar que en el Ecuador se han iniciado varios ejes de acción inmediata para incrementar las posibilidades de trabajo en el país, entre los inmediatos y más relevantes se cita los siguientes: En toda la Costa Ecuatoriana se sigue en proceso de reconstrucción de este sector en materia de vialidad, caminos y carreteras, puentes, canalización de riego agrícola, entre muchas otras necesidades básicas; que se generaron con el fenómeno natural del “Niño”, y por el cual como es conocido y común a otros países andinos, dejó en una lamentable situación los sectores costaneros de varios países. Complementario a lo anterior, se detalla que en esta gestión del Ministerio de Obras Públicas, Municipios y consejos Provinciales entre otros organismos creados para este fin, se han propiciado varios proyectos amplios como la construcción del Transvase Poza Onda – Mancha Grande, la Presa Hidroeléctrica Daule – Peripa, entre vías y carreteras como la Vía Muisne Esmeraldas, entre muchas otras que ya cuentan con financiamiento y se han iniciado los trabajos que están generando y generarán varios miles de puestos de trabajo concretos. En materia microempresarial se está propiciando la ley para el fomento de esta rama de producción y trabajo, así como planes piloto de capacitación, ya que tal cual como trabajan en este momento no son sujetos de crédito o financiamiento, por lo que el proceso en esta materia está planteado y se espera que se concreten a futuro, particular que junto a los que se sigan dando, se informará a la Secretaría y al Grupo de Trabajo de Viceministros y Expertos de Trabajo. - 58 - Conclusiones En función de precautelar en un amparo legal óptimo la seguridad de los trabajadores del Ecuador, el Gobierno del Ecuador señala y da a conocer a los países de la Comunidad Andina que ha ratificado todos los convenios fundamentales de la OIT, inclusive el relativo a la eliminación de las formas extremas del trabajo infantil No. 182, adoptado por la Conferencia de la OIT, en el año de 1999. El Ecuador solicita se amplíe el plazo de entrega de informes de los Países Miembros de la Comunidad Andina, ya que los cambios que se han generado y se generarán en el futuro cercano en nuestros países, no nos permite presentar un coherente y suficientemente consistente a futuro, para lo cual se propone que la publicación de los informes definitivos se dé en una fecha posterior a la adopción definitiva del Protocolo Reformatorio del Convenio Simón Rodríguez, que podría ser considerada en un tiempo no superior a dos meses. W.T. - 59 - INFORME NACIONAL DEL PERU SOBRE LOS CINCO EJES TEMATICOS SOCIOLABORALES DE LA COMUNIDAD ANDINA - 61 - REPÚBLICA DEL PERU MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL AGENDA SOCIAL ANDINA El proceso de integración andina ha atravesado distintas etapas, en un inicio estuvo orientado exclusivamente al comercio y la inversión, actualmente se tiene una visión más amplia de integración, que incluye la política exterior y la participación ciudadana como forma de democratizar el proceso y la agenda social. Sobre el particular, los temas que competen informar a nuestro Sector son los siguientes: Convenio Simón Rodríguez, Formación y Capacitación Laboral, Seguridad Social, Migración Laboral, Fomento del Empleo y Salud, y Seguridad en el Trabajo. - 62 - CONVENIO SIMÓN RODRÍGUEZ En la Directriz 38 emanada del XI Consejo Presidencial Andino de mayo de 1999, los Presidentes Andinos instruyeron a los Ministros de Trabajo para que presenten al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores un Proyecto de Protocolo Modificatorio del Convenio Simón Rodríguez que se ajuste a la nueva institucionalidad andina y al actual contexto socio-económico de la sub-región. En cumplimiento de la mencionada Directriz se llevó a cabo la reunión de Ministros de Trabajo en agosto de 1999 y las reuniones de Vice-Ministros y Expertos del Trabajo en octubre y noviembre de 1999, elaborándose un Anteproyecto Modificatorio del Convenio Simón Rodríguez que tiene por finalidad la orientación de los asuntos sociolaborales dentro de un marco de acción sub-regional concertada y con la participación de los sectores empresarial y laboral andino, teniendo una participación tripartita, es decir, los Ministerios de Trabajo y Consejos Consultivos Empresarial y Laboral Andino. Este Convenio será un foro de debate y participación para los temas socio- laborales que estará integrado por los siguientes órganos: - La Conferencia, es el órgano máximo del Convenio, cuenta con una estructura tripartita integrada por los Ministros de Trabajo, Presidente del Consejo Consultivo Empresarial Andino y Presidente del Consejo Consultivo Laboral Andino. - Las Comisiones Especializadas de Trabajo; órgano asesor del Convenio, con estructura tripartita. - La Secretaría Técnica; órgano de coordinación y apoyo de los otros dos órganos del Convenio, y que será asumida por la Secretaría General de la Comunidad Andina. El presente Anteproyecto Modificatorio del Convenio Simón Rodríguez, tiene una estructura organizativa simple que busca contribuir en la coordinación de políticas socio-laborales fundamentales para el Mercado Común Andino y la Agenda Social de la sub-región, en temas como: el Fomento del Empleo, Formación y Capacitación Laboral, Salud y Seguridad en el Trabajo, Seguridad Social y Migraciones Laborales. El Convenio Simón Rodríguez será parte integrante del Sistema Andino de Integración y se expresará a través de Recomendaciones. - 63 - FORMACION PROFESIONAL Y CAPACITACION LABORAL La Formación Profesional es definida de una manera genérica como las “actividades que tienden a proporcionar la capacidad práctica, el saber y las actitudes necesarias para el trabajo en una ocupación o grupo de ocupaciones en cualquier rama de la actividad económica”. Nace de la necesidad de proponer nuevas formas de enseñanza, con el propósito fundamental de aumentar la capacidad de atención de las necesidades del mercado del trabajo y la eficiencia técnica productiva de la fuerza de trabajo. La Formación Profesional incorpora no sólo una formación para un puesto de trabajo sino la comprensión del significado del trabajo, y del ambiente en que se desarrolla, contribuyendo además a una toma de conciencia y una valorización del trabajo productivo, mediante el desarrollo el gusto por la ocupación aprendida así como el sentido de dignidad y orgullo profesional. El concepto de Formación implica la presencia de cuatro dimensiones: Su profunda vinculación con el sistema de relaciones laborales. Su enmarcamiento dentro de un proceso de transferencia tecnológica. Su naturaleza de fenómeno educativo articulada con las esferas del trabajo y la tecnología. Su finalidad formativa para las competencias, lo que la coloca en un nivel superior al de las simples calificaciones. La Formación Profesional tiene por objetivos: Dar una rápida y efectiva preparación. Favorecer mediante el perfeccionamiento de las habilidades y competencias, la promoción social y el ingreso al mercado laboral o a la mejora de la situación laboral. Readaptar los contenidos en función a su capacidad intelectual, a su capacidad técnica y a las cambiantes exigencias del proceso económico. Lograr trabajadores aptos para ejercer ocupaciones calificadas, cuyo ejercicio requiere conocimientos técnicos y habilidades manuales que sólo pueden adquirirse en períodos relativamente largos y en relación estrecha con el trabajo. - 64 - CAPACITACION LABORAL A diferencia de la Formación Profesional, que involucra un proceso integral y sistemático que actúa en una persona/grupo a fin de lograr una transformación del comportamiento dentro de un ambiente/meta, la capacitación, alude a la transmisión de conocimientos de orden teórico y/o práctico a una persona/grupo con la finalidad de obtener una cualificación determinada en el ámbito de determinadas competencias. La capacitación Laboral “permite el perfeccionamiento, mediante la actualización y/o especialización a quienes están ya incorporados en el mundo del trabajo, brindándoles la posibilidad de asumir nuevas responsabilidades y alcanzar puestos de mayor relevancia en atención a las nuevas exigencias de la sociedad moderna, el continuo cambio tecnológico y al proceso de globalización “. “Se dirige por tanto, a la promoción social del hombre que trabaja. Es el proceso responsable de la infraestructura de la mano de obra” 1. Los lineamientos de la capacitación laboral son los siguientes: Siempre está relacionada a un objeto inmediato. Las pruebas de conocimiento se ajustan al desempeño práctico. El conocimiento es impartido por instructores. Exige a los participantes dedicación parcial. Los programas pueden darse en forma modular. La enseñanza es intensiva y acelerada. El costo depende del nivel de especialización y de las necesidades de sofisticación de los equipos a utilizar, en el caso técnico, y de los altos niveles de calificación del equipo de los capacitadores. La programación no es rígida, se elabora a partir del análisis ocupacional. ACTIVIDADES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL EN FORMACION PROFESIONAL Y CAPACITACION LABORAL En la línea actual de los Ministerios de Trabajo de la región de América Latina y el Caribe de encontrarse embarcados en programas que busquen generar y desarrollar la demanda en el campo de la Formación Profesional, mediante acciones integrales de desarrollo de la productividad y competitividad, con una adecuada ubicación de la oferta formativa en función a los requerimientos objetivos de las unidades productivas y de los procesos de transferencia tecnológica 2, el Ministerio desarrolla los siguientes programas en materia de Formación Profesional y Capacitación Laboral: 1 2 Loc. Cit. Los Ministerios de Trabajo y la Formación Profesional. Reflexiones iniciales para una discusión. Cinterfor/OIT , San José, Costa Rica, 1996. - 65 - 1. CENTROS DE FORMACION PROFESIONAL (CENFORP) El objetivo de estos centros es brindar una formación técnica regular y gratuita a poblaciones urbano-marginales. En la actualidad los CENFORP operan en las ciudades de Huancayo (Junín), Taraco (Puno), Huaraz (Ancash), y Trujillo (La Libertad). Se imparten cursos de carpintería, ebanistería, electricidad y refrigeración, mecánica automotríz, mecánica de producción, soldaduras y construcciones metálicas, construcción civil, dibujo técnico, cerámica en frío, entre otros. Contamos con financiamiento y/o apoyo de organizaciones como Naciones Unidas, UNICEF, OIT, CIID canadiense; empresas como Fiat y Citroen, y sindicatos norteamericanos y alemanes. 2. PROGRAMA DE CAPACITACION LABORAL JUVENIL (PROJOVEN) Este programa tiene por finalidad facilitar la inserción laboral de jóvenes de escasos recurso económicos brindándoles capacitación, así como promover el encuentro entre instituciones de capacitación y empresas para dinamizar el mercado de capacitación laboral. PROJOVEN contrata cursos de capacitación diseñados para satisfacer los requerimientos del sector empresarial. Participan en este programa las empresas que manifiestan sus necesidades de capacitación para ocupaciones específicas y ofrecen prácticas laborales, las entidades de capacitación que diseñan los cursos ajustados a los requerimientos empresariales, y los jóvenes entre 16 y 25 años de edad, de escaso recursos económicos. Para el año pasado el Programa de Capacitación Laboral Juvenil (Projoven) planificó la realización de la Quinta y Sexta Convocatoria a Licitación Pública Internacional, con el objetivo de capacitar alrededor de 6,100 jóvenes en aproximadamente 320 cursos de semicalificación. Cabe resaltar que estas convocatorias se financiaron a través de recursos monetarios provenientes del gobierno alemán, obtenidos mediante el mecanismo de reconversión de la deuda externa por inversión social por un monto de 12 millones de marcos alemanes y la provisión de recursos financieros en el presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción Social. Tal como se tuvo previsto en el plan operativo del programa, la convocatoria a la Quinta Licitación Pública Internacional se desarrolló normalmente con la incorporación de la ciudad de Chiclayo como nueva sede del programa. La apertura de ofertas se realizó el día lunes 5 de abril de 1999. De las 178 Entidades de Capacitación aptas para participar en esta convocatoria, un total de 127 (71% del total), adquirieron las respectivas Bases de Licitación, distribuidas de la siguiente manera: - 66 - Lima y Callao Arequipa Trujillo Chiclayo Total ECAPs aptas para participar en Projoven 90 39 33 16 178 ECAPs que compraron Bases 65 25 24 13 127 Con esta importante participación de las Entidades de Capacitación se formo alrededor de 3,200 jóvenes de escasos recursos en aproximadamente 160 cursos de diversas especialidades. Módulo de sexualidad y salud reproductiva Una de las principales novedades del programa para 1999 lo constituye la firma de un Convenio con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), mediante el cual se diseñó y se viene ejecutando un subprograma de sexualidad y salud reproductiva que favorecerá directamente tanto a los beneficiarios de Projoven como a los profesores de las Entidades de Capacitación. Este subprograma busca, mediante la incorporación de módulos de educación/capacitación, contribuir a cambios de actitudes y a la adopción de prácticas saludables y responsables en el autocuidado de la salud sexual y reproductiva. Para ello, los módulos consideran los temas de educación sexual, sexualidad responsable, derechos sexuales y reproductivos, maternidad segura y paternidad responsable, autoestima, derechos a servicios de salud, entre otros. Estos módulos, se ejecutarán como parte de la Fase de Formación Técnica con una duración promedio de 8 horas, mediante técnicas de enseñanza-aprendizaje que permitan generar empatía, una interacción horizontal y una flexibilidad en los temas a tratar según las necesidades y características de los beneficiarios del programa. 