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Programa de detección y
comunicación de sospecha de
cáncer profesional en Asturias
JUSTIFICACIÓN
Valentín Rodríguez
Eva García
Dirección General de Salud Pública
Consejería de Sanidad
Oviedo, 4 de noviembre de 2014
1
Justificación del programa
„
Las Mutuas diagnostican y reconocen menos enfermedades profesionales
de las que probablemente existan: Infradeclaración y subregistro.
„
Las enfermedades laborales no reconocidas por el sistema de
aseguramiento específico (Mutuas, INSS) son atendidas en el servicio
público de salud.
„
Los profesionales de medicina y enfermería del servicio público de salud
carecen de formación específica para relacionar salud y trabajo y de
herramientas para facilitar el diagnóstico.
„
La normativa vigente facilita la comunicación de sospecha de
enfermedades profesionales desde los servicios públicos de salud a la
Seguridad Social.
2
Justificación del programa
REAL DECRETO 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el
cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y
se establecen criterios para su notificación y registro.
-
Preámbulo
-
Artículo 5
3
Justificación del programa
Preámbulo del REAL DECRETO 1299/2006.
„Tras
un amplio proceso de diálogo, las partes firmantes de la declaración
indicada suscribieron el día 13 de julio de 2006 un Acuerdo sobre medidas en
materia de Seguridad Social, entre las cuales se incluye la aprobación de una
nueva lista de enfermedades profesionales que, siguiendo la Recomendación
2003/670/CE de la Comisión, de 19 de septiembre de 2003, relativa a la lista
europea de enfermedades profesionales, adecue la lista vigente a la
realidad productiva actual, así como a los nuevos procesos productivos y de
organización. Asimismo, se acordó modificar el sistema de notificación y
registro, con la finalidad de hacer aflorar enfermedades profesionales
ocultas y evitar la infradeclaración de tales enfermedades.
4
Justificación del programa
Preámbulo del REAL DECRETO 1299/2006.
„En
efecto, la información disponible indica que las deficiencias de protección
a los trabajadores afectados por esta contingencia profesional se derivan, en
gran medida, no sólo de la falta de actualización de la lista de
enfermedades profesionales sino muy especialmente de las deficiencias de
su notificación, producidas por un procedimiento que se ha demostrado
ineficiente, sin una vinculación suficiente con el profesional médico que
tiene la competencia para calificar la contingencia o con aquel otro que
pueda emitir un diagnóstico de sospecha. En consecuencia, al tratarse de
elementos que se consideran decisivos para la configuración de un sistema
eficaz de notificación y registro, parece oportuno incluirlos en esta norma.
5
Justificación del programa
Artículo 5 del REAL DECRETO 1299/2006. Comunicación de enfermedades
que podrían ser calificadas como profesionales.
„Cuando
los facultativos del Sistema Nacional de Salud, con ocasión de
sus actuaciones profesionales, tuvieran conocimiento de la existencia de una
enfermedad de las incluidas en el anexo 1 que podría ser calificada como
profesional, o bien de las recogidas en el anexo 2, y cuyo origen profesional se
sospecha, lo comunicarán a los oportunos efectos, a través del
organismo competente de cada comunidad autónoma y de las ciudades
con Estatuto de Autonomía, a la entidad gestora, a los efectos de calificación
previstos en el artículo 3 y, en su caso, a la entidad colaboradora de la
Seguridad Social que asuma la protección de las contingencias profesionales.
Igual comunicación deberán realizar los facultativos del servicio de
prevención, en su caso.
6
Justificación del programa
El REAL DECRETO 1299/2006 introduce 3 modificaciones:
„
„
„
Nueva lista de EEPP.
La notificación de EP la realiza directamente la Mutua a través de
CEPROSS.
Pueden realizar comunicación de sospecha de EP los facultativos de los
servicios públicos de salud y de los SPRL.
Los resultados son:
„
„
„
Lista de EEPP incompleta, mal redactada y que da lugar a diferentes
interpretaciones.
Las notificaciones de EEPP cayeron drásticamente desde 2007.
