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RESOLUCIÓN OIV/VITI 355/2009
PROTOCOLO OIV PARA LA EVALUACION DE LAS VIDES OBTENIDAS POR
TRANSFORMACION GENETICA
LA ASAMBLEA GENERAL,
A propuesta de la Comisión I Viticultura,
UNA VEZ CONOCIDOS los trabajos desarrollados por el grupo de expertos
« RECURSOS GENETICOS Y SELECCION DE LA VID » (GENET), con el fin de
armonizar los sistemas de evaluación para las nuevas obtenciones de vides a
través de técnicas de transformación genética,
CONSIDERANDO las recomendaciones de la Resolución Viti 1/2006 sobre el
« Genoma de la vid y variedades genéticamente modificadas », en particular la
recomendación de que « en relación a la variedad/clon inicial, todo cambio de
características debido a una modificación genética se describa claramente (a
través de estudios transcriptómicos, proteómicos y metabolómicos, además de
cualquier otro nuevo método apropiado que pueda desarrollarse) »,
DECIDE adoptar las líneas directrices del « Protocolo OIV de evaluación de las
vides obtenidas por transformación genética »,
RECOMIENDA a los Estados miembros que adopten e integren oportunamente las
líneas directrices contenidas en el «Protocolo de la OIV para la evaluación de las
vides obtenidas por transformación genética » de acuerdo con sus regímenes
reglamentarios respectivos.
Certificado conforme
Zagreb, 3 de julio de 2009
El Director General de la OIV
Secretario de la Asamblea general
Federico CASTELLUCCI
© OIV 2009
1
PROTOCOLO OIV PARA LA EVALUACION DE LAS VIDES OBTENIDAS POR
TRANSFORMACION GENETICA
A - PREAMBULO
Los trabajos de investigación realizados en varios países con el fin de mejorar las
variedades de vid existentes a través de estudios transgénicos producen
actualmente vides genéticamente modificadas (« vides GM »).
Las modificaciones genéticas aplicadas pueden tener diferentes objetivos, por
ejemplo:
 mejorar la resistencia contra las enfermedades y las plagas como las
enfermedades fúngicas de las uvas, de las hojas y de la madera (por ej:
mildiú, oidio, eutipiosis, esca), los virus y sus vectores (en particular los
nemátodos), las bacterias, los fitoplasmas y los insectos (por ej: polilla de las
uvas).
 tolerancia al estrés de origen abiótico, especialmente el estrés térmico, la
sequía, la salinidad del suelo y la helada ;
 tolerancia respecto a algunos factores de producción (herbicidas);
 modificación de las características fenológicas y fisiológicas (ausencia de
pepitas, maduración precoz) y de caracteres cualitativos (composición de los
productos, componentes de la uva y sus relaciones);
Pueden existir finalidades científicas no aplicadas;
B - BASES Y OBJETIVOS GENERALES DE LA EVALUACION
Aparte de los criterios habitualmente tomados en cuenta para la selección de
nuevas variedades, el desarrollo y la explotación de vides modificadas
genéticamente y de sus productos derivados imponen la necesidad de identificar
y evaluar las ventajas y los riesgos.
Para evaluar los riesgos y los posibles beneficios del cultivo de una variedad
modificada genéticamente, deben tenerse en cuenta los siguientes elementos:
 las características de la modificación genética
 el gen quimérico (gen diana y gen marcador)
 la especie, la variedad y el clon de la vid objeto de transformación
 las condiciones de desarrollo y el ecosistema
 la utilización con fines alimentarios o industriales
En función de estos factores, las vides modificadas genéticamente deberán
evaluarse según los criterios siguientes:




efectos sanitarios en los consumidores (ej. potencial tóxico y alergénico)
efectos en la composición de las uvas
efectos en el medioambiente
valor comercial potencial
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Los aspectos socio-económicos podrían tomarse igualmente en consideración.
Por último, el procedimiento de evaluación debería poder identificar con precisión
los riesgos y los beneficios potenciales de la vid GM.
Sería deseable que todos los procedimientos de evaluación se basaran en
hipótesis científicamente fundadas. Los conocimientos científicos obtenidos a
través de otros cultivos genéticamente modificados deberían igualmente tomarse
en cuenta. Conviene señalar que el protocolo de evaluación de las vides GM
deberá ser flexible. Según las características modificadas (por ej: los caracteres
cualitativos, de resistencia o fenológicos), las prioridades de los procedimientos
de evaluación deberían establecerse caso por caso.
