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XI CONGRESO SOBRE
DISTRIBUCION DE GASOLEO CYL
LUCHANDO POR UN SECTOR
COMPETITIVO
La denuncia tributaria
1.- TRIBUNAL SUPREMO Y RESP. PATRIMONIAL (I)
El 27 de enero de 2016, el TS emitió un comunicado en el que daba a conocer la estimación de
los 8 recursos “modelo” de RP por el IVMDH.
 Sentencias del TS de 18 de febrero de 2016 :
Estima el recurso Contencioso - administrativo
Reconoce derecho a indemnización por cantidades reclamadas
Sólo admite deducción:
Cantidades percibidas por devoluciones de ingresos indebidos de IVMDH por los
ejercicios reclamados
Devoluciones del tramo autonómico del IVMDH por GP
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1.- TRIBUNAL SUPREMO Y RESP. PATRIMONIAL (II)
La vía de la responsabilidad patrimonial para nuevos solicitantes está cerrada desde el 14 de abril
de 2015, fecha en la que se cumplió el plazo de un año desde la publicación de la sentencia del
TJUE y el consiguiente plazo para el ejercicio de la acción por responsabilidad patrimonial.
SITUACION ACTUAL:
RECLAMACIONES PENDIENTES SENTENCIA TS
 Sentencia Estimatoria a ejecutar en mismos términos que Sentencia de 18/2/16
Autos de extensión de efectos de las sentencias de 18 de febrero de 2016
RECLAMACIONES PENDIENTES VIA ADMINISTRATIVA
En tramitación
En recurso de reposición
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1.- TRIBUNAL SUPREMO Y RESP. PATRIMONIAL (III)
RAZONAMIENTO JURIDICO TERCERO AUTOS EXTENSION EFECTOS:
“A la vista de la trascendencia que reviste el presente asunto y para evitar
posibles malentendidos que pudieran surgir, la Sala considera conveniente
subrayar:
- El importe debido en este recurso no podrá superar, en ningún caso, la cantidad
efectivamente solicitada en vía administrativa, que opera así como tope máximo.
- La cantidad reclamada en el presente recurso contencioso-administrativo no
puede ser otra que la suma de todas las cantidades efectivamente abonadas por
la parte recurrente a la Administración durante la vigencia del IVMDH; efectividad
del abono que, por supuesto, debe contar con la debida justificación
documental.”
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2.- ACTUACIONES A REALIZAR Mº HDA Y FP (I)
 Autos de extensión de efectos:
Si recurrente no es consumidor final: recurso de reposición ante TS.
Sentencias estimatorias y autos de extensión de efectos firmes:
Ejecución abonando indemnización, con deducción de devoluciones
ingresos indebidos IVMDH y tramo autonómico IVMDH en GP.
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2.- ACTUACIONES A REALIZAR Mº HDA Y FP (II)
En tramitación:
 Inadmisión extemporáneas
Valoración interrupción prescripción por solicitudes ante AEAT
Solicitante consumidor final: Estimación total / parcial por cuantía
justificada
Solicitante no consumidor final: Desestimación
En recurso de reposición
Solicitante consumidor final: Estimación total / parcial por cuantía
justificada
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3.- COLABORACION AEAT (VI)
Distribución de solicitudes por domicilio fiscal solicitante sobre
8.759 NIFs
Delegación Especial
Andalucía
Aragón
Asturias
Baleares
Canarias
Cantabria
Castilla La Mancha
Castilla y León
Cataluña
Extremadura
Galicia
La Rioja
Madrid
Murcia
Navarra
País Vasco
Valencia
Nº de Solicitantes
Porcentaje
1.838
169
483
160
1
120
412
714
1.366
292
1.194
37
470
303
104
143
953
8.759
20,98
1,93
5,51
1,83
0,01
1,37
4,70
8,15
15,60
3,33
13,63
0,42
5,37
3,46
1,19
1,63
10,88
100,00
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3.- COLABORACION AEAT (VII)
 Disponible
en sede electrónica desde 13/2/16
Voluntario.
Objetivo: agilizar la resolución de las reclamaciones por
RP, a partir de los datos estructurados aportados por los
reclamantes, que permitan comprobación cantidad
reclamada
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3.- COLABORACION AEAT (VIII)
¿Quién puede presentarlo?:
Reclamantes cuya reclamación no se haya resuelto expresamente en vía
administrativa
Reclamantes cuya reclamación fue desestimada e interpusieron recurso de
reposición o recurso contencioso administrativo
No es una nueva vía de impugnación. No pueden presentarse nuevas
reclamaciones por este modelo
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No puede presentarse respecto reclamaciones desestimadas por el Consejo
3.- COLABORACION AEAT
Efectos sobre reclamación inicial:
No tiene efectos jurídicos sobre la reclamación inicial
Sólo permitirá agilizar el cobro cuando se resuelva en vía administrativa o judicial
No inicia ningún procedimiento administrativo
No pueden aportarse con el modelo nuevas facturas ni documentación
Forma presentación: telemática por Sede electrónica AEAT
Datos solicitados:
Identificativos
Suministros: CCAA, número factura, fecha factura, importe factura, producto,
cantidad, Nif y razón social emisor de la factura
Cumplimentación en línea o por importación de ficheros
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Existe una aplicación de gestión para facilitar la elaboración de informes de
reclamaciones de RP. Dicha aplicación se basa en el envío al Ministerio de Informes
Genio preparados por la SGIIE. Esta aplicación se mantiene para gestionar la
generación y comunicación del informe al Ministerio
Se está elaborando una aplicación nueva que permita gestionar las distintas fuentes
de entrada de información y datos, que calcule los importes a devolver y los importes
a descontar.
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RESP. PATRIMONIAL
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