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Reporte Nº 115
Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
ISSN: 1850-3284
Declarada de Interés Provincial por la Honorable Cámara de Diputados de
la Provincia de Buenos Aires. (D/1.108/06-07)
Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires
Mayo de 2010
Propiedad del Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.
Calle 5 Nº 966 – 1900 – La Plata
Director: Farm. María Isabel Reinoso
Coordinador de la RPVF: Farm. Daniel Domosbian
Redacción: Comité Asesor de la RPVF
Dirección Nacional del Derecho de Autor Expte. Nº 85089
Los Reportes de la RPVF son preparados para ser interpretados por Farmacéuticos y
otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente reporte, citando la fuente. Asimismo no deberá
utilizarse este material con fines de propaganda, venta o publicidad.
INDICE:
INFORMACIÓN DE INTERÉS:
1) Vigilancia de eventos supuestamente atribuibles a la vacunación (ESAVI) contra la Influenza
A (H1N1) en Latino América y el Caribe (LAC) (21 de MAYO de 2010)
2) Prometazina e ibuprofeno asociados a injuria severa tisular incluyendo gangrena
ALERTA DE LA RPVF:
3) REGUCAL 1 g granulado lote Nº 837 LABORATORIO BALIARDA
COMUNICADOS DE LA RPVF:
4) AKINETON® (Biperideno 2 mg) x 60 comprimidos Lab. Abbott
5) DRUISEL® (Ibuprofeno 2%) Susp. x 90 Lab. Northia
6) CICLOFOSFAMIDA 50 mg comp.
7) ADALAT RETARD® comp. Laboratorios Bayer
8) BUMAFLEX N FORTE® (Naproxeno 500 mg) comp. X 20 Lote 8119 vto. 06/11 Lab.
ALTANA PHARMA S.A.
9) ASOTREX® (Glucosamina sulfato + Condroitin sulfato sódico) cáps. Lote Nº 61749 vto.
06/11 Laboratorios Raffo S.A.
10) SULFATO DE ZINC Fada inyectable
11) SULPIRIDA 50 MG + CLORAZEPATO DIPOTÁSICO 5 MG comprimidos
12) PREVENAR® Lab. Wyeth
BOLETIN OFICIAL
13) DROGUERIAS
14) ESPECIALIDADES MEDICINALES
15) PRODUCTOS DE LIMPIEZA
16) PRODUCTOS ALIMENTICIOS
17) PRODUCTOS MEDICOS
18) SALUD PÚBLICA
Correo:
19. LE DAMOS LA BIENVENIDA A NUEVOS SUSCRIPTORES DE LA RPVF
SUSCRIPCIONES POR E-MAIL
1
INFORMACIÓN DE INTERÉS:
1) VIGILANCIA DE EVENTOS SUPUESTAMENTE ATRIBUIBLES A LA VACUNACIÓN
(ESAVI) CONTRA LA INFLUENZA A (H1N1) EN LATINO AMÉRICA Y EL CARIBE (LAC)
(21 DE MAYO DE 2010)
Con relación a los ESAVI, se han notificado 5,392 eventos, de los cuales 266 han sido
(*)
clasificados
como eventos serios: Argentina (28), Bahamas (2), Bolivia (2), Brasil
(169), Colombia (2), Costa Rica (3), Cuba (15), Ecuador (6), Guatemala (2), México (17),
Nicaragua (3), Panamá (1), Perú (10), Surinam (3) y Uruguay (3). A la fecha 92 de estos
eventos severos han sido clasificados como relacionados a la vacuna contra influenza
pandémica, los cuales han sido notificados en Brasil (86), Cuba (5) y Perú (1).
Diecinueve de estos casos corresponden a casos de anafilaxia (0.3 por millón de dosis),
frecuencia que está debajo de la tasa esperada de 1 a 10 por millón de dosis aplicadas.
