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PROGRAMA INTEGRAL PARA EL CONTROL DEL CÁNCER EN CUBA Manual de Procedimientos del Registro Nacional de Cáncer 2010 Ministerio de Salud Pública PROGRAMA INTEGRAL PARA EL CONTROL DEL CÁNCER EN CUBA Manual de Procedimientos del Registro Nacional de Cáncer 2010 Ministerio de Salud Pública © Unidad Nacional para el Control del Cáncer, 2010 © Sobre la presente edición: Editorial Ciencias Médicas, 2010 EDICIÓN Y CORRECCION: María Pacheco Gola DISEÑO INTERIOR Y CUBIERTA: Abel Monzón Alemany ISBN 978-958-212-642-8 Editorial de Ciencias Médicas Centro Nacional de Información de Ciencias Médicas Calle 23 No. 117 e/ N y O, Edificio Soto, 2do piso. Plaza Ciudad de La Habana CP: 10400, Cuba. Correo electrónico: [email protected] Teléfonos: 838 3375/ 832 5338 AUTORES MSc.Yaima Haydeé Galán Alvarez Dra. Mariela García Jordán Dra. Priscila Torres Babie Dra CM. Leticia Maria Fernández Garrote Tec. Marta Lezcano Cecili Tec. Susana Grueiro Fernández Tec. Yinet Iglesias Ventura Tec. Yanisleydis Almelo Siles Tec. Gloria Milian Tec. Ileana García Baez Tec. Eduardo Pérez Martínez COLABORADORES Dra. Teresa Romero Pérez Dra. Gisela Abreu Ruiz Dra Walkiria Bermejo Bencomo Dr. Abel Nicolás Monzón Fernández programa integral para el control de cancer en cuba 6 Índice Introducción / 9 Definición del Registro Nacional de Cáncer / 10 Objetivos / 10 Procedimientos Cáncer / 11 administrativos del Registro Nacional de I- Aspectos éticos y de confidencialidad de los datos / 11 Normas para el proceso de recolección de la información / 12 Normas para el proceso de introducción de datos / 13 Normas para el almacenamiento y transferencia de datos / 13 Normas para el uso de los datos del registro / 14 II- Obligatoriedad del reporte / 15 III.- Definición de caso / 15 Casos registrables / 15 Otras definiciones / 15 Tumor primario múltiple /17 IV.- Fuentes de Información / 19 V.- Procedimientos para la recogida y procesamiento de datos en todas las Unidades hospitalarias del Sistema Nacional de Salud donde se diagnostiquen o traten pacientes que cumplan con la definición de caso del RNC / 19 VI.- Procedimientos a seguir para la recogida, procesamien- to y control de datos en todas las unidades de la Primaria de Salud (APS) cientes que cumplan con la definición de caso del Nacional de Atención donde se diagnóstiquen o traten pa- Cáncer / 24 Registro VII. Procedimientos y responsabilidades del Coordinador para / 26 el control del cancer en el policlínico VIII.- Procedimientos para la recogida y procesamiento de datos en los departamentos de estadística de la Dirección Provincial IX.- Procedimientos de Cáncer / 29 de la Oficina Central X..- Procedimientos MINSAP / 31 de la Dirección Nacional XI.- Procedimientos para el información del RNC / 31 XII. Procedimientos del de Estadísticas XV. Cáncer en la ANEXOS / 47 del control de la oportunidad y la calidad de la para la búsqueda de los datos diagnósticos de los XIII. Procedimientos y Salud / 27 Registro Nacional casos notificados solo por certificado de defunción XIV. Estructura de / 36 para realizar las supervisiones periódicas Responsabilidades / 43 Infancia / 46 / 37 Introducción Para poder conocer la magnitud del problema cáncer en el país se creó en Cuba, en 1964, el Registro Nacional de Cáncer (RNC). Este es un registro de base poblacional y de alcance nacional que se encarga de recolectar, procesar y analizar datos de todos los pacientes cubanos, residentes en el país, que se diagnostican de cáncer. Durante sus primeros años el RNC utilizaba métodos manuales y mecanizados para el tratamiento de la información pero en 1986 se realizaron cambios desde el punto de vista de la organización, procesamiento y validación de la información lo que contribuyó a un incremento de la calidad de los datos. En ese momento se estableció el reporte obligatorio de todo caso de cáncer diagnosticado en el país mediante la resolución ministerial 6 de 1986, se introdujo un nuevo modelo de recogida de datos y se definieron los procedimientos administrativos del registro. A partir de 1994 se descentralizó el RNC en las catorce provincias y el municipio especial de la Isla de la Juventud acorde a la división político administrativa vigente en el país. En el año 2000 se redactaron las normas de confidencialidad de los datos del RNC y desde el 2007 se comenzó el proceso de perfeccionamiento del sistema de información del RNC a través de la implementación de la 3ra edición de la Clasificación Internacional de Enfermedades para Oncología, la introducción de un nuevo software para el manejo de los datos, un nuevo modelo para la recogida de información y el aumento de los entrenamientos en métodos y procedimientos de los registros de cáncer a profesionales y técnicos. Como consecuencia de todo este proceso y con el propósito de continuar mejorando la calidad de los datos de este sistema de información se hizo necesaria la actualización de los procedimientos normalizados del RNC. En este manual se describen los procedimientos que utiliza el Registro Nacional de Cáncer de Cuba en todos los niveles de atención, las diferentes fuentes de información, los procedimientos para el control de la calidad, para la búsqueda de los casos reportados solo por certificado de defunción y para las visitas sistemáticas a las unidades informantes. Se incluyen las normas de confidencialidad de los datos y los modelos para la recogida y solicitud de información. Es nuestro propósito que este manual sirva de instrumento de trabajo diario y como herramienta para el control del cumplimiento de los mismos. 9 programa integral para el control de cancer en cuba Definición del Registro Nacional de Cáncer El Registro Nacional de Cáncer es, dentro del sistema nacional de información estadística del Ministerio de Salud Pública de Cuba, el que se encarga de recolectar, almacenar, procesar y analizar la información sobre todos los casos de cáncer que se diagnostican cada año en Cuba. Es la responsable de producir estadísticas sobre la incidencia del cáncer en Cuba y de evaluarel impacto de la enfermedad en la comunidad. Además, con la información recolectada permite la planificación de los recursos humanos y materiales para la prevención, el diagnóstico y el tratamiento del cáncer. Es la base de la investigación clínica y epidemiológica para identificar causas del cáncer, para el desarrollo de estrategias de intervención y para el diseño de acciones de control de cáncer. Objetivos Objetivo principal: Describir la magnitud del cáncer como problema de salud en Cuba. Objetivos específicos: - Emitir las frecuencias y las tasas de incidencia específicas por edad y sexo para cada localización topográfica y morfológica, además de las tasas ajustadas para Cuba y cada una de las provincias y municipios. - Estimar las cifras de supervivencia poblacional por cáncer - Emitir frecuencias absolutas y relativas para cada localización según etapas clínicas al diagnóstico, provincia y unidad informante, base más válida para el diagnóstico y otras variables de interés. - Calcular los indicadores de calidad de los datos por provincia y localización. Además, el RNC contribuye con la información que brinda a: - la investigación clínica y epidemiológica sobre el cáncer - la planificación y evaluación de los programas de prevención, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad. - la planificación de los recursos materiales y humanos para la atención al paciente oncológico. 10 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER I.Aspectos éticos y de confidencialidad de los datos 1.1 Principios generales: Información confidencial: se considera confidencial todos los datos provenientes de cualquiera de las fuentes de información establecidas en los procedimientos del RNC. En particular la recogida en el modelo 68-02-01 (Reporte de Cáncer), fundamentalmente: nombre y apellido, número del carné de identidad, dirección particular, diagnóstico histológico y topográfico, TNM, etapa clínica, tratamiento y nombre del médico informante. Además, se considera confidencial la información almacenada en formato electrónico (disquetes, discos compactos y computadoras personales). El mantenimiento de la confidencialidad de los datos de identidad a cargo del Registro de Cáncer incluye toda aquella información proporcionada al registro como parte de su rutina operacional o para proyectos de investigación. Ejemplo, censos, certificados de defunción, registro de biopsias, listado de individuos incluidos en los programas de pesquizaje, etc. Acceso físico a la información del Registro: Las oficinas donde están ubicados, temporal o definitivamente, la información confidencial del registro se mantendrán con cerraduras adecuadas y solo tendrán acceso el personal previamente autorizado por el jefe Personas con acceso a la información del Registro: deberá definirse quienes son los profesionales y técnicos que tendrán acceso a la información y el nivel de acceso correspondiente, los cuales deberán firmar el acuerdo de confidencialidad de los datos. Personas con acceso a datos confidenciales: son todas aquellas que participan directamente en el proceso de recolección, procesamiento y análisis de los datos. En particular, los profesionales que trabajan en cualquier nivel del RNC tendrán acceso a la información confidencial de acuerdo a las tareas de su plan de trabajo previa autorización del jefe. Otros investigadores o especialistas que necesiten tener acceso a la información deberán realizar la solicitud por escrito y ser autorizados de igual forma. Responsabilidad: Es una obligación del personal que trabaja en cualquiera de las estructuras del RNC de Cuba conocer y cumplir las normas de confidencialidad de la información. El mismo deberá firmar un documento escrito como constancia de la responsabilidad individual. El Jefe del RNC y los Jefes de los Departamentos de Estadística de cada provincia son los máximos responsables del cumplimiento de estas normas. 11 programa integral para el control de cancer en cuba 1.2 Normas de confidencialidad en el proceso de recolección de la información 1.2.1 La persona con acceso a datos confidenciales es responsable de mantener la confidencialidad no sólo de los datos identificables que pueden recogerse de personas con cáncer, sino de otras informaciones que pueden leer o escuchar en la fuente primaria. 1.2.2 En el hospital • El médico que diagnostique o trate a un paciente con cáncer debe confeccionar el reporte de cáncer, según lo normado en el manual de procedimientos (acápite V) y mantener la confidencialidad de esta información. • Toda la información será recibida, revisada y procesada por un técnico del departamento de estadística del hospital designado para esta tarea, según lo normado en este manual (acápites IV y V). • Solamente tendrán acceso al tarjetero de los casos reportados de cáncer (MOD 6849-01) el personal de estadística autorizado. • Los reportes se enviarán a la dirección provincial de salud en sobres cerrados. • Para la transmisión electrónica de la información ver lo descrito en el punto 1.4 1.2.3 En la Dirección Provincial de Salud Pública: • Los modelos de reporte de cáncer recibidos en sobres cerrados y que fueron enviados por los hospitales serán guardados en un lugar seguro y con acceso limitado. • Después de cumplir con los procedimientos establecidos para este nivel, los modelos 68-02-01 serán enviados a las Oficinas Centrales del RNC en sobres cerrados. • Solamente tendrán acceso a los modelos de reporte de cáncer el oncólogo responsable del Registro provincial y el personal de estadística autorizado • Para la transmisión electrónica de la información ver lo descrito en el punto 1.4. 