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Contenido I. Introducción ............................................................................................................... 1 II. Reglas fiscales, integración e institucionalidad pública............................................... 5 1. Institucionalidad pública, globalización e integración ................................................ 5 a) Naturaleza del cambio institucional ....................................................................... 5 b) Desarrollo institucional e integración: regionalismo abierto ................................... 7 2. Política económica y reglas fiscales ....................................................................... 10 a) Las reglas fiscales ............................................................................................. 10 b) Estabilizadores automáticos, producto potencial y déficit público ...................... 14 III. Armonización de políticas y reglas fiscales: algunas experiencias ........................... 17 1. Casos del mundo desarrollado ............................................................................... 17 a) Unión Europea ..................................................................................................... 17 b) Reino Unido ........................................................................................................ 21 2. Países del MERCOSUR y Chile ............................................................................. 25 a) La Ley de Responsabilidad Fiscal en Argentina .................................................. 26 b) La ley de responsabilidad fiscal en Brasil ............................................................ 27 c) Chile: superávit estructural como regla fiscal ...................................................... 29 d) 3. MERCOSUR: metas y mecanismos de convergencia macroeconómica .......... 34 Reglas fiscales en la Comunidad Andina .............................................................. 37 a) Bolivia ............................................................................................................... 37 b) Colombia............................................................................................................ 39 c) Ecuador ............................................................................................................. 42 e) Perú .................................................................................................................. 44 e) Venezuela .......................................................................................................... 46 4. Reflexiones finales ................................................................................................. 49 IV. Propuesta para la convergencia fiscal en la Comunidad Andina .............................. 52 1. Integración y finanzas públicas : el punto de partida ............................................. 52 2. Hacia una visión estratégica compartida: disciplina fiscal e integración ................ 60 3. Bases de diseño de la propuesta.......................................................................... 61 a) Directrices básicas ............................................................................................... 61 b) Criterios de convergencia: una primera aproximación .......................................... 61 c) Los programas de apoyo...................................................................................... 64 d) Cronograma y acciones de implementación......................................................... 65 V. Anexos: Legislación y responsabilidad fiscal en la CAN ........................................... 68 Bibliografía ...................................................................................................................... 72 I. Introducción La Comunidad Andina de Naciones ha decidido impulsar la consolidación de un Mercado Común Andino para el 2.005. Ello implica, entre otras, los siguientes esferas de acción: libre movilidad de los factores de producción -capital y trabajo-, liberación del comercio de servicios, integración de los mercados financieros y de capitales, y coordinación de políticas macroeconómicas. En el ámbito de las políticas macroeconómicas se plantea intensificar esfuerzos para lograr una mayor armonía de las políticas monetaria, cambiaria, financiera y fiscal, como base para crear un ambiente más propicio a la integración comercial y económica. Un primer criterio ya adoptado fue el establecimiento de una meta de “reducción gradual y permanente de la inflación hasta llegar a tasas de un dígito”. Un segundo criterio a definir se refiere a la adopción de una regla macro-fiscal que haga viable la meta anterior en un ambiente económico de expansión sostenida de la actividad económica e incremento de la competitividad nacional y de la subregión. El objetivo de este estudio es formular una propuesta para la definición de un criterio comunitario de convergencia en materia fiscal. Dos temas centrales deben ser destacados en el marco del objetivo expuesto. Por una parte, la problemática asociada a la relación entre el modelo de integración y la necesidad de convergencia, coordinación y armonización de políticas por parte de los países miembros. Por otra, la utilización de reglas macro-fiscales como criterio de convergencia. El modelo de integración que sustenta los esfuerzos para la creación del Mercado Común Andino puede ser caracterizado como de “regionalismo abierto”, ya que conjuga el otorgamiento de preferencias mutuas entre los países miembros con el imperativo simultáneo de mantener e intensificar los vínculos con el resto del mundo (Ocampo, 2.000). De acuerdo con este modelo, la integración regional constituye una vía para mejorar la inserción de los países en la economía internacional, partiendo de la base de que así se obtienen mayores y mejores oportunidades de mejoramiento del bienestar económico y social para la subregión. En este contexto, la armonización de políticas macroeconómicas no es –como en otras experiencias- una necesidad derivada fundamentalmente de la maduración del proceso integrador sino principalmente una vía para inducir el avance de dicho proceso; contribuyendo a reducir la volatilidad de las economías de la subregión y haciéndola, por lo tanto, más atractiva para los flujos comerciales, financieros y de inversión internacionales. El establecimiento de reglas fiscales es parte de una nueva forma de entender el rol de la política fiscal que redefine su utilización como instrumento de corto plazo y le asigna un rol fundamental como guía de las expectativas de los agentes económicos en el mediano y largo plazo. En efecto, dada su sensibilidad al ciclo político y alta complejidad institucional, la política fiscal de corto plazo presenta rezagos en su definición e implementación haciendo que muchas veces el estímulo o freno fiscal sea tardío en relación al problema, con un elevado riesgo de generar más dificultades de las que resuelve. En tal sentido, si los agentes económicos perciben una política fiscal más estable y prudente, sus decisiones de inversión y ahorro tendrán menor incertidumbre y el crecimiento potencial de la economía será mayor. Como se verá, esto no implica -2- necesariamente debilitar el rol la política fiscal como instrumento de estabilización sino que incluso podría aumentar su efectividad en la medida que se regule su uso discrecional y se simplifique su manejo institucional. Para definir una meta comunitaria acorde con los criterios expuestos, es conveniente tener en consideración algunas características de la subregión que contribuyen, con perspectiva e intensidad diversas, a determinar la naturaleza y alcance de la propuesta: volatilidad de la evolución económica, diversidad de las estructuras fiscales, grado de interdependencia relativamente bajo, deficiencias de infraestructura, desgaste por una integración larga y poco satisfactoria, persistencia de estructuras organizacionales e institucionales ligadas a la estrategia de desarrollo hacia adentro. Por otra parte, también es preciso tener en cuenta que todos los países miembros han venido haciendo reformas estructurales y renovando sus políticas, de manera que el ambiente para un proceso de convergencia es bastante más propicio de lo que era hace una década. En particular, interesa evaluar el rol de algunos cambios de carácter institucional que ya están en marcha a nivel de reglas (como la aprobación legal de criterios de déficit y el diseño de fondos de estabilización), otros que se derivan de las experiencias más avanzadas (como el desarrollo de los estabilizadores automáticos en el curso del ciclo) y la ejecución de programas de reforma organizacional orientados a mejorar la eficiencia del diseño y la ejecución de las políticas. En este contexto, el enfoque del estudio intenta ser proactivo y propositivo. Es decir, las debilidades y amenazas existentes deben ser transformadas en -o subordinadas a- las fortalezas y oportunidades con el objeto de optimizar resultados en el marco de restricciones vigente. El propósito no es formular un análisis teórico general de la problemática sino destacar aspectos de índole conceptual y práctica, basados en la experiencia existente, que apoyen la toma de decisiones y faciliten la adopción de criterios y metas efectivamente viables en el ámbito de la subregión. No se pretende, por lo tanto, la originalidad sino la búsqueda de un planteamiento coherente en base a la información disponible. Dada la complejidad del tema, es pertinente precisar algunas de las atributos que se consideran deseables para cumplir más efectivamente el objetivo, particularmente en la medida que se intenta crear metas comunes para un conjunto de países con similitudes pero también con importantes diferencias. Un primer aspecto general a resaltar es que la institucionalidad y las organizaciones encargadas de poner en práctica las decisiones de política fiscal no son un simple dato del modelo de toma de decisiones. Por el contrario, pueden significar la diferencia entre el éxito o fracaso de las políticas. Por desgracia, muchos organismos gubernamentales latinoamericanos están todavía anclados al modelo de industrialización hacia adentro y poco habituados y preparados para el manejo de situaciones en un mundo globalizado, donde los desequilibrios financieros y económicos se transmiten de manera prácticamente instantánea. Ello debe ser tomado muy en cuenta al momento de definir metas y políticas, bien sea como una restricción o para incluir una agenda de cambios institucionales y organizacionales como parte de la política misma. Un segundo aspecto, complementario del anterior y asociado a las características de la política fiscal y la diversidad de la subregión, es que el criterio de convergencia fiscal deben ser lo suficientemente realista como para ser viable en diferentes contextos institucionales y, al mismo tiempo, pertinente y eficaz para cumplir el objetivo planteado. -3- Un tercer aspecto es la transparencia, de forma que cualquier ciudadano pueda accesar información suficiente respecto de las finanzas públicas y la política fiscal. La falta de transparencia puede originar distorsiones, suspicacias y anomalías que erosionan la eficacia del instrumento. Otros aspectos a considerar son la credibilidad que supone respetar las reglas de juego; la flexibilidad, que implica capacidad para responder adecuadamente ante cambios en las variables exógenas del sistema; el consenso en los niveles relevantes de diseño e implementación de las decisiones; y la simplicidad, de manera que sea fácilmente comprensible y manejable en el marco institucional y tecnológico vigente. En definitiva, conviene alejarse de dos síndormes igualmente perjudiciales: el del “abogado” que intenta crear normas formales para todo y termina desarrollando una maraña de leyes, reglamentos y ordenanzas que no resuelven los problemas económicos y pueden paralizar e inutilizar la política fiscal; y el del “economista”, cuyo planteamiento es de una complejidad técnica y sofisticación tal que solo es comprendido por el restringido círculo de los iniciados en la ciencia económica. Ambos pueden coexistir y retroalimentarse, conspirando contra los atributos que se han propuesto como deseables. Siguiendo a Kopits (1999), las reglas macro-fiscales se definen como restricciones permanentes de la política presupuestaria o fiscal, resumidas por indicadores fiscales. En un sentido más amplio, las reglas económicas pueden ser entendidas también como acuerdos, explícitos o implícitos, que permiten limitar y circunscribir los conflictos inherentes a una determinada sociedad. Las reglas fiscales, tal como fueron definidas, vendrían a ser un caso particular de regla económica explícita. Esta distinción es útil para entender que las reglas fiscales, en versión restringida, encierran un contenido normativo que no surge en el vacío sino que muy posiblemente debe desplazar, modificar o reforzar a una o varias reglas anteriores, no necesariamente explícitas pero vigentes hasta ese momento. Todos estos elementos deben ser considerados al plantear una meta comunitaria en materia fiscal cuyo criterio central sea otorgar a los países la máxima libertad para implementarla, de acuerdo a sus realidades institucionales y con las políticas e instrumentos que crea más conveniente. Sin embargo, debe quedar claro que la meta es un objetivo de mediano plazo y como tal debe responder a una visión estratégica común para la subregión. Se trata pues, no tanto de establecer una meta uniforme para realidades diferentes sino un rango de metas asociado a determinados criterios estratégicos en materia de ingresos –tributación y deuda- y gastos –mejoramiento de gestión pública, privatización y reestructuración- así como una gestión monetaria compatible. Esto implica necesariamente trascender el ámbito de la macroeconomía convencional para incorporar elementos de planificación estratégica en forma de un conjunto de programas “marco” que cada país desarrollará de acuerdo a su situación y prioridades específicas. Por último, conjuntamente con la meta macroeconómica de inflación y la gestión fiscal y monetaria, es imprescindible no dejar de lado aspectos “reales” como el mejoramiento de la productividad, el incremento del empleo y la promoción de la equidad, los cuales desde la perspectiva del desarrollo de largo plazo constituyen la base de sustentación de cualquier modelo económico exitoso. En este ámbito, nuevamente aspectos institucionales y organizacionales asociados a servicios como la educación y la salud, constituyen parte integral de la toma de decisiones. -4- El esquema del estudio consta de tres capítulos, además de esta introducción. En el primero, se establecen algunos elementos para ubicar el tema de las reglas fiscales comunitarias en el marco del proceso de reforma de la institucionalidad pública y los procesos de convergencia y armonización de políticas asociados al “regionalismos abierto”. En el segundo, se presentan algunas experiencias internacionales y regionales de armonización de políticas y diseño de reglas fiscales, incluyendo la de la Unión Europea, el Reino Unido y Argentina, Brasil y Chile a nivel latinoamericano. Se consideran, además, los avances de los países comunitarios en la materia. En el tercero, se formula una propuesta para establecer una meta fiscal comunitaria, a partir de los avances de los países miembros y en el marco de la visión estratégica de consenso. Entre los elementos de la propuesta se incluyen sus bases de diseño fundamentales, algunos programas de apoyo y un esbozo de programa de acciones para su plena vigencia en el marco del objetivo del Mercado Común Andino del 2.005. -5- II. Reglas fiscales, integración e institucionalidad pública Las últimas décadas se han caracterizado por la globalización de la economía mundial, asociada a un espectacular avance en las comunicaciones y en la tecnología, así como a una creciente apertura externa de la mayoría de los países. Esto ha generado un dislocamiento general de los patrones de desarrollo predominantes en la segunda mitad del siglo XX, afectando tanto las estructuras productivas, financieras y comerciales como las políticas económicas y la institucionalidad pública en general. Un fenómeno que ha cobrado nuevos ímpetus ha sido el de la integración regional o, en otras palabras, la tendencia a la formación de bloques de países. Existen tres bloques, principales, conformados a partir de Estados Unidos (NAFTA), Europa (Comunidad Europea) y Japón; que coexisten con otros de importancia diversa, entre los cuales se cuentan acuerdos latinoamericanos bilaterales y multilaterales (entre estos últimos el MCCA, CARICOM, CAN y MERCOSUR). Entre los nuevos temas de la agenda del desarrollo, destacaremos los siguientes: La redefinición de las instituciones y la gestión pública para adecuar la acción estatal a las necesidades de la globalización y el desarrollo tecnológico. Esto implica una nutrida agenda en la que destacan temas como los nuevos esquemas de regulación asociados a un mayor protagonismo privado y la innovación de la gestión pública aplicada a organismos vetustos, sobredimensionados y regidos por criterios gerenciales orientados a cumplir con las reglamentaciones pero no a obtener resultados. El aprendizaje acelerado, y no precisamente fácil, de los países en desarrollo a convivir con nuevas realidades en que las políticas económicas nacionales repercuten rápidamente en el resto del mundo, a veces con importantes consecuencias (un ejemplo reciente es la crisis asiática y sus efectos sobre los países latinoamericanos). Ello ha inducido un progresivo replanteamiento de las políticas macroeconómicas, cuyas variables no controlables se han visto incrementadas obligando a redefinir el manejo de las variables controlables y de la política en general. La creciente necesidad de replantear los esquemas integracionistas no solo por razones de conveniencia individual de los países sino para definir una posición ante el resto de los bloques, en varios casos de mayor envergadura y poder. Ello ha puesto en el tapete de los gobiernos la necesidad de algún tipo de coordinación de políticas, principalmente al interior de los bloques. 1. Institucionalidad pública, globalización e integración a) Naturaleza del cambio institucional Aunque coloquialmente el término “institución” se usa como sinónimo de “organización”, en este estudio se asume la distinción hecha por la llamada “nueva economía institucional”1. Según este enfoque, las instituciones constituyen las normas formales –leyes, reglamentos, ordenanzas- e informales –convenios, hábitos y códigos de conducta- así como los mecanismos para asegurar su cumplimiento, conformando el sistema de incentivos que guía el comportamiento de individuos y organizaciones. Las 1 Ver North (1990) y, para una aplicación al desarrollo latinoamericano, Burki&Perry (1998). -6- organizaciones son grupos de individuos que actúan colectivamente para lograr objetivos comunes en el marco institucional vigente. Haciendo una analogía deportiva, las instituciones son las reglas del juego y las organizaciones son los equipos. El análisis económico distingue dos tipos de instituciones: mercados y jerarquías. En el primer caso, alude a las normas y los mecanismos de fiscalización que determinan el escenario para la realización de transacciones entre los diversos agentes. Las jerarquías son normas para las transacciones basadas en una relación contractual, normalmente entre organizaciones o al interior de una de ellas. Un concepto fundamental es el costo de transacción2, que corresponde a los costos asociados a la realización de las transacciones en mercados y jerarquías o, dicho de otra forma, los costos de obtener y manejar la información, de diseñar, supervisar y hacer cumplir los contratos, de resolver posibles disputas y de poner al alcance de los agentes los bienes y servicios que se transan en los mercados. En efecto, una parte importante de la sociedad no produce directamente sino que se dedica a generar las condiciones para que la producción sea más eficiente: banca, administración pública, seguros, abogados, etc. En un estudio realizado por Wallis y North (1986) se estimó que los costos de transacción representaron más del 40% de los costos totales del PIB de los Estados Unidos durante 1970. Las economías con problemas institucionales, organizacionales y/o tecnológicos presentan costos de transacción más elevados y, por lo tanto, son menos competitivas y generan menos bienestar para sus integrantes. Los países en vías de desarrollo son un ejemplo de tal situación. La tecnología, aplicada a la operación de instituciones y organizaciones, puede influir fuertemente en los costos de transacción posibilitando, además, cambios institucionales y organizacionales. Por ejemplo, la revolución en las telecomunicaciones ha contribuido a reducir radicalmente los costos originados en la obtención, transferencia y evaluación de la información, facilitando la introducción de la competencia en una industria tradicionalmente considerada como monopólica. Para nuestros fines, un conjunto de reglas económicas y sociales que dan forma a una determinada estructura de mercados y jerarquías puede ser entendido como un modelo de desarrollo. Análogamente, el desarrollo institucional puede entenderse como la transición desde un conjunto de reglas a otro más eficiente que reduce costos de transacción y responde mejor a las aspiraciones de la sociedad en su conjunto. Las organizaciones son las empresas, públicas y privadas, los partidos políticos, los ministerios, etc., todas ellas operando bajo incentivos diferentes –institucionalidadsegún su ámbito de acción. Podríamos tipificarlas en tres áreas: políticas, económicas y sociales. Las organizaciones se estructuran y operan de acuerdo a los objetivos, principios e incentivos derivados del marco institucional en el cuál se originan. El desarrollo organizacional puede ser entendido como la transición hacia organizaciones más eficientes y eficaces para cumplir las reglas institucionales dominantes. Para que las naciones progresen sostenidamente, es necesario que las instituciones provean normas claras, ampliamente conocidas, coherentes, aplicables a todos, predecibles, creíbles y aceptadas por la mayoría (Burki&Perry, 1998) pero 2 La productividad de una economía depende de los costos, los que pueden ser agrupados en dos categorías: a) el costo de producción, asociado a la tecnología, los insumos y los factores productivos; y b) el costo de transacción, asociado a las instituciones, las organizaciones y la tecnología. -7- también que las organizaciones sean coherentes con el marco institucional y eficientes en el logro de sus objetivos. El modelo de desarrollo debe ser capaz de generar un círculo virtuoso entre el sistema político, el sistema judicial y la economía, de manera que los cambios, sean estos tecnológicos y/o del entorno internacional, se asuman y asimilen con creatividad y efectividad, contribuyendo a profundizar el bienestar de la mayoría de la población. En la práctica, el progreso no es un estado estacionario, sino dinámico y casi siempre inestable. Esa misma dinámica engendra cambios e inestabilidad que puede provenir de distintas fuentes, por ejemplo de los avances tecnológicos que posibilitan reducir costos de transacción permitiendo hacer más cosas, hacerlas mejor o hacerlas distintas. Si los cambios son muy radicales, las instituciones son sometidas a fuertes tensiones pudiendo sufrir transformaciones parciales o totales. Un ejemplo de cambio institucional (y organizacional) radical es el que sobrevino en el bloque soviético luego del derrumbe del sistema comunista. b) Desarrollo institucional e integración: regionalismo abierto De acuerdo con el análisis precedente la relación entre reglas y organizaciones públicas en el proceso de desarrollo es compleja y bidireccional. Pueden modificarse las reglas institucionales, pero ello no garantiza la adecuación de las organizaciones públicas, cuyo cambio es normalmente más lento3. Recíprocamente, el desarrollo organizacional (motivado, por ejemplo, por la incorporación de nuevas tecnologías) puede requerir cambios en las reglas para producir una baja efectiva de los costos de transacción. En otras palabras, desarrollo institucional y desarrollo organizacional son dos términos de una misma ecuación. Cuando la naturaleza y magnitud de los cambios implica transitar hacia un nuevo modelo de desarrollo, lo normal es que se dé una etapa de transformaciones y conflictos, mientras la sociedad acuerda nuevas reglas del juego y se estructuran las organizaciones para jugarlo. Esto es precisamente, lo que ha venido aconteciendo en América Latina desde hace más de dos décadas: el agotamiento del modelo de desarrollo hacia adentro y la transición hacia otro más compatible con la dinámica de la globalización y el desarrollo explosivo de la tecnología. En particular, el papel del Estado y de las instituciones que se desprende del modelo de desarrollo hacia adentro es muy diferente del que impone el modelo de economía abierta que actualmente emerge en la mayoría de los países. En el primer caso, el énfasis está en el control y en la absorción de actividades que no realiza adecuadamente el sector privado, respondiendo a reglas de protección del mercado interno. La propia dinámica del modelo conlleva a que el sector público se transforme en el gran empleador nacional, con la consiguiente expansión de sus costos y la frecuente degradación de la calidad de los servicios prestados. En el segundo, el protagonismo corresponde al sector privado y el Estado cumple el papel de garantizar la estabilidad de las reglas, corregir las imperfecciones del mercado, y apoyar el desarrollo de mercados nacionales y la penetración de los mercados externos. Las instituciones públicas requeridas son más pequeñas en tamaño y más avanzadas en calidad y conocimiento de las realidades internacionales. En este caso se requiere de instituciones de excelencia, menos intervencionistas, con mayor 3 No es este el caso de las organizaciones privadas (empresas, sindicatos, partidos políticos, organizaciones de vecinos, etc.) cuya acción muchas veces presiona el cambio institucional. -8- capacidad de gobierno y visión internacional. Este planteamiento simplifica un fenómeno mucho más complejo con el objeto de poner en relieve la estrecha vinculación del desarrollo de la institucionalidad pública con los procesos de apertura, globalización e integración. En el nuevo modelo de economía abierta asociado a la globalización, el proceso de integración adquiere nuevas características y perspectivas. Actualmente, la tendencia mundial es a la formación de bloques donde se eliminan las trabas al comercio, al flujo de capitales y de personas. Los acuerdos de integración tienden a crear espacios regionales donde el mercado pasa a ser “interior” y las transacciones consideradas “internacionales” son las que se realizan con el resto del mundo. Esto plantea nuevos desafíos institucionales y organizacionales puesto que el proceso de integracionista tradicional obedecía a una lógica diferente, que ha debido sufrir transformaciones para no obstaculizar el nuevo proceso. La relación con el capital extranjero es un caso emblemático del cambio de reglas de juego realizado a nivel de la integración andina. En América Latina, la primera característica de la nueva integración es su revitalización, luego de muchos años en los cuales no pasó de ser una aspiración sin mucha trascendencia práctica. El nuevo modelo de integración ha recibido acertadamente el nombre de "regionalismo abierto", ya que conjuga el interés de los países de otorgarse mutuamente un trato preferencial, con el imperativo simultáneo de mantener e intensificar los vínculos con el resto del mundo. Dado que ahora más que nunca se percibe la integración regional como una vía para mejorar la inserción de los países participantes en la economía internacional, resulta esencial entre otras condiciones, que la protección hacia terceros países sea moderada, y en lo posible disminuya en el tiempo. Por lo tanto, la dimensión del "regionalismo" en la inserción internacional de América Latina se debe entender como una liberalización aún más acentuada de los flujos intrarregionales de bienes, servicios, capitales y, en lo posible, de la mano de obra. Lógicamente, para minimizar los costos de desviación de comercio y maximizar los beneficios de la creación del mismo, es deseable que el esquema de integración lleve a la constitución de un mercado ampliado de suficiente envergadura. En términos concretos lo anterior implica que el acuerdo obliga a : 1) la liberación de lo esencial del intercambio mutuo dentro del mediano plazo; 2) que el acuerdo incluya varios países, y 3) que esté abierto a la adhesión de otros países de la región. Procediendo de este modo se va generando una zona de integración que es permeable a la competencia desde terceros países, y donde se generan las condiciones necesarias para competir en terceros mercados. La fase siguiente sería la consolidación de un mercado común entre los países miembros, meta que la Comunidad Andina ha trazado para el 2.005. Ello involucra la libre movilidad de los factores de producción -capital y trabajo-, la liberación del comercio de servicios, la integración de los mercados financieros y de capitales, y la coordinación de las políticas macroeconómicas. Aun si se lograra aplicar uniformemente la unión aduanera entre los cinco países, y convertir ésta en un mercado común, se presentan otros desafíos para el desarrollo futuro de