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Transcript
MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS
DEL DR-CAFTA: COMO CUMPLIRLAS Y
APROVECHAR EL MERCADO DE EE. UU.
Ing. Luis R. Rodríguez, MSc
Oficina Regional de DICOEX
Santiago de los Caballeros
Diciembre 14, 2011
FACTORES QUE ORIGINAN RIESGOS
FITOZOOSANITARIOS
Mayores relaciones comerciales
Incremento en la movilización global
de personas y productos
Cambios climáticos globales
IMPACTO DEL CALENTAMIENTO GLOBAL
EL ACUERDO MSF DE LA OMC: DISPOSICIONES GENERALES
A diferencia de todos los Acuerdos de la OMC, el
Acuerdo de MSF sólo contempla medidas para
proteger:
La vida de las personas y de los animales
de los riesgos por el uso en alimentos de
aditivos, contaminantes, toxinas u
organismos patógenos,
La salud de las personas de las
enfermedades propagadas por animales o
vegetales, y
Los animales y vegetales de
enfermedades y plagas.
La Organización Mundial de Comercio
(OMC) y el Acuerdo de Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias (MSF)
El Acuerdo sobre la aplicación de las Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias (“Acuerdo MSF”) de la OMC,
entró en vigor el 1° de enero de 1995 y su objetivo
fundamental es la aplicación de reglamentaciones en
materia de sanidad e inocuidad al comercio global.
El Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias
de la OMC (Comité MSF) contempla la
participación de otros Organismos Internacionales
como consultores y guía de referencia, tales
como la IPPC, la OIE y el CODEX
ALIMENTARIUS.
Capítulos del DR-CAFTA
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Capítulo 1: Disposiciones Generales
Capítulo 2: Definiciones Generales
Capítulo 3: Acceso a Mercados
Capítulo 4: Reglas de Origen
Capítulo 5: Administración Aduanera
Capítulo 6: MSFS
Capítulo 7: Obstáculos Técnicos
Capítulo 8: Defensa Comercial
Capitulo 9: Contratación Pública
Capítulo 10: Inversiones
Capitulo 11: Servicios
Transfronterizos
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Capítulo 12: Servicios Financieros
Capítulo 13: Telecomunicaciones
Capítulo 14: Comercio Electrónico
Capítulo 15: DPI
Capítulo 16: Aspectos Laborales
Capítulo 17: Aspectos Ambientales
Capítulo 18: Transparencia
Capítulo 19: Adm. Tratado
Capitulo 20: Solución Controversias
Capítulo 21: Excepciones
Capítulo 22: Disposiciones Finales.
OBJETIVOS:
Los objetivos de este Capítulo son proteger la vida y la salud
de las personas, de los animales y de los vegetales en el
territorio de las Partes, impulsar la implementación del
Acuerdo MSF entre las Partes, proporcionar un foro en el
que se discutan asuntos sanitarios y fitosanitarios, se
resuelvan asuntos comerciales, y por ende se logre expandir
las oportunidades comerciales.
Consultar sobre asuntos, posiciones y agendas para las
reuniones del Comité de MSF de la OMC, los diferentes
comités del Codex (incluyendo la Comisión del
Codex Alimentarius), la Convención Internacional para
la Protección Fitosanitaria, la Oficina Internacional de
Epizootias y otros foros internacionales y regionales
sobre la inocuidad de los alimentos, la salud de las
personas y de los animales y la preservación de los
vegetales;
QUE AGENCIA VELA POR LA CORRECTA
APLICACIÓN DE ESTAS NORMAS?
NO TODO ES ALIMENTO…
•FDA REGULA:
–Productos farmacéuticos (marca, genéricos y de venta libre)
–Vacunas
–Dispositivos médicos
–Cosméticos
–Biológicos (tejidos, derivados del plasma)
–Medicamentos y alimentos para animales
–Tabaco
–Todo lo que emite radiación sin importar su uso (celulares,
microondas, etc.)