1.2.4 En las Oficinas Centrales del RNC • Los modelos de reporte de cáncer recibidos en sobres cerrados y que fueron enviados por los departamentos de estadísticas de las Direcciones Provinciales de Salud serán guardados en un lugar seguro y con acceso limitado. • Después de cumplir con los procedimientos establecidos para este nivel, los modelos 68-02-01 de todo el país serán archivados en un local de las Oficinas Centrales del RNC de Cuba, en sobres cerrados, con cerradura adecuada en la puerta. • En la puerta de acceso a dicho local se colocará un letrero de ACCESO RESTRINGIDO con los nombres de las personas autorizas a acceder a la información. Para la transmisión electrónica de la información ver lo descrito en el punto 1.4. 12 manual de procedimientos del registro nacional de cancer • Datos incompletos. Cuando sea necesario para el registro solicitar una información confidencial, adicional o faltante, a la fuente proveedora se hará una solicitud por escrito con el código de la identificación de los individuos. 1.3 Normas para el proceso de introducción de datos 1.3.1 El sistema automatizado para la introducción de los datos del Registro de Cáncer será único en todo el país. Cualquier cambio deberá ser aprobado por el Grupo Técnico Asesor del Registro Nacional de Cáncer. 1.3.2 El acceso a la base de datos tendrá diferentes claves por niveles para garantizar que solo el personal del registro que ha sido autorizado pueda acceder a la información. 1.3.3 Las computadoras que se utilizan para la introducción y procesamiento de los datos al registro se mantendrán, de ser posible en una habitación aparte, con acceso restringido para lo cual se establecerán nombres de usuarios y claves que no aparezcan en pantalla cuando se tecleen. Se cambiará la clave de acceso a cortos intervalos de tiempos ó según necesidad. 1.3.4 El personal técnico que introducirá los datos deberá estar acreditado como REGISTRADOR según lo establecido en este manual (ver anexos) y previamente entrenado en el sistema automatizado que esté en uso. 1.3.5 El envío de la información por el correo electrónico o en disquetes se hará siempre en formato compactado de acuerdo a lo establecido en el punto 1.4. 1.4 Normas para el almacenamiento y transferencia de datos 1.4.1 Se deberán tomar todas las medidas que garanticen, de la manera más segura posible, el almacenamiento de datos en papel, en la computadora, soporte magnético y su transporte o transmisión por personal del Registro en cualquiera de estos formatos. Estas medidas incluyen la definición de quienes tienen acceso a los locales del Registro y quienes tienen acceso al lugar donde se guardan los modelos originales con la información confidencial. Esto deberá estar por escrito en la puerta de acceso al local y archivado en la documentación del Registro. 1.4.2 Los documentos deben ser trasladados en sobres sellados y las computadoras donde se guardan las bases de datos deben estar protegidas por claves. 13 programa integral para el control de cancer en cuba 1.4.3 El envío de las listas con nombres u otros datos identificables estarán vinculadas por un código único de identificación que le permitirá a la persona autorizada reconstruir la información. 1.4.4 La base de datos se deberá salvar diariamente en disquetes y semanalmente en discos compactos para evitar pérdidas. 1.4.5 Las copias se deben almacenar bajo llave y tener una copia extra en un lugar seguro, bajo la custodia del Jefe del departamento. 1.4.6 Todos los reportes de cáncer deberán ser escaneados y guardados en un disco compacto, antes de ser enviados a la Oficina Central del Registro Nacional de Cáncer. 1.5 Normas para el uso de los datos del Registro 1.5.1 La solicitud de datos confidenciales deberá ser por escrito y aprobada por el jefe del departamento de estadísticas del hospital, de la provincia o de la Oficina Central según corresponda. 1.5.2 La solicitud, siempre por escrito, de la información confidencial deberá incluir: a. El objetivo exacto para el que se necesitan los datos. b. El tipo de información que se precisa. c. Nombre y responsabilidad de la persona que tendrá acceso a los datos y el compromiso individual de guardar la confidencialidad de la información que se le entrega. 1.5.3 El registro de cáncer no entregará información a particulares. 14 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER II. Obligatoriedad del Reporte 2.1 Tendrá carácter obligatorio confeccionar el reporte a todos los casos con diagnóstico de cáncer que sean diagnosticado y/o tratado en cualquier unidad hospitalaria u otra unidad del Sistema Nacional de Salud que posea los medios diagnósticos necesarios y el personal debidamente entrenado para estos fines, así como en las unidades asistenciales vinculadas a otros organismos (MINFAR, MININT). 2.2 Tendrá carácter obligatorio el cumplimiento de las normas de confidencialidad de los datos. III. Definición de caso Todo cáncer primario diagnosticado a partir de enero de 1964 (invasivo ó in situ) ó metastásico sin primario conocido, diagnosticado por primera vez y los tumores de naturaleza incierta tales como los de vías urinarias, los del sistema nervioso y los tumores carcinoides. A partir del año 2007 deberán reportarse los NIC III (Neoplasia intraepitelial escamosa, grado III) para ano (NIA), cervix (NIC), vulva (NIV) y vagina (NIVA). Se incluyen todos los tumores malignos invasivos, según los códigos de comportamiento 3, 6 y 9 de la Clasificación Internacional de Enfermedades para Oncología, tercera edición (CIE-O3) 3.1 Casos registrables a) Se llenará el Reporte de Cáncer a todos los tumores descritos en la definición de caso. b) Se llenará un reporte de cáncer por cada tumor primario que se diagnostique en un mismo paciente. c) Sólo se considerarán casos registrables las personas residentes en Cuba. 3.2 Otras definiciones. 3.2.1 Neoplasia Maligna / Cáncer Se refiere a un diagnóstico de cáncer por microscopia (histología, citología o autopsia), diagnóstico clínico o por investigaciones clínicas, incluyendo todas las localizaciones anatómicas y todos los tipos histológicos listados en la Clasificación Internacional de Enfermedades para Oncología (CIE-O3). 3.2.2 Neoplasia benigna del Sistema Nervioso Central Se refiere al diagnóstico de cáncer histológico ó por investigaciones clínicas, cuya topografía se clasifica como C70.0-C70.9, “meninges”, o C71.0-C71.9, “cerebro”, C72.0C72.9, “médula espinal, nervios craneales y otras partes del sistema nervioso central”, o C75.1, “glándula pituitaria/hipófisis”, o C75.2 “conducto craneofaríngeo”, o C75.3, “glándula pineal/epífisis”, u otras localizaciones anatómicamente relacionadas, y cuyo comportamiento se clasifica como “/0: neoplasia benigna, o “/1: neoplasia de comportamiento incierto o desconocido. 15 programa integral para el control de cancer en cuba 3.2.3 Tumor mixto Se refiere a una neoformación constituida por más de un tejido neoplásico. Por ejemplo: fibromixosarcoma (mixofibrosarcoma), ambos términos son sinónimos y únicamente están invertidos los prefijos, adenocarcinoma papilar y folicular, carcinoma basoescamocelular mixto, carcinoma epidermoide de células transicionales. Ante estos diagnósticos se confeccionará un solo reporte de cáncer. 3.2.4 Tumor maligno multicéntrico o sistémico Son aquellos cánceres que comprometen potencialmente varios órganos discretos. Comprenden cuatro grupos: leucemias, linfomas, sarcoma de Kaposi y los mesoteliomas. Solo se confeccionará un reporte de cáncer por paciente ante cada uno de estos diagnósticos, pues se cuentan una sola vez. 3.2.5 Tumor maligno multifocal Es el tumor con más de un foco de crecimiento. Son masas discretas de la misma histología que no presentan continuidad entre sí en la misma localización y que se cuentan como un solo tumor. En estos casos se confeccionará un solo reporte de cáncer por cada paciente. Por ejemplo: en la vejiga urinaria el carcinoma transicional (8120/3) y en la piel el carcinoma superficial multifocal de células basales (8091/3) Los tumores multifocales pueden ser sincrónicos o metacrónicos. a) Tumor maligno multifocal sincrónico: Es el tumor con la misma histología diagnosticada al mismo tiempo que otro. Si esto ocurre en dos sublocalizaciones diferentes, se considera un tumor único, se codifica con el cuarto dígito topográfico igual a 8 (tumor de sitios contiguos) y se debe confeccionar un solo reporte de cáncer. Ejemplo: si un paciente es diagnosticado de un Adenocarcinoma de colon transverso (C18.4) en el año 1998 y de un Adenocarcinoma de colon descendente (C18.6) en el año 1998, se codificará como Adenocarcinoma de colon (C18.8) que significa un Adenocarcinoma de colon multifocal sincrónico y se confecciona un solo reporte. b) Tumor maligno multifocal metacrónico:Es el mismo caso que el anterior pero en diferentes tiempos. Ejemplo: si un paciente es diagnosticado de un Adenocarcinoma de colon transverso (C18.4) en el año 1998 y de un Adenocarcinoma de colon descendente (C18.6) en el año 2000, se confeccionará un solo reporte, el correspondiente al año 1998 (C18.4) pero en el registro hospitalario en el seguimiento del paciente si se registrarán los subsitios anatómicos y se actualizará la información con el nuevo de adenocarcinoma de colon multifocal metacrónico diagnosticado. 16 manual de procedimientos del registro nacional de cancer 3.2.6 Tumor primario múltiple: Una persona puede desarrollar más de un tumor. La frecuencia de los tumores primarios múltiples en el mismo individuo a aumentado debido al incremento de las investigaciones y el seguimiento de los pacientes con cáncer, al uso de tratamientos que son cancerígenos y a la mejoría de las tasas de supervivencia. El segundo tumor puede desarrollarse en el mismo órgano o en otro lugar. Este puede ser del mismo tipo histológico o muy diferente. Puede aparecer en el mismo tiempo o estar separado por un intervalo. Cuando dos o más tumores aparecen en un mismo individuo usted debe decidir si estos canceres son: − una extensión de un cáncer primario existente. − una recurrencia de un cáncer temprano. − un nuevo cáncer. Según las recomendaciones de la Asociación Internacional de Registros de Cáncer (IACR), asumidas por el RNC, se define un “Tumor Múltiple” de acuerdo a las siguientes reglas: 1- El reconocimiento de la existencia de dos o más tumores primarios no depende del tiempo. 2- Un cáncer primario es aquel que se origina en un tejido o localización primaria y no es una extensión, recidiva o metástasis. 3- Solamente se reconocerá un tumor con origen en un órgano o par de órganos o un tejido. Para los tumores cuya localización está de acuerdo con la primera edición de la CIE-0 o la CIE-9, un órgano o tejido se define por un código topográfico de tres caracteres. Para la CIE-10, CIE-O-2 y CIE-O-3, algunos grupos de códigos se consideran que sea un órgano único con múltiples tumores. 4- La regla 3 no se aplica en dos circunstancias: a) Para canceres sistémicos o multicéntricos que comprometen potencialmente varios órganos discretos, están comprendidos en cuatro grupos histológicos: - Leucemias - Linfomas - Sarcoma de Kaposi - Mesotelioma. Estos se cuentan solamente una vez en cualquier individuo. b) Otras histologías específicas se consideran diferentes con el propósito de definir tumores múltiples CIE-O-2-3 . Así, un tumor en el mismo órgano, con una histología diferente, se cuenta como un nuevo tumor. 17 programa integral para el control de cancer en cuba Grupos de códigos topográficos de la CIE-O-2 y CIE-O-3 considerados sitios únicos en la definición de primarios múltiples: Códigos topográficos CIE-O-2-3 C-01 C-01 Base de la lengua 141 C-02 Otras y las partes especificadas de la lengua 141 C-09 Amígdala 146 C-10 Orofaringe 146 C-33 Tráquea 162 C-34 Bronquios y pulmón 162 C-37 Timo 164 C-38,0-3 Corazón y mediastino 164 C-38.8 Lesiones de sitios contiguos del corazón, del mediastino y de la pleura. 