la Comunidad Andina. Uno de ellos es la ampliación sustantiva del mercado “interno” a nivel subregional. Con un producto interno bruto conjunto de unos 300 mil millones de dólares (del año 1990), la Comunidad Andina es un mercado que es la cuarta parte de la del Mercosur, y 35 veces más pequeño que el del NAFTA. Para ampliar el mercado se requieren no solo tasas altas y sostenidas de crecimiento del PIB, las exportaciones -9- y la inversión (nacional, regional y extranjera), sino un mejoramiento sustantivo de la distribución del ingreso, siendo este último punto una asignatura aún pendiente en la subregión4 cuya priorización permitiría mejorar no solo el tamaño del mercado sino principalmente su calidad. Como se desprende de los conceptos anteriores, la condición de posibilidad de los objetivos planteados requiere un mejoramiento global de la competitividad de la subregión que involucre no solo la tecnología y los costos de producción sino fundamentalmente la reducción drástica de los costos de transacción. Ello introduce como factor crítico la combinación de desarrollo institucional con desarrollo organizacional tanto en la subregión como en los países. Esto se puede plantear en dos niveles complementarios: i) A nivel nacional se trata principalmente de consolidar y completar la reforma del Estado y la gestión pública ya iniciadas hace algún tiempo. Algunas de las prioridades a destacar son las siguientes: desarrollar esquemas de política macroeconómica sanos y estables, consolidar la reforma de la gerencia pública, profundizar la reforma judicial, simplificar y modernizar el sistema tributario y aduanero, simplificar y fortalecer el aparato regulador, promover el desarrollo de las regiones. ii) A nivel de la subregión, las prioridades pasan por consolidar un marco de acuerdos que garantice reglas de juego simples, pertinentes, claras y estables que contribuyan a desarrollar espacios comunitarios donde se potencien las ventajas competitivas de la subregión. Esto alude no solo al plano comercial sino también al fortalecimiento comunitario de la infraestructura comunicacional, la innovación tecnológica y la creación de condiciones para desarrollar, por ejemplo, “clusters” a nivel subregional. Con diversos grados de avance y profundidad, el nivel nacional está siendo abordado por los países desde hace un buen tiempo. El segundo también ha avanzado, pero con mayor dificultad, ya que todavía no se ha deslastrado por completo del paradigma integracionista tradicional. En tal sentido, a continuación se mencionan algunos criterios básicos que es preciso tener en cuenta en el marco de los acuerdos integracionistas asociados al regionalismo abierto. Es preciso tener claro que la integración ya no abarca solo los flujos comerciales sino que se extiende al aparato productivo, los movimientos financieros, la tecnología y las políticas macroeconómicas. Todo esto está sucediendo en el mundo globalizado, la integración regional lo que busca es ponerlo al servicio del bienestar de los países miembros del bloque, entendiendo que el proceso puede generar rendimientos crecientes a escala. El tema de la convergencia de políticas debe ser complementado con la convergencia institucional y organizacional, mucho menos discutido a nivel de la subregión pero de singular importancia para la construcción de viabilidad no solo de la convergencia de políticas sino del proceso integracionista en su conjunto. Esta convergencia se ha ido dando en la práctica: las reformas estructurales de los ochenta y los noventa responden a un patrón más o menos homogéneo, llámese “consenso de Washington” o de otra manera. Lo que estamos postulando es que la convergencia institucional debe ser entendida también y explicitada como otro eje de 4 Asociado a elevados grados de informalidad y, más recientemente, un crecimiento del desempleo abierto. - 10 - acción en materia de integración, posiblemente estableciendo un conjunto de lineamientos de reforma análogos a los que se elaboran para otras áreas. Si la convergencia institucional y organizacional es parte del proceso de integración sería pertinente elaborar un marco referencial comunitario donde se establezcan las “mejores prácticas” en el ámbito de las políticas, el desarrollo institucional y el desarrollo organizacional. Esto supone, como es de esperar, un proceso de discusión y generación de consenso a los niveles relevantes en torno a una visión estratégica compartida. El punto no es producir rigidices que coarten la libertad de acción de los países sino proporcionar una referencia compatible con la estrategia de desarrollo comunitario aceptada por todos. Más que limitar buscaría generalizar la información y hacer transparentes las implicaciones de la visión estratégica compartida por la Comunidad. La convergencia de políticas ya no se asocia necesariamente a una mayor interdependencia de las economías o cualquiera de los argumentos tradicionales, sino que forma parte de una estrategia deliberada para fortalecer los lazos institucionales con miras a generar mayor espacio al proceso de integración. Según este enfoque, la convergencia induce y facilita la integración en el marco del objetivo compartido de reducir la volatilidad de las economías a niveles compatibles con la generación de un ambiente estable y predecible para los agentes económicos nacionales y externos. La realidad actual de la globalización y la denominada “arquitectura financiera” internacional generan ambientes en los cuales el fenómeno del “contagio” ante crisis macroeconómicas y financieras es prácticamente instantáneo y relativamente ajeno a distancias geográficas o grados de interdependencia comercial. Basta con que el país tenga un cierto grado de apertura y liberalización en sus mercados financieros para que las expectativas transmitan el clima de crisis de otras latitudes. Cuanto más aislados estén los países de su entorno de relaciones regionales, más difícil será contrarrestar el citado fenómeno. La convergencia de políticas no puede esperar a que los países se integren, ella debe ser un instrumento para promover la integración dentro del marco de fortalezas y debilidades vigente, como un mecanismo de inserción más provechosa y menos riesgosa en los mercados globalizados. No sería conveniente, en tal sentido, plantearse otras experiencias (por ejemplo, Europa) como único camino viable de integración y convergencia de políticas. Por el contrario hay que usarlas como referencia pero innovar en función de las realidades propias. 2. Política económica y reglas fiscales En el plano de la política económica el uso de reglas macro-fiscales corresponde a una nueva manera de concebir la política fiscal, ahora entendida como un instrumento de largo plazo y no solo de estabilización. En el terreno de la integración, la novedad es su aplicación al proceso de convergencia de políticas y, más concretamente, a nivel de armonización de metas. A continuación se plantean algunas reflexiones sobre el origen, significado y viabilidad del uso de las reglas fiscales, así como algunos conceptos básicos asociados a su utilización como criterio de política fiscal. a) Las reglas fiscales Todas las sociedades requieren de cierta combinación de consenso e imposición con el objeto de resolver los conflictos en un marco de relativa estabilidad de las normas - 11 - de convivencia. Para ello, la relación entre Estado y sociedad tiende a codificarse e institucionalizarse en base a ciertas reglas de aceptación general. Desde esta perspectiva, las reglas son acuerdos sociales que permiten limitar y circunscribir los conflictos que aparecen en toda sociedad humana. No existen reglas generales para todas las sociedades. Tampoco es posible imponer reglas por decreto supremo o constitucional si estas son ajenas a la idiosincracia y/o los intereses de los actores nacionales. Por otra parte, la política económica se mueve entre la macroeconomía y la economía política. La primera define objetivos (variables endógenas, tales como inflación, desempleo y producto) y fija los instrumentos (variables exógenas) para alcanzarlos: tipo de cambio, gasto público, impuestos, etc. La macroeconomía dice poco sobre el proceso social de toma de decisiones y de gestión involucrados en los instrumentos. Esto pertenece al campo de la economía política. Ambas disciplinas son imprescindibles, aunque ello no siempre es reconocido por los encargados de las políticas. En el ámbito de la política económica, las sociedades establecen algunas cosas que son inamovibles, otras serán determinadas por el mercado y otras administradas discrecionalmente por el Gobierno. En otras palabras, reglamentan las “variables exógenas” mediante procesos institucionales no necesariamente vinculados a la lógica macroeconómica. En consecuencia, siempre existen ciertas reglas, estas son parte del marco institucional. La discrecionalidad para manejar los instrumentos de la política económica es una de ellas. El establecimiento de una meta explícita de déficit público permitido, es otra. Como expresión de arreglos institucionales, las reglas pueden ser explícitas o implícitas. Una regla no escrita pero que responde a la idiosincracia y la visión hegemónica del país puede ser mucho más efectiva que una plasmada en la Constitución Nacional pero que no responde a las instituciones y a las organizaciones vigentes. Por eso, cuando se desea cambiar o establecer reglas, un primer paso es identificar y evaluar las preexistentes a partir de una comprensión cabal del proceso para el cual se desea definir reglas. El segundo paso es constatar que el aparato organizacional sea adecuado para su implementación. Las reglas no necesariamente llevan a equilibrios macroeconómicos estables. Si así fuera, es porque existe un alto grado de coherencia entre las reglas económicas, la estructura económica sobre la que actúan y el contexto internacional. En resumen: a) cada sociedad requiere de reglas económicas a fin de poder gerenciar los conflictos de intereses que normalmente existen en su interior, b) dichas reglas son el resultado de un proceso social y no necesariamente de un cálculo macroeconómico y, c) existen sistemas de reglas que resultan de este proceso y que tienen la propiedad de generar una dinámica estable en la economía, mientras otros sistemas de reglas no tienen esa virtud. En este contexto, la ya clásica discusión “reglas vs discrecionalidad”, adquiere connotaciones más complejas. En efecto, ya no se trata solo de optar ideológicamente por una u otra vía sino de evaluar su adecuación a cada situación específica. La propuesta de establecer reglas fiscales explícitas responde al cuestionamiento de la política fiscal como instrumento de estabilización del producto en torno al producto potencial, debido principalmente a que los rezagos derivados de la complejidad de su diseño e implementación hacen que generalmente su estímulo o freno esté desfasado en relación al problema económico, contribuyendo así más bien a desestabilizar aún más la economía (carácter pro-cíclico). - 12 - En el fondo, se está privilegiando el rol de largo plazo de la política fiscal por sobre su rol estabilizador de corto plazo. De acuerdo a este razonamiento, los objetivos de la política fiscal implican prestar eficientemente un conjunto de servicios básicos (bienes y servicios públicos) requeridos por la población y, en ese proceso, contribuir a estabilizar las expectativas de los agentes respecto al rumbo de la economía. El diseño de la política fiscal es sin duda un elemento central en la generación de condiciones para un crecimiento sostenido en el tiempo. La evolución del pensamiento sobre estas materias, así como la experiencia concreta de muchos países permite concluir que el principal aporte de las finanzas públicas al crecimiento económico está hoy determinado mucho más por su capacidad para guiar las expectativas de los agentes económicos que por su eventual efecto expansivo de corto plazo. En la medida que dichos agentes perciban una política fiscal más sostenible y prudente, menor será la incertidumbre en sus decisiones de inversión y ahorro y mayor será el crecimiento potencial de la economía (Marcel, 2000). Como es dable suponer, la política fiscal debe ser combinada con una política monetaria explícita y coherente, en un marco de objetivos y reglas transparentes que haga más predecibles para el mercado las decisiones de política, disminuyendo la incertidumbre y aumentando la credibilidad. Este diseño debe ser tal que genere los espacios para la existencia de políticas estabilizadoras del ciclo económico. La decisión de orientar la política fiscal sobre la base de reglas tiene importantes implicancias para la relación entre la política monetaria y la política fiscal. Por un lado, las reglas deben permitir la operación de “estabilizadores automáticos” en el presupuesto, evitando el ejercicio infructuoso de la sintonía fina de la política fiscal según la evolución de la coyuntura de corto plazo. Como contrapartida, se le entrega a la política monetaria el rol preponderante –aunque no precisamente único- de estabilización de corto plazo. Esto, junto a la política cambiaria, permite que la política monetaria utilice toda su capacidad estabilizadora, controlando la inflación y evitando grandes fluctuaciones en los niveles de actividad. Este esquema de política reconoce que en una economía integrada financieramente al mundo, el instrumento monetario es el más adecuado para el manejo de corto plazo. Más aún, reconoce que la política fiscal debe ser prudente en un ambiente en que la estabilidad del ahorro externo depende de manera crítica de los equilibrios macroeconómicos. Asimismo, la política cambiaria debe ser de gran credibilidad y transparencia por parte de la autoridad monetaria, de forma que los shocks externos repercutan lo menos posible sobre el nivel de actividad y los precios internos. Por otra parte, esto no implica renunciar al uso de la política fiscal como instrumento de estabilización sino fortalecer su rol anticíclico en un contexto donde operan los estabilizadores automáticos y la discrecionalidad en dosis y oportunidades que dependen de la institucionalidad y circunstancias específicas. En teoría (Kopits, 1999) una combinación prudente de políticas fiscales y monetarias discrecionales orientadas a lograr baja inflación y equilibrio externo es superior a las reglas fiscales, pero ello no es corroborado por la práctica sino que al contrario, la política fiscal ha jugado muchas veces un rol procíclico derivado de las rigideces institucionales antes señaladas. Así, al establecer reglas fiscales es posible contribuir a la estabilidad económica, apoyar las políticas financieras, mejorar la credibilidad de las políticas en general y facilitar las relaciones fiscales entre diversos niveles de gobierno o a nivel de una comunidad de naciones (Kopits, 1999). En este último caso, es posible identificar dos - 13 - modelos de responsabilidad fiscal: el modelo de autonomía, mediante el cual el propio gobierno subnacional o nacional se autoimpone una restricción al endeudamiento y/o al saldo presupuestario; el modelo de coordinación, donde la restricción está bajo la tutela del gobierno nacional o supranacional (como en el caso de una unión monetaria) (Kopits, Jiménez y Manoel, 2000). El primero deja mayor espacio a la discrecionalidad, el segundo se orienta precisamente a limitarla. Siguiendo al mismo Kopits (1999), se puede resumir las posibles reglas fiscales en los términos siguientes: Reglas presupuestarias Equilibrio entre ingresos y gastos globales o limitación del déficit público como proporción del PIB. Equilibrio entre ingresos y gastos estructurales (o ajustados en función de las variables cíclicas) o limitación del déficit estructural (ajustado en función de las variables cíclicas) como proporción del PIB. Equilibrio entre ingresos y gastos corrientes, es decir, admitiendo el financiamiento del gasto de capital. Reglas de financiamiento Prohibición del financiamiento del déficit de fuentes internas. Prohibición del financiamiento del déficit por el Banco Central o limitación de dicho financiamiento como proporción del ingreso o el gasto público de un período anterior. Reglas sobre deuda o reservas internacionales Limitación del total del pasivo bruto (o neto) del gobierno como proporción del PIB. Fijación de una meta para las reservas de los fondos extrapresupuestarios de contingencia (por ejemplo, fondos de seguridad social) como proporción de los pagos anuales por concepto de prestaciones. Desde una perspectiva general, la capacidad de hacer cumplir las reglas de juego en un ambiente institucional estable y de consenso se conoce como gobernabilidad. En materia de política económica y fiscal, la gobernabilidad implica seguir los siguientes principios básicos para hacer cumplir las reglas fiscales, sean estas explícitas o implícitas: transparencia, eficiencia, estabilidad, responsabilidad y equidad (Martner, 2000). La transparencia implica desarrollar sistemas que generalicen y hagan pública la información respecto de la evolución de la gestión pública; este aspecto constituye un seguro contra la corrupción: cuanto más abiertas sean las operaciones menos posibilidades de provecho personal se presentan. La eficiencia alude al uso apropiado de los recursos públicos, tanto humanos como materiales, para lograr determinados objetivos; es una forma de abordar las reformas que privilegia la excelencia administrativa, gerencial y tecnológica. La estabilidad implica que el gobierno maneja las finanzas públicas de una manera predecible y consistente con los objetivos explícitos de la política fiscal. La responsabilidad se refiere a la rendición de cuentas de los funcionarios en sus respectivos niveles funcionales; como se señaló, éstos deben ser autónomos en sus decisiones, pero responsables de su área de decisión. - 14 - La equidad implica que el gobierno toma en cuenta los efectos de la política sobre la distribución del ingreso y la riqueza, por una parte, y los efectos de sus decisiones financieras sobre las futuras generaciones, por otra. b) Estabilizadores automáticos, producto potencial y déficit público5 Un tema central para la política fiscal es la separación clara de los componentes transitorios y permanentes en las finanzas públicas. La evolución reciente de los países latinoamericanos pone en evidencia la importancia de los eventos transitorios en la evolución de las cuentas públicas y de la economía en general. De allí la pertinencia de discutir las opciones de política fiscal: reforzar las políticas discrecionales o dejar actuar los denominados “estabilizadores automáticos”. En una recesión, por ejemplo, si el gobierno intenta evitar el deterioro del déficit público aumentando los impuestos o reduciendo el gasto, esta acción puede tener efectos procíclicos que contribuyen a empeorar la situación. Es por ello que es fundamental identificar con precisión la magnitud de estos mecanismos para evitar ajustes excesivos, los que pueden afectar gravemente la situación económica general y la eficacia y eficiencia de las políticas públicas. La otra opción es dejar jugar los estabilizadores automáticos, que son aquellos ingresos y gastos públicos que se vinculan directamente al ciclo económico, estimulando la economía en épocas de recesión y moderándola en tiempos de recalentamiento. Es, en este sentido, una función autoreguladora. La capacidad de suavizamiento del ciclo económico de los estabilizadores automáticos difiere significativamente entre países. Su magnitud depende de la estructura de impuestos y gastos y del grado de apertura de las economías. Como se sabe, en economías más abiertas la política fiscal es menos eficaz; se necesitan comparativamente fluctuaciones presupuestarias mucho mayores para obtener un mismo grado de estabilización del PIB. La OCDE (1993) estima que, para las economías europeas, la operación de los estabilizadores automáticos reduce la amplitud del ciclo en un 25%; Pisani-Ferry y otros (1993) estiman un efecto estabilizador superior a 35% en Alemania y Francia. En Estados Unidos, Weise (1996) calcula que una anulación de la reacción anticíclica del saldo público (compensando el déficit producido con menores gastos) aumentaría entre un tercio y la mitad la amplitud de las recesiones. Ello quiere decir que las fluctuaciones del PIB se reducen en cerca de un tercio cuando se compara una situación en que no se compensan los cambios producidos en gastos e ingresos públicos con otra en que sí se nivelan. Para visualizar el papel de los estabilizadores automáticos escribamos la ecuación del déficit público de la siguiente manera (Martner, 2000; European Commission, 1997): D = De – ( + ) BP Donde De representa el componente fijo estructural del déficit público, su sensibilidad marginal a la brecha de PIB, la reacción discrecional de las autoridades al ciclo, y BP la brecha de PIB, definida como la diferencia entre el PIB efectivo (PIB) y el potencial o tendencial (PIB*). El componente fijo estructural debería ser nulo si no existe un sesgo de déficit; además, en ausencia de políticas discrecionales, =0. En este caso el objetivo de la 5 En líneas generales se sigue el planteamiento desarrollado por Hagemann (1999) y Martner (2000A), (2000B), (1996) y (1997). - 15 - política fiscal es una tasa tributaria constante, y, como corolario, la deuda pública absorbe las fluctuaciones cíclicas, dejando actuar los mecanismos espontáneos de los estabilizadores automáticos. Este criterio, que privilegia objetivos de suavizamiento de impuestos y/o de regulación del nivel de actividad por sobre metas anuales de déficit, supone la existencia de algún mecanismo de consistencia dinámica. Sin embargo, se detecta una evidente asimetría en las políticas fiscales discrecionales, lo que tiene como consecuencia una acumulación de la razón deuda pública sobre PIB, incluso en períodos caracterizados por un crecimiento superior al tendencial. De acuerdo a estudios de la Unión Europea, las políticas fiscales discrecionales han tenido un corte contracíclico cuando la brecha de PIB ha sido moderadamente negativa (hasta 2% del PIB potencial) o fuertemente positiva (más de 2% del PIB potencial). En el caso de contracciones moderadas, a la operación de los estabilizadores automáticos se ha sumado una tendencia a adoptar políticas fiscales expansivas. En cambio, cuando la brecha de PIB es fuertemente negativa, los Gobiernos han practicado políticas procíclicas, privilegiando objetivos de corto plazo de solvencia más que de regulación. Cuando la recesión es pronunciada, los conflictos se agudizan y muy probablemente la tendencia a reducir el déficit tiene consecuencias adversas sobre la propia marcha de la economía; planteando el desafío de determinar cuál es el mal menor. Cuando la brecha del PIB es moderadamente positiva, aparecen los espejismos y la política fiscal tiende a relajarse, desaprovechándose la oportunidad de actuar sobre el componente estructural del déficit. Esta es probablemente la situación más común, en la que se podría asegurar el requisito de simetría de la política fiscal. Se advierte una acción más decidida cuando la economía está muy por encima de su crecimiento tendencial. Esta estructura temporal no es consistente, puesto que limita por un lado la efectividad de las políticas económicas y por otro produce un sesgo hacia el déficit y el abultamiento del stock de la deuda pública. La consistencia dinámica de la política fiscal no es espontánea, y es necesario por lo tanto crear los mecanismos que busquen asegurarla. Las condiciones iniciales de las finanzas públicas tienen una gran influencia en la manera en que se reacciona ante episodios de recesión. Los países con déficit y deudas moderados fueron capaces de aprovechar los márgenes de maniobra disponibles, llevando a cabo políticas de estabilización. Si el criterio es buscar un presupuesto equilibrado en condiciones económicas “normales”, es necesario estimar la influencia y la persistencia de los estabilizadores automáticos. Su importancia depende de muchos factores, como son el peso del sector público en la economía, la progresividad del sistema tributario, los esquemas de empleo público y de subsidios al desempleo, la sensibilidad del desempleo a las variaciones del PIB. Estas características estructurales varían considerablemente de país a país, y también a lo largo del tiempo. Es necesario, en primer lugar, definir la “normalidad” y con ello la posición de la economía en el ciclo. El concepto de brecha de producción (BP) definido como la distancia entre el PIB efectivo y su nivel tendencial, busca representar una medida sintética y sencilla de esta normalidad. Hay múltiples métodos, estadísticos y estructurales, para situar la posición de la economía en relación con su potencial de crecimiento. Para tener un diagnóstico apropiado, conviene distinguir entre tres conceptos que tienden a confundirse: el PIB potencial, el PIB tendencial y el PIB promedio. El - 16 - primero se define como el nivel de actividad compatible con una inflación estable. El PIB tendencial se distingue del crecimiento promedio por la incorporación de componentes estocásticos, lo que quiere decir que se le asignan ponderadores mayores a los años más recientes en relación a los más lejanos. Al confundir crecimiento tendencial y crecimiento promedio, se obtiene una representación lineal de la brecha de PIB que puede no representar una adecuada descripción de economías sometidas a continuos shocks de oferta. Los métodos estadísticos que se utilizan para estimar el PIB potencial suponen que éste oscila en torno al PIB efectivo, de manera que un ritmo de crecimiento sostenible no puede alejarse mucho de su pasado reciente, registrado en el PIB tendencial. Con estas clarificaciones, se puede hablar indistintamente del PIB tendencial y del potencial, en la medida en que el primero es la consecuencia directa del segundo, y que ambos tienden a converger en el mediano plazo. Si se cumple la condición de convergencia del PIB efectivo y del PIB potencial en el mediano plazo y se deja operar simétricamente a los estabilizadores automáticos, el saldo público sería nulo en promedio en el ciclo y se preservaría la capacidad de endeudamiento del país para afrontar las situaciones imprevistas. Para obtener el componente cíclico, es necesario estimar el coeficiente . En los países en que no existen gastos directamente vinculados al ciclo, la sensibilidad marginal del saldo público a cambios en el nivel de actividad se obtiene multiplicando la elasticidad agregada por la tasa tributaria. Por ejemplo, si la elasticidad de los impuestos respecto del PIB es unitaria, la tasa impositiva es 40% y la brecha de producto es negativa en 5%, el deterioro cíclico de los impuestos es de 2 puntos del PIB. Para las tasas tributarias promedio de la región, del orden del 20%, el saldo cíclico sería de 1 punto del PIB para una brecha de PIB de 5% y de dos puntos para una brecha de 10%. En otras palabras, la sensibilidad del saldo público a cambios en el nivel de actividad es cercana a 0,2 (por cada punto porcentual de brecha de PIB, el saldo público varía en 0,2 puntos de PIB), que se compara con el valor de 0,5 que se calcula en promedio en la Comunidad Europea (Buti, Franco, Ongena, 1998). - 17 - III. Armonización de políticas y reglas fiscales: algunas experiencias Los procesos de globalización e integración generan nuevas tensiones y crean escenarios de experimentación respecto de la coordinación y convergencia de las políticas económicas. Ello hace necesario adaptar instituciones y organizaciones de manera que se asegure la coherencia y eficacia de las políticas. El único caso desarrollado que involucra ambos aspectos es el de la Comunidad Económica Europea, que ha ido construyendo un aparato institucional sin precedentes en la historia reciente. Por otra parte, la experiencia nacional en materia de reglas fiscales es relativamente abundante6. En Estados Unidos, los estados federales operan con ciertas reglas de equilibrio fiscal (Kopits, 1999) pero no como parte de un proceso de convergencia de políticas en el sentido que nos interesa. Casos específicos de aplicación de reglas fiscales que serán considerados son los del Reino Unido y, más recientemente Argentina, Brasil y Chile. Es interesante, además, constatar los avances de los países de la Comunidad Andina en materia de reglas fiscales. Todos ellos, con mayor o menor grado de avance, han adoptado o están discutiendo hacerlo, algún tipo de reglamentación para asegurar mayores niveles de responsabilidad y transparencia fiscal. 1. Casos del mundo desarrollado7 a) Unión Europea En circunstancias normales, preservar la capacidad de intervención necesaria para enfrentar eventos económicos adversos supone una estricta disciplina. Así, disciplina fiscal y flexibilidad aparecen como dos principios fundamentales de la política presupuestaria en el actual proceso de globalización económica y financiera. La disciplina fiscal es esencial para otorgar credibilidad a la política monetaria, y la flexibilidad es necesaria para enfrentar situaciones imprevistas inherentes a la alta variabilidad del entorno macroeconómico. El primer principio se plasmó con el Tratado de Maastricht en la etapa de transición hacia la Unión Monetaria en Europa, mientras que el segundo aparece como complementario a la creación del Euro en el Pacto por la Estabilidad y el Crecimiento, acordado en Amsterdam en el verano de 1997. El objetivo de disciplina fiscal supuso primero fijar criterios de elegibilidad para la conformación de la zona de moneda única imponiendo montos máximos del déficit y del stock de deuda pública (ambos en relación al PIB), y luego prever sanciones para los países que traspasen el límite. El Tratado de Maastricht estableció un techo de 3% de déficit público, y el Pacto por la Estabilidad y el Crecimiento contempla una escala de sanciones en el evento de déficit persistentes excesivos. La declaración del Consejo Europeo de mayo de 1998 en Dublín recomienda a sus miembros consolidar la situación en orden a cumplir un objetivo de mediano plazo de una posición financiera “cercana al equilibrio o en excedente”. La posición fiscal buscada por los estados miembros en condiciones económicas “normales” corresponde 6 Para un detalle de los países que utilizan o han propuesto el uso de reglas macro-fiscales véase Kopits (1999). 