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Código de Ética
y Buen Gobierno
Te entiende. Te atiende
Contenido
Presentación.1
Generalidades de la Entidad.3
Órgano de dirección.3
Asamblea General de Accionistas.3
Órganos de Administración.3
Estructura Organizacional.4
Nuestra Misión.4
Nuestra Visión.5
Nuestra Política de Calidad.5
Valores Corporativos.5
Principios Éticos.6
Introducción.7
CAPITULO 1.
8
Conceptos generales de la Ética y la Bioética.8
Los Principios de la Bioética.12
Código de ética y buen gobierno
CAPITULO 2.
17
Desarrollo de Criterios Éticos de Capital Salud EPS-S.17
ARTÍCULO 1º. Declaración de principios éticos
17
de Capital Salud EPS-S.
ARTÍCULO 2°. Sobre la persona.
19
ARTÍCULO 3º. Relaciones éticas.
ARTÍCULO 4°. De las relaciones del personal administrativo
con la institución.
24
CAPÍTULO 3.
26
25
De los Derechos y Responsabilidades de los Usuarios
y Pacientes de Capital Salud EPS-S.26
ARTÍCULO 5º. Los 10 mandamientos para un buen servicio
de excelencia frente a los usuarios.
26
CAPÍTULO 4.
33
De diversas actuaciones de los colaboradores
de Capital Salud EPS-S. Apartes que se resaltan.33
ARTÍCULO 6º. Información confidencial.
33
ARTÍCULO 7º. Protección de bienes de Capital Salud EPS-S.
35
ARTÍCULO 8º. Medios electrónicos.
35
ARTÍCULO 9º. Etiqueta profesional.
36
ARTÍCULO 10º. Regalos y propinas.
37
ARTÍCULO 11º. Incentivos profesionales.
37
ARTÍCULO 12º. Personal de dirección, manejo o confianza.
38
ARTÍCULO 13º. Vinculación del personal.
39
ARTÍCULO 14º. Relaciones con los subcontratistas y proveedores.
39
ARTÍCULO 15º. Proceso de cuentas médicas.
40
Investigaciones legales.45
Ambiente general del sitio de trabajo.46
Obligación personal de reportar.47
Ambiente laboral libre de drogas.
47
Recursos para obtener asesoría y reportar inquietudes.
48
Señales de advertencia.
48
Medición e indicadores.
49
Mecanismos de difusión y socialización.
49
De la adopción, vigencia, divulgación y reforma del código.
49
Disposiciones finales.
50
Bibliografía.51
Presentación
Apreciada Familia Capital Salud EPS-S:
Todos nos hemos comprometido a una práctica profesional ética y
legal. Este compromiso debe ser consistente con nuestros valores corporativos y en este sentido, es esencial vivir nuestra misión ajenos a
consideraciones de índole personal.
Éste Código de Ética y Buen Gobierno es nuestro documento de referencia, para aplicar en la actuación diaria dentro de la entidad. Está
conformado por los principios, valores y directrices, que en coherencia
con un buen gobierno, todo directivo y/o colaborador de la Entidad debe
observar en el ejercicio de su función administrativa.
Esperamos que esta guía, nos ayude a comprender de una mejor manera,
la complejidad de los asuntos legales y éticos del comportamiento humano
y reafirme el hecho de que comprometernos a cumplir nuestra plataforma
estratégica y organizacional, puede ayudarnos a obtener mejores resultados, en el desempeño diario y evitar conflictos con nuestros semejantes.
La implementación del Código de Ética y Buen Gobierno contribuye a
que en Capital Salud EPS-S, se desarrolle un clima interno de reglas de
juego claras y precisas que trasparentemente definen las expectativas de
comportamiento de los funcionarios y servidores de la entidad, generan un
estilo de dirección unificado de comportamientos trasparentes, propicia
la confianza interna entre los miembros de la institución, incrementa la
credibilidad y confianza entre los diferentes grupos de interés y fortalece
la cultura organizacional.
Todo esto orientado al cumplimiento de los fines de nuestra entidad,
apoyando nuestra vocación de servicio hacia nuestros usuarios. Esmerán-
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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
donos diariamente por garantizar y ofrecer a nuestros afiliados servicios
de salud con calidad y actuar con absoluta integridad. Es de suma importancia para la viabilidad de la Organización que rijamos nuestro actuar por
el espíritu del Código y cumplamos con sus estipulaciones específicas.
Esperamos, también, que todos los colaboradores directos, contratistas, practicantes, voluntarios y en general cualquier persona vinculada
a Capital Salud EPS-S, practique las normas que se presentan en este
Código y que conduzcan todos los asuntos y las relaciones profesionales
y laborales de Capital Salud EPS-S de manera consistente con nuestros
valores Fundamentales.
Los motivamos, entonces, a que participen activamente para que juntos
hagamos de Capital Salud EPS-S una empresa líder en el aseguramiento
de servicios de salud con los mejores estándares de calidad, cumpliendo
con las leyes y normas con un sentido de humanidad, admiración, respeto
y profundo amor por nuestros usuarios, que son la razón de ser de nuestra
compañía.
Agradecemos su permanente participación en la construcción de esta
Organización de la cual todos podemos sentirnos orgullosos.
Esperando que este documento favorezca el mejor desempeño de todos y cada uno de ustedes, nos suscribimos con sentimiento de gratitud
y aprecio.
Junta Directiva Capital Salud EPS-S
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Generalidades de la Entidad
Capital Salud EPS-S S.A.S es una sociedad por acciones simplificada,
de origen y naturaleza mixta con aportes públicos y privados, cuya participación mayoritaria es del Distrito Capital, sujeta a las disposiciones
del Sistema General de Seguridad Social en Salud y designada empresa
promotora de los servicios de salud y administradora de los recursos del
régimen subsidiado, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio.
Órgano de dirección
La Empresa cuenta con órganos de dirección y administración que le fijan legal y estatutariamente las directrices de su gestión social y ejecutan
y cumplen todos los actos en procura de la realización de su objeto social.
Asamblea General de Accionistas
La Asamblea General es la máxima autoridad de la sociedad, integrada
por los accionistas, los cuales estarán representados por su representante legal o su delegado.
Órganos de Administración
La administración de la compañía está conformada por la Junta Directiva, el Gerente General, el Secretario General y Jurídico, los Directores de
áreas, Gerentes de Sucursal y los Coordinadores.
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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
Estructura Organizacional
La estructura organizacional de la Empresa puede ser consultada en la
página web de Capital Salud EPS-S (www.capitalsalud.gov.co)
Dentro de la estructura jerárquica de la Empresa y dependiendo del
Gerente General, se encuentran las Direcciones y Gerencias de Sucursal,
éstas tienen como misión el asegurar la permanencia, sostenibilidad y
crecimiento integral de la Organización, mediante el direccionamiento
estratégico de la Gerencia General frente al entorno; bajo su responsabilidad está el de crear las condiciones para el desarrollo y satisfacción
integral del talento humano, asegurar el uso eficiente de los recursos de
la Entidad, con la aplicación de criterios de costo - beneficio; y garantizar
la permanente satisfacción del usuario.
Dependiendo de los directores de área se encuentran las coordinaciones, las cuales tienen como misión desarrollar las estrategias para
alcanzar la visión de la institución, a través de la gestión del talento
humano y la integración de las habilidades y capacidades de los equipos
de trabajo para lograr los resultados.
Nuestra Misión
Somos una E.P.S de economía mixta, que contribuye al mejoramiento
de las condiciones de vida de nuestra población afiliada, a través de la
prevención y gestión del Riesgo, garantizando los Derechos en Salud con
humanidad, dignidad y altos estándares de calidad.
4
Nuestra Visión
En el 2017 Capital Salud EPS-S se posicionará como una entidad líder
en la garantía de la prestación y administración del acceso a los servicios
de salud con responsabilidad social empresarial y ambiental.
Nuestra Política de Calidad
En Capital Salud EPS-S nos comprometemos a:
Garantizar y mejorar permanentemente los niveles de calidad en cada
uno de los procesos del aseguramiento de los servicios de salud, en
busca de altos estándares de satisfacción de las personas afiliadas a la
EPS-S, sus familias, colaboradores, proveedores, accionistas y comunidad en general, orientando el desarrollo profesional de los integrantes de
la organización Capital Salud EPS-S, con enfoque en el mejoramiento de
las competencias para obtener el mejor desempeño del talento humano.
Además, propenderemos por la innovación y la creatividad en cada una
de las fases de la cadena de servicio, así como por el uso racional de los
recursos disponibles.
Valores Corporativos
Los valores corporativos que inspiran y soportan la gestión de la organización son:
1. Respeto: Valorar a los demás, acatando su autoridad, considerando
su dignidad para facilitar el logro de objetivos corporativos.
2. Responsabilidad: Ser conscientes de nuestra obligación con la
vida de las personas, asumiendo éticamente nuestros actos en lo
5
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
que hacemos y decimos para cumplir de manera eficiente, eficaz y
efectiva con nuestros deberes.
3. Ética: Ser responsables y coherentes con nuestras actuaciones y
decisiones, de manera que éstas vayan acorde a los principios
básicos que rigen la sociedad; evitando a toda costa y rechazando
cualquier actuación que vaya en contra de la compañía, de nuestros
usuarios y/o de alguno de nuestros colaboradores.
4. Solidaridad: Apoyar y colaborar a nuestros compañeros o superiores cuando éstos lo necesiten, sin necesidad de ninguna solicitud
expresa, cumpliendo con el sentido de humanidad y trabajo en
equipo. Todo enfocado al logro de los objetivos corporativos.
5. Actitud de servicio: Orientar nuestros esfuerzos a entender y atender las necesidades y expectativas de nuestros clientes externos e
internos de manera amable y oportuna.
6. Lealtad: Compromiso de actuar con rectitud, prudencia y sentido de
pertenencia; defendiendo los intereses de nuestros usuarios que
son nuestra razón de ser.
