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COLECCIÓN H+D PARA EL DESARROLLO, Nº 3
DIÁLOGO SOCIAL
EUROPEO:
Capacitación de multiplicadores para
la integración laboral de los inmigrantes
JESÚS ELOY BEDOYA CHOCÁN (Coordinador)
Prlogo de
Rafael Rodrguez-Ponga y Salamanca
Eplogo de
Jos Luis Fernndez Santillana
DIÁLOGO SOCIAL
EUROPEO:
Capacitación de multiplicadores para
la integración laboral de los inmigrantes
JESÚS ELOY BEDOYA CHOCÁN, (Coordinador)
Prólogo de RAFAEL RODRÍGUEZ-PONGA Y SALAMANCA
MADRID 2009
H+D fue fundada en 1977, e inició su actividad un año después. Durante
su primera etapa contribuyó de forma decisiva al proceso democrático español y a la consolidación de nuestro sistema de libertades. Actualmente,
trabaja por la erradicación de la pobreza en el mundo, con una concepción
de la cooperación internacional al desarrollo inspirada en los valores de la
libertad, la democracia, la tolerancia y el humanismo cristiano.
H+D se centra en proyectos de desarrollo integral, y presta especial atención a la educación, la sanidad, la vivienda y el agua potable. Como criterio
general, ofrece un enfoque preferente a favor del fortalecimiento de las instituciones y de las organizaciones, tanto de las administraciones públicas,
como de la sociedad civil. Trabaja a favor de la igualdad de oportunidades y
la no discriminación de las personas, sobre todo por razón de sexo.
Tiene también una especial relevancia el vínculo entre cooperación al desarrollo y fenómenos migratorios, así como la sensibilización social en valores solidarios.
Edita
H+D, Fundación Humanismo y Democracia
Plaza de las Cortes, 4, 4º Dcha. 28014 Madrid
Tf 91 435 06 29. Fx 91 435 10 57
[email protected]
www.hmasd.org
Proyecto: 07-03-08-SE (UE/EZA)
© De esta edición: Fundación Humanismo y Democracia.
© De los textos: los autores.
Cualquier forma de reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de esta obra
solo puede ser realizada con la autorización de sus titulares, salvo excepción prevista por la ley. Diríjase a CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.cedro.org) si necesita fotocopiar
o escanear algún fragmento de esta obra.
Esta publicación forma parte del proyecto ejecutado por H+D “Capacitación de multiplicadores
sociales para la integración laboral de los inmigrantes (07-03-08-SE)”, financiado por la Comisión
Europea y el Centro Europeo para los Asuntos de los Trabajadores (EZA) en el ámbito de formación
de los trabajadores para el fortalecimiento del Diálogo Social Europeo.
Diseño y maquetación: Jaime Fernández Carbonell
Imprime Imprenta Las Vegas
ISBN-13: 978-84-693-1113-4
D.L. M-34361-2009
Impreso en España – Printed in Spain
IÍndice
Prólogo.............................................................................................. 7
Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca, Presidente de H+D
Presentación .................................................................................... 9
Jesús Eloy Bedoya Chocán, Jefe de Departamento de H+D. Recopilación
1. - Introducción general.. ............................................................ 12
2. - ¿Qué es el diálogo social?....................................................... 14
3. - Diálogo social bipartito............................................................ 17
4. - Diálogo social tripartito. .......................................................... 20
5. - Diálogo social intersectorial..................................................... 22
6. - Diálogo social sectorial............................................................ 24
7. - Diálogo social en el ámbito de la empresa................................ 25
8. - Diálogo social europeo: fuerza de modernización....................... 27
9. - Participación social y organizaciones no gubernamentales......... 32
10. - Derechos laborales básicos para los inmigrantes...................... 33
Epílogo ........................................................................................... 36
José Luis Fernández Santillana, de Unión Sindical Obrera (USO)
Rafael Rodríguez-Ponga, Presidente de H+D, presenta a Agustín Díaz de Mera, europarlamentario.
Rafael Rodríguez-Ponga, Presidente de H+D, presenta las sesiones del sábado 7 de febrero.
Presentación de Pablo Gómez Tavira, Director de
Inmigración de la Comunidad de Madrid.
Sesión de trabajo durante las intervenciones del
sábado día 7 de febrero.
Intervención de José Luís Fernández Santillana, Intervención de José Luís Fernández Santillana,
Secretario Confederal de Unión Sindical Obrera Secretario Confederal de Unión Sindical Obrera
(USO).
(USO).
Prólogo
Este libro quiere servir de pequeño instrumento de utilidad para las personas que estén interesadas en dos cuestiones relacionadas en estos momentos: la inmigración y el diálogo social. O mejor dicho: la importancia que
el diálogo social puede tener para los inmigrantes en España y la utilidad de
que los propios trabajadores y sus líderes conozcan sus derechos, en especial en el ámbito de la Unión Europea.
La inmigración ha significado, en España y en gran parte de Europa, una
modificación histórica de las tendencias de siglos. En efecto, las condiciones
de enormes dificultades en Europa (hambre, epidemias, guerras) expulsaron
desde el siglo XV a una buena parte de su población, que salió en busca de
otros lugares donde poder vivir, por remotos que fueran.
Los europeos (españoles, italianos, alemanes, ingleses, irlandeses, polacos, griegos..) emigraron, a millones y durante siglos, a los otros cuatro
continentes, que ofrecían mejores condiciones de vida, mejores recursos
naturales y mejores posibilidades de futuro.
En las últimas décadas, el fenómeno se ha invertido: vienen a Europa, desde los otros cuatro continentes. Sin duda, podemos afirmar que, en conjunto,
algo está funcionando bien en Europa, frente a los otros siglos anteriores.
Hay claros factores políticos, entre los que quiero destacar el proceso de
integración europea, la caída del muro de Berlín, el fin de los totalitarismos,
la extensión de las libertades individuales y el ejercicio cotidiano de los derechos humanos. Todo ello, además, ha producido un enorme desarrollo
económico y una amplísima generalización del bienestar.
Como resultado de todos estos procesos, la realidad social ha cambiado,
lo que nos exige una permanente atención a los fenómenos que suceden
tanto en España como en el contexto europeo e internacional.
La inmigración hacia Europa, en esta nueva etapa de la Historia, ha significado la llegada a España de cinco millones de personas en unos pocos años:
algo que probablemente no había existido jamás en tamaña proporción.
Con vocación de contribuir a la extensión de los derechos humanos y a la
consolidación de una convivencia armoniosa, H+D ha preparado este volumen, que recoge documentos europeos y españoles de utilidad.
7
Las aportaciones de Eloy Bedoya, como eficaz coordinador y compilador;
y de José Luis Fernández Santillana, enriquecen el contenido de este libro.
Ambos son personas comprometidas en su labor diaria a favor del desarrollo
social y de la dignidad de las personas. Sólo tengo felicitaciones para ellos.
Y quiero también expresar nuestro agradecimiento al Centro Europeo de
los Trabajadores (EZA) cuyo apoyo ha sido esencial para esta publicación.
H+D es, desde hace muchos años, miembro activo de EZA, que aglutina a
entidades sociales de varios países europeos.
Confiamos que este libro sea una eficaz herramienta de trabajo para el lector.
Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca
Presidente de H+D
8
Presentación
El diálogo social es un instrumento de cohesión social. España, Estado
social y democrático de derecho, de acuerdo con la Constitución de 1978,
ha asumido de alguna manera los modelos de concertación europeos para
asegurar la participación directa de los trabajadores en el orden social, más
allá del reconocimiento de los derechos políticos.
La concertación social implica un juego de representación de intereses en
el ámbito de las relaciones económicas vinculadas a los aspectos laborales.
Los trabajadores encuentran un cauce de relación e interacción con otros
agentes económicos propietarios de los medios de producción, que permite
auspiciar consensos básicos en el diseño y funcionamiento de las instituciones económicas, para salvaguardar la paz social y la prosperidad general de
la sociedad en su conjunto.
Los agentes sociales, junto con las autoridades nacionales, han asumido
las dimensiones globales de los procesos económicos modernos y, en torno
al desarrollo de las comunidades europeas, actualmente, Unión Europea,
han encontrado un refuerzo del diálogo social.
La Dirección General de Empleo, Asuntos sociales e Igualdad de oportunidades de la Comisión Europea, mantiene una estrecha colaboración con
una amplia multiplicidad de agentes sociales para estudiar las medidas más
oportunas para la creación de más y mejor empleo, para alcanzar una mayor
inclusión social y sostener una sociedad con plena igualdad de oportunidades para todos.
Las instituciones europeas tienen un compromiso esencial en esa misión
con el diálogo social, como un mecanismo que refuerza la cohesión social y
colabora activamente en el avance de la normativa económica. Incluso, más
allá de los agentes sociales, representantes de los trabajadores y representantes de los empresarios, existe también un cauce de comunicación y
consulta con las organizaciones no gubernamentales sobre la formulación de
las políticas de empleo, asuntos sociales e igualdad de oportunidades.
El Centro europeo para los asuntos de los trabajadores (EZA, Europäisches
Zentrum für Arbeitnehmerfragen) es una de esas entidades del ámbito no
gubernamental que colaboran en la promoción del diálogo social a escala
europea. EZA se constituye como una red de más de sesenta organizaciones
de veinte países europeos, con interés en actividades sociales, políticas,
culturales y de formación vinculadas a los trabajadores.
EZA tiene como objetivos afianzar el desarrollo socio económico europeo
promoviendo el diálogo social y los estudios relacionados con las cuestiones
9
laborales. Tiene un compromiso especial con la capacitación de los trabajadores y el apoyo a la formación de los colectivos más desfavorecidos como
fórmula de cohesión social en el ámbito europeo.
H+D, como organización no gubernamental de desarrollo, participa también de ese espacio de concertación social. En estrecha colaboración con
el Centro europeo para los asuntos de los trabajadores (EZA), participa del
programa de formación de adultos de la Comisión Europea para reforzar las
capacidades de participación de los trabajadores en el ámbito del diálogo
social europeo.
En ese sentido, mantenemos una trayectoria de estudio y reflexión sobre
la movilidad de los trabajadores, con atención especial a los trabajadores
inmigrantes de terceros países en la Unión Europea. Nuestro esfuerzo más
reciente se ha concentrado en acercar los valores sociales europeos, en particular, los valores del diálogo social, a esos nuevos trabajadores.
El proyecto “Capacitación de multiplicadores dentro del ámbito social
para la integración laboral” (07-03-08), cofinanciado por la Comisión Europea, en colaboración con el Centro europeo para los asuntos de los trabajadores (EZA), nos ha permitido organizar las “Séptimas jornadas sobre
migraciones” que tenían como objetivo la capacitación de agentes sociales
para la integración laboral de los inmigrantes. A modo de taller, conferencias y mesas redondas, se pretendía identificar y formar un grupo de personas para colaborar en la mejor inclusión laboral del colectivo de trabajadores inmigrantes.
Se pretendía también que dichas personas pudieran ser agentes multiplicadores de la promoción de determinadas habilidades sociales para favorecer
la participación de los trabajadores inmigrantes en las estructuras y cauces
de participación que el modelo social europeo ofrece a los trabajadores.
La edición de las siguientes páginas constituye un breve esfuerzo divulgativo por acercar los conceptos del diálogo social europeo al colectivo de representantes de los trabajadores inmigrantes, con la intención de reforzar el
acceso de los colectivos más desfavorecidos a los cauces de participación.
Un refuerzo de la participación, en el convencimiento de que su integración
en esos procesos sociales facilitará la lucha contra la discriminación laboral
y promocionará un mejor conocimiento de los derechos laborales de ese colectivo de trabajadores en condiciones muchas veces tan precarias.
La difusión del cuaderno se realizará por mediación del Centro europeo
para los asuntos de los trabajadores, pero también en colaboración con las
instituciones públicas locales y regionales, así como con las asociaciones de
inmigrantes y trabajando con inmigrantes.
10
La reseña de presentación debe concluir con el sincero agradecimiento de
la cofinanciación a la Comisión Europea, así como al Centro europeo para los
asuntos de los trabajadores (EZA), por su compromiso y apoyo a la formación
y capacitación de los trabajadores europeos e inmigrantes.
Finalmente, agradecer también a José Luis Fernández Santillana, de la
Unión Sindical Obrera (USO), por su contribución final al cuaderno con un
brillante epílogo, y reconocer igualmente la inestimable colaboración en la recopilación, revisión y corrección de los textos a Antonio Cayarga Rodríguez.
Jesús Eloy Bedoya Chocán
11
1.- Introducción
El diálogo social es un componente único e indispensable del modelo social europeo. El diálogo social son los debates, consultas, negociaciones y
acciones emprendidas por los interlocutores de las organizaciones sociales
que representan a las dos partes de la industria (empresarios-empleadores y
trabajadores-empleados)1.
El diálogo social en el ámbito europeo actúa de dos maneras - un diálogo
bipartito entre las organizaciones europeas de los empresarios y las organizaciones sindicales europeas y, un diálogo tripartito que implica la interacción entre esos interlocutores sociales y las autoridades públicas.
El diálogo social europeo se ha traducido en una variedad de resultados,
incluida la adopción por los interlocutores sociales europeos de más de trescientos documentos normativos, combinando los valores de responsabilidad,
solidaridad y participación, el diálogo social europeo completa las prácticas
nacionales de diálogo social que ya existen en la mayoría de los países
miembros.
Además, es el modo por el cual los interlocutores sociales mencionados
definen las normas sociales europeas, desempeñando un papel importante
en la gobernanza de la Unión Europea. A nivel europeo, el diálogo social ha
recibido un fuerte reconocimiento institucional en el Tratado de la Comunidad
Europea.
Reconocimiento institucional del diálogo social europeo
Los artículos 138 y 139 del Tratado de la Comunidad Europea conceden al
diálogo social europeo un papel específico en el proceso de integración2:
“Artículo 138”:
1. L a Comisión tendrá como cometido fomentar la consulta a los interlocutores sociales a nivel comunitario y adoptar todas las disposiciones
necesarias para facilitar su diálogo, velando por que ambas partes reciban un apoyo equilibrado.
2. A
tal efecto, antes de presentar propuestas en el ámbito de la política
social, la Comisión consultará a los interlocutores sociales sobre la
posible orientación de una acción comunitaria.
1 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/index_en.htm
2 http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2006:321E:0001:0331:
ES:pdf
12
3. S
i, tras dicha consulta, la Comisión estimase conveniente una acción
comunitaria, consultará a los interlocutores sociales sobre el contenido
de la propuesta contemplada. Los interlocutores sociales remitirán a la
Comisión un dictamen o, en su caso, una recomendación.