165.8 Grupos de neoplasias malignas consideradas histológicamente “diferentes” para el propósito de definir Tumores Múltiples • Carcinomas 1- Carcinomas epidermoides 2- Carcinomas basocelulares 3- Adenocarinomas 4- Otros carcinomas especificados 834, 856, 858 867 5- Carcinomas no especificados (SAI) 6- Sarcomas y tumores de tejidos blandos 913, 915-925, 937, 954-958 7- Linfomas 8- Leucemias 9- Sarcoma de Kaposi 10- Mesotelioma 11- Otros tipos de cáncer especificados M- 805- 808, 812- 813 M- 809- 811 M-814, 816, 819-822, 826-833, 835 855, 57, 894 M-803-804, 815, 817-818, 823-825, M-801, 802 M- 868-871, 880-892, 899, 904, 912, M- 959-972 M- 980-994, 995, 996, 998 M- 914 M- 905 M- 872-879, 893, 895-898, 900-903, 906-911, 926, 936, 938-953, 973-975, 976 M- 800, 997 12- Tipos de cáncer no especificados 18 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER IV. Fuentes de información Las fuentes de información para obtener los casos para reportar al RNC de Cuba son: • Registros de Anatomía Patológica (citología, biopsias y autopsias) • Registros de Laboratorio Clínico (hematología , incluyen - smears periféricos, - aspiración de médula) • Departamento de Registros Médicos (Egresos, Certificados de Defunción, Libros de admisión, Historias Clínicas.) • Otros: Listados de pacientes sometidos a tratamiento con radioterapia, quimioterapia, medicina nuclear, diagnósticos positivos por radiología, endoscopía, cirugía exploratoria, marcadores tumorales específicos, control de medicamentos oncoespecíficos en la farmacia. Las fuentes de información deben chequearse frecuentemente para obtener buena exhaustvidad en el registro, la cual se define como el grado en que todos los cánceres incidentes que aparecen en la población son incluidos en la base de datos del registro. V. Procedimientos para la recogida y procesamiento de datos en todas las Unidades Hospitalarias del Sistema Nacional de Salud donde se diagnostiquen o traten pacientes que cumplan con la definición de caso del RNC 5.1 Personal médico. 5.1.1 El médico de asistencia está en la obligación de confeccionar a cada caso que diagnostique o trate el reporte de cáncer (Mod. 68-02-01) en el momento del diagnóstico del paciente. Igualmente, le confeccionará un reporte de cáncer a todo caso que le indique tratamiento aunque haya sido diagnosticado en otro centro. 5.1.2 El llenado del Reporte de Casos de Cáncer será con letra legible, sin la utilización de abreviaturas. 5.1.3 En el caso de las lesiones seudo tumorales o tumorales de cuello de útero se confeccionará un reporte de cáncer (Mod. 68-02-01) cuando se concluya la ruta crítica para el diagnóstico histológico definitivo según lo normado en las acciones para el control del cáncer de cuello de útero en el programa. 5.1.4 El médico designado por la Dirección del centro, deberá supervisar la calidad del llenado de los reportes de cáncer, así como el cumplimiento de todos los procedimientos del registro a nivel de la unidad asistencial, lo que garantiza que el reporte llegue a estadística provincial con la calidad requerida. En caso de existir un Oncólogo en la unidad asistencial, éste será el responsable de ejecutar estas tareas. 19 programa integral para el control de cancer en cuba 5.1.5 En las consultas de dermatología el médico consultante llenará un reporte de cáncer cuando tenga el diagnostico definitivo. El carcinoma basocelular y el escamoso de la piel se reportará una vez en la vida del enfermo. Cuando sean tumores multifocales se especificará en la topografía “regiones múltiples” y se utilizará la medida de mayor diámetro para clasificar al paciente según el TNM. 5.1.6 Los médicos de los servicios que diagnostiquen casos de cáncer de mama, cuello de útero y cavidad bucal como parte de las acciones de control de cáncer para esas localizaciones deberán confeccionar un modelo de reporte de cáncer, independientemente del modelo que confeccionan como parte de dichas acciones para la detección temprana del cáncer. 5.1.7 El médico que indicó ó realizó una biopsia en el policlínico, solicitará el resultado de la misma en el departamento de estadística del policlínico y si el resultado es positivo o cumple con la definición de casos dada por el registro, confeccionará el Reporte de Cáncer. (ver acápite IV) 5.1.8 El médico deberá corregir o completar los reportes de aquellos casos que le hayan sido devueltos por tener errores u omisiones. 5.1.9 El médico deberá llenar el reporte de cáncer (MOD 68-02-01) a aquellos casos, solicitados por el departamento de estadística, que no hayan sido reportados en el momento del diagnóstico. 5.2 Departamento de Anatomía Patológica. 5.2.1 Confeccionará el modelo “Paciente Oncológico” (MOD 68-63) con los casos confirmados de cáncer por citología, biopsia o necropsia durante la semana. Deberán incluirse las pacientes con neoplasia intraepitelial cervical (NIC) III de cuello de útero, vulva, vagina y ano, así como todos los tumores del Sistema Nervioso Central, sean benignos o malignos. 5.2.2 Cada viernes, enviará al Departamento de Estadísticas del hospital el modelo “Paciente Oncológico” (MOD 68-63) por cada unidad asistencial que solicite los servicios del departamento. Esta información se le entrega a cada unidad asistencial que solicite los servicios de este departamento según convenio inter-instituciones. 5.2.3 Entregará copia de este modelo a las unidades asistenciales que hayan solicitado el servicio del departamento junto con los resultados del diagnóstico anatomopatológico. Para esto utilizará la misma vía de entrega que cuando se hizo la solicitud de la biopsia (ej. Mensajero u otro personal designado). 5.2.4 Se archivará copia de estos listados en el departamento de Anatomía Patológica. 5.2.5 Confeccionará y enviará cada viernes al Departamento de Estadísticas del hospital un modelo “Paciente Oncológico” (MOD 68-63) por cada unidad asistencial que solicite los servicios del departamento. 20 manual de procedimientos del registro nacional de cancer 5.2.6 Confeccionará el modelo “Paciente Oncológico” (MOD 68-63) con los casos confirmados de cáncer por citología, biopsia o necropsia durante la semana, el cual entregará semanalmente al departamento de estadística, separando el resultado de las biopsias indicadas en el hospital, de las biopsias indicadas en otras unidades asistenciales, como por ejemplo: los policlínicos u otros hospitales. 5.2.7 Entregará copia de este modelo a las unidades asistenciales que hayan solicitado el servicio del departamento junto con los resultados del diagnóstico anatomopatológico. Para esto utilizará la misma vía de entrega que cuando se hizo la solicitud de la biopsia (ej. Mensajero u otro personal designado). 5.2.8 Deberán incluirse en el modelo MOD 68-63 las pacientes con neoplasia intraepitelial cervical (NIC) III de cuello de útero, vulva, vagina y ano. 5.2.9 Se archivará copia de estos listados en el departamento de Anatomía Patológica. 5.3 Departamento de Laboratorio Clínico. 5.3.1 Enviará cada viernes al Departamento de Estadísticas el modelo “Paciente Oncológico” (MOD 68-63) con los casos confirmados de cáncer por métodos hematológicos durante la semana. 5.4 Departamento de Estadísticas del Hospital (técnico responsable de la actividad del registro) 5.4.1 Recibirá diariamente los reportes de cáncer (MOD 68-02-01) confeccionados por los médicos de asistencia. 5.4.2 Confeccionará un tarjetero de casos de cáncer (MOD 68-49-01) con todos los casos reportados y lo archivará por orden alfabético. 5.4.3 Recibirá cada viernes los modelos “Pacientes Oncológicos” (MOD 68-63) procedentes de anatomía patológica con los casos con diagnostico positivo de cáncer, separando los listados correspondientes a las biopsias indicadas en el hospital, de las biopsias indicadas en otras unidades asistenciales, como por ejemplo: los policlínicos u otros hospitales. 5.4.4 Enviará con el mensajero de la unidad que solicitó la biopsia, la boleta con el resultado de la misma y el modelo 68-63 al departamento de estadística de la unidad asistencial que la indicó, por ejemplo: policlínicos. 5.4.5 Recibirá cada viernes los modelos paciente oncológico (MOD 68-63) procedentes del laboratorio clínico ó de hematología. 5.4.6 Revisará cada lunes el tarjetero de egreso hospitalario y hará un listado con aquellos pacientes que tengan un diagnóstico de cáncer. Este listado deberá contener el nombre completo del paciente y el número de la historia clínica, el cual chequeará en el tarjetero de los casos reportados. De no aparecer, solicitará al médico la confección del Reporte de Cáncer y después llenará la tarjeta, que archivará en el mismo. 21 programa integral para el control de cancer en cuba 5.4.7 Comprobará quincenalmente que todos los fallecidos por cáncer, en cualquiera de las causas de la muerte, tengan confeccionada la tarjeta de paciente oncológico. En caso contrario, buscará la historia clínica y le solicitará al médico de asistencia que confeccione un reporte de cáncer (MOD 68-02-01) con los datos del momento del diagnóstico. 5.4.8 Chequeará los modelos paciente oncológico (MOD 68-63) procedentes de anatomía patológica y laboratorio clínico, así como el listado de pacientes egresados con diagnóstico de cáncer, con los casos archivados en el tarjetero control de casos de cáncer (MOD 68-49-01). En caso de que no exista la tarjeta solicitará al médico de asistencia correspondiente que confeccione el reporte de cáncer. En caso de existir la tarjeta verificará con el oncólogo ó médico de asistencia: a) si es una metástasis del tumor ya reportado, en cuyo caso no hará un nuevo reporte, b) si es un nuevo tumor primario, en cuyo caso solicitará el llenado del reporte de cáncer al médico de asistencia y lo anotará en la tarjeta en el espacio correspondiente a un segundo tumor (ver 4.1.5). Si tiene más de 2 tumores; llenará otra tarjeta y la presillará a la primera. 5.4.9 En el Modelo 68-63, se ubicará un señalamiento, al lado de cada nombre, que indique que el caso ya ha sido reportado, esto permitirá reconocer cuáles tumores están pendientes de reportar. 5.4.10 Llevará un control por servicios del total de biopsias positivas del mes y cuántas tienen el Reporte Cáncer confeccionado, lo cual se informará en el consejo de dirección por parte del Jefe del Departamento de Estadísticas, así como la cantidad de biopsias positivas provenientes de otras unidades asistenciales. 5.4.11 Guardará los modelos (MOD 68-63) durante cinco años. 5.4.12 Resulta conveniente realizar un señalamiento o marca en la carátula de la historia clínica del caso notificado, que incluya el año del diagnóstico. (ej: RNC2008, que significa que se llenó un reporte a un diagnóstico del 2008) 5.4.13 Comprobará que todos los casos con confirmación de cáncer, neoplasia intraepitelial cervical o carcinoma in situ, proveniente de los laboratorios de citodiagnóstico. 5.4.14 Enviará todos los reportes al departamento de estadísticas de la provincia en los primeros 15 días del mes siguiente al del reporte con un listado adjunto con el nombre de los casos que se envían. De no haberse reportado casos en el mes, enviará su informe de “Cero casos en el mes”. Las Instituciones Asistenciales de Subordinación Nacional, pertenecientes al nivel central del MINSAP enviarán los reportes de la misma forma pero directamente a las oficinas centrales del RNC. tengan reporte de cáncer. En caso de no estar notificado se le llenará un reporte de cáncer (MOD 68-02-01). 5.4.15 Los listados anteriores deberán ser firmados, anotando la fecha en que se reciben y archivados como constancia de la recepción de la información. 22 manual de procedimientos del registro nacional de cancer 5.4.16 Contestará los reparos solicitados por el departamento de estadísticas de la Dirección Provincial de Salud, en los 15 días siguientes a la fecha en que se recibió. Las instituciones asistenciales pertenecientes al nivel central del MINSAP realizarán el mismo procedimiento, pero sus reparos serán solicitados y deberán ser enviados directamente a las Oficinas Centrales del Registro Nacional de Cáncer. 