7. Honestidad: Hacer nuestra labor de manera correcta, justa y sincera, aplicando los principios del respeto por el otro y la buena fe,
que deben regir nuestro actuar y más aun siendo trabajadores del
sector de la salud.
Principios Éticos
Los principios éticos de la entidad, son:
1. Sentido de la excelencia, fundamental dentro de nuestras actividades.
6
2. Solidaridad y disponibilidad permanentes son actitudes de servicio
que orientan nuestras funciones.
3. Buscamos una permanente identidad de compromiso entre las
expectativas del usuario y los propósitos de la organización. Para
el efecto, se pretende implantar cultura de cordialidad, que conduzca al trato amable, cálido y humano, dentro de un marco de
respeto mutuo.
4. Laboramos con honestidad, ética y compromiso.
5. Trabajamos exigiendo responsabilidad y eficiencia en el manejo de
recursos, basados en altos estándares laborales. Creamos una
audaz cultura empresarial en nuestras actividades.
6. Respetamos y cuidamos el medio ambiente.
7. Buscamos, dentro de una alta competitividad, la sostenibilidad de
nuestra compañía, calidad de vida para nuestros usuarios, estabilidad y crecimiento para nuestros colaboradores.
Introducción
Capital Salud EPS-S se ha comprometido con la sociedad a brindar,
de manera ética y legal, servicios de salud de la más alta calidad. Es un
compromiso esencial que se manifiesta a través de nuestra plataforma
estratégica. Es una promesa de servicio que ayuda a preservar la confianza y el respeto de nuestros usuarios y de las comunidades a las cuales
brindamos servicios. Para reforzar este compromiso, Capital Salud EPS-S
se involucra permanentemente en asuntos relacionados con la calidad y
el cumplimiento permanente de las leyes y los reglamentos que nos rigen.
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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
Nuestro Código de Ética y Buen Gobierno, nos sirve a todos de guía
y nos ayuda a efectuar nuestras actividades diarias cumpliendo con las
normas legales y éticas establecidas por la Ley y la institución. Estas
normas aplican a las relaciones que hay entre nosotros al igual que a las
que establecemos con IPS, usuarios, contratistas y proveedores, asesores, directivas, y colaboradores en general. Este Código de Ética y Buen
Gobierno, que es la base de nuestra plataforma Institucional, provee las
normas que debemos seguir para proteger y promover la integridad y
para incrementar la capacidad de Capital Salud EPS-S para alcanzar esa
plataforma.
Capital Salud EPS-S, teniendo en cuenta los derechos y deberes que le
asisten a los accionistas, afiliados, colaboradores, personas naturales y
jurídicas relacionadas con la Entidad, compila en el presente documento
las prácticas y mecanismos empleados por la EPS-S para construir y
fortalecer una cultura organizacional fundamentada en valores y buenas
prácticas, brindando a los diferentes grupos de interés confianza, credibilidad y transparencia en nuestra gestión organizacional.
CAPITULO 1
Conceptos generales de la Ética y la Bioética
Las cuestiones éticas no tienen una respuesta fácil o sencilla, que pueda encontrarse previamente en los códigos de ética o en las leyes. Tanto
los códigos como las leyes son importantes para los profesionales que
trabajan en el campo de la salud, pero por su naturaleza intrínseca, los
códigos y las leyes tienden a estar limitados a declaraciones generales.
En la actualidad los códigos pueden proporcionarnos directrices generales acerca de cómo abordar los dilemas éticos que con tanta diversidad
8
y frecuencia se nos plantean, pero los profesionales que trabajan en el
campo de la salud y los aseguradores, como personas y como profesionales de la promoción y el cuidado de la salud y como generadores de
bienestar emiten juicios cada día que afectan a las vidas humanas y que
tienen influencia en el bienestar de los usuarios, de sus familias y de
las personas que conforman una comunidad, influyendo también en la
toma de decisiones de otros profesionales que trabajan en el campo de
la salud.
“La ética no es cosa de intuición, imaginación, capacidad de persuasión, sentimientos ni “opiniología”, ni urbanidad de estilos de gestión
económica y social, sino que sus conclusiones se fundamentan en argumentos lógicos basados en hechos reales. El análisis ético es el que más
abarca porque debe considerar todas las dimensiones humanas de cada
caso, pero lo hace con una jerarquía” (Sánchez Torres, Fernando, Temas
de Ética Médica, Rodríguez Luño, Ángel, p.17. J Ferrater Mora, Diccionario
de Filosofía, Ed. Ariel, Barcelona, pp. 1.141-1.148).
Podemos definir los “valores” como una estimación positiva, que se
caracterizan porque son universales o pretenden serlo; los poseedores
de éstos son las personas, la exigencia es ilimitada, se presentan como
criterios que abarcan toda nuestra conducta y tienen validez exigible
durante toda nuestra vida.
El valor moral se constituye en la expresión correcta de los actos del
ser humano que a través de su intersubjetividad posibilita la comunicación, la convivencia, la interacción y la racionalidad en su comportamiento
y actuaciones. El valor es una expresión de cualidad, calidad o naturaleza
importante y deseable. Es aquello que tiene significado físico, estético,
espiritual, social e histórico; se relaciona con las creencias y la cultura, se
traduce en comportamientos y responde a la finalidad última del hombre,
su intencionalidad, sus necesidades reales y trascendentes. El valor de
cada ser humano radica en el hecho de pertenecer a la especie humana
y desde este punto de vista todos merecen respeto por encima de los
intereses individuales y sociales.
9
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
El proceso de valoración del ser humano incluye una compleja serie de
condiciones intelectuales y afectivas que suponen: la toma de decisiones,
la estimación y la actuación. Las personas valoran al preferir, al estimar,
al elegir unas cosas en lugar de otras, al formular metas y propósitos
personales. Las valoraciones se expresan mediante creencias, intereses,
sentimientos, convicciones, actitudes, juicios de valor y acciones.
Todos los valores que se relacionan con el respeto y la promoción de
la dignidad de cada ser humano son valores morales y en este sentido
hay una connotación moral en muchos valores profesionales, culturales
y familiares.
Muchas de las situaciones que se enfrentan y con las que conviven los
profesionales de la salud llevan aparejadas relaciones y decisiones en las
que existen conflictos de valores, prioridades y compromisos asociados
con lo que es “bueno” o “correcto” para los individuos, las familias, las
comunidades y la sociedad, así como para los profesionales de la salud.
Los aseguradores de la prestación de servicios de salud y gestores
del riesgo en salud se enfrentan a situaciones en las que los problemas
éticos requieren un momento de reflexión que por regla general se consideraría como un juicio diferente, en él cobran importancia y peso:
• Los valores personales y laborales del personal que administra y
gestiona el riesgo en salud.
• Los valores personales del personal administrativo que soporta
toda la operación de aseguramiento y prestación.
• El respeto por los valores del otro o de los otros.
Los valores expresados con más frecuencia son:
• El valor del ser humano.
10
• La vida.
• La dignidad y el respeto.
• La salud física, psicológica y espiritual.
• La relación solidaria con los demás.
• El ejercicio responsable de la autonomía.
• La confidencialidad.
• El bienestar individual y social, la unidad y participación de la
familia.
• La veracidad, la rectitud, la honradez, el buen juicio en la toma de
decisiones.
• El empeño por actualizar conocimientos y mantener la competencia.
• El buen uso y aprovechamiento de los recursos.
• El mantener un ambiente laboral seguro, cálido, respetuoso y de
trabajo en equipo.
• La entrega, dedicación y convencimiento, siempre presentes en
nuestras acciones, para el cumplimiento de los objetivos personales e institucionales.
• El cumplir eficientemente con los compromisos adquiridos y asumimos positivamente las consecuencias de nuestros actos.
• La excelencia.
• La creatividad e imaginación en nuestro trabajo con dinamismo y
conocimiento, teniendo mente abierta hacia un nuevo horizonte.
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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
• El liderazgo para orientar los esfuerzos en la consecución de los
objetivos organizacionales y personales a través de la innovación,
competitividad, motivación y conocimiento, generando valor agregado al bienestar y calidad de vida de la comunidad.
• El compromiso de superar las expectativas de nuestros usuarios,
ofreciendo un servicio cálido y humano, que garantice el buen trato
y evidencie nuestro interés hacia sus necesidades.
• La amabilidad en nuestras relaciones con los demás.
Los principios de la Bioética
Partiendo de la definición de Bioética como: “La conciencia de la
ciencias médicas y biológicas, como una práctica dinámica, racional,
y reguladora de los valores éticos y reales con la característica de ser
multidisciplinaria y que tiene como objetivo la preservación de la dignidad
humana en sus diversas expresiones”. Han de tenerse en cuenta sus
principios fundamentales como son: la beneficencia - la no maleficencia,
autonomía y justicia.
Autonomía
El respeto por las personas es el primer principio y éste exige que cada
individuo sea tratado como un ser único y como un ser igual a todos los
demás individuos. Se requiere una justificación ética especial para interferir en los propósitos, la privacidad o los comportamientos individuales
de cada persona.
Con este principio se reconoce el deber de respetar la libertad individual que tiene cada persona para determinar sus propias acciones (Fry,
Sara, p. 29).
12
La palabra autonomía deriva del griego “autos” (propios) y “nomos”
(regla, autoridad o ley), se utilizó por primera vez con referencia a la autorregulación y autogobierno de las ciudades.
Este término se ha ampliado en la actualidad y se utiliza para las
personas adquiriendo significados bastante diversos, como autogobierno,
derechos de libertad, intimidad, elección individual, libre voluntad, elegir
el propio comportamiento y ser dueño de uno mismo.