A pesar de que la fecundación de las flores de la vid, que son hermafroditas, es
autógama, no se puede descartar la posibilidad de que se produzca una
polinización cruzada entre las vides GM y las tradicionales. En el género Vitis el
riesgo de difusión incontrolada de los genes GM en otras variedades es mínimo,
dado que la propagación con fines comerciales de las variedades de vid y de los
clones es asexual. Sin embargo, el posible riesgo de diseminación de los genes
modificados en poblaciones silvestres del género Vitis varía según el continente y
las regiones geográficas. Es nulo en las zonas vitícolas en las que no se dan vides
silvestres, como Australia, América del Sur y casi toda África. En Europa, la única
especie silvestre de vid, Vitis vinifera subsp. sylvestris, es rara y suele
encontrarse lejos de las zonas vitícolas, por lo que el riesgo es muy reducido.
C - INDICACIONES GENERALES PARA LA EVALUACION DE VIDES
TRANSGÉNICAS
1. Organismo de control del procedimiento de evaluación
Cada país deberá nombrar a un organismo de control responsable que se
encargue de supervisar los métodos de evaluación que se describen en los
puntos 2.1-2.6 y que actúe dentro del respeto de los criterios establecidos en su
propio país. Los organismos de control pueden ser, por ejemplo, centros de
investigación, institutos técnicos o universidades particularmente calificados para
llevar a cabo estudios e investigaciones sobre el genoma. La institución de
control podrá, a su vez, designar a otros organismos y/o laboratorios calificados
para realizar algunas tareas secundarias específicas. El organismo de control
deberá verificar periódicamente los estudios de terreno correspondientes,
recolectar los datos pertinentes y por último evaluar los resultados de todos los
ensayos, que deberá consignar en informes anuales y sintetizar en un informe
final.
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2. Procedimientos de evaluación
Para cada nueva obtención de vid GM, los laboratorios que han operado y todos
los procedimientos de multiplicación in vitro, las etapas de aclimatación y las
intervenciones de propagación y de multiplicación deberían notificarse y
documentarse en un registro conforme con las recomendaciones de la resolución
VITI 1/2006.
2.1 Evaluación fenotípica
a) Exigencias de los estudios de terreno
La concepción de estudios de terreno puede ser distinta en función del uso al que
se destine la vid GM (vino, uvas de mesa, pasas o porta injertos) y del o de los
caracteres modificados. En cualquier caso, se han de obtener resultados fiables.
Como mínimo, los estudios de terreno se han de llevar a cabo en períodos y
lugares distintos que pertenezcan a regiones climáticas diferentes y con una
cantidad de plantas y de repeticiones conforme al análisis y sobre al menos tres
cosechas. Además, sería conveniente que la variedad o clon de partida se
utilizara como test de control.
Durante el período de experimentación con vides modificadas genéticamente, se
ha de cumplir con las condiciones establecidas (por ejemplo: las instrucciones
relativas a la manipulación de las herramientas de poda, la defoliación o la
cosecha).
b) Evaluación de las características que se desea cambiar
A partir de los estudios de campo y de otros datos de los que se disponga, se ha
de describir de manera precisa cómo afecta la modificación a la característica o
características que se desea cambiar (por ejemplo, las modificaciones del nivel
de resistencia a las enfermedades y las plagas, la modificación del contenido de
azúcar o de ácido, modificaciones cualitativas y/o cuantitativas de los antocianos
y compuestos aromáticos, etc.). La descripción deberá realizarse a través de
estudios transcriptómicos, proteómicos y metabolómicos, además de cualquier
otro nuevo método apropiado que pueda desarrollarse. En cualquier caso es
importante que se realicen evaluaciones analíticas de los productos finales (vino,
uva de mesa, pasas) y que se completen con análisis organolépticos.
En el caso de los porta-injertos debería también verificarse la compatibilidad del
patrón y el injerto.
c) Evaluación de características otras que las que se desea cambiar
Es conveniente verificar si la modificación genética afecta a otras características
vitícolas importantes distintas de las que se desea cambiar. Si fuera el caso, se
han de describir con detalle las características correspondientes y el grado de
cambio observado respecto a la variedad o clon de partida no transformado.