4. C
on ocasión de dicha consulta, los interlocutores sociales podrán informar a la Comisión sobre su voluntad de iniciar el proceso previsto en el
artículo 139. La duración del procedimiento previsto en el presente artículo no podrá exceder de nueve meses, salvo si los interlocutores sociales
afectados decidieran prolongarlo de común acuerdo con la Comisión”.
“Artículo 139”:
1. E
l diálogo entre interlocutores sociales en el ámbito comunitario podrá
conducir, si éstos lo desean, al establecimiento de relaciones convencionales, acuerdos incluidos.
2. L a aplicación de los acuerdos celebrados a nivel comunitario se realizará, ya sea según los procedimientos y prácticas propios de los interlocutores sociales y de los Estados miembros, ya sea, en los ámbitos
sujetos al artículo 137, y a petición conjunta de las partes firmantes,
sobre la base de una decisión del Consejo adoptada a propuesta de la
Comisión.
13
2.- ¿Qué es el Diálogo Social?
El diálogo social desempeña un papel crucial para promover la igualdad de
oportunidades entre hombres y mujeres para conseguir un trabajo productivo
y decente, en condiciones de libertad, seguridad y dignidad.
La Organización Internacional del Trabajo define el diálogo social como
“todo tipo de negociación, consulta o simple intercambio de informaciones
entre representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores sobre cuestiones de interés común relacionadas con la política económica y social”3.
Puede cobrar la forma de un proceso tripartito donde el gobierno es parte
oficial en dicho diálogo o constituirse en relaciones de carácter bipartito entre trabajadores y empleadores, (bien, entre organizaciones de trabajadores y
organismos de empleadores), con o sin intervención indirecta del gobierno.
La concertación puede ser oficiosa u oficial, siendo con frecuencia una
combinación de ambos tipos. Puede tener lugar en los planos nacional, regional o de la empresa. También puede ser interprofesional, intersectorial o
una combinación de tales formas.
El principal objetivo del diálogo social propiamente dicho es promover el
logro de un consenso y participación democrática de los principales interlocutores presentes en el ámbito laboral.
Las estructuras del diálogo social han sido capaces de resolver importantes cuestiones de índole económica y social, han alentado el buen gobierno,
el progreso y la paz, la estabilidad e impulsado el desarrollo económico.
Empleadores, empresarios
Las organizaciones de empleadores como empresarios desempeñan un
papel importante ayudando a establecer las condiciones sociales necesarias
a la provisión de puestos de trabajo y para alcanzar mayores niveles de vida.
Sirven de vehículo a la expresión de las necesidades empresariales que no
encuentran expresión en ninguna otra entidad.
Las organizaciones de empleadores contribuyen al éxito de las empresas
pues ejercen una influencia en el entorno en que operan los negocios y suministran servicios que aumentan el rendimiento de las compañías.
Las organizaciones empresariales son una de los tres pilares constitutivos
de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La Oficina de Actividades
3 http://www.ilo.org/public/spanish/dialogue/
14
para los Empleadores de la Organización Internacional del Trabajo se encarga
de alimentar y desarrollar dichas relaciones. La Oficina mantiene un contacto
estrecho con las organizaciones de empleadores en todos los países miembros y les brinda apoyo en sus relaciones con la Organización Internacional
del Trabajo. Trabaja también en estrecha colaboración con la Organización
Internacional de Empleadores que agrupa a una amplia mayoría de organizaciones nacionales de empresarios existentes en el mundo.
Desde su sede en Ginebra proporciona sus servicios en todo el mundo a través de una red de especialistas en organizaciones de empleadores, que integran
los equipos consultivos multidisciplinarios. Entre sus tareas figuran: conseguir
que los recursos de la Organización Internacional del Trabajo estén a disposición
de las organizaciones de empleadores, velar por que en dicha Organización se
tengan siempre en cuenta las opiniones, preocupaciones y prioridades de dichas
organizaciones, promover la cooperación internacional entre las organizaciones
de empleadores y llevar a cabo un programa de actividades de ámbito mundial.
La Oficina de Actividades para los Empleadores lleva a cabo también un
programa de actividades de cooperación técnica y asesoramiento a las organizaciones de empleadores en los países en desarrollo y en los países
con economías en transición hacia una economía de mercado. Esta labor
se realiza en gran medida a través de proyectos financiados con fondos de
asistencia al desarrollo constituido por donaciones de países.
Trabajadores, empleados
Los trabajadores y sus organizaciones desempeñan también un papel fundamental en el diálogo social. En este sentido, deben darse ciertas condiciones básicas, es decir, debe respetarse la libertad sindical y el derecho de
negociar colectivamente.
El diálogo social es un instrumento valioso para proteger y promover los
intereses de los trabajadores pues permite que se apliquen los principios
propios de la democracia y se reconozca la dignidad de las personas en el
lugar de trabajo. Constituye también un instrumento de probada eficacia para
gestionar el cambio económico y social, contribuyendo a preservar el consenso y la estabilidad en las sociedades.
Mediante el diálogo social y la negociación colectiva, los trabajadores y
sus organizaciones han podido mejorar sus condiciones de trabajo y sus
remuneraciones y, en muchos casos, han conseguido extender el ámbito de
aplicación de la negociación colectiva e inscribir dentro de éste la protección
de los trabajadores, la seguridad y la salud en el trabajo, los seguros sociales, la educación y la formación profesionales e incluso la participación de
los trabajadores en la gestión de las empresas.
15
En los planos local, nacional, regional e internacional, las organizaciones
sindicales son para los trabajadores los principales canales de participación
en el diálogo social y como tales son instrumentos indispensables para que
los mismos mejoren su calidad de vida y promuevan un desarrollo sostenible
y con equidad en el conjunto de la sociedad.
Administraciones públicas
En el Convenio sobre la Administración del trabajo, (1978) la expresión citada designa “las disposiciones de las administraciones públicas en materia
de política laboral”. Se constituye como un instrumento vital en manos del
gobierno para cumplir con sus obligaciones en materias de orden social.
El Convenio (Nº 150-1978) recoge una lista de elementos necesarios para
que funcione un sistema nacional de regulación laboral, a saber:
• una política laboral coherente;
• un sistema coordinado de órganos competentes;
•u
na estructura institucional que integre la participación activa de los trabajadores, de los empleadores y de sus respectivas organizaciones; y
• recursos humanos, financieros y otros, en cantidad acorde con el cometido de proporcionar los servicios mencionados.
Una parte muy importante de las actividades de cooperación técnica de
la Organización Internacional del Trabajo ha consistido en proporcionar asesoramiento para establecer y mejorar los sistemas nacionales de regulación
laboral.
Entre los servicios ofrecidos a los países miembros en este ámbito figuran:
•e
valuación y apoyo para la gestión de la estructura institucional de la
estructura de estas instituciones y de su gestión;
• información sobre sistemas de Administración del trabajo, ejemplos de
prácticas idóneas y publicaciones con propósitos comparativos, y
•a
poyo a la consolidación de la influencia de las administraciones del
trabajo en la política económica y social del país.
16
3.- Diálogo Social Bipartito
El diálogo social europeo de carácter bipartito, también conocido como
“Val Duchesse”, adopta la forma de consultas entre los empresarios y las
organizaciones sindicales a nivel europeo. Consiste en consultas formales,
intercambios de puntos de vista y, en negociaciones bilaterales de diálogo
social que pueden ser sectoriales o intersectoriales. El papel de la Comisión
Europea es el de mediador y facilitador4.
Los interlocutores sociales europeos se reúnen principalmente en los
comités de diálogo social. Estos tienen lugar regularmente y adoptan los resultados de las consultas. Así como el principal comité de diálogo social fue
creado en 1992, en la actualidad existen otros 33 comités para los diferentes sectores. Las comisiones pueden crear grupos de trabajo para examinar
cuestiones específicas. También pueden decidir la apertura de negociaciones, que tienen lugar en reuniones especiales creadas específicamente para
ese fin.
El mecanismo de los artículos 138 y 139 del Tratado DE LA
Comunidad Europea
Las consultas entre los interlocutores sociales a nivel europeo están claramente consagradas en el tratado fundacional de la Unión Europea (artículos
138 y 139 del Tratado de la Comunidad Europea).
El artículo 138 del Tratado Comunidad Europea prevé la consulta obligatoria de los interlocutores sociales sobre todas las cuestiones de política
social establecidos en el artículo 137. El proceso de consulta consta de dos
fases:
-A
ntes de presentar propuestas de nueva legislación de política social, la
Comisión Europea tiene que consultar a los trabajadores y los empresarios sobre la posible orientación de la acción de la Unión Europea.
-S
i la Comisión considera aconsejable la acción de la Unión Europea, debe
consultar entonces a los interlocutores sociales sobre el contenido de la
propuesta del proyecto.
Después de la segunda etapa, los interlocutores sociales europeos pueden informar a la Comisión Europea su deseo de entablar negociaciones y
comenzar el proceso establecido en el artículo 139.
4 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/bipartite_en.htm
17
El artículo 139 se refiere a la negociación por la que los interlocutores sociales europeos pueden celebrar acuerdos sobre la política social. De esta manera, los empresarios y los trabajadores tienen la oportunidad de concluir acuerdos a nivel europeo. Las negociaciones no pueden exceder de nueve meses,
salvo que los interlocutores sociales europeos y la Comisión Europea decidan
conjuntamente una prórroga. Los acuerdos celebrados por los interlocutores
sociales europeos serán jurídicamente vinculantes una vez ejecutados.
La aplicación puede tener una de las siguientes formas:
- L os interlocutores sociales europeos pueden pedir al Consejo Europeo
que adopte una decisión (en la práctica, se trata de una directiva, propuesta por la Comisión). De esta manera, el acuerdo se convierte en
parte de la legislación de la Unión Europea.
- L os interlocutores sociales pueden hacer también que sus miembros
nacionales sean los responsables de la aplicación del acuerdo de conformidad con los procedimientos pertinentes y prácticas nacionales. Estos
acuerdos son conocidos como “acuerdos de autonomía”.
Diálogo social autónomo
Además del proceso de consulta y de negociación prevista en el Tratado,
hay también un proceso de diálogo social autónomo. Esto significa que los interlocutores sociales pueden desarrollar independientemente iniciativas sin
consultar antes con la Comisión Europea. En la Declaración de la Cumbre de
la Unión Europea en Laeken, diciembre de 2001, los interlocutores sociales
exigieron mayor autonomía para llevar a cabo el diálogo social.
Otro indicativo de la evolución del diálogo social hacia una mayor autonomía es la creciente tendencia a la adopción de una “nueva generación de
textos”, que se caracterizan por el hecho de que los interlocutores sociales
europeos hacen recomendaciones a sus miembros y se comprometen a garantizar que se apliquen a nivel nacional. Los principales tipos de textos son
las recomendaciones marcos de acción, códigos de conducta y directrices.
Por último, la creciente autonomía del diálogo social en la Unión Europea
ha dado lugar a la firma de varios acuerdos autónomos (por ejemplo, sobre
el teletrabajo en 2002 y el estrés en el trabajo en 2004), que son ejecutados
por los propios interlocutores sociales.
18
Resultados de diálogo social bilateral
Las consultas entre los interlocutores sociales europeos generaron cinco
grandes tipos de documentos:
-A
cuerdos. Acuerdos marco y acuerdos adoptados por los interlocutores
sociales son jurídicamente vinculantes. Establecen normas mínimas y
asumen la ejecución de determinados compromisos de conformidad con
el Artículo 139 del Tratado Comunidad Europea.
- T extos orientados a procesos. Utilizados por los interlocutores sociales
europeos para hacer diversas recomendaciones a sus miembros. Estos
textos aseguraran que los progresos realizados en la aplicación de estas
recomendaciones se supervisarán y evaluarán con regularidad, para asegurarse de que tienen un impacto real. Estos textos pueden ser útiles en zonas donde la legislación no es la mejor solución; y además, pueden ayudar
a difundir las buenas prácticas y promover el aprendizaje mutuo. Comúnmente se trata de marcos de acción, códigos de conducta y directrices.
-H
erramientas de información. En esta categoría se incluyen textos que
contribuyen al intercambio de información, utilizados por los interlocutores sociales europeos, ya sea para informar a las instituciones de la
Unión Europea y/o a los gobiernos nacionales o para explicar las implicaciones de las políticas de la UE a sus miembros nacionales. Estos textos
no implican ninguna implantación o seguimiento. Esta categoría incluye
las opiniones, declaraciones, manuales, etc.
- T extos de procedimientos. Establecen las normas para el diálogo bilateral
entre las partes, especialmente las normas internas del procedimiento
de los comités de diálogo social.
- Informes de seguimiento. Utilizados por los interlocutores sociales, evalúan los progresos realizados en la aplicación de los textos orientados a
procesos, en particular a nivel nacional.
19
4.- Diálogo social tripartito
Diferentes documentos subrayaron la importancia de la racionalización y
mejora de la concertación tripartita entre los interlocutores sociales y las
autoridades públicas. Como resultado de ello, algunos cambios importantes
han tenido lugar en la organización de la concertación desde 20025:
El establecimiento de la Cumbre Social Tripartita a través de la Decisión
del Consejo de 2003 representa un importante adelanto político, ya que establece a nivel europeo la concertación tripartita dentro de un nuevo marco,
con la cumbre social tripartita actuando como puente entre los diferentes
procesos de concertación.
El objetivo es garantizar una mayor coherencia en la concertación tripartita,
y permitir a los interlocutores sociales a que contribuyan de manera integrada en los diferentes componentes de la Estrategia de Lisboa.
Cumbre social tripartita para el crecimiento y el empleo
La coordinación técnica está prevista para la delegación de trabajadores
de la Confederación Europea de Sindicatos (CES) y, para la delegación de los
empresarios de la Unión de Confederaciones Industriales y de Empleadores
de Europa (UNICE).
En la actualidad hay cuatro campos en los que la concertación tripartita se
lleva a cabo: 1) macro-economía, 2) empleo, 3) protección social, 4) educación y formación. Cada uno se compone de un nivel técnico y político.
Cuestiones macroeconómicas
Tras el Consejo Europeo de Colonia en junio de 1999, se creó un diálogo
macroeconómico para fomentar el crecimiento y el empleo, con la participación de los interlocutores sociales en el debate de los derechos económicos, monetarios, presupuestarios y de política fiscal. Se trata de reuniones
técnicas con el Comité de Empleo (COEM) y el Comité de Política Económica
(CPE), y reuniones a nivel político con los ministros de Empleo y de Asuntos
Económicos y Financieros y con el Banco Central Europeo.
Problemas de empleo
Con la abolición del Comité Permanente de Empleo en la misma Decisión
del Consejo de 2003 (que se estableció en la Cumbre Social Tripartita) se
instauró un diálogo sobre el empleo a lo largo de las líneas del diálogo
macroeconómico. En el caso del empleo, a nivel técnico se llevará a cabo
reuniones con el Comité de Empleo, y el nivel político se tomará la forma de
5 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/tripartite_en.htm
20
reuniones con el Consejo Informal de Empleo y Asuntos Sociales, que habitualmente tiene lugar al comienzo de cada Presidencia.
