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Tema 27
Ley del Seguro Social
Introducción
La seguridad social del Estado venezolano,
tiene su principal antecedente en la Ley del
Trabajo de 1.936 se consagraba en el Artículo
127: “El Ejecutivo Federal, para la protección de
los empleados y obreros en los casos de riesgos
profesionales, constituirá el seguro social
obligatorio a cargo del patrono, mediante
organismos que funcionen legalmente en el país.
En 1.940, se presentó un proyecto de Ley
del Seguro Social cuyo ejecútese fue otorgado
por el General López Contreras, creando el
Instituto Central de los Seguros Sociales, el cual
sé complementaria con el reglamento general de
la Ley del Seguro Social en 1.944.
Este Instituto sólo administraba el seguro de
accidentes y enfermedades profesionales y estaba
reducido a una parte muy pequeña de la
población. Luego se reforma la Ley y se cambia el
nombre de Instituto Central al de Instituto
Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) con
jurisdicción en todo el Territorio Nacional.
Finalmente, se sanciona una nueva Ley en el
marco del Instituto Venezolano de los Seguros
Sociales, en la cual se establecen beneficios en
cuanto a prestaciones a largo plazo.
Seguridad Social
La seguridad social es un servicio público
de carácter no lucrativo que provee el Estado a
las clases más desprotegidas y marginadas, para
garantizarles un bienestar mínimo frente a las
contingencias
de
salud,
maternidad,
enfermedad,
invalidez,
enfermedades
catastróficas,
discapacidad,
necesidades
especiales, riesgos laborales, perdida de
empleo, desempleo, vejez, viudez, orfandad,
vivienda, cargos derivados de la vida familiar y
cualquier otra circunstancia de previsión social.
Una parte de la Ciencia Política ...
“La seguridad social es una parte de la
Ciencia Política que mediante adecuadas
instituciones técnicas de ayuda, previsión
y asistencia tiene por fin defender o
propulsar la paz y la prosperidad general
de la sociedad a través del bienestar
individual” (Nugent, 1997, p.607). El
sistema de seguridad social es universal,
integral de financiamiento solidario,
unitario, eficiente y participativo de
contribuciones directas e indirectas.
Artículo 86 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela
Toda persona tiene derecho a la seguridad
social como servicio público de carácter no
lucrativo, que garantice la salud y asegure
protección en contingencia de maternidad,
paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedad
(…) y cualquier otra circunstancia de previsión
social. El Estado tiene la obligación de asegurar la
efectividad de este derecho, creando un sistema de
seguridad
social
universal,
integral,
de
financiamiento solidario, unitario, eficiente y
participativo, de contribuciones directas o
indirectas.
La Seguridad Social en Venezuela
El sistema de seguridad social existente
en Venezuela, por razones como:
burocracia, corrupción excesiva, carga
exagerada, monopolización, entre otras,
desvió este sentido que lo debe
caracterizar, originando la necesidad de
reformas que restablezcan el sentido de la
seguridad social.
Otras Causas de la Crisis

- Se le venía dando asistencia médica a personas no
aseguradas. De seiscientos pacientes diarios, noventa por
ciento (90%) de estos no eran asegurados por lo tanto se
convirtió en un hospital de triaje.

- El gobierno se deslastro de atender enfermedades
catastróficas (cáncer, SIDA, diálisis, entre otros).