3. CONVENIOS CON ORGANIZACIONES INSTITUCIONES Y PARTICIPACION EN El Ministerio de Trabajo y Promoción Social es copartícipe, conjuntamente con la COSUDE (Cooperación Suiza al Desarrollo) y el Ministerio de Educación, del Programa CAPLAB, cuya finalidad es brindar una formación profesional básica articulada con el mercado, posibilitando a determinados grupos de la población el acceso a la vida productiva mediante empleo sostenible y autoempleo. Por otro lado, es miembro fundador del “Foro Peruano de Capacitación Laboral” (FOPECAL), asociación civil que tiene por objeto propiciar la generación de mecanismos que permitan integrar los aportes de las instancias que intervienen en la dinámica laboral, educativa y tecnológica, así como ser un ente de difusión y estudio de la relación existente entre los mercados productivo, laboral y educativo. - 67 - 4. PROGRAMAS DE FORMACION LABORAL JUVENIL Y PRACTICAS PRE PROFESIONALES De acuerdo con el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 “Ley de Formación y Promoción Laboral”, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 00297-TR, el Ministerio de Trabajo y Promoción Social es el organismo competente para encargarse del control, supervisión y demás responsabilidades referentes a los programas de capacitación para el trabajo denominados “Formación Laboral Juvenil” y “Practicas Pre-Profesionales”, regulados por la norma en mención. ACCIONES PRIORITARIAS 1. Acuerdo de una terminología común respecto a la formación y capacitación profesional. 2. Organizar un Taller Regional donde se expongan las políticas, experiencias comparadas y articulación entre lo público y privado respecto a la Formación y Capacitación Profesional. 3. Diagnóstico de los sistemas de formación profesional desarrollados en los países de la región. 4. Estudios sobre el mercado laboral en cada país miembro, identificando las necesidades de formación de la mano de obra y las posibilidades de desarrollo de cada lugar. Esto se podría lograr a través de Observatorios Laborales instituidos en cada país. Su implementación conllevaría el establecimiento de una Red Andina de Observatorios Laborales. En ese sentido, conocemos de la existencia de un Observatorio Laboral y Observatorio de Calificaciones en Colombia. En Perú, se cuenta con un Programa de Estudios y Estadísticas Laborales (PEEL) y se viene trabajando el Proyecto del Observatorio Laboral, como una amplia base de datos y de análisis del mercado laboral, mercado educativo y tecnológico. La intención es brindar información para la oportuna toma de decisiones para el diseño de políticas y de acciones de los diversos agentes involucrados. En lo que compete a formación profesional, se busca reducir la brecha entre la demanda de las empresas que buscan trabajadores con determinadas competencias y la oferta de mano de obra que no cuenta con la formación que le permita cubrir esos puestos. Asimismo, por un lado focalizar las áreas de atención para la ejecución de programas especiales para los grupos laborales más débiles. Y por otro lado, certificar a aquellos que cuenten con las competencias que lo habiliten a competir en el mercado laboral. Para la creación de esta red de información y análisis puede utilizarse como base el trabajo que viene realizando SISMEL. - 68 - 5. Análisis comparado de las legislaciones socio laborales en materia de formación profesional a fin de lograr una armonización de las mismas. 6. Propuesta de lineamientos de políticas de formación y capacitación profesional a nivel subregional. 7. Discusión de propuestas de políticas a través de foros, comisiones ad hoc y reunión de expertos. Elaboración del primer borrador del diseño de política de formación profesional hasta la redacción de la política regional con oportunidad de discusiones preliminares, consideraciones y recomendaciones de los órganos y agentes sociales involucrados y discusión de la misma hasta lograr una versión final. 8. Evaluación de la implementación de programas focalizados de formación profesional a nivel de principios generales de acción 9. En cumplimiento de uno de los objetivos específicos de la Política Comunitaria de Integración y Desarrollo Fronterizo, sobre acciones en las Zonas de Integración Fronteriza (Decisión 459), se pueden trabajar propuestas de actividades de capacitación laboral, que permitan a los pobladores mayor empleabilidad, intercambio y movilidad entre pueblos de frontera. 10. Coordinación de esfuerzos con las Instituciones Socio Laborales establecidas: Consejo Consultivo Laboral y Consejo Consultivo Empresarial en la reflexión y estudios que en materia de formación profesional y diálogo social puedan realizarse. 11. A través del Convenio Simón Rodríguez, reanudar las coordinaciones con los Convenios Sociales Andrés Bello e Hipólito Unánue, y con la Corporación Andina de Fomento. 12. Participación en foros internacionales sobre formación profesional y el desarrollo de recursos humanos y/u organización de los mismos, así como desarrollo de reuniones técnicas sobre la materia. 13. Que la cooperación internacional obtenida se oriente hacia el cumplimiento de objetivos socio laborales, tales como la Formación Profesional. - 69 - CONCLUSION El interés mundial por la formación profesional ha coadyuvado al desarrollo de diversas experiencias en América Latina, que se han logrado por las claras coincidencias en torno a la vigencia de principios como el de justicia social y de los objetivos y características de la integración regional en los países americanos. La formación surge como un componente esencial en el desarrollo empresarial y las políticas de empleo, resaltándose el protagonismo de los Ministerios de Trabajo en este ámbito. Las propuestas de acciones respecto a la Formación y Capacitación Laboral presentadas, responden a buscar el logro de los propósitos respecto a una estrategia de formación profesional a nivel subregional. - 70 - INFORME SOBRE MIGRACIÓN LABORAL Se entiende por migración el cambio de residencia de un lugar denominado “origen” hacia otro llamado “destino”, y que se realiza en un período de tiempo determinado conocido como “intervalo de migración”. La “Teoría del Capital Humano”, explica la migración como el resultado de una decisión de inversión en la que se evalúan los costos y los beneficios de la movilización, donde los beneficios obtenidos deben ser mayores al de los costos. En el caso peruano, la migración interna producida en años pasados tuvo mayor incidencia en las personas provenientes de las zonas rurales hacia las zonas urbanas, la capital fue el primer centro de atracción de las personas migrantes por las expectativas de mejores servicios básicos, atención de la salud y oportunidad de trabajo. En cuanto a la migración externa, ésta de debió principalmente al fenómeno del terrorismo que golpeó duramente a nuestro país, así como la situación económica de años pasados, situaciones que en la actualidad se vienen superando. El Perú en la actualidad es emigracionista, habiendo variado el destino de los peruanos que salen al extranjero, antes su destino era Estados Unidos, Venezuela o Europa, en la actualidad han sido sustituidos por países como Japón, Chile y Argentina. Libre Circulación de Personas En cuanto a la libre circulación de personas nuestra Constitución Política vigente establece en el numeral 11 artículo 2° lo siguiente: “Artículo 2.- Toda persona tiene derecho: …11. A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir de él y entrar en él, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería…” Del numeral transcrito podemos concluir que las personas en el Perú, son libres de transitar por el territorio, es decir, de viajar libremente dentro de él, sin que dicho movimiento le pueda ser impedido y, también, de permanecer en el lugar que prefiera, constituyendo un derecho fundamental para la libertad personal. Nadie puede obligar a otro a fijar su residencia donde no desea. Asimismo, es reconocido el derecho de las personas de salir libremente del territorio nacional e ingresar en él. Es de observarse además, lo regulado en el inciso 15 del mismo artículo citado, que establece que: - 71 - “Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho: …15. A trabajar libremente con sujeción a ley…” Se consagra aquí la libertad en el ejercicio del derecho al trabajo. Esta libertad es consistente con la libertad humana entendida en sentido amplio, ya que es positivo que siendo el trabajo una actividad esencial para la vida humana, pueda ser elegida libremente, siendo un derecho que coadyuba a la realización personal. Conjuntamente el inciso 21 del mismo artículo 2° de la Constitución, dispone lo siguiente: “Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho: …21. A su nacionalidad, Nadie puede ser despojado de ella. Tampoco puede ser privado del derecho de obtener o renovar su pasaporte dentro o fuera del territorio de la República…”. Se relaciona con el numeral 11 mencionado, norma dictada en favor de los nacionales peruanos, pues para poder ejercer el derecho a la libre circulación reconocido por la Constitución en el ámbito internacional es necesario contar con un documento: el pasaporte. Constituye un compromiso por parte del Estado el otorgarlos, cumpliendo con los requisitos que las normas jurídicas establezcan. Como afirmamos, la garantía de otorgar un pasaporte es complementaria del derecho de libre tránsito dentro y fuera del Estado, ya que los viajes al extranjero, o los desplazamientos de un peruano entre dos países extranjeros, sólo pueden ser hechos normalmente con la presentación de un pasaporte emitido por nuestras autoridades. Las limitaciones a la libre circulación de personas en nuestra Carta Política son las siguientes: La restricción o supresión de este derecho en caso de decretarse estado de emergencia o de sitio; las limitaciones establecidas por concepto de sanidad, es decir, cuando se afecta o se pone en peligro la seguridad nacional en materia de salud, por mandato judicial cuando un juez ordena que se prohiba a alguien el ejercicio de este derecho; y, por aplicación de la ley de extranjería, que es aquella situación en la que una persona pretende salir del país sin el cumplimiento de las normas del caso (no portar pasaporte) o en la que ha ingresado o permanece en el territorio nacional sin cumplir las disposiciones en materia de inmigración, caso en el que puede ser expulsado. Libre circulación de servicios profesionales En lo que se refiere a la libre circulación de servicios profesionales, nuestra Carta Magna, si bien no le otorga carácter de derecho constitucional, si reconoce la libre iniciativa económica privada, en su artículo 58°: “Artículo 58: La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción del empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura”. En el artículo 59° declara: - 72 - “Artículo 59: El Estado estimula la creación de la riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad pública. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades”. Haciendo una interpretación sistemática por comparación entre el inciso 11 del artículo 2° y los artículos 58° y 59° de la Carta Magna, descritos, podemos determinar que la Constitución Política del Perú reconoce la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, las mismas que para ser ejercidas es necesaria la circulación, esta podrá darse libremente con las limitaciones ya mencionadas de salubridad, seguridad pública, estado de emergencia o de sitio, orden judicial, entre otras. De lo anterior podemos colegir que es libre la circulación de servicios profesionales, con las limitaciones mencionadas, dentro del país; sin embrago existe un punto adicional a tratar en lo referente a la circulación de servicios profesionales hacia otros países, la llamada homologación, es decir, la facultad que tiene un profesional peruano, por ejemplo, de actuar como tal en el exterior, toda vez que de cada país depende exigir ciertos requisitos para que profesionales extranjeros puedan ejercer como tales en su territorio. Cabe precisar, que el ordenamiento legal en nuestro país protege los derechos de los trabajadores migrantes, buscando impedir cualquier forma de discriminación en el trabajo, fomentando, a través de una legislación adecuada, la igualdad en el empleo para todos los trabajadores, sean éstos nacionales o extranjeros. En ese sentido la Constitución Política del Perú, indica en su artículo 2° numeral 2) que toda persona tiene derecho: “A la igualdad ante la Ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole”. Igualmente, en el numeral 15° del mismo artículo, se señala el derecho que tiene toda persona a trabajar libremente, con sujeción a la ley, sin establecerse restricción alguna en caso de extranjeros. Del mismo modo, el artículo 22° de nuestra Carta Magna señala que el trabajo es un deber y un derecho de las personas, siendo base del bienestar social y un medio para la realización de la persona. Además, en el numeral 1 del artículo 26° del mismo cuerpo legal, se precisa que, en la relación laboral se respetan los principios de igualdad de oportunidades sin discriminación de ninguna clase. Como se desprende del texto constitucional, nuestra normatividad garantiza los mismos derechos y beneficios a los trabajadores extranjeros y a los nacionales. Del mismo modo la Ley N° 26772 dispone que las ofertas de empleo y acceso a los medios de formación educativa no podrán contener requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidades o de trato, entendiéndose por tales actos, los requerimientos que no se encuentren previstos en la ley que implique