Cuestiones de protección social
La concertación tripartita en el ámbito de la protección social se ha fortalecido desde 2002, en particular, debido a la asociación más estrecha de
los interlocutores sociales con el Comité de Protección Social, y con la preparación y ejecución de los “Planes Nacionales de Acción para la Inclusión
Social”.
La concertación con los interlocutores sociales en materia de protección
social, se lleva cabo a nivel técnico a través de un diálogo estructurado y
regular con el Comité de Protección Social y, en el plano político, mediante el
diálogo con el Consejo Informal de Empleo y Asuntos Sociales, como en el
caso de la concertación tripartita sobre los problemas de empleo.
Educación y formación
A raíz de una decisión del Consejo Europeo el 29 de noviembre de 2002,
un nuevo proceso de diálogo estructurado se estableció entre la troika de
ministros, los interlocutores sociales y la Comisión Europea sobre educación
y formación. La primera reunión a nivel político tuvo lugar el 5 de febrero
de 2003, en la que todas las partes expresaron su deseo de promover la
concertación en curso sobre las cuestiones del aprendizaje permanente, el
desarrollo de competencias y la investigación.
Consulta tripartita a través DE comités consultivos
intersectoriales
Los comités consultivos intersectoriales, compuestos por representantes
de la Comisión Europea, los Estados miembros e interlocutores sociales
intersectoriales, son los responsables de asesorar a la Comisión Europea
mediante la formulación de dictámenes sobre la elaboración de políticas
específicas, contribuyendo de esta manera a su aplicación.
Existen seis comités de trabajo: 1) igualdad de oportunidades de hombres
y mujeres, 2) salud y seguridad en el trabajo, 3) formación profesional, 4)
libre circulación de trabajadores, 5) Fondo Social Europeo y 6) seguridad
social de trabajadores migrantes.
21
5.- Diálogo Social intersectorial
El Diálogo social intersectorial cubre todo el conjunto de la economía y
del mercado de trabajo. Su objetivo es promover el diálogo entre sindicatos
y organizaciones de empresarios en temas comunes como el empleo y los
asuntos sociales6.
Los resultados y normas adoptadas por los interlocutores sociales se aplican
a empresas y trabajadores de toda Europa. El acercamiento interprofesional
brinda al diálogo intersectorial un perfil político importante, atrayendo la atención
de las instituciones europeas y de los medios de comunicación. Todo el diálogo
social tripartito, con pocas excepciones, se lleva a cabo a nivel intersectorial.
Formas de diálogo social intersectorial
- Comité de Diálogo Social: establecido en 1992, es el principal órgano del
diálogo social bipartito a nivel europeo. Se reúne entre 3 y 4 veces al año
para que empleadores y trabajadores puedan intercambiar puntos de vista
sobre diferentes temas sociales, aprueba textos negociados por ambas
partes y planifica iniciativas de futuras iniciativas. El Comité de diálogo social está compuesto por 64 miembros (32 empleadores y 32 trabajadores),
tanto de secretarías europeas como de organizaciones nacionales.
-G
rupos de trabajo y seminarios: el Comité de diálogo social puede establecer grupos técnicos de trabajo para discutir diversos temas como los
retos del mercado laboral, la conciliación de la vida laboral y familiar. Además, empleadores y trabajadores organizan seminarios conjuntos para
examinar casos con más detalle.
-N
egociaciones: si los empleadores y los trabajadores deciden iniciar negociaciones sobre una cuestión, cada parte se prepara un mandato de
negociación (que deben ser aprobados por los respectivos órganos de decisión) y escogen a un equipo de negociación. Un mediador independiente
presidirá las reuniones. Las conclusiones de las negociaciones son aprobadas por los miembros de los órganos de decisión y adoptadas por el
Comité de Diálogo Social. Por lo general, el Comité es el responsable de
la aplicación de los acuerdos negociados.
-C
umbres del diálogo social: son reuniones de alto nivel, presididas por el
presidente de la Comisión Europea, para dar un nuevo impulso al diálogo
social. Las cumbres toman forma de sesiones plenarias con representantes de los empleadores, de los trabajadores y de las organizaciones
nacionales afiliadas.
6 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/interprof_en.htm
22
ACTORES Del diálogo social intersectorial
Son seis las organizaciones intersectoriales que participan del diálogo social europeo:
- Confederación Europea de Sindicatos (CES-ETUC) representa a los trabajadores a nivel europeo desde 1973, La Confederación Europea de Sindicatos
comprende 82 organizaciones nacionales de 36 países europeos (entre
ellos todos los países de la UE) y a 11 federaciones de la industria europea, con sesenta millones de afiliados. En el contexto del diálogo social
europeo, el comité ejecutivo de la Confederación Europea de Sindicatos
puede adoptar decisiones con el apoyo de dos tercios de sus miembros.
-C
onfederación de Empresas Europeas (BUSINESSEUROPE, antes UNICE) es
la mayor organización europea de empresarios en términos de cobertura económica desde 1984. Incluye 41 asociaciones de empleadores de
34 países europeos (entre ellos todos los países de la Unión Europea).
BUSINESSEUROPE representa a unos veinte millones de empresas en
Europa. Las decisiones (en particular en el ámbito del diálogo social) son
adoptadas por el Consejo de Presidentes, por unanimidad.
-C
entro Europeo de Empresas con Participación Pública y de Empresas de
Interés Económico General (CEEP) (1961) es una asociación de empleadores de las entidades del sector público desde 1961. Son empresas en
red (como por ejemplo, el transporte local, oficinas de correos, energía,
agua, puertos) y, en algunos países, las autoridades locales. El CEEP tiene secciones nacionales en 17 países europeos y vínculos permanentes
con sus empresas asociadas. Las decisiones del CEEP son adoptadas
por la asamblea general.
-U
nión Europea de Autónomos, pequeñas y medianas empresas (UEAPME)
es la organización patronal que representa los intereses de la artesanía,
el comercio y las pequeñas empresas a nivel de la Unión Europea desde 1979. Incluye 44 organizaciones de 26 países europeos. Según sus
propias cifras, UEAPME representa a once millones de empresas que
emplean a unos cincuenta millones de personas en toda Europa. En diciembre de 1998, llegaron a un acuerdo con BUSINESSEUROPE por el
que se les permite tomar parte en el diálogo social europeo.
-E
urocadres es el consejo de profesionales y personal de dirección en
Europa que representan a todas las ramas de la industria, los servicios
públicos y privados y departamentos administrativos. Reúne 46 organizaciones de 46 países europeos. Se asocia con la Confederación Europea
de Sindicatos y tiene más de 5 millones de miembros del personal.
-C
onfederación Europea de Ejecutivos y Profesionales es una organización
profesional que es independiente de la Confederación Europea de Sindicatos (CES-ETUC). Representa rama europea federaciones y 17 organizaciones nacionales que unen alrededor de 1,5 millones de ejecutivos y
profesionales en 14 países de la Unión Europea.
23
6.- Diálogo Social Sectorial
Creación de comités sectoriales de diálogo social
A nivel sectorial, el diálogo social experimentó un importante desarrollo
desde 1998, cuando la Comisión Europea decidió establecer comités de
diálogo sectorial para promover el diálogo entre los interlocutores sociales
en los sectores a escala europea (Decisión de la Comisión Europea de 20 de
mayo de 1998 - 98/500 / CE).
El documento precisa las disposiciones en relación con la estructura, la
representatividad y el funcionamiento de los nuevos comités sectoriales,
atendidos como órganos centrales para consultas, iniciativas conjuntas y
negociaciones7.
Los comités sectoriales de diálogo social se establezcan con el debido
respeto a la autonomía de los interlocutores sociales. Las organizaciones de
interlocutores sociales deben solicitar conjuntamente a la Comisión Europea
para participar en un diálogo social a nivel europeo. Las organizaciones europeas representativas de los empleadores y de los trabajadores deben, al
presentar esta solicitud, cumplir una serie de criterios:
1) E
n relación a sectores específicos, y estar organizados a nivel europeo
2) E
structuras adecuadas que garanticen su participación efectiva
3) O
rganizaciones reconocidas como parte de la estructura del partenariado social con representatividad en varios países miembros de la Unión
Europea; y tener capacidad de negociar acuerdos.
Composición de los comités sectoriales de diálogo social
Los comités de diálogo social sectorial consisten en un máximo de 54
representantes de los interlocutores sociales, con igual número de representantes de los trabajadores. Los comités son presididos por un representante
de los empleadores y de interlocutores sociales o, a requerimiento, por el
representante de la Comisión Europea, que, en todos los casos, realiza las
funciones de secretaría de los comités.
Funcionamiento de los comités sectoriales de diálogo social
Cada Comité aprobará su propio reglamento interno, y tiene al menos una
sesión plenaria al año; tratando cuestiones más específicas en las reuniones de las secretarías de manera ampliada o bien en reuniones de grupos de
trabajo. La tarea de preparación de las reuniones, la agenda y el seguimiento
de los trabajos con mayor frecuencia es delegada a las respectivas secretarías de los interlocutores sociales, junto con la Comisión Europea.
7 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/sectoral_en.htm
24
7.- Diálogo Social a nivel de empresa
El Diálogo social en el ámbito europeo se lleva a cabo no sólo en el nivel interprofesional y sectorial, sino también en empresas multinacionales bajo la
cobertura de los Comités de Empresa Europeos. En su última comunicación
sobre el diálogo social (COM (2004) 557 final), la Comisión hizo hincapié en
la conveniencia de promover las sinergias entre el diálogo social a escala
europea y los niveles de la empresa, por ejemplo, mediante la sensibilización
de los comités de empresa europeos, la empresa acerca de las acciones emprendidas por los interlocutores sociales sectoriales europeos en el mismo
sector o sectores relacionados8.
Los comités de empresa europeos operan en 820 empresas con unos
14,5 millones de trabajadores. Son vitales para el desarrollo de las relaciones transnacionales y contribuir a conciliar los objetivos económicos y
sociales dentro del mercado único.
Después de 11 años de actividad, todos los actores europeos hacen hincapié en el impacto positivo de estos órganos establecidos por la Directiva
94/45/CE y el papel decisivo que tienen que desempeñar en la previsión y
la gestión responsable del cambio.
Sin embargo, sus expectativas han crecido y están lejos de estar satisfechos. Con demasiada frecuencia, su potencial permanece sin explotar, como
ya se ha señalado por la Comisión Europea en 2004, en particular, en el caso
de la reestructuración.
Los interlocutores sociales europeos han examinado casos concretos con
el fin de evaluar el funcionamiento de los comités de empresa europeos. Se
pusieron de acuerdo sobre una serie de conclusiones, en particular sobre la
utilidad de los comités de empresa europeos. También sobre los beneficios
de tener los procedimientos claros, la capacitación para los miembros y la
asistencia de expertos, y el papel positivo que el sectorial europeo sociales
pueden desempeñar. Señalaron que es difícil organizar de manera la información y la consulta sin demoras y sin incertidumbre; y señalaría también
que conseguir que todos los trabajadores aceptan un comité de empresa
europeo constituye un desafío.
La Comisión Europea consultó a los interlocutores sociales europeos en
2005 de manera simultánea sobre la reestructuración de las empresas y
sobre las mejores prácticas de los comités de empresa europeos. Los interlocutores sociales están divididos sobre la revisión de la Directiva, pero han
incluido la promoción y evaluación de sus conclusiones sobre los comités de
empresa europeos para su programa de trabajo 2006-2008.
8 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/company_en.htm
25
El Parlamento Europeo ha dado su opinión sobre los comités de empresa
europeos en varias ocasiones. Su Resolución de 10 de mayo de 2007 sobre
el fortalecimiento de la legislación europea en el ámbito de la información
y consulta de los trabajadores pide a la Comisión Europea actualizar la legislación a fin de garantizar un marco coherente y eficaz de la ley, garantizar
la seguridad jurídica y mejorar la vinculación del diálogo social en el plano
nacional y en el plano europeo. Solicita también que se presente un calendario, en particular, para la “tan esperada revisión” de la “Directiva sobre los
comités de empresa europeos”.
Los interlocutores sociales europeos ya fueron consultados en febrero de
2008 sobre el contenido de una posible revisión de la “Directiva sobre los
comités de empresa europeos” invitados a negociar. Una tentativa de entablar negociaciones fracasó. La Comisión Europea presentará ahora su propio
borrador de propuestas legislativas, que incluirá las principales contribuciones sociales sobre la cuestión.
26
8.- E
l diálogo social europeo, fuerza de
modernización y cambio
El Tratado de la Comunidad Europea otorga a la Comisión Europea la responsabilidad de promover y apoyar el diálogo social a nivel comunitario.
La Comisión expone aquí su punto de vista sobre el futuro del diálogo social como clave para mejorar la gobernanza de la Unión Europea ampliada y
como fuerza impulsora de reformas económicas y sociales.
Presenta medidas concretas encaminadas a la consolidación de los diversos niveles y formas del diálogo social. Este planteamiento del diálogo social
se inspira en la declaración de los interlocutores sociales ante el Consejo
Europeo de Laeken (diciembre de 2001) y en las reflexiones del grupo de alto
nivel sobre relaciones laborales9.
Mejorar la consulta de los interlocutores sociales
En el artículo 138 del Tratado de la Comunidad Europea se prevé un procedimiento de consulta obligatorio de dos etapas:
•A
ntes de presentar propuestas en el ámbito de la política social, la
Comisión Europea debe consultar a los interlocutores sociales sobre la
orientación posible de una acción comunitaria.
•S
i la Comisión Europea considera que una acción comunitaria es deseable, debe consultar a los interlocutores sociales sobre su contenido.
Asimismo, se consulta a los interlocutores sociales en el marco de los
comités de asesoramiento (por ejemplo, el Comité de salud y seguridad en el
trabajo) en el contexto de los procedimientos destinados a pedir el dictamen
de las partes afectadas, por ejemplo, para los libros verdes y, de forma sistemática, sobre los informes de transposición de la legislación comunitaria.
La legitimidad y la eficacia de la consulta a los interlocutores sociales
europeos dependen de su representatividad. Los requisitos en cuanto a representatividad fueron fijados en la Comunicación de 1998 relativa a la adaptación y el fomento del diálogo social a escala comunitaria.
La Comisión Europea tiene intención de presentar un nuevo estudio de representatividad, elaborar un código de conducta interno en materia de consulta a los
interlocutores sociales y presentar una lista corregida de las organizaciones consultadas en virtud del artículo 138 del Tratado. Se invita a los interlocutores sociales a reforzar su cooperación y a mejorar sus mecanismos decisorios internos.
