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Matrimonio Homosexual
Dr. Carlos Juárez Valdés
Médico Familiar. UMF 20
Errores de concepto
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Aberración.
Enfermedad.
Perversión.
Pecado.
Contagio.
Castigo de Dios.
Formas de hablar y vestirse.
Comportamiento “diferente”
• El rechazo de la
sociedad se basa solo
en patrones culturales.
• Fue sacado de los manuales médicos como
enfermedad desde principios de la década de
1980.
• American Psychological Association
• American Psychiatric Association
• National Association of Social Workers
“La homosexualidad no es ni un trastorno
ni una enfermedad, sino una variante
normal de la orientación sexual humana”
¿ Causas ?
Teorías
Teoría Biológica:
• Alteraciones a nivel de estructuras cerebrales.
– Hipotálamo.
• Gen de la homosexualidad.
– Cromosoma X (transmitido por la madre)
• Alteración de la acción hormonal en el proceso
de formación fetal.
Teoría psicológica:
• Aprendizaje
• Copia de conductas, ya sea por situaciones o
condiciones sociales:
– Hijo varón en un entorno de mujeres.
– Carecer de un modo masculino.
– Abuso sexual repetido.
Teoría mixta:
• Existe la predisposición biológica, y además,
las condiciones sociales contribuyen a que
esta se presente.
Se maneja simplemente como uno mas de los
patrones sexuales existentes:
• Heterosexual.
• Bisexual.
• Homosexual.
Estimulo –
Respuesta sexual
Variante
fisiológica
Periodo de
formación
Patrón
sexual
Unidad situación / Estimulo sexual – Respuesta
sexual
• Capacidad fisiológica del individuo para
presentar una serie de cambios en el
organismo, frente a un estimulo sexual,
generándose una respuesta sexual adecuada y
satisfactoria.
Variante fisiológica
• Condición necesaria e innata del organismo que
le permite funcionar dentro de cierto rango.
– Patología: Sale del rango superior (exceso) o inferior
(defecto), se fija a esa situación o conducta. Pedofilia,
zoofilia.
– Experiencia: Sale del rango superior (exceso) o inferior
(defecto), pero no se fija a dicha situación, pueden
volver al rango de variabilidad sin dificultad alguna.
Periodo de formación
• Indiferenciado: 0 a los 8 – 10 años a 12 años.
– Función sexual innata, no pose ningún tipo de discriminación.
– Periodo de exploración, identificación y diferenciación.
• Periodo de transición: 8 – 10 años a 12 años a los 18 – 21 años.
– Procesamiento de la información
– Familia, escuela, amigos, medios de comunicación.
• Periodo diferenciado: A partir de los 18 – 21 años.
– Capacidad de discriminar y manejar la información obtenida,
complementado la transición de su patrón sexual.
Escala de Kinsey
Grados
Características
Grado 0
Heterosexual exclusivo
Grado I
Heterosexual con experiencias homosexuales
Grado II
Bisexual con preferencia a encuentros homosexuales
Grado III
Bisexual con preferencia a encuentros heterosexuales
Grado IV
Homosexual con experiencias heterosexuales
Grado V
Homosexual exclusivo
Homosexualidad:
• Respuesta sexual que se presenta cuando un
individuo ha aprendido a responder
sexualmente ante un estimulo proveniente de
una persona de su mismo sexo, es la expresión
de la variante fisiológica, que puede darse en
forma cognoscitiva y/o corporal, entre
personas de un mismo sexo.
Revolución sexual
• Cambios en el
comportamiento
humano.
• Guerras y opresión.
• Generaron en la juventud
sentimientos que se
expresaron de forma tal
que se conseguirían
movimientos de protesta
en todos los sentidos.
Tipos de revolución sexual
• Capacidad del ser humano de gozar placeres
específicos separando el sexo y procreación.
– Anticonceptivos.
• Reconocimiento y tolerancia hacia las relaciones
homosexuales, a partir de los años 80, por parte
de los gobiernos.
– ONU: Despenalización de la homosexualidad.
• Manipulación genética.
• Contraer matrimonio y fundar una familia
representan no solo una prerrogativa
individual si no también y sobre todo una
libertad fundamental protegida al mismo nivel
y con el mismo rigor que la vida privada, la
libertad de prensa, libre circulación o la
propiedad.
La imposición del modelo occidental de familia y
matrimonio se ha ido disolviendo poco a poco hasta
crear una nueva concepción del matrimonio.
• Equitativa relación de la pareja (derechos y deberes).
• Igualdad de derechos de los hijos nacidos dentro o
fuera del matrimonio.
• Divorcio.
• La procreación ya no es finalidad necesaria del
matrimonio.
• El matrimonio entre personas del mismo sexo
ha sido la conquista legal mas importante del
Movimiento Homosexual.
• Concebidas como pecado, crimen o
enfermedad y sujetas a presión por parte de
los Estados y elites sociales, las relaciones
entre personas del mismo sexo emergen hoy
por vías sin precedentes.
El emparejamiento entre personas del mismo
sexo presenta dos características que hacen al
fenómeno diferente:
– Visibilización pública y colectivización.