El significado de la palabra autonomía, como ocurre con muchos
otros consejos filosóficos, se vuelve más específico en el contexto de
la teoría. Por eso, se sostiene que toda persona autónoma debe tener,
entre otras, la capacidad de autogobierno que incluye: la comprensión,
el razonamiento, la reflexión, la elección independiente. El principio del
respeto por las personas exige que tengamos en cuenta las elecciones
y valores que el paciente tiene a la hora de tomar decisiones sobre los
cuidados y el tratamiento, y respetarlo como agente autónomo activo.
Las reglas morales, que nos sirven de afirmación del respeto por la autonomía del paciente son: decir la verdad, respetar la intimidad, proteger
la información confidencial, obtener el consentimiento para las intervenciones médicas y ayudarlo a tomar decisiones cuando se nos pida, sin
coerción o manipulación. El respeto por la autonomía como principio es
muy amplio y no debe ser utilizado en aquella persona que por inmadurez,
incapacidad, ignorancia, coerción o explotación, sea incapaz de actuar en
forma competente.
La reflexión se basa en si los pacientes o usuarios son psicológica o
legalmente capaces de tomar decisiones adecuadas.
La medicina, la psiquiatría, el derecho y la filosofía han elaborado informes muy distintos sobre las habilidades que una persona debe demostrar
para ser considerada competente.
Si el paciente o el usuario, es incompetente por cualquiera de las razones mencionadas anteriormente, se delega en los padres, familiares o de
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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
no tenerlos, en aquella persona que represente los mejores intereses del
paciente, o en último caso se dará intervención a la justicia.
No maleficencia, o no hacer daño
Es otro principio ético que desde la máxima hipocrática “primum non
nocere” y desde las notas de Florence Nightingale es parte del juramento
de compromiso y responsabilidad moral que asumen los profesionales de
la salud como la obligación de extremar siempre los posibles beneficios y
minimizar los posibles riesgos (Fry, Sara. pág. 28).
Beauchamp, T. L y J. F. Childress, en su libro sobre Principios de la
ética biomédica, distinguen entre: el principio de No maleficencia y el
principio de Beneficencia.
Particularmente, no establecen un orden normativo o jerárquico y adquieren estos dos principios las siguientes formas:
No Maleficencia:
• No se debe causar daño o mal.
Beneficencia:
• Se debe prevenir el daño o el mal.
• Se debe evitar o rechazar el daño o el mal.
• Se debe hacer o promover el bien.
Estas tres formas de beneficencia implican ayudar de manera activa
(previniendo el mal, evitando el mal y promocionando el bien), mientras
que la no maleficencia implica simplemente abstenerse intencionalmente
de realizar aquellas acciones que puedan causar daño.
14
No hay una sola interpretación del término “daño”, puede también
considerarse como injuria, injusticia, violación o agravio, obstaculizar o
alterar los intereses físicos o psicológicos.
Esto crea ambigüedad en la práctica ya que podemos agraviar a un
paciente por omitir la información prometida y no le estamos infligiendo
un daño físico.
Es, por lo tanto, importante centralizarnos en primera instancia en el
daño físico, incluidos el dolor, las incapacidades y la muerte, sin por ello
negar la importancia de aquellos otros daños que con nuestros actos
pueden obstaculizar o alterar la reputación, la propiedad, la intimidad o la
libertad de los pacientes a nuestro cuidado.
Las reglas morales en las que basamos el principio de no maleficencia
son: No matarás. No causarás dolor o harás sufrir a otros. No ofenderás.
No privarás a los demás de los bienes de la vida.
Beneficencia
El término beneficencia se define en el diccionario español como “la
virtud de hacer el bien”; en la lengua inglesa el término beneficence connota actos de misericordia, bondad y caridad. El altruismo, el amor y la
humanidad son a veces considerados también formas de beneficencia.
Entendemos que una acción es beneficente cuando proporciona beneficios a otras personas.
Es importante que identifiquemos en nuestra práctica las reglas morales
que reconocen al principio de beneficencia: proteger y defender los derechos de los pacientes y de los usuarios, prevenir que suceda algún daño
acudiendo a las instancias competentes, suprimir las condiciones que puedan producir perjuicio a otros, ayudar a las personas con discapacidades.
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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
Justicia
El principio de justicia estipula la igualdad de trato entre los iguales, y
la diferencia de trato entre los desiguales, conforme a sus necesidades
(Beauchamp & Childress, 1989). Esto significa que las personas que tienen necesidades iguales en materia de aseguramiento y necesidades de
salud deben recibir la misma cantidad de recursos sanitarios (igualdad
de trato entre iguales). Significa también que si algunas personas tienen
más necesidades que otras, deberán recibir más recursos sanitarios. Hacer hincapié en las necesidades permite una distribución más equitativa
de los recursos disponibles.
En lo que compete a los profesionales de la salud las cuestiones por
plantear tienen que ver con la asignación de los recursos, por ejemplo:
cuántos profesionales de la salud se requieren en un determinado servicio para garantizar cuidados del paciente en forma adecuada y segura,
qué nivel de capacitación deberían tener el profesional de la salud para
asumir el cuidado de tal paciente, cómo distribuir los recursos materiales
escasos para cada paciente o usuario de acuerdo a su necesidad.
La justicia en la atención por parte del personal de la salud no se
refiere solamente a la disponibilidad y utilización de recursos físicos y
biológicos, sino a la satisfacción de necesidades básicas de la persona,
en su orden biológico, espiritual, afectivo, social y psicológico que se
traducen en recurso humano que ofrezca una adecuada calidad de atención. Es un principio ético básico para la sociedad; implica lo público,
por ende, trasciende las decisiones de la ética entidad y compromete a
los agentes de salud en actos donde se requieren acuerdos sociales de
justicia distributiva.
El término “justicia distributiva” se refiere a la distribución equitativa
y adecuada de los beneficios y cargas de acuerdo a las circunstancias
y situaciones particulares de las personas, sus actos y consecuencias
hacia los demás.
16
CAPITULO 2
Desarrollo de criterios éticos de Capital Salud
EPS-S
ARTÍCULO 1º. Declaración de principios éticos de
Capital Salud EPS-S
1. Todo el personal de la entidad debe obrar en consideración a nuestra condición de asegurador de salud, entendiendo por aseguramiento en salud, la administración del riesgo financiero, la gestión
del riesgo en salud, la articulación de los servicios que garantice
el acceso efectivo, la garantía de la calidad en la prestación de los
servicios de salud y la representación del afiliado ante el prestador
y los demás actores sin perjuicio de la autonomía del usuario. Lo
anterior exige que el asegurador asuma el riesgo transferido por el
usuario y cumpla con las obligaciones establecidas en los Planes
Obligatorios de Salud.
2. Todos los trabajadores de la entidad tienen como fin cuidar de la
salud del hombre y propender por la prevención de las enfermedades, el perfeccionamiento de la especie humana y el mejoramiento
de los patrones de vida de la colectividad, sin distingos de nacionalidad, ni de orden económico-social, racial, político y religioso.
3. El personal debe considerar y estudiar al usuario y al paciente, como
persona que es, en relación con su entorno, con el fin de proveer
las autorizaciones de servicio y gestionar su estado de bienestar
conforme la cobertura del respectivo plan y debe propender, en su
calidad de prestador directo, cuando ello suceda, por diagnosticar
la enfermedad y sus características individuales y ambientales, y
17
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
adoptar las medidas, curativas y de rehabilitación correspondiente.
Si así procede, a sabiendas podrán hacer contribuciones a la ciencia de la salud, a través de la práctica cotidiana de su profesión.
4. Todo el personal se ajustará a los principios metodológicos y éticos que salvaguardan los intereses de la ciencia y los derechos de
la persona, protegiéndola del sufrimiento y manteniendo incólume
su integridad.
5. La relación personal de la salud-paciente es elemento primordial en
la práctica de las ciencias de la salud, incluido el aseguramiento.
Para que dicha relación tenga pleno éxito debe fundarse en un
compromiso responsable, leal y auténtico, el cual impone la más
estricta reserva profesional y legal.
6. Conforme con la tradición de las ciencias de la salud, incluido el
aseguramiento en salud, todo el personal está obligado a transmitir conocimientos e información relevante, con miras a preservar
la salud de las personas, sus familias y de la comunidad. Por
ello todo el personal tendrá un compromiso con los pacientes y
usuarios en brindarles información y educación en los aspectos
concernientes a las coberturas de su plan y los modos de acceso
al mismo, sobre su enfermedad, el tratamiento, el autocuidado,
la detección temprana y específica de la enfermedad .
7. Adoptar como postulados básicos para propender por la humanización en la atención a los pacientes y usuarios y garantizar el
mejoramiento de la calidad en la prestación del servicio de salud
en Capital Salud EPS-S, los derechos y deberes de los usuarios y
pacientes, siendo sus multiplicadores y velando por su cumplimiento en la institución.
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ARTÍCULO 2°. Sobre la persona
Sobre la persona y el ejercicio de su trabajo
1. Los principios rectores de este Código son el respeto por la persona, la justicia, la equidad y la igualdad, advirtiendo que el ejercicio
de los propios derechos, además de estar unido siempre al cumplimiento de los respectivos deberes, jamás podrá ser utilizado
como pretexto para violentar los derechos de los demás. De igual
manera, resulta fundamental el respeto de los derechos humanos.
2. La veracidad, la transparencia en la conducta y la integridad
moral son valores básicos de la actuación de los empleados y
contratistas de la entidad, quienes se sentirán comprometidos a
contribuir con su trabajo a mantener la empresa en una situación
altamente competitiva.
3. Quienes ingresen a Capital Salud EPS-S lo harán con base en sus
méritos profesionales y calidades humanas. En el proceso de selección, como en todos los demás procesos que se adelanten en la
empresa se obrará con honestidad y transparencia. La información
para la selección de los candidatos a un cargo se protegerá con
la debida confidencialidad. Así mismo, se verificarán con diligencia
los certificados de estudio y experiencia profesional, y se comprobarán las referencias y documentos de acreditación, sin aceptar
presiones o influencias indebidas por parte de los empleados de
la entidad o de personas ajenas a ella.