5.4.17 Informará en la última semana del mes, a través del jefe del departamento, al Director de la unidad y al grupo multidisciplinario para atender al paciente con cáncer, el número de casos no reportados y los médicos que no llenan los reportes con la calidad requerida. 5.4.18 Elaborará un informe mensual para el Director de su unidad con los indicadores de calidad descritos en el acápite XI (Evaluación de la calidad del dato primario del Reporte de Cáncer). 5.4.19 Recibirá del departamento de estadística de la Dirección Provincial de Salud un listado con los casos notificados sólo por certificado de defunción (SCD) para la confección del reporte de los mismos. 5.4.20 Enviará los listados de casos SCD a la provincia al término del mes de haber recibido dicho listado, con los datos del diagnóstico completos. 23 PROGRAMA INTEGRAL PARA EL CONTROL DEL CÁNCER EN CUBA VI. Procedimientos a seguir para la recogida, procesamiento y control de datos en todas las Unidades de la Atención Primaria de Salud (APS) donde se diagnostiquen o traten pacientes que cumplan con la definición de caso del Registro Nacional de Cáncer 6.1 Personal médico 6.1.1 El médico de asistencia está en la obligación de confeccionar a cada caso que diagnostique o trate el reporte de cáncer (Mod. 68-02-01). 6.1.2 El llenado del Reporte de Casos de Cáncer será con letra legible, sin la utilización de abreviaturas. 6.1.3 Solicitará al departamento de estadística el listado con los casos positivos de cáncer provenientes del departamento de anatomía patológica del hospital con el que tiene establecido el convenio policlínico-hospital para este servicio a través de la vía establecida por el Director. 6.1.4 En el caso de las lesiones seudo tumorales o tumorales de cuello de útero se confeccionará un reporte de cáncer (Mod. 68-02-01) cuando se concluya la ruta crítica para el diagnóstico histológico definitivo según lo establecido para la pesquisa del cáncer de cuello de útero. Cuando existan diagnósticos histológicos diferentes entre el resultado de la biopsia por ponche y el cono, se asumirá el diagnóstico de mayor severidad. Por ejemplo, biopsia por ponche con diagnóstico de carcinoma in situ y cono con diagnostico de un NIC I (Neoplasia intraepitelial leve) se reportará como carcinoma in situ. 6.1.5 El médico coordinador para el control del cáncer en los policlínicos deberá chequear que se reporte el 100% de los casos diagnosticados, y supervisará la calidad del llenado de los reportes de cáncer, así como garantizará la corrección de los errores encontrados y el cumplimiento de todos los procedimientos del registro a nivel del policlínico. 6.1.6 En las consultas de dermatología el médico consultante llenará un reporte de cáncer cuando tenga el diagnóstico definitivo. El carcinoma basocelular y el escamoso de la piel se reportará una vez en la vida del enfermo. Cuando sean tumores multifocales se especificará en la topografía “regiones múltiples” y se utilizará el de mayor diámetro para clasificar al paciente según etapa clínica. 6.1.7 El médico deberá corregir o completar los reportes de aquellos casos que le hayan sido devueltos por tener errores u omisiones. 6.1.8 El médico deberá llenar el reporte de cáncer (MOD 68-02-01) a aquellos casos, solicitados por el departamento de estadística, que no hayan sido reportados en el momento del diagnóstico. 24 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER 6.2 Procedimientos a seguir por el Departamento de Estadísticas del Policlínico. 6.2.1 Recibirá los modelos de Reporte de Cáncer confeccionado por los médicos de asistencia. 6.2.2 Confeccionará una tarjeta de casos de cáncer (MOD 68-49-01) a todos los casos reportados y lo archivará por orden alfabético en el tarjetero control de pacientes oncológicos. 6.2.3 Actualizará el tarjetero de caso de cáncer cada vez que se notifique un caso nuevo, ya sea al archivar una tarjeta nueva o al agregar un nuevo tumor en una tarjeta de un paciente ya notificado. 6.2.4 Recibirá el listado con los casos positivos proveniente del departamento de anatomía patológica del hospital con el que tienen establecido el convenio para este servicio a través de la vía instituida por el Director. 6.2.5 Verificará si los pacientes que aparecen en el modelo paciente oncológico (MOD 68-63), procedentes de anatomía patológica, han sido reportados previamente. Para ello comprobará si existe la tarjeta en el tarjero control de casos de cáncer (MOD 68-4901) y hará una marca en el modelo de anatomía Patológica para los casos reportados. En caso de que no exista la tarjeta solicitará al médico de asistencia correspondiente que confeccione el reporte de cáncer. En caso de existir la tarjeta verificará con el oncólogo ó médico de asistencia: a) si es una metástasis del tumor ya reportado, en cuyo caso no hará un nuevo reporte, b) si es un nuevo tumor primario, en cuyo caso solicitará el llenado del reporte de cáncer al médico de asistencia y lo anotará en la tarjeta en el espacio correspondiente a un segundo tumor. (ver 4.1.5). Si tiene más de 2 tumores; llenará otra tarjeta y la presillará a la primera. 6.2.6 En el Modelo 68-63, se ubicará un señalamiento, al lado de cada nombre, que indique que el caso ya ha sido reportado, esto permitirá reconocer cuáles tumores están pendientes de reportar. 6.2.7 Guardará los modelos (MOD 68-63) durante cinco años. 6.2.8 Comprobará que todos los casos con confirmación de cáncer, neoplasia intraepitelial cervical o carcinoma in situ, proveniente de los laboratorios de citodiagnóstico. 6.2.9 Comprobará que a todos los casos con confirmación de cáncer notificados al departamento de estadística desde las diferentes acciones de control de cáncer (ejemplo: cavidad bucal, mama, cuello de útero) les sea confeccionado un reporte de cáncer (MOD 68-62-01), incluyendo las neoplasias intraepiteliales (grado II y III) de cuello de útero, vulva, vagina y ano. tengan reporte de cáncer. En caso de no estar notificado se le llenará un reporte de cáncer (MOD 68-02-01). 6.2.10 Comprobará que todos los fallecidos por cáncer, en cualquiera de las causas, tengan confeccionada la tarjeta de paciente oncológico. En caso contrario, buscará datos del momento del diagnóstico en la historia clínica o con la familia y le solicitará al médico de asistencia que confeccione un reporte de cáncer (MOD 68-02-01). 25 programa integral para el control de cancer en cuba 6.2.11 Enviará mensualmente, a través del departamento de estadística municipal, al departamento de Estadística Provincial, los reportes de casos de cáncer. Le adjuntará una lista con los nombres de los casos reportados, la cual deberá tener la firma y la fecha de la entrega como constancia de la entrega de la información. De no haberse diagnosticado casos en el mes, enviará su informe de “Cero casos en el mes”. 6.2.12 Llevará un control del total de biopsias positivas del mes, cuáles son casos nuevos y cuántas han sido reportadas. VII. Procedimientos y responsabilidades del Coordinador para el control del cancer en el policlínico 7.1 Controlará que exista y se cumpla el convenio entre el policlínico y el hospital asignado para el diagnóstico definitivo de las biopsias. 7.2 Solicitará a los médicos el reparo de todos los reportes recibidos con errores u omisiones. Llevará un control sistemático de estos errores u omisiones según especialistas para poder realizar un análisis mensual de los principales problemas y tomar medidas a través de las vías establecidas en el Reglamento General del Policlínico. 7.3 Enviará los reparos solicitados por el departamento de estadísticas de la Dirección Provincial de Salud, en los 15 días siguientes a la fecha en que se recibió. 7.4 Informará al Director de la unidad en la última semana del mes el número de casos no reportados y los médicos que no llenan los reportes con la calidad requerida. 7.5 Realizará un análisis mensual y un informe trimestral para el Director de su unidad con los indicadores de calidad descritos en el acápite IX. Además deberá señalarse el número de casos nuevos reportados, número de fallecidos que no fueron reportados al momento del diagnóstico, porcentaje de casos con variables esenciales desconocidas y principales problemas en la confección del reporte de cáncer. 7.6 Recibirá del departamento de estadística de la Dirección Provincial de Salud un listado con los casos notificados sólo por certificado de defunción (SCD) para la confección del reporte de los mismos. 7.7 Enviará los listados de casos SCD a la provincia al término del mes de haber recibido dicho listado, con los datos del diagnóstico completos. 26 manual de procedimientos del registro nacional de cancer VIII. Procedimientos para la recogida, procesamiento y control de los datos en los departamentos de estadística de la Dirección Provincial de Salud 8.1 Recibirán por cada unidad informante, el último jueves de cada mes, los reportes originales (MOD-68-02-01) con un listado adjunto de los casos que se reciben y los listados de pacientes correspondientes a otras unidades asistenciales con diagnóstico positivo de cáncer. Recibirá de las unidades que no diagnostiquen ningún caso en el mes, la notificación de “Cero casos en el mes”. 8.2 Los listados anteriores deberán ser firmados, anotando la fecha en que se reciben y archivados como constancia de la recepción de la información. 8.3 Llevará un control de las unidades asistenciales de la Atención Primaria de Salud (APS) que brinden servicio de atención oncológica 8.4 Establecerá el sistema de información del Registro Nacional de Cáncer en todas las unidades de la APS que brinden este servicio. 8.5 Llevará un control de los casos reportados en las unidades de la APS a partir de los listados (MOD 68-63-2) provenientes de cada hospital con los diagnósticos positivos de cáncer. Reclamará al nivel municipal los reportes que no se confeccionan. 8.6 Supervisará trimestralmente el cumplimiento de los procedimientos del RNC en todas las unidades de la Atención Primaria de Salud (APS) al igual que en las Unidades Hospitalarias donde estén establecidos y confeccionará un informe trimestral con el número de casos reportados por cada unidad informante y los resultados de la supervisión. Enviará este informe al Director Provincial de Salud y a las Oficinas Centrales del RNC por e-mail a [email protected]. 8.7 Mantendrá informado a la Vicedirección de Asistencia Médica de las unidades de la APS donde se brinde este servicio, así como a la Dirección Nacional de Estadística y al Departamento del Registro Nacional de Cáncer de la Unidad Nacional para el Control del Cáncer. 8.8 Controlará la oportunidad y la calidad de los reportes recibidos según los procedimientos descritos en el acápite XI. 8.9 Solicitará a las unidades informantes el reparo de todos los reportes recibidos con errores u omisiones. Llevará un control sistemático de estos errores u omisiones según unidad hospitalaria para poder realizar un análisis mensual de los principales problemas. 8.10 Introducirá los datos en el sistema automatizado y consultará cualquier duda con el médico responsable o con la oficina central del RNC. 8.11 Enviará la base de datos cada tres meses por e-mail a [email protected] , ordenados por número de reporte. 27 PROGRAMA INTEGRAL PARA EL CONTROL DEL CÁNCER EN CUBA 8.12 Enviará cada tres meses los modelos de Reportes (MOD-68-02-01) a las oficinas centrales del RNC en correspondencia con la base de datos enviada por e-mail. Los modelos deberán ser ordenados por número de reporte. 8.13 Recibirá listado anual con los casos notificados sólo por certificado de defunción (SCD) de las oficinas centrales del RNC para la búsqueda de información diagnóstica y confección del reporte lo cual hará según los procedimientos establecidos en el Acápite X. 8.14 Enviará a las Oficinas Centrales del RNC los reportes de los casos SCD en el término de dos meses de haber recibido dicho listado. 8.15 Recibirá de las Oficinas Centrales del RNC, por e-mail, la base de datos oficial de la provincia correspondiente al año anterior. 