9 http://europa.eu/scadplus/leg/es/cha/c10716.htm
27
Aumentar la visibilidad del diálogo social
La contribución de los interlocutores sociales europeos no se conoce ni se
difunde lo suficiente. Así ha ocurrido, en particular, con algunos resultados
del diálogo social, como los acuerdos que, más adelante, se transformaron
en directivas: permisos parentales y por motivos familiares, trabajo a tiempo
parcial y contratos de duración determinada.
La Comisión Europea tiene intención de:
• c rear una página de internet con acceso multilingüe a toda la información sobre agentes sociales y foros de diálogo social europeo;
•p
romover regularmente una conferencia europea sobre diálogo social;
• c ontinuar la publicación de informes periódicos sobre las relaciones laborales en Europa.
Reforzar el papel de los interlocutores sociales
El “Libro Blanco sobre la gobernanza europea” destaca la necesidad de
una mayor interacción entre las instituciones europeas, los gobiernos nacionales, las autoridades regionales y locales, las organizaciones de la sociedad civil, de la cual los interlocutores sociales son parte.
En el ámbito europeo, la Comisión Europea considera que, con el desarrollo de la concertación en torno a los distintos aspectos de la Estrategia de
Lisboa, es necesario reforzar la formación conjunta de los representantes
de la administración y de los interlocutores sociales, con el fin de ofrecer
contenido a los intercambios y partenariados.
A escala nacional, los interlocutores sociales desempeñan un papel importante en la aplicación de las directivas mediante acuerdos a nivel comunitario, en la adaptación de las normas a las diversas situaciones nacionales y,
en la negociación de respuestas a los objetivos fijados por las directivas.
Desde la acción local, pueden encontrarse respuestas innovadoras en materia
de desarrollo del empleo, lucha contra la exclusión y mejora de la calidad de vida
y del trabajo. Por ello, la Comisión Europea apoya, mediante programas e iniciativas comunitarias, las actividades de formación orientadas hacia los interlocutores locales y regionales y las experiencias de diálogo a nivel de base territorial.
El refuerzo de un diálogo europeo o transnacional en las empresas se convierte en un reto esencial. En este contexto, el establecimiento de comités
de empresa europeos supone un avance importante. Por otra parte, la promoción de las prácticas de empresas que dan prioridad a su responsabilidad
social abre el campo del diálogo social dentro de la empresa.
28
El diálogo social, fuerza de modernización económica y social
La realización de los objetivos estratégicos definidos en Lisboa (lograr el
pleno empleo y reforzar la cohesión social) se basa en gran medida en la
actuación de los interlocutores sociales. Ellos son los mejor situados para
garantizar una gestión positiva del cambio, que permite conciliar la flexibilidad indispensable para las empresas y la seguridad necesaria para los
trabajadores. Asimismo, gracias a la diversidad de modelos de relaciones
laborales, pueden aportar respuestas adaptadas a los desafíos, tales como
la mejora de las cualificaciones, la organización del trabajo, la promoción de
la igualdad de oportunidades y, el desarrollo de políticas de prolongación de
la vida laboral.
Estructurar la concertación tripartita
En los últimos años se ha diversificado mucho la concertación, a través de:
1) la puesta en marcha del diálogo macroeconómico establecido tras el
Consejo Europeo de Colonia, que permite cambiar impresiones a representantes del Consejo, de la Comisión y del Banco Central Europeo; 2) el inicio
de la estrategia europea de empleo, que ha producido debates periódicos entre el Comité de empleo y los interlocutores sociales, así como en el Comité
permanente del empleo; 3) el seguimiento de las conclusiones del Consejo
Europeo de Lisboa; y el trabajo del Comité de protección social.
Además, en los encuentros semestrales que se iniciaron desde 1997 con
la Troika de Jefes de Estado o de Gobierno y con las cumbres sociales organizadas a partir de 2001, los interlocutores sociales europeos han tenido
ocasión de intervenir en torno a las cuestiones abordadas en el orden del
día del Consejo Europeo.
La Comisión Europea, de común acuerdo con los interlocutores sociales,
propone el establecimiento de una Cumbre social tripartita para el crecimiento y el empleo con participación de la Troika de los Jefes de Estado o de
Gobierno, el Presidente de la Comisión Europea y una delegación restringida
de los interlocutores sociales. Dicha cumbre social permitirá un debate integrado y tendrá lugar antes del Consejo Europeo de primavera.
Ampliar y enriquecer el diálogo social
El diálogo social europeo puede ser una herramienta de modernización
económica y social en muchos aspectos, como la organización del trabajo,
la prolongación de la vida laboral activa, el fomento de la igualdad de oportunidades, la formación profesional, etc. En torno a estas cuestiones, los
29
interlocutores sociales pueden movilizar a escala europea una amplia gama
de instrumentos, desde el dictamen hasta el intercambio de prácticas correctas y desde la adopción de medidas coordinadas hasta la negociación de
acuerdos.
Por ello, se les invita a ocupar mejor su espacio contractual a nivel europeo
celebrando acuerdos integrados en el Derecho comunitario o que se apliquen
según los procedimientos nacionales.
A raíz de la Decisión de mayo de 1998 relativa a la creación de comités de
diálogo sectorial, fueron establecidos 27 comités. Esto constituye un éxito
importante, y la Comisión Europea continuará su política de creación de nuevos comités con objeto de fomentar el diálogo social sectorial.
Desde la entrada en vigor del Protocolo social en 1993, el derecho de los
interlocutores sociales a ser consultados sobre las propuestas en materia
social y su capacidad para pedir un arreglo convencional (una iniciativa legislativa) les coloca en el centro del tablero social europeo. En este contexto,
se invita a los interlocutores sociales a dar un nuevo impulso al trabajo del
Comité de Diálogo Social.
Mejorar el seguimiento y la aplicación
Los interlocutores sociales europeos han adoptado durante mucho tiempo
dictámenes comunes, declaraciones o recomendaciones que, en general, no
incluían disposiciones que garantizaran su aplicación y su seguimiento. Tampoco eran muy conocidos y escasamente difundidos a escala nacional.
En los últimos años, los interlocutores se han dedicado principalmente a
la adopción de textos denominados «de nueva generación» (cartas, códigos,
acuerdos) que contienen compromisos de aplicación a largo plazo.
Respecto a los acuerdos de carácter no reglamentario, la Comisión Europea
sugiere que los interlocutores sociales los apliquen identificando directrices o
marcos de actuación, basándose en informes nacionales de seguimiento, de
manera periódica y procediendo a evaluaciones regulares de los progresos.
Para la aplicación de los acuerdos contemplados en el artículo 139, hay
dos opciones posibles:
• La Comisión Europea presenta una “propuesta de Decisión del Consejo”,
en cuyo caso, el seguimiento de dicha Decisión se realiza dependiendo de
la naturaleza del instrumento utilizado; no obstante, se debería asociar a
los interlocutores sociales firmantes al proceso de transposición a escala
nacional y se les debería consultar sobre los informes de aplicación.
30
• L a transposición del “acuerdo europeo” según los procedimientos y las
prácticas propios de los interlocutores sociales y de los Estados miembros; la Comisión Europea invita a los interlocutores sociales a reforzar
significativamente los procedimientos de seguimiento existentes y a realizar informes periódicos sobre la aplicación de los acuerdos firmados.
LA DIMENSIÓN INTERNACIONAL DEL DIÁLOGO SOCIAL
El modelo europeo de desarrollo combina la eficacia económica y el progreso social. La concertación y la cooperación ocupan un lugar central en este
planteamiento integrado. Se trata de una dimensión que debe resaltarse en
los contactos entre la Unión Europea y los terceros países.
En los distintos ámbitos pertinentes, la Comisión Europea, con la ayuda
de los Estados miembros, seguirá persiguiendo activamente la participación
de los interlocutores sociales europeos en sus relaciones internacionales y
apoyando el desarrollo del diálogo social en terceros países.
En el ámbito de las relaciones bilaterales y regionales, la Comisión Europea sugiere que se den los pasos siguientes:
• L os interlocutores sociales pueden contribuir eficazmente al establecimiento de una zona de libre comercio para 2010 en el ámbito de la
cooperación euromediterránea;
•E
n el ámbito del partenariado con América Latina, la Comisión Europea
ha adoptado varios programas destinados a reforzar la cooperación entre los actores económicos y sociales;
•C
on los Estados Unidos, los contactos deberían prolongarse, ampliarse
e intensificarse entre las organizaciones de interlocutores sociales;
•C
on Japón, un plan de acción adoptado en 2001 destaca el valor añadido de los intercambios realizados desde hace diez años e invita a
ampliar los ámbitos de intercambio de experiencias;
•E
n cuanto a los países de África, del Caribe y del Pacífico, el Acuerdo de
Cotonú convierte la participación a todos los niveles en una obligación
legal destinada a fomentar el diálogo entre los socios gubernamentales
y los protagonistas no estatales.
En el ámbito de las negociaciones multilaterales, los interlocutores sociales europeos desempeñan un papel activo, participando como expertos
en las Conferencias Ministeriales de la Organización Mundial del Comercio.
No obstante, se debe reforzar su participación. La Comisión Europea y la
Organización Internacional del Trabajo cooperan en temas como la dimensión
social de la globalización, la promoción de los derechos fundamentales, el
fomento del empleo, el diálogo social, la protección social y la cooperación
al desarrollo.
31
9.- P
articipación social y organizaciones
no gubernamentales
La Comisión Europea consulta también a las organizaciones de la sociedad
civil para formular e implementar políticas en el ámbito del empleo, asuntos sociales e igualdad de oportunidades10.
Las organizaciones de la sociedad civil constituyen un puente fundamental
entre las instituciones y los ciudadanos de la Unión Europea (UE). La sociedad civil posee un papel clave a la hora de hacer efectivos los derechos de
las personas. Para ello, debe asegurarse de que dichas políticas responden
a las necesidades de los ciudadanos, y mantener al público general informado sobre sus derechos a través de actividades de concienciación.
La Comisión Europea permanece en contacto permanente con la Plataforma de organizaciones no gubernamentales europeas de carácter social, así
como con diferentes redes auspiciadas por la Unión Europea, es el caso del
Centro Europeo para los asuntos de los trabajadores (EZA), que reúne a más
de sesenta organizaciones vinculadas a los intereses de los trabajadores.
La Plataforma Social se creó en 1995 y cuenta con más de cuarenta organizaciones dedicadas a la acción social. A través de los miembros se
agrupan más de 1.700 organizaciones, asociaciones y otros organismos de
carácter voluntario a nivel local, regional, nacional y europeo, que representan una parte importante de la sociedad civil. Se incluyen organizaciones de
mujeres, de personas mayores y personas con discapacidades, de personas
desempleadas, de inmigrantes, de personas afectadas por la pobreza…
La Comisión Europea ofrece asistencia para sufragar los costes de la Plataforma Social a fin de promover una ciudadanía activa. La Comisión Europea
organiza, conjuntamente con la Plataforma Social, reuniones bianuales en
las que se invita a organizaciones no gubernamentales (ONGs) a debatir
sobre distintos asuntos comunitarios.
10 http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=330&langId=es
32
10.- D
erechos laborales básicos para
trabajadores inmigrantes
Los ciudadanos españoles tienen garantizados todos sus derechos atendiendo también a algunas obligaciones ineludibles. Los ciudadanos españoles, por ejemplo, no pueden ejercer su derecho al voto si no están inscritos
en el censo electoral y no pueden inscribirse en el censo electoral si no
están en el padrón municipal. Los ciudadanos de los países miembros de la
Unión Europea se asimilan en el ejercicio de sus derechos en condiciones de
igualdad con los ciudadanos españoles con muy pocas excepciones.
Los trabajadores extranjeros, entonces, tienen reconocidos también los
“derechos fundamentales” en igualdad de condiciones que los españoles11, y
gozan del mismo régimen de libertades públicas. Artículo 13 de la Constitución Española: “los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas
que garantiza el presente Título en los términos que establezcan los tratados
y la ley”. Los ciudadanos de terceros países, extranjeros de países no miembros de la Unión Europea, tienen garantizados sus derechos atendiendo también a algunas obligaciones ineludibles, como la obtención del permiso de
residencia y el permiso de trabajo.
Los inmigrantes tienen derecho “a la vida y a la integridad física y moral,
sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos
inhumanos o degradantes”. Se les garantiza “la libertad ideológica, religiosa
y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus
manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público
protegido por la ley. No pueden ser obligados a declarar sobre su ideología,
religión o creencias”. Se les garantiza “el derecho al honor, a la intimidad
personal y familiar y a la propia imagen”. Su domicilio “es inviolable” y “ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o
resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.
Se les reconocen y protegen los derechos “a expresar y difundir libremente
los pensamientos, ideas y opiniones”; “a la producción y creación literaria”;
“a la libertad de cátedra”; “a comunicar o recibir libremente información
veraz por cualquier medio de difusión”; libertades que tienen su límite “especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la
protección de la juventud y de la infancia”.
“Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas”. El ejercicio de
este derecho no necesitará de autorización previa. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación
previa a la autoridad. Se les reconoce también a los inmigrantes “el derecho
11 Constitución Española, Título I “De los derechos y deberes fundamentales”, Capítulo II
“Derechos y libertades”
33
de asociación”. “Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales. Las asociaciones constituidas al amparo
de este artículo deberán inscribirse en un registro al único efecto de publicidad”. “Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar”.
Españoles y extranjeros, “todos tienen derecho a la educación”, “a la protección de la salud” y a “obtener tutela efectiva de los jueces y tribunales en
el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso,
pueda producirse indefensión”.
El régimen de derechos y libertades de los trabajadores inmigrantes está
sometido a su desarrollo específico en la legislación española con garantías de reserva de ley, y de acuerdo con los términos que establezcan los
tratados internacionales suscritos al efecto. Dicha reserva supone que cualquier cambio de su régimen de estancia en España tenga que pasar por la
publicidad parlamentaria y evita cualquier arbitrariedad de las autoridades
respecto de su relación con las administraciones públicas y con el resto de
los ciudadanos.
Los inmigrantes, ciudadanos extranjeros de terceros países, no miembros
de la Unión Europea, no tienen derecho a participar en los asuntos públicos,
ni tampoco tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, salvo aquellos que puedan establecerse en su favor
atendiendo a criterios de reciprocidad para su participación en los asuntos
públicos locales de acuerdo con los tratados internacionales. Existen numerosos convenios con países, especialmente iberoamericanos, que permiten
la participación de sus ciudadanos en los asuntos públicos del ámbito local,
permitiendo, por ejemplo, la participación en las elecciones de representantes y alcaldes.