4. Los colaboradores y contratistas desarrollarán su trabajo con rectitud y sentido profesional, con preparación, seriedad, dedicación,
compromiso, iniciativa, responsabilidad y sentido de pertenencia,
prestando servicios de calidad al usuario y haciendo de su trabajo
una oportunidad para servir como éste espera ser servido.
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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
5. En Capital Salud EPS-S es importante el trabajo de todos y cada
uno de sus empleados y se presupone el cumplimiento de las
funciones asignadas al respectivo cargo, el empeño constante en
crear un clima laboral positivo y estimulante, y un decidido interés
en contribuir a la excelencia en el cumplimiento de los fines corporativos.
6. Los empleados y contratistas de la entidad aportarán la capacidad
personal, orden y esfuerzo requeridos para cumplir sus objetivos y
metas, efectuando su trabajo con eficiencia, eficacia y efectividad,
de modo que redunde en los resultados positivos de su área de
trabajo y en los de toda la empresa.
7. Como manifestación de honestidad y de lealtad se observará la
reserva profesional sobre los asuntos que han conocido en razón
de su oficio y que sean de interés exclusivo de Capital Salud
EPS-S. Así mismo, los productos que se elaboren o los resultados
de los estudios que se realicen como parte del trabajo dentro de la
empresa, serán de propiedad de Capital Salud EPS-S.
8. Corresponde a todos velar por el buen nombre de la empresa, dentro y fuera de ella y hacer, con ánimo constructivo, observaciones y
sugerencias que permitan elevar la calidad de la prestación de los
servicios, corregir posibles errores y, al mismo tiempo, fomentar
un clima de comunicación basado en el respeto, la cooperación y
el trabajo en equipo.
9. Es obligación moral de todos los colaboradores mejorar su rendimiento, capacitarse para el perfeccionamiento de su trabajo y su
desarrollo humano integral, contando con sus posibilidades y con
los medios que la empresa está obligada a facilitarle para ese
efecto.
10.La protección de los bienes de la empresa es responsabilidad de
todos, además de cuidarlos, los aprovecharán al máximo posible,
20
en orden al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales.
Estos bienes, equipos y elementos de trabajo, no se utilizarán para
fines distintos a la función que fueron asignados, se velará por su
conservación, informando diligentemente de los riesgos, daños o
pérdidas que se presenten.
Sobre la persona en su comportamiento dentro de la institución
11.Las relaciones dentro de la institución se basarán en el respeto y
la buena fe. No se hará discriminación alguna por razón del género,
raza, edad, religión, ideología o procedencia.
12.La conducta de los empleados y contratistas se orientará, ante
todo, a la protección de los intereses de la entidad, sin que esto
sea impedimento, a su vez, para la legítima protección de sus
propios intereses.
13.Los empleados de Capital Salud EPS-S no aceptarán obsequios o
recompensas en dinero o en especie, de proveedores o empresas
vinculadas contractualmente a la empresa o que aspiren a vincularse
a ella.
14.Se observarán, de modo especial, la veracidad, la exactitud
y claridad de las cuentas e informes internos de todo tipo y de
modo particular de aquellos que se destinen a los usuarios o a las
empresas vinculadas a Capital Salud EPS-S.
15.La competitividad necesaria para los servicios y productos de la
entidad se regirá por normas de calidad, veracidad, seguridad y
adquisición lícita de información sobre la competencia. No se admitirán prácticas de competencia desleal, ni en favor ni en contra
de la Institución.
16.Los empleados y contratistas de la entidad no harán declaraciones
a nombre de ella, salvo las expresamente autorizadas por la Gerencia General, incluidas las referentes a los procesos que están
21
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
en estudio o en trámite dentro de la empresa.
17.La publicidad de los productos y servicios de Capital Salud EPS-S,
se ajustará a criterios éticos de imparcialidad, veracidad, honestidad, respeto a la ley, la moral pública y las buenas costumbres.
18.La empresa, sus colaboradores y contratistas velarán por la protección del medio ambiente, evitando todo lo que pueda suponer deterioro de los recursos, contaminación o peligro para el ecosistema.
Sobre la persona y la institución en sus relaciones externas
19.Las relaciones entre los directivos y empleados o contratistas de
la organización y los usuarios se regirán por el respeto, la correcta
actuación profesional y el esfuerzo por cumplir con las expectativas
de los usuarios sobre la calidad del servicio.
20.Se respetarán los principios éticos de competencia leal en las
relaciones comerciales, protegiendo como es debido los intereses
de la empresa, de los usuarios y de la sociedad.
21.Nadie ejecutará actos que pongan en peligro la seguridad y la integridad de los usuarios ni de los demás empleados, ni que atenten
contra la moral y las buenas costumbres tales como el acoso
sexual u otras ofensas al honor, como lo dicta el sentido común
de una persona éticamente íntegra, de un buen compañero, de un
empleado honesto y de un buen ciudadano.
22.Las inversiones financieras, inmobiliarias y de todo orden deben
estar precedidas por los criterios de seguridad, protección, precio
y rentabilidades adecuadas, obtención de garantías oportunas y
suficientes, y por la prudencia de quien maneja esos bienes bajo
la premisa de que pertenecen a los usuarios y a los accionistas.
23.En situación de conflicto de intereses no se obtendrá beneficio
personal o en favor de terceros a costa de la empresa. Para no
22
incurrir en ellos, se evitará realizar operaciones legalmente aceptadas en las que, empleando la autoridad del cargo o posición de
la entidad o la relación con los usuarios, proveedores o competidores, estos pueden obtener beneficios que afecten al patrimonio
de la empresa.
24.Es un claro deber de los empleados o contratistas interesarse por
incrementar la eficiencia de los procesos y, por tanto, ejercitar la
creatividad, la iniciativa y la innovación, con miras al mejoramiento
de la calidad de los productos y servicios de la empresa.
25.Para alcanzar resultados óptimos a nivel personal y corporativo,
los empleados y contratistas pondrán la mayor diligencia en el
aprovechamiento de los medios de capacitación y desarrollo humano que la empresa ponga a su disposición, lo cual redundará en la
competitividad y en un efectivo logro de los fines de la empresa.
26.Los empleados y contratistas de Capital Salud EPS-S cumplirán
sus deberes profesionales en forma compatible con sus deberes
familiares buscando coherencia en su conducta para bien de la
familia y de la empresa, sin ninguna interferencia de una en otra.
27.Como ciudadanos, los empleados y contratistas de Capital Salud
EPS-S y esta como entidad, darán ejemplo en la observancia de
sus deberes cívicos, sociales y políticos; de participación, solidaridad y colaboración, con espíritu de servicio y de compromiso a
la comunidad a la cual pertenece. Además, al cumplir sus obligaciones para con la entidad y el público, practicarán la justicia,
porque lo recibido como retribución por su trabajo corresponderá a
lo entregado en servicios a la sociedad.
28.Capital Salud EPS-S y sus empleados y contratistas, a través de
la prestación de los servicios propios de la entidad y del cumplimiento de sus fines, se sienten cada vez más comprometidos en la
construcción de la justicia social, la convivencia y la paz.
23
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
ARTÍCULO 3º. Relaciones éticas
Relaciones éticas entre la aseguradora y los usuarios
Los usuarios son la razón de ser de la existencia de la entidad. Por
ello la entidad garantiza a los afiliados al Sistema General de Seguridad
Social en Salud la debida organización y prestación del servicio público de
salud, en los siguientes términos:
1. La atención de los servicios del Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado, a través de las Instituciones Prestadoras de
servicios de salud de la red adscrita.
2. La libre escogencia y traslado de la aseguradora, de conformidad
con los procedimientos, tiempos, límites y efectos que determine
el gobierno nacional dentro de las condiciones previstas en la Ley.
Están prohibidos todos los acuerdos o convenios, así como las
prácticas y decisiones concertadas que, directa o indirectamente,
tengan por objeto impedir, restringir o falsear el juego de la libre escogencia dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
3. La escogencia de las Instituciones Prestadoras de Servicios y de
los profesionales entre las opciones que la entidad ofrezca dentro
de su red de servicios.
4. La participación de los afiliados, individualmente o en sus organizaciones, en todas las instancias de asociación, representación,
veeduría de las entidades rectoras, promotoras y prestadoras y del
Sistema de Seguridad Social en Salud.
5. Con el fin de obtener calidad y eficiencia en la provisión de los
servicios de salud, se aplicarán sistemas de incentivos a la
oferta de servicios dirigidos al control de costos, al aumento de
productividad y a la asignación de recursos utilizando criterios de
costo - eficiencia. De la misma manera, se aplicarán sistemas de
incentivos a la demanda con el fin de racionalizar el sistema de
24
referencia y contrareferencia de pacientes, ampliar el conocimiento
y manejo del sistema de parte de los beneficiarios y promover un
servicio de mayor calidad al usuario.
6. La entidad proveerá información suficiente y veraz a los usuarios, y
evitando el abuso de posición dominante en el sistema.
7. Están prohibidos todos los acuerdos o convenios que tengan por
objeto o efecto impedir, restringir o falsear el juego de la libre
competencia dentro del mercado de servicios de salud, o impedir,
restringir o interrumpir la prestación de los servicios de salud.
Relaciones éticas entre el personal de la EPS
1. La lealtad y la consideración mutuas constituyen el fundamento
esencial de las relaciones entre los colaboradores de Capital Salud
EPS-S.
2. El respeto mutuo entre el personal administrativo de las diferentes
áreas, y el no valerse de otros medios que los derivados de la
competencia científica y profesional y legal, constituyen la base
de la ética que rigen las relaciones profesionales en la Institución.
3. Se propenderá por un clima de respeto y armonía en las relaciones
entre colegas y compañeros evitando que estas trasciendan el
terreno de lo estrictamente profesional.