7 Basado en Martner (2000A), (2000B) y European Commission (1995), (1997), (2000), Masson (2000), FMI (1996), - 18 - a un presupuesto equilibrado, corregido por la influencia de las fluctuaciones cíclicas de la actividad económica. Se trata de crear espacios para la plena operación de los estabilizadores automáticos en períodos recesivos, disponiendo de estas manera de un instrumento adicional que complemente y haga más eficiente el objetivo de estabilización de la política monetaria. El impacto combinado de medidas monetarias y de estabilizadores fiscales automáticos debería normalmente ser suficiente para atenuar situaciones recesivas transitorias (European Commission, 1997). Como se ha señalado, la eficacia de estas políticas depende mucho de las condiciones iniciales, y por ello es tan importante buscar mecanismos que aseguren consistencia dinámica. El Pacto por la Estabilidad y el Crecimiento representa un avance significativo en este sentido. Establece objetivos de mediano plazo de posiciones fiscales en equilibrio o en superávit, y compromete a sus miembros a presentar programas de estabilidad trienales con la especificación de las trayectorias contempladas para acometer tales objetivos. Esta combinación de metas de mediano plazo con un seguimiento anual de las medidas implementadas representa una referencia muy importante para países, como los nuestros, que recién están abordando los temas de coordinación macroeconómica en el marco de los acuerdos de integración. El techo de 3% del PIB para el déficit efectivo y la orientación a un presupuesto equilibrado en condiciones “normales” equivale a fijar un objetivo de déficit estructural. La única diferencia es que los países pueden escoger ellos mismos este objetivo, fijando el plazo óptimo en función de sus propias preferencias. Para identificar un objetivo seguro de mediano plazo, es necesario estimar la magnitud del componente cíclico del déficit. Los cálculos efectuados por la Comisión apuntan a un margen de seguridad de dos puntos del PIB para considerar los efectos de ciclo macroeconómico. Se fija un margen adicional de un punto del PIB para cubrir eventos imprevistos no directamente vinculados al ciclo. El Pacto permite, sin embargo, interpretar el objetivo de saldo de manera más flexible, aceptándose déficit superiores, aunque acotados, originados en factores cíclicos transitorios. Los procedimientos están estipulados en el Protocol on Excesive Deficit Procedure 8 , artículo 2: a) El exceso de déficit de Gobierno por sobre el valor de referencia será considerado excepcional y transitorio cuando resulte de un evento inusual fuera del control del Gobierno miembro y que tiene un impacto significativo sobre la posición financiera del Gobierno General, o cuando resulte de un severo cambio coyuntural desfavorable. Además, el exceso será considerado transitorio si los servicios de previsión de la Comisión indican que el déficit volverá a situarse por debajo del valor de referencia después de que termine el evento inusual o el cambio coyuntural desfavorable. b) La Comisión considerará, como una regla, que el exceso de déficit será excepcional sólo si existe una caída interanual del PIB de por lo menos 2%. c) La Comisión decidirá si la situación es excepcional en el caso de caídas menores al 2% y existe un exceso de déficit, tomando en cuenta las observaciones realizadas por el país miembro, en particular relativas a lo abrupto de la recesión y a la acumulación de pérdidas de PIB respecto de las tendencias pasadas. 8 Council of the European Union (1997). - 19 - La Comisión fija así criterios de excepción, estableciendo que el origen de déficit excesivos debe estar fuera del rango normal de situaciones, y de transitoriedad, que aclara que el déficit puede mantenerse más allá del límite de 3% sólo por un período de tiempo definido. La cláusula de excepción puede ser invocada cuando el exceso de déficit resulta de un evento inusual que está fuera de control del Estado miembro y que tiene un impacto significativo en la posición financiera del sector público. En caso de una recesión más dura de lo previsto, los Gobiernos pueden sobrepasar el límite de 3% durante un tiempo prudente, explicando las razones. El Pacto otorga a los países en situación de déficit excesivos márgenes de maniobra para ajustar sus cuentas públicas, puesto que éstos están exentos de sanciones cuando se produce una recesión superior a 2% en términos anuales, y pueden apelar a circunstancias excepcionales cuando la recesión fluctúa entre 0,75% y 2% (European Commission, 1997). En lo que se refiere a la cláusula de transitoriedad, el país puede permanecer con déficit excesivos sólo durante el año de la recesión. Si los servicios de previsión de la Comisión indican que el país se va a mantener más allá del límite de déficit en el año que sigue al período recesivo, existe la presunción de que es posible aplicar sanciones. De esta manera, la corrección del déficit excesivo debería completarse dos años después de su ocurrencia, y un año después de su identificación, a menos que existan circunstancias excepcionales. Las estadísticas utilizadas para la aplicación del protocolo serán provistas por la Comisión. Todos los países someten, a partir de 1999 y a principios de cada año, al Consejo y a la Comisión programas trianuales de estabilidad (para los países de la zona euro) o de convergencia (para los restantes) que responden al criterio del Pacto de “lograr el objetivo de mediano plazo de un saldo presupuestario cercano al equilibrio o en excedente”. Según el primer reglamento del Consejo9 , que tiene vigencia legal desde el 1 de julio de 1998, los programas de estabilidad y convergencia deberán presentar la siguiente información: a) El objetivo de mediano plazo de una posición presupuestaria cercana al equilibrio o en excedente y la trayectoria de ajuste hacia este objetivo para el saldo del Gobierno General y la trayectoria esperada para la relación deuda sobre PIB del Gobierno General; b) Los principales supuestos relativos a los acontecimientos económicos esperados y a las variables económicas que son relevantes para la realización de los programas de estabilización, como el gasto en inversión de Gobierno, el crecimiento del PIB, el empleo y la inflación; c) Una descripción de las medidas presupuestarias u otras que se proponen para lograr los objetivos del programa y, en el caso de las medidas presupuestarias principales, una estimación de sus efectos cuantitativos sobre el presupuesto. d) Un análisis de cómo los cambios en los supuestos económicos principales tienen incidencia en el saldo y en la deuda pública. La información referida a las trayectorias del saldo público, de la deuda y de las principales variables económicas reseñadas se entregará sobre una base anual y deberá cubrir el año anterior, el año en curso y los tres siguientes años. Los Estados miembros deberán hacer públicos sus programas de estabilidad y convergencia anualmente. 9 Council of the European Union (1997). - 20 - La resolución de Amsterdam supone que la “adhesión al objetivo de una posición presupuestaria cercana al equilibrio o en excedente permitirá a todos los Estados miembros enfrentar las fluctuaciones cíclicas normales manteniendo el déficit dentro del valor de referencia de 3% del PIB”. Para juzgar el grado de cumplimiento de los objetivos de mediano plazo, es necesario tomar explícitamente en cuenta la situación coyuntural y su impacto sobre el presupuesto. El intervalo de tiempo que permite interpretar el mediano plazo es el ciclo macroeconómico. En la práctica, se debe evaluar la incidencia probable de la coyuntura sobre la evolución actual y futura de las cuentas públicas, con algún método aceptado por todos los Estados miembros. Cualquier método tiene ventajas y debilidades, y por lo tanto sus resultados deben interpretarse con prudencia. Por lo pronto, tanto los Estados miembros como el Comité del BCE consideran el método de los servicios de la Comisión como apropiado y útil para examinar para cada Estado miembro los saldos públicos cíclicamente ajustados. Se considera, en el futuro, efectuar mayores análisis para tomar en cuenta circunstancias especificas a cada país. Existen otras fuentes de variabilidad y de incertidumbre que afectan la posición financiera pública, y por ello se recomienda a los países miembros crear márgenes de maniobra suficientes para enfrentarlos. El Comité ha elaborado un informe técnico, entendido como un código de buenas prácticas, relativo al formato y al contenido de los programas de estabilidad y convergencia, de manera a facilitar su examen y discusión. El Comité no sugiere que las orientaciones son obligatorias, pero cualquier desviación debería ser justificada por el país miembro. Las cuentas públicas deberían presentarse con subsectores del Gobierno General (Gobierno central, autoridades locales, seguridad social) cuando esta desagregación es significativa. Deberían también presentarse objetivos de mediano plazo de la inversión de Gobierno. Los principales elementos de estos programas son los siguientes: a) Los supuestos sobre el crecimiento del PIB y de las fuentes esperadas de este crecimiento deben ser fundamentados, proveyéndose suficiente información para analizar la posición cíclica de la economía. También deben presentarse los supuestos técnicos sobre la evolución de las tasas de interés, dado su impacto sobre las finanzas públicas. Ante las dificultades prácticas para el uso de un conjunto común de proyecciones macroeconómicas, el Comité prefirió que los países miembros establezcan sus propias previsiones sobre la economía doméstica y la situación mundial. Sin embargo, si existen diferencias significativas con las proyecciones de la Comisión, el país miembro debe justificar sus presunciones. b) Los programas deben incluir análisis de sensibilidad, estimando cómo afectaría los cambios en los principales supuestos económicos al saldo y a la deuda pública. Este análisis debe ser complementado por un estudio sobre el impacto de diferentes supuestos de tasa de interés sobre el déficit y la deuda. c) La información sobre las trayectorias del déficit y de la deuda del Gobierno General y de los supuestos sobre las principales variables económicas debe cubrir al menos los tres próximos años, dejando abierta la posibilidad de presentar un período más largo si algún país miembro así lo desea. d) Las actualizaciones anuales debieran mostrar cómo se han comportado las variables respecto de los objetivos del programa anterior y, cuando ocurren desviaciones significativas, incluir las etapas consideradas para rectificar la situación. Para el Consejo y para el BCE, es importante evitar que el objetivo de un saldo cercano al equilibrio o en excedente se transforme en una meta móvil o deslizante de año en año; ésta debería cumplirse para el año 2002. Algunos países cumplían ya este - 21 - objetivo en 1998 (Irlanda, Luxemburgo, Finlandia, Dinamarca, el Reino Unido y Suecia). Para otros países (Alemania, Austria, Francia, Italia, Holanda, Portugal, Grecia), el objetivo a tres años es reducir el déficit a 1% del PIB, considerado como “norma mínima” de una gestión presupuestaria sana por el BCE. Finalmente, Bélgica y España apuntan más bien al equilibrio para el 2002. En todos los países, se espera lograr estos objetivos con una reducción significativa de los gastos, de dos puntos del PIB en promedio, y además con una disminución generalizada de la tasa tributaria. Se aspira lograr esto, principalmente por la recuperación del crecimiento económico, que aumenta la recaudación y disminuye gastos asociados al desempleo, y por la caída esperada del pago de intereses sobre la deuda pública, tanto por la paulatina absorción del stock de deuda pública como por tasas que se mantienen bajas. Las perspectivas, por lo tanto, apuntan a una recuperación significativa de las cuentas públicas en la Unión Europea, siempre que no existan eventos imprevistos. En el año 1999, todos los países excedieron las metas acordadas el año anterior, especialmente debido a un crecimiento mayor al esperado. Las proyecciones de PIB para el 2000 y 2001 apuntan a lo mismo; las condiciones económicas generales son mejores que las previstas en los planes de convergencia plurianual. La Comisión prevé en este contexto un riesgo de orientación procíclica de la política fiscal, como lo indica el deterioro del saldo primario cíclicamente ajustado en algunos países (European Commission, 2000). Como una regla general, la Comisión recomienda a los Estados miembros que dejen operar libremente a los estabilizadores automáticos durante la parte alta del ciclo. Esta es la contrapartida de permitir un aumento del déficit en las recesiones y una condición necesaria para cumplir el objetivo de mantener los presupuestos en equilibrio a lo largo del ciclo. Los Estados miembros son llamados a sobrepasar las metas presupuestarias establecidas en los programas de estabilidad y convergencia, dada la revisión al alza de las previsiones de crecimiento. Se sugiere evitar el relajo de sus políticas fiscales durante el actual momento económico y permitir la plena operación de los estabilizadores automáticos, lo que significa que no se deben realizar reducciones de impuestos que no consideren las correspondientes disminuciones de gasto. Inversamente, tampoco es aconsejable elevar los gastos en la medida en que aumentan los ingresos cíclicos, como parece estar ocurriendo en algunos países. b) Reino Unido La experiencia reciente del Reino Unido parece particularmente interesante, pues se han realizado grandes esfuerzos para adecuar sus propios procesos presupuestarios a los desafíos planteados por un entorno incierto. Vale la pena revisar con algún detalle estos procedimientos, pues, más allá de sus particularidades, contienen varios aspectos que podrían ser de interés para nuestros países. Entre estos cabe destacar la implementación de nuevas reglas de política fiscal y el desarrollo de metodologías referentes a la programación plurianual. Los objetivos principales de la política fiscal se definen de la siguiente manera10 : En el mediano plazo, mantener finanzas públicas sanas, mediante dos principios básicos: i) estableciendo prioridades de gasto y de tributación de manera a evitar alzas insostenibles de la deuda pública y/o tasas tributarias excesivas y ii) asegurando, en la medida de lo posible, que los costos de los servicios que se 10 Ver Her Majesty´s Treasury (1999), (1998). - 22 - consumen sean pagados por la misma generación que se beneficia del gasto público. En el corto plazo, ayudar a la política monetaria, de dos maneras: i) permitiendo la plena operación de los estabilizadores automáticos en su papel de suavizamiento de las fluctuaciones macroeconómicas cuando existen variaciones de la demanda agregada, y ii) cuando sea prudente y apropiado, otorgando ayuda adicional mediante cambios en las políticas discrecionales. Los objetivos de corto y de mediano plazo están vinculados entre sí. Por ejemplo, la posibilidad de ayudar a la política monetaria en estabilizar la economía durante un episodio recesivo depende de la fortaleza de la posición financiera de mediano plazo del sector público. El código fiscal (The Code for Fiscal Stability), aprobado por la cámara de los comunes en Diciembre de 1998, establece los criterios que deben guiar la formulación e implementación de la política fiscal: transparencia, estabilidad, responsabilidad, ecuanimidad intra e intergeneracional y eficiencia. El código explica cómo estos principios deben reflejarse en la formulación e implementación de la política fiscal. Atendiendo el principio de transparencia, el código establece la publicación de variados documentos en que se explican las nuevas medidas, y su consistencia con los objetivos de política fiscal y con las reglas operativas. De manera deliberada, y aprendiendo de las lecciones del pasado, se emprende una estrategia prudente, que permite ajustarse a las fluctuaciones macroeconómicas del ciclo y se contempla un margen significativo para enfrentar la incertidumbre. Los criterios de transparencia y de responsabilidad de la gestión pública suponen enfrentar adecuadamente tres desafíos fundamentales: Respetar la “regla de oro” a lo largo del ciclo, que establece que los gastos corrientes deben igualar los ingresos corrientes, de manera de no imponer una carga para las futuras generaciones. Eliminar el sesgo en contra de los gastos de capital; en general, éstos son más sensibles a los ajustes fiscales que los gastos corrientes, por su propia naturaleza. Postergarlos o no realizarlos también constituye una carga para las generaciones futuras. Identificar con la debida anticipación los déficit estructurales para evitar los costos económicos y políticos de los ajustes fiscales abruptos. La estrategia debe entonces enfatizar la planificación de largo plazo y evitar la negociación de corto plazo; poner el acento en los productos más que en los insumos; distinguir con claridad los gastos corrientes y de capital y por último basarse en la prudencia y la estabilidad, creando un margen para enfrentar las inevitables incertidumbres. Esto último supone tomar en cuenta explícitamente la posición de la economía en el ciclo y adoptar supuestos moderados de crecimiento en la programación plurianual. Las reglas fiscales gubernamentales inicialmente fueron fijadas en Julio de 1997 en el Informe Financiero y Presupuestario y fueron confirmadas en el Presupuesto de Marzo de 1998. Nótese que no se incorporan en el código de estabilidad fiscal, sino en las leyes anuales de presupuesto. Una aproximación alternativa sería incluir estas reglas fiscales en la Ley, pero ello sería excesivamente restrictivo, puesto que el proceso en marcha podría requerir que las reglas fuesen complementadas. Más aún, según el criterio imperante, le corresponde a cada Gobierno elegido escoger y anunciar - 23 - los objetivos y reglas de sus políticas, siempre que sean consistentes con los principios fiscales establecidos en la Ley. El Gobierno establece dos reglas para la legislatura: La regla de oro: a lo largo del ciclo, el Gobierno se endeuda sólo para invertir y no para cubrir gastos corrientes. La regla de inversión sostenible: la deuda pública se mantendrá, como proporción del ingreso nacional, a un nivel estable y prudente a lo largo del ciclo. La regla de oro promueve la ecuanimidad entre generaciones, al asegurar que la cuenta de los gastos de hoy, que benefician principalmente a los contribuyentes actuales, no se traspasará a las generaciones futuras. Por el contrario, la inversión de hoy beneficiará tanto a las futuras generaciones como a las actuales. Ello no implica que el gasto en capital tenga un rango automáticamente superior al gasto corriente; ambos juegan un papel, y ambos tienen efectos duraderos en la economía. La regla de oro reconoce explícitamente la diferencia económica entre el gasto corriente y el de capital; el Estado tiene como deber alcanzar o mantener el stock de capital necesario para la economía y asegurar que su componente público se conserva en buenas condiciones. Un nivel inadecuado de inversión pública puede dañar irremediablemente el desempeño de largo plazo de las economías. La regla de oro se aplica a la inversión neta; se implementa usando una definición de la cuenta corriente del sector público cercana al concepto de Cuentas Nacionales, de manera que la depreciación del capital público se incluye como gasto corriente. Se asegura así que los contribuyentes actuales pagan el costo de mantener el stock de capital. La definición de Cuentas Nacionales es transparente y evita la tentación de hacer pasar gastos corrientes por gastos de capital para cumplir la regla. En cuanto a la segunda regla, el Gobierno estipula que, todo lo demás igual, es deseable reducir por debajo del 40% del PIB la deuda pública neta a lo largo del ciclo. Un objetivo de deuda definido a lo largo del ciclo permite tomar en cuenta el entorno macroeconómico, al cual este indicador es muy sensible, especialmente al diferencial entre tasa de crecimiento y tasa de interés sobre la deuda. Para hacer consistentes estas reglas con la gestión del gasto público, el Gobierno ha implementado un nuevo régimen de planificación y de control, procurando evitar por una parte la tendencia al cortoplacismo en las decisiones y el incrementalismo en el manejo del presupuesto, y por otra, el sesgo negativo que generalmente afecta al gasto en inversión. De esta manera, se establecen planes “a firme” de tres años para todos las reparticiones de Gobierno, a través de los Departmental Expenditure Limits (DEL). Se espera que estos límites (más o menos la mitad del gasto total) representen una base sólida para la planificación y un fuerte incentivo para administrar los costos de manera eficiente. El Gobierno busca también una mayor flexibilidad de gestión para mejorarla, aceptando que las agencias tengan la libertad de trasladar cualquier parte de sus gastos incluidos en los DEL de un año a otro. Cuando el gasto no puede ser razonablemente objeto de un plan trianual, es sujeto de un escrutinio anual como parte del proceso presupuestario, recibiendo la denominación de Annually Managed Expenditure (AME). La mayor parte de estos gastos tienen que ver con la Seguridad Social, y están sujetos a un riguroso control anual. De manera consistente con la regla fiscal, los gastos corrientes y de inversión son planificados y gestionados separadamente, tanto dentro de los DEL como de los AME. La alta calidad de la información es la base para una buena política de toma de decisiones. El Gobierno está en proceso de implementar un nuevo sistema contable - 24 - para el sector público sobre una base devengado, el que complementará las cuentas actuales base caja. El uso de principios de la contabilidad base devengado reconoce que las implicaciones económicas de los gastos de capital no son las mismas que la de gastos corrientes, y además registra los gastos en el momento en que se han incurrido y no cuando se han pagado. El Resource Accounting and Budgeting (RAB) se propone planificar, gestionar y contabilizar los DEL sobre una base de devengado, registrando en el momento en que ocurren los costos del capital, como la depreciación e intereses de la inversión pública y de los restantes activos. De esta manera, se asegura un mayor vínculo entre el proceso de planificación del gasto y la regla fiscal, contabilizándose los gastos de las agencias sobre una base RAB, la misma que se utiliza para realizar las proyecciones fiscales. Sin embargo, vale la pena notar que el sistema de caja seguirá siendo relevante, por ejemplo, para contabilizar las necesidades financieras del Gobierno. Más aún, la previsión de impuestos continuará basándose en una base caja. Para algunos de ellos, como los impuestos al ingreso de las personas, las mediciones de caja y devengado arrojan resultados muy similares. Para otros en cambio, como los impuestos a las empresas, los conceptos de devengado son difíciles de aplicar. Es preciso destacar dos innovaciones adicionales. Primero, la publicación periódica (exigida por Ley) de un análisis sobre el impacto del ciclo económico en los agregados fiscales claves, incluyendo estimaciones sobre la posición fiscal cíclicamente ajustada. Esto asegurará tomar en cuenta los efectos del ciclo en la toma de decisiones. Segundo, se presentarán proyecciones ilustrativas, basadas en supuestos plausibles, por un período inicial de 10 años. El nivel de incertidumbre es inevitablemente creciente mientras las proyecciones avanzan. Sin embargo, las proyecciones de largo plazo servirán para aclarar el impacto intergeneracional y la sostenibilidad de la política fiscal. También estimularán el debate sobre temas y desafíos de largo plazo que el país deberá enfrentar en el futuro. Se desprenden varias enseñanzas de esta presentación. Primero, su carácter plurianual, lo que permite entre otras cosas apreciar la orientación de la política fiscal a lo largo del ciclo; segundo, la posición prevista de la economía en el ciclo, a partir de un indicador tan sencillo como la brecha de PIB; tercero, la clara separación de los gastos corrientes (incluida la depreciación) y de capital; cuarto, el amplio margen de maniobra que existe respecto de las dos reglas fiscales, puesto que la deuda tiene una trayectoria decreciente en un contexto de alto crecimiento y bajas tasas de interés (cuando la regla supone una deuda constante en el ciclo de 40%) y que se prevé un saldo corriente superior a un punto del PIB (cuando la regla establece un equilibrio en el ciclo). Se cumplen ampliamente las dos reglas estipuladas, con lo que se preserva capacidad de intervención en caso de eventos imprevistos; se contempla por lo tanto un margen de error bastante elevado. Las proyecciones de las finanzas públicas tienen un componente de incertidumbre significativo, que es necesario tomar en cuenta cuando se diseñan las políticas. Por ejemplo, los ingresos previstos y también parte de los gastos dependen fuertemente del crecimiento económico y de los supuestos realizados sobre la posición de la economía en relación con su tendencia de largo plazo. Según los estudios del Tesoro ya citados, el error absoluto promedio de las proyecciones de la necesidad de financiamiento del sector público en el Reino Unido ha sido de 1,2% a un año, de 2% a dos años, y de 4,1% a cuatro años en el período comprendido entre 1985-86 y 1997-98. La mayor parte de este error es atribuible a los desaciertos de previsión sobre el PIB. La trayectoria cíclica de la economía es inevitablemente incierta. Los errores en las previsiones sobre el nivel de actividad tienen efectos transitorios en las finanzas - 25 - públicas; en cambio, los errores en la estimación de la brecha de PIB, es decir de la posición de la economía en el ciclo, tienen consecuencias permanentes. Si el PIB efectivo fuese inferior al tendencial estimado, el resultado sería una merma en el ciclo de la posición financiera del sector público. Es por eso que los análisis de sensibilidad no deben limitarse a construir escenarios con distintos valores de las previsiones del PIB, sino también contemplar trayectorias menos optimistas respecto del PIB tendencial. Por ejemplo, en el caso del Reino Unido se construye un escenario pesimista en que el PIB tendencial es sistemáticamente inferior en 1% a su valor del escenario central. Se dispone así de una trayectoria plurianual prudente, en que igualmente se respetan las reglas enumeradas. La prudencia requerida en un entorno incierto requiere así asegurar márgenes de seguridad para internalizar la eventualidad de imprevistos y de errores de medición en la propia programación macroeconómica. Para asegurar precaución en los supuestos presentados por el Gobierno en sus proyecciones fiscales, la National Audit Office (NAO) examina la pertinencia de los supuestos claves y de las convenciones que están detrás de las proyecciones fiscales. Los supuestos que han sido auditados son once, y cubren, entre otras cosas, los ingresos esperados por privatizaciones y las trayectorias de las principales variables macroeconómicas que inciden en gastos e ingresos, como el desempleo, la composición del PIB entre ingresos asalariados y no asalariados, la tasa de inflación, el precio de las acciones, las tasas de interés. El procedimiento no es neutro. Por ejemplo, en el proceso de auditoría del método empleado para las proyecciones del precio del petróleo, se acordó que se utilizaría el valor promedio de diversas proyecciones independientes. Pero ciertamente el supuesto más importante es el que se refiere al crecimiento tendencial esperado de la economía. La NAO ha aceptado como un supuesto adecuado y prudente un crecimiento tendencial de 2,25% al año. Ello supone que la brecha de PIB y el componente cíclico del saldo público son levemente positivos, hecho aceptado por las autoridades, y que lleva por lo tanto a extremar la cautela ante la eventualidad de un crecimiento excesivo. 