Asimismo, se han notificado 26 casos probables de Síndrome de Guillain-Barré - SGB
(18 en México, 7 en Brasil y 1 en Perú), de los cuales se han descartado 10 porque no
cumplen con criterios de SGB, 3 se han clasificado como coincidentes y los demás
están en investigación. Un país de la Región ha notificado 36 errores programáticos
producidos por la aplicación del doble de la dosis. En otro país se notificaron 6 errores
programáticos producidos por la aplicación del adyuvante sin haber reconstituido la
vacuna. En otro más se aplicó vacuna DPT a 20 personas en vez de vacuna contra la
influenza y se vacunó una persona fuera del grupo de edad. En todos estos países, las
personas afectadas han evolucionado sin presentar problemas de salud. Otros 6
probables errores programáticos están en investigación en otros dos países.
Fuente: http://new.paho.org/hq/index.php?option=com_content&task=view&id=2527&Itemid=2030&lang=es
(*)
La clasificación de los casos es preliminar por lo que pueden haber variaciones entre cada semana,
conforme los países van completando el proceso con Comisiones Nacionales Especializadas de
clasificación de los casos.
Cometarios de la RPVF: Para mayor información acerca del SGB visitar el siguiente link:
http://www.med.unne.edu.ar/revista/revista168/3_168.pdf
2) Prometazina e ibuprofeno asociados a injuria severa tisular incluyendo gangrena
(ANMAT)
Tanto la administración endovenosa de prometazina como la de ibuprofeno pueden ocasionar
daño tisular severo, incluyendo la gangrena. En estos casos se puede requerir fasciotomía,
injerto cutáneo y/o la amputación.
El daño tisular severo puede ocurrir luego de la extravasación perivascular, la aplicación
intraarterial involuntaria, y la infiltración perineuronal e intraneuronal.
Recomendaciones para los profesionales de la salud
-
La vía de administración intramuscular profunda es de elección para administrar
prometazina por vía parenteral.
La administración intraarterial y la subcutánea de prometazina o de ibuprofeno están
contraindicadas.
En caso de usarse ibuprofeno endovenoso, debe realizarse diluyendo previamente la
ampolla y con una administración muy lenta o directamente por fleboclisis.
La administración de prometazina e ibuprofeno debe interrumpirse inmediatamente
ante la manifestación de dolor por parte del paciente.
2
-
La prometazina no debe ser administrada a pacientes menores de 2 años por el riesgo
de depresión respiratoria severa que puede evolucionar hacia la muerte del paciente.
Esta contraindicación es para todas las presentaciones disponibles de la especialidad
medicinal.
Es importante
-
-
Detectar precozmente el desarrollo de signos y síntomas compatibles con daño tisular,
incluyendo dolor o quemazón en el sitio de aplicación, flebitis, edema y la aparición de
ampollas.
Informar a los pacientes que los efectos adversos pueden ocurrir inmediatamente luego
de la administración o, por el contrario, pueden desarrollarse horas o días luego de
recibir la medicación.
Antecedentes
1- La ANMAT, acorde con la FDA, solicitó agregar un cuadro de advertencia recuadrada al
prospecto del clorhidrato de prometazina inyectable para remarcar la posibilidad de desarrollar
daño tisular severo asociado a la administración de este fármaco por vía endovenosa. La
extravasación perivascular, la inyección intraarterial y la infiltración perineuronal de la droga
puede producir irritación y daño tisular de grado variable. La intención principal es recordar a
los médicos tratantes que debido al gran riesgo que conlleva la aplicación endovenosa, la vía
parenteral de elección es la intramuscular profunda. Además es importante remarcar que la vía
subcutánea está formalmente contraindicada. Esta recomendación surge del análisis efectuado
por la agencia norteamericana de las notificaciones recibidas durante la fase de postcomercialización que asocian el uso de prometazina por vía endovenosa y el desarrollo de
daño tisular severo, incluyendo casos de gangrena que requirieron amputación del miembro
afectado. Además de la advertencia sugerida, la FDA solicita a los titulares del registro realizar
cambios en la sección de dosis y vía de administración para efectuar recomendaciones
específicas sobre la máxima concentración permitida (25 mg /mL) y la velocidad de infusión
máxima recomendada (25 mg/ min.), cuando resulta indispensable la infusión por vía
endovenosa. La FDA ha comunicado previamente, en dos oportunidades (Diciembre de 2006 y
Febrero de 2008), el riesgo que conlleva la extravasación perivascular y la administración
intraarterial involuntaria, pudiendo ocasionar daño tisular severo, debido a la administración
endovenosa de prometazina. Sin embargo, a pesar de las recomendaciones efectuadas
previamente, la FDA continúa recibiendo una importante cantidad de reportes de daño tisular
severos asociados a la administración endovenosa de prometazina. La Agencia
Norteamericana revisó las publicaciones efectuadas en la literatura internacional y los reportes
de eventos adversos post–comercialización recibidos por la misma desde el año 1969 hasta el
año 2009, en los que se identificaron numerosos casos de gangrena que requirieron
amputación.