trato diferenciado desprovisto de una justificación objetiva y razonable - 73 - basado en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión, ascendencia nacional, de origen social, condición económica, política, estado civil, edad o de cualquier otra índole. La contratación de trabajadores extranjeros está regulada por el Decreto Legislativo N° 689, y su Reglamento Decreto Supremo N° 014-92-TR. Salvo una sutil discusión sobre la constitucionalidad de los límites en cuanto al número de trabajadores extranjeros que puede contratar una empresa (no se puede contratar a un número mayor del 20% del total de la planilla y el monto máximo de la remuneración que se puede pagar no puede excederse del 30% del total de la planilla), la regulación actual reconoce a estos trabajadores iguales derechos que a los trabajadores peruanos comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada, siendo en este caso de aplicación el principio de igualdad ante la Ley. Además, debemos mencionar que no existe ningún tipo de discriminación con relación a los trabajadores extranjeros, habiendo un grupo de los mismos que no necesitan cumplir con ninguna formalidad especial para su contratación, debido a que para efectos laborales son considerados como nacionales, y que son los extranjeros con visa de inmigrantes, los casados con peruano o peruana, aquellos con cuyo país existe un convenio de reciprocidad laboral o de doble nacionalidad, los que tengan ascendientes, descendientes o hermanos peruanos, los extranjeros que laboran en empresas dedicadas al servicio internacional de transporte terrestre, aéreo o acuático con bandera y matrícula extranjera, los que laboran en bancos multinacionales o empresas de servicios multinacionales, el personal extranjero que presta sus servicios en el país en virtud de convenios bilaterales o multinacionales, los inversionistas extranjeros entre otros. En ningún caso las remuneraciones, derechos y beneficios del personal extranjero serán menores de los reconocidos para el régimen de la actividad privada. ANALISIS DE LA DECISION 116 “INSTRUMENTO ANDINO DE MIGRACION LABORAL” La Decisión N° 116 “Instrumento Andino de Migración Laboral” de 1977, si bien fue aprobada por nuestro Gobierno mediante Decreto Ley N° 22534, no ha sido implementada ni puesta en práctica. La razón principal, por la cual no se ha podido dar cumplimiento a la mencionada Decisión, es que no se adecúa a la situación actual de la subregión, ni a las distintas realidades económicas, sociales, culturales y laborales de cada uno de los países miembros de la Comunidad Andina. La precitada Decisión, en su artículo 82° canaliza la contratación de los trabajadores migrantes a través del Estado (Oficina de Migración Laboral), no contemplando la contratación directa por parte del sector privado, asimismo, específica detalladamente los requisitos de la contratación, limitando la libertad contractual, hecho que colisiona con el artículo 62° primer párrafo de la Constitución Política del Perú, que a la letra dice: “La libertad de contratar garantiza que las partes puede pactar válidamente según normas al tiempo del contrato…”. - 74 - Igualmente, se desprende de la lectura del artículo 82° ya mencionado, que el proceso de contratación de trabajadores migrantes contempla plazos administrativos muy extensos, los cuales no permiten la rapidez en la contratación de dichos trabajadores. ACCIONES PRIORITARIAS 1. Promover reuniones de las autoridades migratorias de la Comunidad Andina para agilizar acciones que permitan el ingreso de los nacionales andinos a los países de la subregión. 2. Eliminación de visas dentro de la Comunidad Andina. 3. Crear una comisión multilateral para que elabore un proyecto de sustitución de la Decisión 116 “Instrumento Andino de Migración Laboral” que vaya acorde con la realidad de la subregión y que responda a los requerimientos de los países miembros, contribuyendo a facilitar la movilidad y permanencia de empresarios, profesionales, técnicos calificados y turistas dentro de la Comunidad Andina. 4. Capacitar a las autoridades migratorias en materia de integración y normas andinas de carácter migratorio. 5. Trato igualitario entre los nacionales de la subregión en cuanto al régimen de contratación laboral. CONCLUSION De todo lo expuesto, se puede colegir que nuestra legislación nacional no discrimina a los trabajadores por su origen o nacionalidad, por el contrario, busca proteger adecuadamente a los trabajadores migrantes contra cualquier forma de discriminación en las ofertas de empleo, sumándose nuestro país una vez más a la voluntad de los miembros de la Comunidad en trabajar con miras a la implementación del Mercado Común Andino para el año 2005. - 75 - FOMENTO DEL EMPLEO INDICE INTRODUCCION 1. POLITICAS ORIENTADAS A LA DEMANDA 1.1 FOMENTO PRODUCTIVO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA 1.1.1 PROGRAMA DE AUTOEMPLEO Y MICROEMPRESA - PRODAME 1.1.1.1 Objetivos 1.1.1.2 Descripción del Programa 1.1.1.3 Ambito del Programa 1.1.1.4 Población Objetivo 1.1.1.5 Beneficios 2. POLITICAS ORIENTADAS A LA EMPLEABILIDAD 2.1 REINSERCIÓN PRODUCTIVA DE LA FUERZA DE TRABAJO 2.1.1 PROGRAMA DE CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL - PROJOVEN 2.1.1.1 Objetivos de ProJoven 2.1.1.2 Principales características del Programa 2.1.1.3 Ambito del Programa 2.1.1.4 Población Objetivo 2.1.1.5 Beneficios 2.1.2 PROGRAMA FEMENINO DE CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO - PROFECE 2.1.2.1 Objetivos de ProFece 2.1.2.2 Descripción del Programa 2.1.2.3 Beneficiarios del Programa 2.1.2.4 Población Objetivo 2.1.2.5 Beneficios 2.2 INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL 2.2.1 SISTEMA DE INFORMACIÓN LABORAL - PROEmpleo 2.2.1.1 Objetivos 2.2.1.2 Descripción del Programa 2.2.1.3 Ambito del Programa 2.2.1.4 Población Objetivo 2.2.1.5 Beneficios 2.2.2 PROGRAMA DE ESTADÍSTICAS Y ESTUDIOS LABORALES - PEEL 2.2.2.1 Objetivos 2.2.2.2 Logros alcanzados en el período 1997 - 1998 2.2.2.3 Logros alcanzados en 1999 - 76 - INTRODUCCION El problema del empleo en el Perú no es tanto de desempleo abierto, sino de empleos inadecuados, ya sea en términos de horas trabajadas o de ingresos generados. Es decir, de subempleo ligado a la pobreza, baja productividad e insuficientes niveles de capital humano. La tasa de desempleo abierto urbano en el país se situó en 7.8 por ciento en el tercer trimestre de 1998, experimentando un ligero incremento en comparación con el 7.7 por ciento registrado en similar período de 1997. Estos porcentajes son menores a la tasa de desempleo promedio de los países de América Latina. De acuerdo a la OIT, la tasa de desempleo promedio de la región durante los tres primeros trimestres de 1998 fue de 10.3 por ciento y el promedio ponderado fue de 8.5 por ciento 3. Por otro lado, la tasa de subempleo urbano en el Perú fue 44.2 por ciento en 1998, registrando un ligero incremento en relación al 41.8 por ciento estimado el año anterior. Los grupos que tienen las mayores tasas de desempleo abierto y subempleo en el caso peruano son las mujeres y los jóvenes. El segmento de 14 a 24 años de edad tiene una tasa de desempleo abierto de 13.5 por ciento y una tasa de subempleo de 50.1 por ciento. Por su parte, la fuerza laboral femenina tiene una tasa de desempleo abierta de 9.3 por ciento y una tasa de subempleo de 52.8 por ciento. En ese sentido, el MTPS viene realizando una serie de acciones con la finalidad de generar empleo a la población en condiciones más desventajosas. Con tal fin el Programa de Capacitación Laboral de Jóvenes - Projoven el 5 de abril del año pasado puso en marcha la quinta convocatoria de licitación de cursos de capacitación laboral y el Programa Femenino de Consolidación del Empleo - Profece implementando el proyecto de “expansión de Profece al departamento de Ayacucho”. El proyecto se enmarca como parte de la política de gobierno de Promoción del Empleo y de lucha contra la pobreza. Asimismo, con la finalidad de brindar información confiable, precisa y oportuna del funcionamiento del mercado laboral, el MTPS sigue teniendo como acción prioritaria, la provisión de información adecuada para que los agentes económicos tomen las decisiones eficientes. En este sentido, vienen trabajando el Programa Sistema de Información Laboral - ProEmpleo, que ha ampliado su accionar a diferentes puntos de la capital y el Programa de Estadísticas y Estudios Laborales - PEEL que viene monitoreando la encuesta de empleo y las remuneraciones por ocupaciones específicas en el mercado laboral limeño y la implementación de una encuesta sobre trabajo infantil en el Perú. 3 OIT (1998), “Informe, Panorama Laboral 98”. - 77 - 1. POLITICAS ORIENTADAS A LA DEMANDA 1.1 FOMENTO PRODUCTIVO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA 1.1.1 PROGRAMA DE AUTOEMPLEO Y MICROEMPRESA - PRODAME 1.1.1.1 Objetivos El objetivo del programa es fomentar la generación de fuentes de trabajo a través de la constitución y formalización de micro y pequeñas empresas. 1.1.1.2 Descripción del Programa Prodame formaliza a micro y pequeñas empresas nuevas o que ya operan en el país, con el fin de que tengan acceso a los recursos económicos y financieros del sistema formal. Las actividades del Programa son: a) Apoyo en la constitución de micro y pequeñas empresas, el Programa beneficia a todas aquellas personas naturales interesadas en constituir o formalizar sus micro y pequeñas empresas, reduciendo significativamente el tiempo y los costos, gracias al convenio suscrito con el Colegio de Notarios de Lima. b) Brinda orientación a micro y pequeños empresarios, a través de seminarios en aspectos laborales, tributarios y de gestión empresarial. Además brinda información sobre oferta de servicios de instituciones que otorgan financiamiento (líneas de crédito), capacitación y asistencia técnica a las Pymes; requisitos y procedimientos para obtener licencias de funcionamiento en las municipalidades y autorizaciones y permisos especiales en las instituciones públicas. 1.1.1.3 Ambito del Programa El ámbito de influencia del Programa es a nivel nacional, estando su ejecución a cargo de la Dirección Nacional de Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, a través de 16 Direcciones Regionales. 1.1.1.4 Población objetivo Pequeñas y micro empresas en general, informales en particular y trabajadores interesados en constituir empresas. 1.1.1.5 Beneficios Reducir el tiempo y costo para la constitución de empresas a través de la simplificación administrativa y la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional. - 78 - 2. POLITICAS ORIENTADAS A LA EMPLEABILIDAD 2.1 REINSERCIÓN PRODUCTIVA DE LA FUERZA DE TRABAJO 2.1.1 Programa de Capacitación Laboral Juvenil - PROJoven 2.1.1.1 Objetivos de PROJoven a. El propósito principal del programa es facilitar el acceso a jóvenes de escasos recursos al mercado de trabajo, a través de un proceso conjunto de capacitación y experiencia laboral, que responda a los requerimientos del sector productivo. b. El programa está concebido para que, además de lograr su meta social, eleve el nivel de competencia y eficiencia del mercado de capacitación, logrando una mayor interacción entre las instituciones de capacitación y las necesidades del sector productivo, demandante de fuerza laboral. Indirectamente, por lo tanto, el Programa, apoya el proceso de modernización productiva del Perú, particularmente el de su pequeña y mediana empresa. 2.1.1.2 Principales características del Programa ProJoven, proporciona capacitación y experiencia laboral a jóvenes de escasos recursos en ocupaciones específicas de semicalificación demandadas por el sector productivo. Para brindar a los jóvenes beneficiarios la capacitación y experiencia laboral en ocupaciones específicas, ProJoven selecciona a entidades de capacitación (ECAP) públicas y privadas, a través de un proceso de precalificación que evalúa, entre otros aspectos, la experiencia previa de la ECAP en materia de capacitación, su capacidad administrativa, de gestión y el nivel de sus recursos humanos. Aquellas que cumplen con los requisitos previamente establecidos forman parte del Registro de ECAP, y por lo tanto, pueden ofrecer cursos en las licitaciones que el programa convoca. El programa está orientado por la demanda del sector productivo peruano y opera convocando a las entidades de capacitación precalificadas a participar en concursos públicos para que organicen e implementen cursos de capacitación, especialmente diseñados de acuerdo a los requerimientos del sector empresarial y en función de las características de los jóvenes beneficiarios. Mediante procesos de licitación pública, ProJoven selecciona y contrata los cursos de capacitación para ocupaciones específicas de semicalificación cuya demanda está comprobada en el mercado. Esta comprobación se hace mediante cartas de intención que suscriben las ECAPs con las empresas, en las cuales éstas últimas ofrecen prácticas laborales subvencionadas con la remuneración mínima a los jóvenes. Estas cartas de intención deben ser adjuntadas por las ECAPs al momento de presentar el diseño de sus cursos. Gracias a estas cartas de intención el programa se asegura de contratar cursos que efectivamente sean requeridos por el sector productivo del país. Adicionalmente, se busca una coordinación entre el empresariado y las entidades de capacitación con respecto al contenido de los cursos, reduciendo de esta manera el divorcio existente entre la educación que se imparte en los institutos y las habilidades que se demandan en el mercado de trabajo. - 79 - La selección de cursos se establece en función de rigurosos criterios de calidad técnica y costos. A través de estos procesos que se convocan periódicamente se estimula la competencia entre las diversas entidades de capacitación, asegurando altos estándares de calidad y precios competitivos. El objetivo de los cursos es lograr que los jóvenes participantes adquieran habilidades y competencias básicas para desempeñarse en una ocupación específica a nivel de calificación inicial o semicalificación. Los cursos tienen dos fases: la Fase de Formación Técnica y la Fase de Prácticas Laborales. La primera fase se realiza en las entidades de capacitación con la finalidad de desarrollar las habilidades vinculadas con los aspectos técnicos y de reforzar las actitudes indispensables para el trabajo. La segunda fase permite a los jóvenes adquirir experiencia suficiente en el oficio para facilitar su posterior proceso de búsqueda de trabajo, incluyendo la posibilidad de ser contratado en la misma empresa donde realizó las prácticas. 