Las características ampelográficas y ampelométricas de las vides GM deberían
evaluarse y compararse con los datos correspondientes de la variedad o clon de
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partida, tareas que han de llevarse a cabo con métodos y caracteres descriptivos
adecuados desde el punto de vista científico y avalados internacionalmente,
como por ejemplo los de la OIV o la UPOV. Se ha de señalar cualquier alteración
significativa.
d) Estabilidad del fenotipo
La estabilidad del gen transformado deberá confirmarse a lo largo de varios
ciclos de propagación asexual. Se ha de comprobar que tras la reproducción
reiterada las plantas adultas no presenten ninguna otra alteración importante y
significativa que aquellas identificadas en los ensayos preliminares.
2.2. Evaluación genotípica
Se ha de comprobar la existencia de la modificación genética mediante técnicas
moleculares (por ejemplo: PCR, secuenciación, …). Además, se ha de estudiar el
número de copias y el número de puntos de inserción (ej. Southern blot). Para
estudiar la trazabilidad (ver punto 2.3), conviene determinar
las técnicas
moleculares adecuadas (por ejemplo, marcadores tipo SCAR).
2.3. Trazabilidad de la modificación genética del producto final
Conviene verificar si el o los genes quiméricos; si alguna parte del o de los genes
quiméricos; si los nuevos metabolitos debidos a los genes incorporados pueden
trazarse en el producto final (por ej: vino, uvas de mesa, uvas pasas, aceite de
pepitas). Estos datos revisten una gran importancia respecto al etiquetado en
caso de uso comercial sucesivo de una vid genéticamente modificada. En algunos
casos puede ser especialmente interesante verificar durante el proceso de
producción, si los genes incorporados o los metabolitos correspondientes son
trazables (por Ej.: producción vinícola: uvas frescas -> mosto -> durante la
fermentación -> varias etapas después de la fermentación hasta el
embotellamiento. Sería conveniente que ello se realizara empleando técnicas
analíticas que se registren oportunamente y se pongan a disposición de la
Institución de control.
2.4. Evaluación de las posibles interacciones de las vides transgénicas y
el ecosistema
En función del tipo de modificación y según cada caso, deberían presentarse
resultados fiables de experimentos de control sobre la influencia del ecosistema
(ej. posibles casos de transferencia horizontal o vertical de genes, los efectos
sobre la flora y la fauna o variaciones cualitativas o cuantitativas en el
metabolismo y sus posibles consecuencias). Los métodos que se utilicen para
analizar estos parámetros deberán elaborarse a partir de protocolos que gocen
del aval de la comunidad científica internacional.
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2.5. Evaluación de los posibles efectos de las vides transgénicas en la
salud de los consumidores
Si la modificación genética produce cambios cualitativos y/o cuantitativos en los
metabolitos presentes en el producto final, deberán evaluarse los efectos
posibles en la salud humana.
2.6. Evaluación de los posibles efectos de las vides transgénicas en el
ámbito tecnológico
Se ha de determinar si la modificación genética tiene repercusiones tecnológicas
(por ejemplo, en el proceso de fermentación).
D - UTILIZACION
MODIFICADA
COMERCIAL
DE
UNA
VID
GENETICAMENTE
1. Inscripción de una vid genéticamente modificada
A partir de los datos obtenidos según los métodos que se describen en el
apartado C y certificados por la institución de control, el organismo oficial
encargado del estudio de las vides genéticamente modificadas podrá tomar una
de las decisiones siguientes:
a) aceptar la solicitud sin restricciones,
b) aprobar la solicitud con restricciones específicas
c) rechazar la solicitud
En el primer caso a), se podrá propagar y diseminar la nueva vid genéticamente
modificada. En el segundo caso b), se podrá propagar y diseminar la nueva vid
genéticamente modificada pero con algunas restricciones y recomendaciones.
En ambos casos, si se prueba la existencia de cualquier peligro a través, por
ejemplo, de nuevas técnicas experimentales, se podrá detener la propagación y
la diseminación. El material OGM deberá señalarse como tal en el etiquetado.
2. Estado fitosanitario
Tal como las variedades y clones existentes, una vid genéticamente modificada una vez introducida en el mercado - deberá cumplir con las normas vigentes de
cada país miembro de la OIV relativas al estado fitosanitario de los elementos
utilizados para la propagación.
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