En los aspectos laborales, en aquellos vinculados al desempeño profesional, como trabajadores inmigrantes, los ciudadanos extranjeros12, están
sometidos a la normativa de desarrollo de esos derechos y libertades de
acuerdo con la Ley de Extranjería13. Dicha legislación vincula su ejercicio
formal a su condición administrativa regularizada y asumiendo que todos los
trabajadores inmigrantes tienen permiso de residencia. Con su condición
administrativa regularizada y su permiso de trabajo, la legislación laboral
española les equipara por completo a los españoles con garantía de sus
derechos laborales.
12 Ley del Estatuto de los Trabajadores, Título I “De la relación individual de trabajo”, Capítulo I “Disposiciones generales”, Sección II “Derechos y deberes laborales básicos”.
13 Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero publicada en el Boletín Oficial del Estado Nº 10 de
12 de enero del 2000.
34
Los trabajadores tienen como derechos básicos laborales “la libre elección
de profesión u oficio”; “a sindicarse libremente”, “a la negociación colectiva
laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como
la fuerza vinculante de los convenios” y al “derecho a la huelga para la defensa de sus intereses”; con el alcance que para cada uno de los mismos
disponga su específica normativa. De manera más específica tienen derecho
a “la ocupación efectiva, a la promoción y formación en su trabajo, a no
ser discriminados para acceder al empleo por razones de sexo, raza, edad,
lengua, estado civil, condición social, ideas religiosas, afiliación sindical y/o
participación política”.
“Tampoco podrán ser discriminados por razón de disminuciones físicas,
psíquicas y/o sensoriales, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar su trabajo”. Los trabajadores inmigrantes tienen derecho también a “su integridad física, a una adecuada política de seguridad e
higiene en el lugar de trabajo. Al respeto de su intimidad y a la consideración
debida a su dignidad, comprendida la protección frente a ofensas verbales o
físicas de naturaleza sexual”. Tienen derecho como cualquier español a “la
percepción puntual de la remuneración pactada en el marco de los mínimos
establecidos por la legislación, al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo, a cuantos otros se deriven específicamente
del contrato de trabajo”.
Los trabajadores también tienen unos deberes básicos vinculados al cumplimiento de sus labores en el desempeño de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
Tienen obligación de “observar las medidas de seguridad e higiene que se
adopten”. “Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio
regular de sus facultades”, así como de los mandatos del equipo directivo de
acuerdo con las facultades y limitaciones impuestos por la legislación.
Tienen obligación de “no concurrir con la actividad de la empresa en los
términos fijados por la legislación”, es decir, no ejercer actividades en competencia con el negocio de la empresa. Tienen obligación a “contribuir a la
mejora de la productividad”. Y por último, “cuantos se deriven, en su caso,
de los respectivos contratos de trabajo”.
35
Epílogo: Diálogo social y crisis económica
Analizando la situación de deterioro que está atravesando la economía española y el mercado de trabajo nos encontramos con una caída del producto
interior bruto, que ha supuesto entrar en recesión.
Ha supuesto también la caída de la compraventa de viviendas y automóviles, la contracción del sector industrial, el lastre del déficit exterior, el incremento del paro y la caída de la contratación, el déficit que se espera de
nuestras cuentas públicas y la probable desaparición del superávit de la
Seguridad Social debido al descenso en el número de cotizantes.
Con estos datos la situación que atravesamos, no sólo no tiene visos de
mejorar, sino que puede agravarse en España, pudiendo acercarnos al finalizar el año a los 5 millones de parados.
El conjunto de medidas anti crisis adoptadas hasta ahora por el Gobierno,
y que se han adoptado al margen del “diálogo social”, han sido incluidas en
el denominado “Plan E”, que tuvo una presentación virtual, como muchas de
sus medidas, y que no han conseguido reactivar la economía española, ni
solucionar tampoco la crisis financiera.
Y lo más importante, tampoco han logrado cortar la hemorragia del desempleo que padece nuestro mercado laboral. Sin embargo, el coste de estas
medidas ha supuesto y supondrá un incremento del déficit público, que podrá alcanzar el 9% al finalizar el año 2009.
Si desde la Comisión Europea se ha dado un toque de atención a España por
superar el 3% de déficit público en 2008. ¿Qué sucederá cuando se materialice
esta nueva situación al finalizar 2009? No se trata de no gastar, sino de invertir
bien, pensando en resolver la dramática situación que están viviendo miles de
ciudadanos, dramática situación que supera los 4 millones de parados, de los
cuales más de 1,4 millones no reciben ninguna prestación o subsidio.
Por tanto, es necesario que el Gobierno de España concentre todos sus
esfuerzos y prioridades en frenar el desempleo, para que estemos en condiciones de generar más y mejor empleo. Un empleo estable y cualificado que
mejore la productividad y competitividad de nuestras empresas.
Diálogo social: ¿la solución a la crisis?
El diálogo social debería ser un buen instrumento para ayudar por parte de
todos los agentes sociales a aportar soluciones encaminadas a remontar la
situación de nuestro mercado laboral y de nuestro sistema productivo.
36
Por ello, debe producirse la apertura del diálogo social a otras organizaciones, que cuenten con una notoria implantación en el conjunto del Estado,
y en sectores estratégicos, cómo la energía, automoción, trabajadores autónomos, etc., pues sólo desde un amplio y generalizado consenso se podrán
desarrollar medidas eficaces para todos.
Sería un error pretender convertir el diálogo social en la solución a la crisis.
El diálogo social es un medio, un instrumento al servicio de la búsqueda de
soluciones, pero no puede convertirse en un fin por sí mismo.
Las soluciones vienen determinadas por las medidas que adopte el Gobierno, que deben ser fruto de un amplio consenso; y deben ser medidas
muy diversas, algunas deben ser medidas de choque a corto plazo, y otras
deben ser medidas a medio y largo plazo. En definitiva, deben ofrecer más
estabilidad al mercado laboral, deben generar más confianza y deben reactivar nuestra economía.
La segmentación del diálogo social no es la mejor manera de abordar la concertación con los agentes sociales para afrontar la crisis: el aumento del desempleo no es ajeno a la crisis económica, ni al estancamiento del crecimiento
del producto interior bruto, ni a la falta de una política industrial, energética o
de transportes. Deben armarse un conjunto de medidas que van más allá de la
buena voluntad, y no sólo medidas adoptadas por el Gobierno en auxilio de las
entidades financieras, ¿o es que el resto de los sectores de la economía, como
el sector del automóvil, o el sector de la construcción, no están en crisis?, y
estos sectores sí que conllevan pérdidas de empleo directo.
En consecuencia, un verdadero diálogo social debería conciliar al conjunto
de las fuerzas políticas y sociales para que sean capaces de ofrecer propuestas económicas, proposiciones que avaladas por el consenso político,
fuesen capaces de afrontar cambios de nuestro modelo de crecimiento, y
sus repercusiones en el empleo y las economías domésticas. Únicamente
desde un acuerdo como ese se podrá reducir el tiempo de la crisis, y avanzar
un plan de relanzamiento de la actividad económica, que a su vez genere
empleo y empleo de calidad.
Todo ello sin olvidar el problema de la falta de integración de un número
muy elevado de inmigrantes en la sociedad española que, además, en la
actual situación de recesión de nuestra economía, no disponen de una red
de protección familiar y social similar a los trabajadores españoles, y que
tampoco han generado suficientes derechos para acceder a las prestaciones
y subsidios por desempleo.
Precisamente, uno de los grandes retos de los agentes sociales es también
la integración de los representantes de los trabajadores inmigrantes a los cauces de partición laboral y, en particular, a los cauces del diálogo social.
37
A modo de propuesta, podemos entender que ese diálogo social inicial
debería contener los siguientes elementos:
Paquete de medidas urgentes:
•U
n plan de prevención contra la exclusión social y lucha contra la pobreza, ante la reducción importante de la renta disponible de las familias.
Paquete de medidas estructurales:
•D
efinir cuál es el modelo de tejido industrial que necesita España; qué
sectores de la industria deben desarrollarse más e invertir en ellos desarrollando también una formación profesional que ofrezca las cualificaciones necesarias para esos nuevos sectores estratégicos.
•C
ontribuir a un nuevo modelo productivo con atención a sectores industriales de alto valor añadido, que nos conduzca hacia un modelo de
crecimiento económico sostenido y redistributivo.
•A
vanzar, en ese sentido, en la generación de nuevos empleos en esos
nuevos ámbitos, potenciando el sector industrial, no sólo de mano de
obra intensiva, sino de mano de obra más cualificada, con puestos de
trabajo que potencien mayor valor añadido.
•O
frecer un fuerte impulso a la educación, a la capacitación y a la investigación e innovación tecnológica, junto con la inversión en infraestructuras de valor estratégico que contribuyan a la vertebración del territorio.
•D
efinir planes estratégicos en sectores como la energía que limite nuestra dependencia del petróleo, y como la logística de transporte que nos
permita ahorro de costes.
•M
antener los niveles de cotización a la Seguridad Social, ello implicaría favorecer la contratación indefinida inicial, y penalizar la contratación
temporal, evitando rotaciones innecesarias en el empleo.
Todas esas posibles soluciones deben estar incluidas de manera integral
en el marco de un Plan de reactivación económica y dirigidas muy directamente a la creación de empleo, mejorando su calidad y estabilidad, y por
tanto mejorando la tasa de productividad. Buscar soluciones exclusivamente
en medidas que disminuyan la capacidad adquisitiva de los salarios o flexibilicen el despido de los trabajadores en el mercado laboral sería un atentado
a la productividad, y también a la conciliación de la vida familiar y laboral.
José Luis Fernández Santillana
Unión Sindical Obrera (USO)
38
Set of Structural Measures:
•
•
•
•
•
•
Define the industrial model Spain needs, which industry sectors should
be developed further and invest in developing a vocational training to
provide skills needed for these new strategic sectors
Contribute to a new production model focused on industries with high
added value, which will lead us towards a model of sustained economic
growth and redistribution.
Advance, in this direction, with creating new jobs in these new areas,
strengthening the industrial sector, through the intensity of labour and
through a more skilled labour force, with jobs promoting added higher
value.
Provide a strong force to education, training, and research and technological innovation, along with the investment in the infrastructure of strategic value that contribute to the organization of the territory.
Set strategic plans in sectors like energy that limits our dependence on
oil, such as the logistics of transportation to cut costs
Maintain levels of social security, favoring initial hiring with an unknown
time period and punishing temporary employment, avoiding unnecessary
employee rotations.
All of these possible solutions need to be integrated and included in a
Plan for Economic Recovery, and aimed directly at job creation, improving job
quality and stability, improving the productivity rate. Searching for solutions
with measures exclusively based on reducing the purchasing power of wages
or adjusting the dismissal of workers in the labour market would be an attack
on productivity, and the union between work and family life.
José Luis Fernández Santillana
Unión Sindical Obrera (USO)
38
mobile, the self-employed, etc. since only through a developed and general
consensus can effective measures be taken.
It would be a mistake to believe social dialogue is a solution to the crisis.
Social dialogue is a tool for finding solutions but is not the answer to the
problem.
Solutions are determined by measures taken by the Government, which
should be the result of a general consensus with a diverse mix of short-term,
medium-term, and long term measures.
Dividing the dialogue to deal with each factor separately is not the best way
to begin the social dialogue with stakeholders: the rise of unemployment is
not a separate issue from the economic crisis, the stagnation of GDP growth,
or the lack of an industrial, energy, or transportation policy. A set of measures that go beyond goodwill need to be formed instead of just Government
actions to rescue financial institutions. Are other economic sectors like the
automotive or construction sectors not in a crisis? These sectors are also
suffering from a loss of jobs.
A genuine social dialogue should bring together political and social
forces to offer economic proposals, made stronger through political consensus and able to deal with changes in our growth model and its impact
on employment and the domestic economies. Only from this type of agreement is it possible to cut down the crisis period and move forward with
a plan to encourage economic activity, creating employment and quality
jobs.
This must be done without forgetting the lack of integration of the large
number of immigrants in Spanish society, especially since in the current
economic crisis, they do not have a network of both family and social like
the Spaniards, and have not gained enough rights to access unemployment
benefits.
Indeed, one of the grand parts of stakeholders is the inclusion of the representatives of immigrant workers as a channel to labour distribution and in
particular, social dialogue.
Through a proposal, we can understand that the first social dialogue should
include the following elements:
Set of Urgent Measures:
• A plan to put a stop to social exclusion and to fight against poverty, given
the significant decrease in disposable income to families
37
Epilogue: Social Dialogue and economic crisis
Studying the deteriorating Spanish economy and labour market, we find the
gross domestic product (GDP) declining, causing a recession.
The recession has also lead to a decline in the real estate and automobile
industries, the contraction of the industrial sector, the burden of the external
deficit, rising unemployment and falling recruitment, an expected deficit in our
public finances, and the probable decrease of the Social Security surplus due
to a fall in the number of contributors.
This data shows the crisis is unlikely to improve, but may become worse
within Spain, leading to a total of 5 million unemployed workers by the end
of the year.
The anti-crisis measures taken by the Government until now were adopted
outside the “social dialogue” and included in a proposal named “Plan E,”
which had a virtual presentation, similar to many of its´ measures that failed
to revive the Spanish economy or solve the financial crisis.
Most importantly, these measures also failed to decrease the unemployment rate badly affecting our labour market. But, the cost of these measures
has already increased the public deficit and will continue to do so causing it
to possibly reach 9% by the end of 2009.
The European Commission already warned Spain for going above a 3%
public deficit in 2008. What will happen if the deficit reaches 9%? It is not
a matter of spending but making good investments and finding solutions to
the horrible circumstances thousands of citizens are living in. These horrible
circumstances affect over 4 million unemployed workers, of whom over 1.4
million receive no unemployment benefits.
Because of this, it is necessary for the Spanish Government to focus its
efforts in decreasing unemployment, so that we can create more and better
jobs. Stable employment will increase productivity and the competitiveness
of our business.
Social dialogue: the solution to the crisis?
Social dialogue is a good tool by which all stakeholders can help solve the
problem with our labour market and production system.
For this reason dialogue should be opened with other organizations with a
notable presence in the nation and in important sectors such as energy, auto-
36
or physical offenses of a sexual nature. “They are entitled, like any Spanish
citizen, to the ‘perception of the guaranteed minimum wage agreed by law, to
exercise individual actions arising from his employment contract, and to many
others that derive specifically from the employment contract. “
Immigrant workers have also basic obligations that derived from the performance of their duties in carrying out their job, according to the rules of good
faith and diligence.
They are required to comply with the security measures and hygiene”; “to
carry out the employer’s orders and instructions in the regular exercise of his/
her powers,” as well as to observe the mandate of the management team in
accordance with the powers and limitations imposed by the legislation.