– Establecimiento de unidades domésticas
diferenciadas.
Países que permiten el matrimonio
entre personas del mismo sexo
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Países Bajos (2001)
Bélgica (2003)
España (2005)
Canadá (2005)
Sudáfrica (2006)
Noruega (2009)
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Suecia (2009)
Portugal (2010)
Islandia (2010)
Argentina (2010)
Dinamarca (2012)
Jurisdicciones de Estados Unidos
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Massachusetts (2004)
Connecticut (2008)
Iowa (2009)
Vermont (2009)
Nuevo Hampshire
(2010)
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Washington (2010)
Nueva York (2011)
California (2012)
Maryland (2013)
Maine (2013)
Jurisdicciones tribales de
Estados Unidos
• Tribu Coquille (2008).
• Tribu Suquamish (2011).
• Tribu Little Traverse Bay Bans of Odawa
Indians (2013).
Jurisdicción en Brasil
• Alagoas (2012)
Ley de Sociedad de convivencia
• Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
• 16 de Noviembre del 2006.
• Otorgamiento de derecho a uniones de
personas del mismo sexo, dejando a un lado la
finalidad de la procreación que conlleva la
instauración del matrimonio o en su caso el
concubinato.
Código Civil y de procedimientos civiles del
Distrito Federal.
• Diario Oficial de la Federación.
• 21 de diciembre del 2009.
• Artículos 146, 237, 291 bis, 294, 391 y 724.
• Primera entidad de América Latina en aprobar
los matrimonios entre homosexuales.
Artículo 146:
• Matrimonio es la unión libre de dos personas
para realizar la comunidad de vida, en donde
ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda
mutua. Debe celebrarse ante el Juez del
Registro Civil y con las formalidades que
estipule el código.
Artículo 291 Bis:
• Las concubinas y los concubinos tienen derechos y obligaciones
recíprocos, siempre que sin impedimentos legales para contraer
matrimonio, han vivido en común en forma constante y
permanente por un período mínimo de dos años que precedan
inmediatamente a la generación de derechos y obligaciones a los
que alude este capítulo.
• No es necesario el transcurso del período mencionado cuando,
reunidos los demás requisitos, tengan un hijo en común.
• Quien haya actuado de buena fe podrá demandar del otro, una
indemnización por daños y perjuicios.
Artículo 391:
Podrán adoptar:
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I. Los cónyuges en forma conjunta, que al menos tengan dos años de casados;
II. Los concubinos en forma conjunta, que demuestren una convivencia ininterrumpida de al
menos dos años;
III. Las personas físicas solteras mayores de 25 años;
IV. El tutor al pupilo una vez aprobadas las cuentas de su administración; y
V. El cónyuge o concubino al hijo de su compañero que ejerza de manera individual la patria
potestad y que demuestre una convivencia ininterrumpida al menos de dos años.
•
Los cónyuges o concubinos podrán adoptar cuando los dos estén conformes en considerar al
adoptado como hijo y aunque solo uno de ellos cumpla con el requisito de edad a que se
refiere este capítulo, pero siempre y cuando la diferencia de edad entre cualquiera de los
adoptantes y el adoptado sea de 17 años de edad cuando menos.
•
En todos los casos ambos cónyuges o concubinos deberán comparecer ante la presencia
judicial en el procedimiento de adopción.
• Quintana Roo:
– 28 de Noviembre del 2011.
– Dos primeros enlaces homosexuales.
– “Entre dos personas”
• Oaxaca:
– El 25 de febrero del 2013 se acepto el tramite en el
Registro Civil.
– Enlace en Marzo.
Constitución Federal Mexicana
Articulo 21 fracción IV
“Los actos del estado civil ajustados a las leyes de un Estado
tendrán validez en los otros”
• Matrimonio es un acto civil.
• Adopción es un acto civil.
• Los homosexuales que se casen o adopten niños conforme a las
leyes del Distrito Federal podrán ir a vivir a cualquier estado dela
república y reclamar, con base en la constitución federal, que se les
respete su estado matrimonial o su calidad de padres adoptantes.
• Existen pocos estudios sociodemográficos que
ayuden a entender el emparejamiento entre
personas del mismo sexo.
Año 2006
• Encuesta biográfica o retrospectiva.
• “Iniciación sexual, trayectorias de emparejamiento y vida en pareja
en varones con prácticas homoeróticas en la Ciudad de México”
• Muestra intencional: 250 hombres.
• Edad: 16 – 55 años.
• Clase media.
• Altamente escolarizada
– 72.8% tiene o cursa estudios de licenciatura.
Mayor duración en pareja
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•
Corresidencia en pareja.
> 1 mes en tener su primera relación sexual.
Conocimiento por las familias de origen.
Conocerse en la escuela.
Acumulación de experiencia amorosa (adultez).
Parejas abiertas.
Otras estadísticas
Estados Unidos de América
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28% = 1000 o mas parejas sexuales.
15% = 100 a 249 parejas sexuales.
9% = 50 a 100 parejas sexuales.