ARTÍCULO 4°. De las relaciones del personal
administrativo con la institución
1. El personal de la institución cumplirá a cabalidad sus deberes
profesionales y administrativos, así como el horario de trabajo y
demás compromisos a que esté obligado en la institución.
2. El personal administrativo no podrá percibir honorarios, ni preben25
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
das de los usuarios que atienda en la institución.
3. El Personal de Dirección y Coordinación guardará por el personal
en general, la consideración, aprecio y respeto que se merecen,
teniendo en cuenta su categoría profesional, sin menoscabo del
cumplimiento de sus deberes como superior.
4. El personal deberá demostrar su idoneidad a la institución a través
de la presentación de los títulos académicos que respaldan su profesión, según lo definido en la legislación vigente. Adicionalmente
deberá cumplir con los demás requisitos señalados por la institución.
CAPÍTULO 3
De los Derechos y Responsabilidades de los
Usuarios y Pacientes de Capital Salud EPS-S
ARTÍCULO 5º. Los 10 mandamientos para un buen
servicio de excelencia frente a los usuarios:
1. El usuario es la persona más importante en la empresa.
2. El usuario no depende de nosotros, nosotros dependemos del
cliente. Nosotros trabajamos para nuestros usuarios.
3. El usuario no interrumpe nuestro trabajo, sino es el propósito de
nuestro trabajo.
4. El usuario nos hace un favor en visitarnos o llamarnos. Nosotros
26
no le hacemos ningún favor sirviéndolo, simplemente cumplimos
nuestra misión.
5. El afiliado es parte de la institución, es su verdadero dueño.
6. El afiliado no es una fría estadística, sino una persona con sentimiento y emociones, igual que usted. Trátelo mejor de lo que
desearía que a usted lo trataran.
7. El afiliado no es alguien con quien discutir o para ganarle con astucia.
8. Nuestro trabajo es satisfacer las necesidades, deseos y expectativas de los afiliados, disipar sus temores y resolver sus quejas.
9. El afiliado merece que se le trate con la mayor atención, cortesía y
profesionalismo que usted pueda brindarle.
10.El afiliado es parte vital de nuestra institución. Recordemos: sin
nuestros afiliados, no tendríamos actividad laboral, nosotros trabajamos para ellos.
Derechos de los afiliados y pacientes:
• Acceder, en condiciones de calidad y oportunidad y sin restricción
a las actividades, procedimientos intervenciones, insumos y medicamentos incluidos en el plan de beneficios.
• Acceder a las actividades, procedimientos, intervenciones, insumos y medicamentos no incluidos en el plan de beneficios y que
sean requeridos con necesidad.
• Acceder a las pruebas y exámenes diagnósticos indispensables
para determinar si requiere o no un servicio de salud.
• A que la entidad promotora de salud autorice los servicios que
requiera y aquellos que requiera con necesidad, incluso si no se
27
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
encuentra en el plan obligatorio de salud. El acceso a los servicios
de salud debe ser oportuno, de calidad y eficiente.
• Protección especial a niños y niñas. Indicar que los derechos a
acceder a un servicio de salud que requiera un niño o una niña
para conservar su vida, su dignidad y su integridad así como para
desarrollarse armónica e integralmente, están especialmente
protegidos. Se entiende por niño o niña toda persona menor de
18 años.
• Recibir la atención de urgencias que sea requerida con la oportunidad que su condición amerite sin que sea exigible documento
o cancelación de pago previo alguno, ni que sea obligatoria la
atención en una institución prestadora de servicios de salud de la
red definida por la entidad promotora de salud. Los pagos moderadores no pueden constituir barreras al acceso a los servicios de
salud para las personas que no tienen la capacidad económica de
acuerdo con la estratificación socioeconómica de soportar el pago
del mismo.
• Disfrutar y mantener un comunicación plena y clara con el personal
de la salud, apropiada a sus condiciones sicológicas y culturales y,
en caso de enfermedad, estar informado de los procedimientos y
tratamientos que se le vayan a practicar y el pronóstico y el riesgo
que dicho tratamiento conlleve.
• El derecho a que los familiares o representantes, en caso de inconsistencia, incapacidad para decidir o minoría de edad del paciente,
consientan o rechacen procedimientos o tratamientos. Lo profesionales de la salud, los progenitores y los tutores o curadores
promoverán la adopción de decisiones autónomas por parte de los
menores de edad.
• Mantener la confidencialidad y secreto de su información clínica,
28
sin perjuicio de la posibilidad de acceso a la historia clínica con
su autorización o por parte de las autoridades competentes en las
condiciones que la ley determine.
• Recibir durante todo el proceso de la enfermedad, la mayor asistencia médica posible, respetando los deseos del paciente, incluso en
el caso de enfermedad irreversible.
• Revisar y recibir explicaciones acerca de los costos de los servicios
obtenidos.
• Aceptar o rechazar procedimientos, por sí mismo o en caso de
inconsciencia, incapacidad para decidir o minoría de edad, por
sus familiares o representantes, dejando expresa constancia en lo
posible escrita de su decisión.
• Recibir un trato digno en el acceso a servicios de salud que respete
sus creencias y costumbres, su intimidad, así como las opiniones
personales que tenga, sin recibir trato discriminatorio.
• Recibir los servicios de salud en condiciones de habitabilidad,
higiene, seguridad y respeto a su intimidad.
• Recibir información sobre los canales formales para presentar reclamaciones, quejas, sugerencias y en general, para comunicarse
con la administración de las instituciones, así como para recibir
respuesta oportuna.
• Agotar las posibilidades razonables de tratamiento efectivo para la
superación de su enfermedad y a recibir, durante todo el proceso
de la enfermedad, la mejor asistencia médica posible por personal
de la salud debidamente competente y autorizado para su ejercicio.
• Elegir libremente el asegurador, el médico y en general los profesionales de la salud, como también las instituciones de salud que
29
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
le presten la atención requerida dentro de la oferta disponible. Los
cambios en la oferta de prestadores por parte de las entidades
promotoras de salud no podrán disminuir la calidad o afectar la
continuidad en la provisión del servicio y deberá contemplar mecanismos de transición para evitar una afectación de la salud del
usuario. Dicho cambio no podrá eliminar alternativas reales de
escogencia donde haya disponibilidad. Las eventuales limitaciones
deben ser racionales y proporcionales.
• Recibir o rehusar apoyo espiritual o moral cualquiera sea el culto
religioso que profesa o si no profesa culto alguno.
• Ser respetado en su voluntad de participar o no en investigaciones
realizadas por el personal científico calificado, siempre y cuando
se le haya informado acerca de los objetivos, métodos, posibles
beneficios, riesgos previsibles e inconformidades que el proceso
investigativo pueda explicar.
• Ser respetado en su voluntad de aceptar o reusar la donación de
sus órganos para que estos sean trasplantados a otros enfermos.
• Morir con dignidad y respeto de su voluntad de permitir que el
proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de
su enfermedad.
• Recibir una segunda opinión por parte del profesional de la salud
en caso de duda.
• Recibir valoración científica y técnica por parte de la entidad promotora de salud, cuando del concepto médico externo de un profesional de salud reconocido, se considere que la persona requiere
dicho servicio.
• Recibir las prestaciones económicas por licencia e incapacidad,
30
aún ante la falta de pago o cancelación extemporánea de las cotizaciones cuando la entidad promotora de salud no ha hecho uso
de los diferentes mecanismos de cobro que se encuentran a su
alcance para lograr el pago de los aportes atrasados.
• Recibir protección especial cuando se padecen enfermedades
catastróficas o de alto costo. Esto implica el acceso oportuno a
los servicios de salud y la prohibición que ‘bajo ningún pretexto’ se
pueda dejar de atender a la persona, ni pueda cobrársele copagos.
• Acceder a los bienes y servicios de salud con continuidad. El acceso a un servicio de salud debe ser continuo y en ningún caso puede
ser interrumpido súbitamente.
• Toda persona tiene derecho a que las entidades promotoras de
salud o autoridades públicas no obligadas a autorizar un servicio
de salud solicitado, adopten las medidas adecuadas para, por lo
menos, (i) suministrar la información que requiera para saber cómo
funciona el sistema de salud y cuáles son sus derechos, (ii) entregarle al afiliado por escrito las razones por las cuales las cuales
no se autoriza el servicio, (iii) indicar específicamente cuál es la
institución prestadora de servicios de salud que tiene la obligación
de realizar las pruebas diagnósticas que requiere y una cita con un
especialista, y (iv) acompañarla durante el proceso de solicitud del
servicio, con el fin garantizar el goce efectivo de sus derechos.
• Recibir por escrito, del prestador de servicios de salud, las razones
por las cuales el servicio no será prestado cuando se presente
dicha situación.
• Acceder a los servicios de salud sin que la entidad promotora de
salud pueda imponer como requisito de acceso a un servicio de
salud el cumplimiento de cargas administrativas propias de la
31
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
entidad. Toda persona tiene derecho a que su entidad promotora
autorice y tramite internamente los servicios de salud ordenados
por el médico tratante. El médico tratante tiene la carga de iniciar
dicho trámite.
• Para la verificación de derechos se solicitara únicamente el documento de identidad. No podrá exigirse al afiliado copias, fotocopias
o autenticaciones de ningún documento.
• Acceder a los servicios de salud de acuerdo con el principio de
integralidad.
Deberes de los afiliados y pacientes
• Propender por su autocuidado, el de su familia y de la comunidad.
• Atender oportunamente las recomendaciones formuladas por el
personal de salud y las recibidas en los programas de promoción
de la salud y prevención de la enfermedad.
• Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en
peligro la vida o salud de las personas.
• Respetar al personal responsable de la prestación y administración
de los servicios de salud.
• Usar adecuada y racionalmente las prestaciones ofrecidas por el
sistema de salud, así como los recursos del mismo.
• Cumplir las normas del sistema de salud.