2. Países del MERCOSUR y Chile11 Como se ha dicho, los beneficios de los procesos de integración y de globalización son alcanzables sólo si las autoridades fiscales asumen exigentes compromisos, los que deben plasmarse en estrategias de mediano plazo que combinen adecuadamente al menos los principios de estabilidad y de responsabilidad. En la mayoría de los países de América Latina, la modernización del Estado y las leyes recientes de responsabilidad fiscal han establecido las bases de la recuperación de las finanzas públicas, e introducido nuevos principios de programación plurianual y de gestión pública. Administrar mejor los recursos públicos y estimular la participación de la sociedad en el desarrollo nacional, son objetivos del nuevo paradigma de gestión pública. Pero es necesario también fijar los límites en que se desenvuelve el accionar del Estado. Argentina y Perú (en 1999), Brasil, Ecuador y Venezuela (en el 2000), han promulgado leyes de responsabilidad fiscal. En el caso de Chile se adopta una regla pero como política presupuestaria y no reflejada en una ley. Bolivia y Colombia también han establecido criterios de responsabilidad fiscal a nivel de leyes. Analizamos en lo que sigue las reformas presupuestarias llevadas a cabo en Argentina, Brasil y Chile. Se presenta, además, el reciente acuerdo sobre metas y 11 Basado en Rodriguez Taveres y otros (2000), Oficina Nacional de Presupuesto (1998), Martner(2000A), (2000B), Ministerio de Planejamiento (2.000A), (2000B). - 26 - mecanismos de convergencia macroeconómica, aprobado en diciembre del 2000 por los países miembros del MERCOSUR más Bolivia y Chile. Las iniciativas de los países comunitarios se verán en el punto siguiente. a) La Ley de Responsabilidad Fiscal en Argentina En el caso de Argentina, a partir de la Ley de Responsabilidad Fiscal (LRE) de 1999, la Ley de Presupuesto está sujeta a varias reglas: i) el déficit fiscal deberá reducirse en alrededor de 0,5% del PIB por año y deberá asegurarse un resultado financiero equilibrado a partir del año 2003; ii) la tasa real de incremento del gasto público primario no podrá superar la tasa de aumento del PIB; iii) se crea el Fondo Anticíclico Fiscal, que podrá alimentar el presupuesto regular en situaciones recesivas cuando alcance tres puntos del PIB. Los recursos del Fondo no podrán destinarse a financiar aumentos permanentes de gastos corrientes; iv) se implementan acuerdosprograma de una duración de tres años; v) se crea un presupuesto plurianual de por lo menos 3 años. Los recursos asignados al Fondo, administrado por el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, se incluirán como aplicación financiera en los respectivos presupuestos anuales, cuando exista una reversión del ciclo económico. Se prevé que el Fondo estará operativo cuando alcance el 3% del PIB. Cuando los recursos excedan este monto, el excedente acumulado durante un ejercicio deberá aplicarse a la cancelación de deuda externa. La utilización de los recursos del Fondo en un ejercicio no podrá exceder el cincuenta por ciento del monto total acumulado al inicio del ejercicio. Se celebrarán acuerdos-programa con las unidades ejecutoras de programas presupuestarios, los que tendrán una duración de tres años. Los compromisos incluyen los niveles de gastos a asignarse en cada uno de los años, por parte de los entes centrales, y el acuerdo de la unidad ejecutora en materia de cumplimiento de políticas, objetivos y metas debidamente cuantificadas. Existirán atribuciones para modificar la estructura organizativa, eliminar cargos vacantes, modificar la estructura de cargos dentro de la respectiva masa salarial y reasignar personal dentro del programa. Se instituye además el Programa de Evaluación de Calidad del Gasto, encargado de la evaluación sistemática de los costos de los programas en relación a sus resultados. El presupuesto plurianual o presupuesto de mediano plazo en Argentina 12 contiene, entre otras cosas, las proyecciones de recursos por rubros, las proyecciones de gastos por finalidades, funciones y por naturaleza económica, el programa de inversiones del período, los acuerdos-programas celebrados y sus respectivos montos, y la descripción de las políticas presupuestarias. Se contempla la preparación de pronósticos macroeconómicos de mediano plazo, presentados al Congreso Nacional cada año, a partir de un proceso de preparación del presupuesto que incluya previsiones para los ejercicios futuros. Las proyecciones macroeconómicas a mediano plazo se refieren al comportamiento estimado del PIB, de la demanda agregada, de los sectores productivos de bienes o de servicios, del balance de pagos en cuenta corriente y cuenta de capital, y al balance ahorro e inversión. El comportamiento macroeconómico previsto constituye el marco en el cual se ubica el presupuesto del sector público. Las proyecciones tienen la intención de ser consistentes y suponen la continuidad de las políticas de convertibilidad y el tipo de cambio fijo, con bajas tasas de inflación compatibles con esas políticas. 12 Oficina Nacional de Presupuesto (1998). - 27 - Se prevén asignaciones de recursos a las diferentes áreas, cubriendo años sucesivos, compatibilizados con las proyecciones globales. El gasto del año base, que será motivo de aprobación legislativa, y las asignaciones futuras globales se constituirán en el punto de partida de los ministerios para efectuar la proyección a un nivel desagregado. Ello tiene en cuenta que muchos programas presupuestarios no se agotan en un año sino que su naturaleza es plurianual y que las decisiones de iniciar nuevos programas tendrá repercusiones en ejercicios venideros y deben compatibilizarse con el gasto de los que están en ejecución. Las proyecciones suministran elementos de juicio a los distintos operadores y dan un fundamento institucional a los compromisos que tiene el país con organismos internacionales. De esta forma se explicita la política fiscal prevista a mediano plazo que, con las debidas correcciones que sean necesarias en el período, se incluirá en los presupuestos nacionales sucesivos. El horizonte temporal razonable de los presupuestos a mediano plazo es considerado de tres años, sujeto a revisión anual. Para dar cumplimiento a este compromiso se proyectó el presupuesto de la Administración Nacional para el período 1999-2001, por programa, fuente de financiamiento y clasificación económica. Se elaboran y comunican a partir del trienio 1999-2001 techos presupuestarios a nivel de jurisdicciones, para que éstas proyecten sus gastos por programas con sujeción a dichos techos. Cuando las jurisdicciones y entidades presenten los anteproyectos del presupuesto deben también acompañar las proyecciones para el bienio siguiente. Estas últimas proyecciones son presentadas con un nivel de agregación mayor al detalle de los anteproyectos y siguiendo los lineamientos e instructivos que se incluyan en el Manual para la elaboración del Presupuesto 1999. El presupuesto plurianual 1999-2001 fué enviado al Congreso Nacional, y tiene carácter únicamente informativo, sirviendo de base en el proceso de toma de decisiones. b) La ley de responsabilidad fiscal en Brasil Los instrumentos que estructuran el proceso de planificación y presupuesto en Brasil son el Plan Plurianual (PPA), que contiene las directrices, objetivos y metas de la administración pública federal para las inversiones en los cuatro años siguientes, las directrices presupuestarias, que contienen las metas y objetivos para el ejercicio presupuestario siguiente y las orientaciones para la ley de presupuestos, y los presupuestos anuales.13 El PPA 2000-2003 tiene como propósito emprender la reestructuración de la acción del Gobierno en un conjunto de programas con definición clara de los objetivos y de los resultados esperados. Los programas tendrán gerentes, responsables de los costos y de los resultados. El modelo de gestión considera el control de plazos y costos, un sistema informatizado de apoyo a la gestión y la evaluación anual del resultado de los programas. Además, una de las principales tareas de la PPA es el catastro de inversiones públicas y privadas, que tiene identificados proyectos hasta el 2007 por cuantiosas sumas. La Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF, Lei complementar No 101), sancionada el 4 de mayo del 2000, establece normas de finanzas públicas orientadas a la responsabilidad de la gestión fiscal y consagra la transparencia de la gestión como mecanismo de control social, a través de la publicación de informes de ejecución presupuestaria. Entre el conjunto de normas establecidas por la LRF, destacan las siguientes : i) definición de metas fiscales anuales, para los tres ejercicios siguientes, contenidas en la Lei de Diretrizes Orçamentarias (LDO); ii) límites de gastos de 13 “Plano Plurianual de Investimentos para o periodo 2000-2003 e orcamento annual para 2000” (1999). - 28 - personal; la ley fija límites de gasto en personal en relación a los ingresos corrientes netos para los tres Poderes y para cada nivel de Gobierno (Unión, Estados, Distrito Federal y Municipios); iii) límites para el endeudamiento público: serán establecidos por el Senado Federal por propuesta del Presidente de la República; iv) mecanismos de compensación para los gastos de carácter permanente; el gobernante no podrá crear un gasto continuo (por un plazo superior a dos años) sin indicar una fuente de ingreso o una reducción de otro gasto. A partir de ahora, la Unión no podrá refinanciar deudas de Estados y Municipios; v) mecanismos de control de las finanzas públicas en años de elección. Quedan prohibidos los aumentos de gastos de personal en los 180 días que anteceden al fin del mandato y la contratación de préstamos de corto plazo por anticipo de ingreso presupuestario en el año en que se realizan las elecciones. La LDO se elabora anualmente y establece las reglas generales para la elaboración presupuestaria del año siguiente. El anexo de metas fiscales deberá contener los siguientes aspectos: i) las metas anuales, en valores constantes y corrientes, relativas a los ingresos, gastos, resultado nominal y primario y monto de la deuda pública, para el ejercicio al que se refiere y para los dos siguientes, siendo, en la práctica, metas trianuales; ii) una evaluación del cumplimiento de las metas del año anterior; iii) una evaluación del patrimonio neto, y el origen y destino de los recursos de las privatizaciones, si hubiere; iv) una estimación y compensación de la “renuncia fiscal” y del margen de expansión de los gastos obligatorios de carácter continuo. La LDO del 2001 establece así una meta de superávit primario fiscal de 2,6% del PIB para el 2001, de 2,2% para el 2002 y de 1,8% del PIB para el 2003. La intención es obtener superávit primarios que permitan la estabilización de la deuda pública sobre PIB. Estos valores son indicativos, pues pueden ser revisados en función de la propia trayectoria del endeudamiento y de las variables que la determinan. En el ámbito del Programa de Estabilidad Fiscal, propuesto inicialmente en Octubre de 1998, fueron fijadas metas de superávit del sector público consolidado compatibles con la estabilización de la relación deuda neta consolidada sobre PIB al final del trienio, al nivel del 46,5% del PIB. Se proyecta, para el Gobierno Central, un leve déficit en términos de resultados nominales, de 0.95, 0.40 y 0.45 por ciento del PIB del 2001 en adelante. Ciertamente, la parte medular de la LRF se refiere a las restricciones impuestas en gastos de personal y endeudamiento. Los límites de gastos en personal son de 50% del ingreso corriente neto para el ámbito federal y de 60% en las esferas estadual y municipal. Si el gasto total excede el 95% del límite, el Poder u órgano referido no podrá implementar ninguna medida que produzca aumentos de gastos de personal. Si se sobrepasa el límite máximo en el cuatrimestre, el excedente debe ser eliminado en dos cuatrimestres. En caso de crecimiento económico negativo o inferior a 1% en los últimos cuatro trimestres o de calamidad pública, se suspenden los plazos para los límites de gastos en personal. Los límites del monto de la deuda serán fijados tomando por base la deuda consolidada de la Unión, de los Estados, del Distrito Federal y de los Municipios, en relación al ingreso corriente neto. En un plazo de noventa días después de la publicación de la LRF, el Presidente de la República someterá al Congreso Federal una propuesta de los límites globales de la deuda consolidada para cada esfera de Gobierno. La consolidación del stock de deuda se efectuará al final de cada cuatrimestre. Cuando se produzca inestabilidad económica o alteraciones en la política monetaria, el Presidente de la República podrá solicitar al Congreso Nacional la revisión de estos límites. Cuando se exceda el límite máximo al final de un cuatrimestre, se da un plazo de tres cuatrimestres subsecuentes para la eliminación del exceso, el que - 29 - debe ser reducido en por lo menos 25% en el primer cuatrimestre. Apenas se produzca un exceso, la Unión, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios no podrán realizar nuevas operaciones de crédito, internas o externas, inclusive por anticipación de ingresos presupuestarios, y serán obligados a obtener el resultado primario necesario para la reconducción de la deuda al límite. También se impide recibir transferencias voluntarias después del plazo para retornar al límite. Según la LRF, siempre deberá seguirse la “Ley de oro”: la contratación de operaciones de crédito en cada ejercicio queda limitada por el monto de gastos de capital. Ello significa en la práctica que los préstamos solamente deberán ser destinados a gastos con inversiones. Las operaciones de crédito por anticipo de ingresos presupuestarios (Antecipação de Receita Orçamentária, ARO), deberán destinarse exclusivamente a atender la insuficiencia de caja durante el ejercicio financiero,y deberán ser liquidadas, con intereses y otros cargos, hasta el día 10 de diciembre de cada año. Las operaciones de crédito ARO están prohibidas cuando existen operaciones anteriores de la misma naturaleza no rescatadas íntegramente o en el último año de mandato del Presidente, Gobernador o Prefecto. Finalmente, y no menos importante, la LRF asegura transparencia en la gestión fiscal, elemento fundamental para la mantención del equilibrio de las cuentas públicas. Se contempla la publicación periódica de informes resumidos de ejecución presupuestaria para todos los Poderes y organismos, y de informes de gestión fiscal cuatrimestrales que deberán tener comparaciones con los límites establecidos por la LRF. La verificación de la observancia de las normas y límites de la LRF estará a cargo del Poder Legislativo y del Sistema de Control Interno de cada Poder y del Ministerio Público. Las autoridades del Mercosur han citado como una meta prioritaria para el bloque lograr la estabilidad macroeconómica, mantener la inflación bajo control y fijar restricciones presupuestarias. Como un paso inicial para la convergencia, Argentina y Brasil ya acordaron uniformar sus estadísticas e iniciar discusiones para establecer metas comunes en materia de deuda del sector público, déficit del sector público como porcentaje del PIB e inflación. c) Chile: superávit estructural como regla fiscal14 En la presentación de las bases para el presupuesto del 2001, el gobierno chileno adoptó el criterio de lograr un superávit estructural de 1% del PIB a partir del año 2001, estableciendo esta meta como objetivo permanente a nivel presupuestario del Gobierno Central. A diferencia de las otras experiencias, no se aprueban nuevos instrumentos legales sino que se opta por una medida de política con el más amplio consenso técnico y político. Entre los diversos indicadores posibles para definir la meta fiscal se ha optado por el de balance estructural debido a su metodología conocida, legitimada y aplicada ampliamente por el FMI y la OCDE siendo un indicador orientado a generar mayor transparencia en la conducción de la política fiscal. Si bien este indicador no involucra por sí solo una regla de política fiscal, sí provee una sólida base para establecerla. Entre las condiciones que permiten construir este indicador en Chile se cuentan, la existencia de una amplia base tributaria, un sistema tributario simple, bajos niveles de endeudamiento e indexación del sistema tributario. Todo ello hace que el ciclo 14 Ver Marcel (2000). - 30 - económico dé cuenta de la parte más importante de los factores exógenos que actúan sobre el presupuesto. En el cálculo del balance estructural se han seguido los criterios utilizados por el Fondo Monetario Internacional (FMI). La metodología estándar de este organismo ha sido adaptada a las características estructurales de la economía para obtener conclusiones más representativas. Para ello, se han considerado aquellas características propias del sector público chileno, como por ejemplo la existencia de una fuente importante de ingresos originada en la producción de un producto primario cuyo precio exhibe reversión a la media. El Balance Estructural del Sector Público (BESP) refleja el monto que los ingresos y gastos fiscales alcanzarían si el producto estuviera en su nivel potencial y el precio del cobre fuera el de mediano plazo, por lo tanto excluye los efectos cíclicos y aleatorios de dos factores de principal importancia: la actividad económica y el precio del cobre. En contraste, el balance efectivo incluye el efecto cíclico de un escenario económico relativamente más o menos favorable, lo que dificulta la interpretación de los resultados fiscales en un horizonte de mediano plazo. Sin embargo, se debe reconocer que la evolución del balance estructural no sólo responde a decisiones autónomas de la autoridad, sino que refleja todas aquellas fluctuaciones del balance fiscal dadas por factores distintos a las fluctuaciones cíclicas de la actividad económica. La obtención del componente discrecional, en la evolución del balance efectivo, requiere la estimación de la totalidad de los factores exógenos que afectan los agregados fiscales, sin embargo no siempre es posible hacer esta distinción. La cobertura institucional utilizada en el Balance Estructural es el Gobierno Central. Este incluye al conjunto de instituciones que están sometidas a las mismas normas de planificación y ejecución presupuestaria y que guardan en esta materia una estrecha relación de dependencia con el Ejecutivo y por lo tanto representan el ámbito de control más directo de la política fiscal. La estimación del Presupuesto Estructural base se desarrolló en tres etapas. La primera consiste en ajustar contablemente el balance efectivo determinando las partidas de ingresos y gastos que deben ser incluidas en el balance. La segunda abarca la estimación de los componentes cíclicos del presupuesto, esto es, la estimación del impacto de la evolución cíclica de la actividad económica y del precio del cobre sobre los agregados fiscales. Por último, a partir del balance efectivo ajustado y del cálculo de los componentes cíclicos, se estima el Presupuesto Estructural. Los ajustes al balance contable, se realizan con el objetivo de cuantificar el déficit fiscal de acuerdo al concepto de variación patrimonial neta del gobierno central (VPN). Esta definición considera como determinantes del déficit todas aquellas operaciones que modifican la situación patrimonial del sector público y como financiamiento las transacciones netas de activos del sector público con el sector privado, aún cuando éstas no constituyan propiamente deuda pública. En la definición tradicional del déficit fiscal se considera sobre la línea un conjunto de transacciones de carácter financiero cuya relevancia es dudosa al momento de evaluar impulso o discrecionalidad fiscal. Tal es el caso de las concesiones y recuperaciones de préstamos y las ventas de activos. Estas partidas tienen la particularidad de afectar las necesidades de financiamiento del sector público, sin modificar necesariamente su posición patrimonial; su contraparte es un efecto de cartera antes que de ingreso sobre el sector privado. - 31 - En particular, los ajustes realizados incluyen: Registro bajo la línea de las partidas: Compra de Títulos y Valores, Ingresos por Privatizaciones, Venta de Activos Financieros, Recuperación y Concesión de Préstamos. Registro de los Ingresos del Cobre Brutos, es decir se suman (restan) los depósitos (giros) al FCC. Registro sobre la línea del Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo Registro del flujo de gasto en Bonos de Reconocimiento (de Pensiones). Una vez realizados los ajustes contables al balance efectivo, se realizan los ajustes por ciclo. Estos incluyen el impacto del ciclo económico en los ingresos tributarios y el impacto de las fluctuaciones cíclicas del precio del cobre en los ingresos fiscales del cobre. En el caso de la economía chilena se ha desestimado el componente cíclico de los gastos por no existir una relación significativa entre el gasto público y el producto. Por estas razones, el componente cíclico se ha limitado a los ingresos fiscales y en particular a los ingresos tributarios en moneda nacional e ingresos del cobre. El componente cíclico de los ingresos tributarios se calcula en base a las estimaciones de producto potencial y de elasticidad producto de los ingresos tributarios. La estimación del Producto Potencial se realiza estimando una función de producción y calculando el nivel de tendencia de los insumos de dicha función. Para la elasticidad ingreso de la recaudación tributaria por su parte se utilizó el valor de 1,05. Los ingresos tributarios estructurales corresponden a los ingresos tributarios que hubiese recibido el Gobierno Central si el producto hubiese estado en su nivel potencial mientras que los ingresos tributarios cíclicos corresponden a los ingresos tributarios que se originan por la diferencia entre el producto efectivo y producto potencial. El cálculo de los ingresos estructurales por lo tanto se realiza ajustando los ingresos tributarios efectivos proporcionalmente a la brecha entre el producto potencial y el producto efectivo. Esta proporción está determinada por la elasticidad producto de los ingresos tributarios. El componente cíclico de los ingresos del cobre se ha estimado considerando las ventas físicas de cobre de CODELCO y las fluctuaciones cíclicas del precio del cobre. Si bien el concepto es similar al utilizado en el mecanismo del Fondo de Compensación del Cobre (FCC) los resultados obtenidos son distintos pues éste último no incluye el impacto total de las fluctuaciones cíclicas del precio del cobre sobre los ingresos fiscales del cobre. El funcionamiento por tramos del FCC impide capturar totalmente las fluctuaciones cíclicas de los ingresos del cobre pudiendo existir un componente cíclico no capturado de magnitud significativa. Por esta razón, el componente cíclico de los ingresos del cobre se estimó a partir de la diferencia total entre el precio FOB de las exportaciones de CODELCO y el precio de referencia del FCC. Este último corresponde al precio de largo plazo del cobre refinado ajustado por el descuento por calidad. De acuerdo a lo señalado, el Balance Estructural se obtiene a partir del Balance Efectivo realizando los ajustes contables a las partidas de Bonos de Reconocimiento, ingresos de privatizaciones, compra de títulos y valores, recuperación de préstamos, concesión de préstamos, FCC, FEPP15 y restando los componentes cíclicos de ingresos tributarios e ingresos del cobre. En el período 1987-1999, el superávit estructural promedio fue de 1,1% del PIB, correspondiendo una magnitud similar al componente cíclico. Este último a la vez se descompone en un componente cíclico de los ingresos 15 Fondo de Estabilización de Precios Petroleros. - 32 - tributarios que en promedio se anula en el período y un componente cíclico de los ingresos del cobre que en promedio alcanza un 1,1% del PIB. El Balance Estructural muestra un comportamiento mucho menos errático que el Balance Ajustado ya que la eliminación del componente cíclico presente en los agregados fiscales convencionales permite capturar una evolución más gradual del balance fiscal, explicada por los cambios estructurales de las cuentas fiscales. La diferencia con el Balance Ajustado se explica por lo tanto, por la evolución del componente cíclico de los agregados fiscales. Es importante destacar que el componente cíclico en el balance total resulta extremadamente significativo, el cual va desde +4,8% del PIB en 1989 a -1,7% en 1999. La descomposición del componente cíclico estimado en los agregados fiscales confirma la importancia de incluir en la estimación del Balance Estructural no sólo el componente cíclico de los ingresos tributarios netos sino que también el componente cíclico de los ingresos del cobre, cuya magnitud promedio en el período fue de 1,4% del PIB. El componente cíclico, de esta manera, en varios años oculta la dirección de política fiscal. En el año 1989, por ejemplo, se registró un superávit efectivo de 1,5% del PIB; sin embargo si la economía hubiese estado en su nivel de producto potencial y el precio del cobre hubiese sido el precio de largo plazo se hubiese registrado un déficit de 0,1% del PIB. Las cuentas fiscales ajustadas a la definición del VPN muestran un superávit fiscal de 4,6%, el que se explica fundamentalmente por el elevado nivel de los depósitos devengados al FCC. Sin embargo, mientras que el Balance Efectivo mostraba un saldo superavitario, estructuralmente existía un pequeño déficit oculto por el elevado componente cíclico de los ingresos fiscales de dicho año. En 1989 los ingresos tributarios efectivos fueron superiores a los ingresos tributarios estructurales ya que la economía se encontraba en un ciclo expansivo, en que el producto efectivo fue superior al producto potencial. Adicionalmente, el precio del cobre fue considerablemente superior a su precio de largo plazo, hacia fines de 1988 y principios de 1989 el precio FOB de las exportaciones de cobre de CODELCO era superior a los 145 USc\lb por lo que los ingresos del cobre efectivos fueron considerablemente superiores a los ingresos del cobre estructurales. En total el componente cíclico de 1989 alcanzó 4,8% del PIB. En el año 1999 se da una situación inversa: mientras el resultado fiscal arrojó un déficit de 1,5% del PIB en el Balance Efectivo y un 2,0% del PIB en el Balance Ajustado, el déficit estructural fue de sólo 0,3% del PIB. Esto se debe a que en dicho año la recesión económica y la caída en el precio del cobre se combinaron para generar la mayor caída cíclica de los ingresos de todo el período analizado. Es así como la brecha entre PIB potencial y PIB efectivo y entre el precio del cobre de corto y largo plazo explican una diferencia equivalente a un 1,7% del PIB entre el Balance corregido y el estructural. La evolución del balance tradicional, por lo tanto, tiende a exagerar la reducción en el balance fiscal. A lo largo de la década de los 90, Chile se distinguió por el prudente manejo de sus cuentas fiscales. Esta trayectoria, ampliamente reconocida por analistas internacionales, permitió reducir el peso de la deuda pública desde un 47,2% en 1990 a un 14,2% del PIB en el 2000. Con ello, recursos que de otra manera se habían dedicado al servicio de dicha deuda pudieron ser redestinados al financiamiento de programas sociales e inversión en infraestructura. Sobre estas bases, el gobierno planteó una regla fiscal consistente en la generación de un superávit estructural de 1% del PIB a partir del año 2001. Esta regla ayudará a orientar las expectativas de los agentes económicos, adelantando los - 33 - beneficios de una política fiscal futura, fortalecerá la disciplina fiscal y permitirá recuperar la atención sobre los agregados fiscales de relevancia macroeconómica. El Balance Estructural permite orientar la política fiscal para un desempeño efectivo de su rol contracíclico manteniendo la solidez de las finanzas públicas. En este sentido, la separación del componente estructural del componente cíclico del Balance Efectivo permite la operación plena de los llamados “estabilizadores automáticos” del presupuesto, evitando una neutralización innecesaria de movimientos de las cuentas fiscales que responden a la propia dinámica del ciclo económico y que ayudan a aminorar la inestabilidad de la economía a lo largo de este. Adicionalmente, el Balance Estructural es una herramienta que permite fortalecer la disciplina fiscal. Cumplir anualmente con una meta estable de superávit estructural de 1% del PIB equivale a asegurar un balance fiscal equivalente a lo largo del ciclo, garantizando que la operación de los estabilizadores automáticos del presupuesto no conducirá a déficit fiscales riesgosos. En este sentido, el presupuesto estructural es una herramienta clave para asegurar una posición financiera sólida, permitiendo que el deterioro del balance fiscal en la fase recesiva del ciclo se compense con un fortalecimiento del mismo durante la fase expansiva. Esto no significa que el balance presupuestario siempre sea superavitario o que nunca se vayan a registrar déficit fiscales, sino que la mantención de un nivel apropiado de superávit estructural permitirá sólo déficit fiscales transitorios y hasta los niveles deseados. Por otra parte, la utilización del Balance Estructural permitirá ampliar el horizonte de programación de las instituciones públicas, al ayudar a evitar una contracción ineficiente del gasto en los períodos recesivos así como sobre-expansiones con cargo a holguras fiscales transitorias. En la fijación del superávit estructural de 1% del PIB como regla de política fiscal futura se tuvieron en cuenta una serie de factores. Un balance estructural superavitario permite, en primer lugar, mantener la capacidad de generación de ahorro del Gobierno, la que contribuyó en los 90 a elevar significativamente la inversión doméstica. Asimismo, un balance estructural positivo permitirá en el futuro hacer frente a los pasivos contingentes que se devengan en cada ejercicio y que no están contemplados en un balance en base caja. Este es el caso de la garantía estatal en pensiones mínimas, las pensiones asistenciales y las garantías involucradas en los contratos de concesión de obras de infraestructura. Un balance estructural superavitario también permitirá compensar el efecto del déficit operacional del Banco Central, asegurando una situación balanceada del sector público no financiero. Por último, a través de un superávit estructural se busca provisionar recursos para las generaciones futuras que no se beneficiarán de importantes recursos existentes hoy, como es el caso del cobre. Sin embargo, tanto o más importante que lo anterior es el hecho de que la política fiscal juega en Chile un papel simbólico, representando el compromiso del Gobierno con los equilibrios macroeconómicos. En tanto otras economías emergentes luchan por controlar desequilibrios fiscales a costa de dolorosos ajustes, la mantención de saldos fiscales positivos ha constituido un ancla de las decisiones de política macroeconómica y un símbolo del compromiso político con la estabilidad. La responsabilidad fiscal de los períodos precedentes es lo que permite que el gobierno actual puede dar el paso adicional que representa traducir ese compromiso en una regla clara y estable de política para el futuro. Para elaborar un presupuesto bajo la regla de política propuesta, será necesario que cada año se determine el crecimiento máximo del gasto estructural que es - 34 - compatible con un superávit estructural del 1% del PIB, para cuyo efecto será necesario contar con una proyección de los ingresos estructurales del período. Estos últimos, por su parte, dependen de las brechas proyectadas entre PIB potencial y efectivo y entre el precio del cobre de corto y largo plazo. Una vez estimada la evolución de los ingresos estructurales puede determinarse el crecimiento de los gastos estructurales que permite, sobre la base del cierre estimado del año anterior, cumplir el superávit estructural de 1% del PIB. Del crecimiento del gasto estructural se deriva el crecimiento del gasto contable compatible con la meta fiscal, revirtiendo los ajustes a los gastos contables realizados previamente. d) MERCOSUR: metas y mecanismos de convergencia macroeconómica En diciembre del 2000, los países del MERCOSUR, Bolivia y Chile acordaron un conjunto de metas y mecanismos de convergencia macroeconómica sobre la base de las estadísticas armonizadas elaboradas por el Grupo de Monitoreo Macroeconómico,16 y publicadas a fines de octubre del mismo año. El proceso de integración planteado por el Tratado de Asunción (1991), requiere la armonización de la política fiscal y macroeconómica entre los países miembros, en la medida que establece la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos sin distorsiones derivadas de la fiscalidad y/o grandes diferenciales de tasas de inflación. Uno de los primeros pasos fue el intercambio y la armonización de estadísticas económicas entre los países, cuyos primeros resultados fueron la base para los acuerdos logrados. La metodología “armonizada” arrojó series estadísticas para cada país que fueron presentadas de acuerdo con el siguiente formato. MERCOSUR: Estadístas en base a metodología armonizada Resultados fiscales acumulados en 12 meses (1999-2000) Resultado primario Gobierno Nacional Resultado nominal Gobierno Nacional Deuda neta Sector Público Consolidado Deducidas las Reservas Internacionales Sin deducir Reservas Internacionales Deuda neta Gobierno Nacional Deducidas las Reservas Internacionales Sin deducir Reservas Internacionales Variación Deuda Fiscal neta Indice de Precios al Consumidor $ Nacional % PIB Indice Año/Mes % Variación Fuente: Banco Central de Brasil. El acuerdo contempló una etapa de transición (2001) y otra de metas comunes (a partir del 2002), incluyendo indicadores y metas para variables fiscales de flujo y stock, así como para la inflación. Se establecieron, además, un conjunto de procedimientos para posibles desvíos respecto de las metas. Los años 2002 y 2003 se consideran como el período de adecuación. A continuación se especifican los principales puntos planteados.17 16 Creado en el marco del proceso de convergencia, 17 Ver Banco Central do Brasil: Relatorio-Focus, del 3 de enero del 2001 en www.bcb.gov.br. También se puede consultar www.mre.gov.br. - 35 - 1) Etapa de transición: los países anunciarán conjuntamente sus objetivos específicos de inflación, variación de la deuda fiscal neta del sector público consolidado y deuda neta del sector público consolidado (deducidas las Reservas Internacionales) para el 2001, los que deberán ser consistentes con las metas comunes acordadas a partir del 2001. 