8.16 Emitirá las cifras provisionales de incidencia por cáncer de la provincia, ya que las definitivas serán emitidas sólo por las oficinas centrales del RNC. 8.17 Mensualmente informará al vicedirector correspondiente la situación del reporte de cáncer en la provincia por unidad hospitalaria de acuerdo al número de casos nuevos reportados, número de fallecidos que no fueron reportados al momento del diagnóstico, porcentaje de casos con variables esenciales desconocidas y principales problemas en la confección del reporte de cáncer. 8.18 Semanalmente chequeará el listado de los fallecidos de la provincia en los que aparezca el cáncer en alguna de las tres causas de la muerte con la base de datos de incidencia del registro y solicitará a la unidad que emitió el certificado de defunción el Reporte de Cáncer con los datos del diagnóstico. 8.19 Mensualmente, antes de enviar los modelos de los Reportes de Cáncer al RNC deberán ser escaneados y guardados (en un disco previamente quemado) en el archivo de la información del Registro de Cáncer en la Provincia. 8.20 Revisará la codificación de la topografía y la histología de todos los casos notificados al RNC según la Clasificación Internacional de Enfermedades para Oncología (referencia al pie de la página). 8.21 Chequeará la base de datos enviada por cada provincia con los modelos originales, para detectar errores en la introducción de datos. 28 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER IX. Procedimientos de la Oficina Central del Registro Nacional de Cáncer 9.1 Recibirá trimestralmente el listado con el nombre de los casos reportados y los modelos de reportes de cáncer (MOD-68-02-01) de las Direcciones Provinciales de Salud, de las unidades de subordinación nacional y del municipio especial de la Isla de la Juventud de todos los casos reportados en el trimestre anterior. Estos listados deberán ser firmados, anotando la fecha en que se reciben. Se archivará el listado como constancia de la recepción de la información, entregando una copia para su archivo en la unidad que entregó la información. 9.2 Recibirá la base datos con la información correspondiente al trimestre a través del e-mail: [email protected]. 9.3 Recibirá trimestralmente el listado y los reportes de las unidades de subordinación nacional. 9.4 Deberá chequearse la correspondencia entre el número de reportes físicos recibidos en las oficinas centrales y el número de casos en la base de datos de cada provincia trimestralmente, municipio especial de la Isla de la Juventud y centros de subordinación nacional que tengan instalado el software del registro. 9.5 Recibirá en el mes de septiembre de cada año de la Dirección Nacional de Estadísticas del MINSAP una copia electrónica de los casos fallecidos por todas las causas en el año anterior. 9.6 Controlará la oportunidad y la calidad de los reportes recibidos según los procedimientos descritos en el Acápite IX. 9.7 Introducirá los reportes recibidos de las unidades de subordinación nacional en el sistema automatizado con excepción del Instituto Nacional de Oncología y Radiobiología (INOR). 9.8 Revisará la codificación de la topografía y la histología de todos los casos notificados al RNC según la Clasificación Internacional de Enfermedades para Oncología (referencia). 9.9 Chequeará la base de datos enviada por cada provincia con los modelos originales, para detectar errores en la introducción de datos. 9.10 Incorporará a la base general del sistema las bases de datos enviadas por las provincias una vez completo el proceso de validación de datos. Guardará las bases de datos originales en carpeta independiente. 9.11 Realizará el proceso de detección de duplicidades. 9.12 Confeccionará y enviará un informe, en los meses de Julio y Noviembre, a cada institución de subordinación nacional y a los departamentos de Estadística de las Direcciones provinciales de Salud con el número de reportes recibidos por unidad informante y los errores en la codificación. 29 programa integral para el control de cancer en cuba 9.13 Enviará a los departamentos de Estadísticas de las Direcciones Provinciales de Salud listados con los casos notificados al RNC sólo por certificado de defunción (SCD) para la búsqueda de los datos diagnósticos según los procedimientos que se adjuntan en el Acápite X. 9.14 Enviará en el mes de marzo, por e-mail, a los Jefes de Departamento de Estadística de cada provincia la base de datos completa que incluye a los casos residentes en su provincia que hayan sido reportados por otras, del último año procesado en las oficinas centrales con cifras definitivas o provisionales. 9.15 Las bases de datos recibidas serán revisadas por un técnico y todos los casos pendientes serán comunicados a su centro de información de origen (dirección provincial de estadística, centro de subordinación nacional u otro) para su confirmación en un período de un mes, pues los casos pendientes no se tendrán en cuenta para los procesamientos estadísticos. 9.16 Deberá parear el fichero de mortalidad enviado por la Dirección Nacional de Estadísticas (DNE) con las bases de incidencia del RNC. 9.17 Confeccionar una base de datos por provincia y por las unidades de subordinación nacional con los casos notificados por certificado de defunción (NCD) la cual será revisada en la DNE para buscar en el certificado de defunción el tiempo de duración de la enfermedad y definir la fecha de diagnóstico. 9.18 Una vez concluido el trabajo en la DNE con el fichero de los casos NCD se hará un nuevo análisis en la base de datos de ese año para identificar los casos reportados sólo por certificado de defunción (SCD), los que serán listados según la provincia de residencia y las unidades de subordinación nacional, para su recuperación en dos meses a partir de la fecha de entrega. 9.19 Al parear el fichero de mortalidad enviado por la DNE con las bases de incidencia del RNC se hará un informe de cada provincia y por las unidades de subordinación nacional por el técnico responsable de esta actividad con el número de casos notificados por certificado de defunción y con el número de casos reportados sólo por certificado de defunción después de la revisión de la base de datos de los casos NCD en la DNE de los certificados de defunción. 9.20 Emitirá los resultados anuales de incidencia provisionales o definitivos por cáncer en el país, del último año procesado en el RNC, los que enviará a la Dirección Nacional de Estadísticas antes del 1 de marzo para su publicación en el anuario de Estadística del MINSAP. 9.21 Supervisará el cumplimiento de los procedimientos establecidos a nivel nacional según las instrucciones que se adjuntan en el Acápite XI. 30 manual de procedimientos del registro nacional de cancer X. Procedimientos de la Dirección Nacional de Estadísticas (DNE) del MINSAP 10.1Participará en la supervisión y control del cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Unidades Provinciales de Salud y Unidades de Subordinación Nacional y enviará copia del informe al departamento del Registro Nacional de Cáncer. 10.2Suministrará en septiembre de cada año, a la Oficina Central del Registro Nacional de Cáncer, una copia en formato electrónico, de todos los casos fallecidos en Cuba por todas las causas correspondientes al año anterior. 10.3 Incorporará los datos del RNC a los anuarios estadísticos previo acuerdo de su oportunidad. XI. Procedimientos para el control de la oportunidad y la calidad de la información A EJECUTAR POR LAS DIRECCIONES DE ESTADISTICA PROVINCIAL (Técnico responsable del Registro de Cáncer): Control de la oportunidad de la información. 1. Por cada unidad hospitalaria o de la APS que notifica casos de cáncer se mantendrá un registro de los reportes enviados por la misma y recibidos en el Departamento de Estadística Provincial según mes de reporte y año de diagnóstico. Mes i: es el mes de recibido el reporte en el año en curso, (i=1,2,3) Año j: es el año del diagnóstico del caso reportado. (j=1,2,3) No de casos esperados (e): promedio de la cantidad recibida en igual período de los tres años anteriores proporción (p) = total / e 2. Cada trimestre se comparará la cantidad de reportes recibidos con la cantidad de reportes esperados (promedio de la cantidad recibida en igual período de los tres años anteriores). Se considerará comportamiento anómalo el arribo de una cantidad de reportes menor que la cantidad esperada. 31 PROGRAMA INTEGRAL PARA EL CONTROL DEL CÁNCER EN CUBA 3. Se elaborará un informe con estos datos y se enviará al nivel inmediato superior al finalizar cada semestre. Control de la Legibilidad de la Información. 1. El llenado del Reporte de Casos de Cáncer será con letra legible, sin la utilización de abreviaturas. 2. Se considerará ilegible todo reporte cuya lectura, por no menos de tres personas, se vea afectada por las características de la letra del registrador. 3. Solicitará reparo de todo reporte cuya legibilidad sea deficiente. 4. Cada tres meses se controlará la proporción de casos legibles y se evaluará de acuerdo al estándar establecido (Se considera aceptable si la proporción de casos legibles se encuentra entre 90-100%). Control del completamiento de la información. 1. Por cada unidad informante que notifica casos de cáncer según provincia (ver lista en el anexo 4) se mantendrá un registro donde se controle la cantidad de casos recibidos con valores desconocidos para cada una de las variables incluidas en el reporte de caso de cáncer, así como el porcentaje que representan del total recibido en el semestre. 2. Para el análisis del completamiento de la inforación tendrá en cuenta que: a. El porcentaje de variables esenciales desconocidas en un registro debe ser inferior al 2%, como por ejemplo la edad, el sexo, la localización geográfica y la topografía, pues los casos en los que no se conozca alguna de estas variables no podrán ser incluidos en los cálculos de las tasas de incidencia específicas por grupo de edad, sexo, localización ni en la distribución geográfica, produciendo sesgos en las interpretaciones de las tasas como indicador de riesgo. b. El diagnóstico morfológico completo es un indicador, de validez de los datos de un registro. Los diagnósticos histológicos incompletos favorecen la codificación errónea y dificulta las investigaciones de supervivencia por subtipos histológicos y los desconocidos cuando superan el 20% son un indicador de mala calidad en el diagnóstico del cáncer. 3. El responsable del registro desde el hospital o unidad de la APS deberá garantizar que el Reporte de Cáncer llegue a la dirección provincial de salud con la información completa. 4. Cuando un Reporte de Cáncer llegue al departamento de estadística provincial con variables esenciales desconocidas se deberá solicitar a la unidad informante el completamiento de la misma y si en 72 horas no se ha recuperado la información el técnico del Registro Provincial deberá acudir a la unidad informante para recuperar la misma. Verificación de la correspondencia entre variables Semestralmente, para cada unidad hospitalaria, el Oncólogo responsable del Registro Provincial de Cáncer, seleccionará una muestra aleatoria entre el 15 y el 20% de los reportes según las principales localizaciones donde se evaluará la correspondencia entre las variables: 32 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER Se considerará que existe correspondencia si la proporción es entre un 90 a 100 % Revisión de la introducción de datos en el sistema automatizado vigente • Se seleccionará una muestra de reportes de cáncer (20%) que hayan sido introducidos en el sistema automatizado durante la semana. • Se comprobará si todos los datos están correctos. En caso contrario se deberá corregir. • Si existen dudas consultar al Oncólogo responsable. • Si el error se repite tomar las medidas necesarias para corregirlo definitivamente Evaluación de los indicadores de calidad del sistema de información. 