• Actuar de buena fe frente al sistema de salud.
• Suministrar de manera voluntaria, oportuna, y suficiente la información que se requiera para efectos de recibir el servicio.
32
• Contribuir al financiamiento de los gastos que demande la atención
en salud y la seguridad social en salud, de acuerdo con su capacidad de pago.
• Asistir de manera puntual a las citas que solicite o le sean asignadas.
CAPÍTULO 4
De diversas actuaciones de los colaboradores
de Capital Salud EPS-S. Apartes que se resaltan
ARTÍCULO 6º. Información confidencial
La información confidencial que posee o utiliza Capital Salud EPS-S
sobre estrategias o actividades administrativas es de gran valor. La información confidencial incluye entre otros, datos personales que aparecen
en las listas de pacientes de la entidad y en los expedientes clínicos,
datos sobre costos y servicios, información relacionada con los procesos
de gestión, el sistema de gestión y garantía de calidad inclusive sus
documentos, registros, formatos etc., las compras, afiliaciones y uniones
profesionales, datos financieros, datos de investigación, planeación estratégica, estrategias de mercadeo, listas de socios, colaboradores en
general, datos sobre los proveedores, los contratistas y el software que
es propiedad de la Entidad. Todos miembros vinculados bajo cualquier
modalidad contractual con Capital Salud EPS-S tienen la obligación de
proteger y cuidar activamente esta información confidencial, sensitiva
y exclusiva de manera que se evite la divulgación no autorizada de la
misma. La información que le pertenece a Capital Salud EPS-S no puede
discutirse con nadie sin antes obtener la autorización debida, por parte
de la representación legal de la Organización. Mantenga todos los docu33
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
mentos y medios de información entregados para el buen desempeño
de las labores, protegidos y seguros, pues en caso de darse un manejo
impropio el responsable de la información dará las explicaciones legales
de tal acto.
Ningún colaborador, o proveedor de Capital Salud EPS-S tiene derecho
a ver o revisar información del paciente o usuario que no sea necesaria
para su trabajo. Con la excepción de situaciones de urgencia, los pacientes pueden esperar que su privacidad esté protegida y que su información
específica va a ser compartida únicamente con personas autorizadas por
la ley o con la expresa autorización escrita del paciente.
Gran parte de nuestra información entidad y corporativa se genera y se
almacena en nuestros sistemas de cómputo, por lo tanto, es esencial que
todos los miembros de Capital Salud EPS-S, protejan nuestro sistema
de información y la información que se almacena en los computadores
evitando compartir contraseñas, revisando y cumpliendo con los reglamentos y los procedimientos de seguridad para la información.
Si llegara a finalizar por cualquier razón una relación laboral, de prestación de servicios o como proveedor de Capital Salud EPS-S, la persona
continúa obligada a mantener la confidencialidad de la información que
ha visto, recibido o utilizado durante su vinculación a Capital Salud EPS-S.
Cómo asegurar la confidencialidad
Honrar el privilegio de tener información sobre nuestros usuarios y
pacientes en Capital Salud EPS-S usándola y compartiéndola únicamente
siguiendo las pautas establecidas.
Proteger de manera razonable y legal los derechos individuales de
nuestros usuarios, empleadores y pacientes.
34
Limitar el acceso a información restringida a aquellos que necesitan
saberla.
Evitar discutir información restringida/confidencial en áreas públicas.
No permitir que otros examinen, fotocopien, o compartan documentos
o información restringida si no es parte de su trabajo.
ARTÍCULO 7º. Protección de bienes de capital salud
EPS-S
Todos los colaboradores de Capital Salud EPS-S son responsables por
el uso adecuado de los bienes de la Organización. Estos bienes se deben
utilizar y mantener con el mayor cuidado posible, evitando desperdicio y
abuso. Sea consciente del costo y manténgase alerta de cualquier oportunidad para mejorar el rendimiento mientras se disminuyen los costos.
Se prohíbe el uso del tiempo, del material y de las facilidades de Capital
Salud EPS-S para cualquier propósito que no esté directamente relacionado con asuntos de la Entidad. También está prohibido remover o tomar
prestado bienes propiedad de Capital Salud EPS-S sin obtener permiso
previo.
ARTÍCULO 8º. Medios electrónicos
Todos los sistemas de comunicación, incluyendo el correo electrónico,
el acceso a Internet, teléfonos fijos, celulares corporativos y contestadores, son propiedad de Capital Salud EPS-S y se deben utilizar primordialmente para la realización eficaz de las tareas encomendadas durante
su permanencia en la Organización y en pro del usuario, de acuerdo
con los reglamentos y las normas para comunicaciones electrónicas.
Los usuarios de sistemas computarizados y teléfonos no deben esperar
privacidad para cualquier artículo que hayan creado, guardado, enviado,
o recibido en la computadora o por teléfono. Capital Salud EPS-S se re-
35
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
serva su derecho a monitorear u obtener acceso al uso y al contenido de
las comunicaciones según nuestros procedimientos, respetando siempre
la normatividad vigente al respecto.
Los colaboradores no pueden utilizar canales de comunicación interna
o acceso al Internet para colocar, guardar, transmitir, obtener o distribuir
material amenazante, falso o malicioso; material obsceno; o cualquier
artículo que constituya o promueva una ofensa criminal, ocasione una
obligación civil o que de otra manera esté en violación de una ley.
Además, estos canales de comunicación no deben utilizarse para enviar cadenas de cartas, mensajes personales o documentos con derechos
reservados cuya reproducción no haya sido autorizada.
Las personas que abusen nuestros sistemas de comunicación o los
usen excesivamente para propósitos que no sean propios de la razón de
ser de Capital Salud EPS-S, pueden perder su vinculación a la empresa y
estar sujetos a una acción disciplinaria.
Todos los colaboradores son responsables de cumplir con los requisitos de las licencias del software y de los programas de software que
utilizan en la realización de sus procesos.
PARÁGRAFO. Se prohíbe, el uso personal de artículos o recursos
de Capital Salud EPS-S para fines caritativos o para la comunidad, sin
obtener autorización previa de la Gerencia General, una Dirección, del
representante legal o de la junta directiva; o cualquier uso de recursos de
Capital Salud EPS-S para ganancia económica personal.
ARTÍCULO 9º. Etiqueta profesional
Esta sección del Código de Conducta no debe considerarse de ninguna
manera como una invitación a efectuar, solicitar o recibir cualquier tipo
de regalo o incentivo. Para propósitos de clarificación, nótese que estas
36
limitaciones rigen las actividades con aquellos fuera de Capital Salud
EPS-S.
Esta sección no se refiere a las acciones entre Capital Salud EPS-S
y sus colaboradores o las acciones entre los propios colaboradores de
Capital Salud EPS-S. Es de importancia crítica evitar la apariencia de impropiedad cuando se otorgan regalos a individuos que efectúan negocios
o buscan entablar negocios con Capital Salud EPS-S. No es aceptable
utilizar regalos u otros incentivos para influir de manera inadecuada las
relaciones o los resultados de los negocios.
Regalos de Proveedores (incluye casas comerciales, laboratorios farmacéuticos, productores de tecnología biomédica, etc.).
ARTÍCULO 10º. Regalos y propinas
Los regalos influyen las decisiones que se toman. Los colaboradores
de Capital Salud EPS-S no pueden aceptar regalos, favores, servicios,
entretenimiento o artículos de valor si estos pueden influir en acciones o
decisiones que afectan a Capital Salud EPS-S. Además se prohíbe estrictamente recibir dinero, servicios o artículos de valor para influir el criterio
o el proceso que utiliza Capital Salud EPS-S para tomar decisiones sobre
algún comprador, proveedor, cliente, o cualquier otra persona.
Cualquier conducta de esta índole debe ser reportada inmediatamente
a la Jefatura de Gestión Humana, a la administración, a la Gerencia General, o a la Junta Directiva.
ARTÍCULO 11º. Incentivos profesionales
Para Capital Salud EPS-S es claro que las entidades con las cuales
efectuamos negocios pueden ofrecer comisiones, contrapropuestas,
descuentos o incentivos. Cualquier pago de esta índole debe ser aproba-
37
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
do por Capital Salud EPS-S y este tiene que determinar que es aceptable
y usual, y que no se considera una oferta ilegal o inapropiada. Se prohíbe
ofrecer, extender, solicitar, o recibir cualquier tipo de prebenda o cualquier tipo de pago impropio.
Capital Salud EPS-S puede tener derecho a recibir contrapropuestas,
descuentos e incentivos de otras entidades con las cuales mantiene
relaciones profesionales. Todas estas contrapropuestas, descuentos y
complementos, deben ser aprobados por la Gerencia General de Capital
Salud EPS-S como algo aceptable y usual, y que no se considere una
oferta ilegal o inapropiada.
Decline cortésmente cualquier oferta de dinero de los usuarios, empleadores y pacientes, sus familiares o visitantes y otras personas, que
pretendan motivarlo a cambiar los reglamentos o permitir conductas que
contravengan las normas corporativas.
Obtenga autorización por escrito de la Gerencia General para entablar
relaciones profesionales con cualquier entidad que pueda darle, o aparentar darle, ganancias personales a un colaborador representante de
Capital Salud EPS-S.
ARTÍCULO 12º. Personal de dirección, manejo o
confianza
El Gerente General, los directores y similares, los coordinadores, los
supervisores, líderes, jefes, y los colaboradores partícipes de la planeación
estratégica, tienen la responsabilidad de brindarle a Capital Salud EPS-S
lealtad absoluta y plena. Las personas en estas posiciones no pueden usar
su rol, para obtener ganancias personales o ayudar a otros a beneficiarse a
expensas de Capital Salud EPS-S. Puede ocurrir un conflicto de interés si las
actividades externas o los intereses personales influyen o aparentan influir
la capacidad de efectuar decisiones objetivas como parte de las responsabilidades profesionales. Es importante reconocer que las apariencias son
muy importantes. Cuando se trata de conflictos de interés, es importante
38
recordar que nuestro éxito depende de la manera en que nos perciben los
demás. También puede ocurrir un conflicto de interés cuando las exigencias
de actividades externas afectan o distraen las responsabilidades del trabajo
o utilizan recursos de la Entidad para propósitos que no están relacionados
con nuestro objeto social. Si desea saber si una actividad externa puede ser
o aparenta ser un conflicto de interés debe hablar con el Gerente General
antes de participar en esta actividad.