They have the obligation “not to compete with the business activity in the
terms established by law”, i.e. not to perform activities in competition with
the business. They have also the obligation “to contribute to the improvement of the productivity”. And finally, “they have the obligation to fulfill any
obligation arising from their respective employment contracts”.
35
All Spaniards and foreigners have “the right to education”, “health protection” and to “obtain redress from the courts when exercising their legitimate
rights and interests, without in any case causing lack of protection”.
The migrant workers rights and freedoms regime is subject to its specific
development in the Spanish law with the principle of legal right reservation
guaranteed, and according to the terms established in International Treaties
signed to this effect. This reservation means that any change in their residence regime in Spain has to go through parliamentary publicity and avoids any
authority arbitrariness regarding their relationship with the public administration and other citizens.
Immigrants, foreign citizens from third countries outside the European
Union, are not eligible to participate in public affairs, nor have the right to
equal access to public service, except those that may be established in its
favor on reciprocity basis for their participation in local public affairs in accordance with international treaties. There are numerous bilateral agreements
with countries, especially from Latin America, allowing citizens participation
in local public affairs, for example, the participation in the elections of Representatives and Mayors.
In those labour issues linked to the professional performance as an immigrant worker, foreign citizens are subject to the development regulations of
these rights and freedoms according to the Foreigner Act (Organic Law 4 /
2000). This legislation makes a formal exercise according to its administrative status regularized and assuming that all immigrant workers have residence permit. With their administrative situation regularized and their work permit, Spanish Labor Law renders them the same legal status as the Spanish
guaranteeing their labour rights.
Immigrant workers have basic labour rights such as the “free choice of
profession or trade”, “all have the right to freely join a trade union”, “the
law shall guarantee the right to collective bargaining between workers and
employers´ representatives, as well as the binding force of the agreements”
and the “right to strike in defence of their interests” to the extent that each
of them has its specific rules. In more specific terms, they have the right to
“effective occupation, advancement through work and training in their work.
Under no circumstances may they be discriminated on account of their sex,
race, age, language, marital status, social status, religious affiliation, collective labour association and / or political participation”.
“They may not suffer discrimination for reasons of physical, mental and /
or sensory impairment provided that they are able to perform their job.” Immigrant workers are also entitled to “their physical integrity, adequate health
and safety policy in the workplace. They are entitled to respect for their privacy and due consideration for their dignity, including protection against verbal
34
10.- Basic labour rights for labour immigrants
Spanish citizens have all their rights guaranteed in response to certain
unavoidable obligations. Spanish citizens, for example, can not exercise their
right to vote if they are not registered on the electoral roll and, they can not
register if they are not included in the Municipal Census. European Union
citizens are treated in the exercise of their rights on an equal footing with
Spanish citizens, with very few exceptions.
Then, foreign workers have recognized their “fundamental rights” on an
equal footing with the Spaniards11 as well, and have the same system of
public freedoms. In article 13 of the Spanish Constitution: “Aliens in Spain
shall enjoy the public freedoms guaranteed by the present Part, under the
terms to be laid down by the treaties and the law”. Third country citizens
and foreigners from countries outside the European Union have their rights
guaranteed in response to certain unavoidable obligations like the obtention
of the residence and work permit.
The immigrants have the right to “life and to physical and moral integrity and
under no circumstances may be subjected to torture or to inhuman or degrading punishment or treatment”. They have their right to “freedom of ideology,
religion and worship of individuals and communities is guaranteed, with no
other restriction on their expression than may be necessary to maintain public
order as protected by law. No one may be compelled to make statements regarding his or her ideology, religion or belief”. “They have guaranteed “the right
to honor, to personal and family privacy and to the own image is guaranteed”.
“The home is inviolable. No entry or search may be made without the consent
of the householder or a legal warrant, except in cases of flagrante delicto”.
Immigrants have recognized and protected the rights to “freely express
and spread thoughts, ideas and opinions”; the right to “literary production”;
to “academic freedom”; “to freely communicate or receive truthful information by any means of dissemination whatsoever”. These freedoms have their
limits “especially by the right to honor, to privacy, to own image and to the
protection of youth and childhood”.
“The right to peaceful unarmed assembly is granted. The exercise of this
right shall not require prior authorization” except “in the cases of organized
meetings in public places and of demonstrations”. The immigrants have also
recognized the “right of association”. “Associations which pursue ends or use
means legally defined as criminal offences are illegal”. Associations set up on
the basis of this section must be entered in a register for the sole purpose of
public knowledge”. “Secret and paramilitary associations are prohibited”.
11 Constitución Española, Título I “De los derechos y deberes fundamentales”, Capítulo II
“Derechos y libertades”
33
9.- Non-governmental organizations
The European Commission also consults civil society organizations when
formulating and implementing policies in the areas of employment, social
affairs and equal opportunities10.
Civil society organizations are an essential bridge between the institutions
and the citizens of the European Union (EU). The civil society plays a key role
in making anti-discrimination laws effective. To do so it must ensure that policies meet the needs of citizens and keep the general public informed of their
rights through awareness-raising activities.
The European Commission is in regular contact with the Platform of European Social non-governmental organizations, as well as with a number of
European Union umbrella networks, such as the European Centre for Workers´ Questions (EZA), which brings together more than sixty organizations
associated with worker´s interests.
The Social Platform was created in 1995 and has over forty member organizations operating in the social sector. Through these members, it brings
together over 1700 organizations, associations, and other voluntary bodies
at local, regional, national, and European level, representing a cross-section
of civil society. These include organizations of women, older people, people
with disabilities, people who are unemployed, migrants, and people affected
by poverty.
The European Commission provides support for the Social Platform´s running costs in order to promote active European citizenship. The European
Commission and the Social Platform hold joint bi-annual meetings where nongovernmental organizations (NGOs) are invited to discuss different Community matters.
10 http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=330&langId=en
32
• Exchanges with the United States should be extended in scope and time
and increased between social-partner organizations
• With Japan, an action plan adopted in 2001 highlights the added value
of the exchanges which have been organized for some ten years and
extends the areas covered by the exchange of experiences
• With regard to the African, Caribbean and Pacific countries, under the Cotonù Agreement, participation at all levels is a legal requirement aimed
at encouraging dialogue between government partners and non-State
players.
In the context of multilateral negotiations, European social partners play a
constructive role as experts at World Trade Organization ministerial conferences. However, their participation must be reinforced.
The European Commission and the International Labor Organization cooperate on issues such as the social dimension of globalization, the promotion of
fundamental rights, employment promotion, social dialogue, social protection
and development cooperation.
31
clude any provision for implementation and monitoring. They were not well
known and their dissemination at a national level was limited.
In recent years social partners have frequently been involved in the adoption of the so-called “new generation” texts (charters, codes of conduct, agreements) containing commitments for implementation in the longer term.
The Commission proposes that social partners implement non-regulatory
agreements by establishing guidelines or frameworks for action, through regular national monitoring reports and regular assessment of progress.
For the implementation of agreements under Article 139, two options are
available:
• The European Commission presents a “proposal for a Council Decision”;
in this case, implementation of the Decision is monitored in accordance
with the nature of the instrument used. However, the social partners who
signed the agreement should be involved in the transposition at a national level and consulted on implementation reports
• The “European agreement” is brought into effect in accordance with social partners’ and Member States’ own procedures and practices. The
Commission calls on social partners to strengthen the monitoring procedures substantially and to prepare regular reports on implementation of
the agreements signed
The international dimension of the social dialogue
The European development model combines sound economic performance
with social progress. Consultation and partnership play a key part in that integrated approach, and this dimension should be exploited in contacts between
the European Union and third world countries.
In the different fields concerned, the Commission, with the support of the
Member States, will continue to actively involve social partners in its international relations and to support the development of social partnership in third
world countries.
The European Commission suggests the following areas for action in the
context of bilateral and regional relations:
• Within the Euro-Mediterranean partnership, social partners can make a
worthwhile contribution to establishing a free trade area by 2010
• In the partnership with Latin America, the Commission has set up a number of programmes aimed at reinforcing cooperation between economic
and social players
30
together the troika of Heads of State or Government, the European Commission President, and a restricted delegation of social partners. This Social
Summit will allow an integrated discussion to be held before the Spring European Council.
Increasing Social Partners’ Involvement in the Different
Aspects of the Lisbon Strategy
The open method of coordination, the main tool of the Lisbon strategy,
applies to many fields of interest to the social partners (employment, social
inclusion, pensions, etc.) The European Commission suggests that the social
partners be consulted on all these fields, both on the guidelines and on the
content of measures to be taken, particularly regarding the drafting and implementation of the employment guidelines.
Extending and enhancing the social dialogue
The European social dialogue could constitute a tool for economic and
social modernization in relation to many issues, such as the organization of
work, active ageing, promoting equal opportunities, vocational training, etc.
On these issues, the social partners are in a position, at a European level,
to mobilize a wide range of tools, from opinions to exchanges of correct practice, from putting in place coordinated operations to the negotiation of agreements. They are therefore requested to make better use of their European
bargaining area by celebrating agreements incorporated into Community law
or implemented in accordance with national procedures.
Following the Decision of May 1998 regarding the creation of committees
of dialogue sector dialogue, 27 committees were established. This was an
important success and the European Commission will continue its policy of
setting up further committees in order to support the sector social dialogue.
Since the Social Protocol become operative in 1993, the social partners’
right to be consulted on proposals in the social field and their option to request that matters be dealt with by agreement rather than legislation brought
them to the centre of the European social stage. The social partners are
therefore called upon to give the work of the Social Dialogue Committee a
new lease of life.
Improving monitoring and implementation
For a long time, the European social partners have adopted joint opinions,
declarations and recommendations, though in most cases they did not in-
29
Reinforcing European or transnational dialogue among firms is an essential
challenge. Significant progress has therefore been achieved by setting up European work councils. Furthermore, the promotion of business practices focusing on social responsibility paves the way for dialogue within companies.
The Social Dialogue, a Force for Economic and Social
Modernization
Attainment of the strategic goals set in Lisbon (reach full employment and
reinforce social cohesion) depends largely on actions taken by social partners. They are the best placed to take on the positive management of change
which can reconcile the flexibility essential to businesses with the security
needed by employees. They are in a better position to guarantee positive
change, permitting the conciliation of the indispensable flexibility for the businesses and needed security for employees. Thanks to the diverse models of
labour relations, social agents can contribute appropriate responses to challenges, such as enhancing qualifications, job organization, promoting equal
opportunity, and the development of politics to prolong the work life.
Organizing Tripartite Consultation Processes
Consultation has been extended in recent years with:
• The setting-up of macroeconomic dialogue, which was established after
the Cologne European Council to allow an exchange of views between
the representatives of the Commission, the Council, and the European
Central Bank
• The launching of the European employment strategy, which has led to
regular discussions between the Employment Committee and social partners, and within the Standing Committee on Employment
• The work of the Social Protection Committee
• The follow-up to the conclusions of the Lisbon European Council.
In addition, since 1997, bi-annual meetings have been held with the troika
of Heads of State or Government and with Social Summits organized since
2001. The social partners have had the opportunity to put forward their positions on items on the European Council agenda.
The bi-annual meetings of the Standing Committee on Employment no longer allow for economic and social questions to be handled effectively with a
view to the Spring European Council.
In agreement with the social partners, the European Commission proposes
to set up a new Tripartite Social Summit for Growth and Employment, bringing
28
sentativeness were set in the 1998 Communication adapting and promoting
social dialogue at a Community level.
The Commission intends to present a new study on representativeness,
draft an internal code of conduct on consultation with social partners and
present an amended list of organizations consulted under Article 138. The
social partners are requested to reinforce their cooperation and to improve
their internal decision-making procedure.
Raising the Profile of the Social Dialogue
The contribution of European social partners is not well-known and poorly
publicized, in particular the outcome of social dialogue, including the agreements which have subsequently been converted into directives: parental
leave and, for family reasons, part-time work and fixed-term contracts .
The Commission intends to:
• set up an Internet site providing multilingual access to all information on
players, forums and results European social dialogue;
• promote a “European Social Dialogue Conference” at regular intervals;
• Continue to publish regular reports on industrial relations in Europe.
Strengthening the Role of the Social Partners
The White Paper on “European Governance” highlights the need for more
interaction between European institutions, national governments, regional
and local authorities, and civil society, of which social partners forms a part.
At a European level, the European Commission considers that, with the
development of consultations on the various aspects of the Lisbon Strategy,
it is necessary to enforce joint training of administrative representatives and
social partners in order to foster exchanges and partnerships.
At a national level, the social partners play an important role in the implementation of directives through agreements at a Community level, in the
adaptation of rules due to diverse national situations and in negotiating responses to the goals set by directives.
From a local level, innovative solutions to employment development, combating exclusion and improving the quality of life and work are to be found.
For this reason the European Commission, through various Community programmes and initiatives, supports information activities targeted at local and
regional partners and dialogue at local level.
27
8.- E
uropean Social Dialogue: A Force
for Innovation and Change
The European Community Treaty gives the European Commission the responsibility of promoting and supporting social dialogue on a Community level.
Here, the European Commission fleshes out its views on the future of social dialogue as both a key to better governing the larger European Union and
as a driving force for economic and social reform.
It puts forward concrete measures aimed at strengthening the different levels and forms of social dialogue. This approach to social dialogue is based on
the social partners’ contribution to the Laeken European Council (December
2001) and the reflections of the High-Level Group on Industrial Relations9.
Social Dialogue: A Key to Better Governance
The Commission wishes to promote and improve the contribution of European social dialogue to better European governance, i.e. for greater involvement of all actors in decision-making and also in the implementation process.
Improving Consultation of the Social Partners
Article 138 of the EC Treaty provides a compulsory two-stage consultation
procedure:
• Before presenting proposals in the social policy field, the European Commission is required to consult social partners on the possible direction
of Community action;
• If the European Commission considers Community action is desirable,
it must consult social partners on the actual content of the envisaged
proposal.
The social partners are also consulted within advisory committees (e.g. the
Advisory Committee on Safety and Health at Work), in the context of the procedures designated to garner the views of interested parties, such as Green
Papers, and systematically on the reports on transposition of the Community
legislation.
The legitimacy and effectiveness of the consultation of the European social
partners depends on their representativeness. The requirements of repre9 http://europa.eu/scadplus/leg/en/cha/c10716.htm
26
lation in the field of information and consultation of workers”, calls on the
European Commission to update legislation in order to ensure a coherent and
efficient framework of law, guarantee legal certainty and improve the linking
of the social dialogue at the national and the European levels. Ask also to
present a timetable, in particular for the “long-awaited revision of the Directive on European works councils”.
European social partners were consulted in February 2008 on the content
of a possible revision of the “Directive on European works councils” and
invited to negotiate. A tentative of entering into negotiation failed and the
Commission will now draft its own legislative proposal, which will include
main social partner’s contributions on the issue.