1. Porcentaje de casos reportados sólo por certificado de defunción (SCD) del total de casos de cáncer, donde los casos SCD resultan de aquellos pacientes con cáncer para los cuales solo puede obtenerse información procedente de un certificado de defunción con mención de cáncer. Se considera como valores normales por debajo del 10%. 33 programa integral para el control de cancer en cuba 2. Porcentaje de casos registrados con verificación histológica (VH) al diagnóstico. Se considera un diagnóstico verificado histológicamente si se realizó mediante histología o citología. El porcentaje de VH se calcula tomando como denominador todos los casos de cáncer registrados, incluyendo los reportados sólo por certificado de defunción (SCD) (aunque por definición estos no tienen un diagnóstico histopatológico). Se considera como valores normales por encima del 80%. 3. Porcentaje de casos sin estadiar al momento del diagnóstico. Es la proporción de casos con valor desconocido en las variables relacionadas con el estadiamiento, del total de casos reportados. Acciones a tomar: 1.- Enviar carta al Director Provincial de Salud y al Jefe del Grupo Provincial de Oncología con información sobre los indicadores de oportunidad, completamiento y calidad de la información en las unidades hospitalarias de su provincia, estableciendo claramente las unidades que han observado un comportamiento anómalo así como los detalles de las desviaciones observadas. 2.- Enviar carta al Director de las Unidades Hospitalarias con información sobre los indicadores de oportunidad, completamiento y calidad del reporte en su unidad. 3.- Enviar un informe anual a las oficinas centrales del RNC con la evaluación de los indicadores de calidad así como un análisis de los logros y deficiencias durante la etapa. 34 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER A EJECUTAR POR LAS OFICINAS CENTRALES DEL RNC Las oficinas centrales realizarán los mismos procedimientos anteriores pero tomando como unidad de base la provincia. Los informes anuales serán presentados al Director de la Unidad Nacional de Control de Cáncer y al Grupo Nacional de Oncología. Después de realizada la evaluación anual se clasificará la calidad de un Registro Provincial de Cáncer en BUENA, REGULAR y BAJA de acuerdo a: 35 programa integral para el control de cancer en cuba XII. Procedimientos para la búsqueda de los datos diagnósticos de los casos notificados solo por certificado de defunción (NSC) A nivel del Hospital 1. Revisar los certificados de defunción y hacer un listado con todo caso fallecido con cáncer en cualquiera de las causas de la muerte. 2. Chequear contra el tarjetero control de cáncer (MOD 68-62-01) para detectar los casos que no fueron reportados 3. Solicitud de la historia clínica (HC) correspondiente. En caso necesario, buscar en el variadex del número de la historia clínica del fallecido. Si no se encuentran las HC hospitalarias se tendrán en cuenta otras fuentes de información para buscar la fecha de diagnóstico como son: los listados de casos positivos provenientes del departamento de anatomía patológica y el tarjetero de egreso hospitalario. 4. Revisión de la HC por parte del médico de asistencia con el fin de: 4.1. Corroborar o no el diagnóstico de cáncer. 4.2. En los casos positivos, obtención de la fecha de diagnóstico y confirmación de la localización tumoral y el diagnóstico histológico. 5. Llenar un modelo de reporte de cáncer (MOD 68-02-01) y se escribirá SCD REPORTADO 6. Si el paciente fallece en el cuerpo de guardia o si se le legaliza el certificado de defunción sin nunca haber sido tratado en el hospital y se pone en el certificado de defunción el cáncer como una de las tres causas de muerte se le confeccionará un reporte de cáncer con la fecha de diagnóstico diferente a la fecha de la muerte teniendo en cuenta el tiempo de duración de la enfermedad, si se le realiza autopsia al fallecido y se comprueba el cáncer histológiamente, estos casos serán considerados con “verificación histológica”. Una vez concluido el reporte de los casos, se enviarán a la provincia, aclarando que son los reportes de los casos que no fueron reportados como vivos. A nivel del departamento de estadística provincial Se introducirán los casos NSC recuperados en el sistema automatizado del RNC y se llevará un control de los casos reportados sólo a través de certificado de defunción por cada unidad hospitalaria. Este índice será analizado en las reuniones periódicas de los directores de hospitales como indicador del subregistro de casos de cáncer, el cual debe ser inferior al 10%. 36 manual de procedimientos del registro nacional de cancer Es importante realizar la búsqueda de los casos notificados sólo por certificado de defunción (NSC) en las fuentes de información (listados de biopsias, citologías o autopsias positivas de cáncer de Anatomía Patológica, listados de egresos hospitalarios, listados de hematología) del Registro de Cáncer y diferenciarlos de los casos reportados sólo por certificados de defunción(SCD) pues estos últimos son un indicador de falta de exhaustividad del registro, siendo aquellos cánceres para los cuales no puede obtenerse ninguna otra información más que de un certificado de defunción en el que esté registrado en alguna de las causas de la muerte. Con este indicador se expresa que no hay ninguna información sobre el método empleado para diagnosticar el cáncer. Por lo tanto, tiene un sentido negativo; cuanto más alto es el porcentaje, menor es la exactitud. XIII. Procedimientos para realizar las supervisiones periódicas Instrucciones para realizar las supervisiones periódicas a las Unidades Hospitalarias del Sistema Nacional de Salud por parte de las Oficinas Centrales del RNC y las Direcciones Provinciales de Estadística. a. Instrucciones generales El Registro Nacional de Cáncer de Cuba (RNC) es el responsable de controlar el funcionamiento de este sistema en todas las unidades asistenciales del Sistema Nacional de Salud que constituyen fuentes de información. Por tanto, cada una de las estructuras de dirección, las Oficinas Centrales del RNC y los registros provinciales de Cáncer, deberán supervisar el cumplimiento de los procedimientos establecidos siguiendo las siguientes instrucciones. 1. Elaborar un cronograma anual, especificando día y hora. Los Registros Provinciales de Cáncer harán estas supervisiones cada 6 meses y las Oficinas Centrales del RNC una vez al año. 2. Informar al nivel superior el cronograma de visitas a las unidades. 3. Evaluar el cumplimiento de lo establecido en los procedimientos para lo cual debe utilizar la guía de inspección. 4. Elaborar informe de la supervisión utilizando el instructivo. 5. Informar a la máxima dirección de la unidad y entregar copia del informe al Director, así como al Vicedirector de Asistencia Médica y a las Oficinas Centrales del RNC. 37 programa integral para el control de cancer en cuba b. Guía de Supervisión a la Dirección Provincial de Estadística de Salud: Será responsabilidad de la Dirección Provincial de Estadísticas informar al Director Provincial, al Vicedirector de Asistencia Médica y al Director de cada una de las unidades hospitalarias del cronograma de visitas (fecha y hora). 38 manual de procedimientos del registro nacional de cancer Guía de Supervisión a las Unidades Hospitalarias. U nidad Hos pitalaria Fec ha: Provinc ia 1- Nombres y res pons abilidad de los partic ipantes en la s upervis ión 2- ¿C uáles vías de información utilizan para c onoc er los pacientes con diagnós tic o de c ánc er? a. Anatomía Patológic a. b. Hematología c . E gres os d. Fallec idos 3- ¿Qué c ontroles lleva el téc nic o del regis tro? a. Lis tado de Anatomía Patológic a. b. Tarjetero hos pitalario (Modelo 68-49) c . C opia de los lis tados c on los nombres de los pac ientes reportados y enviados a la Direc c ión Provincial de S alud Si No 4- Periodic idad c ada 3 mes es más de 3 mes es s emanal quinc enal C on que rec ibe el modelo c on el informe de las biops ias pos itivas C on que envía la informac ión de los c as os reportados a la provinc ia Fec ha del último envío de reportes a E s tadís tic a Provinc ial de S alud. mens ual 5- Verific ac ión de c umplimiento de los proc es os es tablec idos . C uando s e enc uentre s ubregis tro de c as os s e anotaran las localizac iones de los mis mos en la c olumna de obs ervac iones . obs ervac iones Verific ar s i los nombres que aparec en en el Si lis tado de los pac ientes reportados enviados a No E s tadís tic a Provinc ial tienen tarjeta c onfec c ionada en el tarjetero. Verific ar al azar s i los nombres de los pacientes Si c on diagnós tic o pos itivo de c áncer que s e No enc uentren en el lis tado enviado por Anatomía Patológic a tienen tarjeta c onfec c ionada y s i s e enc uentran en el lis tado de los c as os reportados enviados a la Direc ción Provinc ial. Indic ar porc entaje de nec rops ia C hequear los lis tados de las diferentes fuentes Si de informac ión c on el tarjetero de pac ientes No reportados de c ánc er y los lis tados c on los nombres de los pac ientes reportados enviados a la Direc c ión Provinc ial de S alud. 39 PROGRAMA INTEGRAL PARA EL CONTROL DEL CÁNCER EN CUBA Continuación Unidad Hos pitalaria Provinc ia Fec ha: 5- Verific ac ión de c umplimiento de los proc es os es tablec idos . C uando s e enc uentre s ubregis tro de c as os s e anotaran las loc alizac iones de los mis mos en la c olumna de obs ervac iones . (c ontinuac ión) obs ervac iones S e bus c arán los pac ientes c on diagnós tic o de c ánc er en alguna de las tres c aus as de muerte es c ritas en el C ertific ado de Defunc ión y s e c omprobará en el tarjetero s i el pac iente fue reportado. R eportan a los fallec idos en el C uerpo de G uardia que nunc a fueron ins c ritos en el hos pital y que en el C ertific ado de Defunc ión aparec e el c ánc er c omo una de las tres c aus as de la muerte? 6- S upervis ión por el R egis tro Provinc ial de C ánc er. S on s upervis ados por la C omis ión Provinc ial del R egis tro de C ánc er. ¿Tienen informes c omo c ons tanc ia de las s upervis iones ? ¿Tienen onc ólogo en el Hos pital? S i la res pues ta anterior es "No", entonc es : ¿As is te algún onc ólogo de otro hos pital al grupo multidis c iplinario? ¿Func iona el grupo multidis c iplinario? Si No Si No Si No Si No Si No Periodic idad. Fec ha de la última: Si No Si No ¿Los reportes de c ánc er c onfec c ionados s on revis ados por el onc ólogo antes de s er enviados al nivel s uperior? Si No Periodic idad. Periodic idad. NOTA: En las Unidades Hospitalarias donde se encuentre instalado el Sistema Galem es necesario verificar que los nombres de los pacientes que se encuentran en los listados de los casos reportados y enviados a la Dirección Provincial de Salud (en las Unidades de Subordinación Nacional en los listados de los casos reportados y enviados al RNC) coincidan con los casos reportados en el tarjetero automatizad. Igualmente chequear con el registro de fallecidos. Se supervisarán los años de interés para el RNC con el objetivo de recuperar el subregistro de casos y poder emitir cifras definitivas de incidencia de cáncer en el país. 40 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER c. Informe Para elaborar el informe de la visita de supervisión deberá completar el siguiente modelo: 41 programa integral para el control de cancer en cuba 42 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER XIV. Estructura y Responsabilidades 14.1 Estructura Nacional del Registro de Cáncer: formada por una Oficina Central, y un técnico dedicado al Sistema de información del Registro de Cáncer en cada uno de los Departamentos de Estadística de las Direcciones Provinciales de Salud y el Municipio Especial de la Isla de la Juventud, lo cual conforma la Red de Registros de Cáncer de Cuba. 14.1.1 Oficina Central del RNC: está subordinada funcional y metodológicamente a la Unidad Nacional para el Control del Cáncer. Es la encargada de dirigir técnicamente el sistema de información del Registro Nacional de Cáncer en Cuba. 14.1.1.1 Estructura de la Oficina Central del RNC: Jefe de la Oficina, el grupo de control de calidad, el grupo de análisis de datos e informatización y el grupo de procesamiento y edición de datos. Además, se crean cuantos grupos de investigación sean necesarios para el cumplimiento de las tareas planificadas. 