2- Por disposición 3059/06 de la ANMAT 1, se estableció la inclusión, en los prospectos de
especialidades medicinales que contengan ibuprofeno, de los cuidados especiales a tener en
cuenta, para ser administrado por vía endovenosa. Esto está basado en los reportes recibidos
por el riesgo que conlleva la extravasación perivascular y la administración intraarterial
involuntaria.
A continuación se listan las especialidades medicinales disponibles en nuestro país en las
cuales ya figura en todos sus prospectos esta advertencia.
FENERGAN
Laboratorio: SANOFI AVENTIS ARGENTINA S.A.
Certificado: 11069
Forma farmacéutica: inyectable
ATC: Antihistamínicos para empleo sistémico, derivados fenotiazínicos (R06AD)
Vía de administración: inyectable
Condición de Venta: bajo receta archivada
1
Requisitos que deberán cumplir los laboratorios titulares de certificados de especialidades medicinales
que contengan como principio activo solo o asociado ibuprofeno para administración intramuscular y
endovenosa.
3
PROMETAZINA FADA
Laboratorio: FADA PHARMA S.A.
Certificado: 47442
Forma farmacéutica: inyectable
ATC: no clasificado (RO6A)
Vía de administración: inyectable
Condición de Venta: bajo receta archivada
PROMETAZINA VANNIER
Laboratorio: LABORATORIO VANNIER S.A.
Certificado: 49714
Forma farmacéutica: INYECTABLE
ATC: no clasificado (DO4A)
Vía de administración: inyectable
Condición de Venta: venta bajo receta archivada
PROMEZATINA CEVALLOS
Laboratorio: CEVALLOS SALUD SRL
Certificado: 50741
Forma farmacéutica: solución inyectable
ATC: (RO6AD)
Vía de administración: inyectable
Condición de Venta: bajo receta archivada
PROMETAZINA LARJAN
Laboratorio: VEINFAR I.C.S.A.
Certificado: 30861
Forma farmacéutica: inyectable
ATC: antihistamínico (D04AA)
Vía de administración: inyectable
Condición de Venta: bajo receta archivada
En la base del Sistema Nacional de Farmacovigilancia de ANMAT, en los últimos 6 años no se
han recibido notificaciones que asocien el uso de prometazina y daño tisular.
Fuente: http://www.anmat.gov.ar/farmaco/prometazina-ibuprofeno_EV.pdf
Cometarios de la RPVF: Recordamos a los colegas la comunicación a esta RPVF de toda
sospecha de reacciones adversas relacionadas a estos medicamentos
ALERTA DE LA RPVF:
3) REGUCAL 1 g granulado lote Nº 837 LABORATORIO BALIARDA
Motivo: problemas de calidad
Hemos recibido del Departamento de Farmacovigilancia la siguiente información del
laboratorio productor: “A raíz de reclamos sobre el lote 837 del producto referido, por
detectarse hinchamiento de los sobres, que presumimos es debido a reacciones químicas
producidas por el calor y la humedad cercana al límite superior de la especificación”, el
laboratorio “procederá a realizar el canje o la nota de crédito correspondiente”. “La actividad
farmacológica y terapéutica del producto no se ve afectada”.