El sistema de comunicación de sospecha de EP está sin desarrollar en
España, y sólo hay experiencias aisladas… como la de Asturias sobre
cáncer profesional.
7
¿Por qué se debe comunicar una sospecha de EP?
1)
Por obligación legal (art. 5 del RD 1299/2006).
2)
Para derivarla al organismo que tiene asegurada la contingencia
profesional (INSS o Mutua) y le corresponde la asistencia.
3)
Para ahorrar recursos (humanos, tiempo y dinero) al sistema público de
salud.
4)
Porque sale beneficiado
derechohabientes.
5)
Porque salen beneficiados otros trabajadores, ya que la investigación de
las causas de las EP y su corrección previenen nuevas EP.
6)
Porque su registro en CEPROSS permite contabilizarla como EP y ayuda
en la planificación de políticas preventivas.
económicamente
el
trabajador
y
sus
8
Conferencia internacional OMS
sobre determinantes
ambientales y laborales
del cáncer
Asturias, 17-18 de marzo de 2011
9
Objetivo general:
ƒ
Crear un marco político para la prevención primaria
de los cánceres de origen ambiental y laboral, y
movilizar aún más a los científicos, a los
especialistas en salud pública y a la sociedad civil
para alcanzar ese fin.
10
„
El cáncer es la 2ª causa de mortalidad en el mundo.
„
En 2008 hubo 12,7 millones de nuevos casos y 7,6 millones de
defunciones.
„
Se estima que entre 2000 y 2020 la incidencia mundial del cáncer se
multiplicará por dos y que en 2030 se triplicará.
„
Aproximadamente el 19% (12-29%) de todos los cánceres pueden
atribuirse al entorno, incluido el laboral, con un total de 1,3 millones de
defunciones anuales.
„
Se estima que sólo el 5-10% de los cánceres son debidos a defectos
genéticos hereditarios.
„
La proporción de cánceres atribuibles a factores de riesgo modificables
es al menos de 1/3 de los casos.
11
Medidas de control propuestas en el ámbito laboral:
A. Identificar y vigilar las exposiciones y la salud de los
trabajadores.
B. Asegurar la comunicación de casos de cáncer con etiología
laboral sospechada.
C. Incluir el cáncer laboral en listas de enfermedades laborales
y asegurar que los médicos comunican todos los casos.
D. Integrar la prevención del cáncer laboral en los programas de
control de cáncer globales.
E. Aumentar la concienciación de los profesionales de la salud
(clínicos y de salud pública) sobre la relación entre las
exposiciones laborales y ambientales y el cáncer.
12
Estimaciones del riesgo atribuible al trabajo
Impacto de las enfermedades
laborales. España 2004
Fuente: Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS)
Autores: Ana María García, Rafael Gadea, Vicente López
13
Impacto de las enfermedades laborales. España 2004
• Asturias fue la comunidad autónoma con mayor tasa de mortalidad
(por cada 10000 trabajadores ocupados) por enfermedades
laborales en hombres (20,10) y la segunda en mujeres (4,38). En el
conjunto de España las tasas fueron 12,88 y 3,02 en hombres y
mujeres respectivamente.
• En 2004 en Asturias se produjeron 33 muertes por accidente de
trabajo, mientras que se estima que fueron 546 las defunciones por
enfermedades laborales y 1721 los casos incidentes.
• Los años potenciales de vida perdidos debidos a la mortalidad por
enfermedades laborales se estimaron en 4935, correspondiendo a
los tumores el 54% y a las enfermedades del aparato circulatorio el
34% de los mismos.
Fuente: Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS)
14
% de casos de cáncer atribuibles a diferentes exposiciones
Estimaciones de Doll y Peto (1981)
Fuente: Cáncer laboral en España. Kogevinas M. et al. (2005)
15
% de casos de cáncer atribuibles a diferentes exposiciones
Estimaciones de Parkin et al. (UK 2010)
Fuente:Parkin et al. British Journal of Cancer (2011) 105, S77 – S81
16
Porcentaje de cáncer atribuido a exposiciones laborales
Población
Autores
Año de
publicación
Estimación
puntual
Intervalo
Indicador
USA
Doll y Peto
1981
4%
2-8%
mortalidad
UK
Doll y Peto
2006
2%
1-5%
mortalidad
UK
Rushton
2010
5,3%
4,6-6,6%
mortalidad
UK
Rushton
2010
4,0%
2,7-5,9%
incidencia
17
Cánceres laborales reconocidos en diferentes países de Europa
País
Población
(millones)
Nuevos
Cánceres
cánc/año profesionales
estimados
Cánceres
reconocidos
como E.P.