2) Etapa de Metas Comunes, para la cuál se establecieron las siguientes metas: Variable fiscal de flujo, cuyo indicador es la variación de la deuda fiscal neta del sector público consolidado18: Meta común de 3% a partir del 2002 para todos los países Valor máximo de 3,5% en el período de adecuación constituido por los años 2002 y 2003. Variable fiscal de stock, cuyo indicador es la media trianual de la relación deuda neta del sector público consolidado (deducidas las Reservas Internacionales) sobre el PIB nominal. Se establece como trienio base el período 2002-2004, con las siguientes metas: A partir del 2010 un tope indicativo común para todos los países del 40% del PIB. Los países podrán fijar topes individualmente topes menores. A partir del 2005, con base en el promedio 2002-2004, se define una trayectoria decreciente para los sucesivos promedios trianuales, quedando exceptuados los países cuyo resultado para este indicador sea inferior al 40%. Inflación, cuyo indicador es el Indice de Precios al Consumidor (IPC). Las metas son las siguientes: Un valor máximo de 5% para los años 2002 a 2005. Se definirá un “nucleo inflacionario” que será estimado y publicado a partir del 2003. A partir del 2006 su valor máximo será fijado en 4% anual con las dos excepciones siguientes: Paraguay deberá reducir cada año al menos un cuarto de la diferencia entre el valor observado de la variable en el 2002 y el valor máximo de cada año: el período de adecuación tendrá vigencia hasta el 2006. Brasil tiene fijado previamente en su legislación, un intervalo de 2 puntos porcentuales en su meta de inlfación para el 2002 que es de 3,5%. 3) Procedimientos para corrección de desvíos El país que incurra en desvíos en un año determinado, deberá explicitar en la primera reunión del Grupo de Monitoreo Macroeconómico (GMM) posterior a ese año, las medidas correctivas necesarias para converger a las metas establecidas. Dicha convergencia deberá verificarse a más tardar al finalizar el año siguiente al de la presentación de los indicadores al GMM. Las medidas correctivas deberán incluir, cuando menos, los siguientes puntos: Proyección macroeconómica para el período de retorno a las metas. Medidas de política macroeconómica. 18 Corresponde a las necesidades de financiamiento del sector público que representan el excedente total de gasto con respecto al ingreso correspondiente a todas las entidaes públicas, el cual debe financiarse con endeudamiento nuevo, deducida la amortización de deudas anteriores. - 36 - Medidas estrcucturales, cuando corresponda. El GMM analizará técnicamente la presentación del país y elevará su evaluación al foro de Ministros de Economía y Hacienda y Presidentes de Banco Central, para su discusión. Este emitirá los comentarios que consideré pertinentes. Es interesante considerar a continuación algunos aspectos de la conformación y funciones del Grupo de Monitoreo Macroeconómico y del proceso mismo de armonización de las bases estadísticas del reciente acuerdo. Se partió de la base de que la armonización fiscal constituye un mecanismo que permite mantener sistemas cambiarios diferentes sin efectos negativos sobre el proceso de integración. Esto supone también, ciertamente, el mantenimiento de políticas monetarias prudentes y predecibles. A comienzos del 2000 se acordó establecer en marzo del 2001 metas comunes de resultado fiscal y deuda pública (cuyo anuncio fue realizado el 15 de diciembre del 2000), basados en la convicción de que la existencia de regímenes cambiarios diferentes es compatible con el desarrollo del proyecto. El análisis técnico y la experiencia internacional avalaban esta estrategia; siempre que existan políticas fiscales que aseguren la solvencia fiscal y políticas monetarias que garanticen la estabilidad de precios. El primer paso fue la construcción de estadísticas fiscales y de deuda pública basadas en una metodología armonizada común. A tal efecto, se constituyó el Grupo de Monitoreo Macroeconómico (GMM), el cual, a partir del mes de Abril de 2000, tuvo a su cargo la elaboración y seguimiento de una metodología común para la armonización de las estadísticas fiscales. La labor realizada por el grupo logró detectar las diferencias metodológicas, de imputación y del universo abarcado, existentes en las estadísticas oficiales de los países. Cómo resultado, y a sólo 6 meses de su creación, el GMM generó una metodología común, en la que prevalece el principio general de abarcar la totalidad de las jurisdicciones y los organismos que conforman el universo del Sector Público. Esto permite realizar comparaciones homogéneas entre los países a partir de la elaboración de un conjunto de indicadores como los que fueron previamente mencionados. Dichos indicadores son utilizados exclusivamente para fines de comparación entre los países y para la fijación de metas macroeconómicas comunes a partir de marzo del 2001, manteniendo cada país su metodología oficial e indicadores. En la primera publicación, a fines de octubre del 2000, se presentaron los resultados de los indicadores armonizados de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay para el año 1999 y primer semestre de 2000. Se trata de resultados provisorios, en la medida que, a la fecha, aun resta realizar ajustes necesarios para pasar de las estadísticas oficiales de cada país a las estadísticas armonizadas. Estas falencias de la información son aclaradas en cada caso. Adicionalmente, se presentó el “Manual de Estadísticas Fiscales del GMM” 19 que detalla la metodología de los indicadores acordados y un resumen de la metodología oficial de cada país. Es digno de destacar que tanto las cifras como la metodología asociada, están orientadas a la toma de decisiones y no a la reflexión teórica y/o académica. Su propósito es suministrar una base de coherencia mínima a decisiones de carácter estratégico adoptadas por el conjunto de los países del grupo con vistas al fortalecimiento del proceso de integración. 19 Para mayores detalles, ver http://gmm.mecon.gov.ar. - 37 - 3. Reglas fiscales en la Comunidad Andina El proceso de reformas estructurales se inició en los países andinos durante la década del ochenta con las denominadas “reformas de primera generación”, pero se profundizó en la primera mitad de los noventa con la “segunda generación de reformas”. En el ámbito de las finanzas públicas, los cambios iniciales estuvieron concentrados en medidas de recorte de gastos, desregulación y reforma tributaria seguidos por la reforma de la administración financiera pública, la privatización de activos públicos y la adecuación de los marcos reguladores. Las reformas, en el contexto de una estrategia de apertura externa, generaron frutos importantes en materia de crecimiento económico, reducción de la inflación y y racionalización económica general. Sin embargo, las crisis financieras internacionales de la década pusieron en evidencia la fragilidad de los cambios y la escasa eficiencia de adaptación de las economías en transición. El aspecto crítico de este proceso –pese a que no siempre se reconoce- es la política fiscal y las finanzas públicas, no obstante que la crisis se manifiesta en el ámbito monetario-financiero. En general se ha privilegiado el manejo fiscal de corto plazo, el que ha operado casi siempre a favor del ciclo: en expansión el gobierno gasta más, en recesión el gobierno gasta menos. Ello, cuando no ha sido el mismo gasto público el inductor del ciclo expansivo o recesivo. Evidentemente, la política fiscal no ha operado adecuadamente como instrumento para corregir desequilibrios de corto plazo y, lo que es más grave, se manejan instrumentos de mediano plazo con criterio de corto plazo. Es el caso de las reformas tributarias, mediante las cuales se aprueban nuevos impuestos para resolver problemas de caja de los gobiernos pero sin evaluar debidamente sus efectos sobre la actividad económica ni mucho menos sobre la estructura de incentivos a la inversión, la generación de empleo productivo y las expectativas de los agentes económicos. Al tomar conciencia de estos hechos, los gobiernos han reaccionado introduciendo diversas medidas de disciplina fiscal que apuntan a ordenar el manejo de las finanzas públicas, en línea con lo que han venido realizando otros países de la región y del resto del mundo. En los puntos siguientes se presenta una reseña de los elementos básicos de responsabilidad fiscal introducidos por los países de la Comunidad Andina en el marco de las respectivas realidades nacionales. a) Bolivia La evolución de la economía boliviana en las últimas décadas ha sido marcada por la realización de sucesivos procesos de estabilización y reforma estructural, incluyendo reforma tributaria, reforma comercial y la privatización, denominada en Bolivia capitalización. Una evolución de estos cambios se podría resumir de la siguiente forma: necesarios, bien implementados pero insuficientes. En efecto, después de 15 años de reformas, los niveles de pobreza y de infraestructura económica y social, si bien han mejorado, aún distan de ser satisfactorios en el contexto regional. A fines de los noventa, cabe destacar entre los logros el control de la inflación en un ambiente de crecimiento moderado del PIB y la estructuración de reglas de juego que han atraído importantes corrientes inversión extranjera cuya presencia augura un desarrollo promisorio en sectores exportadores como la producción de gas natural. Por otra parte, pese a la evidente mejora, las reformas aún no son suficientes para contrarrestar imperfecciones de los mercados, - 38 - pese a los esfuerzos recientes de la política monetaria por inyectar liquidez al sistema bancario. A partir de 1999, el déficit público ha obedecido fundamentalmente al costo de la reforma del sistema de pensiones, sin cuya consideración se habría producido un superávit fiscal del orden de 0,2% del PIB. De acuerdo a las proyecciones del Gobierno, este último factor se mantendrá vigente durante las próximas décadas, con lo que dificilmente puede ser considerado transitorio y más bien debiera inducir nuevas reformas estructurales de ahorro de ingresos corrientes y/o nueva generación de los mismos, sin dejar de tener presente que la mejor vía para generar sanamente nuevos ingresos corrientes es la aceleración del crecimiento económico. Una caracterización de las reformas realizadas permite separar dos períodos: en 1985, cambios en materias macroeconómicas y reformas fiscal y comercial; en 1993 cambios de “segunda generación”, más intensivos en requerimientos institucionales, como privatización y regulación, sistema de pensiones, reforma educativa y descentralización (participación popular). En los últimos dos años, la política macroeconómica ha mantenido su orientación a promover el crecimiento preservando los equilibrios básicos, la estabilidad de precios y la competitividad internacional, no obstante que fenómenos climáticos y las crisis internacionales (en particular, la devaluación de Brasil a inicios de 1999) han afectado el crecimiento económico. El régimen cambiario boliviano consiste en una paridad móvil basada en una canasta de ocho monedas de los principales socios comerciales, ponderado por el flujo comercial con el país. La fijación de la paridad cambiaria ha operado a través de minidevaluaciones realizadas a través de intervenciones del Banco Central en el mercado cambiario mediante un mecanismo de subasta. En los últimos años, estas minidevaluaciones se aceleraron para compensar devaluaciones de los socios comerciales y preservar la competitividad, lo que se tradujo en una leve depreciación real de la moneda nacional. La política monetaria mantuvo un signo restrictivo con altas tasas de interés. Luego de una reducción importante a mediados de la década del noventa, el déficit público tendió a aumentar hacia fines de la misma, aunque fuertemente influido por un factor transitorio como la reforma del sistema de pensiones. Sin embargo, también es preciso considerar que al debilitarse el crecimiento también se redujo la recaudación tributaria y aduanera, aunque esta reducción fue compensada en 1999 por recursos de privatización considerados como ingreso corriente. A comienzos del 2000 el Gobierno propuso un Programa de Reactivación Económica para mejorar el financiamiento de la actividad productiva, financiar infraestructura y un plan de generación de empleos de emergencia. El programa ha tenido problemas por dos factores fundamentales: la baja respuesta del sector privado y el retraso en la aprobación de las leyes por parte del Congreso. Cabe destacar que la demanda interna fue afectada por la reducción del nivel de actividad del sector informal, como resultado de dos reformas estructurales, la erradicación de cocales y la reforma del sistema de aduanas. En este contexto, no existe en Bolivia una regla fiscal en sentido estricto. Sin embargo, las leyes 2041 y 2042 de Presupuesto General de la Nación para el año 2000 establecen varias restricciones que deben ser mencionadas. Las empresas públicas comprendidas en programas de privatización no podrán endeudarse adicionalmente a lo contemplado en el presupuesto ni externa ni - 39 - internamente sin la autorización previa y expresa del Ministerio de Hacienda. Tampoco podrán anticipar gastos. No existen reglas o criterios que limiten el monto del déficit público, con lo que éste pasa a ser un tema de política macroeconómica y, por tanto, discrecional del poder ejecutivo. Sin embargo, el régimen presupuestario si establece limitaciones explícitas al endeudamiento, al establecer: a) que el servicio de la deuda no podrá exceder el 20% de los ingresos corrientes recurrentes percibidos en la gestión presupuestaria anterior; b) que el valor presente de la deuda no podrá ser superior al 200% de los ingresos recurrentes del período anterior; y c) que no se puede contratar deuda no concesional sin autorización expresa del Ministerio de Hacienda. Los organismos públicos deben enviar información mensualmente al Ministerio de Hacienda, el cual deberá presentar los estados financieros de la Administración Central al Presidente de la República y al Congreso Nacional dentro de los 150 días siguientes al término del ejercicio fiscal. La Ley del Banco Central establece que dicho organismo “no podrá otorgar crédito al sector público ni contraer pasivos contingentes a favor del mismo”. Se establecen solo dos excepciones: situaciones de catástrofe o calamidad pública claramente tipificadas y necesidades transitorias de liquidez en el marco del programa monetario. En líneas generales, el sistema de gestión presupuestaria y fiscal boliviano otorga amplias facultades al Ministerio de Hacienda para definir, controlar y supervisar las materias financieras gubernamentales. Se establecen directrices de política fiscal que constituyen el marco para la actuación discrecional del Ministerio de Hacienda. Hasta el momento, este esquema de gestión de la política económica más bien discrecional ha sido bastante más exitoso que los aplicados por otros países de la región, al menos en materia de inflación e inversión extranjera. La adopción de reglas fiscales, en el sentido expuesto, debiera comenzar por considerar estos hechos y evaluar las debilidades del proceso para precisar la naturaleza, alcance y características de una eventual regla macrofiscal. b) Colombia Se acostumbra considerar a la economía colombiana como una de las de mejor gestión económica de la región. Incluso, en los ochenta, cuando el resto de los países multiplicaba esfuerzos para resolver el problema de la deuda externa, la economía colombiana mantenía niveles de endeudamiento bastante más manejables y nunca debió suspender el servicio de su deuda. Sin embargo, a inicios de esa misma década el país enfrentó simultáneamente una caída de los precios del café y, al igual que los demás, una reducción del financiamiento externo. Ello generó una recesión interna que, aunque menor a la de otros países, significó pasar de tasas de crecimiento del PIB de 4% en 1980 a otras del orden de 1% en 1982 y 1983. A partir de estos años la economía experimentó procesos de recuperación y crisis, casi siempre asociados a la evolución de las exportaciones de café, razón por la cuál la estrategia económica se orientó a la diversificación de la estructura de producción y de exportación. Ello fue posible gracias al fuerte incremento de la producción petrolera y carboniferá, que triplicó su participación, pasando estas exportaciones a constituir casi un 20% del PIB. - 40 - En el ámbito de los cambios estructurales, luego de varias reformas tributarias en los ochenta, a comienzos de los noventa se planteó un programa integral de reformas que incluyó, entre otras: liberalización comercial, liberación cambiaria y adopción de sistema de bandas, liberación de la cuenta de capitales y reforma institucional de la Administración Pública (independencia del Banco Central, descentralización, reformas tributarias, privatizaciones y concesiones). La reforma comercial permitió reducir costos de la actividad productiva al bajar el arancel promedio de importaciones (del orden de 40% a 11% en 1991), eliminar restricciones cuantitativas y sobretasas y armonizar la estructura arancelaria en el marco de diversos tratados bilaterales. La liberalización cambiaria y de la cuenta de capitales permitió ampliar las opciones de financiamiento de la actividad económica y de la inversión, promoviendo el ingreso de capitales extranjeros. La reforma del sector financiero permitió el ingreso de inversiones extranjeras en la banca nacional en un contexto de diversificación de operaciones e instrumentos tanto en moneda nacional como extranjera. El el ámbito de las finanzas públicas, la evolución del déficit público puede ser tipificada en dos períodos: entre 1984 y 1994 las cuentas fiscales se mantuvieron en equilibrio con variaciones no superiores a 2% del PIB, de allí en adelante el déficit tendió a crecer hasta alcanzar un 6% del PIB en 1999 y un 3,6% en el 2000. La tendencia a un progresivo incremento del déficit está asociada a diversos factores. En primer lugar, hacia fines de los ochenta el Gobierno inició un proceso de descentralización orientado no solo a generar autonomía financiera y operativa a nivel de las regiones sino fundamentalmente a fortalcerlas institucionalmente para combatir más eficientemente los fenómenos de la guerrilla y el narcotráfico. La aprobación de una nueva Constitución de la República en 1991, incluyó nuevas disposiciones legales que incrementaron las transferencias a las regiones. Segundo, entre las reformas constitucionales estuvo la creación de nuevas instituciones como la Fiscalía, con el consiguiente gasto adicional. Tercero, la reforma de la seguridad social también ha significado responsabilidades de gasto crecientes para el gobierno y posiblemente representa a futuro el principal factor de déficit. A estos factores se suma el uso creciente en la década de los noventa de mecanismos de garantías al sector privado para el desarrollo de proyectos de infraestructura, mecanismos que implican una acumulación adicional de pasivos contingentes por parte del Gobierno, cuyos efectos sobre la finanzas públicas en el mediano y largo plazo han sido escasamente estimados. Así, la expansión del gasto que ha resultado de las medidas mencionadas, ha producido una tendencia al aumento del desequilibrio fiscal en el período reciente. De déficits del Gobierno Nacional no superiores a 2 puntos del PIB entre 1985 y 1993, se pasa a partir de 1994 a una fase de deterioro creciente, que tuvo su máximo en 1999 con un 6% del PIB. Esta evolución fue acompañada por varias reformas tributarias, las primeras realizadas con propósito de racionalización y estímulo a la inversión extranjera y la actividad productiva en general; las segundas (a partir de 1995) con fines abiertamente recaudatorios. En la segunda mitad de la década, se fortalecieron también los mecanismos de regulación de servicios públicos en estrecha asociación con la intensificación de la privatización y las concesiones. Otra forma de interpretar los problemas de la economía colombiana a fines de los noventa puede ser atribuirlos, al menos parcialmente, al proceso de aprendizaje - 41 - institucional para manejar situaciones con criterios e instrumentos de una economía de mercado en un ambiente internacional inestable y globalizado. A finales de 1998, la crisis financiera internacional encontró a la economía colombiana inmersa en un proceso de transición hacia una economía abierta, con resultados importantes –hasta ese momento- en materia de inversión extranjera y diversificación de la actividad productiva pero también con un sector financiero y fiscal de evidente fragilidad. Al igual que en otros países latinoamericanos la política económica reaccionó inicialmente defendiendo la banda cambiaria mediante un incremento de tasas de interés. Esta combinación de política generó una desaceleración de la actividad económica y la crisis del sistema financiero. Al constatar los efectos de la política, las autoridades reaccionaron aliviando el nivel de las tasas de interés nominales y posteriormente la devaluación del tipo de cambio y luego el abandono del régimen de banda cambiaria y la adopción de uno de flotación. Esto, combinado con la cuantiosa ayuda externa multilateral y el acuerdo con el FMI contribuyó a paliar la situación, no obstante lo cuál el PIB cayó en un 4,5% y el déficit público alcanzó el 6% del PIB, mientras el desempleo abierto llegaba al 20%. En el 2000, las dos primeras variables se recuperaron de manera apreciable pero el desempleo continuó en el mismo orden de magnitud. Ello se explica por el rol de las expectativas. La reversión de una política contractiva no garantiza en absoluto que la economía crea automáticamente en la nueva política sino que reacciona con cautela ante la posibilidad de nuevos cambios, retrasando la recuperación de la inversión y el empleo.20 En este contexto, el tercer elemento macroeconómico es la política fiscal. El déficit público de 1999 refleja, en lo fundamental, la caida de los ingresos tributarios derivada del ciclo económico y la rigidez institucional del gasto. Ello, paradójicamnete jugo un rol estabilizador de la economía pues si se hubiera reducido el gasto público de manera sustantiva, la recesión habría sido aún mayor. En presencia de tasas de inflación bajas, la generación de un déficit público temporal no necesariamente es negativa. Por el contrario, si se interpreta el déficit como causa del problema y se aumentan los impuestos y/o se reducen gastos sin mayor selectividad, la recesión aumentará y la posterior reactivación será aún más lenta, siendo más dificil combatir las expectativas formadas por la política fiscal restriciva. En el caso colombiano, esto no sucedió y la recuperación del 2.000 ha sido significativa. La emergencia de la recesión y la necesidad de ordenar la evolución de las finanzas públicas en un contexto altamente descentralizado, motivo la aprobación de una nueva Ley 617 de octubre del 2.000 orientada a dictar normas para racionalizar el gasto público y fortalecer la descentralización. Aunque en Colombia no se han adoptado reglas fiscales explícitas al estilo peruano o argentino, esta normativa representa una serie de restricciones autoimpuestas que pueden hacer las veces de dicho instrumento, aunque con algunas diferencias como la delimitación de su plazo de vigencia. En el recuadro 1 se presenta un resumen de la normativa mencionada. Su propósito es lograr que los diversos entes descentralizados financien sus gastos de operación con recursos efectivamente libres, incluyendo al menos parcialmente ciertos 20 En estos aspectos, los casos de Chile y Colombia son análogos por tratarse de economías con “grado de inversión” (es decir, bien manejadas) que por una reacción inicial a la crisis externa focalizada en la elevación de tasas de interés (para defender bandas cambiarias) terminaron provocando una crisis interna de la cuál aún están tratando de salir, para lo cuál debieron adoptar esquemas de flotación del tipo de cambio, es decir, abandonar el uso del tipo de cambio como “ancla” de precios. - 42 - gastos de inversión. Esto garantiza que todos los recursos preasignados a determinados programas de gasto y/o inversión en sectores como salud, educación y seguridad social sean efectivamente asignados a dichos fines. La regla establece, que los gastos deberán adecuarse al límite de ingresos de la entidad de acuerdo a la normativa establecida en la ley. Se establece, además, un límite al nuevo endeudamiento de los gobiernos territoriales. Para el nivel nacional se establece una regla por cinco años para las compras gubernamentales y los gastos de personal, cuyo crecimiento se asocia a la inflación esperada, en una proporción de 50% en el primer caso y 90% en el segundo. Al cabo de cinco años, los gastos de personal no podrán crecer en términos reales. En ambos casos, el gasto deberá crecer menos que la inflación constituyendo una medida de austeridad fiscal que implica una reducción en términos reales que debe contribuir, en el mediano plazo, a lograr el equilibrio de las cuentas del Gobierno Nacional. Esto conlleva, de manera implícita la intención de lograr un equilibrio estructural del presupuesto a mediano plazo. La intención de la normativa expuesta es clara. Lo que no es tan seguro es la posibilidad real de cumplimiento dado el grado de complejidad de la reglamentación y la naturaleza y magnitud de los controles requeridos. Sin embargo, una característica de la estructura institucional colombiana es lo abundante y, muchas veces, detallado de sus leyes, reglamentos y ordenanzas sin que ello pueda ser