25
7.- Social Dialogue at Company Level
Social dialogue at European level takes place not only at cross-industry and
sectoral level, but also in multinational companies covered by the European
Works Councils. In its latest Communication on social dialogue (COM(2004)
557 final), the Commission stressed the desirability of promoting synergies
between social dialogue at the European and company levels, for example
by raising awareness among company European works councils about the
actions being undertaken by the European sectoral social partners in the
same or related sectors8.
European works councils operate in 820 undertakings with some 14.5 million employees. They are vital to the development of transnational industrial
relations and help to reconcile economic and social objectives within the
Single Market.
After 11 years of activity, all the European stakeholders emphasise the
positive impact of these bodies established by Directive 94/45/EC and the
decisive role they have to play in the anticipation and responsible management of change.
However, the expectations of them have grown and are far from being satisfied. All too often, their potential remains unexploited, as already pointed
out by the European Commission in 2004, particularly in the event of international restructuring.
The European social partners then examined specific cases in order to assess the functioning of European works councils. They agreed on a number of
conclusions, particularly on the usefulness of European works councils. Also,
the benefits of clear procedures, training for members and assistance from
experts, and the positive role that European sectoral social partners may
play. They noted that it is difficult to organize useful information and consultation without delays and uncertainties; and noted also that getting all workers
to accept a European works council constitutes a challenge.
The European Commission consulted the European social partners in 2005
simultaneously on the restructuring of undertakings and on the “best-practice” aspect of European works councils. The social partners remain divided
on the revision of the Directive, but have included promotion and evaluation
of their joint conclusions on European works councils in their 2006-2008
work programme.
EU Parliament has given its views on European works councils on several
occasions. Resolution of 10 May 2007 on “Strengthening European legis8 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/company_en.htm
24
6.- Sectoral Social Dialogue
Creation of the sectoral social dialogue committees
At sectoral level, the social dialogue underwent an important development
in 1998, when the European Commission decided on the establishment of
sectoral dialogue committees promoting the dialogue between the social partners in the sectors at European level (Commission decision of 20 May 1998
– 98/500/EC). The document laid down precise provisions concerning the establishment, representativeness and operation of new sectoral committees,
intended as central bodies for consultation, joint initiatives and negotiation7.
The sectoral social dialogue committees are established with due regard
for the autonomy of the social partners. The social partner organizations
must apply jointly to the European Commission in order to take part in a
social dialogue at European level. The European organizations representing
employers and workers must, when submitting this application, meet a number of criteria:
1) Related to specific sectors or categories, and be organized at European
level
2) Have adequate structures to ensure their effective
3) Consist of organizations which are themselves an integral and recognized part of Member State’s social partner structures, and which are
representative of several Member States, and have the capacity to negotiate agreements
Composition of the sectoral social dialogue committees
The sectoral social dialogue committees consist of a maximum of 54 representatives of the social partners, comprising an equal number of employers’
and workers’ representatives. They are chaired either by a representative of
the social partners or, at their request, by the representative of the European
Commission, who, in all cases, provides the secretariat for the committees.
Operation of the sectoral social dialogue committees
Each Committee adopts its own rules of procedure, and holds at least one
plenary meeting per year, dealing with more specific questions at meetings of enlarged secretariats or restricted working parties. The task of preparing meetings,
the agenda and following-up work is most frequently delegated to the respective
secretariats of the social partners, together with the European Commission.
7 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/sectoral_en.htm
23
Stakeholders in cross-industry social dialogue
Six cross-industry organizations are involved in European social dialogue.
• The European Trade Union Confederation (ETUC) represents workers at
European level. Set up in 1973, the ETUC includes 82 national organizations from 36 European countries (among them all the EU countries) and
11 European industry federations, with some sixty million members. In
the context of European social dialogue, the ETUC executive committee
can adopt decisions supported by two/thirds of its members.
• The Confederation of European Business (BUSINESSEUROPE, formerly
UNICE) is the largest European employers’ organization in terms of economic coverage, since 1958 It includes 41 employers’ associations from
34 European countries (among them all the EU countries). BUSINESSEUROPE represents some twenty million businesses in Europe. Decisions (including in the field of social dialogue) are taken by the council of
presidents, voting unanimously.
• The European Centre of Enterprises with Public Participation and of Enterprises of General Economic Interest (CEEP) is an employers’ association
for public-sector entities, since 1961. They are networked businesses,
for example local transport, post offices, energy, water, ports and, in
some countries, local authorities. The CEEP has national sections in 17
European countries and permanent links with its member businesses.
CEEP decisions are taken by the general assembly.
• The European Association of Craft, Small and Medium Sized Enterprises
(UEAPME) is the employer’s organization representing the interests of European crafts, trades and small businesses at EU level, since 1979. It includes 44 member organizations from 26 European countries. According
to its own figures, it represents eleven million businesses, employing
fifty million people across Europe. In December 1998, this organization
reached an agreement with BUSINESSEUROPE allowing its participation
in European social dialogue.
• Eurocadres is the council of professional and managerial staff in Europe
representing all branches of industry, public and private services and administrative departments. It gathers 46 organizations from 46 European
countries. It is associated with the ETUC and has more than 5 million
staff in membership.
• The European Confederation of Executives and Managerial Staff (CEC) is
a professional organization but is independent of the ETUC. It represents
European branch federations and 17 national organizations uniting some
1.5 million executives and professionals in 14 EU countries.
22
5.- Cross-industry Social Dialogue
Cross-industry social dialogue covers the whole economy and labour market. Its purpose is to promote dialogue between trade unions and employers’
organizations in key areas common to all fields of employment and social
affairs6.
The results and standards adopted by the cross-industry social partners
apply to businesses and workers across all Europe. The generalist, inter-professional approach gives cross-industry dialogue the highest political profile,
attracting attention from both European institutions and the mass media. All
tripartite social dialogue, with a few exceptions, takes place at cross-industry
level.
Forms of cross-industry social dialogue
• Social dialogue committee: set up in 1992, is the main body for bipartite
social dialogue at European level. It meets 3-4 times a year to discuss
employers and workers views on various topics, adopt texts negotiated
by both parties and plan future initiatives. The Social dialogue committee
comprises 64 members (32 employers, 32 workers) either from European secretariats or national organizations.
• Working groups and seminars: the Social Dialogue committee can set up
technical working groups to discuss various issues like labour market
challenges, reconciliation of working and family life etc. Employers and
workers also organize joint seminars, to examine certain cases in more
detail.
• Negotiations: if employers and workers decide to enter into negotiations
on an issue, each side prepares a negotiation mandate (which must be
approved by the respective decision-making bodies) and appoints a negotiating team. An independent mediator presides over the meetings. The
results of negotiations are adopted by the Social dialogue committee and
approved by the signatories’ decision-making bodies. The Social dialogue
committee is usually responsible for following up the implementation of
negotiated agreements.
• Social dialogue summits: they are high-level meetings, chaired by the
president of the European Commission, to give fresh impetus to social
dialogue. The summits take the form of plenary meetings gathering representatives of European employers, workers and affiliated national organizations.
6 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/interprof_en.htm
21
Social protection issues
Tripartite concertation in the field of social protection has been strengthened since 2002, in particular by the closer association of the social partners
in the work with the Social Protection Committee, and with the preparation
and implementation of the “National Action Plans for Social Inclusion”. The
concertation with the social partners on social protection takes place at technical level through structured and regular dialogue with the Social Protection
Committee, and at political level, through dialogue with the Informal Council
on Employment and Social Affairs, as in the case of tripartite concertation on
employment issues.
Education and training issues
Following the European Council Decision Decision on 29 November 2002,
a new process of structured dialogue between the Troika of ministers, the Social Partners and the Commission was established on education and training
issues. The first political-level meeting took place on 5 February 2003, at
which all parties expressed a desire to promote ongoing concertation on the
questions of lifelong learning, development of competencies, and research.
Tripartite consultation through cross-industry advisory
committees
Cross-industry advisory committees consisting of representatives of the
European Commission, Member States and cross-industry social partners,
are responsible for advising the European Commission by formulating opinions on the elaboration of specific policies and by contributing to their implementation. There are six working committees: 1) equal opportunities of men
and women, 2) health and safety at the workplace, 3) vocational training, free
movement of workers, the European Social Fund and 6) the social security of
migrant workers.
20
4.- Tripartite Social Concertation at European level
Different documents underlined the importance of rationalising and improving tripartite concertation between the social partners and the public
authorities. As a result, some important changes have taken place in the
organisation of concertation since 20025:
The establishment of the Tripartite Social Summit by the Council Decision
of 2003 represented an important political step, which set European-level tripartite concertation within a new framework, with the Tripartite Social Summit
acting as a bridge between the different processes of concertation.
The aim is to ensure greater consistency in tripartite concertation, and to
enable the social partners to contribute in an integrated way to the different
components of the Lisbon Strategy.
Tripartite Social Summit for growth and employment
The technical co-ordination is provided for the workers’ delegation by the
European Trade Union Confederation (ETUC), and for the employers’ delegation by the Union of Industrial and Employers’ Confederations of Europe
(UNICE).
There are now four fields in which tripartite concertation takes place - macro-economics, employment, social protection and education and training.
Each comprises both a technical and a political level.
Macro-economic issues
Following the European Council of Cologne in June 1999, a macro-economic
dialogue was set up to encourage growth and employment, involving the social
partners in the discussion of economic, monetary, budgetary and fiscal policy.
It involves technical meetings with the Employment Committee and the Economic Policy Committee, and political-level meetings with the Employment and
the Economic and Financial Affairs Ministers, and the European Central Bank.
Employment issues
With the abolition of the Standing Committee on Employment in the same
Council Decision of 2003 (which set up the Tripartite Social Summit), a dialogue on employment has been established along the lines of the macro-economic dialogue. In the case of employment, the technical level meetings will
take place with the EMCO, and the political level takes the form of meetings
with the Informal Council on Employment and Social Affairs which customarily
takes place at the beginning of each Presidency,
5 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/tripartite_en.htm
19
• Process oriented texts - used by the European social partners to make
various recommendations to their members. These texts ensure that progress made in implementing these recommendations will be monitored
and assessed regularly, to ensure they have a real impact. Such texts
can be useful in areas where legislation would not be the best solution
and they can also help spread good practice and promote mutual learning. Most commonly these are action frameworks, codes of conduct
and guidelines.
• Information tools – this category include texts which contribute to the
exchange of information, used by the European social partners either to
inform the European Union institutions and/or national governments or
to explain the implications of European Union policies to their national
members. These texts do not entail any implantation or follow-up. This
category includes joint opinions, declarations, manuals, etc.
• Procedural texts - these lay down the rules for bilateral dialogue between
parties, especially the internal rules of procedure of the social dialogue
committees.
• Follow up reports - used by the social partners assess the progress made
in implementing the process oriented texts, in particular at national level.
18
ments concluded by the European social partners will be legally binding once
implemented.
The implementation can take one of the following forms:
• Either the European social partners can ask the European Council to adopt a
decision (in practice, this is a directive, proposed by the European Commission). In this way, the agreement becomes part of European Union law.
• Social partners can make their national member organizations responsible for implementing the agreement in line with the relevant national procedures and practices. These are known as “autonomous agreements”.
This procedure applies to both cross industry and social dialogue.
Autonomous social dialogue
Besides the process of consultation and negotiation provided for by the
Treaty, there is also a process of autonomous social dialogue. This means
the initiatives developed independently by the European social partners without consulting with the European Commission firs. In their Declaration at
the European Union summit in Laeken in December 2001, social partners
called for more autonomy in social dialogue.
Another indication of the development of social dialogue towards more autonomy is the growing tendency to adopt a “new generation texts”, which are
characterized by the fact that the European social partners make recommendations to their members and that they commit themselves to ensure that
these recommendations are implemented at nationally level. The main types
of such texts are action frameworks, codes of conduct and guidelines.
Finally, the increasing autonomy of European Union social dialogue has
resulted in the signature of several autonomous agreements (for example,
on teleworking in 2002 and stress at work in 2004), which are implemented
by the social partners themselves.
Results of bilateral social dialogue
Consultations between the European social partners generate five broad
types of documents:
• Agreements - agreements and framework agreements adopted by the
social partners are legally binding. They establish minimum standards
and assume the implementation of certain commitments to a deadline,
in line with Article 139 of the European Community Treaty.
17
3.- Bipartite Social Dialogue at European level
The bipartite social dialogue, also known as “Val Duchesse”, takes the
form of consultations between employers’ and trade-union organizations at
European level. Consisting of formal consultations, exchanges of view and
negotiations, bilateral social dialogue can take place either on a cross-industry or sectoral basis. The role of European Commission is that of a mediator
and a facilitator4.
The European social partners meet mainly in social dialogue committees.
These take place regularly and adopt the results of the consultations. As
well as the main social dialogue committee, set up in 1992, there are currently 33 other committees for different sectors. The committees can set
up working groups to look into specific issues. They can also decide to open
negotiations, which take place in special meetings set up specifically for that
purpose.
The mechanism of Articles 138 and 139 of the EC Treaty
Consultation between management and labour at European level is clearly
enshrined in the European Union’s founding treaty (Articles 138 and 139 of
the European Community Treaty).
Article 138 of the EC Treaty envisages the obligatory consultation of social
partners on all matters of social policy laid down in Article 137. The consultation process has two stages:
• Before submitting proposals for new social policy legislation, the Commission has to consult workers and employers on the possible direction
of European Union action.
• If the European Commission then considers European Union action advisable, it must then consult workers and employers on the content of its
planned proposal.
After the second stage, the European social partners can inform the European Commission that they wish to open negotiations and start the process
laid down in Article 139.
Article 139 addresses the negotiations through which the European social
partners can conclude agreements on social policy. In this way, employers
and workers have the opportunity to conclude agreements at European level. Negotiations cannot exceed nine months unless the European social
partners and the European Commission jointly decide to extend it. Any agree4 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/bipartite_en.htm
16
essential tool at the disposal of governments in fulfilling their responsibilities
towards social issues.
Convention No.150 lists the following as necessary for a national labour
administration system to function effectively:
• a coherent national labour policy;
• a co-ordinated system of competent bodies;
• an institutional structure integrating the active participation of workers,
employers and their respective organizations; and
• adequate human, financial and other resources for the provision of effective and efficient services.
Assistance in the development and improvement of national labour administration systems has always been part of the International Labour
Organization’s main technical cooperation activities.
Among the services offered to member Countries in this area are:
• assessments and support for strengthening institutional organization
and management;
• comparative information on labour administration systems, examples of
“good practices” and publications; and
• assistance in strengthening the influence of labour administrations on
national economic and social policy.
15
pport with the International Organization of Employers, which groups the vast
majority of national employers’ organizations around the world.