RETOS PARA ACCEDER AL MERCADO
DE ESTADOS UNIDOS
1. INCREMENTO EN LA DEMANDA DE INOCUIDAD
Y SEGURIDAD EN LOS ALIMENTOS FRESCOS
HACCP
GLOBALGAP
NIVELES MAXIMOS DE RESIDUOS (MRLs)
MANEJO Y ERRADICACION DE PLAGAS DE ORIGEN VEGETAL
ERRADICACION DE ENFERMEDADES DE AVES Y CERDOS
AGENCIAS DE MSF DE LOS ESTADOS UNIDOS
USDA
PRODUCTOS FRESCOS
APHIS……….….
PPQ……………..
AMS…………….
FSIS…………….
SERVICIO DE INSPECCION DE LA SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL
PROTECCION DE PLANTAS Y CUARENTENA
SERVIVIO DE MERCADEO AGRICOLA
SERVICIO DE INSPECCION DE INOCUIDAD
FDA
PRODUCTOS PROCESADOS, MEDICAMENTOS Y COSMETICOS
RESIDUOS QUIMICOS (INSPECCIONES y
ETIQUETADO)
EPA
RESIDUOS QUIMICOS (NORMAS)
DHS
SEGURIDAD E INSPECCION EN ADUANAS Y
FRONTERAS (BIOTERRORISMO)
• Regula
– Frutas
– Verduras
– Hortalizas
– Flores
– Animales
– Leche y sus derivados
– Huevos
– Carne
SALMONELLA SPP EN CERDOS
INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS - CARNES
INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS - CARNES
INOCUIDAD DE LOS ALIMENTOS - CARNES
EN RESUMEN…
Todos los productos importados deben cumplir las
mismas normas que los productos nacionales.
Los productos importados deben ser puros, sanos,
seguros para comer, y deben ser producidos en
condiciones de salubridad.
Los fármacos y dispositivos médicos deben ser seguros y
efectivos (y podrán requerir de una solicitud precomercialización).
• Los cosméticos deben ser seguros y fabricados
con ingredientes aprobados.
• Los dispositivos que emitan radiación deben
cumplir con las normas establecidas.
• Todos los productos deben contar con rotulados
veraces en inglés.
• Todo alimento estandarizado debe cumplir con la
norma o estándar del producto.
REQUISITOS PARA EXPORTAR FRUTAS O VEGETALES
A LOS ESTADOS UNIDOS:
1. EL IMPORTADOR
El consignatario debe ser empresa o persona
Debe aplicar al USDA por un permiso de importación
Debe obtener un bono de Aduanas (Customs Bond)
Debe utilizar los servicios de un Agente Aduanal
REQUISITOS PARA EXPORTAR FRUTAS O VEGETALES
A LOS ESTADOS UNIDOS:
2. EL EXPORTADOR
Asegúrese que el importador tenga permiso importador
Regístrese en la FDA (http://www.fda.gov)
Asegúrese que el producto cumple requisitos USA
Producido y cosechado según normas
Empacado y etiquetado de acuerdo a normas
Empacado en ambiente libre de insectos
Embarcado siguiendo normas de pallets
Acompañar con Certificado Fitosanitario
Factura debe incluir etiqueta, peso y cantidad
No mezclar diferentes productos en un contenedor
BUENAS PRACTICAS AGRICOLAS
MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS Y ENFERMEDADES
BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA
LA NUEVA LEY SOBRE INOCUIDAD
ALIMENTARIA EN LOS
ESTADOSUNIDOS
(FOOD SAFETY
MODERNIZATIONACT)
• Esta nueva ley de los EE.UU. referente a la
seguridad de los alimentos, conocida como Food
Safety Modernization Act (FSMA), es un tema de
interés para todos los exportadores dominicanos de
productos alimenticios. Después de mucho debate y
muchas demoras, fue aprobado por el Senado y el
Congreso y fue firmado por el Presidente en 4 de
enero, 2011.
29
IMPERATIVA PARA LA SALUD PUBLICA
• Enfermedades asociadas a los alimentos:
– Cerca de 48 millones (1 de 6 americanos) enferma
cada año.
– 128,000 son hospitalizados.
– 3,000 mueren.