2.1.1.3 Ambito del Programa Considerando las características del Programa que requiere, para operar con eficiencia, de la presencia significativa de empresas, de las ECAPs y concentración de jóvenes, su ejecución se realiza básicamente en las principales ciudades del país. Sobre la base de criterios tales como volumen poblacional, cantidad y calidad de ECAPs, concentración de actividades productivas y capacidad operativa de la entidad ejecutora, se definió realizar la experiencia piloto en el ámbito urbano de las ciudades de Lima y Callao. En 1998, el Programa inició la descentralización de sus actividades, con la incorporación de las ciudades de Arequipa, Trujillo, Chiclayo y en 1999 con Cuzco y Piura. 2.1.1.4 Población objetivo El programa está diseñado para atraer a todos aquellos jóvenes, en edades comprendidas entre 16 y 25 años, que cumplan con las siguientes características: a. b. c. d. Pertenecen a hogares pobres Se encuentran en situación de desempleo, subempleo o inactividad forzosa Tienen secundaria completa como máximo nivel educativo Su situación ocupacional puede ser revertida mediante acciones de capacitación orientadas a mejorar las condiciones para postular a un empleo formal. Por razones de factibilidad práctica, el Programa se focaliza básicamente hacia los estratos poblacionales que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, que habitan en las zonas urbano-marginales. - 80 - 2.1.1.5 Beneficios El beneficio principal es insertar a jóvenes de escasos recursos al mercado de trabajo. Adicionalmente, ProJoven permite elevar el nivel de competencia y eficiencia del mercado de capacitación, logrando una mayor interacción entre las instituciones de capacitación y las necesidades del sector productivo, demandante de fuerza laboral. 2.1.2 Programa Femenino de Consolidación del Empleo - PROFECE 2.1.2.1 Objetivos de PROFECE El Programa Femenino de Consolidación del Empleo, tiene por objetivo mejorar las oportunidades de empleo e ingreso de las mujeres de bajos recursos agrupadas en Grupos Organizados de Oferta Laboral (GOOL). Los objetivos específicos son: Articular a los GOOL con el mercado, a través de la colocación de sus servicios laborales calificados y de sus productos. Implementar un servicio de información laboral grupal que apoye las transacciones de los GOOL en el mercado y la constitución de la Bolsa de Empleo Grupal. Promover y difundir la oferta laboral de los GOOL para sensibilizar a empresarios y/o instituciones demandantes al apoyo y la realización de transacciones con los GOOL. Capacitar y formar a las integrantes de los GOOL de acuerdo a las necesidades del mercado. 2.1.2.2 Descripción del Programa Para el cumplimiento de los objetivos el programa se realiza las actividades siguientes: a. Articulación de los GOOL al mercado. A través de la colocación de los servicios laborales calificados y de productos. La articulación de los GOOL al mercado se realiza mediante dos estrategias: promocionando los servicios laborales de los GOOL y promoviendo la colocación de sus productos finales en el mercado. Para ello se desarrollan diversas acciones tales como: identificación de pedido de empresas y/o agentes demandantes de estos servicios y productos; identificación de los GOOL que se adecuan a las demandas; presentación de los GOOL a las empresas e instituciones y acompañamiento durante el proceso de selección; supervisión de la ejecución de los servicios (control de calidad, asesoría en organización para la producción, asistencia técnica etc.); supervisión del cumplimiento de plazos, condiciones técnicas y de pago a los GOOL. b. Implementación de un servicio de información laboral grupal. El Programa cuenta con un sistema de información computarizado que permite identificar a los GOOL con las habilidades requeridas en el pedido. El sistema registra información en la base de datos: de GOOL (oferta laboral y productiva); de empresas y/o agentes demandantes de servicios laborales grupales; de transacciones comerciales de los GOOL en el mercado; además de la - 81 - base de evaluación técnica de GOOL, que nos permite identificar a los grupos según su calidad técnico - productivo. a. Promoción y Comercialización. Se realiza eventos de difusión del proyecto y de la oferta laboral y productiva de los GOOL, dirigidos a empresas e instituciones identificadas como potenciales demandantes. Asimismo se realiza coordinaciones inter o intra institucionales de manera permanente; y se suscribe convenios que favorecen las transacciones comerciales de los GOOL. Dichas actividades están orientadas a sensibilizar a empresa e instituciones públicas y privadas a fin que estas brinden el apoyo necesario al proyecto y/o ejecuten transacciones comerciales con los GOOL. Como puntos que favorezcan la comercialización de productos, se ha implementado la sala de Exhibición y Transacciones, en la cual se muestra tanto al empresariado y al público en general, productos que elaboran los GOOLs como las potencialidades productivas de los mismos. Por otro lado en el aeropuerto Internacional Jorge Chávez se ha implementado un módulo de ventas, para la comercialización de aquellos productos que han alcanzado niveles óptimos de calidad, originalidad en diseños y competitividad en precios. b. Capacitación y Tutoría para reforzar las habilidades y elevar las competencias laborales de las mujeres. La capacitación es práctica y se orienta principalmente a mejorar los aspectos técnico productivos y de gestión de los GOOL, a través de los cursos y/o tutorías, según la demanda del mercado. 2.1.2.3 Beneficiarios del Programa Los principales beneficiarios son las mujeres adultas de bajos recursos que pertenecen a los GOOL, en su mayoría pobladores de zonas urbano-marginales de Lima Metropolitana y recientemente en Ayacucho, las cuales reciben asistencia técnica del programa con miras a ser articuladas con empresas previamente sensibilizadas. Las integrantes de los GOOL, incrementan sus oportunidades de empleo a partir de las demandas de empresas y/o agentes demandantes. De otro lado el proyecto posibilita que las empresas y agentes de mercado, ubiquen de manera oportuna y satisfactoria servicios laborales calificados y productos de los GOOL, así mismo el programa contribuye a un reconocimiento y a la valoración social y de mercado de las mujeres de bajos recursos en su desarrollo productivo empresarial, cumplimiento, responsabilidad, organización y eficiencia. - 82 - 2.2 INFORMACION Y ORIENTACION LABORAL 2.2.1 Sistema de Información Laboral - ProEmpleo 2.2.1.1 Objetivos El objetivo general del Programa es optimizar el funcionamiento del mercado laboral, logrando una mayor equidad del mismo, a través de una adecuada información a los agentes que intervienen. Los objetivos específicos son: i) reducir los costos de búsqueda de empleo para trabajadores y de reclutamiento de personal para empresas, ii) reducir el período de transición entre empleos para los trabajadores, iii) difundir información de calidad acerca de las variables del mercado laboral, a fin de mejorar las decisiones de los agentes, iv) aproximar la oferta de los trabajadores capacitados con la demanda laboral de las empresas. 2.2.1.2 Descripción del Programa El Programa tiene tres componentes: a. Red de bolsas de trabajo. El objetivo de este componente es el facilitar el encuentro entre la oferta y la demanda de mano de obra y se orienta a integrar ProEmpleo 4, agencias privadas de empleo, Entidades de Capacitación, ONGs, Gremios, etc. interesadas en constituir centros de Colocación e Información Laboral (CIL), en una red denominada Sistema de Información Laboral. La integración implica, por un lado, interconexión en línea de todas las entidades a través de un sistema que operaría a través de Internet y por otro, la provisión de servicios de intermediación, información laboral y asesoría en la búsqueda de empleo. b. Producción y Difusión de Información Laboral. En este componente se generará información acerca del mercado laboral que sea útil y comprensible a los agentes que operan en el mercado de trabajo (trabajadores, empresas, jóvenes que buscan integrarse a la fuerza laboral y entidades de capacitación). La información que se generará será sobre empleo, remuneraciones y oferta de capacitación para diferentes ocupaciones y sectores de la economía. c. Asesoría en la Búsqueda de Empleo. Este componente se propone mejorar la empleabilidad de los trabajadores usuarios de las bolsas de trabajo, a través de la asesoría para la búsqueda de empleo. Esto incluye temas como: Elaboración de planes de búsqueda de empleo, curriculum vitae y entrenamiento para la entrevista personal. 4 Bolsa de trabajo del MTPS. - 83 - Adicionalmente, el Programa ha considerado las siguientes líneas de acción estratégicas: i) fortalecimiento institucional de ProEmpleo ii) monitoreo y seguimiento del cumplimiento del marco regulatorio por las entidades integrantes de la red de información por parte de una unidad de asesoría técnica, que cumpliría el rol de operador central, iii) capacitación permanente a las personas que tengan la responsabilidad de dirigir los centros CIL iv) administración de los centros CIL sin dependencia administrativa del MTPS y generación progresiva de recursos de parte de cada CIL, para lograr la autosostenibilidad. 2.2.1.3 Ambito del Programa La meta que se ha establecido en el largo plazo para el sistema es contar con una red de bolsas de trabajo interconectadas a nivel nacional. En el caso de la ciudad de Lima, se proyecta instalar módulos de atención en coordinación con instituciones ligadas a la problemática de empleo local (centros de capacitación, ONGs, etc.), mientras que en provincias se reforzará la labor de las direcciones regionales del MTPS. 2.2.1.4 Población objetivo Trabajadores jóvenes con bajos o medianos niveles de calificación, que tienen dificultades para acceder a un puesto de trabajo adecuado porque desconocen las demandas de mano de obra de las empresas. Jóvenes de bajos ingresos que no eligen adecuadamente la carrera a seguir porque no tienen suficiente información sobre las demandas del aparato productivo ni sobre la calidad de la oferta de capacitación. Pequeñas y micro empresas que tienen dificultades para acceder a personal calificado de acuerdo a sus necesidades, incurriendo en altos costos de búsqueda. Instituciones de formación superior que capacitan jóvenes que luego no consiguen insertarse en el mercado laboral, pues su especialidad no encuentra suficiente demanda en el aparato productivo. 2.2.1.5 Beneficios El Sistema de Información Laboral (SIL) tendrá un impacto positivo sobre el funcionamiento de los mercados de trabajo, al reducir los costos de adquisición de información de parte de los actores de estos mercados. Asimismo, reducirá los efectos de la falta de coordinación entre la oferta de habilidades y la demanda del aparato productivo, al proveer información crucial para las decisiones de los trabajadores y empresas en lo que concierne a empleo, capacitación y remuneraciones. Este efecto, se traducirá en una mejora de los ingresos de los trabajadores, porque tendrán la información necesaria para capacitarse en áreas de alta demanda por el mercado. A su vez, las empresas podrán elevar su productividad al contar con trabajadores adecuados para los puestos que requieran cubrir. La experiencia es novedosa y las lecciones que se deriven de ella tienen importancia crucial para el diseño de políticas institucionales de las entidades de capacitación, así como la elaboración de políticas de empleo a un nivel macroeconómico. - 84 - 2.2.2 Programa de Estadísticas y Estudios Laborales 2.2.2.1 Objetivos En un contexto económico de libre mercado, una de las principales obligaciones del Estado es difundir información actualizada y de calidad a los agentes económicos. En este contexto, a fines de 1996 el MTPS creó el Programa de Estadísticas y Estudios Laborales con el objetivo de liderar el proceso de mejoramiento de la capacidad de producción, difusión y análisis de las Estadísticas Laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción Social (MTPS). 