señalado como un factor negativo sino más bien una necesidad derivada de las realidades estructurales específicas del país. Desde fines del 2000 se discute una Ley de Responsabilidad Fiscal que establece modificaciones a la legislación precedente y un conjunto de reglas que intentan simplificar y hacer más operativa la búsqueda de disciplina y transparencia fiscal. Los principales aspectos que están siendo sometidos a consideración se resumen a continuación. El déficit del sector público financiero (SPNF) no podrá exceder de 3% del PIB El resultado fiscal promedio del SPNF en cuatro períodos fiscales no podrá ser superior a 2% del PIB. Este promedio podrá ser negativo solo hasta el 2.005, estableciéndose un cronograma de reducción progresiva para los años intermedios que va desde 4% del PIB en el 2.001 hasta 1% del PIB en el 2.005. El ahorro primario de la Nación y la Seguridad Social (ingresos corrientes – gastos corrientes) no podrá ser negativo para cuatro períodos fiscales en un porcentaje superior al 2%. La deuda total del gobierno nacional más la deuda garantizada, no podrá exceder el 40% del PIB. Se establecen, además, un conjunto de medidas de contingencia y un informe anual de perspectivas fiscales, como parte de las reglas de transparencia y coherencia fiscal y macroeconómica, incluyendo restricciones al financiamiento de los gobiernos territoriales y nuevas reglas de distribución de los fondos. Se aspira que esta Ley entre en vigencia durante el año 2001. c) Ecuador La historia reciente de Ecuador está ligada al petróleo y a la exportación de cultivos agrícolas tradicionales, principalmente el banano. Como en la mayoría de los países petroleros, el sector público ha jugado y sigue jugando un rol económico - 43 - fundamental marcado por los vaivenes del mercado petrolero internacional. Así, la inestabilidad de los setenta y los ochenta se transmitió a la economía ecuatoriana a través de las políticas expansivas en períodos de auge petrolero con endeudamiento externo y recesión en etapas de baja. Luego de sufrir con inestabilidad y recesión la crisis de la deuda en los ochenta y los vaivenes del mercado petrolero, en los noventa el país inició una serie de reformas estructurales orientadas a mejorar la competitividad y racionalizar las finanzas públicas. La estrategia de liberalización comercial obtuvo resultados expresados en el aumento y la diversificación de las exportaciones, cuyo componente no petrolero pasó de un 48% en 1990 a un 78% en 1999. Por otra parte, la modernización del Estado se concentró en la aprobación de diversas leyes incluyendo una reforma constitucional hacia fines de la década. Dichas leyes proporcionaron, en líneas generales, un marco bastante apropiado para lograr el objetivo de modernización y desarrollo institucional del Estado. El principal problema es el carácter más bien normativo de los cambios y su escasa transmisión al plano de la gerencia y las organizaciones públicas. En el plano de las finanzas públicas, la condición de país petrolero se expresa en una estructura tributaria débil y el subsidio fiscal a muchos precios y tarifas públicas. En este contexto, los gobiernos y el poder legislativo han intentado reducir la discrecionalidad e incrementar la trasnparencia del destino de los ingresos fiscales a través de su preasignación en el proceso presupuestario. Con ello la política fiscal se hace sumamente rígida y no se resuelve el problema de la transparencia ni de la discrecionalidad, solo se traslada a la lucha de fracciones políticas y grupos de presión a nivel de los poderes públicos. Luego de varios experimentos de reforma macroeconómica (con resultados inferiores a las expectativas de crecimiento), hacia fines de los noventa la conjunción de factores internos (como la rigidez de la política fiscal) y externos (corriente “El Niño”, crisis asiática, caída de precios petroleros) se tradujo en una crisis externa, fiscal y bancaria de grandes magnitudes cuya contraparte real se expresa en hiperinflación y estancamiento de la actividad económica. En 1999, el PIB cayó más del 7% y la inflación superó el 60%, la más alta de la región. La inversión privada practicamente desapareció, cayendo un 35% y la fuga de capitales alcanzó niveles inéditos a lo que se agregó la salida de personas al exterior. El déficit público se situó en un 7%, como resultado del costo cuasifiscal de la ayuda a la banca por parte del Banco Central, el incremento del servicio de la deuda externa derivado de la devaluación, la reducción de la base tributaria, como consecuencia de la recesión y el congelamiento de los precios de los combustibles. A mediados del 99 no fue posible continuar el servicio de la deuda externa, incluyendo los Bonos Brady. A esto se agregó el colapso del sistema bancario, que terminó estatizado en más del 60% significando un costo fiscal superior a los 1.000 millones de dólares. Ante esta situación el esquema de bandas cambiarias fue reemplazado por la flotación de la moneda, con lo que el mercado financiero interno recibió el golpe de gracia ya que la política de altas tasas de interés no solo fue insuficiente para contener la crisis sino que contribuyó al colapso de la banca y del tipo de cambio. La pérdida de confianza en el sistema financiero se tradujo en una dolarización de facto, más de dos tercios de los depósitos y 75% de la deuda empresarial se denominaron en dólares. Como resultado, el sucre se depreció casi en un 200% en 1999. Las medidas tributarias 1998-1999 contribuyeron a generar más inestabilidad y a confundir a los agentes económicos. Primero se aprobó un impuesto a la circulación de capitales (ICC) y se eliminó el impuesto sobre la renta, poco después se aplicaron sobretasas a las importaciones y, en el mismo año, se reintrodujo el impuesto a la renta, - 44 - se eliminaron algunas excenciones al IVA y se fijaron impuestos al patrimonio y los automóviles solo por ese año (1999). Los efectos de los cambios tributarios no alcanzaron a manifestarse en el incremento de los ingresos tributarios pero si se manifestaron en el aumento de la desconfianza general sobre el rumbo económico del país. La estrategia para salir de la crisis no pudo ser más audaz: dolarización acompañada de reformas estructurales, entre las cuales ocupa un lugar de primer orden el intento de imponer una disciplina fiscal basada en reglas macrofiscales. A comienzos del 2000 se aprobó la Ley de Transformación Económica, denominada “ley trolley bus” por la cantidad de temas que abarca. En ella se establecieron los principios y reglas no solo de la dolarización sino de las reformas complementarias. En el ámbito fiscal se intentó rescatar principios de disciplina y consistencia con objetivos de mediano plazo, en el entendido de que la medida de dolarización no solo incentiva la disciplina fiscal sino que la requiere. En efecto, la dolarización restringe el uso de la política monetaria, de manera que la política fiscal debe ser potenciada como instrumento de estabilización y generación de confianza en el sistema. El nuevo esquema económico estableció por ley cuatro condiciones a ser satisfechas por el fisco (ver recuadro 2 del Anexo): 1. Limitación del déficit público a no más de un 2,5% del PIB y una progresión del gasto corriente no mayor 1,05 veces la inflación del año anterior. El Congreso no estará autorizado para alterar las estimaciones de ingreso y gasto. 2. Solvencia intertemporal, de manera que el presupuesto promedio en un período de tres años debe ser equilibrado. 3. Transparencia, para lo cuál el ejecutivo deberá presentar una rendición de cuentas semestral de la ejecución presupuestaria, incluyendo regiones y sectores. 4. Fondo de Estabilización Petrolera, cuya creación busca asegurar la estabilidad fiscal a lo largo del ciclo generado por variaciones en los precios petroleros, reteniendo al menos el 45% de los ingresos petroleros excedentarios en relación al cálculo presupuestario. e) Perú En la década de los noventa, se realizaron en el Perú importantes reformas que permitieron dejar atrás la hiperinflación, los altos déficits públicos y la turbulencia económica de los ochenta. Desde 1990, el principal objetivo del gobierno ha sido la creación de un clima económico y político compatible con la creación y desarrollo de negocios por parte del sector privado. En lo económico, esto implicó establecer bases más sólidas en el terreno fiscal y monetario. En lo político, significó la reducción de la actividad terrorista y la conclusión del acuerdo de paz con Ecuador, además de otros acuerdos con países vecinos. El cambio en la estrategia económica estuvo acompañado por la redefinición del rol del Estado. Así, la Constitución de 1993 alentaba decididamente la iniciativa privada. Hacia fines de la década, el Estado peruano se había desprendido de la mayoría de las empresas que se encotraban en manos estatales. Todas las empresas del sector pesquero y financiero, más de dos tercios de las propiedades estatales en los sectores minero, petrolero y telecomunicaciones fueron privatizadas. La generación y distribución - 45 - de electricidad y la construcción y administración de caminos, puertos, ferrocarriles y aeropuertos están en proceso o ya han sido transferidas en concesión al sector privado. El cambio no ha sido nada fácil. El programa de estabilización iniciado en 1990 fue severo y el ingreso per cápita cayó a su nivel más bajo en los años 1990-1992. Sin embargo, desde entonces creció sostenidamente, con problemas solo hacia fines de la década. La reestructuración no fue solo en el sector público, también las empresas privadas debieron realizar cambios importantes para adecuarse a las nuevas reglas de juego. Como resultado, la tasa de crecmiento del PIB se aceleró, la inflación bajó y la inversión extranjera se fortaleció hasta convertir al Perú en uno de los principales receptores de inversiones a nivel mundial (UNCTAD, 1999). Las reformas estructurales abarcaron diversos ámbitos: liberalización comercial, apertura del mercado de capitales y liberalización financiera, reforma fiscal, reforma laboral, reforma del sistema de pensiones, reformas en educación y salud, regulación de servicios públicos. Esto se enmarcó en un ambiente de políticas macroeconómicas basado en una política monetaria orientada a bajar la inflación controlando la emisión monetaria, una política de flotación “sucia” ajustada a la meta anterior y orientada a estabilizar el tipo de cambio en una perspectiva estructural (al menos hasta finales de 1997, cuando la devaluación se aceleró por encima de la inflación) y una política fiscal de racionalización de ingresos y gastos, pasando por la eliminación inicial de las operaciones cuasifiscales vía Banco Central. El modelo de desarrollo se basó en estimular inversiones en sectores exportadores vía privatización y desregulación, de manera que al cabo de algunos años la oferta interna de divisas se vería incrementada, reduciendo presiones sobre el tipo de cambio estructural. En el ámbito fiscal, la reforma tributaria incluyó la derogación masiva de impuestos y la conformación de una estructura base constituída por siete impuestos (entre ellos, Renta, IVA, Impuesto Selectivo al Consumo y aranceles) con un organismo de administración fortalecido e independiente (Superientendencia Nacional de Administración Tributaria) y una marcada orientación a la simplificación del sistema. Ello se tradujo en un incremento de la recaudación y de la base de tributación, además del mejoramiento consiguiente de la imagen institucional antes fuertemente deteriorada. En relación al gasto corriente, luego de una reducción en los primeros años de la década (de 15% del PIB en 1990 a 10% en 1991), posteriormente ha mantenido un incremento suave pero sostenido, llegando a 13% del PIB en 1999. La coyuntura 1998-1999 planteó un cambio en el proceso de reformas y gestión macroeconómica anterior. Los factores climáticos (“El Niño”) y externos (crisis asiática, crisis ecuatoriana, devaluación en Brasil) se combinaron con elementos políticos internos para conformar un escenario complejo caracterizado por un incremento del déficit público, una mayor depreciación del tipo de cambio y un debilitamiento del proceso privatizador de los años precedentes (este generó apenas 300 millones de dólares en lugar de los 800 millones previstos). En 1998, la interrupción de los flujos de capitales externos de corto plazo y la caída de los términos de intercambio de las exportaciones provocaron una crisis de liquidez financiera y una recesión interna, que fueron afrontadas mediante la flexibilización de la política macroeconómica expresada en un aumento del déficit público, la citada depreciación cambiaria y una política monetaria orientada a restablecer la liquidez del sistema financiero. El incremento del déficit público se financió principalmente con depósitos del gobierno en el sistema financiero, producto de privatizaciones anteriores. Ello permitió incrementar el gasto de inversión para apoyo a áreas devastadas por desastres naturales y los gastos por concepto de remuneraciones. Posteriormente, en el 2000, el - 46 - ciclo político pasó a dominar la escena, no obstante lo cuál la economía continuó creciendo con baja inflación aunque con desempleo creciente. El hecho más importante en materia de reforma de las finanzas públicas fue la aprobación de la Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal en diciembre 1999 (Ver recuadro 3 del Anexo). Allí se fijó un límite annual al déficit fiscal y al incremento del endeudamiento público (1% en ambos casos). Se incluyen restricciones adicionales en años electorales. El incremento del gasto primario real no debe sobrepasar el 2% anual, lo que implica un superávit fiscal a mediano plazo. Establece también un Fondo de Estabilización Fiscal, financiado con excedentes de los ingresos públicos corrientes, 75% de los ingresos netos por concepto de privatizaciones y el 50% de los generados por concesiones. El FEF tiene un límite superior de 3& del PIB y su objetivo es atenuar las variaciones coyunturales de los ingresos públicos. Para mayor transparencia de la política fiscal, el Ministerio de Finanzas presentará un Marco Macroeconómico Plurianual para períodos de tres años, así como un informe semestral de cumplimiento de la ejecución. e) Venezuela La política fiscal venezolana ha estado tradicionalmente vinculada al ingreso petrolero y, en este contexto, se basó en una regla simple: el gobierno “gasta lo que gana”. Esta regla no escrita fue durante muchos años, principalmente las décadas sesenta y setenta, el criterio central de las finanzas públicas, asociando el gasto al ingreso petrolero y los demás impuestos. Si suben los ingresos el gasto puede aumentar, si bajan debe ser reducido. Como los ingresos son prácticamente exógenos, la flexibilidad presupuestaria viene por el lado del gasto. El endeudamiento debe ser evitado en la medida de lo posible, salvo programas de inversión muy justificados. Mientras los ingresos petroleros fueron estables, la regla funcionó de manera más o menos apropiada. Así, hasta mediados de los setenta el país no presentaba problemas fiscales ni de deuda pública siendo una economía de alto crecimiento con baja inflación y equilibrio externo. Tres factores se unieron para cambiar esta evolución. El primero, y el más importante, es que a partir de 1973 el ingreso petrolero inició una era de inestabilidad que aún hoy en día continúa, alternando períodos de auge con otros de baja pronunciada. El segundo fue la ruptura del sistema de cambio fijo a partir de 1982, que introduce la devaluación como fuente de ingreso fiscal –equivalente a un impuesto indirecto- en la medida que el fisco es el principal exportador. El tercero, es la rigidez a la baja de los gastos corrientes y de inversión decretados en lo períodos de auge de ingresos petroleros, con el agravante de que en los períodos de precios bajos son más prolongados que los primeros. Como consecuencia, en los ochenta y los noventa las finanzas públicas venezolanas fueron casi permanentemente deficitarias e inestables, generando inflación y estancamiento de la actividad económica. El sobredimensionamiento del sector público, asociado a los períodos de altos ingresos, tuvo como contraparte el deterioro de los servicios públicos (como forma de adecuarse a la caída de los ingresos) y un endeudamiento público creciente expresado de dos maneras: como deuda convencional y como atraso en los pagos de servicios y compromisos del gobierno. Esto significó, en la práctica, la ruptura de la regla tradicional de equilibrio fiscal. La política fiscal, en este contexto, jugó un rol fuertemente procíclico, apoyado además por la escasez relativa de ingresos tributarios no petroleros en un ambiente poco habituado a pagar impuestos. - 47 - Después de prolongadas e intensas discusiones, hacia fines de los noventa se aprobó la creación de un Fondo de Estabilización Macroeconómica con el objeto de represar los recursos excedentarios en períodos de auge y estabilizar el financiamiento del gasto en épocas de baja. Inicialmente, el Fondo debía recibir los ingresos petroleros excedentarios cuando el precio superara el promedio móvild e los cinco años anteriores. En 1999, poco después de su creación, se modificó la Ley, transformándolo en Fondo de Inversiones y Estabilización Macroeconómica. Las nuevas reglas, vigentes hasta el 2004, establecieron una acumulación de recursos equivalente a la mitad de los mismos por encima de un nivel referencial calculado a un precio de 9 dólares por barril, una vez descontado el aporte al también creado recientemente, Fondo de Rescate de la Deuda. Este recibiría el 30% del exceso de ingresos fiscales en concepto de impuesto petrolero por encima de lo presupuestado, cuando el servicio annual de la deuda superara el 20% de los ingresos ordinarios. El ejecutivo podrá gastar los recursos del FIEM por decisión presidencial. En septiembre del 2000 se promulgó la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público con el objeto de “regular la administración financiera, el sistema de control interno del sector público y los aspectos referidos a la coordinación macroeconómica, al FIEM y al Fondo de Ahorro Intergeneracional” (Art. 1). Dicha Ley estableció el “marco plurianual del presupuesto” y un conjunto de normas que pueden ser consideradas como reglas macrofiscales, aunque no hayan sido explícitamente expuestas en esa forma. El marco plurianual que debe operar a partir del 2001, establecerá los límites máximos de gasto y deuda para un período de tres años, incluyendo indicadores de gestión y “reglas de disciplina fiscal que permitan asegurar la solvencia y sotenibilidad fiscal y equilibrar la gestión financiera nacional en dicho período de manera que los ingresos ordinarios sean suficientes para cubrir los gastos ordinarios” (Art. 25). Ver recuadro adjunto para mayores detalles. En este marco, los presupuestos anuales anuales “deben mostrar equilibrio entre el total de las cantidades autorizadas para gastos y aplicaciones financieras y el total de las cantidades estimadas como ingresos y fuentes financieras” (Art. 16). En otros términos, se libera formalmente el presupuesto annual de la regla tradicional de equilibrio corriente, cosa que en la práctica venía sucediendo desde hace varios períodos, para sustituirla por una regla de equilibrio global cuya verdadera restriccción opera en el marco del presupuesto trianual, donde sí se establece la obligación de equilibrio entre ingresos y gastos corrientes. Esto alivia el manejo presupuestario anual ampliando su horizonte de financiamiento a tres años. Por otra parte, se está admitiendo el financiamiento de los gastos de capital sujeto a la restricción de que el servicio de la deuda sea compatible con la regla de equilibrio corriente (ver recuadro 4 del Anexo). Para apoyar la estabilidad, la transparencia y el control de la política fiscal se introducen: a) la formalización de un convenio anual entre el Ejecutivo Nacional y el Banco Central para la armonización de políticas en el ejercicio presupuestario, especificando objetivos de crecimiento, balance externo e inflación, así como los resultados esperados y las responsabilidades de los respectivos organismos; b) la organización por el Ministerio de Finanzas de una Oficina de Estadísticas de las Finanzas Públicas, de acuerdo a las normas del Instituto Nacional de Estadísticas; b) la creación de la Superintendencia Nacional de Auditoría Interna, integrada a la Vicepresidencia de la República con autonomía funcional y administrativa. - 48 - La misma Ley tipificó los lineamientos de operación del FIEM y propuso la creación del Fondo de Ahorro Intergeneracional (FAI) de acuerdo con los siguientes criterios (Arts. 150-158). El FIEM será un fondo financiero de inversión sin personalidad jurídica, tendrá por objeto garantizar la estabilidad de los gastos a nivel nacional, regional y municipal, frente a lo fluctuaciones de los ingresos ordinarios y se regirá por las disposiciones de esta Ley y de la ley que regule su funcionamiento. La Ley del Fondo de Estabilización Macroeconómica determinará los recursos que se destinarán al mismo a nivel nacional, estadal y municipal y establecerá las reglas eficiencia, equidad y no discriminación entre las entidades que aporten recursos al mismo. En todo caso, la República Macroeconómica los siguientes recursos: transferirá al Fondo de Estabilización 1. Un porcentaje del ingreso ordinario petrolero adicional, calculado después de deducida la porción que deba aplicarse para subsanar, razonablemente, la brecha entre el ingreso ordinario no petrolero efectivamente percibido y el presupuestado inicialmente para cada ejercicio, sin menoscabo de las medidas de ajuste que se impongan. La ley especial del Fondo establecerá los parámetros para el cálculo de los ingresos adicionales petroleros. 2. Los ingresos netos provenientes de la privatización de bienes, empresas o servicios propiedad de la República 3. Los demás que determine la ley. Los aportes provenientes de ingresos ordinarios se determinarán una vez deducidas las preasignaciones de estos ingresos establecidas en la Constitución para los estados y el Poder Judicial. Las transferencias que efectúe el Fondo de Estabilización Macroeconómica durante un determinado ejercicio presupuestario no podrán ser superiores a un cincuenta por ciento del saldo de dicho Fondo para el cierre del ejercicio presupuestario inmediatamente anterior Así mismo, los aportes que efectue a un determinado ente no excederán del monto necesario para cubrir la correspondiente diferencia de ingresos Cuando el monto de los recursos del Fondo de Estabilización Macroeconómica exceda del setenta por ciento del monto equivalente al promedio del producto de las exportaciones petroleras de los últimos tres años, el excelente será destinado al Fondo de Ahorro Intergeneracional. Sin embargo, cuando las condiciones de los mercados financieros lo permitan, y de acuerdo con un programa de reestructuración de deuda pública, parte de ese excedente podrá ser utilizado en operaciones de compra o refinanciamiento de deuda pública externa e interna legalmente contraída. El Fondo de Ahorro intergeneracional a largo plazo será destinado a garantizar la sostenibilidad intergeneracional las políticas públicas de desarrollo, especialmente la intervención real reproductiva, la educación y la salud, así como a promover y sostener la competitividad de las actividades productivas no petroleras. El Fondo de Ahorro Intergeneracional se consitituirá e incrementará con la proporción de ingresos petroleros que la ley determine. Dicho Fondo tendrá un lapso de no disponibilidad no menor de veinte años contados a partir de su constitución efectiva. Durante este lapso, se tomará en consideración para el cálculo del aporte aquellas inversiones que tengan características intergeneracionales y que se realicen en cada ejercicio presupuestario. Transcurrido este lapso, el monto acumulado en el Fondo y - 49 - sus rendimientos podrán ser utilizados en inversiones reproductivas, salud y educación, de acuerdo a las disposiciones que establezca la ley de creación. Los recursos del Fondo de Ahorro Intergeneracional sólo podrán ser invertidos en portafolios diversificados, en activos de máxima calificación crediticia, en un contexto de inversión de largo plazo y con criterios de optimización que garanticen la mayor transparencia y seguridad del retorno de la inversión. en las condiciones que establezca la ley. Sin embargo, los rendimientos de este Fondo, apropiadamente contabilizados, podrán quedar sujetos a reglas y condiciones de, desacumulación distintas de las establecidas para el capital y podrán ser destinados a fines específicos de inversión reproductiva o dotación de obras y servicios básicos. Los recursos del Fondo de Ahorro Intergeneracional o sus rendimientos no podrán ser aplicados a la adquisición de instrumentos de endeudamiento de entidades públicas nacionales, ni a garantizar obligaciones de las mismas. 4. Reflexiones finales Los plante amientos precedentes dan cuenta de los esfuerzos que han venido realizando varios países para equilibrar sus cuentas fiscales y mantener una disciplina adecuada en las diferentes fases del ciclo económico. En particular los casos de la Comunidad Europea y el Reino Unido muestran el se manejan los temas comunitarios y nacionales en el bloque que más ha desarrollado el tema de la armonización y covergencia de políticas. En América Latina parece ocasión propicia para plantear estrategias de más largo aliento que dejen atrás los conflictos coyunturales. A pesar de los avances en materia de programación presupuestaria, y habida cuenta de las crónicas dificultades de financiamiento del sector público, las reglas de política fiscal tienden aún a privilegiar metas de corto plazo, que no sobrepasan el ciclo presupuestario y que no incorporan cláusulas que permitan integrar las situaciones imprevistas que se producen de manera recurrente. En algunos casos, se establecen metas cuantificadas por ley, lo que elimina la posibilidad de la plena operación de los estabilizadores automáticos y por lo tanto no contempla los efectos del ciclo sobre el presupuesto. No puede existir sanción social o externa al desempeño presupuestario por cambios en variables exógenas al sector público. Lo adecuado es incorporar en la propia programación cálculos conservadores, o en su defecto contemplar mecanismos explícitos de desviación. No se puede calificar como una gestión eficiente a un esquema, tan común en nuestra región, en el que se producen ajustes continuos de gasto por desviaciones en relación a metas trimestrales de saldo difíciles de cumplir. En algunos países se plantea en la ley que la tasa real de incremento del gasto público primario no podrá superar la tasa de aumento real del PIB. Cuando la tasa real de variación del PIB sea negativa el gasto primario podrá a lo sumo permanecer constante en moneda corriente. Dado el entorno incierto en que se desenvuelven las finanzas públicas, este tipo de normas parece excesivamente rígida. Por un lado, no se pondera adecuadamente el principio de estabilidad, en la medida que se elimina la capacidad de reacción de las autoridades ante situaciones recesivas (por ejemplo con programas extraordinarios de empleos de emergencia). Por otro lado, establece un techo poco realista de crecimiento del gasto, al establecerse sobre el PIB efectivo (conocido ex-post) y no sobre el PIB potencial (definido ex-ante). Parece más adecuado - 50 - establecer criterios de crecimiento del gasto primario a partir del PIB potencial, eliminando así los efectos no deseados de las fluctuaciones cíclicas sobre la programación y la ejecución del gasto e introduciendo un significativo componente anticíclico. Las normas de gasto no están sin embargo exentas de riesgos, por cuanto el tamaño del sector público tiene determinantes que no están directamente bajo el control de las autoridades. La vulnerabilidad externa puede empujar hacia un mayor peso del sector público en la economía en las etapas de transición, por lo que programar de manera mecánica el gasto primario sin considerar estos mecanismos puede ser difícil de lograr. En otros casos, se plantea una regla de superávit estructural, cuando no parece necesario que el criterio de disciplina fiscal se sitúe más allá del equilibrio en el ciclo. Por cierto, establecer criterios de mediano plazo es un gran avance en el manejo de las finanzas públicas. Pero buscar un superávit estructural, cuando no existe endeudamiento excesivo, parece más una sobrereacción frente a mercados siempre insatisfechos que una norma que se ciña a criterios de neutralidad fiscal y de estabilidad macroeconómica. Las nuevas estrategias de política fiscal plantean dos aspectos clave: el diseño de reglas fiscales para asegurar el control y la credibilidad de las finanzas públicas a mediano plazo; y un nuevo régimen de planificación presupuestaria, basado en la asignación plurianual de los recursos. Estos dos pilares son inseparables para la gestión pública; el primero (las reglas fiscales) le otorga factibilidad técnica al segundo (la programación plurianual) al establecer normas independientes del ciclo macroeconómico, y el segundo otorga mejores incentivos a las agencias para manejar de manera más eficiente sus presupuestos y contribuir así al cumplimiento de las metas a lo largo del ciclo. Además del papel de los estabilizadores automáticos tradicionales, una programación plurianual del presupuesto de gastos menos sensible a las fluctuaciones coyunturales acentúa el impacto estabilizador de las finanzas públicas en el ciclo incorporando la figura de los fondos de estabilización fiscal