- La homologación de las pensiones al salario mínimo
condenó al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales a
que el régimen financiero evadiera el pago de las
cotizaciones. El sistema se hizo para que fuera evadido, no
hubo estimulo para cotizar, por ejemplo el que cotiza por
quince años recibe los mismos beneficios del que lo hace por
veinticinco años.
La Ley del Seguro Social
Obligaciones del Patrono
La cotización por parte del patrono
dependerá del riesgo de su actividad, así
tenemos:
 Actividades de Alto Riesgo 11%
 Actividades de Riesgo Medio 10 %
 Actividades de Bajo Riesgo 9 %
Dichas cotizaciones de harán sobre el
salario que devengue el asegurado.
Obligaciones del Trabajador
La contribución correspondiente
al trabajador será del 4%
del
salario que devengue el asegurado,
el cual debera ser retenido por el
patrono al momento del pago del
salario.
Los trabajadores del Sector Público
Los trabajadores del sector público
aportarán el 2% y el patrono el 6%.
Para este tipo de trabajadores el Seguro
Social cubre prestaciones en dinero por
invalidez,
incapacidad
parcial
y
sobrevivientes.
Salario para cotizar
De acuerdo con el Reglamento de
la Ley del Seguro Social el límite
del salario para cotizar y recibir
prestaciones en dinero es de 5
salarios mínimos
La Contingencia de Paro Forzoso
El Seguro de Paro Forzoso ofrece
protección temporal a obreros tanto del
sector público como del sector privado
que presenta sus servicios en virtud de un
contrato o relación de trabajo; y que
habiendo
cumplido
los
requisitos
establecidos en el Reglamento, terminen
la relación laboral y esten aptos para
trabajar y disponibles para el trabajo
estaran amparados por estas normas.
Reglamento Seguro de Paro Forzoso
Para obtener las prestaciones deberá
haber cotizado durante 52 semanas, al
menos dentro de los 18 meses
anteriores a la pérdida del empleo.
Cotizaciones Paro Forzoso
La cotización es de 2. 20%,
El Empleado= 0.5 %
El Empleador = 1.70 %
El
salario
utlizado
para
cotizaciones es el Salario Minimo.
las
LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA DE
SEGURIDAD SOCIAL
En fecha 30 de diciembre de 2002 fue
publicada en la Gaceta Oficial de la
república N° 37.600 la Ley Orgánica del
Sistema de Seguridad Social (LOSS) dictada
con el fin de establecer un sistema
nacional de seguridad social, regido por el
Estado, que garantice a los trabajadores la
protección económica y social que sea
necesaria frente a las contingencias propias
de toda relación laboral.
Sistema de Seguridad Social.
Definición e integración
“el conjunto integrado de sistema y
regímenes
prestacionales,
complementarios
entre
si
e
interdependientes; destinados a atender
las contingencias objeto de la protección
de dicho sistema” (Artículo 5 LOSSS)
Objeto y ámbito de aplicación
de la LOSS
El ámbito de aplicación de la LOSS es
derivado de la consagración constitucional del
derecho a la seguridad social como derecho
humano
fundamental
irrenunciable
y
garantizado por el Estado, y en ese sentido se
sostiene que la LOSS regirá para todos los
venezolanos residentes en el territorio de la
República y a los extranjeros residenciados
legalmente en él, independientemente de su
capacidad contributiva, condición social,
actividad laboral, medio de desenvolvimiento,
salarios, ingresos y renta.
Régimen de Transición
Ello en razón de lo establecido en el
artículo 132 de la LOSSS que dispone que hasta
tanto no sean aprobadas las Leyes de los
Regímenes Prestacionales de Salud, Previsión
Social y Vivienda y Hábitat, el cálculo de las
cotizaciones del seguro social obligatorio se hará
tomando como referencia los ingresos
mensuales que devengue el afiliado, hasta un
límite máximo equivalente a cinco salarios
mínimos urbanos vigentes, lo que actualmente
equivale a la cantidad de un millón doscientos
treinta y cinco mil quinientos veinte bolívares
(Bs. 1.235.520,00)
Estructura Organizativa LOSSS
Arts. 19-22 LOSSS
Sistema prestacional.
Régimen que abarca.
De salud.
Salud.
De previsión social.
Servicios sociales.
Empleos, Pensiones y
otras
asignaciones
económicas.
Seguridad y salud en
el trabajo.
De Vivienda y Hábitat
De Vivienda y Hábitat
BIBLIOGRAFÍA
 Alfonzo-Guzman R. (2000). Nueva Didáctica
del Derecho del Trabajo. Caracas, Venezuela :
Editorial Guzmán.
 Arria Salas, Análisis de la Ley de Reforma
Parcial. Caracas, Venezuela: Cela-Editora.
 Arrieta, José. “¿Seguridad Social Para Todos?”.
SIC. Mérida, Año 4, p. 393.
 Arias, F. (1999). El Proyecto de Investigación.
Guía par su elaboración (3era ed). Caracas:
Episteme.