2.2.2.2 Logros alcanzados en el período 1997 - 1998 El PEEL ha venido trabajando en los tres niveles mencionados: producción, difusión y análisis. Producción El MTPS cuenta con tres instrumentos fundamentales para el seguimiento y monitoreo del mercado laboral peruano: La Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo, La Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO), y La Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios (ESYS). El PEEL ha realizado tareas de mejora para cada una de estas encuestas. a) Durante décadas la Encuesta Nacional de Variación Mensual del Empleo, que permite conocer la demanda de mano de obra y su evolución de corto plazo, sólo se realizó en Lima y en empresas grandes. Uno de los mayores logros del PEEL ha sido ampliar la cobertura de esta encuesta a nivel nacional, ejecutándose también en 13 ciudades del interior, e involucrar a empresas pequeñas y medianas. Asimismo, se ha modificado los temas de análisis dejando categorías obsoletas e incorporado clasificaciones nuevas y vigentes como el seguimiento de las modalidades contractuales. Además, se ha hecho un esfuerzo notable para garantizar la representatividad estadística de esta encuesta al actualizar periódicamente el universo de empresas existentes en el país ya sea a través de los propios registros del MTPS o de otras instituciones, como SUNAT o ESSALUD (ex - IPSS). Referente al tema de control de calidad de la información estadística se diseñó un sistema de supervisión del trabajo de los encuestadores a nivel nacional que incluye tanto la revisión mensual de la información que remiten a Lima, así como la visita de personal para capacitar y evaluar el desempeño de las sedes regionales. Para consolidar los logros alcanzados, se realizó el Primer Encuentro Nacional de la Encuesta donde participaron todos los responsables de su ejecución a nivel nacional. b) Los aportes del PEEL en la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO), la cual es realizada en convenio con el INEI y permite conocer la estructura del mercado laboral peruano, han sido diversos. Se actualizaron los conceptos que se venían utilizando durante varias décadas y que habían quedado obsoletos en el nuevo contexto económico (por ejemplo, se actualizaron las metodologías de medición del subempleo y el desempleo). Se documentó esta nueva concepción de la encuesta y se capacitó al personal del INEI con la finalidad de mejorar el trabajo de campo. La actualización de la muestra y sus niveles de inferencia han sido otros de los temas en los cuales el PEEL participó activamente. Finalmente, se coordinó con el INEI - 85 - todo lo relacionado a la ejecución de la Encuesta Nacional de Hogares en el área rural, lo que permitirá tener datos por primera vez sobre este segmento. c) La Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios (ESYS), también realizada en convenio con el INEI, permite conocer los niveles y evolución de las remuneraciones en el país. La contribución del PEEL en esta encuesta se inició con el mejoramiento del marco muestral y los niveles de inferencia a nivel nacional. De esta forma se amplió la muestra de la ESYS en el resto urbano incrementándose en 400 empresas aproximadamente, lo que permitirá tener información de remuneraciones con representatividad a nivel de las 25 ciudades en el interior del país y Lima Metropolitana. También se realizó una evaluación y rediseño del cuestionario, adecuándolo a los requerimientos de información de los usuarios. Finalmente, se puso especial énfasis en el control de calidad de la información producida, realizándose la supervisión de la ejecución de la encuesta tanto en Lima Metropolitana como en el interior del país. Esta actividad fue complementada con una fuerte presencia del MTPS en los cursos de capacitación de los encuestadores. Difusión En cuanto a difusión de estadísticas laborales el MTPS ha consolidado la publicación del Informe Estadístico Mensual (IEM) el cual, cada mes, da cuenta de los principales hechos ocurridos en el mercado de trabajo. El IEM se difunde de manera ininterrumpida y cada uno de los números se encuentra en la página del Ministerio en Internet. Para otro tipo de usuarios, se ha diseñado y puesto a la venta un Compendio Estadístico de Empleo e Ingresos en la modalidad de Libro Electrónico en CD actualizable anualmente. Este Compendio consta de más de 500 cuadros estadísticos que contienen información de las tres encuestas del MTPS y de registros administrativos. También se terminó el diseño de un Cuadríptico de Indicadores Laborales, de publicación trimestral, correspondiente al IV trimestre de 1998, que contiene información de bolsillo sobre los indicadores más relevantes del mercado laboral como tasa de desempleo, promedio de remuneraciones, variación mensual del empleo en establecimientos, etc. Finalmente, para un público más académico, se ha puesto a la venta las mismas bases de datos de las Encuestas. - 86 - Análisis En materia de análisis el PEEL se encarga de elaborar estudios cortos sobre el mercado laboral desde la perspectiva económica. Estos estudios son difundidos a través del Boletín de Economía Laboral (BEL), el cual es una publicación trimestral del MTPS, y eventualmente a través de Informes Especiales publicados en el Informe Estadístico Mensual. En estos documentos se han tratado temas diversos que han permitido una visión más clara de los problemas y posibilidades del mercado laboral peruano. 2.2.2.3 Logros alcanzados en 1999 1. Se culminó con la revisión de la información remitida por el INEI sobre la Encuesta Nacional de Hogares del tercer trimestre de 1998, especializada en niveles de empleo. Los datos preliminares de niveles de desempleo y subempleo según diferentes variables fueron publicados en el Informe Estadístico Mensual y en el tríptico de indicadores laborales. 2. El PEEL contó con la visita de un experto de la OIT-Ginebra, para asesorar en el análisis del tema de empleo rural. El señor Ralph Hussmanns, experto internacional de reconocida trayectoria, brindo asesoramiento del 22 al 28 de abril del año pasado. El punto a tratar en estas reuniones fueron principalmente referente al análisis de los datos de empleo a nivel nacional, considerando los ámbitos urbano y rural. 3. Se realizó la actualización de las muestras de las encuestas de establecimientos: Encuesta Nacional de Variación Mensual de Empleo (ENVME) y Encuesta Nacional de Sueldos y Salarios (ESYS). Esta actualización se hizo a nivel de las respectivas ciudades donde se ejecuta estas encuestas. 4. Se elaboró el Manual Metodológico de la ENVME, documento que será de gran utilidad para las personas interesadas en estadísticas de empleo, permitiéndoles conocer todo el proceso que implica realzar esta encuesta de establecimientos. También se elaboró el Manual del Sectorista, documento dirigido especialmente para el personal encargado de la recolección de la encuesta. 5. Se llevó a cabo el Segundo Encuentro Nacional de la ENVME, desarrollada en las instalaciones de la sede central del MTPS, del 2 al 5 de junio del año pasado, el cual contó con la participación activa de los sectoristas y directores regionales de las ciudades donde se ejecuta la encuesta. 6. Para la incorporación del sector Construcción en la ENVME, se revisó las diferentes metodologías de medición de empleo en este sector, tal es así que se tiene listo el formulario de relevamiento de información, el cual será aplicado mediante una encuesta piloto con la finalidad de evaluar la metodología utilizada. 7. En el primer semestre se llevó a cabo la ejecución de la Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específicas, correspondiente al primer y segundo trimestre de 1999. Esta encuesta tiene la finalidad de brindar información clara, precisa y oportuna a los agentes económicos sobre el comportamiento de las remuneraciones en mercados específicos ya que es uno de los roles del estado en - 87 - una economía de libre mercado. Los resultados de la primera encuesta fueron publicados en el Informe Estadístico Mensual Nº 38. 8. Se elaboraron y publicaron tres números del Boletín de Economía Laboral (BEL). El BEL Nº 11 contenía dos artículos: “Costos laborales, competitividad y empleo en el Perú” y “El potencial de las pequeñas empresas y microempresas en la generación del empleo”. En el BEL Nº 12, se publicaron también dos artículos “Nuevos enfoques y propuestas para la medición del subempleo e ingresos procedentes del empleo” que resultaron de la Decimosexta Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo, organizado por la OIT en octubre del año 1998, y “La demanda de trabajadores jóvenes con calificación inicial en Lima Metropolitana”. Finalmente, en el BEL Nº 13, se publicó un artículo sobre la “Situación del Empleo en el Perú” que analiza las características del empleo a nivel nacional utilizando información de la Encuesta Nacional de Hogares Especializada en Niveles de Empleo 1998. El estudio sostiene que es necesario una visión más integral del empleo a nivel nacional y analiza la relación entre el empleo y la producción en las actividades económicas destacando que la rama de la agricultura es la segunda más importante en la generación de empleo luego del sector servicios, aunque su productividad es menor. 9. Asimismo, se elaboraron y publicaron los dos primeros Trípticos de Indicadores Laborales, correspondiente al I trimestre y al II trimestre de 1999, los cuales contienen información de bolsillo de las principales variables del mercado laboral. 10. Se elaboró el proyecto “Estadísticas para el mejoramiento de políticas sobre trabajo infantil”, en coordinación con el Instituto Nacional de Estadísticas (INEI) y el Ministerio de la Mujer y del Desarrollo Humano (PROMUDEH), que ha contado con la aprobación de la OIT(Ginebra) para la elaboración del diseño del módulo sobre trabajo infantil de la Encuesta de Hogares, durante los meses de agosto y setiembre. 11. Se inició en setiembre, la actualización del Compendio Electrónico sobre Empleo e Ingresos, que contiene más de 300 cuadros sobre el mercado laboral, a partir de las encuestas del MTPS. - 88 - INFORME SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO Con relación a este tema, la norma matríz la constituye el Decreto Supremo 42-F del 22 de mayo de 1964 - Reglamento de Seguridad Industrial. Este dispositivo tiene por objeto dictar las normas y demás disposiciones pertinentes para prevenir accidentes, teniendo por finalidad: 1.- Garantizar condiciones de seguridad a los trabajadores en todo lugar donde estos desarrollen sus actividades. 2.- Salvaguardar la vida, salud e integridad física de los trabajadores y terceros mediante la prevención y eliminación de las causas de los accidentes. 3.- Proteger las instalaciones y propiedades industriales con el objeto de garantizar las fuentes de trabajo y mejorar la productividad. 4.- Obtener las ventajas derivadas de un adecuado régimen de seguridad industrial. El ámbito de aplicación de la norma reseñada son las actividades agrupadas como industrias manufactureras por la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Naciones Unidas CIIU. También comprende las actividades en Servicios de la CIIU, que por la naturaleza de sus operaciones industriales, se consideren susceptibles de ser incluidas en el Reglamento. El Ministerio de Trabajo y Promoción Social es el ente competente para estudiar desde un punto de vista legal y técnico, la aplicación de las Normas de Seguridad; inspeccionar los establecimientos industriales por intermedio de profesionales especializados; dictar las recomendaciones necesarias para eliminar las causas de peligro; llevar las estadísticas de los accidentes conforme a las disposiciones contendidas en las normas y publicarlas anualmente a efecto de desarrollar campañas de prevención de accidentes y determinar la gravedad de la incidencia de accidentes en determinada industria o actividad industrial; y, finalmente, investigar las causas e los accidentes que originen la muerte o incapacidades parciales y totales, temporales y permanentes de los trabajadores. Dentro de la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo, el órgano encargado de cumplir con las funciones indicadas es la Sub Dirección de Inspección, Higiene y Seguridad Ocupacional. Esta dependencia realiza visitas inspectivas en los centros de trabajo. Las inspecciones son de orden preventivo, antes que reparador o punitivo, por ello, una vez que se constatan las condiciones en las que los trabajadores realizan sus actividades, se elabora recomendaciones para la adopción de medidas concretas que permitan prevenir los riesgos ocupacionales y los accidentes de trabajo. Se desarrollan visitas de orientación, por las cuales el inspector realiza un recorrido de las instalaciones de la empresa y a su término, elabora una recomendación técnica, conteniendo las condiciones mínimas a implementar por la empresa para que el trabajo se desarrolle sin riesgo y se adecuen las instalaciones a lo dispuesto por la normas reguladoras de la materia. - 89 - En el ámbito de la salud en el trabajo, al entrar en vigencia la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, se creó el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, derogándose el Seguro de Accidentes de Trabajo, lo que se tradujo en una regulación de determinadas actividades consideradas como de alto riesgo, fundamentalmente de la actividad industrial, y la contemplación de manera excepcional del rubro servicios. ACCIONES PRIORITARIAS 1.- La naturaleza de la normativa comunitaria debe ser la de una “Norma Marco”, que contenga principios y líneas directrices comunes a todas las actividades industriales y de comercio, a fin que la legislación específica de cada país, partiendo de aquellos lineamientos, pueda regular coherente y uniformemente una materia, que requiere complementariedad al establecer condiciones de seguridad e higiene en el trabajo. 2.- Sin perjuicio de lo anterior, se requiere adicionalmente de una norma matríz a nivel de cada país, que regule genéricamente en materia de seguridad industrial de acuerdo a la realidad actual considerando que el transcurso del tiempo, la aparición de nuevas ocupaciones y el mismo desarrollo de nueva tecnología, hacen necesaria la revisión de la norma indicada, para abarcar las nuevas realidades y exigencias. 3.- Impulsar fuertemente la instrucción, formación e información de los trabajadores que se encuentran inmersos en actividades de alto riesgo sobre los peligros a los que se encuentran expuestos y la manera como prevenir accidentes producidos como consecuencia de la ejecución de sus prestaciones. 