Download Memoria del Análisis de Impacto Normativo

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
SECRETARÍA DE ESTADO DE
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
MINISTERIO DE
HACIENDA
Y
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
DIRECCIÓN GENERAL DE
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y
PROCEDIMIENTOS
MEMORIA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN EL REAL DECRETO 1887/2011, DE 30 DE
DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE
LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES, Y EL REAL DECRETO 401/2012, DE 17 DE
FEBRERO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
ANEXO I
FICHA DEL RESUMEN EJECUTIVO
Ministerio/Órgano
proponente.
Título de la norma.
Tipo de Memoria.
Ministerio de Hacienda
Administraciones Públicas
y
Fecha
14/09/2015
REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN EL REAL
DECRETO 1887/2011, DE 30 DE DICIEMBRE, POR EL
QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
BÁSICA DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES, Y
EL REAL DECRETO 401/2012, DE 17 DE FEBRERO, POR
EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
BÁSICA
DEL
MINISTERIO
DE
AGRICULTURA,
ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE.
Normal x
Abreviada
OPORTUNIDAD DE LA PROPUESTA
Situación que se regula.
CORREO ELECTRÓNICO
[email protected]
Modificar el régimen de nombramiento del Director de la
OECC
M. de Molina, 50
28071 MADRID.Tel.: 912732408
FAX: 912732406
SECRETARÍA DE ESTADO DE
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
MINISTERIO DE
HACIENDA
Y
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Objetivos
persiguen.
que
se
Principales alternativas
consideradas.
DIRECCIÓN GENERAL DE
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y
PROCEDIMIENTOS
Que pueda serlo un no funcionario.
Ninguna
CONTENIDO Y ANÁLISIS JURÍDICO
Tipo de norma.
Real decreto
Estructura de la Norma.
El proyecto consta de 2 artículos y una disposición final.
Informes recabados.
Secretaría General Técnica.
Trámite de audiencia.
No precisa
ANÁLISIS DE IMPACTOS
ADECUACIÓN
ORDEN
COMPETENCIAS.
AL
DE
IMPACTO ECONÓMICO
Y PRESUPUESTARIO.
CORREO ELECTRÓNICO
[email protected]
Autoorganización
Efectos
sobre
economía en general.
la
No tiene efectos significativos
M. de Molina, 50
28071 MADRID.Tel.: 912732408
FAX: 912732406
SECRETARÍA DE ESTADO DE
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
MINISTERIO DE
HACIENDA
Y
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
En relación
competencia
DIRECCIÓN GENERAL DE
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y
PROCEDIMIENTOS
con
la
x
la norma no tiene efectos
significativos
sobre
la
competencia.
la norma tiene efectos
positivos
sobre
la
competencia.
la norma tiene efectos
negativos
sobre
la
competencia.
Desde el punto de vista
de
las
cargas
administrativas
supone una reducción de
cargas administrativas.
Cuantificación estimada: ____
Incorpora nuevas cargas
administrativas.
Cuantificación
estimada: ____
x no afecta a las cargas
administrativas.
Desde el punto de vista
de los presupuestos, la
norma
implica un gasto:
Cuantificación estimada
Afecta
a
los
presupuestos de la AGE.
implica un ingreso.
Cuantificación
estimada:________________
Afecta
a
los
presupuestos de otras
Administraciones
Territoriales
IMPACTO DE GÉNERO.
La norma tiene
impacto de género
un
Carece de efectos
Negativo
Nulo
x
Positivo
CORREO ELECTRÓNICO
[email protected]
M. de Molina, 50
28071 MADRID.Tel.: 912732408
FAX: 912732406
SECRETARÍA DE ESTADO DE
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
MINISTERIO DE
HACIENDA
Y
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
OTROS
IMPACTOS
CONSIDERADOS.
DIRECCIÓN GENERAL DE
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y
PROCEDIMIENTOS
No se han observado otros impactos.
MEMORIA DEL ANÁLISIS DE IMPACTO NORMATIVO DEL PROYECTO DE REAL
DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN EL REAL DECRETO 1887/2011, DE 30 DE
DICIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA
DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES, Y EL REAL DECRETO 401/2012, DE
17 DE FEBRERO, POR EL QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
BÁSICA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO
AMBIENTE.
A) OPORTUNIDAD DE LA PROPUESTA
1. NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE LA NORMA PROYECTADA.
Los nombramientos de Directores Generales han de efectuarse, con carácter general,
de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 6.10 de la Ley 6/1997, de 14 de
abril, Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, entre
funcionarios de carrera, según dispone el artículo 18.2 de dicha Ley. Se establece, por
tanto, una reserva general para los "funcionarios de carrera".
La anterior norma encuentra su excepción en el propio artículo 18.2 citado, cuando
dispone que " salvo que el Real Decreto de estructura del Departamento permita que,
en atención a las características específicas de las funciones de la Dirección General,
su titular no reúna dicha condición de funcionario".