The Bureau operates from headquarters in Geneva through a network
of employers’ organization specialists in multi-disciplinary advisory teams
around the world. Its tasks are to make the resources of the International
Labour Organization available to employers’ organizations, and to keep the
International Labour Organization constantly aware of their views, concerns
and priorities. It promotes international cooperation amongst employers’ organizations, and runs a programme of activities around the world.
The Bureau also runs a programme of technical cooperation which provides
development assistance to employers’ organizations in developing countries and
countries in transition to a market economy. This work is mostly done through
projects financed by the development assistance funds of donor countries.
b) Workers
Workers and their organizations play a vital role in social dialogue. In this
sense, certain basic conditions have to be present - freedom of association
and the right to bargain collectively.
Social dialogue is a valuable means of protecting and promoting the interests of workers by extending democracy and human dignity to the workplace.
It is also a well-tested instrument for managing social and economic change
while maintaining consensus and stability in society.
Through social dialogue and collective bargaining, workers and their organizations improve their working conditions and wages, and, in many instances, have successfully expanded the scope of collective bargaining to include
questions of workers protection such as safety and health at the workplace
and social security schemes, workers’ education and training, and even the
participation of workers in the management of enterprises.
Trade union organizations at local, national, regional and international levels are the major means by which workers participate in social dialogue and
as such serve as indispensable instruments for working people to improve
their quality of life and to promote equitable and sustainable development of
the society as a whole.
c) Labour Administration
Mentioned expressions apply to “public administration activities in the field
of national labour policy” according to Convention Nº 150 (1978). It is an
14
2.- What is Social Dialogue?
Social dialogue plays a key role promoting opportunities for women and
men to obtain decent and productive work in conditions of freedom, equality,
security and human dignity3.
Social dialogue is defined by the International Labour Organization to include all types of negotiation, consultation or simply exchange of information
between, or among, representatives of governments, employers and workers,
on issues of common interest relating to economic and social policy.
It can exist as a tripartite process, with the government as an official party
to the dialogue or it may consist of bipartite relations only between labour
and management (or trade unions and employers’ organizations), with or without indirect government involvement.
Concertation can be informal or institutionalized, and often it is a combination of the two. It can take place at the national, regional or at enterprise
level. It can be inter-professional, sectoral or a combination of all of these.
The main goal of social dialogue itself is to promote consensus building and
democratic involvement among the main stakeholders in the world of work.
Successful social dialogue structures and processes have the potential to
resolve important economic and social issues, encourage good governance, advance social and industrial peace and stability and boost economic progress.
a) Employers
Employers’ organizations play an important role in helping society to set
the conditions necessary to achieve employment and living standards objectives, because they express the needs of enterprises in a way that no other
agency could.
Employers’ organizations help to enhance enterprise success by influencing the environment in which they do business, and by providing services
that improve their individual performance.
Employers’ organizations are one of the three constituents of the International Labour Organization. The ILO’s Bureau for Employers’ Activities is responsible for the nurturing and development of that relationship. The Bureau
maintains close contacts with employers’ organizations in all the member
Countries of the ILO, and provides support to them. It also works in close ra3 http://www.ilo.org/public/english/dialogue/index.htm
13
4. On the occasion of such consultation, management and labour may
inform the Commission of their wish to initiate the process provided for
in Article 139. The duration of the procedure shall not exceed nine months, unless the management and labour concerned and the Commission
decide jointly to extend it”.
“Article 139”:
1. Should management and labour so desire, the dialogue between them at
Community level may lead to contractual relations, including agreements.
2. Agreements concluded at Community level shall be implemented either
in accordance with the procedures and practices specific to management
and labour and the Member States or at the joint request of the signatory
parties, by a Council decision on a proposal from the Commission”.
12
1.- Introduction
Social dialogue is a unique and indispensable component of the European
social model. It refers to the discussions, consultations, negotiations and joint
actions undertaken by the social partner organisations representing the two
sides of industry (employers-management and employees-labour)1.
At European level, social dialogue takes two main forms - a bipartite dialogue
between the employers and trade union organizations, and a tripartite dialogue
involving interaction between the social partners and the public authorities.
European social dialogue has resulted in a variety of outcomes, including
the adoption of over three hundred joint texts by the European social partners, combining the values of responsibility, solidarity and participation, European social dialogue complements the national practices of Social Dialogue
which exist in most Member States.
Furthermore, it is the essential means by which the social partners assist
in the definition of European social standards, and play a vital role in the
governance of the Union. European-level social dialogue has received strong
institutional recognition in the European Community Treaty.
Institutional recognition of the European Social Dialogue
Articles 138 and 139 of the European Community Treaty give the European
social dialogue a specific role in the process of European integration2:
“Article 138”:
1. The Commission shall have the task of promoting the consultation of
management and labour at Community level and shall take any relevant
measure to facilitate their dialogue by ensuring balanced support for
the parties.
2. To this end, before submitting proposals in the social policy field, the
Commission shall consult management and labour on the possible direction of Community action.
3. If, after such consultation, the Commission considers Community action
advisable, it shall consult management and labour on the content of the
envisaged proposal. Management and labour shall forward to the Commission an opinion or, where appropriate, a recommendation.
1 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/index_en.htm
2 http://ec.europa.eu/employment_social/social_dialogue/recognition_en.htm
11
ropean Centre for Workers´ Questions (EZA), H+D takes part in the European
Commission´s Adult Training Program in order to strengthen the participation
of workers in a European social dialogue.
With this in mind, we maintain a history of study and reflection on the mobility of
workers, paying special attention to immigrant workers from third-world countries
in the European Union. Our most recent effort has focused on instilling European
social values, especially the values of social dialogue, in these new workers.
“Training of Social Agents within the Field of Social Integration in the Workplace,”
(07-03-08) a project co-financed by the European Commission, in cooperation with
EZA has allowed us to organize the “Seventh Symposium on Migration,” aimed at
the training of social agents for the labour integration of immigrants. Through workshops, conferences, and round tables we identified and formed a group of people
to collaborate on a better inclusion of labour of the collective immigrant workers.
The intention was that these individuals might be agents for the promotion
of the determined social skills to further promote the participation of the
immigrant workers in the structure and channels of participation that the
European model offers workers.
The publication on the following pages is a brief informative effort to bring
the concepts of the European social dialogue to the group of immigrant workers representatives with the intention of enhancing the access disadvantaged groups have to the channels of participation.
Strengthening this participation is the belief that the integration of immigrants in those social processes will facilitate the fight against labour discrimination and will promote a better understanding the labour rights of the
group of workers in such uncertain conditions.
The distribution of the book will be realized through EZA, but also through
collaboration with local and regional public institutions, like immigrant associations and those working with immigrants.
This presentation concludes expressing sincere gratitude to European
Commission for the financial support of this project and so to European Centre for workers’ Questions (EZA) for a compromise with European workers and
Immigrant workers in the field of social education and training.
Finally, thanks to José Luis Fernández Santillana, Union Sindical Obrera
(USO) for his contribution to the book with a brilliant epilogue, and to Antonio
Cayarga Rodriguez for his invaluable assistance in the compilation, revision,
and correction of the texts.
Jesús Eloy Bedoya Chocán
10
Presentation
Social dialogue is a tool for social cohesion. Spain, a democratic and social
state, under the Constitution of 1978, has adopted, in some manner, the
European model of consultation to ensure workers participate directly in the
social order, beyond the recognition of political rights.
Social agreement is a game involving the representation of interested parties in
the economic relations field associated to labour issues. Workers find a form of
relating and interacting with other economic agents, who own means of production,
enabling the promotion a basic consensus in the design and operations of economic
institutions, safeguarding social peace and general prosperity of society as a whole.
Social partners, along with national authorities, have taken on the global
dimensions of modern economic processes and in regards to the development of the European Communities, now the European Union, have found
help through social dialogue.
The European Commission´s Directorate-General for Employment, Social
Affairs and Equal Opportunities maintains a close relationship with a wide
variety of social agents to explore the most appropriate measures to create
more and better jobs, in order to achieve greater social inclusion y sustain an
equal opportunity society.
The European institutions have a vital responsibility in the mission for social dialogue as a strengthening mechanism for social cohesion and actively
collaborate in the advancement of economic policy. Also, beyond the social
agents and representatives for the workers and businessmen, there is also
a channel for communication and consultation with the non-governmental
organizations regarding the formulation of employee policies, social affairs,
and equal opportunity.
The European Centre for Workers´ Questions (Europäisches Zentrum für
Arbeitnehmerfragen, EZA) is a non-governmental organization working to promote social dialogue at a European level. EZA constitutes of a network of
over 60 organizations from over 20 European countries with an interest in
social, political, cultural, and employee training activities.
EZA aims to enhance the European socio-economic development promoting social dialogue and studies related to labour issues. It has a special
commitment to worker training and the support of training for the most disadvantage groups as means for social cohesion en Europe.
H+D, as a non-governmental organization for sustainable development, participates in this field of social consultation. In close collaboration with the Eu-
9
Contributions from Eloy Bedoya, as the effective coordinator and compiler,
and José Luis Fernández Santillana, enrich the contents of this book. Both of
whom are committed in their daily work to the support of social development
and the dignity of workers. I have only compliments for them.
I would also like to express our gratitude to the European Centre for Workers´ Questions (EZA), whose support has been essential for this publication.
H+D has been for many years, an active member of EZA, which brings together social organizations from several European countries.
We trust that this book will be an effective tool for the reader.
Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca
President of H+D
8
Preface
This book will serve as a useful tool for those interested in two current related issues: immigration and social dialogue. Or rather: the importance social
dialogue can have for immigrants in Spain and how useful it is for employees
and their leaders to be aware of labour rights at a European level.
Immigration has meant, for Spain and for much of Europe, a historical
change in the trends of centuries. In fact, since the 15th century extremely
difficult conditions in Europe (hunger, epidemics, wars) led to a large part of
the European population leaving in search of other places to live, however
remote they might have been.
For centuries Europeans (Spanish, Italian, German, English, Irish, Polish,
Greek…) emigrated in their millions to the four corners of the earth where
new lands offered better living conditions, better natural resources and better
opportunities for the future.
In recent decades this trend has been reversed: people are coming into
Europe from the rest of the world. Undoubtedly it goes without saying; on the
whole, something is working well in Europe, compared to previous centuries.
There are clear political factors, among which, I would like to emphasize
the process of European integration, the fall of The Berlin Wall, the end of
totalitarianism, the extension of individual freedoms and the daily exercise of
human rights. All this, in addition, has produced huge economic development
and widespread economic welfare.
As result of all these processes, social reality has changed, demanding our
constant attention to phenomena that happen as much in Spain, as in the
European and international context.
Immigration towards Europe, in this new stage of History, has meant the
arrival to Spain of five million people within a few years: something that had
previously never existed on such a proportion
With the vocation of making a contribution to the extension of human rights
and strengthening a peaceful and harmonious coexistence, H+D has drafted
this publication, which brings together some useful Spanish and European
references.
7
Speech by José Luis Fernández Santillana, Confederation Secretary of Unión Sindical Obrera
(USO).
Speech by José Luis Fernández Santillana, Confederation Secretary of Unión Sindical Obrera
(USO).
Participants at the sessions on Saturday, 7th,
in the morning.
Audiovisual panel by Pablo Gómez Tavira, Director
of Immigration, Comunidad de Madrid.
Rafael Rodríguez-Ponga, President of H+D, at the
sessions on Saturday, 7th, in the morning.
Rafael Rodríguez-Ponga, President of H+D and
Agustín Díaz de Mera, Member of European Parliament, talking to participants.
Index
Preface.............................................................................................. 7
Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca, H+D President
Presentation ..................................................................................... 9
Jesús Eloy Bedoya Chocán, Head of Department of H+D. Compilation
1. - Introduction........................................................................... 11
2. - What is Social Dialogue?......................................................... 13
3. - Bipartite Social Dialogue at European level. .............................. 16
4. - Tripartite Social Concertation at European level......................... 19
5. - Cross-industry Social Dialogue................................................. 21
6. - Sectoral Social Dialogue.......................................................... 23
7. - Social Dialogue at Company Level. ........................................... 24
8. - European social dialogue: a force for innovation and change. ..... 26
9. - Non-governmental organizations............................................... 32
10. - Basic labour rights for immigrants............................................ 33
Epilogue.......................................................................................... 36
José Luis Fernández Santillana, Unión Sindical Obrera (USO)
H+D was founded in 1977 and initiated its activity one year later. During its
first stage contributed decisively to the Spanish democratic process and to
the consolidation of our system of freedoms. Nowadays it is working for the
eradication of poverty in the world, with a conception of international development cooperation inspired by the values of freedom, democracy, tolerance
and Christian humanism.
H+D focuses on integrated development projects, paying particular attention to education, health, housing and potable water. As general criteria, provides a preferential approach in favour of the strengthening of the institutions
and organizations, both public administrations and the civil society. It works
for equal opportunities and non discrimination of persons, over all for gender
reasons.
A special relevance has also the link between cooperation to the development and migratory issues, as well as the social awareness of solidarity
values.
Edited by
H+D, Fundación Humanismo y Democracia
Plaza de las Cortes, 4, 4º Dcha. 28014 Madrid
Tf 91 435 06 29. Fx 91 435 10 57
[email protected]
www.hmasd.org
Project: 07-03-08-SE (UE/EZA)
© This edition: Fundación Humanismo y Democracia.
© The texts: The authors.
Any form of reproduction, distribution, public communication or transformation of this work, can
be done only by the authorization of its holders, except where exempted by law. If you need any
copy or scan of this work, please go to CEDRO (Centro Español de Derechos Reprográficos, www.
cedro.org).
This publication is part of the Project “Multipliers’ Training for Labour Integration of Immigrant Workers (07-03-08-SE)”, financed by the European Commission with the European Centre for workers’
Questions (EZA) in the field of worker’ education for the European Social Dialogue.
Design and layout: Jaime Fernández Carbonell
Printed: Imprenta Las Vegas
ISBN-13: 978-84-693-1113-4
D.L. M-34361-2009
Impreso en España – Printed in Spain
EUROPEAN SOCIAL
DIALOGUE:
Training multipliers for the labour
market integration of inmigrants
JESÚS ELOY BEDOYA CHOCÁN, (Supervisor)
Preface: RAFAEL RODRÍGUEZ-PONGA Y SALAMANCA
MADRID 2009
H+D PARA EL DESARROLLO COLLECTION, Nº 3
EUROPEAN SOCIAL
DIALOGUE:
Training multipliers for the labour
market integration of inmigrants
JESÚS ELOY BEDOYA CHOCÁN (Supervisor)
Preface
Rafael Rodrguez-Ponga y Salamanca
Epilogue
Jos Luis Fernndez Santillana