4.- Es necesario constituir comités supervisores de seguridad, los que deben contar con una composición tripartita y multisectorial, es decir, tienen que encontrarse conformados por representantes de los gobiernos, de las organizaciones que agrupan a las empresas que realizan actividades de riesgo y de entes representativos de los trabajadores que laboran en ellas. Al mismo tiempo, estos representantes deben provenir de sectores variados como industrias, pesca, hidrocarburos, minería, agricultura, construcción, entre otros. El objeto de estos comités es adoptar medidas concretas de orden preventivo y expresar su opinión ante los procedimientos que puedan afectar la seguridad y salud de los trabajadores. 5.- Es necesaria una mayor labor de difusión en la población en general, sobre los objetivos y fines de la Autoridad Administrativa de Trabajo en materia de seguridad e higiene ocupacional. En el Perú, el número de denuncias que se presentan sobre accidentes ocurridos es muy reducido y no guarda proporción con la cantidad de contingencias de este tipo que realmente ocurren. Si bien es cierto que, aquellos que trascienden a través de los medios de comunicación, son objeto de una investigación de oficio, se estima que la mayoría de los accidentes de trabajo que se producen por desconocimiento de las normas mínimas de seguridad e higiene industrial, no son puestos en conocimiento del Ministerio de Trabajo. Por ello, una fuerte difusión de los fines y orientación de actividades de la dependencia competente en esta materia, incentivará a los trabajadores a realizar las denuncias ante supuestos esta naturaleza, y al mismo tiempo servirá para que se tomen acciones preventivas concretas. - 90 - 6.- Se requiere coordinación con organismos internacionales a fin que se puedan contar con los instrumentos internacionales de medición de los diferentes factores del medio ambiente de trabajo. 7.- Es necesario diseñar mecanismos legales propios en materia de Inspección en Seguridad e Higiene Ocupacional. Las visitas inspectivas en esta materia adquieren un papel fundamental, y por ello se requiere de normas propias, distintas de las concebidas para supervisar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato de trabajo. 8.- Establecer niveles mínimos de conservación de maquinarias, debido a que un gran número de accidentes se produce por el estado de obsolescencia de los equipos y el deficiente control de calidad existente por parte de muchas empresas industriales. 9.- En materia de salud, frente al distinto grado de protección para las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo dado a los trabajadores denominados comúnmente empleados u obreros, la extensión de la cobertura por accidentes de trabajo debe realizarse considerando que el trabajo es un hecho social, por lo que toda consecuencia física o mental que ocurriera al trabajador, independientemente de su categoría u ocupación, debe ser amparada por los medios diseñados por la sociedad en esta materia. Ello implicaría, superar las listas taxativas de actividades de alto riesgo y reemplazarlas por listados enunciativos con parámetros objetivos que puedan comprender a actividades nuevas o a las no señaladas expresamente en las clasificaciones internacionales. 10.- Debe reforzarse el papel de los Ministerios de Trabajo en materia de seguridad y salud en el trabajo. Si bien es cierto que, su competencia no puede ser exclusiva y excluyente, ya que es necesaria una participación multisectorial en lo referente a regulación y supervisión. En la medida que el riesgo, las enfermedades y los accidentes, son producidos como consecuencia del trabajo, el rol de los Ministerios de Trabajo debe ser protagónico y de coordinación de iniciativas legislativas y acciones concretas de prevención y fiscalización. - 91 - SEGURIDAD SOCIAL I. Descripción de los Seguros Sociales en el Perú I.1. SEGURO SOCIAL DE SALUD A partir del 18 de mayo de 1997, con la entrada en vigencia de la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Salud, se reformó el Seguro Social de Salud con la finalidad de que el sector privado participara en libertad de mercado sobre determinadas coberturas del referido seguro. Con esta finalidad, la Ley Nº 26790 distingue en el Seguro Social de Salud entre capa simple, definida como el conjunto de intervenciones de mayor frecuencia y menor complejidad y capa compleja definida en sentido contrario, como el conjunto de intervenciones de menor frecuencia y mayor complejidad. En el caso de la capa simple, ESSALUD y las Empresas Prestadoras de Salud, EPS´s compiten libremente; mientras que en el caso de la capa compleja se mantiene la participación exclusiva y excluyente de ESSALUD. De otro lado, el ámbito subjetivo beneficiario del Seguro Social de Salud es el siguiente: afiliados regulares .- Son los trabajadores en actividad, incluyendo los sociostrabajadores que prestan servicios mediante cooperativas de trabajadores (entidad de intermediación laboral). Igualmente, se incluye a las personas que perciben una pensión de jubilación, incapacidad o de sobrevivencia. Afiliados potestativos .- Son aquellas personas naturales que contratan con ESSALUD para estar incluidos en el Seguro Social de Salud. De otro lado, el Seguro Social de Salud, regulado por la Ley Nº 26790, otorga cobertura a sus afiliados regulares y potestativos brindando las siguientes prestaciones: Prestaciones de prevención, promoción y atención de salud. Prestaciones de bienestar y promoción social. Prestaciones en dinero. Prestaciones de sepelio Dentro de las prestaciones en dinero tenemos: a) Prestaciones en efectivo para casos de enfermedad La Ley Nº 26790 establece en su artículo 12º inciso a) que los afiliados del Seguro Social de Salud tienen derecho al subsidio por incapacidad temporal hasta un máximo de 11 meses y 10 días. Los primeros 20 días de incapacidad en el período de un año, los paga el empleador. - 92 - b) Prestaciones de Maternidad y Lactancia La Ley Nº 26790 establece en su artículo 12º inciso b) que los afiliados del Seguro Social de Salud tienen derecho a los subsidios por maternidad y lactancia. El subsidio por maternidad se otorga durante 90 días, distribuidos antes y después del parto. I.2. SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO ADICIONAL AL SEGURO SOCIAL DE SALUD) DE RIESGO (SEGURO El Seguro Complementario de Riesgo otorga cobertura de salud y prestaciones económicas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a los trabajadores que prestan servicios en empresas que desarrollan actividades de alto riesgo. En este seguro la entidades aseguradoras participan en un régimen de libre mercado. Para el caso de las prestaciones de salud. ESSALUD (organismo público) compite con las Entidades Prestadoras de Salud (empresas privadas); de otro lado, en las prestaciones económicas, la Oficina de Normalización Previsional - ONP compite, también libremente, con las empresas de seguro privadas. Sobre las prestaciones de salud, estas son: asistencia y asesoramiento preventivo promocional en salud ocupacional. Atención médica, farmacológica, hospitalaria y quirúrgica. Rehabilitación y readaptación laboral al asegurado inválido Aparatos de prótesis y ortopédicos necesarios para el asegurado inválido. Sobre las prestaciones económicas, éstas consisten: pensiones de sobrevivencia pensiones de invalidez gasto de sepelio I.3. Sistemas de Pensiones Dentro de los principales sistemas que tienen por objeto principal el brindar pensiones, se encuentran el Sistema Nacional de Pensiones, regulado por el Decreto Ley Nº 19990 y normas modificatorias, y el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, regulado por el Decreto Ley Nº 25897. El Sistema Nacional de Pensiones está administrado por un Organismo público denominado Oficina de Normalización Previsional - ONP, mientras que el Sistema Privado de Pensiones es administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones, que pertenecen al sector privado, De esta manera, respecto de la materia descrita existe un libre mercado, aunque conviene señalar que la normatividad promueve especialmente al sector privado. El afiliado al Sistema Nacional de Pensiones aportan a un fondo común que sirve para pagar las prestaciones a su cargo, mientras que en el Sistema Privado de Pensiones el afiliado aporta a una cuenta individual, de la que es titular, la misma que percibe, de ser - 93 - el caso, un rentabilidad proveniente de la administración de la AFP; es cuenta es la que financiera las prestaciones otorgadas por estas empresas. Sobre las prestaciones que otorgan estos sistema, tenemos: a) Prestaciones de Vejez Sistema Nacional de Pensiones .- El Decreto Ley Nº 19990 y su norma modificatoria, Decreto Ley Nº 25967, regulan el derecho a una pensión de jubilación para todo trabajador que cumpla 65 años de edad y 20 años de aportaciones. Sistema Privado de Pensiones .- El Decreto Supremo Nº 054-97-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, regula el derecho de los trabajadores afiliados a este sistema de percibir una pensión de jubilación al cumplir los 65 años de edad. b) Prestaciones de Invalidez Adicionalmente el subsidio por incapacidad temporal, contenido en el Seguro Social de Salud, los Sistemas Nacional y Privado de Pensiones regulan el derecho a una pensión por invalidez del trabajador. c) Prestaciones para sobrevivientes El Sistema Nacional de Pensiones otorga pensión de sobrevivientes mediante tres modalidades: viudez, orfandad (hijos menores de edad o mayores de edad incapacitados para el trabajo) y ascendientes (padre o madre del causante). En el caso del Sistema Privado de Pensiones este beneficio alcanza también al mismo grupo de beneficiados del párrafo primero. d) Gastos de Sepelio Esta prestación es igualmente brindada por ambos regímenes pensionarios. II. Propuestas sobre la extensión de beneficios fundamentales de la seguridad social y revisiones a las Decisiones Nºs. 113 y 148 En primer término, consideramos que debe distinguirse entre los conceptos: seguro social y seguridad social. Los Seguros Sociales tienen por finalidad el atender principalmente a los trabajadores, estableciéndose contribuciones de las partes laborales a fin de financiar los seguros. Los sistemas de Seguridad Social dirigen su protección a toda la población (universalidad), sobre todas sus necesidades (integralidad), y se financian mediante mecanismos de solidaridad de la población cubierta y la participación del Estado. Las Decisiones Nº s. 113 y 148 regulan solamente la integración de seguros sociales. De otro lado, la decisiones mencionadas fueron emitidas en un contexto histórico en el que los Estados tenían una participación exclusiva en los seguros sociales. - 94 - En el caso peruano, al igual como en la mayoría de los países de la región, los seguros sociales han pasado por un proceso de apertura al sector privado de tal forma que, la integración de los seguros sociales no debería limitarse actualmente a la relación estado-estado, sino también a las relaciones estado-sector privado y sector privadosector privado. Por lo expuesto, resulta necesario efectuar una adecuación normativa que responda a las nueva necesidades surgidas en una estructura en la que el sector privado participa activa y significativamente en los seguros sociales. De otro lado, consideramos que la extensión de beneficios básicos que debería otorgar un seguro social pasa por iniciar, a nivel de la Comunidad Andina, un proceso de estandarización de las normas que regulan los Seguros Sociales, situación que facilitaría la integración de los mismos. - 95 - INFORME NACIONAL DE VENEZUELA SOBRE LOS CINCO EJES TEMATICOS SOCIOLABORALES DE LA COMUNIDAD ANDINA - 97 - REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL TRABAJO --------------Oficina de Relaciones Internacionales y Enlace con la O.I.T. Nº _______ VENEZUELA REVISIÓN DE LOS CINCO EJES TEMÁTICOS SOCIOLABORALES EN LA COMUNIDAD ANDINA. ACCIONES PRIORITARIAS 1.- FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN LABORAL 2.- SEGURIDAD SOCIAL (DECISIONES 113 Y 148) 3.- MIGRACIÓN LABORAL (DECISIÓN 116) 4.- FOMENTO DEL EMPLEO 5.- SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PRESENTACIÓN El momento histórico que vive la República Bolivariana de Venezuela es producto de una serie de cambios y transformaciones que se vienen suscitando y desarrollando en Paz y Democracia. El ángulo fundamental de la Revolución Democrática que vivimos es la aprobación en referéndum popular, de la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, hecho que luego se convirtió en la elección de 128 Constituyentes, 24 electos de manera uninominal a nivel nacional, 104 constituyentes electos en las 24 circunscripciones regionales y tres representantes de las etnias indígenas escogidos de acuerdo a sus costumbres y prácticas ancestrales. El producto final de este proceso social y político ha sido la aprobación en referéndum de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela hecho acaecido el 15 de diciembre de 1999. Paralelamente se establecieron las bases para un programa de transición en lo económico y social dándose las pautas de un modelo de desarrollo que creará las condiciones necesarias para construir una economía más sana y vigorosa, donde la competitividad y el crecimiento económico tenga como consecuencia natural una mayor equidad en el acceso al bienestar para toda la población. El Programa Económico de Transición 1999-2000, contiene la política de estabilización macroeconómica requerida, como condición sine qua non para el desarrollo de políticas sectoriales, dirigidas a proporcionar una reactivación económica sobre bases sólidas y permanentes. - 98 - Las acciones específicas de la estabilidad monetaria, financiera y cambiaria tiene su pivote central en una prudente política fiscal signadas por reformas tributarias, ajustes de gastos, de tarifas y precios de los bienes y servicios públicos. Por otra parte, la activación efectiva del Fondo de Inversiones para la Estabilización Macroeconómica, es una señal de determinación a poner fin a la inestabilidad macroeconómica . En materia sectorial, se destacan en el sector petrolero la ratificación de la política de apertura, una nueva estrategia de defensa de los precios y el proyecto de Ley Marco de Hidrocarburos: en el sector eléctrico, la ratificación de los planes de inversión, la creación de la Empresa Nacional de Transmisión y el proyecto de Ley Orgánica para el sector; en el sector minero el apoyo a la minería del oro y otros minerales, la reordenación legal del régimen de explotación; en el sector agrícola, los proyectos bandera, los planes de recuperación de la infraestructura, el plan de financiamiento y la normalización de la tenencia de la tierra; en el sector industrial el fortalecimiento de las Pequeña y Mediana Empresa, la unificación del sistema de financiamiento, el impulso de la actividad privada y el respaldo al desarrollo de las cadenas productivas; en el sector de la construcción, el plan de vivienda y la reforma de la Ley de Concesiones; en el sector turismo, el redimensionamiento de los organismos rectores y el respaldo a los proyectos privados. Una especial significación se otorga a la política de empleo y a la creación de nuevas fuentes de trabajos, vinculando los salarios a la productividad y la capacitación. Asimismo se concede carácter prioritario a la política de privatización, como una palanca de redimensionamiento del Estado y de promoción de la iniciativa privada. Adicionalmente se explicita el carácter estratégico del plan de inversiones privadas en el programa de reactivación y reordenamiento de la economía. NUEVOS MODELOS DE DESARROLLO La experiencia que arroja la crisis de los últimos 20 años impone una aguda reflexión sobre la planificación del desarrollo que debe plantearse, para lograr la recuperación de la calidad de vida de la población, rompiendo las limitaciones que han impuesto la cultura del consumismo, la improductividad, el despilfarro y la corrupción. En términos más concretos, está planteado que ante un contexto macroeconómico de decrecimiento e inestabilidad con un escaso desenvolvimiento de los sectores productivos, generador de inflación, desempleo y consecuentemente de pobreza, se requiere un cambio estructural, que en una primera fase creará las bases para superar ese círculo virtuoso caracterizado por el crecimiento económico, baja inflación, generación de empleo, en síntesis mejor calidad de vida mediante una reorganización profunda del modo de producción, distribución y consumo, impulsado por una expectativa de refundar la Nación. Hacia una economía humanista, autogestionaria y competitiva El modelo de desarrollo que tiene planteado el Gobierno Nacional, se traduce en el establecimiento de una economía humanista, autogestionaria y competitiva. El sistema económico, ubicará al hombre como su centro y razón de ser, de tal forma que el quehacer productivo en última instancia, permita condiciones dignas de vida como resultado de una apropiada satisfacción de las necesidades de la población. Ello se - 99 - enmarca en una organización social de la producción, en la que el mercado como mecanismo fundamental de la asignación de recursos y factores, incorpore formas organizativas complementarias de propiedad privada que, como el cooperativismo y las asociaciones estratégicas de consumidores y productores, favorezcan una dinámica de diversificación de la producción y agregación de valor que permita altos niveles de consumo y ahorro, con una masiva creación de fuentes de empleo, asegurando un nivel elevado de ingreso real para la familia venezolana. Aprovechamiento de las ventajas comparativas y competitivas del país El sistema económico propuesto se apoyará en las ventajas comparativas y competitivas que se crearán al combinar la dotación de recursos naturales, con elevados niveles de capacitación de la fuerza de trabajo y las más avanzadas tecnologías productivas incorporadas por una creciente afluencia de inversiones extranjeras, en refuerzo del ahorro interno y de la capacidad empresarial del país. Un nuevo rol del Estado El Estado actuará en protección del interés general de la población, promoviendo las actividades económicas privadas y regulando la intervención de los agentes económicos para evitar condiciones de competencia desleal. Se promocionarán todas las actividades productivas que, además de satisfacer las necesidades básicas de la población y preservar el medio ambiente, conduzcan a un sustancial incremento de nuestra inserción económica a nivel internacional. Por otra parte, se estimulará y favorecerá la acumulación de capital físico y humano del país, no solo a través de política de estímulo a la inversión nacional y extranjera, sino creando las reglas de juego que garanticen la seguridad jurídica a los capitales que asumen el riesgo de incorporarse a este esfuerzo de transformación económica. El Estado venezolano incorporará en este aspecto la capitalización del ahorro público en forma directa, mixta o concesional, en el desarrollo armónico de la infraestructura, vigilando sus impactos territoriales y ambientales. Al mismo tiempo, se comprometerá en la prestación de servicios públicos de la máxima calidad posible. El Estado empresarial se contraerá a aquellos sectores básicos en las cuales puedan alcanzar una rentabilidad igual o superior a la que es capaz de crear la gestión privada de la producción. - 100 - Hacia una razonable apertura comercial El modelo de desarrollo económico que está planteado, comprende con una premisa fundamental la superación de la vulnerabilidad externa, implementando una política comercial fundada en principios de reciprocidad y equidad en su incorporación a los mercados mundiales, poniendo especial énfasis en los acuerdos de integración que se cumplen en América Latina, especialmente en la Comunidad Andina de Naciones, Mercosur, el G3 y el Caricom, como centro de una dinámica integradora y de complementación económica en el ámbito regional. MARCO JURÍDICO - CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (Gaceta Oficial Nº 36.860 del 30-12-99). En general, los artículos 79 al 97, ambos incluidos. Particularmente, el artículo 86 (“Toda persona tiene derecho a la seguridad social...”) y el artículo 87 (“Toda persona tiene derecho al trabajo...”). Asimismo, otros artículos como el 105 (“La Ley determinará las profesiones que requieren título y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas,...”) y el 156 (“Es de la competencia del Poder Público Nacional: (...) 4. (...), la admisión, (...) de extranjeros o extranjeras (...) 22. El régimen y organización del sistema de seguridad social (...) 32. La legislación (...) del trabajo, previsión y seguridad sociales...”). Adicionalmente, debe tomarse en consideración lo indicado en el artículo 153 que señala “La República promoverá y favorecerá la integración latinoamericana y caribeña...”. - LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (Gaceta Oficial Nº 5.152 Extraordinario del 19-0697) Artículos 6; 9 al 13; 15; 20; 27; 28; 30; 36 y 59. Artículos 236 al 246 (ambos inclusive). De la Higiene y Seguridad en el Trabajo. Artículos 379 al 395 (ambos inclusive). De la Protección Laboral de la Maternidad y la Familia. Artículos 560 al 585 (ambos inclusive). De los Infortunios en el Trabajo. - REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (Gaceta Oficial Nº 5.292 Extraordinario del 25-01-99) - LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL (Gaceta Oficial Nº 5.398 Extraordinario del 26-10-99) - LEY ORGÁNICA DE SALUD (Gaceta Oficial Nº 36.579 del 11-11-98) Artículo 8: “El Consejo Nacional de Salud estará integrado por: (...) 6. El Director General del Ministerio del Trabajo...”. Artículo 25: “(...) El Ministerio de la Salud actuará coordinadamente con los organismos que integran el Consejo Nacional de la Salud, a los fines de (...), la planificación de riesgos laborales y la preservación del medio ambiente de trabajo...” - DECRETO Nº 369 CON RANGO Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL (Gaceta Oficial Nº 36.850 del 14-12-99) - 101 - Artículo 46: “Corresponde al Ministerio de Salud y Desarrollo Social (...); la formulación de normas técnicas (...), sobre higiene ocupacional (...)”. Artículo 47: “Corresponde al Ministerio del Trabajo...”. - LEY QUE REGULA EL SUBSISTEMA DE SALUD (Gaceta Oficial Nº 5.398 Extraordinario del 26-10-99) - DECRETO Nº 426 CON RANGO Y FUERZA DE LEY QUE REGULA EL SUBSISTEMA DE PENSIONES (Gaceta Oficial Nº 5.398 Extraordinario del 26-1099) - DECRETO Nº 366 CON RANGO Y FUERZA DE LEY QUE REGULA EL SUBSISTEMA DE PARO FORZOSO Y CAPACITACIÓN LABORAL (Gaceta Oficial Nº 5.392 Extraordinario del 22-10-99) - DECRETO CON RANGO Y FUERZA DE LEY QUE REGULA EL SUBSISTEMA DE VIVIENDA Y POLÍTICA HABITACIONAL (Gaceta Oficial Nº 5.392 Extraordinario del 22-10-99) - LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE) (Gaceta Oficial Nº 29.115 del 08-01-70) - REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE) (Gaceta Oficial Nº 4.411 Extraordinario del 06-04-92) REVISIÓN DE LOS CINCO EJES TEMÁTICOS SOCIOLABORALES EN LA COMUNIDAD ANDINA. ACCIONES PRIORITARIAS 1. FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN PROFESIONAL Este aspecto se sustenta jurídicamente en nuestro país en la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral, la Ley del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) y su Reglamento, y el Decreto con rango y fuerza de Ley que regula el Subsistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral. El Capítulo V de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral, se refiere al Objeto (artículo 48); Régimen (artículo 49); quiénes son los Prestadores de Servicios y a qué autoridad se someten, y quién se encarga de la Supervisión y Control del Subsistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral. Cabe destacar las atribuciones que le otorga el Decreto con rango y fuerza de Ley que regula el Subsistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral al Ministerio del Trabajo en este Sistema, cuyo artículo 29 señala, entre otros aspectos: “5. Ejercer la supervisión, evaluación y control de las entidades de capacitación laboral para la reinserción laboral, (...) 9. Proponer políticas y programas tendentes a incorporar segmentos vulnerables de la población laboral al Sistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral, bajo condiciones especiales de afiliación, cotización e indemnización”. “Este Decreto-Ley entrará en vigencia desde su publicación en Gaceta Oficial pero sus normas en materia de - 102 - prestaciones y cotizaciones se entenderán aplicables a partir del 1º de julio del año 2000.” (Artículo 55). Asimismo se señala el artículo 3 de la Ley del INCE según el cual el “Instituto Nacional de Cooperación Educativa tiene como finalidades: 1º) Promover la formación profesional de los trabajadores, contribuir a la formación de personal especializado y llevar a cabo programas de adiestramiento dedicados a la juventud desocupada (...) 3º) Fomentar y desarrollar el aprendizaje de los jóvenes trabajadores (...)”, y el artículo 3 de su Reglamento, que indica: 1º) Promover, ejecutar y hacer ejecutar la eficiente formación y capacitación profesional de la fuerza laboral del país y contribuir a su especialización mediante programas y cursos (...) 4º) Impulsar la formación y capacitación de la población proveniente de sectores de escasos recursos, mediante programas de formación profesional acelerada dirigidos a personas desempleadas y subempleadas, a los fines de canalizar el deseo de emprender y la posibilidad del autoempleo, incorporando esta población al proceso productivo del país”. Mención aparte merece el Programa de Capacitación Laboral para Jóvenes (Contrato de Préstamo BID 805/OC-VE), el cual, entre otros aspectos, “· Oferta formación en un oficio necesario, pertinente y productivo; · Disminuye los índices de desempleo abierto, sub empleo o empleos precarios; (...) · Fortalece la Política de Estado en materia de Juventud al incorporar Programas que faciliten mayores oportunidades para la rápida incorporación de Jóvenes y mujeres a procesos integrales y productivos de Capacitación e Inserción”. Operativamente, en esta materia se trabaja en la elaboración del Reglamento de la Ley que regula el Sistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral, el cual se aspira tener culminado para el primer trimestre del 2000. Este Sistema, que le otorga al Ministerio del Trabajo –a través de la Dirección General de Empleo- la evaluación y certificación de las instituciones y programas de capacitación laboral, implica definiciones de ámbitos de acción entre el Ministerio de Educación y el Ministerio del Trabajo. Por otra parte, la Dirección General de Empleo va a experimentar, dentro del Programa Demostrativo de Centros de Referencia y Apoyo al Empleo (PDCRAE), diversas modalidades de subsidios para la capacitación de la fuerza laboral y sus correspondientes procesos de reinserción laboral, en el Estado Bolívar –con apoyo de la Corporación Venezolana de Guayana (CVG)-, y en el Estado Monagas –con apoyo del Centro Internacional de Educación y Desarrollo de Petróleos de Venezuela (CIED-PDVSA)-. También el Gobierno Nacional prevé reestructurar la institucionalidad de la capacitación para el trabajo con el propósito de atender a los empleados de las microempresas, empresas asociativas, pequeñas y medianas empresas, y trabajadores por cuenta propia. Así, se creará un fondo y autoridad única del sector de capacitación para el trabajo, para estimular la eficiencia y la calidad de los servicios de capacitación en el sentido de su pertinencia laboral, oportunidad y facilidades de acceso por parte de la población objetivo. Entre las acciones a desarrollarse dentro de la Comunidad Andina en materia de Formación y Capacitación Laboral, el Gobierno de Venezuela se acoge a la propuesta de la Secretaría General en cuanto a la convocatoria de una reunión - 103 - de los representantes de los institutos de formación profesional de la subregión, a fin de lograr un intercambio de experiencias sobre los procesos de formación profesional en cada país y elaborar las bases y directivas para la definición de un programa coordinado de capacitación y formación a nivel subregional. Esta reunión incluiría además la representación de los Ministerios de Trabajo responsables de las políticas de formación y capacitación laboral y su seguimiento. Asimismo, vale la pena tomar en consideración el desarrollo de lo expresado en el tercer párrafo del Artículo 4 (Capítulo III Objetivos) de la Decisión 459 de la Comunidad Andina, Política Comunitaria para la Integración y el Desarrollo Fronterizo, en relación con el aseguramiento de “la realización de acciones encaminadas a satisfacer las necesidades de (...), capacitación laboral, (...), en las Zonas de Integración Fronteriza”, como parte del logro del objetivo planteado dentro de la subregión en este sentido. 