– Contaminación biológica (E. coli, Salmonella,
Listeria, entre otros).
POR QUE SE REQUIERE LA LEY?
• Globalización
– 15% de la oferta alimentaria de USA es importada.
• Cadena Alimentaria Compleja y de Alta Tecnolgía
– Más Alimentos en el Mercado.
– Nuevos Riesgos en los Alimentos.
• Incremento de los Grupos Etnicos
– Crecimiento Poblacional. (alrededor de 30% de las
personas corren riesgo de contraer una enfermedad por
medio de los alimentos).
Food Safety Modernization Act (FSMA)
“Agradezco al Presidente y a
los miembros del Congreso
por reconocer que es muy
grande la carga que
representan la enfermedades
asociadas a los alimentos
sobre los ciudadanos y por
tomar esta acción.”
Margaret A. Hamburg, M.D.,
Commissioner of Food and Drugs
• Esta Ley otorga a la FDA (Federal Food and Drug
Administration) el mandato de implementar un
sistema más científico enfocado a los peligros a
que se exponen los alimentos, desde su
generación hasta llegar a la mesa del consumidor,
poniendo énfasis en la prevención de
enfermedades transmitidas por ellos.
33
•
Conforme a las disposiciones de la FSMA, las
empresas pertinentes deberán elaborar y aplicar
planes escritos de inocuidad de los alimentos.
Además, la FDA tendrá la autoridad para
recomendar mejoras en los planes propuestos y
para ordenar la devolución de alimentos, a la
planta o al importador, cuando se detecten
problemas de falta de inocuidad. Así, la FDA
tendrá una mayor capacidad para garantizar que
los alimentos importados son tan inocuos para
los consumidores como los que se producen en
los Estados Unidos.
34
LAS PRINCIPALES DISPOSICIONES DE FSMA (1)
• Cada planta productora de alimentos debe tener un
plan escrito de controles preventivos en que se
detallen los posibles problemas que podrían afectar
a la inocuidad de sus productos.
• En este plan se debe resumir los pasos que se
tomarán para prevenir o minimizar de manera
significativa la probabilidad de que los problemas
identificados ocurran.
35
LAS PRINCIPALES DISPOSICIONES DE FSMA (2)
• La FDA debe establecer normas con base
científica para la siembra y cosecha de frutas y
verduras. Estas normas deben tener en cuenta
no sólo los riesgos provocados por el hombre
sino, también los de origen natural, tales como
los relacionados al suelo, los animales, y el agua
en la zona de cultivo.
36
LAS PRINCIPALES DISPOSICIONES DE FMSA (3)
• Se le ordena a la FDA aumentar la frecuencia de las
inspecciones en las plantas procesadoras. Las plantas
domésticas de alto riesgo deben recibir una
inspección inicial dentro de los primeros cinco años y,
después, por lo menos cada tres años. La frecuencia
de inspección dependerá del tipo del producto, ya que
algunos presentan más riesgos que otros.
37
LAS PRINCIPALES DISPOSICIONES DE FMSA (4)
• Se le autoriza a la FDA ordenar la devolución de
alimentos nocivos si la empresa responsable se
niega a retirarlos voluntariamente.
• La ley también establece una norma más flexible
para la detención de alimentos por la FDA y permite
a la FDA suspender el registro de cualquier empresa
que sea responsable de alimentos no saludables,
para que no los pueda entregar a sus clientes.
38
LAS PRINCIPALES DISPOSICIONES DE FMSA (5)
• Mientras que la FDA se encargue de regular casi
todos los alimentos procesados, la legislación
reconoce que la seguridad alimentaria es una
responsabilidad compartida entre autoridades
federales, estatales, locales, territoriales, tribales y
organismos en los países de exportación.
• Claramente apoya programas de colaboración entre
las distintas entidades.
39
• Ésta ley requiere que, dentro de los 18 meses
después de ser firmada, se complete en cada planta
una evaluación de riesgos que permita identificar los
peligros y las probabilidades de ocurrencia.