Comentario de la RPVF: Las muestras fueron recibidas en esta RPVF desde una farmacia de
la Provincia de Bs. As., y enviadas al Sistema Nacional de Farmacovigilancia oportunamente.
Solicitamos revisar los stocks y hacer las devoluciones correspondientes por los canales de
comercialización. Alerta enviada por e-mail el día 14/05/10.
COMUNICADOS DE LA RPVF:
4) AKINETON® (Biperideno 2 mg) x 60 comprimidos Lab. Abbott
4
Motivo: Falta en el mercado
Ante la falta del producto de referencia nos hemos comunicado con el laboratorio productor
quien nos informa que “lamentablemente, el producto Akineton® (Biperideno 2 mg) x 60
comprimidos está en falta y muy probalemente no vaya a reponerse hasta casi fines de Mayo.
Se encuentran disponibles Akineton Retard / Biperideno 4 mg y Akineton Inyectable.
Cualquier novedad, los mantendremos informados.
Cometarios de la RPVF: Ante la falta del producto nos hemos contactado con otros
laboratorios que nos han informado la existencia de stock de sus productos, a saber:
Biperideno 2 mg Rospaw x 20 y 60 comp.
Biperideno 2 mg Vannier x 20 comp.
5) DRUISEL® (Ibuprofeno 2%) susp. 90 ml (Venta Libre) Lab. Northia
Motivo: Cambio en la composción de excipientes.
El Departamento de Farmacovigilancia nos informa que a partir de Agosto 2009 se elabora con
la nueva fórmula, el primer lote elaborado fue el Lote Nº 3178 Vto: 31/08/2012.
Comentario de la RPVF: La actual fórmula no contiene alcohol, excipiente que fue detectado
en su momento por un colega de la provincia de Bs. As.
6) CICLOFOSFAMIDA 50 mg comp.
Motivo: Falta en el mercado
Nos hemos comunicado con el laboratorio Filaxis quienes nos han informado que “el producto
está momentáneamente en falta pero se seguirá fabricando”.
Respecto al Laboratorio DOSA nos informan que es un producto que no está planificado por el
momento producirlo.
7) ADALAT RETARD® comp. Laboratorios Bayer
Motivo: cambio de packaging
Hemos recibido la consulta de una farmacia, respecto del producto de referencia debido a
cambios en el rótulo ya que anteriormente en el rótulo figuraba: Industria Brasilera 50
comprimidos de liberación retardada, Investigación original Bayer (Bay a 1040) y en las nuevas
cajas figura: Industria Alemana 50 comprimidos recubiertos de liberación prolongada, Bayer
Schering Pharma. Asimismo el tamaño de las unidades es distinto como se muestra en la
siguiente fotografía
5
Todo ello implicó el rechazo del producto por parte del paciente.
A tal fin nos comunicamos con el laboratorio productor quien nos informa que:
“Efectivamente las presentaciones de Adalat, Adalat Retard, Adalat Oros y Glucobay han
sufrido un cambio en el tamaño del estuche y blister.
Al cambiar de planta elaboradora y de país elaborador, sufrieron modificación también el
código de barra
En su momento hemos tratado de comunicar a los profesionales médicos estos cambios, a
través de nuestra fuerza de venta, como para evacuar las dudas de los pacientes.
Las droguerías se informan en el momento de la compra del producto al laboratorio y las
farmacias al pedirlo a drogueria.
Estos cambios se están dando desde septiembre 2009.
Comentario de la RPVF: Lamentablemente la comunicación a la farmacia no ha sido efectiva y
menos a los pacientes que siguen dudando de la legitimidad de los medicamentos.
Recordamos las recomendaciones de ANMAT ante la detección de medicamentos ilegítimos:
Ver: http://www.anmat.gov.ar/COMUNICADOS/PRENSA/2009/COMIUNICADO_FARMACEUTICOS.PDF
8) BUMAFLEX N FORTE® (Naproxeno 500 mg) comp. X 20 Lote 8119 vto. 06/11 Lab.