La determinación de lo que ha de entenderse por "características específicas" de las
funciones de la Dirección General debe realizarse a la luz de la jurisprudencia, que
establece que, aun reconociendo un cierto margen de discrecionalidad en la
apreciación de lo que ha de entenderse por tales características específicas o
singulares, para acudir a la excepción que establece el artículo 18.2, es preciso,
CORREO ELECTRÓNICO
[email protected]
M. de Molina, 50
28071 MADRID.Tel.: 912732408
FAX: 912732406
SECRETARÍA DE ESTADO DE
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
MINISTERIO DE
HACIENDA
Y
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
DIRECCIÓN GENERAL DE
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y
PROCEDIMIENTOS
 en primer lugar, que se realice una justificación y motivación concreta
y suficiente al respecto;
 en segundo lugar, que tal justificación debe sustentarse en hechos
objetivos, evitando hacer referencias vagas y genéricas o expresando
juicios de valor; y
 en tercer lugar, lo relevante es que las funciones de la dirección
general en cuestión pongan de manifiesto que se precisan unos
conocimientos y preparación ajenos a los propios de los cuerpos
funcionariales. Es decir, debe expresarse por qué los cuerpos
funcionariales carecen de la preparación y experiencia necesaria para
que el funcionario de carrera sea el titular de esa concreta dirección
general.
El Real Decreto 1887/2011, de fecha 30 de diciembre, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, exime de la condición
de funcionario al Director General de Medios y Diplomacia Pública del Ministerio de
Asuntos Exteriores y de Cooperación; al Director General de Tráfico; al Director
General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social
de las Empresas, al Director General de Arquitectura, Vivienda y Suelo y al Director
general de Comunicación. Posteriormente otros Reales Decretos han hecho uso de la
previsión contenida en el art.18.2 citado, como el Real Decreto 343/2.012, de 10 de
febrero por el que se desarrolló la estructura orgánica básica del Ministerio de Empleo y
Seguridad Social, que exime de la condición de funcionario al titular de la Dirección
General de Migraciones.
El Tribunal Supremo, en sentencia de 19 de febrero de 2013, se ha pronunciado en
relación con las excepciones previstas en los dos Reales Decretos citados,
considerándolas procedentes.
En la actualidad en el MAGRAMA todos los cargos de Director General recaen en
funcionarios de carrera, siguiendo la norma general.
La OECC posee un carácter transversal en la Administración General del Estado y
relación con diversos sectores de la economía, lo que se evidencia en las funciones
que le corresponden según el artículo 3 del vigente RD de estructura del MAGRAMA,
CORREO ELECTRÓNICO
[email protected]
M. de Molina, 50
28071 MADRID.Tel.: 912732408
FAX: 912732406
SECRETARÍA DE ESTADO DE
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
MINISTERIO DE
HACIENDA
Y
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
DIRECCIÓN GENERAL DE
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y
PROCEDIMIENTOS
que justifican que su titular no sea necesariamente un funcionario público. El sector
privado pone a disposición del MAGRAMA unos conocimientos y experiencia
complementarios a los del sector público, fundamentales para dar nuevo impulso y
perspectivas a su actividad.
Compete al Director de la OECC, entre otras funciones, analizar y promover
actividades de investigación; la integración de la adaptación al cambio climático en la
planificación de las políticas sectoriales; el desarrollo e implantación de tecnologías
para la reducción de gases de efecto invernadero y su transferencia a las políticas de
desarrollo y cooperación.
La OECC se relaciona intensamente con Naciones Unidas, y además con las
instituciones europeas, administraciones públicas, ONGs, instituciones públicas y
privadas y demás agentes sociales para colaborar con iniciativas relacionadas con la
lucha frente al cambio climático, Asimismo ejerce asesoramiento a distintos órganos de
la AGE en los asuntos relacionados con el cambo climático.
Debe resaltarse además la carga política de sus funciones. Corresponde a la DG de la
OECC formular la política nacional de cambio climático. Esta política trasciende a las
competencias meramente administrativas necesarias para alcanzar los diversos
sectores de la actividad económica del país, lo que requiere unos conocimientos de
estos sectores de la actividad privada que no tienen especial conexión con los
conocimientos exigidos para el ingreso en los cuerpos y escalas de la AGE.
2. ALTERNATIVAS
No se han considerado otras alternativas, dada la necesidad de fijar esta excepción.
B) CONTENIDO Y ANÁLISIS JURÍDICO
1. Estructura y contenido
 Preámbulo
 Dos artículos modificativos de ambos reales decretos.
 Una disposición final de entrada en vigor.
CORREO ELECTRÓNICO
[email protected]
M. de Molina, 50
28071 MADRID.Tel.: 912732408
FAX: 912732406
SECRETARÍA DE ESTADO DE
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
MINISTERIO DE
HACIENDA
Y
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
DIRECCIÓN GENERAL DE
ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y
PROCEDIMIENTOS
2. Análisis jurídico
El proyecto se dicta al amparo de la potestad de autoorganización de la Administración.
C) ANÁLISIS DE IMPACTOS
1. Adecuación de la norma al orden de distribución de competencias
Se trata de una norma de autoorganización de la Administración que por lo tanto entra
dentro de las competencias domésticas de la misma.
2. Impacto económico y presupuestario
El presente real decreto carece de impacto económico y presupuestario.
3. Impacto de las cargas administrativas
El presente real decreto carece de impacto en cargas.
4. Impacto por razón de género.
Este proyecto carece de impacto en función del género, a efectos de los
previsto en el artículo 24.1.b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del
Gobierno.
Madrid, 14 de septiembre de 2015
CORREO ELECTRÓNICO
[email protected]
M. de Molina, 50
28071 MADRID.Tel.: 912732408
FAX: 912732406