• Se deberá incluir los de origen biológico, químico,
físico y radiológico así como los ocasionados por
toxinas naturales, plaguicidas, residuos de
medicamentos, descomposición, parásitos, y
aditivos no autorizados.
40
• La ley tendrá que identificar y aplicar
controles preventivos para poder asegurar
que los riesgos identificados se reduzcan al
mínimo y que los alimentos no sean
adulterados.
41
• El artículo 301 de la Ley exige a los importadores
de alimentos poner en marcha programas para
verificar que los alimentos que traen a los EE.UU.
se produzcan de acuerdo con los requisitos del
país y que no son ni adulterados ni marcados
incorrectamente.
• Los importadores deben tener programas
adecuados para garantizar que sus proveedores
extranjeros cuenten con procesos y
procedimientos equivalentes a los previstos en la
ley.
42
• La sección, 304 de la ley exige que se notifique a la
FDA de cualquier otro país que haya denegado la
entrada de una carga de alimentos, previos a su
llegada a puertos estadounidenses.
• Otra provisión exige que una entidad competente en
el país de exportación certifique que los productos
cumplen con los requisitos de la ley de los EE.UU.
La FDA establecerá un sistema de aprobación de
estas entidades.
43
• También hay una provisión, por medio del cual
importadores y sus proveedores en el exterior pueden
afiliarse a un programa especial de certificación por una
entidad independiente, a cambio de recibir un tratamiento
más ágil en los puertos de entrada.
• Además de las normas de trazabilidad, la ley aumenta los
requisitos de archivos de información. Las plantas
deberán mantener registros de sus controles preventivos y
acciones correctivas, por lo menos por dos años. También
exige a los importadores mantener durante dos años
registros de verificación de sus proveedores
internacionales.
44
• La FDA tendrá el poder para detener mercancía en la
Aduana si hay evidencia de que pueda ser dañina a
la salud de los consumidores. En casos especiales,
podrá revocar el permiso de un importador con solo
dos días de anticipación.
• Son exentos de esta ley pequeñas empresas
agrícolas en los EE.UU. que venden localmente,
empresas productoras de ciertos productos que son
certificados a HACCP, y empresas registradas con la
FDA como productores de alimentos enlatados
acidificados o de baja acidez.
45
PARA MAS INFORMACION
• Web site is at
http://www.fda.gov/fsma
• Subscription feature
available
• Send questions to
[email protected]
SITUACION FITOSANITARIA
DE LAS EXPORTACIONES
DE LA REPUBLICA DOMINICANA
AL MERCADO DE ESTADOS UNIDOS
Cylas formicarius elegantulus:
UNA PLAGA CUARENTENARIA
GORGOJO ADULTO
DAÑOS OCASIONADOS A LOS TUBERCULOS
NEWCASTLE AVIAR EN POLLOS
COSTA RICA NOW ONE OF ONLY TWO LATIN AMERICAN COUNTRIES
MEETING THIS USDA POULTRY REQUIREMENT
June 10, 1997
MIAMI -- In a letter to Costa Rica's Ministry of Agriculture, and in a published final rule which is
being disclosed today by Costa Rica International, Inc. , the United States Department of
Agriculture (USDA) has declared Costa Rica free of velogenic viscerotropic Newcastle disease
(VVND), an exotic, viral animal disease affecting poultry.
With this announcement, only two Latin American countries -- Costa Rica and Chile -- have been
declared free of Newcastle disease by the USDA. The declaration signifies that Costa Rican
chicken products meet the same stringent USDA standards.
This approval resulted from an on-site visit to Costa Rica, and subsequent evaluation, by APHIS
officials who reviewed Costa Rica's official veterinary services, laboratory and diagnostic
procedures, vaccination practices and other criteria.
The action removes the prohibition on importation from Costa Rica to the United States of poultry,
although, before any poultry meat can be imported into the United States from Costa Rica, the
plants and packing facilities in Costa Rica, and
other procedures, will require the approval of the USDA's Food Safety and
DAÑOS DE LA PESTE PORCINA CLASICA (PPC)
USAID PESTICIDE EVALUATION
REPORT & SAFER USE ACTION
PLAN (PERSUAP)
DRAFT EXECUTIVE SUMMARY
December 4, 2008
INFORME DE LA USAID 2009
SANTO DOMINO.- Dominican farms still use highly toxic
pesticides, says the Report of Pesticide Evaluation and Plan of
Action for their Safe Use, of the United States Agency for
International Development (USAID).