Los colaboradores de Capital Salud EPS-S deben actuar con integridad, honestidad e imparcialidad, evitando cualquier conflicto, o apariencia de conflicto, entre sus intereses personales y los intereses de
Capital Salud EPS-S.
Algunas formas en que puede surgir un conflicto de interés:
• Ser contratado por un competidor o competidor potencial, sin importar la naturaleza del trabajo, mientras está vinculado a Capital
Salud EPS-S.
• Actuar como asesor de los competidores o competidores potenciales, en asuntos propios del objeto social de Capital Salud EPS-S,
estando vinculado a este.
• Aceptar regalos, invitaciones, servicios u otros, por parte de proveedores que pretenden realizar negocios con Capital Salud EPS-S.
• Ser propietario, socio, o poseer interés sustancial en una compañía
competidora.
ARTÍCULO 13º. Vinculación del personal
Ningún profesional será vinculado a Capital Salud EPS-S, antes de
disponer de todos los documentos que dan fe de su idoneidad profesional
y experiencia.
39
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
ARTÍCULO 14º. Relaciones con los subcontratistas
y proveedores
Debemos administrar nuestras relaciones con los subcontratistas y los
proveedores en forma justa y razonable, libre de conflictos de intereses
y de acuerdo con todas las leyes aplicables y la práctica de buenas empresas comerciales. Nuestra selección de subcontratistas y proveedores
se hace de acuerdo a un criterio objetivo que incluye calidad, excelencia
técnica, precio, entrega, cumplimiento con los horarios, servicio, y mantenimiento de fuentes adecuadas de suministros. Nuestras decisiones de
compra serán tomadas de acuerdo con la capacidad del proveedor para
satisfacer nuestras necesidades, y no se basan en relaciones personales
o en amistad. Nosotros empleamos los criterios éticos más altos en las
prácticas de las empresas comerciales para la selección de fuentes de
recursos, negociaciones, determinación de contratos, y en la administración de todas las actividades relacionadas con compras.
Es política de Capital Salud EPS-S y de conformidad con su sistema de
gestión y garantía de calidad, seleccionar proveedores a partir de su capacidad de satisfacer las necesidades de Capital Salud EPS-S como cliente
y para ello efectúa periódicamente evaluación objetiva de proveedores.
Es posible obtener información acerca de otras organizaciones, incluyendo competidores, a través de estrategias de comunicación y bench
marking, avalado por la Gerencia General.
ARTÍCULO 15º. Proceso de cuentas médicas
Capital Salud EPS-S tiene implementado un proceso de REVISIÓN
DE CUENTAS MÉDICAS, apoyado en un sistema que facilita la gestión
y garantiza la información de los pagos efectuados por la prestación de
servicios de salud a los diferentes proveedores.
El proceso cumple con las disposiciones reglamentarias y legales
expedidas por las autoridades competentes en la materia.
40
La documentación correcta y disponible dentro de un período de tiempo
razonable también depende de la diligencia y la atención de los médicos
que brindan sus servicios en nuestras instalaciones. Los médicos deben
proveer información completa, clara, legible y correcta dentro de un período de tiempo razonable, para que el proceso se realice diligentemente.
Se espera que las personas que llevan a cabo el proceso tenga las
destrezas necesarias, el conocimiento y manejo del sistema de gestión
de calidad y el proceso propio de cuentas médicas, el manejo de los
sistemas, y los procedimientos apropiados para asegurar que todos los
pagos a los proveedores se hagan oportunamente conforme lo pactado y
conforme la legislación vigente, y que estén correctos y completos.
Según nuestro sistema de calidad, todas las actividades están sujetas
a revisiones y auditorias por el Servicio de Auditoria.
Como principio de Calidad y Ética, Capital Salud EPS-S no realizará
pagos si no existe evidencia objetiva de la prestación del servicio.
En caso de que se descubra que existe un error en el pago o en la
glosa, se deben tomar medidas inmediatas para corregirlo, avisar a la
persona responsable del pago y al proveedor afectado.
En el proceso de conciliación de glosa con los proveedores, no obstante,
no se autoriza a ningún representante de la organización, salvo el representante legal o a quien éste delegue con autorización escrita, a decidir sobre
porcentajes o montos que se asumirán como perdida del ejercicio.
Reportes y documentos financieros
Capital Salud EPS-S ha establecido y mantiene un alto nivel de precisión
y cumplimiento al documentar y reportar sus informes financieros. Estos
documentos sirven como base de la administración de la organización y
son importantes para satisfacer nuestras obligaciones con los pacientes,
colaboradores, clientes, proveedores, y otros. Éstos, también son necesarios para cumplir con los requisitos de los reportes financieros y de los
41
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
impuestos establecidos en la legislación vigente.
Toda la información financiera debe reflejar las transacciones actuales
y debe ajustarse a los principios de contabilidad generalmente aceptados.
Capital Salud EPS-S mantiene un sistema de controles internos para
proveer garantías razonables de que todas las transacciones se efectúan
de manera reglamentaria y están documentadas para soportar las negociaciones y los bienes de la de la entidad.
Las leyes y las regulaciones requieren que Capital Salud EPS-S presente informes y de cuenta del resultado de su gestión, gastos de operación
y estadísticas entre otros. El cumplimiento de esas exigencias es fundamental, para el buen nombre y operación de Capital Salud EPS-S. Por
tanto es de obligatorio cumplimiento el reporte y entrega oportuna de la
información a los entes reguladores.
Los colaboradores de Capital Salud EPS-S no deben falsificar o alterar
documentos con información ficticia. Identificar y excluir los gastos que
no están permitidos; adherirse a normas de documentación, y, al utilizar
cartas de transmisión para reportar artículos protestados y proveer otra
información apropiada.
Además, al someter los reportes de gastos a auditorías internas y al
proceso de revisión por otros colegas reflejamos más a fondo nuestro
compromiso con el cumplimiento.
Todos los asuntos relacionados con la preparación, presentación, y
pago de reportes de gastos deben ser efectuados y/o coordinados por
nuestra Dirección Administrativa y Financiera. Los colaboradores de Capital Salud EPS-S de esta división, o que estén relacionados con este
proceso, deben buscar ayuda pertinente cuando sea necesario para poder
asegurar el cumplimiento continuo de las regulaciones.
Además, los colaboradores de la Dirección Administrativa y Financie42
ra de Capital Salud EPS-S, deben cumplir con las leyes de auditorías,
contabilidad, y financieras que apliquen. Se invita a los colaboradores
a discutir con su jefe de división cualquier asunto que los preocupe. Se
requiere que cualquiera que tenga una preocupación o pregunta acerca de
un asunto relacionado con contabilidad o auditoria lo reporte al Director,
con quien se podrá aclarar cualquier asunto de esta índole.
Investigaciones internas de violaciones reportadas
Capital Salud EPS-S investigará inmediatamente y de manera confidencial, según sea posible, todos los asuntos que se reporten. La Gerencia
General coordinará en colaboración con la Revisoría Fiscal, cualquier
hallazgo que resulte de las investigaciones y recomendará las acciones
o los cambios correctivos que se necesitan llevar a cabo de acuerdo con
este Código con las normas de Capital Salud EPS-S y con las leyes y
regulaciones aplicables. Se espera que todos los colaboradores cooperen
con los esfuerzos de las investigaciones.
Siempre que una investigación interna confirme una violación que
haya sido reportada, es política de Capital Salud EPS-S iniciar acciones
correctivas, incluyendo, según sea apropiado, la implementación de
cualquier acción disciplinaria necesaria, y la implementación de cambios
sistemáticos para prevenir la recurrencia futura de violaciones similares
en Capital Salud EPS-S.
Cualquier miembro que viole el Código será sujeto a acciones disciplinarias. La acción disciplinaria específica dependerá del tipo, severidad, y
frecuencia de la violación y podría resultar en cualquiera de las siguientes
acciones: acción correctiva verbal o escrita, suspensión o despido, conforme con el Reglamento Interno de Trabajo.
Auditorias y monitoreo
Capital Salud EPS-S, está comprometido con el monitoreo permanente
del cumplimiento de su sistema de gestión y garantía de calidad y su
código de ética y buen gobierno. La Gerencia General a través del área
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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
de Control Interno se responsabiliza de la mayor parte de este monitoreo,
y rutinariamente lleva a cabo auditorías internas de asuntos que tienen
implicaciones relacionadas con regulaciones o cumplimientos legales. Capital Salud EPS-S también utiliza habitualmente otras vías para asegurar
y demostrar el cumplimiento con las leyes, las regulaciones las normas y
políticas de Capital Salud EPS-S.
Mantenimiento de documentos
El mantenimiento de los documentos debe evidenciar nuestras acciones de manera fiel y exacta. No es posible enumerar las reglas que
aplican a todos estos documentos.
Todo colaborador de Capital Salud EPS-S es responsable de la integridad y la precisión de los documentos y los expedientes, no sólo para
cumplir con los requisitos legales y reglamentarios, sino también para
asegurar que los documentos estén disponibles para apoyar las prácticas
y las acciones de nuestra Organización.
Nadie puede alterar o falsificar información en ningún documento o
expediente. Los documentos sólo se deben destruir conforme las reglamentaciones que así lo contemplen.
Los colaboradores de Capital Salud EPS-S no deben falsificar o alterar documentos.
Estas reglas comunes aplican a todos los documentos:
No falsifique datos o cree documentos falsos.