14.1.1.2 Funciones de la Oficina Central del RNC: Deberá exigir y controlar el cumplimiento de los procedimientos del RNC a nivel nacional y realizar supervisiones anuales a todas las provincias, con el objetivo de garantizar la calidad y flujo continúo del dato primario. Deberá controlar el cumplimiento del llenado del reporte de cáncer, con la calidad requerida, a todo caso que se diagnostique con esa enfermedad, así como velará por el cumplimiento de las normas de confidencialidad de los datos. Deberá evaluar la calidad de los datos y del sistema de información, emitir las estadísticas de incidencia del cáncer en Cuba y realizar el análisis de la información. Deberá mantener una actividad docente para la actualización de los recursos humanos y una asesoría metodológica constante a toda la Red de Registros de Cáncer. Además, deberá desarrollar e impulsar investigaciones epidemiológicas en cáncer con la participación de la Red de Registros de Cáncer. 14.1.2 Grupo técnico del RPC y en el municipio especial: Asesorará al Director Provincial de Salud en la toma de decisiones relacionadas con el control del cáncer y será responsable que funcione el sistema de información del Registro de Cáncer en su área de competencia. Estará subordinada metodológicamente a la Oficina Central del RNC. 14.1.2.1 Estructura: • Presidente: Especialista de Oncología • Vicepresidente: Jefe del Departamento de Estadística Provincial • Miembros - Profesional o Técnico del departamento provincial de estadísticas especializado en Registro de Cáncer que actuará como secretario - Especialista en Epidemiología - Especialista de la Dirección Provincial de Hospitales 43 PROGRAMA INTEGRAL PARA EL CONTROL DEL CÁNCER EN CUBA - Un especialista o técnico por cada uno de los hospitales donde se diagnostique casos de cáncer vinculado a la actividad oncológica. 14.2.1 Funciones: Asesorar al Director Provincial de Salud en la toma de decisiones relacionadas con el control del cáncer. Exigir y controlar el cumplimiento de los procedimientos del registro con el objetivo de garantizar la calidad y flujo continuo del dato primario. Emitir las estadísticas preliminares de cáncer en la provincia. Impulsar el desarrollo de investigaciones epidemiológicas y clínicas en cáncer. 14.3 Grupo técnico asesor: Órgano asesor de la actividad del Registro de Cáncer en Cuba. 14.3.1 Estructura: Miembros: - Director de la Unidad Nacional para el Control del Cáncer - Jefe de la Oficina Nacional del Registro - Jefe de Grupo de control de calidad - Jefe del Grupo de procesamiento y edición de datos - Jefe del Grupo de Análisis e Informatización de datos - Un representante de las comisiones provinciales y del municipio especial de la Isla de la Juventud. - Un representante del Instituto Nacional de Oncología y del Hospital Hermanos Ameijeiras. - Un representante de la Dirección Nacional de Estadística - Un representante del Grupo Nacional de Oncología - 5 miembros designados a propuesta del presidente con experiencia en Registros de Cáncer y dos de ellos especialistas en Anatomía Patológica y Oncopediatría. 14.3.2 Funciones Los miembros de este grupo técnico deberán elegir un presidente y un secretario cada tres años. Este órgano asesor se reunirá con la periodicidad que acuerden sus miembros. Los miembros de este grupo técnico estarán obligados a asistir a todas las reuniones a las que sean convocados, excepto por causas justificadas, pudiendo ser suspendidos como miembros de la misma por reiteradas ausencias así como por incumplimiento de las obligaciones inherentes a su cargo. Es el encargado de discutir y aprobar los cambios propuestos, por la Red de Registros de Cáncer, a los procedimientos administrativos y técnicos del mismo. Analizará las dificultades relacionadas con el cumplimiento de los objetivos del Registro Nacional de Cáncer (RNC) y con la calidad de los datos para proponer soluciones a nivel nacional o provincial. 44 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL REGISTRO NACIONAL DE CÁNCER 14.4 Responsabilidades 14.4.1 Todos los especialistas y técnicos relacionados con el manejo de la información deberán cumplir los procedimientos y las normas establecidas para la confidencialidad de los datos del registro. 14.5 El Director Provincial de Salud: Será el máximo responsable de todo lo relacionado con la actividad del Registro de Cáncer en su provincia. Utilizará los datos para la gestión administrativa. Controlará el funcionamiento de la comisión provincial del RC. 14.6 Vicedirector de asistencia médica de la provincia será responsable de garantizar y controlar el cumplimiento de la Resolución 06/86 y de los procedimientos del registro en las unidades asistenciales subordinadas a la dirección provincial de salud. 14.7 Jefe del Departamento de Estadística de la Dirección Provincial de Salud: Controlará el cumplimiento de los procedimientos del Registro de Cáncer en sus respectivas provincias. Deberá brindar información al director provincial de salud sobre la situación del registro de cáncer en la provincia y al RNC sobre el resultado de las supervisiones trimestrales realizadas a las unidades asistenciales. 14.8 Directores de las Unidades Hospitalarias donde se diagnostican o tratan casos de cáncer: Será el máximo responsable de todo lo concerniente al reporte de los casos de cáncer. Deberá controlar semestralmente el número de casos reportados al registro. Deberá utilizar la información del registro para su gestión administrativa. 14.9 Vicedirector vinculado a la actividad asistencia en el hospital: Tendrá a su cargo, las funciones directas relacionadas con el Registro. Será responsable de la organización y cumplimiento de las actividades. Velará por la calidad de los datos. Rendirá un informe mensual a la dirección del hospital sobre el número de casos reportados al RNC. 14.10 Vicedirector vinculado a los medios diagnósticos: Velará por la entrega en tiempo de la información sobre todo caso con confirmación histológica de cáncer, proveniente de anatomía patológica. 14.11 Jefe de Servicio: será responsable del llenado de los reportes de caso de cáncer correspondientes a su servicio. Velará por la calidad del dato y porque sean reportados los casos con segundos tumores. 14.12 Jefe del Departamento de Estadística: Velará por el cumplimiento del llenado del reporte de cáncer a todo caso que se diagnostique o trate en el hospital y por el cumplimiento de los procedimientos del registro a este nivel. Rendirá un informe mensual a la vicedirección de asistencia del hospital sobre el número de casos reportados al RNC. 14.13 Médico de Asistencia: Tendrá la obligatoriedad de llenar el modelo de Reporte de Cáncer a todo caso que diagnostique o trate con cáncer. 14.14 Dirección Nacional de Estadística del Ministerio de Salud Pública de Cuba: Ofrecerá anualmente la base de datos de mortalidad general (todas las causas) a las oficinas centrales del RNC como fuente directa de información. 45 PROGRAMA INTEGRAL PARA EL CONTROL DEL CÁNCER EN CUBA XV. El cáncer en la infancia - Es el sistema de información oficial en el país sobre la incidencia del cáncer pediátrico. Para el reporte de cada caso se deberán realizar los mismos procedimientos descritos anteriormente para garantizar la calidad de la información. Se analizarán de igual forma los indicadores de calidad descritos. - En nuestro registro el cáncer en los niños se analizará siguiendo lo normado en la Clasificación Internacional del Cáncer para la Infancia (Tercera edición, la cual ha incorporado los cambios en la morfología publicados en la CIE-O 3). Se calcularán las tasas específicas por grupos quinquenales de edad, sexo y ambos para los doce grupos diagnósticos y para los 47 subgrupos diagnósticos (ver anexo). Además se calcularán las tasas brutas y las ajustadas a la población estándar cubana y al mundo. - Utilizando la vinculación del sistema alerta acción para el cáncer en los niños, desarrollado por la Unidad Nacional de Control de Cáncer, a diferencia del cáncer en los adultos, la información del diagnóstico de cáncer en los menores de 15 años será inmediata, pues a las 72 horas de la confirmación histológica deberá confeccionarse el reporte de caso de cáncer y enviarse al registro provincial de cáncer el cual introducirá el mismo en su base de datos y lo enviará inmediatamente por correo electrónico a [email protected] 46 ANEXOS INSTRUCTIVO -Llenar solo a ciudadanos cubanos -Llenar el modelo en letra de molde, clara y sencilla. -No usar abreviaturas No : número de registro asignado a cada reporte para su identificación. Los primeros dígitos corresponden con los últimos dígitos del año en que el paciente fue reportado seguido de dos digitos correspondientes al código de la provincia que reporta y de un número consecutivo para ese año. Historia Clínica: Número de historia clínica del paciente en la Unidad informante No. de carné de identidad: número de identificación personal único para cada ciudadano cubano. En caso de no aparecer en la historia clínica se debe colocar en las 6 primeras casillas la fecha de nacimiento, en el formato año, mes, día. Unidad Informante: Unidad Hospitalaria que diagnosticó el caso. Escribir el nombre completo. Provincia informante: Provincia donde se confecciona el reporte Nombres y apellidos: nombre completo del paciente según aparece en el carné de identidad. Escribir con letra legible Edad: años cumplidos al momento del diagnóstico. Sexo: femenino, masculino. Color de la piel: color de la piel que aparece la historia clínica. Lugar de nacimiento: lugar donde nació el paciente. Dirección particular: Residencia habitual del paciente según aparece en la Historia Clínica. Municipio: Municipio de residencia. Provincia: Provincia de residencia según carné de identidad. Datos generales sobre el tumor Localización (topografía): localización anatómica del tumor primario en palabras, con tanto nivel de detalle como sea posible. Tipo histológico (morfología): diagnóstico histológico completo tal como aparece en el informe de anatomía patológica. Fecha de diagnóstico: fecha del primer diagnóstico del cáncer por un médico o del primer informe anatomopatológico. Base más válida del diagnóstico: Señalar el método de mayor exactitud utilizado para establecer el diagnóstico del paciente. Extensión clínica: Extensión clínica de la enfermedad al momento del diagnóstico. Metástasis: señalar el sitio de la(s) metástasis. Tratamiento planificado: tratamiento planificado al diagnostico, marcar una o más categorías según corresponda. Grado de diferenciación: especificar el grado de diferenciación histológica. Solo para tumores sólidos Etapa clínica: etapa clínica al diagnóstico según las normas internacionales vigentes. T N M Solo para tumores del Sistema hematopoyético y del Retículo endotelial : Clasificación Internacional de los Tumores T: tamaño del tumor N: presencia o ausencia de ganglios linfáticos M: presencia o ausencia de metástasis Tumor primitivo o sin primario conocido: Señalar si el diagnóstico es de un tumor primario o no VIH: Señalar si el paciente tiene resultado positivo de serología para VIH Fecha de primeros síntomas: fecha en que aparecen los primeros síntomas de la enfermedad. Clasificación: Marcar según el tipo de tumor la casilla que corresponde a la clasificación específica. Nombre del médico: letra clara y legible. Fecha: fecha exacta del llenado del modelo. Firma: firma del médico. Acreditación del personal Todo personal, profesional y técnico, que trabaje en el Registro de Cáncer debe, dentro del primer año de trabajo, cursar y aprobar este curso que certifica como tal. Programa del curso de acreditación Perfiles: Oncólogos, estadísticos y técnicos del RNC de cada provincia Duración: 5 días (40 h) del 19 al 23 de Febrero 2007. Modalidad: conferencias y prácticas Evaluación: examen escrito Objetivos. 