ALTANA PHARMA S.A.
Motivo: cambios en la coloración del comprimido
Hemos recibido la consulta de una farmacia hospitalaria respecto del producto de referencia
por la presencia de comprimidos cuyo color no es homogéneo. A tal fin hemos enviado la
muestra al Departamento de Farmacovigilancia de ANMAT quienes nos informan “que el ligero
moteado que presentan los comprimidos se atribuye a una disminución de la aplicación de la
cobertura, lo que no altera la calidad del producto”.
Por O.I Nº 264/10 se verificó la legitimidad del producto, constatándose que la muestra remitida
corresponde con un original de la firma.
9) ASOTREX® (Glucosamina sulfato + Condroitin sulfato sódico) cáps. Lote Nº 61749 vto.
06/11 Laboratorios Raffo S.A.
6
Motivo: ruptura de las cápsulas
Ante consultas realizadas a esta RPVF por el producto de referencia, hemos enviado las
muestras al Sistema Nacional de Farmacovigilancia de ANMAT quienes nos informa que “el
laboratorio recibió dos quejas una por el lote en cuestión con fecha septiembre de 2009 y el
otro por el lote 18481 con fecha de recepción noviembre de 2009.
En base a estos reclamos el laboratorio investiga las posibles causas de estas quejas,
concluyendo que las cápsulas utilizadas en la elaboración de dichos lotes (provenientes de
Catalent Brasil) presentan mayor fragilidad respecto de las cápsulas provenientes de Catalent y
Capsugel USA, siendo más evidente el problema cuando se encuentran con un porcentaje de
humedad menor. Y optando como medida correctiva la calificación como proveedor a Capsugel
USA.
Comentario de la RPVF: Se solicita a los farmacéuticos revisar los stocks en sus farmacias y
realizar la devolución del producto por los canales de comercialización habitual. Como así
también estar atentos ante los mismos problemas con otros lotes.
10) SULFATO DE ZINC Fada inyectable
Motivo: Falta en el mercado
Ante consultas a esta RPVF sobre la disponibilidad del producto de referencia, nos hemos
contactado con el laboratorio quienes nos han informado que el producto está
momentáneamente en falta.
11) SULPIRIDA 50 MG + CLORAZEPATO DIPOTÁSICO 5 MG comprimidos
Motivo: Falta en el mercado
Ante consultas realizadas a esta RPVF sobre la falta en el mercado de la asociación de
referencia nos hemos contactado con los laboratorios producotres. El laboratorio Sandoz para
su producto Vegestabil®, nos informa que podría estar en las farmacias en aproximadamente
4 meses. En tanto el laboratorio Sanofi Aventis para su producto Tranxilium Digest® hasta el
cierre de esta edición no nos ha informado acerca de la falta en el mercado.
12) PREVENAR 13® Lab. Wyeth
Motivo: reemplazo de Prevenar®
El presente es para informar que ANMAT nos ha autorizado la comercialización de PREVENAR
13, aprobada por Certificado N° 55.413 y al mismo tiempo anunciar que la misma reemplazará
a la Prevenar 7 actualmente comercializada en el mercado.
Prevenar®, no se recibirá mas para Argentina. En cuanto a las pautas para pasar de Prevenar
7 a 13 están incluidas en la siguiente tabla,
7
BOLETIN OFICIAL
03/05/10 A 31/05/10
13) DROGUERIAS
Disposición 2097/2010 - ANMAT – B.O. 13/05/10
Prohíbese la comercialización de especialidades medicinales, fuera del ámbito de la
Provincia de Córdoba, a la Droguería denominada San Ceferino S.A., con domicilio en la
calle Corrientes 453/61 de la ciudad de Villa María, Provincia de Córdoba, hasta
tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades
medicinales en los términos de la Disposición A.N.M.A.T. Nº 5054/09
Comentario de la RPVF: Alerta enviada por e-mail el día 14/05/10.