47.5% = 2 a 59 parejas sexuales.
0.5% = 1 pareja sexual (3 de 600 estudiados).
España:
• Un varón homosexual tiene relaciones con 39 personas
distintas, como media, a lo largo de su vida.
Estadísticas en el 2012
1371 matrimonios entre homosexuales
• 755 – Hombres.
• 616 – Mujeres.
• 168 – Extranjeros.
• 21 – 30 años.
• 871 – Sociedad conyugal.
• 500 – Separación de bienes.
247 Divorcios entre homosexuales
• 137 – Hombres.
• 208 – Mujeres.
Adopción
• La vía para vencer el impedimento biológico para
poder engendrar una vida.
• Reclamar del Estado la tutela, custodia y
educación de un menor que carece de lo
necesario.
• El niño tiene el derecho inalienable a ser educado
y formado dentro de la sociedad.
Convención sobre los derechos del niño:
• “En todas las medidas concernientes a los
niños que tomen las instituciones públicas o
privadas de bienestar social, los tribunales, las
autoridades administrativas o los Órganos
legislativos, una condición primordial a que se
atenderá será el INTERES SUPERIOR DEL
NIÑO”
• No es correcto presentar este tipo de
adopción como un derecho de los adultos.
• Existe el derecho a ser solicitante de adopción
y a ser tratado con justicia en cuanto a la
valoración de la solicitud; pero el derecho a la
adopción es un derecho del menor.
Academia Americana de Pediatría:
• Apoya a los homosexuales para adoptar,
señalando que los niños merecen la seguridad de
dos padres legalmente reconocidos,
puntualizando que un número suficiente de
estudios sugiere que los hijos de padres
homosexuales tienen las mismas ventajas y
expectativas de salud, adaptación y desarrollo
que los hijos de padres heterosexuales.
Asociación Española de Pediatría:
• Un núcleo familiar con dos padres o dos
madres, desde el punto de vista pedagógico y
pediátrico es perjudicial para el armónico
desarrollo de la personalidad y adaptación
social del niño.
American Psychological Association:
• Los padres gays y lesbianas tienen tanta
probabilidad como los padres heterosexuales
de proporcionar ambientes sanos y
protectores para su niños.
G. Rekers (EUA) 2004
• Mayor frecuencia de problemas psicológicos y
de conducta (ansiedad – depresión).
• Mas factores estresantes a los niños y niñas,
porque estos adultos presentan mas
problemas psicológicos (ansiedad, depresión,
ideas e intentos de suicidio, desordenes de la
conducta).
Fontana (EUA) 2005
• Son mas frecuentes los problemas psicológicos
(baja autoestima, estrés, inseguridad, trastornos
de la identidad sexual).
• Trastornos de conducta (anorexia, bulimia,
fracaso escolar).
• Experiencias traumáticas (abusos sexuales).
• Orientación homosexual 8 veces mayor.
Tasker y Golombok (EUA) 1997
• En hijos de lesbianas se encuentra mayor
frecuencia de atracción sexual por el mismo
sexo.
Universidad de Zaragoza (España) 2004
• Identidad sexual confusa.
• No existe un modelo de referencia.
• Uniones homosexuales minoritarias.
• Los estudios disponibles para valorar el tema
desde una posición objetiva son escasos y
tienen importantes problemas metodológicos,
lo que equivale a decir que son poco fiables y
que los resultados obtenidos no son
extrapolables a la población en general.
• Se plantea que parte de la resistencia a la
adopción por parejas homosexuales se
fundamente en el heterocentrismo,
heteronormatividad o heterosexismo
tradicional, que implica que la única forma
funcional y aceptable de familia es el modelo
heterosexual propio de la tradición
judeocristiana.
• Estudiantes y profesionales de la salud, al igual que
otros profesionales, en el ejercicio de la profesión
reproducen los valores culturales y sociales
tradicionales.
• El prejuicio social es frecuente en estudiantes y
profesionales de la medicina.
• Colombia (Estudiantes de Medicina)
– 38.2% muy desacuerdo en la adopción.
– 4% muy de acuerdo.
• El medico se ocupa solo de los aspectos médicos de la
vida humana: la salud y la enfermedad.
• El medico no es un consejero moral.
• El medico cuando su paciente presenta un problema de
homosexualidad, tiene obligación de atenderle.
• El medico no debe discriminarle en razón de su
tendencia o inclinación sexual: el medico se debe a
todos sus pacientes por igual.
• Fortalecer y complementar los marcos
jurídicos, a fin de que estos incluyan a todos
los integrantes de la sociedad, que
contemplen y protejan las diversas formas de
convivencia domestica, que erradiquen y
prevengan la discriminación y promuevan una
cultura de respeto a la diversidad social, sin
que estos afecten los derechos de terceros
como lo son los menores que pueden ser
sujetos de adopción.
• Diseño de intervenciones orientadas hacia una
formación médica mas incluyente, sin ningún
tipo de discriminación, con base en un mejor
conocimiento científico de la orientación
sexual homosexual y sus implicaciones en la
vida cotidiana.