%
Francia
57,3
250.000
10.000
900
9,00%
Reino Unido
57,5
241.875
9.670
806
8,34%
Alemania
79,1
367.641
14.700
1889
12,85%
Bélgica
10,2
46.339
1.850
149
8,05%
Dinamarca
5,1
29.657
1.180
79
6,69%
Finlandia
5,2
22.201
890
110
12,36%
España *
41,8
161.748
6.470-13.587
6
0,04-0,09%
Fuente: Cáncer laboral en España. Kogevinas M. et al. (2005)
18
Cánceres laborales reconocidos en diferentes países de Europa
País
Población
(millones)
Nuevos
Cánceres
cánc/año profesionales
estimados
Cánceres
reconocidos
como E.P.
%
Francia
57,3
250.000
10.000
900
9,00%
Reino Unido
57,5
241.875
9.670
806
8,34%
Alemania
79,1
367.641
14.700
1889
12,85%
Bélgica
10,2
46.339
1.850
149
8,05%
Dinamarca
5,1
29.657
1.180
79
6,69%
Finlandia
5,2
22.201
890
110
12,36%
España *
41,8
161.748
6.470-13.587
6
0,04-0,09%
* Datos poblacionales de 2002 y cánceres laborales reconocidos oficialmente en 2004
Fuente: Cáncer laboral en España. Kogevinas M. et al. (2005)
19
IMPACTO DE LAS ENFERMEDADES DE ORIGEN LABORAL EN ESPAÑA (2004).
DATOS DE ASTURIAS.
Fuente: Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS)
20
Declaración de cáncer profesional
en España
Observatorio de EEPP de la SS
21
Justificación del programa
-58%
R.D. 1299/2006 sobre EEPP
22
Justificación del curso
Datos del Observatorio de enfermedades profesionales de la Seguridad Social
23
24
26
Cánceres profesionales con baja por Comunidad Autónoma
ENFERMEDADES PROFESIONALES (GRUPO 6)
COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Andalucía
2012
2013
3
2
Aragón
Asturias
1
4
5
Baleares
Canarias
Cantabria
Castilla Y León
2
Castilla-La Mancha
2
Cataluña
8
Comunidad Valenciana
1
Extremadura
1
1
Galicia
Madrid
1
3
Murcia
Navarra
1
País vasco
4
1
14
26
La Rioja
Ceuta y Melilla
TOTALES
Enfermedades profesionales con baja por agentes carcinógenos
Amianto
Aminas aromáticas
Arsénico y sus compuestos
Benceno
Berilio
Bis-(cloro-metil) éter
Cadmio
Cloruro de vinilo monómero
Cromo VI y compuestos de cromo VI
Hidrocarburos aromáticos policíclicos (PAH):
Níquel y compuestos de níquel
Polvo de madera dura
Radón
Radiación ionizante
Aminas e hidracinas aromáticas
Nitrobenceno
Ácido cianhídrico, cianuros,…
TOTAL
2008
13
2
2
2009 2010 2011
9
14
14
2
5
1
2012
9
2
2013
22
3
1
1
1
2
10
1
5
1
9
1
2
1
5
1
1
3
3
36
37
3
1
1
1
20
19
2
2
2
2
2
14
36
2008-2013
81
9
8
1
1
0
2
0
5
30
5
7
0
4
2
3
4
162
Fuente: Observatorio de EEPP de la Seguridad Social
29
Justificación del programa de cáncer profesional en Asturias
„
R.D. 1299/2006 (Preámbulo y art. 5).
„
Estimaciones del impacto de las enfermedades laborales (2004).
„
Datos estadísticos del Observatorio de EEPP de la SS.
30