14) ESPECIALIDADES MEDICINALES
Disposición 2098/2010 -ANMAT - B.O. 14/05/10 - Prohíbese la comercialización y uso en todo
el territorio nacional de las especialidades medicinales, del laboratorio GLAXOSMITHKLINE
S.A., rotuladas como: “Ibuevanol Rápida acción cápsulas blandas x 20 Lote: EN5378,
Ibuevanol Rápida acción cápsulas blandas x 20 Lote: EP5771 y Ibuevanol plus cápsulas
blandas x 20 Lote: EL4739”, que fueran sustraídos del establecimiento distribuidor.
Motivo: sustracción de especialidades medicinales.
Comentario de la RPVF: Alerta enviada por e-mail el día 14/05/10.
15) PRODUCTOS DE LIMPIEZA
8
Disposición Nº 2013/10 -ANMAT - B.O. 07/05/10 - - Incorpora, al ordenamiento jurídico
nacional, la Res. Mercosur GMC 47/07 “Reglamento Técnico Mercosur para Productos de
Limpieza y Afines (derogación de la Res.10/04)”
16) PRODUCTOS ALIMENTICIOS
Disposición 2099/2010 - ANMAT - B.O. 14/05/10
Artículo 1º — Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Té
verde cedrón y salvia para infusión con cáscara de naranja, naranjo hojas, cardamomo y
algas” marca: Té Chino del Doctor Ming, elaborado por Pronat S.A., R.N.E. Nº 02-033013
distribuido por Exclusive Products S.A., R.N.P.A. Nº Expte. Nº 4105-71412009, lote 101.
Art. 2º — Ordénase a la firma Exclusive Products S.A., que proceda al retiro del mercado
del producto mencionado en el artículo 1º, debiendo presentar la documentación
respaldatoria de dicha diligencia, por ante el Instituto Nacional de Alimentos.
Motivo: en lo analizado microscópicamente no se observa Salvia officinalis ni fucus
vesiculosus.
Comentario de la RPVF: Alerta enviada por e-mail el día 14/05/10.
17) PRODUCTOS MEDICOS
Disposición 2224/2010 -ANMAT - B.O. 14/05/10 - Prohíbese la comercialización y uso en
todo el territorio nacional, de todos los productos médicos identificados en el Anexo I.
Motivo: hurto de los productos detallados.
ANEXO I
Nº
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
534-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-97
634-91
634-91
634-91
634-91
634-91
634-91
PM
990173
990317
990317
990317
990317
990317
990317
990317
990317
990317
990317
990558
990558
990558
990558
990558
990558
990558
990558
990558
990558
990558
990558
990558
990581
990581
990581
300054
300054
300054
300340
300340
300340
Catálogo
Jeringa Plastipak
Jeringa Plastipak
Jeringa Plastipak
Jeringa Plastipak
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Aguja P.Glide 21G
Aguja P.Glide 21G
Aguja P.Glide 21G
Aguja P.Glide 21G
Aguja P.Glide 21G
Aguja P.Glide 21G
Descripción Lote Cantidad
20ML LUER SLIP 9218539 250
5ML LUER SLIP 7183621 550
5ML LUER SLIP 8281583 700
5ML LUER SLIP 8302116 1400
5ML LUER SLIP 9177823 700
5ML LUER SLIP 9177825 1400
5ML LUER SLIP 9177830 700
5ML LUER SLIP 9177834 4200
5ML LUER SLIP 9189780 16800
5ML LUER SLIP 9210247 700
5ML LUER SLIP 9210250 700
10ML LUER SLIP 9127807 2000
10ML LUER SLIP 9127811 400
10ML LUER SLIP 9127823 800
10ML LUER SLIP 9141326 400
10ML LUER SLIP 9149607 2400
10ML LUER SLIP 9149911 4000
10ML LUER SLIP 9153157 3600
10ML LUER SLIP 9161726 400
