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Los procesos colectivos
desde una perspectiva
comparada
Eduardo Oteiza
I.
II.
III.
IV.
Los desafíos que enfrenta
América Latina en materia de
justicia
Class action. Críticos y
sostenedores. Los procesos
colectivos en el derecho
continental europeo.
Distintas iniciativas y modelos
en América Latina
Argentina: Conflictos colectivos
y crisis económica
2
I
Los desafíos que
enfrenta América
Latina en materia de
justicia
3
Karst y Rosenn – Law and
Develpment in Latin America1976




El derecho procesal heredado de España y
Portugal fue, cuanto menos, tan confuso y
caótico como el derecho sustantivo
Procedimientos rudimentarios en material
de prueba
Formalismo
Demoras
Costos
4
Prillaman – The judiciary
decay in Latin America- 2000


Necesidad de un poder judicial fuerte:
– A strong judiciary is essential for cheching
potencial executive and legislative breaches of
the constitucional order, laying the
foundations for sustainable economic
development, and building popular support
for the democratic regime.
Construcción de un saludable (healthy)
poder judicial: independencia, acceso y
eficiencia.
5
Buscaglia, Dakaloias y Ratliff –
Judicial reform in Latin America. A
framework for Nacional Development.
Stanford Univesity, 1995


El acceso y la calidad del servicio de justicia
afecta la inversión privada y las decisiones
sobre comportamiento económico.
En Brasil el 82,3% de los jueces indicaron
que las excesivas formalidades procesales
eran la causa de la ineficiencia de la
administración de justicia.
6
BID: La economía política de
la reforma judicial -1997
Shihata – La experiencia del Banco
Mundial
– La reforma judicial se considera como un
elemento crucial para la aplicación de
cualquier reforma exhaustiva en cada
país y un factor esencial en el
fortalecimiento del Estado de Derecho y
del papel del gobierno como garante.
7
BID: La economía política de
la reforma judicial -1997

Shihata – La experiencia del Banco Mundial
Problemas:
– Instrumentos legales inadecuados para el trabajo
del juez
– Ausencia de una organización eficaz del sistema
de tribunales
– Falta de habilidades de los jueces para organizar
y gestionar su trabajo en forma eficiente
– Inexperiencia de los jueces en el ejercicio de
poderes discrecionales.
– Resistencia de los jueces a las audiencias en
casos que involucren temas legales complejos. 8
BID: La economía política de
la reforma judicial -1997
Carrillo- El BID y La reforma de los
sistemas de justicia
– Hay que destacar la escasa
preocupación, centenaria ya, en el
desarrollo del sistema jurídico en
general y del sistema legal en particular,
alrededor de la tendencia de privar al
poder judicial de competencias en
conflictos socialmente relevantes.
9
Centro de Estudios de Justicia de las
Américas, CEJA – Reporte sobre el
Estado de la Justicia en las Américas
2002-2003

La tradición legal en que se basan los
sistemas judiciales es un factor
determinante de la eficiencia judicial
Complejidad de los procesos
judiciales. Los países que más regulan la
resolución de disputas tienden a tener
niveles menores de eficiencia judicial
10
Centro de Estudios de Justicia de las
Américas, CEJA – Reporte sobre el
Estado de la Justicia en las Américas
2002-2003



Latinbarómetro
El poder judicial figura entre las cuatro instituciones en
las que menos confían los ciudadanos del continente.
Los países en los que la Justicia cuenta con mayor
credibilidad son Uruguay Costa Rica. Brasil y
Honduras muestran índices aceptables.
Según el estudio del BM y el BID en Uruguay y
Chile los empresarios tienen una alta opinión en la
Justicia.
11
Contraste con el carácter
esencial del derecho al debido
proceso en un Estado
Democrático



El art. 8° de la Convención Interamericana
de Ds. Hs. sobre garantías judiciales
Constituciones de Ecuador, Venezuela y
Colombia y el debido proceso
Reforma Constitucional de Brasil del 2004.
Pacto de Estado para la justicia. Razonable
proporcionalidad entre litigiosidad
(población) y el número de jueces.
12
La Banca y sus clientes, Barrena
Longarte, FELABAN, 2007.