1. Actualización en los procedimientos del Registro de Cáncer de Cuba 2. Asimilar los nuevos conceptos de la CIE-O 3ra versión 3. Adquirir habilidades en el software CanReg-4 Introducción Conferencia 1 hora Aspectos generales de los Registros de Cáncer. Conferencia El Registro Nacional de Cáncer de Cuba. − Organización. − Fuentes de información. Flujo de entrada de datos − Procedimientos para la notificación y recogida de datos. − Los datos de mortalidad, pareamiento de ficheros, detección de duplicidades Conferencia: Llenado del reporte de cáncer y control de calidad: − Legibilidad − Fecha de diagnóstico − Correspondencia entre etapa clínica y clasificación TNM. − Correspondencia entre base más valida para el diagnóstico y diagnóstico morfológico. Taller: Experiencias de los Registros Provinciales en el funcionamiento y organización del Registro. Conferencia: Calidad de los datos de un registro de cáncer. Nuevos procedimientos - Dato primario - Casos reportados por certificado de defunción - Supervisiones a las unidades Conferencia Normas de confidencialidad de los datos Conferencia: Introducción a la CIE-O 3. Reglas para la codificación topográfica Taller: Uso de la información a nivel hospitalario y a nivel provincial. Conferencia: Estructura de la CIE-O 3ra versión. Base más válida para el diagnóstico. Primarios múltiples. Clasificación de los tumores de la infancia. Práctica Codificación de Topografía y Morfología. Primarios Múltiples. Conferencia Linfomas y Leucemias. Reporte de enfermedades Hematopoyéticas nuevas Práctica Codificación de las enfermedades hematopoyéticas. Manual de Procedimientos. Registro Nacional de Cáncer de Cuba. Conferencia: Introducción al Can Reg 4. Instalación del sistema Backup de la información Menú principal y submenu Procedimiento para la introducción de datos: Introducir un caso nuevo, edición de casos, selección de casos, búsqueda de casos Práctica Llenado de Reportes. Práctica CanReg4. (para técnicos de estadísticas) Conferencia Presentación y discusión de Codificación de casos especiales (Hematológico, Sistema Nervioso, Primarios Múltiples) Conferencia Codificación de tumores de: Mama, Cuello de útero, Pulmón, Colon y recto, Próstata Práctica Codificación de casos especiales Práctica Uso de la información de los Registros de Cáncer. Práctica (Para Estadísticos) CanReg 4. Importar y exportar ficheros. Análisis de datos. Procedimientos de validación y detección de duplicidades de la información. Definir tumores Múltiples. Taller: Calidad de los datos por Provincias. Estrategias para el cambio Prueba Evaluativa. Evaluación final del curso. Clausura del Curso. 000 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA - ESTADISTICAS 1 – PINAR DEL RÍO 101 CLINICO QUIRURGICO ABEL SANTAMARIA 103 SIQUIATRICO ISIDRO DE ARMAS 110 C.Q. PROV. LEON CUERVO RUBIO 130 G.O. PROV. JUSTO LEON 140 PED. PROV. PEPE PORTILLA 160 GEN. 27 DE NOV. CONSOLACION 161 GEN. JAVIER RODRIGUEZ GUANE 162 GEN. AUGUSTO C. SANDINO. SANDINO 163 GEN. COMANDANTE PINARES.SAN CRISTOBAL 164 GEN 2do. CONGRESO UJC BAHIA HONDA 165 GEN. ELIAS BORGES. MINAS MATAHAMBRE 180 G.O. CIRO REDONDO VINNALES 181 M.I. MARIO MUNNOS MANTUA 182 M.I. LOS PALACIOS 183 M.I. SAN LUIS 184 M.I. ISIDRO DE ARMAS. SAN JUAN Y MTEZ. 198 RURAL JUAN NAVARRO 199 RURAL JUAN HERNANDEZ 2 – LA HABANA 203 SIQUIATRICO PROVINCIAL GUINES 260 GEN. IVAN PORTUONDO SAN ANTONIO 261 GEN. JOSE R. MARTINEZ GUANAJAY 262 GEN. ALEIDA FERNANDEZ GUINES 280 G.O. PITI FAJARDO GUINES 281 M.I. LEOPOLDITO SAN JOSE 282 M.I. MARIANA GRAJALES ARTEMISA 283 Hospital Ciro Redondo 284 Hospital Alberto Fernández 3 – CIUDAD DE LA HABANA 300 INSTITUTO NACIONAL DE ONCOLOGIA Y RADIOBIOLOGIA 301 HOSPITAL MILITAR CARLOS J. FINLAY 302 HOSP. NAVAL LUIS DIAZ SOTO 303 SIQUIATRICO DE LA HABANA 304 HNOS. AMEIJEIRAS 305 CIRA GARCIA 306 CIMEQ 307 NEUMOLOGICO BENEFICO JURIDICO 308 ORTOPEDICO FRANK PAIS 309 INSTITUTO DE NEFROLOGIA 310 GENERAL ENRIQUE CABRERA 311 C.Q. CMDTE. FAJARDO 312 C.Q. CALIXTO GARCIA 313 C.Q. FREYRE ANDRADE 314 C.Q. JOAQUIN ALBARRAN 315 C.Q. SALVADOR ALLENDE 316 C.Q. MIGUEL ENRIQUEZ 317 C.Q. 10 DE OCTUBRE 330 G.O. AMERICA ARIAS 331 G.O. CLODOMIRA ACOSTA 332 G.O. GUANABACOA 333 G.O. EUSEBIO HERNANDEZ 334 G.O. GLEZ. CORO 335 M.I. 10 DE OCTUBRE 340 PED. WILLIAM SOLER 341 PED. PAQUITO GLEZ.MARIANAO 342 PED. PEDRO BORRAS 343 PED. CENTRO HABANA 344 PED. MARFAN 345 PED. LEONOR PEREZ 346 PED. SAN MIGUEL DEL PADRON 347 PED. ANGEL A. ABALLI 348 PED. CERRO 349 PED. HABANA DEL ESTE 350 PEDIATRICO J.M. MARQUEZ (MARIANAO) 360 C.Q. LUIS DE LA PUENTE USEDA 361 C.Q. SANTO SUAREZ 362 C.Q. CAMILO CIENFUEGOS 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 373 374 375 376 377 378 379 HOSPITAL “JULIO TRIGO” REHABILITACION JULIO DIAZ ORTOPEDICO FRUCTUOSO RODRIGUEZ ANTILEPROSO OFTALMOLOGICO RAMON PANDO FERRER INSTITUTO DE HEMATOLOGIA INSTITUTO DE GASTROENTEROLOGIA INSTITUTO DE NEUROLOGIA INSTITUTO DE ANGIOLOGIA INSTITUTO DE ENDOCRINOLOGIA SIQUIATRICO 27 DE NOVIEMBRE SIQUIATRICO JUANA MARTINEZ SIQUIATRICO SOREGHI SIQUIATRICO ISIDRO DE ARMAS SIQUIATRICO BARANDILLA SIQUIATRICO GUSTAVO LOPEZ INSTITUTO MEDICINA TROPICAL 4 – MATANZAS 401 HOSP. MILITAR DE MATANZAS 403 SIQ. PROV. ANTONIO GUITERAS 410 C.Q. PROV. JOSE L. LOPEZ. MATANZAS 430 G.O. PROV. MATANZAS 440 PED. PROV. ELISEO CAAMANNO MATANZAS 450 C.Q. FAUSTINO PEREZ 460 GRAL. MARIO MUNNOS COLON 461 GENERAL CARDENAS 462 GEN. ILUMINADO RODRIGUEZ. JAGUEY 463 GEN. JOVELLANOS 5 –VILLA CLARA 501 HOSP. MILITAR DE VILLA CLARA 503 PSIQUIATRICO PROVINCIAL DE VILLA CLARA 510 C.Q. PROV. VILLA CLARA Celestino Hernández 520 CLINICO QUIRURGICO PROVINCIAL NUEVO Arnaldo Milian Castro 530 540 560 561 562 563 580 590 591 592 593 594 595 596 599 G.O. PROV. MARIANA GRAJALES PED. PROV. JOSE L. MIRANDA GEN. PLACETAS GEN. CAIBARIEN GEN. REMEDIOS GEN. PROV. MARTIRES 9 DE ABRIL. SAGUA G.O. PLACETAS PEDIATRICO PLACETAS RURAL BAEZ. PLACETAS RURAL MANICARAGUA RURAL VUELTAS RURAL PICO BLANCO RURAL JIBACOA RURAL EL SANTO Other RURAL HUMBERTO PERALTA. GUINIA DE MIRANDA 6 – CIENFUEGOS 610 C.Q. PROV. GUSTAVO ALDEREGUIA 630 G.O. MARTIREZ DE GIRON 640 PED. PROV. PAQUITO GLEZ. 660 GENERAL DE AGUADA 691 RURAL CRUCESITA CUMANAYAGUA 692 RURAL EL NICHO. CUMANAYAGUA 693 RURAL EL NARANJO 699 RURAL SAN BLAS 7 – SANTI SPIRITUS 703 SIQUIATRICO PROV. SANCTI SPIRITUS 710 C.Q. PROVINCIAL Camilo Cienfuegos 730 G.O. PROVINCIAL 740 PED. PROVINCIAL 760 GRAL. FOMENTO 761 GRAL. JATIBONICO 762 GRAL. TOMAS CABRERA. TRINIDAD 763 GRAL. JOAQUIN PARECA. YAGUAJAY 764 765 766 767 768 769 780 791 792 793 794 795 796 797 798 GRAL. ALEJANDRO NAPOLES. TOPES DE COLLANTES C.Q. CABAIGUAN RURAL MENESES RURAL CONDADO RURAL PITAJONES RURAL ALGARROBO M.I. CABAIGUAN RURAL ZABALO MEYES. TRINIDAD RURAL BANAO RURAL MANUEL BRITO JARAHUECA RURAL CAMILO CIENFUEGOS. GUASIMAL RURAL GAVILANES. FOMENTO RURAL JULIO ORTIZ PASCUAL. SOPIMPA RURAL ROLANDO GLEZ. PEDRERO RURAL SIGUANEY. TACAJO 8 – CIEGO DE ÁVILA 810 GRAL. PROV. LUACES 811 GRAL. PROV. CARLOS J. FINLAY 860 GRAL. CIRO REDONDO. PIRIA 861 GRAL. BOLIVIA. CUNAGUA 862 GRAL. MAXIMO GOMEZ. PTA. ALEGRE 863 GRAL. CAMILO CIENFUEGOS. CHAMBAS 880 M.I. FLORENCIA 881 M.I. TAMARINDO 890 PED. MUNICIPAL MORON 864 Hosp. Gral. Doc. Roberto Rodriguez 9 - CAMAGUEY 900 ONCOLOGICO MARIA CURIE 901 MILITAR DE CAMAGUEY 903 SIQUIATRICO RENE VALLEJO 910 C.Q. MANUEL ASCUNCE 911 930 940 960 961 962 963 964 965 966 967 968 969 980 981 982 991 999 983 C.Q. AMALIA SIMONI G.O. PROVINCIAL PED. EDUARDO AGRAMONTE PIÑA GENERAL FLORIDA GRAL. MARTIN CHANG PUGA. NUEVITAS GRAL. ARMANDO CARDOSO. GUAIMARO RURAL. BRASIL. JARONU ESMERALDA RURAL LUGAREÑO RURAL NOEL FERNANDEZ SENADO RURAL PANAMA. VERTIENTES GRAL. SANTA CRUZ RURAL HAITI. MACAREÑO RURAL CANDIDO GLEZ. STA. MARTA GENERAL MINAS M.I. ESMERALDA GENERAL SIBANICU RURAL J.A. ECHEVARRIA. FLORIDA RURAL X ANIVERSARIO CAMALOTE G. O. Mariana Grajales Nuevitas 10 – LAS TUNAS 1001 MILITAR. LAS TUNAS 1010 GRAL. ERNESTO CHE GUEVARA 1040 PED. MARTIRES DE TUNAS 1060 GRAL. MANATI. ARGELIA LIBRE 1061 GRAL. JESUS MENENDEZ. CHAPARRA 1062 GRAL. AMANCIO RODRIGUEZ 1063 GRAL. CANDIDO GLEZ. COLOMBIA 1064 GRAL. GUILLERMO DOMINGUEZ. PUERTO PADRE 1065 GENERAL DE JOBABO 1090 PED. RAIMUNDO CASTRO. PUERTO PADRE 1091 RURAL SALGASERO 1092 RURAL DE OMAJA 1093 RURAL DE BARTLE 1094 Hosp 14 de Junio 1095 Hosp. Luis A. Palomino 1096 Manuel Fajardo 11 – HOLGUÍN 1101 MILITAR DE HOLGUIN 1110 GRAL. V.L. LENIN 1111 HOSPITAL LUISA ÍÑIGUEZ 1140 PED. OCTAVIO DE LA CONCEPCION 1160 GRAL. FERNANDO DE DIOS. TACAJO 1161 GRAL. NICARO 1162 GRAL. JUAN PAZ CAMEJO. SAGUA DE TANAMO 1163 GRAL. JUAN M. MARQUEZ. MARCANE 1164 GRAL. FRANK PAIS. CAYO MAMBI 1165 GRAL. DE GIBARA 1166 GRAL. NICARAGUA. BANES 1167 GRAL. RENE RAMOS LATOUR. ANTILLA 1168 GRAL. MARTIRES DE MAYARI 1169 GRAL. BUENAVENTURA 1170 GRAL. SAN GERMAN. URBANO NORIS 1171 GRAL. PEDRO SOTO ALBA. MONTERREY. MOA 1172 GRAL. MARIO MUÑOS. STA. LUCIA 1173 GRAL. BAGUANOS 1174 GRAL. GUATEMALA 1180 G. OBS. CUETO 1190 PED. BANES 1191 RURAL CANANOVAS 1192 RURAL NARANJO AGRIO 1193 RURAL HNAS. COLUMBIE. CALABAZAS 1199 RURAL ARROYO SECO 1194 Hosp. Guillermo Luis Baquero Moa 12 - GRANMA 1203 SIQUIATRICO PROV. CMDTE. FAJARDO 1210 C.Q. CELIA SCHEZ. MANDULEY. MANZANILLO 1211 GRAL. CARLOS M. DE CESPEDES. BAYAMO 1230 G.O. FE FDEL VALLE. MANZANILLO 1240 PED. HNOS. CORDOVES. MANZANILLO 1241 PED. GRAL. LUIS MILANES. BAYAMO 1260 GRAL. RENE VALLEJO. CAMPECHUELA 1261 1262 1263 1264 1265 1280 1290 1291 1292 1293 1294 1295 1296 1297 1299 GRAL. MARTIRES DE JIGUANI GRAL VEGUITAS GRAL. MEDIA LUNA GRAL. GELASIO CALANA. NIQUERO GRAL. MARIANO PEREZ BALI M.I. ADRIANA DEL CASTILLO. GUISA PED. CAMILO CIENFUEGOS. P. FAJARDO RURAL Fdo.ECHENIQUE. RIO CAUTO RURAL JOEL BENITEZ. CAUTO CRISTO RURAL ULISES GONGORA. CHARCO REDONDO RURAL VICTOR CORTINA. CIENAGUILLA RURAL ENRIQUE CABRERA PILON RURAL CIRO REDONDO. MINAS DE FRIO RURAL ANTONIO PRIETO. BUEY ARRIBA RURAL JUAN M. MARQUEZ. VICTORINO 13 - SANTIAGO DE CUBA 1300 ONCOLOGICO CONRADO BENITEZ 1301 MILITAR JOAQUIN CASTILLO DUANY 1303 SIQUIATRICO GUSTAVO MACHIN 1310 C.Q. SATURNINO LORA 1311 C.Q. AMBROSIO GRILLO 1312 ORLANDO PANTOJA 1330 G.O. NORTE TAMARA BUNKE 1331 G.O. SUR MARIANA GRAJALES 1332 G.O. ESTE 1340 PED. NORTE 1341 PED. SUR 1360 C.Q. PRISION BONIATO 1380 M.I. CLODOMIRA FERRALS. SAN LUIS 1381 M.I. ROBERTO INFANTE. LA MAYA 1382 M.I. REYNALDO CHANG. SONGO LA MAYA 1383 M.I. WILFREDO PAGES. MAFFO. CONTRAMAESTRE 1384 M.I. JULIO ANTONIO MELLA 1385 M.I. JOSE MERCERON. LA CAOBA 1386 M.I. EMILIO BARCENAS 2do. FRENTE 1387 M.I. LOS REYNALDOS 1388 G.O. PALMA ( Nelia Delfin) 1390 1391 1392 1393 1394 1395 1396 1399 1304 PED. MUNICIPAL PALMA RURAL GREGORIO S. EMETERIO PARAISO RURAL REYNALDO BROOK. JARAHUECA RURAL JOAQUIN BARRIENTOS. LA PIMIENTA RURAL ESTEBAN CABALLERO MATIAS RURAL MARIO MUNNOS. TERCER FRENTE RURAL GIRALDO APONTE. CHIVIRCO RURAL OCUJAL. TURQUINO Hosp.Gral.Stgo Juan Bruno Zayas 14 - GUANTÁNAMO 1403 SIQUIATRICO PROV. LUIS RAMIREZ 1410 GRAL. DE GUANTANAMO Agustino Neto 1440 PED. PROV. PEDRO AGUSTIN PEREZ 1460 GRAL. OCTAVIO DE LA C. DE LAS PEDRAJA BARACOA 1480 M.I. HEROES DE JAMAICA. GUANTANAMO 1481 M.I. GUSTAVO A. MOLL. CAIMANERA 1482 M.I. NOEL PEREZ. IMIAS 1483 M.I. FAUSTO FAVIER. PALENQUE. YATERAS 1484 M.I. CAMILO CIENFUEGOS. BERNARDO. YATERAS 1491 RURAL RICARDO GLEZ. STA. CATALINA. GUANTANAMO 1492 RURAL PATRICIO SIERRA ALTA. LOS LLANOS. MAISI 1493 RURAL CARIDAD PEREZ. LA ESCONDIDA. SALVADOR 1494 RURAL RAFAEL TIOPE. SALVADOR 1495 RURAL MANUEL TAMES 1496 RURAL LINO ALVAREZ. SALVADOR 1497 RURAL FELIX PEÑA. SAN ANTONIO DEL SUR 1404 Hosp. 4to Congreso 15 - LA ISLA DE LA JUVENTUD 1560 HEROES DE BAIRE NUEVA GERONA 1561 LA FE