Whereas Europe allows from 300 to 400 pesticides, Dominican
Republic has a list of 3,122 approved for import and use in the
country, and included in the evaluation, carried out from July 2008
to October 2009.
With 425 active ingredients on the list in 2007 Dominican
Republic, stands out as being ranked fourth in the number of fruit
and vegetable shipments halted by the U.S. for pesticide residues.
ESTUDIO DE USAID SOBRE LA PRODUCCION Y
EXPORTACION DE VEGETALES ORIENTALES
Debilidades encontradas en cinco (5) áreas durante el
manejo postcosecha de los vegetales orientales:
1) Prácticas Rudas de Cosecha y el Manejo.
2) Flujo Ineficiente de los Productos en las Empacadoras
durante las Diferentes Etapas del Proceso de Empaque.
3) Manejo Inadecuado de Temperaturas Durante los Procesos
de Cooling y Poscosecha.
4) Ausencia de Controles de Humedad luego de la Cosecha.
5) Pobres Prácticas Sanitarias Poscosecha
MANEJO RUDO EN LA COSECHA
MANEJO RUDO DURANTE TRANSPORTE Y CARGA
POBRE MEDIDAS SANITARIAS
RUDO MANEJO POSCOSECHA
SANIDAD DEL AGUA
PROCESO DE SECADO
FALTA USO DE CONVEYORS
Y ESCALAS DE PRECISION
DETENCIONES RD VS COSTA RICA
30
24
25
20
19
20
15
10
5
6
8
4
3
5
1
2
4
11
9
3
8
4
0
5
2
4
0
1
0
1
0
oct-11
sep-11
aug 11
jul-11
jun-11
may-11
RD
apr 11
CR
mar-11
feb-11
jan 11
dec 10
nov-10
LAS DETENCIONES DE LA FDA EN LOS ESTADOS UNIDOS
Manufacturer FEI: 2000003379
Manufacturer Name: PROCESADORA VIZCAYA, C. POR A
Manufacturer address line 1: Calle Hatillo Sampa?a No. 364
Manufacturer address line 2: Barrio San Miguel, Manoguayabo
Manufacturer's City: SANTO DOMINGO OESTE
Manufacturer Province/state: DO-01
Manufacturer Country: Dominican Republic
Product code: 28CCT51
Importers product description: VANILLA EXTRACT
Refusal date: 08-JAN-2009
FDA_District: FLA-DO Entry/doc/line/sfx: 516-2037311-1/7/1/
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Bill of Lading: LU2010027983
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FDA record of private lab sample analysis: No
Charge(s): COUMARIN
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Manufacturer Country: Dominican Republic
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Importers product description: BELL PEPPERS
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FDA record of private lab sample analysis: No
Charge(s): PESTICIDE
OPERATIONAL AND ADMINISTRATIVE SYSTEM
FOR IMPORT SUPPORT
(OASIS)
www.accessdata.fda.gov/scripts/importrefusals
LOS CONSUMIDORES DESEAN:
TENDENCIA DEL MERCADO: NUESTRO OBJETIVO A LARGO PLAZO
La Adopción de Cambios en los Procesos de Cosecha,
Procesamiento y Empaque se Hace Indispensable para
Maximizar la Vida de Anaquel y Satisfacer las
Demandas de Calidad e Inocuidad que Requieren los
Importadores y los Consumidores del Mercado de los
Estados Unidos.
LOS EXPORTADORES QUE SEAN CAPACES DE OFRECER
PRODUCTOS INOCUOS Y DE CALIDAD DE MANERA
CONSISTENTE, SON LOS QUE TENDRAN, SIN LUGAR A DUDAS,
UNA SIGNIFICATIVA VENTAJA MERCADOLOGICA.
MUCHAS GRACIAS