La industria
– Globalización de la oferta. Contratación masiva
– Bancarización de la sociedad
– Complejidad de los productos bancarios

Los ciudadanos
– Instituciones para la protección del interés general
– Pequeños conflictos frente a un proceso civil lento y
oneroso
– Tutela judicial efectiva en un Estado Social de
Derecho.
13
II
Class action.
Críticos y sostenedores.
Los procesos colectivos
en el derecho
continental europeo.
14
Diferentes enfoques y
orientaciones
 Compensación
de daños
individuales. Damage oriented.
Mass tort litigation.
 Políticas
changes
públicas. Achievement of
15
Class Actions. EEUU/Canadá

Objetivos:
– Acceso a la justicia
– Eficiencia y economía al proceso
– Efectividad del Derecho
– Participación del ciudadano en
temas de política pública. Función
preventiva
16
Dificultades, riesgos y
críticas









Defensa legal asociada a los montos en juego
Altos honorarios de los abogados
Jugosas compensaciones y pagos por daños y
perjuicios
Producción de prueba compleja y onerosa
Difusión pública del conflicto
Imagen corporativa. Riesgo reputacional
El proceso como factor de presión espuria
Permiten a la justicia actuar en cuestiones de
políticas públicas
Usurpan la función legislativa (regulation through
litigation)
17
Casos de alta relevancia social

Brown vs. Board of Education
(1954/5)

Roe v. Wade (1973)
18
Regla 23 - Procedimiento Judicial
Federal (1938, 1966, 1987, 1998 y 2005).
Requisitos:




Una clase sea tan numerosa que la actuación
conjunta sea impracticable (joinder
impracticability o numerosity)
Existencia de cuestiones de derecho o hecho
comunes a la clase (common questions of law or
fact)
Identidad de intereses entre el representante y
los miembros del grupo (tipicality of claims or
defenses- sue on behalf of himself an all others
similarly situted)
Representación adecuada (adequacy of
representation – vigorous prosecution test)
19
Regla 23 - Procedimiento Judicial
Federal (1938, 1966, 1987, 1998 y 2005).
Requisitos:




Una clase sea tan numerosa que la actuación
conjunta sea impracticable (joinder
impracticability o numerosity)
Existencia de cuestiones de derecho o hecho
comunes a la clase (common questions of law or
fact)
Identidad de intereses entre el representante y
los miembros del grupo (tipicality of claims or
defenses- sue on berhalf of himself an all others
similarly situted)
Representación adecuada (adequacy of
representation – vigorous prosecution test)
20
Requisitos:

Potencialidad de decisiones inconsistentes o
contradictorias. Riesgo ocasionados por la
deducción de acciones individuales a favor o
en contra de los miembros del grupo.

Falta de uniformidad en la conducta de la
contraparte (injuctive class actions or declaratory
class actions)

Predominancia de las cuestiones comunes
(predominance test). Técnica superior a los
demás métodos disponibles (superiority test)
21
Características del proceso:






Certificación (Class certification)
Notificación. Mejores esfuerzos
Derecho de autoexclusión (opt out / opt
in)
Discovery
Renuncia y transacción: Aprobación
judicial
Cosa juzgada ultra partes
22
Canadá




Watson, Class actions. The Canadian
Experience, Duke, 2001
Pretensiones individuales no viables
Québec, 1978. Ontario, 1993.
Nacionalización: Western Canada
Shopping Centres Inc. v. Dutton, Suprema
Corte 2001. Necesidad de las acciones
representativas como acciones
colectivas.
23
Canadá

Diferencias:
– Focalizadas en la modificación del comportamiento
– Indemnizaciones menos suculentas
– Excepcionalidad del daño punitivo Ausencia de
jurados
– Tratamiento más austero de los honorarios
profesionales. Estimados por el juez y
solventados por intermedio de un fondo
común. Costos a la parte vencida ( fee shifting)
24
Perspectiva europea