bajo diversas formas. Como se afirma en CEPAL (2000): “el manejo del gasto público debe regirse por claros criterios de sostenibilidad de largo plazo, especialmente en el caso del gasto de funcionamiento. Su principal componente anticíclico deben ser los gastos asociados a los sistemas de protección social. Por lo tanto, las redes de protección y los fondos de estabilización de ingresos públicos, deberían ser los instrumentos básicos de manejo anticíclico de las finanzas públicas a lo largo del ciclo económico”. La regla para el manejo de la política fiscal no puede ser el déficit, sino su componente discrecional. El concepto de déficit estructural es difícil de definir, lo que incita a adoptar criterios de mediano plazo. La norma no puede tener un contenido anual, y debe además reservar un margen de maniobra para afrontar imprevistos. La regla de política fiscal está intrínsecamente vinculada a la eficiencia y eficacia de las políticas públicas; no se puede pensar en impactos significativos con vaivenes coyunturales y problemas frecuentes de prueba y error en los programas. Si se quiere establecer programas y políticas públicas con algún grado de permanencia en el tiempo, no es posible supeditar el gasto a un manejo de corto plazo sujeto a tantas incertidumbres. Los estabilizadores automáticos deben ser definidos en su sentido estricto, es decir como un mecanismo simétrico, que opera en ambas fases del ciclo. Es por ello que, más que definir el ciclo con exactitud, es conveniente reconocer la existencia del - 51 - estrecho vínculo entre ingresos y gastos públicos y nivel de actividad, aceptando un cierto déficit en circunstancias excepcionales, pero acotándolo a un límite máximo. Se asegura de esta manera sostenibilidad intertemporal, y se mantiene al mismo tiempo la flexibilidad suficiente para enfrentar situaciones recesivas. No parece conveniente fijar criterios numéricos anuales de saldo estrictos, sino rangos que aseguren el respeto a los principios básicos de conducció. La realidad induce a mantener cierta discrecionalidad para intervenir en un entorno incierto. En algunos casos, la sola operación de los estabilizadores automáticos puede ser insuficiente, debido a la debilidad de los mecanismos institucionales de protección social en América Latina, y puede ser necesario aumentar discrecionalmente el empleo público o las transferencias. Por esto, no parece adecuado establecer por ley metas estrictas de gasto primario, pues su nivel va a depender de la magnitud de las fluctuaciones del PIB y del desempleo, y es peligroso atarse de manos cuando la situación requiere de acciones discrecionales. Los mecanismos deben ser transitorios para no poner en peligro lo logrado, y además contar con el consenso político suficiente en situaciones de excesivo desempleo. En tales casos, la política fiscal, más que estimular la oferta reduciendo impuestos, debería buscar mecanismos de ampliación de la demanda, mediante el gasto en inversión pública o incentivos a la inversión privada en los sectores de infraestructura y vivienda. El desafío es desarrollar instrumentos que orienten el proceso presupuestario hacia un esquema de disciplina y flexibilidad, en que se identifiquen con claridad los factores transitorios y se asegure una conducción consistente con el ineludible pacto fiscal que requieren nuestras sociedades. El criterio básico es obtener un presupuesto equilibrado en condiciones normales, lo que equivale a programar los gastos e ingresos con una visión de mediano plazo en el manejo de las finanzas públicas. Con economías tan volátiles como las de América Latina, el sector público no puede convertirse en caja de resonancia de las fluctuaciones de corto plazo. La combinación de disciplina con flexibilidad es posible sólo en la medida en que exista transparencia y mecanismos claros de rendición de cuentas. En muchos países, la combinación de metas de mediano plazo explícitas (situación cercana al equilibrio o superávit en condiciones normales en la zona euro, equilibrio en cuenta corriente en el ciclo y deuda pública estable en el Reino Unido) y de una programación plurianual presupuestaria que define la trayectoria para acometer esos objetivos, permite apreciar mejor la situación de las finanzas públicas y su orientación. En un entorno dominado por desequilibrios y conflictos emergentes y variados, se trata de construir nuevas estructuras institucionales, con esquemas orientados a internalizar lo más posible externalidades positivas y negativas a través de reglas, procedimientos y protocolos de excepción. No se trata de decretar credibilidad por ley, sino de desarrollar estrategias de largo aliento comprometidas con la responsabilidad, la estabilidad y el crecimiento. - 52 - IV. Propuesta para la convergencia fiscal en la Comunidad Andina El desarrollo de la propuesta se hará en XX partes. Primero se recogen los elementos de diagnóstico, muchos de ellos planteados en capítulos anteriores, que constituyen el punto de partida del proceso de convergencia. Segundo, propone un conjunto de elementos para conformar una visión compartida del futuro. Tercero, se plantean las bases para el diseño de una propuesta comunitaria. 1. Integración y finanzas públicas : el punto de partida En la última década, la dinámica de las economías comunitarias ha estado sometida a fuertes tensiones, en un ambiente interno y externo inestable e impredecible. Tanto la economía mundial como las economías nacionales están desarrollando nuevas instituciones y organizaciones más acordes con la globalización y el cambio tecnológico. A continuación se presentan algunos indicadores que reflejan tanto la evolución como las tensiones, contribuyendo a conformar las bases del proceso de convergencia fiscal. Un primer aspecto a destacar es el cambio de patrón en la relación crecimiento e inflación. Por una parte, la tendencia generalizada es a la baja de los índices de inflación. Por otra, el crecimiento ya no genera inflación y, lo que es aún más destacable, la recesión tampoco va acompañada de mayor inflación. En Colombia y Bolivia, por ejemplo, la menor dinámica del crecimiento de los últimos años estuvo acompañada de un debilitamiento de las presiones inflacionarias. Los gráficos 1 y 2 muestran este comportamiento. El resto de la región presenta comportamientos similares, con la excepción de Ecuador y Venezuela. Además de su condición de países petroleros, no es casualidad que ambos presenten los indices más bajos en materia de reformas estructurales y particularmente en lo relativo a modernización de la gestión pública. Sin embargo, la evolución reciente de Ecuador parece indicar una firme decisión de cambio. En el caso venezolano, el efecto de la bonanza petrolera es aún más marcado y, hasta ahora, los cambios se han concentrado en la legislación (cosa que ya sucedió, entre otros en Ecuador, con escasos resultados). La tradición, que no tiene porque ser inamovible, indica que el auge petrolero coincide con la postergación de las reformas y que luego la crisis exige medidas de corto plazo que no dejan tiempo para pensar en reformas estructurales. - 53 - Gráfico 1 Gráfico 2 CAN: Precios al Consumidor (Porcentajes de variación) CAN: Producto Interno Bruto (Tasas de Variación) 15,0 140,0 120,0 Porcentajes Porcentajes 10,0 5,0 0,0 100,0 80,0 60,0 40,0 -5,0 20,0 1999 1998 1997 1996 1995 1994 1993 1991 Años 1992 0,0 1999 1998 1997 1996 1995 1994 1993 1992 1991 -10,0 Años Bolivia Colombia Ecuador Perú Venezuela Bolivia Colombia Ecuador Perú Venezuela Fuente: CEPAL Un segundo aspecto a destacar es la dinámica de la inversión extranjera (Gráfico 3). En efecto, luego del proteccionismo de los sesenta y setenta, las nuevas políticas de apertura se tradujeron en un flujo creciente de inversiones hacia la subregión. Ciertamente, hay un alto grado de concentración en áreas energéticas y de infraestructura, pero ello no es obstáculo para que la tendencia sea destacable e importante en economías que hasta hace poco consideraban la inversión extranjera como un “mal necesario” en el mejor de los casos. Gráfico 3 CAN: Inv e rsión Extranje ra Dire cta Ne ta de US$) (M illone s Millones de US$ 1 900 1 400 900 400 - 100 1991 1995 1999 Años Bolivia Fuente: CEPAL Colombia Ecuador Perú Venezuela - 54 - Un tercer elemento a destacar, es el nuevo patrón de relciones externas. Por una parte, todos los países –excepto Venezuela- experimentaron un importante proceso de diversificación e incremento de las exportaciones. Sin embargo en el ámbito de las exportaciones intrarregionales, la Comunidad Andina ha quedado bastante rezagada respcto a las otras agrupaciones regionales (gráfico 4). Sin embargo, el comportamiento global puede mover a engaño pues a nivel bilateral existen sociedades comerciales de mucha fuerza como Venezuela y Colombia, Perú y Ecuador (luego de firmado el Pacto de Paz), Colombia y Ecuador. Gráfico 4 A m é r ic a L a t in a y E l C a r ib e : E x p o r t a c io n e s In t r a r r e g io n a le s ( P a r t ic ip a c ió n P o r c e n t u a l) 3 0 ,0 P o r c e n t a je s 2 5 ,0 2 0 ,0 1 5 ,0 1 0 ,0 5 ,0 1999 1998 1997 1996 1995 1994 1993 1992 0 ,0 Años M e r c o s u r /m u n d o G r u p o A n d in o / m u n d o M C C A /m u n d o C A R IC O M / m u n d o A m é r ic a L a t in a y e l C a r ib e / m u n d o Fuente: CEPAL En las últimas dos décadas el comercio exterior de la región se incrementó de manera apreciable. Si bien los socios comerciales de los países de la región son diferentes (Estados Unidos, Japón, Europa, etc.), lo cierto es que en todos los casos ha habido un incremento del comercio intrarregional que al menos marca una clara tendencia que debe ser fortalecida y de ninguna manera ignorada o interpretada negativamente. Es más, la existencia de situaciones de crisis en otras latitudes como el Asia, puede ser una excelente oportunidad para fortalecer los lazos comerciales al interior de la Comunidad Andina. Un punto a destacar es que se requiere realizar esfuerzos para fortalecer y consolidar las relaciones al interior del Pacto y a partir de allí plantear la relación con otros grupos como el MERCOSUR. De otra forma se desdibuja el Pacto y no necesariamente se logran mejores resultados con los otros grupos. En otro ámbito de las relaciones externas, los gráficos 5 y 6 muestran la evolución de las transferencias al exterior y de la deuda externa en relación a las exportaciones. En el primer caso, todos los países –excepto Venezuela y, en menor medida, Ecuador- presentaron transferencias netas positivas hasta los últimos años de la década, en los que el efecto de la crisis internacional tendió a revertir la tendencia. El comportamiento de Venezuela puede ser asociado a la salida de capitales privados ante la desconfianza respecto al rumbo de la economía nacional. En el caso - 55 - ecuatoriano ocurre algo similar pero en menor escala, aunque la salida neta se agudiza hacia fines de la década, coincidiendo con el comportamiento de los demás países. La relación deuda externa a exportaciones es decreciente en todos los casos, excepto Colombia y Ecuador. La tendencia decreciente se explica por el incremento de las exportaciones ya que la deuda externa tiende a mantenerse estable. En el caso de Colombia, el país tiene uno de los coeficientes más bajos a inicios de la década y su aumento es parte del cambio de estrategia en ese país en los noventa. El problema de Ecuador ha sido la caída de las exportaciones agrícolas en los últimos años y la acumulación de pasivos privados como resultado de la crisis financiera. Gráfico 5 Gráfico 6 CAN: Transferencia Neta de Recursos CAN: Relación entre la Deuda Externa Bruta (Millones de US$) Desembolsada y las Exportaciones de Bienes y Servicios (Porcentajes) 550 3 500 500 450 1 500 - 500 Porcentajes Millones de US$ 400 -2 500 350 300 250 200 -4 500 150 -6 500 Años Bolivia Colombia Ecuador 1999 1998 1997 1996 1995 1994 1993 1992 1991 1999 1998 1997 1996 1995 1994 1993 1992 1991 100 Años Peru Venezuela Bolivia c/ Colombia Ecuador V enezuela Fuente: CEPAL En el ámbito del sector público, un primer elemento a destacar es la tendencia al mantenimiento del déficit en un rango entre 0 y 5% del PIB, nuevamente con la sola excepción de Venezuela que tuvo un comportamiento más errático pero con tendencia a converger hacia fines de la década (gráfico 7). El comportamiento de los ingresos y gastos del sector público (gráficos 8 y 9) también responde a un rango estable, definido entre 25% y 35% del PIB en el caso de los ingresos y entre 25 % y 40% del PIB para los gastos. Como es de esperar el rango de variación del gasto es superior al de los ingresos. El sector público de un país latinoamericano típico está en el orden de un 25% del PIB, en tanto que un país industrializado gasta más del 40% del PIB (BID, 1997). El gasto promedio de los paises comunitarios es inferior al de los industrializados pero también superior al promedio latinoamericano. - 56 - En lo relativo a la estructura del gasto, hay diferencias importantes con los países de la OCDE , que deben ser destacadas. El gasto social (educación, salud y jubilaciones) tiende a ser proporcionalmente mucho más elevado en los países industrializados. Por ejemplo, el sector público de un país industrializado típico destina cerca del 16% del PIB a pagos de la seguridad social mientras los países latinoamericanos destinan solo el 2,5% del PIB a tales fines. Así como los gastos, la estructura de ingresos también es diferente entre los industrializados y América Latina. En los países de la OCDE los ingresos tributarios son el 90% de los ingresos totales con un mayor peso relativo de los impuestos a la rentay las contribuciones a la seguridad social; mientras en la región los ingresos tributarios no llegan al 72% del ingreso total con un claro sesgo hacia los impuestos indirectos, tipo IVA. Para América Latina, esto responde a una realidad donde la informalidad hace difícil el cobro de los impuestos directos con una consecuencia inmediata para la estabilidad de los ingresos públicos ya que los impuestos directos están fuertemente ligados al ciclo y por tanto tienden a ser más volátiles. El tema de las estructuras de tributación y gasto es particularmente importante si la política fiscal si la política fiscal se basa fuertemente en los estabilizadores automáticos puesto que la estructura tributaria y la rigidez de la estructura del gasto pueden obstaculizar su operación adecuada. A continuación se presentan los resultados de un ejercicio realizado por Martner (2000B) a partir de los conceptos de producto potencial, brecha del PIB, saldo estructural, saldo cíclico y saldo observado. El ejercicio se basa en los conceptos del último punto del primer capítuclo y es de carácter más bien ilustrativo en la medida que las elasticidades tributarias se asumen iguales 1 y que las metodologías de cálculo del producto potencial deben recoger elementos que reflejen las realidades específicas de cada país, incluso metodológicamente. Gráfico 7 CAN: Resultados del Sector Público no Financiero (Porcentaje del PIB) 10,0 0,0 -5,0 -10,0 Años Bolivia Colombia Ecuador Perú Venezuela 1999 1998 1997 1996 1995 1994 1993 1992 1991 -15,0 1990 Porcentajes 5,0 - 57 - Gráfico 8 Gráfico 9 CAN: Gastos Totales Sector Público no Financiero (Porcentaje del PIB) 45,0 35,0 40,0 30,0 35,0 Colombia Ecuador 1999 1998 1997 1996 1995 Años Años Bolivia 1994 1999 1998 1997 1996 10,0 1995 5,0 1994 15,0 1993 10,0 1992 20,0 1991 15,0 1993 25,0 1992 20,0 30,0 1991 25,0 1990 Porcentajes 40,0 1990 Porcentajes CAN: Ingresos Totales Sector Público no Financiero (Porcentaje del PIB) Perú Venezuela Bolivia Colombia Ecuador Perú Venezuela Fuente: CEPAL Nota: en el caso de Perú se considera solo el Gobierno Central. La aplicación de esta metodología a los países comunitarios (Cuadro 1) pone en evidencia un componente cíclico del déficit significativo en los años noventa, con valores superiores o cercanos a un punto de PIB en Colombia y Perú. Por lo tanto, parece relevante estimar este componente para evaluar adecuadamente los resultados de las cuentas públicas. En cambio, en Bolivia, Ecuador y Venezuela el componente cíclico es un poco superior a 0.5 puntos del PIB. En Bolivia las fluctuaciones macroeconómicas han sido moderadas en los años noventa, mientras en Ecuador y Venezuela los ingresos provenientes del petróleo son tanto o más importantes que los ingresos tributarios. Aunque estos indicadores son útiles para orientar la toma de decisiones, es preciso interpretar sus resultados con cautela. Debido a la variedad de métodos existentes para estimar el PIB potencial, a la extraordinaria variabilidad de la elasticidad-ingreso en nuestros países, y a los cambios aún mayores que se producen en la composición del PIB (y por lo tanto en la sensibilidad de los impuestos a estos movimientos), la precisión de este tipo de indicadores es muy pobre. Parece más relevante razonar en términos de máximos y mínimos y de tendencias plurianuales que en función de estimaciones precisas para cada año. Las metas deben ser discutidas con un margen de error apropiado, habida cuenta de la fuerte dependencia de los resultados de las finanzas públicas al ciclo macroeconómico. El componente cíclico es relevante no sólo por su importancia en el presupuesto anual, sino por su persistencia durante varios períodos. Países como Colombia, Ecuador y Venezuela tuvieron caídas del PIB en 1999 y por lo tanto una brecha de PIB y un saldo cíclico fuertemente negativos. La contrapartida de esta situación es un saldo cíclico positivo en los años anteriores. - 58 - En términos generales, se observa la relevancia del componente cíclico en la mejora de las cuentas públicas en los últimos años del decenio de los noventa. La recesión de 1999 es un referente que muestra con nitidez la dificultad de establecer un horizonte de normalidad. Por ejemplo, una sucesión de tres o cuatro años de bonanza Cuadro 1 CAN: Cuentas del Sector Público (Porcentaje del Producto) País y Concepto 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 Cobertura Bolivia Saldo observado SPNF Saldo cíclico -4,5 -4,3 -4,4 -6,1 -3 -1,8 -2 -3,4 -4 -3,9 0 0,1 0 0 0,1 0,2 0,2 0,2 0,3 -0,1 Saldo estructural -4,5 -4,4 -4,4 -6,1 -3,1 -2 -2,2 -3,6 -4,3 -3,8 Ingr. Tributarios 7,3 7,6 9,5 10,3 10,4 11,5 12,1 12,8 14,1 12,8 -0,4% 1,7% -0,1% 0,3% 1,0% 1,6% 2,0% 1,9% 2,4% -0,7% -0,5 0,2 -0,2 0,1 1 -0,6 -2 -3,1 -3,4 -4,6 0 -0,3 -0,2 0 0,5 0,9 0,7 0,7 0,4 -0,9 Saldo estructural -0,5 0,5 0 0,1 0,5 -1,5 -2,7 -3,8 -3,8 -3,7 Ingr. Tributarios 14,9 16,2 16,9 19,1 19,4 19,6 19,2 19,4 18 18,6 0,2% -1,7% -1,5% 0,0% 2,5% 4,5% 3,6% 3,7% 2,0% -5,1% 0,1 -0,6 -1,2 -0,1 -0,2 -1,4 -3,1 -2,6 -6 -4,8 -0,2 0 0 0 0,1 0,2 0,2 0,4 0,4 -0,5 Saldo estructural 0,3 -0,6 -1,2 -0,1 -0,3 -1,6 -3,3 -3 -6,4 -4,3 Ingr. Tributarios 7,5 7,4 7,1 7,4 7,7 8,6 7,2 9,1 9,8 10,2 -2,9% -0,5% 0,0% -0,3% 1,7% 2,4% 2,6% 4,6% 3,9% -5,0% Brecha PIB Colombia Saldo observado SPNF Saldo cíclico Brecha PIB Ecuador Saldo observado SPNF Saldo cíclico Brecha PIB Perú Saldo observado -2,1 -1,5 -1,5 -1,5 2,9 -0,6 -1,5 -0,8 -1 -2,7 GC Saldo cíclico -0,8 -0,8 -1,1 -0,8 0 0,6 0,3 0,8 0,3 0,1 Saldo estructural -1,3 -0,7 -0,4 -0,7 2,9 -1,2 -1,8 -1,6 -1,3 -2,8 Ingr. Tributarios 7,9 8,8 9,6 9,8 11,1 11,5 12 12 12,1 11,4 -8,8% -11,2% -8,6% 0,4% 4,9% 2,9% 6,9% 2,3% 0,7% Brecha PIB Venezuela Saldo observado SPNF Saldo cíclico Saldo estructural Ingr. Tributarios Brecha PIB -10,0% 0,1 -2,2 -5,9 -1,3 -13,8 -6,8 7,2 2,6 -6,6 -1,2 -0,1 0,2 0,4 0,3 -0,1 0,2 0 0,5 0,3 -0,6 0,2 -2,4 -6,3 -1,6 -13,7 -7 7,2 2,1 -6,9 -0,6 4 4,6 5 5,8 8,8 9,2 8,7 10,1 11 11 -3,6% 3,7% 8,0% 4,9% -1,3% 2,3% 0,0% 4,8% 3,0% -5,6% Fuente: CEPAL, (2000); Martner, (2000) SPNF: Sector Público No Financiero; GC: Gobierno Central - 59 - Gráfico 10 CAN: Saldos observado y estructural Fuente: Cuadro 1 tiende a elevar la percepción de un potencial de crecimiento más elevado, lo que induce a un comportamiento fiscal más laxo; los hechos se encargan de demostrar retrospectivamente que esos análisis eran demasiado optimistas. En todos los casos, como se puede verificar en el gráfico 15, el comportamiento de los déficits observados sigue bastante de cerca el déficit estructural, lo que indica al parecer un carácter procíclico de la política fiscal. Solo presentan una diferencia relevante Colombia y Perú, donde el rol del componente cíclico fue más importante. Una interpretación más precisa supone atribuir el resultado al escaso margen de acción - 60 - de los estabilizadores automáticos. Ello convierte al sector público en “caja de resonancia” de los vaivenes de la economía. No se trata de una política fiscal deliberadamente procíclica –al menos, no siempre- sino que resulta serlo por la debilidad de los estabilizadores automáticos. Esta reflexión tiene su trascendencia, cuando se observa que la principal causa de fracaso de las experiencias de programación plurianual del presupuesto (y, por cierto, de programas políticos) es el excesivo optimismo respecto del crecimiento de mediano plazo. Parece necesario encarar este sesgo con métodos como los expuestos para asegurar una programación fiscal que sea más consistente y más transparente. El desafío, entonces, es diseñar estrategias de desarrollo y cambio estructural que permitan internalizar los efectos del ciclo sobre las finanzas públicas de manera que los estabilizadores automáticos actúen más eficazmente. 2. Hacia una visión estratégica compartida: disciplina fiscal e integración Las reformas estructurales de la última década y la dinámica de los mercados globalizados han generado una situación que puede ser caracterizada en dos dimensiones. Por una parte, se ha producido un fenómeno de convergencia espontánea en la medida que todos los países han venido realizando reformas bajo un patrón común: desarrollo de economías de mercado más abiertas. Por otra parte, la globalización ha redefinido el fenómeno del contagio de las crisis que ya no se propagan solo vía flujos comerciales sino principalmente a través de los mercados financieros, lo que implica que nadie está exluido de los efectos de la crisis. La manera de aprovechar el primer elemento y combatir el segundo implica desarrollar estrategias de integración que han sido denominadas como de regionalismo abierto. Para ello el primer punto es contar con una visión de futuro compartida cuyos elementos se sugieren a continuación, pensando en un horizonte de cinco años. Los países andinos estarán integrados en un mercado comun desarrollado con todo lo que ello implica en términos de movilidad de factores, homogeneidad de instituciones y madurez sociopolítica. La sub-región habrá consolidado la adecuación de sus estructuras institucionales y organizacionales a las nuevas realidades de la globalización y el progreso tecnológico. Todos los países de la sub-región habrán controlado la inflación y estarán creciendo sana y sostenidamente. El desarrollo y la innovación tecnológica están incorporados al proceso económico y gerencial tanto público como privado, el gobierno destina un porcentaje del producto no menor al 3% a promover la innovación. El déficit público ha sido controlado por todos los países y la estructura de gastos se orienta fundamentalmente a desarrollar capital humano y erradicar la pobreza. La estructura de ingresos del sector público se basa principalmente en una estructura tributaria agil y eficiente, basada en impuestos de base amplia y tasas moderadas. - 61 - 3. Bases de diseño de la propuesta a) Directrices básicas La institucionalidad y las organizaciones, tanto nacionales como comunitarias, encargadas de poner en práctica las decisiones no son un simple dato y por lo tanto deben ser fortalecidas para cumplir los objetivos planteados. Ello debe ser tomado muy en cuenta al momento de definir metas y políticas, bien sea como una restricción o para incluir una agenda de cambios institucionales y organizacionales como parte de la estrategia misma. El criterio de convergencia fiscal debe ser lo suficientemente realista como para ser viable en diferentes contextos institucionales y, al mismo tiempo, pertinente y eficaz para alcanzar su objetivo. Esto incluye el respeto a la especificidad de cada país. Otro aspecto clave es la transparencia, de forma que cualquier ciudadano pueda accesar información suficiente respecto de las metas, su evaluación y sus resultados. La falta de transparencia puede originar distorsiones, suspicacias y anomalías que erosionan la eficacia del instrumento. El criterio adoptado debe ser simple. La simplicidad, alude a que la meta sea fácilmente comprensible y manejable en el marco institucional y tecnológico vigente tanto en los países como a nivel comunitario. La responsabilidad se refiere a la rendición de cuentas y la medición del desempeño de manera que las decisiones tengan bases más sólidas. Combinación de disciplina y flexibilidad de manera que se garantice el logro de las metas pero que también se identifique factores transitorios y estructurales y se adopten decisiones de manera oportuna. Las reglas deben contar también con “cláusulas” de contingencia que eviten rigideces innecesarias y permita agilizar la toma de decisiones. b) Criterios de convergencia: una primera aproximación Para la adopción de una regla macro-fiscal que haga viable la meta de inflación ya vigente, en un ambiente económico de expansión sostenida de la actividad económica e incremento de la competitividad de cada país miembro y de la subregión en su conjunto, a continuación se presenta los principales criterios en el marco de la conformación del Mercado Común Andino, objetivo planteado para el año 2.005. i) Metas fiscales Establecer un objetivo común a mediano plazo consistente en alcanzar un equilibrio estructural de las cuentas del Sector Público no Financiero (SPNF) expresado, mientras los países desarrollen metodologías de estimación de los balances estructurales, por un promedio móvil a cinco años de los sados financieros del SPNF cercano al equilibrio. Fijar un límite máximo de 3% del PIB al déficit observado anual del SPNF, como rango de desviación máximo permitido en el corto plazo respecto de la ruta de convergencia hacia el equilibrio estructural. - 62 - Limitar la relación deuda pública externa a exportaciones (promedio de los últimos cinco años) hasta un máximo de 1,5 veces (150%)21. El concepto de déficit se refiere al saldo financiero resultante de la diferencia entre ingresos ordinarios y gasto corriente, intereses e inversión. Este saldo se cubre con el financiamiento neto, es decir, con un exceso de nuevos préstamos sobre amortizaciones y/o con activos financieros acumulados. Si el saldo financiero es deficitario la deuda neta aumenta y viceversa. Esquemáticamente: (Ingresos Ordinarios – Gastos Corrientes – Gastos de Capital) = Superavit o Déficit Financiero = Variación de Activos – Variación de Pasivos El balance estructural del SPNF se refiere al monto de ingresos y gastos fiscales correspondientes al PIB potencial y eliminados factores transitorios tales como precio de productos básicos, tasas de interés de coyuntura, amnistías tributarias, venta de activos, etc. El balance observado incluye el efecto del escenario económico de corto plazo, es decir, los factores asociados al ciclo. Esta meta debe ser interpretada como un rango de holgura (3% del PIB) en la ruta hacia el equilibrio a mediano plazo. Cabe hacer notar que este rango establece un límite análogo al endeudamiento neto anual, entendido como la diferencia entre la variación de los activos y los pasivos financieros. De acuerdo con lo planteado anteriormente (ver gráfico 11), la relación Deuda Externa a exportaciones ha venido bajando en todos los países, exceptuados Colombia y Ecuador en los dos últimos años de la década del noventa. Solo un país (Venezuela) estaba, a finales de la década anterior, dentro del espacio establecido en la meta. Ello deriva principalmente de la influencia de las exportaciones petroleras, cuya volatilidad amerita –de acuerdo a la experiencia de períodos anteriores- un monitoreo especial de la meta. Dadas las diferentes situaciones, los países podrán proponer plazos y cronogramas diferentes para alcanzar la meta, considerando el límite del 2.005 solo como referencia básica. La cobertura institucional sugerida es el SPNF, en la medida que los países aún mantienen un importante sector sector de empresas públicas que a menudo escapan de la disciplina y responsabilidad fiscal y que a veces introducen un factor de aleatoriedad no deseado en los resultados fiscales. ii) Etapa de transición El cumplimiento de las reglas sugeridas no es automático, los países deben converger hacia ellas. Para ello es necesario considerar las diferencias entre las estructuras fiscales e institucionales que marcan puntos de partida distintos. En una primera etapa, lo importante es el acuerdo para establecer metas comunitarias (más que las metas mismas) y la decisión colectiva de realizar los cambios institucionales para garantizar finanzas públicas estructuralmente más sanas, transparentes y eficientes. Esta etapa, denominada de transición, se extenderá entre los años 2.001 y 2.005. En tal sentido, cada deberá definir durante el presente año (2.001) un Programa de Acciones de Convergencia (PAC) a cinco años sobre la base de los siguientes puntos: 21 Un punto a considerar en torno a este indicador es la estructura de la deuda de cada país, según esté concentrada en el corto o largo plazo. Una alternativa es el cálculo de la deuda en téminos de Valor Presente Neto. Sin embargo, para evitar problemas derivados, por ejemplo, de la tasa de descuento a considerar, parece procedente establecer rangos permisibles en materia de estructura de deuda a nivel del “Codigo de Buenas Prácticas” y a partir de