2. SEGURIDAD SOCIAL Se señala a la atención en este sentido el artículo 86 de la novísima Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Gaceta Oficial Nº 36.860 del 30-1299), cuyo artículo 86 expresa: “Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquiera otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un sistema de seguridad social universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas. La ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de su protección. Los recursos financieros de la seguridad social no podrán ser destinados a otros fines. Las cotizaciones obligatorias que realicen los trabajadores y las trabajadoras para cubrir los servicios médicos y asistenciales y demás beneficios de la seguridad social podrán ser administrados sólo con fines sociales bajo la rectoría del Estado. Los remanentes netos del capital destinado a la salud, la educación y la seguridad social se acumularán a los fines de su distribución y contribución en esos servicios. El sistema de seguridad social será regulado por una ley orgánica especial.” Consecuentemente, la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral indica en su artículo 1 que la “Seguridad Social Integral tiene como fin proteger a los habitantes de la República, en los términos y condiciones que fije la Ley, ante las contingencias de enfermedades y accidentes, sean o no de trabajo, cesantía, desempleo, maternidad, incapacidad temporal y parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobrevivencia y cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social, así como de las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de vivienda, recreación, formación profesional y cualquier otro tipo de necesidad de similar naturaleza (...).” Por otra parte, de acuerdo con el artículo 14 de la LOSSSI, el Sistema de Seguridad Social Integral lo conforman los subsistemas de Pensiones; Salud; Paro Forzoso y Capacitación Laboral; Vivienda y Política Habitacional, y - 104 - Recreación, cada uno de ellos regulados por leyes especiales (vid supra, Marco Jurídico). Se destaca además, entre las grandes responsabilidades que consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, lo expresado en el artículo 80 (“El Estado garantizará a los ancianos y ancianas (...) los beneficios de la seguridad social que eleven y aseguren su calidad de vida. Las pensiones y jubilaciones otorgadas mediante el sistema de seguridad social no podrán ser inferiores al salario mínimo urbano.”); el artículo 88 (...) “Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social de conformidad con la ley”, y la Disposición Transitoria Cuarta (“Dentro del primer año, contado a partir de su instalación, la Asamblea Nacional aprobará: (...) 3. Mediante la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales consagrado en el artículo 92 de esta Constitución, el cual integrará el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario devengado (...)”. En la medida de la ejecución de las tareas que se asignan al Gobierno a partir de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral, y las leyes de los Subsistemas, incluyendo la reconversión del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (artículos 63 al 79 de la LOSSSI), se consolidará definitivamente en el país una normativa realmente actualizada y cónsona con los actuales esquemas, que permita y facilite el cumplimiento de compromisos en esta materia a nivel internacional en todos sus ámbitos. En este sentido, la propuesta del Gobierno de Venezuela concuerda en la iniciativa de revisión de las Decisiones 113 Instrumento Andino de Seguridad Social y 148 Reglamento del Instrumento Andino de Seguridad Social, a fin de adaptarlas a la legislación y práctica actuales en los países de la Comunidad Andina, e igualmente es nuestro criterio fomentar la ratificación de los Convenios Internacionales del Trabajo en materia de Seguridad Social, básicamente el Convenio Nº 102 sobre Seguridad Social (norma mínima), 1952, y los convenios Nos. 118 sobre Igualdad de Trato, 1962; 121 sobre Prestaciones en caso de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, 1964; 128 sobre Prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes, 1967, y 130 sobre Asistencia médica y prestaciones monetarias de enfermedad, 1969, así como seguir muy de cerca con miras a su eventual ratificación, la Revisión del Convenio Nº 103 sobre Protección de la maternidad, 1952, que deberá aprobarse en la 88ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en este año 2000. 3. MIGRACIÓN LABORAL En cuanto a este aspecto, se señala la Resolución conjunta de los Ministerios del Interior y Justicia, de Relaciones Exteriores y del Trabajo (Gaceta Oficial Nº 5.427 Extraordinario del 05-01-2000) por la cual se dictan las Normas de Procedimiento para la Expedición de Visados (artículos 8º al 10º Transeúnte de Negocios (TR-N); Artículos 11º y 12º Transeúnte Inversionista (TR-I); Artículos 13º al 15º Transeúnte Empresario/Industrial (TR-E/I); Artículos 20º al 22º Transeúnte Empleado - 105 - Doméstico (TR-ED); Artículos 36º al 39º Transeúnte Laboral (TR-L), y Artículo 40º Disposiciones Finales. Con este instrumento se pretende regular, las solicitudes de ingreso al país, como un primer paso hacia la progresividad en el cumplimiento de la normativa comunitaria andina en estudio (Convenio “Simón Rodríguez” y sus Decisiones conexas), y hacia la desregulación pertinente para el logro del objetivo del establecimiento del Mercado Común Andino en el año 2005, respecto a la libre circulación de personas y con ella la libre circulación de servicios profesionales. De aquí la importancia de la participación de los representantes de los Ministerios de Trabajo de la subregión en la reunión del Comité de Autoridades Andinas Migratorias (CAAM) de enero del 2000 en Lima. Por otra parte, en virtud de que la Asamblea Nacional deberá aprobar, dentro primer año contado a partir de su instalación, una reforma de la Ley Orgánica Trabajo (Disposición Transitoria Cuarta), se espera incluir en la misma todas adecuaciones necesarias a su adaptación a los convenios internacionales materia de trabajadores migrantes, sus derechos y los de sus familiares. del del las en Finalmente, vale la pena indicar la realización de un análisis de la fuerza laboral colombiana, de acuerdo a información suministrada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Servicio Nacional de Adiestramiento (SENA) de ese país, para enfocar con anticipación problemas futuros de mercados ampliados de trabajo (por ejemplo dentro de la Comunidad Andina; respecto a la Asociación de Libre Comercio de las Américas; el Grupo de los Tres –Colombia, México, Venezuela-; el Mercosur; el Caricom,...), y preparar el desarrollo de un Seminario sobre Migraciones Laborales en el primer trimestre del 2000. 4. FOMENTO DEL EMPLEO En consideración a lo establecido en el artículo 79 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que expresa: “Los jóvenes y las jóvenes tienen derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y en particular la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la Ley”, se destaca el Plan de Empleo Joven, a cargo de la Fundación Juventud y Cambio – adscrita al Ministerio de Educación, Cultura y Deportes-; el Ministerio del Trabajo, y organizaciones no gubernamentales, y dirigido a jóvenes excluidos del sistema escolar y del mercado de trabajo, como una estrategia de inserción socioproductiva que articula la formación para y en el trabajo, con el fomento de la empleabilidad a través de la contratación formal o la creación de pequeñas unidades de producción de bienes o servicios, de tal manera que el plan se convierta en un vehículo efectivo para la facilitación del empleo. Asimismo, el artículo 87 de la nueva Constitución indica que “toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizará la adopción de medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda tener una ocupación - 106 - digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del Estado fomentar el empleo. (...)”. El Gobierno Nacional prevé, como parte de la estrategia de reactivación del empleo, la ejecución de un plan de inversiones públicas, principalmente en obras de infraestructura física y de vivienda. Se desarrollarán programas específicos de fomento de empleo independiente y/o asociativo, tales como los proyectos de fomento de microempresas mediante programas de asistencia técnica y crediticia; el Banco de la Mujer, y el Banco del Pueblo, de reciente ejecución a partir del cuarto trimestre de 1999. Cabe señalar en relación con la política de empleo, el servicio de intemediación laboral, para lo cual se desarrollan acciones tales como la creación de la red de información y colocación laboral; el fortalecimiento de las agencias de empleo, como unidades operativas de la gestión del subsistema de paro forzoso, y el fortalecimiento del sistema de indicadores de gestión del servicio nacional de empleo. 5. SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO En el marco de lo establecido en el artículo 87 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, “(...) Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el control y la promoción de estas condiciones.”, se desarrolla lo que señala la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral (“Artículo 1º: Objeto de la Ley. La Seguridad Social Integral tiene como fin proteger a los habitantes de la República, en los términos y condiciones que fije la Ley, ante las contingencias de enfermedades y accidentes, sean o no de trabajo,...”; “Artículo 5º: Prestaciones. El Sistema de Seguridad Social Integral comprenderá las prestaciones siguientes: a) Atención a la salud, prevención y riesgos en el trabajo; ...”; “Título III Subsistemas que conforman el Sistema de Seguridad Social Integral, Capítulo IV Régimen de Prevención y Riesgos en el Trabajo –artículos 44 al 47, ambos inclusive-”), y lo que indica la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT). Según y como lo establece la LOPCYMAT, finalmente el Ejecutivo Nacional designará, en Consejo de Ministros al Directorio del Consejo (artículos 8º al 11º) y del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (artículos 12º al 17º). Igualmente, se prevé para el transcurso del primer semestre del 2000, la publicación del Reglamento General de la LOPCYMAT; en los primeros tres meses del año, la elaboración del Reglamento Interno del Instituto en función de su operatividad, y en un mediano plazo, de ser necesario, se prevé una reforma a la Ley con miras a su actualización. Por otra parte, el Ejecutivo Nacional se ha trazado como estrategia para el actual período de gobierno, la ratificación de los convenios internacionales del trabajo en - 107 - materia de seguridad y salud en el trabajo, incluyendo en estos, además del Convenio Nº 161 sobre los Servicios de Salud en el Trabajo, 1985, algunos que fueron sometidos a la discusión legislativa en 1998, como el Convenio Nº 167 sobre Seguridad y Salud en la Construcción, 1988; Nº 170 sobre la Utilización de Productos Químicos en el Trabajo, 1990; Nº 174 sobre la Prevención de Accidentes Industriales Mayores, 1993, y Nº 176 sobre Seguridad y Salud en las Minas, 1995, todo esto con la finalidad de dar a los trabajadores una protección mucho más amplia desde el punto de vista jurídico. De esta manera, nuestra propuesta como Gobierno concuerda con la propuesta de la Secretaría General en el sentido de promover la ratificación de los Convenios Internacionales del Trabajo sobre seguridad y salud de los trabajadores, así como en cuanto al diagnóstico nacional en materia de seguridad y salud ocupacional y condiciones de trabajo, lo cual se desarrollará tras la puesta en marcha del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSSL). Igualmente, somos partidarios de la elaboración de un programa subregional en seguridad y salud ocupacional, el mejoramiento de los sistemas de registro y notificación de accidentes y enfermedades profesionales, y el reforzamiento de los sistemas de inspección, para lo cual deberá solicitarse la asistencia técnica a la Organización Internacional del Trabajo a través del Equipo Técnico Multidisciplinario de la Oficina de Área para los Países Andinos (OA-ETM) de la Oficina Regional para América Latina y el Caribe en Lima, Perú. *****