10ML LUER SLIP 9169599 400
10ML LUER SLIP 9169601 2800
10ML LUER SLIP 9169602 400
10ML LUER SLIP 9189828 7600
10ML LUER SLIP 9196305 400
3ML LUER SLIP 9161642 2000
3ML LUER SLIP 9177700 1000
3ML LUER SLIP 9177707 4000
X 1 ( 25 X 8) 9153190 3000
X 1 ( 25 X 8) 9180843 3100
X 1 ( 25 X 8) 9210360 3000
X 1 1/2 (c/ aguja 40x8) 9168957 1000
X 1 1/2 (c/ aguja 40x8) 9177691 9000
X 1 1/2 (c/ aguja 40x8) 9180844 2000
9
634-91 300340 Aguja P.Glide 21G X 11/2 (c/ aguja 40x8) 9203867 6000
634-91 301973 Aguja P.Glide 25G X 5/8 (15 X 5) IRAM 9007201 4000
634-91 301980 Aguja P.Glide 23G X 1 (25 X 6) 6254851 1000
634-15 786290 FISTULA A V 16G BACK EYE 8290537 100
634-15 786290 FISTULA A V 16G BACK EYE 8347764 1400
634-91 990193 Aguja P.Glide 300 X 1/2 (13 X 3) 7333798 1000
634-7 990214 Jeringa Plastipak 1ML TUB C/Aguja 25Gx5/8 9210215 150
634-7 990214 Jeringa Plastipak 1ML TUB C/Aguja 25Gx5/8 9218198 150
634-11 990270 Jeringa Plastipak INSULINA 100 UI 13 X 3 8114983 150
634-11 990270 Jeringa Plastipak INSULINA 100 UI 13 X 3 8283898 150
634-7 990337 Jeringa Plastipak 5ML c/ aguja 40x8 9078444 100
634-7 990337 Jeringa Plastipak 5ML c/ aguja 40x8 9089888 300
634-7 990337 Jeringa Plastipak 5ML c/ aguja 40x8 9093155 400
634-7 990337 Jeringa Plastipak 5ML c/ aguja 40x8 9117530 400
634-7 990407 Jeringa Plastipak 3ML c/ aguja 40x8 9177812 450
634-7 990407 Jeringa Plastipak 3ML c/ aguja 40x8 9189668 900
634-7 990407 Jeringa Plastipak 3ML c/ aguja 40X8 9194823 150
634-7 990597 Jeringa Plastipak 3ML c/ aguja 40x8 9189686 450
634-7 990597 Jeringa Plastipak 3ML c/ aguja 40x8 9189700 150
634-7 990597 Jeringa Plastipak 3ML c/ aguja 40x8 9189703 150
634-7 990597 Jeringa Plastipak 3ML c/ aguja 40x8 9196081 450
634-7 990597 Jeringa Plastipak 3ML c/ aguja 40x8 9196092 2250
634-7 990600 Jeringa Plastipak 10 ML c/ aguja 40x8 9180489 100
634-7 990698 Jeringa Plastipak 1 ML C/ Aguja 22G X 1 9058569 450
Comentario de la RPVF: Alerta enviada por e-mail el día 14/05/10.
18) SALUD PÚBLICA
Resolución 265/2010 -SNSCA - B.O. 10/05/10 - Declara estado de ALERTA SANITARIA a fin
de controlar y evitar la difusión del virus de la Arteritis Viral Equina
CORREO:
19) LE DAMOS LA BIENVENIDA A NUEVOS SUSCRIPTORES DE LA RPVF:
Farm. Mariela Noemi Yuvone (La Matanza)
Farm. José Ignacio Terceño (Tierra del Fuego)
Dr.Armando Juan Montalvo (Esteban Echeverría)
Copias de los textos completos de estas disposiciones pueden ser obtenidas clickeando sobre
el número de la normativa o solicitarlas al CIMF del Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de
Bs. As.
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VERSIÓN ELECTRONICA DEL REPORTE DE LA RPVF:
Se encuentran disponibles todos los Reportes emitidos hasta la fecha en el Portal del Colegio
de Farmacéuticos de la Pcia de Bs. As. www.colfarma.org.ar , sección RPVF- subsección
Reportes y Alertas.
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CONSULTAS E INFORMES SOBRE LA RPVF
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4224894, E-mail: [email protected].
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