Libro verde. Directiva del 2005 sobre prácticas
comerciales desleales. Cese de la práctica por los
tribunales nacionales
Directiva de Ordenes de Cumplimiento 98/27.
Implementada en Alemania- 2000, ley de
ordenes de cumplimiento- Asociaciones de
Consumidores (Verbandsklage)
Ley sueca de procesos de grupo (2002)
Representación por el Estado. Public interest /
Public institutions
ICC – Class action litigation – 2005Consecuencias adversas – Legal blackmail
25
III
Distintas iniciativas y
modelos en América
Latina
26
Brasil

Ley de Acción Pública (1985) - 7437
– Medio ambiente, consumo, entre otros


Código del Consumidor (1990) - 8078
Características
– Identificación de los derechos difusos,
colectivos e individuales homogéneos (art. 81)
– Proceso colectivo transindividual
– Class actions for individual damages (art. 84 y 91
y ss.)
27
Brasil
Características
– Notificación al Ministerio Público al comienzo de la
acción (art. 100)
– Fondo Especial de Protección de los derechos difusos
– Protección sobre honorarios al representante del
grupo salvo mala fe
– Notificación por el periódico oficial
– Falta de regulación sobre la aprobación de los
acuerdos
– Cosa juzgada: erga omnes, salvo por rechazo de la
acción por insuficiencia de pruebas y ultra partes, pero
limitada al grupo.
28
Chile




Ley de defensa del consumidor del
2003. 19955
Legitimados: Servicio Nacional del
Consumidor / Asociaciones /Grupo
Afectación del interés colectivo o
difuso
Número potencial de afectados que
justifique en términos de costos y
beneficios, el proceso especial de la
ley
29
Chile



Representación adecuada (art. 51.7): El
juez puede, fundadamente revocar la
representación, para proteger los intereses
de los consumidores
Ofertas públicas de conciliación (art. 53.b)
Cosa juzgada: Efecto erga omnes cuando se
declare la responsabilidad de los
demandados. Ante su rechazo se pueden
interponer demandas individuales (art.
54).
30
Colombia




Acciones populares y de grupo de 1998 – Ley
472
Definición de derechos colectivos
Al 2003 se habían interpuesto unas 4.000
acciones populares y de grupo, según el
Defensor del Pueblo
Daños sufridos por un número plural de
personas superior a 20 miembros
31
Colombia






Condiciones de uniformidad en la causa
del daño y en los elementos que
configuran la responsabilidad
Decisión sobre admisión (art. 20)
Carácter prevalente de la acción colectiva
Impulso de oficio
Sentencia de condena global e individual
Fondo de defensa
32
Códigos Procesales

Uruguay: Código General del Proceso (1989)
– Representación en caso de intereses difusos (medio ambiente,
consumidores), Grupo indeterminado, (art. 42)
– Cosa juzgada con eficacia general salvo si fuere absolutoria

Perú: Código procesal civil (1993)
– Patrocinio de intereses difusos ( art. 82)
– Publicidad de la demanda en el diario oficial
– La sentencia si no es recurrida se eleva en consulta a la Corte
Suprema
– Cosa juzgada ultra partes
33
Código Modelo del Instituto
Iberoamericano – 2004 







Síntesis de los problemas afrontados por la experiencia
recogida por en el uso de la Regla 23 y el Código
Brasileño de Defensa del Consumidor
Definición de derechos difusos, colectivos e individuales
homogéneos
Representatividad adecuada
Prevalencia del proceso sobre otros a cargo del mismo
juez
Audiencia preliminar. Admisión
Tutela anticipada
Acción indemnizatoria
Litispendencia y cosa juzgada
34
IV
Argentina:
Conflictos colectivos y
crisis económica
35
Crisis económica e
institucional




Debilidad institucional
Conflicto en el Poder Judicial. Explosión de
la litigiosidad. Marchas y contramarchas en
procesos individuales
Ausencia de instituciones que pudieran
contener la crisis
Falta de un escenario que permitiera
encausar un diálogo constructivo para
solucionar cuestiones de política pública
36
¡No!; no se renuncia a un porvenir tan
inmenso, a una misión tan elevada, por
ese cúmulo de contradicciones y
dificultades:
¡las dificultades se vencen, las
contradicciones se acaban a fuerza de
contradecirlas!
Domingo F. Sarmiento, Facundo
37