Cree solamente aquellos documentos que son necesarios y requeridos
por la ley o van a hacer más fácil la realización de su trabajo y asegurar
calidad en la prestación del servicio a los pacientes y/o usuarios.
Entregue documentos, con la debida autorización, solamente a aquellas personas que tienen derecho legal de “conocer” la información.
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Mantenga siempre la confidencialidad del usuario y solamente utilice
los documentos para su propósito original.
Mantenga los documentos el tiempo que sea requerido por la ley,
dependiendo del tipo de documento.
Disponga los documentos de acuerdo a nuestra política de retención
de documentos.
Investigaciones legales
Capital Salud EPS-S cumple con la ley y coopera con cualquier exigencia
razonable que se haga como parte de una investigación legal. Es imprescindible, no obstante, que protejamos los derechos de la Entidad y de su
personal. Si cualquier colaborador es interrogado, o recibe una solicitud,
una citación u otro documento legal relacionado con los asuntos de la
Entidad, él o ella debe ponerse en contacto con la Secretaría General y
Jurídica o quien haga sus veces. A veces, es difícil interpretar cuando una
interrogación legal, auditora, o inspección de rutina puede intensificarse
y convertirse en una investigación más formal y seria del ente regulador
o gubernamental. Por lo tanto, si se sigue este proceso, Capital Salud
EPS-S, podrá determinar su plan específico de acción o respuesta para
cada situación que se presente.
Como regla general, es una conducta inaprobada, impedir el desempeño
de las obligaciones legales de un agente, incluyendo el uso de una orden de
registro y allanamiento válida. Algunos ejemplos adicionales de conducta
ilegal son alterar o destruir documentos solicitados en una investigación y
después negar falsamente haber tenido conocimiento de la información. Si
usted nota que algún colaborador está participando en alguna actividad prohibida de esta índole, según hemos descrito anteriormente, comuníquelo
inmediatamente a la Gerencia General o Junta Directiva.
Recuerde que su información será confidencial.
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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
Ambiente general del sitio de trabajo
Acoso general
Todo colaborador tiene derecho a trabajar en un ambiente libre de acoso, comentarios despectivos y conducta perjudicial, y Capital Salud EPS-S
tiene una política de cero tolerancias para el acoso. Capital Salud EPS-S
no permite bromas degradantes o humillantes, difamación, intimidación o
cualquier otra conducta de acoso a ninguno de sus colaboradores.
Acoso sexual
El acoso sexual está terminantemente prohibido. El comportamiento
prohibido incluye avances importunos o solicitudes de favores sexuales
relacionadas con decisiones del empleo. Además, cualquier conducta
verbal o física de naturaleza sexual que interfiera con el desempeño profesional de un individuo o que cree un ambiente laboral intimidante, hostil
u ofensivo no tiene lugar en Capital Salud EPS-S.
Discriminación
El trato justo y equitativo de todos los colaboradores, usuarios, y otras
personas es fundamental para poder satisfacer y cumplir la misión y las
metas de Capital Salud EPS-S. Los usuarios deben de ser tratados sin
tener en cuenta su raza, color, religión, género, origen étnico, edad, incapacidad, fuente de pago o cualquier otra clasificación prohibida por la ley.
Capital Salud EPS-S emplea, recluta, entrena, promueve, asigna, transfiere, y despide a los colaboradores, también solicita la exclusión en la
prestación de los servicios del personal de las cooperativas o proveedores
de servicios de salud, de acuerdo a factores como capacidad individual,
logros, experiencia adquirida, y conducta, sin tomar en cuenta su raza,
color, religión, sexo, origen étnico, edad o incapacidad o cualquier otra
clasificación prohibida por la ley.
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Capital Salud EPS-S no discrimina contra ningún individuo discapacitado con respecto a una oferta, al plazo o a la condición de empleo.
Nosotros haremos adaptaciones razonables para las limitaciones físicas,
que se nos hayan informado de los individuos con incapacidades que de
otro modo están capacitados para desempeñar el trabajo.
Obligación personal de reportar
Nos hemos comprometido a mantener una conducta ética y legal que
cumpla con las leyes y reglamentos relevantes y a corregir todas las malas
acciones donde sea que ocurran en Capital Salud EPS-S.
Cada colaborador tiene la responsabilidad personal de reportar cualquier actividad de un colaborador, subcontratista, o asociado, que actúe
de una manera inapropiada que pueda violar las leyes, los reglamentos,
las pautas de certificación, o este Código. Si reporta un asunto que pueda
poner a la organización en un alto riesgo de cumplimiento o que esté
relacionado con un asunto serio de ética profesional, resultados clínicos
o con la seguridad de los pacientes, y si el individuo que hizo el reporte
no considera que se le ha dado la importancia o la atención apropiada, el
individuo debe reportarle este asunto a los directivos que se encuentren
en niveles más altos dentro de la Organización, hasta que esté satisfecho
que se ha reconocido completamente la importancia de este asunto.
Ambiente laboral libre de drogas
En Capital Salud EPS-S estamos comprometidos en mantener un ambiente laboral libre de drogas, por este razón, no se permite distribuir,
vender, utilizar o encontrarse bajo la influencia de drogas ilícitas mientras
se encuentre al servicio de Capital Salud EPS-S.
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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
Recursos para obtener asesoría y reportar inquietudes
Para recibir servicios de consejería con respecto a un asunto relacionado con el cumplimiento o para reportar una inquietud, los individuos
pueden escoger distintas opciones. Capital Salud EPS-S fomenta la resolución de asuntos, incluyendo los relacionados con recursos humanos
(por ejemplo, nómina, trato justo y asuntos relacionados con disciplina) a
través de las vías apropiadas de acuerdo a cada caso. (Área de Gestión
Humana, Comité de Convivencia).
Capital Salud EPS-S hace todo esfuerzo posible por mantener, dentro
de los límites estipulados por la ley, la confidencialidad, la identidad de
cualquier individuo que reporte inquietudes o conductas inapropiadas.
Favorecemos una conducta, libre de represalias que protege a cualquier
persona que reporte una inquietud como un acto de buena fe.
Señales de advertencia
El cumplimiento de los reglamentos se ve comprometido cuando participa, o induce conductas en las que se manejan términos como:
“Bueno, a lo mejor una sola vez”.
“Nadie se va a enterar”.
“No importa la manera en que se haga lo importante es que se haga”.
“Parece demasiado bueno para ser cierto”.
“Todo el mundo lo está haciendo”.
“Hay que destruir ese documento”.
“Lo podemos esconder”.
“Nadie saldrá afectado”.
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“ ¿Cómo puedo beneficiarme de esto?”.
“Con esto lograremos destruir a la competencia”.
“Nunca hablamos de esto”.
“Siempre lo hemos hecho así”.
Medición e indicadores
Con el propósito de conocer el clima ético y organizacional de la entidad se realizarán mediciones del mismo a través de la aplicación de una
encuesta por lo menos una vez al año.
Será responsable de la aplicación, tabulación y acciones de mejoramiento que se deban adelantar la Dirección de Gestión Humana y/o quien
haga sus veces.
Mecanismos de difusión y socialización
Las modificaciones al Código de Ética se divulgarán a través de la página
web, la Intranet y se remitirán al correo de todos los funcionarios, labor que
desarrollará el Coordinador de Comunicaciones o quien haga sus veces.
De la adopción, vigencia, divulgación y reforma del
Código
Vigencia del código
El Código entrará en vigencia a partir de su aprobación por parte de
la Junta Directiva de Capital Salud EPS-S. En caso de ser susceptible el
código de ser ajustado con los comentarios de los colaboradores, tendrá
vigencia una vez la junta directiva o la comisión que ella designe, aprueben el código ajustado.
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CÓDIGO DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO
El código hará parte integral del contrato de trabajo y de los contratos
con los proveedores de servicios de salud y de servicios administrativos
o de cualquier índole.
Divulgación del Código
El Código se divulgará a los miembros de la Entidad y a sus grupos de
interés a través de los medios de los que dispone la empresa para tal fin.
Reforma del Código
El presente Código podrá ser reformado únicamente por decisión de la
Junta Directiva de Capital Salud EPS-S y las validaciones se deben realizar
en periodos que no superen los dos (2) años. Por esta razón, tanto los
códigos primarios como cualquier modificación que se haga a los mismos, será puesta a consideración de los trabajadores por al menos tres
(3) días hábiles, por cualquier medio escrito o vía e-mail o publicación en
Intranet (avisada por cualquier medio escrito) para que dentro de dicho
término presenten sus observaciones, las cuales serán evaluadas por
la Junta Directiva o la comisión designada para ello y de esta manera
surtirse su aprobación definitiva.
Este código modifica y sustituye cualquier disposición interna que le
sea contraria.
Disposiciones finales
Le corresponderá a la Dirección de Gestión Humana de Capital Salud
EPS-S o quien haga sus veces, encargarse de la difusión de los Códigos
adoptados, realizar la constante capacitación entre sus empleados y
directivos, así como realizar el seguimiento y aplicación de su contenido,
adoptando las medidas que considere necesarias para la obtención de los
resultados pertinentes.
En la página Web de Capital Salud EPS-S (www.capitalsalud.gov.co) se
destinará un espacio permanente para incluir el texto del Código de Ética
y Buen Gobierno.
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Bibliografía
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y sus modificaciones.
Antón Almanera, Pilar, Enfermería, Ética y Legislación, Masson Salvat,
1994.
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Beauchamp, T. y J. Chidress, Principios de ética Biomédica, 4ta Edición, Masson, Barcelona, 1999.
Bordín, C., M. Francapani, L. Giannacari y A. Bochatey, Bioética, Lumen, Argentina, 1996.
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Enfermería, 1997. FRY, SARA, La ética en la Práctica de la Enfermería, Ed.
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MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL. Resolución 4343 de
fecha 19 de diciembre de 2012.
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