allí establecer los criterios para estimar el indicador. - 63 - Especificación del rango del equilibrio estructural (puede no ser estrictamente cero) y del plazo para alcanzarlo. Los países podrán establecer metas intermedias. Especificación de las cifras fiscales iniciales que serán la base para la evaluación del desempeño en el proceso de convergencia. Evolución macroeconómica prevista, incluyendo proyecciones y escenarios de crecimiento, inflación, empleo e inversiones. Acciones presupuestarias u otro tipo de programas de reforma estructural, institucional y/o organizacional requeridos para lograr los objetivos de equilibrio estructural y déficit observado. Incluye, por ejemplo, reforma tributaria, privatizaciones y mejoramiento de gestión. Plazo en el cual se estima alcanzar el objetivo deuda a exportaciones y acciones que se tomarán para alcanzarlo. La información debe ser preparada sobre bases anuales y el Programa de Acciones deberá ser de dominio público. Cada país tiene libertad para establecer plazos y metas intermedias de forma gradual en el marco del PAC. Las excepciones deberán ser explicitadas y justificadas. La estructuración de las metas es la siguiente: La meta de mediano plazo comienza a monitorearse desde el año 2.002 (período 2.002-2.006). La meta de 3% del PIB comenzará a regir a partir del año 2.002 y los países propondrán su cronograma específico de convergencia hacia el objetivo de mediano plazo para el período 2.002-2.006. El cronograma para alcanzar la meta de deuda a exportaciones se incluirá en el PAC, de acuerdo a la realidad específica de cada país. Durante la etapa de transición no se aplicarán sanciones en caso de desviación. Precisamente, el sistema de sanciones deberá ser diseñado y acordado en esta etapa, en estrecha correlación con el monitoreo de desviaciones asociado al punto siguiente relativo a las contingencias. La evaluación del PAC será anual y los ajustes que se decidan serán llevados a cabo en el período inmediatamente siguiente a la revisión. Hasta el año 2.005 la vigencia de las metas será considerada como parte de la etapa de transición de manera que su vigencia plena se plantea a partir del 2.006. De acuerdo con el rol clave asignado en esta propuesta a las instituciones y las organizaciones, el propósito central de la etapa de transición es sentar las bases intstitucionales y organizacionales para la convergencia fiscal y macroeconómica sea realmente efectiva y no quede en el plano de las declaraciones fallidas de “buena intención”. iii) Contingencias Las desviaciones importantes respecto de las metas establecidas en el PAC y de las metas generales, serán objeto de análisis pudiendo significar ajustes al PAC o, si el caso lo amerita, la preparación, discusión y aprobación de un Programa de Contingencia de corto plazo (un año), orientado a corregir la situación y volver las finanzas públicas a las metas establecidas. A continuación se tipifican las dos situaciones básicas que se considerarán causales de contingencia. Un exceso de déficit observado de corto plazo en relación a la meta planteada se considerará causal de contingencia cuando: a) resulte de un evento que escapa al - 64 - control gubernamental y que impacta significativamente su posición financiera y/o el crecimiento del PIB (por ejemplo, tragedias naturales de grandes magnitudes o caída coyunturao de los términos de intercambio de los principales productos de exportación); y b) cuando se combine con una caída del PIB superior a 2% anual. La corrección del déficit excesivo debe darse al año siguiente de su detección. En casos de cambios estructurales ajenos al control del gobierno, como caída permanente de los términos de intercambio, la contigencia se entenderá como causal para modificar el Programa de Acciones de Convergencia, además de las medidas de corto plazo que procedan. Se parte de la base de que la situación amenaza el cumplimiento del objetivo de equilibrio estrcuctural en los términos planteados originalmente. La corrección del déficit excesivo se dará en el tiempo que se establezca en el nuevo PAC pero en ningún caso más allá de tres años después de su detección. iv) Coordinación y seguimiento Se sugiere crear un mecanismo permanente de coordinación y seguimiento del programa fiscal y de la evolución macroeconómica, constituyendo un Grupo Tecnico Permanente (GTP). Este es un grupo de trabajo integrado por técnicos de alto nivel que que tendría a su cargo las siguientes tareas: Armonizar estadísticas macroeconómicas y fiscales para los países comunitarios trabajando con técnicos de los respectivos países e instituciones involucradas. Preparar reportes semestrales y anuales de avance a ser publicados y discutidos por el Consejo Asesor. Constituir el organismo contraparte para la discusión y aprobación técnica de los Programas de Acciones de Convergencia y Contingencia así como sus eventuales ajustes y modificaciones. Preparar, desde la perspectiva comunitaria, las bases de programas de cambio estructural en materias tales como sistemas de previsión social, descentralización fiscal, armonización tributaria, armonización de la gestión pública y de la regulación de servicios públicos. Coordinar la preparación y el mantenimiento de un Código de Buenas Prácticas (CBP) para los países comunitarios. Este CBP establecerá los marcos referenciales comunitarios en materia macroeconómica y fiscal, desarrollando parámetros en ámbitos tales como: sistema cambiario, tributación, administración presupuestaria, deuda, gestión pública, descentralización fiscal, previsión social y gasto público. que será aprobado por los paíes miembros y servirá de marco para los Programas de Acciones de Convergencia y para servir de referencia a las decisiones de los países. Para ello se puede utilizar como base el Manual de Transparencia Fiscal preparado por el Departamento de Finanzas Públicas del FMI, aunque el CBP deberá necesariamente abarcar otras materias más específicas tales como un perfil de las estructuras tributarias y de las prioridades de gasto. c) Los programas de apoyo El proceso de convergencia no será fácil ni homogéneo. De allí que sea necesario coordinar –a través del GTP- la ejecución de programas de cambio estructural de diversa índole y complejidad cuyo objeto es dar estabilidad y viabilidad a los acuerdos. Algunos de estos programas ya están en ejecución y otros deberán ser definidos a nivel de detalle. Destacaremos los siguientes. - 65 - Programa de Armonización Tributaria para homogeneizar los sistemas entre los diversos países y hacer más eficiente la acción de los estabilizadores automáticos. En el marco del Código de Buenas Prácticas es posible incluir sugerencias orientadas a la simplificación conceptual y ampliación de la base de tributación de los sistemas nacionales, de acuerdo a las prioridades establecidas en la visión estratégica. Por ejemplo, debería prohibirse la manipulación recurrente de las tasas y la creación de nuevos impuestos que no respondan a criterios estratégicos compatibles con el CBP. Otra área relevante es la armonización de impuestos indirectos para evitar disparidades y duplicaciones en las cargas tributarias en el comercio intrarregional. Programa de Reforma Administración Financiera y Presupuestaria, como parte del mejoramiento integral de la gestión publica para introducir criterios de responsabilidad fiscal y de medición regular del desempeño presupuestario. Programa de Sistemas de Control de Gestión e Indicadores de Desempeño para garantizar la responsabilidad (accountability) midiendo y controlando tanto instituciones como personas. Programa Andino de Apoyo a la Innovación, a través de la CAF para reconocer la importancia de la innovación y estimularla mediante un subisidio directo a proyectos innovadores regionales y luego apoyando la obtención de créditos en magnitudes, plazos y condiciones adecuadas. Existe el antecedente de un programa similar en Chile, denominado FONTEC y patrocinado por CORFO. . Programa de Armonización Institucional que incluya reglas judiciales comunes y definición de un perfil de organización compatible con los requerimientos del regionalismo abierto y la economía de mercado. Incluye la compatibilización de estándares de calidad y desempeño en las organizaciones nacionales y supranacionales. Su objeto es preparar institucionalmente a la región para operar en un mercado común. Un ámbito de particular relevancia es la armonización de la institucionalidad reguladora y de los mercados de capital andinos. Programa de Desarrollo de Infraestructura conjunta para mejorar las bases del progreso, reduciendo costos de transacción asociados a la carencia e inadecuación de servicios de infraestructura. Incluye vías de comunicación, medios de transporte, redes eléctricas, gasoductos, puertos y aeropuertos. El criterio eje del programa es el desarrollo de redes de manera que los proyectos nacionales no constituyan compartimientos separados. Fondo de Estabilización Fiscal Andino para apoyar el manejo de las contingencias. Se sugiere estudiar la posibilidad de crear un como mecanismo supranacional con la misión de apoyar a países que requierean Programas de Contingencia. Se formaría con parte de los recursos excedentarios de los países u otros aportes, que recibirán una remuneración de mercado y tendrán disponibilidad de los fondos con las mismas normas internas de su propio Fondo de Estabilización u otro mecanismo análogo. De esta manera, la Comunidad contaría con un mecanismo de intermediación financiera que permitirá que los países superavitarios contribuyan a la estabilización de los deficitarios sin por ello incurrir en riesgos o pérdidas financieras más allá de lo normal. d) Cronograma y acciones de implementación Una vez logrado al más alto nivel un acuerdo base en materia de metas fiscales e inflación, el proceso para transformar las buenas intenciones en realidades recién comienza. Es posible que el primer programa de apoyo a realizar sea la uniformación de la información y sus fuentes, de manera que los códigos nacionales y regionales - 66 - coincidan. Hay prácticas que deben ser discutidas y consensuadas, por ejemplo, la inclusión de la venta de activos como ingresos o como financiamiento del déficit. Será preciso definir con precisión aspectos tales como la conveniencia de trabajar a nivel de SNPF o solo a nivel de Gobierno General, como recomienda el Manual de Transparencia Fiscal del FMI. Cada gobierno debe evaluar sus propias metas y planes para establecer metas y programas de convergencia compatibles con los objetivos y posibilidades tanto nacionales como regionales. Se entiende que el año 2.001 será fundamentalmente dedicado a la preparación, estructuración y depuración del programa de convergencia y de las acciones y programas resultantes a nivel de los países. En tal sentido, se sugiere el siguiente esquema de acciones para lleva adelante el programa de convergencia en el marco del objetivo de haber desarrollado un mercado común andino para el año 2.005. Esquema de acciones de convergencia 1. Discusión y anuncio del acuerdo de metas fiscales por parte de los países miembros. 2. Realización de un Taller de Diseño Estratégico a nivel del Consejo Asesor con el objeto de precisar los elementos de visión comunitaria y especificar el plan de trabajo para las acciones de convergencia, incluyendo un cronograma de ejecución, responsabilidades, plazos y recursos. 3. Formación y puesta en marcha del Grupo Técnico Permanente cuyas funciones fueron previamente esbozadas. 4. Recopilación y armonización de la información estadística fiscal y macroeconómica a nivel comunitario, incluyendo discusión y adopción de conceptos, variables y parámetros, así como el o los modelos para estimar deficit público, producto potencial y déficit estructural, entre otros. 5. Realización de talleres de trabajo a nivel nacional para discutir las repercusiones e implicaciones de las acciones de convergencia y definir planes de trabajo coordinados entre el GTP y los gobiernos. Estos talleres podrían ser coordinados por el GTP e incluyen la generación de consenso respecto de una agenda de programas de apoyo a ser desarrollada en un plazo máximo de dos años. 6. Desarrollo de Programas de Acciones de Convergencia por parte de los países con apoyo del GTP, para ser discutidos y aprobados tecnicamente en el curso del año (las fechas efectivas pueden variar, lo importante es que se haga en el año 2.001). 7. A fines del presente año, el GTP deberá publicar un primer informe de estadísticas fiscales y macroeconómicas armonizadas. Este informe sera revisado y perfeccionado en un segundo informe a ser publicado a mediados del 2.002. El tercer informe se publicará a fines del 2002. 8. El GTP preparará, en coordinación con los gobiernos, el Codigo de Buenas Prácticas en su primera versión, para ser difundido en el segundo semestre del 2.002. 9. El GTP produce y publica un primer informe de monitoreo de metas fiscales a fines del 2.002. En el cuadro siguiente se presenta esquemáticamente el cronograma de acciones para este año y el siguiente. - 67 - Cuadro 2 Cronograma de acciones para la transición Meses Acciones 1. Acuerdo metas 2. Taller D. Estratégico 3. Formación GTP 4. Armonización estadística 5. Talleres nacionales 6. P. Acc. Convergencia 7. Informe Estadisticas 8. CBP (versión 1) 9. Primer informe metas A M J J A S O N D E F M A M J J A S O N D E - 68 - V. Anexos: Legislación y responsabilidad fiscal en la CAN Recuadro 1 Colombia: Ley 617 (Octubre, 2.000) Esta Ley fija una serie de normas para el gasto presupuestario de los diversos estamentos del gobierno, desde los gobiernos locales y algunas organizaciones específicas como las asambleas departamentales hasta el Gobierno Nacional. Tratándose de un universo diverso, lo primero fue establecer una categorización presupuestal de los departamentos, distritos y municipios a partir de su “capacidad de gestión administrativa y fiscal y de acuerdo con su población e ingresos corrientes de libre destinación” (Art. 1°): categoría especial, los más grandes y de mayores ingresos; de allí en adelante se estructuran en primera, segunda, tercera, cuarta, quinta y hasta sexta categorías, siendo la última la de menor población e ingresos. Regla de financiación de gastos de funcionamiento de entidades territoriales. Los gastos de funcionamiento deben financiarse con sus ingresos corrientes de libre destinación, de tal manera que estos sean suficientes para atender sus obligaciones corrientes, provisionar el pasivo prestacional y pensional; y financiar, al menos parcialmente, la inversión pública autónoma de las mismas. Se entiende por ingresos corrientes de libre destinación los ingresos corrientes excluidas las rentas de destinación específica, entendiendo por estas las destinadas por ley o acto administrativo a un fin determinado. Los ingresos corrientes son los tributarios y los no tributarios, de acuerdo con la ley orgánica de presupuesto. No se podrán financiar gastos de funcionamiento con recursos de: el situado fiscal; la participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación de forzosa inversión; los ingresos percibidos en favor de terceros que, por mandato legal o convencional, las entidades territoriales, estén encargadas de administrar, recaudar o ejecutar; los recursos del balance, conformados por los saldos de apropiación financiados con recursos de destinación específica; los recursos de cofinanciación; las regalías y compensaciones; las operaciones de crédito público, salvo las excepciones que se establezcan en las leyes especiales sobre la materia; los activos, inversiones y rentas titularizadas, así como el producto de los procesos de titularización; la sobretasa al ACPM; el producto de la venta de activos fijos; otros aportes y transferencias con destinación específica o de carácter transitorio; los rendimientos financieros producto de rentas de destinación específica. Los contratos de prestación de servicios para la realización de actividades administrativas se clasificarán para los efectos de la presente ley como gastos de funcionamiento. Valor máximo de los gastos de funcionamiento de las entidades. Durante cada período fiscal los gastos de funcionamiento de las diversas entidades no podrán superar, como proporción de sus ingresos corrientes de libre destinación, ciertos límites preestablecidos para cada categoría, con un período de transición para realizar el ajuste que va desde el año 2.001 hasta el 2.004. La normativa es especifica para cada estamento, llegando hasta las asambleas, contralorias y otros organimos descentralizados. Regla de endeudamiento de entidades descentralizadas. Ninguna entidad financiera podrá otorgar créditos a las entidades territoriales que incumplan los límites establecidos en la ley, sin la previa autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la suscripción de un plan de desempeño en los términos establecidos en la legislación vigente. Regla límite de gastos del nivel nacional. Durante los próximos cinco (5) años, contados a partir de la publicación de la presente ley, el crecimiento anual de los gastos por adquisición de bienes y servicios de los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación y de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquéllas, dedicadas a actividades no financieras, no podrá superar en promedio el cincuenta por ciento (50%) de la meta de inflación esperada para cada año, según las proyecciones del Banco de la República (Central). Esto aplica también para viáticos y de gastos de viaje. - 69 Se exceptúan de esta disposición los gastos para la prestación de los servicios de salud, los de las Fuerzas Armadas y los del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, pero se aplica al Congreso de la República. Regla de control a gastos de personal. Durante los próximos cinco (5) años, contados a partir de la vigencia de la presente ley, el crecimiento anual de los gastos de personal de las Entidades Públicas Nacionales no podrá superar en promedio el noventa por ciento (90%) de la meta de inflación esperada para cada año, según las proyecciones del Banco de la República. A partir del sexto año, estos gastos no podrán crecer en términos reales. Sanciones por incumplimiento. El incumplimiento de lo previsto en la presente ley, constituirá falta gravísima, sancionable disciplinariamente de conformidad con la ley. Recuadro 2 Principios de responsabilidad fiscal en la Ley para la Transformación Económica del Ecuador (LTE) La LTE aprobada en febrero del 2000 incluyó una gran diversidad de materias, estableciendo modificaciones a otras leyes anteriores. En el plano fiscal se modificaron, entre otras, la Ley de Presupuesto (1992) y la Ley para la Reforma de las Finanzas Públicas, con el objeto de incorporar criterios de disciplina y ordenamiento fiscal. A) Ley de Presuspuesto. Para la formulación, aprobación y ejecución del Presupuesto General del Estado, se establecieron los siguientes principios de responsabilidad fiscal que se agregan al Artículo 4 de la citada Ley y que se tipifican como artículo 4A: “Sustentabilidad.- En ningún año, el Ministerio de Finanzas y Crédito Público podrá presentar una proforma presupuestaria que contemple un déficit del sector público no financiero superior a dos punto cinco por ciento (2.5%) del producto interno bruto para ese año. Los egresos destinados para atender el gasto corriente del presupuesto general del Estado no podrán incrementarse en un monto superior al cinco por ciento (5%) de la inflación producida el año inmediatamente anterior. El Congreso Nacional aprobará el presupuesto únicamente por sectores de ingresos y gastos y no podrá incrementar el monto estimado de ingresos y egresos previstos en la proforma presupuestaria presentada por el Ministerio de Finanzas y Crédito Público. Estas disposiciones regirán también para los presupuestos de las entidades autónomas sujetas a esta Ley que forman parte del sector público. Conservatismo.- En la formulación de la proforma presupuestaria, cuando deba elegirse entre una o más alternativas para la estimación de un ingreso o de un gasto, se optará por aquella que ofrezca proyecciones más prudentes y conservadoras; Transparencia.- Una vez aprobado el Presupuesto General del Estado, el Ministerio de Finanzas y Crédito Público estará obligado a presentar ante el Congreso Nacional un informe semestral sobre la ejecución presupuestaria, por provincias y sectores, detallando mes a mes los egresos efectuados, los ingresos recibidos y el nivel de endeudamiento. Equilibrio.- En períodos trianuales, el promedio de los resultados fiscales de los tres años debe generar un equilibrio fiscal." Se sustituye el artículo 60 , por el siguiente: “El Ministro de Finanzas y Crédito Público no podrá efectuar aumentos de créditos respecto de las cifras aprobadas por el Congreso Nacional en el Presupuesto General del Estado, con excepción de los aumentos que deba realizar para afrontar situaciones de emergencia legalmente declarada, para lo cual deberá contar con el financiamiento respectivo. Unicamente podrá efectuar rebajas a efectos de cumplir los límites establecidos en el artículo 4A. La misma regla es aplicable a las instituciones a las que se refieren los literales b) y e) del artículo 2." B) Ley para Reforma de las Finanzas Públicas. Luego del artículo 58, se agrega un artículo 58A: “Si hubieren ingresos petroleros no previstos o superiores a los inicialmente contemplados en el presupuesto aprobado por el Congreso Nacional, éstos se distribuirán de la siguiente manera: a. El 45% se destinará para un Fondo de Estabilización, el mismo que podrá destinarse a la administración de pasivos; - 70 b. El 35% para establecer un fondo, que servirá para financiar la rectificación y pavimentación de la vía Troncal Amazónica, pudiendo también fideicomizarse estos recursos para la obtención de créditos internos y externos destinados a la ejecución de esta obra. Este fondo será depositado en forma automática en una cuenta especial que para el efecto se abrirá en el Banco Central del Ecuador con la denominación de Troncal Amazónica, a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Telecomunicaciones; c. El 10% para financiar directamente o como contraparte nacional los proyectos de desarrollo integral de las provincias de Esmeraldas, Loja, Carchi, El Oro y Galápagos; y, d. El 10% para el equipamiento y fortalecimiento de la Policía Nacional, por un período de cinco años, recursos que no podrán utilizarse para gasto corriente. De este fondo se deberá invertir no menos del 50% en la Región Amazónica generadora del recurso petrolero, cumplido el plazo señalado los fondos se revertirán a los indicados en los literales a) y b) de este artículo. De existir ingresos adicionales no petroleros éstos se destinarán al Fondo de Estabilización. Cuando se declare estado de emergencia nacional, solo se podrá disponer del 50% de los recursos indicados en los recursos a), b) y d) de este artículo. El Ministro de Finanzas y Crédito Público o los funcionarios públicos que cambien el destino de estos fondos serán destituidos por la autoridad competente, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar. Recuadro 3: Perú: Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal Objetivo: establecer lineamientos para una mejor gestión de las finanzas públicas, expresada en una mayor prudencia y transparencia, y contribuir a la estabilidad económica, base del crecimiento y el bienestar social. Principio general: asegurar equilibrio o superávit fiscal a mediano plazo, permitiendo déficit moderados en períodos de menor crecimiento. Reglas numéricas: 1) El déficit anual del Sector Público Consolidado (SPC) no podrá ser mayor al 1% del PIB. 2) El incremento del gasto anual del gasto no financiero del Gobierno General no podrá exceder a la tasa de inflación promedio anual más de 2 puntos porcentuales del PIB. 3) El endeudamiento del SPC no podrá ser mayor que el monto del déficit de dicho sector, establecido en la Ley. Restricciones adicionales en años electorales: a) El gasto no financiero del Gobierno General ejecutado en los primeros 7 meses del año no excederá el 60% del gasto no financiero presupuestado para el año; b) El déficit del SPC para el primer semestre del año fiscal no excederá el 50% del déficit previsto para el año. Reglas de excepción: i) en casos de emergencia nacional o crisis internacional, el Poder Ejecutivo podrá solicitar al Congreso Nacional la suspensión de las reglas numéricas; ii) Cuando las evidencias indiquen una caída efectiva o prevista del PIB y previo informe del Ministro de Finanzas al Congreso, se permitirá un déficit del SPC de hasta 2% del PIB. Fondo de Estabilización Fiscal (FEF). Adscrito al Ministerio de Finanzas, será administracodo por un Directorio de tres miembros: el Ministro de Finanzas que lo preside, el Presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) y un representate del Presdente de la República. Los recursos del FEF serán manejados de manera similar a las reservas internacionales y no podrán ser aval de ningún tipo de operación. Fuentes de fondos: 1) El exceso de ingresos corrientes mayor a 0,3% del PIB respecto a la misma relación promedio en los últimos tres años; 2) El 75% de los ingresos líquidos de privatización exlcuidos los recursos del Fondo Nacional de Ahorro Público; 3) El 50% de los ingresos líquidos por concesiones del Estado. En ningún caso el ahorro acumulado en el FEF podrá exceder el 3% del PIB, los ingresos adicionales serán depositado en el Fondo Consollidado de Reservas Previsionales o destinados a reducir deuda pública. Usos de Fondos: 1) Cuando se prevea una reducción de ingresos ordinarios mayor al 0,3% del PIB respecto al promedio de los últimos tres años (ajustados por posibles efectos de la política tributaria) se utilizará hasta el 40% de los recursos del FEF, priorizando programas para alivio de la pobreza; 2) Cuando se den las situaciones tipificadas como “reglas de excepción”. - 71 Marco Macroeconómico Multianual. El Ministerio de Finanzas elaborará un conjunto de proyecciones macroeconómicas para tres años, incluyendo: a) lineamientos de política económica y objetivos de política fiscal, así como estimaciones del Gobierno General y el SPC; b) las metas de política fiscal para los próximos tres años; c) las previsiones a tres años de: i) supuestos macroeconómicos, ii) ingresos y gastos fiscales, iii) monto de inversiones nuevas y en ejecución, iv) endeudamiento público incluyendo avales y perfil de pago a largo plazo. El Marco Multianual debe ser aprobado por el Consejo de Ministros previa opinión técnica del Banco Central. Informes de ejecución. El Ministerio de Finanzas publicará un informe semestral sobre el grado de avance de las metas previstas en el Marco Multianual, a los sesenta días siguientes a la finalización del semestre. Recuadro 4: Especificaciones del marco plurianual del presupuesto 1.El período al cual corresponde y los resultados financieros esperados de la gestión fiscal de cada año. Estos resultados deberán compensarse de manera que la sumatoria para el período muestre equilibrio o superávit entra ingresos ordinarios y gastos ordinarios, entendiendo por los primeros, los ingresos corrientes deducidos los aportes al Fondo de Estabilización Macroeconómica y al Fondo de Ahorro y por los segundos los gastos totales, excluida la inversión directa del gobierno central El ajuste fiscal a los fines de lograr el equilibrio no se concentrará en el último año del período del marco plurianual. 2.El límite máximo del total del gasto causado, calculado para cada ejercicio del período del marco plurianual, en relación al producto interno bruto, con indicación del resultado financiero primario y del resultado financiero no petrolero mínimos correspondientes a cada ejercicio de acuerdo con los requerimientos de sostenibilidad fiscal. Se entenderá como resultado financiero primario la diferencia resultante entre los ingresos totales y los gastos totales, excluidos los gastos correspondientes a los intereses de la deuda pública, y como resultado financiero no petrolero la resultante de la diferencia entre los ingresos no petroleros y el gasto total. 3.El límite máximo de endeudamiento que haya de contemplarse para cada ejercicio del período del marco plurianual, de acuerdo con los requerimientos de sostenibilidad fiscal. El límite máximo de endeudamiento para cada ejercicio será definido a un nivel prudente en relación con el tamaño de la economía, la inversión reproductiva y la capacidad de generar ingresos fiscales Para la determinación de la capacidad de endeudamiento se tomará en cuenta el monto global de los activos financieros de la República. Fuente: Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público - 72 - Bibliografía Abugattás, Luis (1999): “Estabilización macroeconómica, reforma estructural y comportamiento industrial: la experiencia peruana”. CEPAL, Serie Reformas Económicas, 48. Diciembre. Alesina, Alberto, Perotti, Roberto (1995): “Fiscal Expansions and Adjustments in OECD Countries”, Economic Policy, 1995, 207-248, 21, October. Alesina, Alberto, Ardagna, Silvia, Perotti, Roberto, Shiantarelli, Fabio (1999): “Fiscal Policy, Profits, and investment”, NBER Working Paper Series, 7207, July. Banco Mundial (1997): “El Estado en un mundo en transformación”, Informe sobre el Desarrollo Mundial, 1997. BID (1997): “America Latina tras una década de reformas”. Informe 1997, Progreso Económico y Social en América Latina. Burki, Javed y Perry, Guillermo (1998): Mas allá del consenso de Washington: la hora de la reforma institucional”. Estudios del Banco Mundial sobre América Latina y el Caribe. 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