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Nulidad de los
actos
administrativos
Curso sobre Derecho Administrativo,
Juicio de Amparo y Argumentación
Jurídica
IFeTel
IJF
CoFeCe
Jean Claude Tron
Nulidad de los actos administrativos
Legalidad y eficiencia
2
Nulidad de los actos administrativos
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Archivo: Nulidad actos administrativos
IJF
Curso sobre Derecho Administrativo, Juicio de Amparo y
Argumentación Jurídica
Nulidad de los actos administrativos
Jean Claude Tron Petit
3
4
5
Nulidad de los actos administrativos
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Carpetas: La nulidad de los actos administrativos
6 Petit
Jean Claude Tron
Valores, políticas, fines y
principios del Estado
Condición
Presupuestos
Acto
Administrativo
Vocación
Eficacia
Patología
Patología
Ilicitud
Ilegalidades
no invalidantes
Invalidez
Ineficacia
Afectación
material
Vicios formales
o procedimiento
Subsanable
7
Generalidades
Formas jurídicas administrativas
• Hecho administrativo
• Hacer material, operación técnica, actuación física, vía de hecho
• Acto administrativo
• General o individual
• Reglamento administrativo
• Reglamento, Manual de organización, NOM, Resolución
• Simple acto de la Administración
• Propuesta y dictamen
• Contrato administrativo
•
•
•
•
Concesión: Servicio público y obras
Empleo
Adquisición, Obra pública, licitación
Empréstito, suministro, otros
• Gestión
11
Acto
administrativo
Acto administrativo
concepto
Acto administrativo es toda manifestación de:
• voluntad (resoluciones finales),
• deseo (propuestas, peticiones a otro órgano),
• conocimiento (certificante, notas, registros, actas) o
• juicio (consultivo, fiscalización, rinde cuentas),
realizada por la Administración Pública en el
ejercicio de una potestad administrativa.
Guido Zanobini
13
Acto administrativo: Componentes
Subjetivos
Objetivos
Formalísticos
Lógicos
Presupuestos
Materiales
Procedimentales
Efectos
Finalísticos
Jurídicos
Acto
administrativo
Objeto
Procedimentales
Contenido
Formales
Forma
Mérito
Elementos
Defectos
Fondo
Fin
Motivación
14
Error en el objeto
del acto
Real
Declarado
17
Elementos del acto
Forma
Exponer (verbal o escrito)
Hechos, Derecho, Conclusión
Requisitos peculiares
Declara
Configura constituye
Decide, sanciona
Error
Jurídico formal
Resultado
Objeto
Material
Presupuesto objetivo al que asigna consecuencias
Cosa, conducta
Contenido Expresión
(esencial, natural o accidental)
Fin
Posible (legal y material)
Determinable
Preciso en circunstancias
Referido
al objeto
Propósito, valores, principios acordes al interés público
Dolo o violencia, Error, Apreciación, Fundamentación inadecuada
Motivación
Explicar y justificar
Ratio decidendi
Formal
Material
Contenido  Fin 18
Bases
constitucionales
Eficiencia
Educación,
Salud
Desarrollo
Orden Jurídico: Estructura
Valores
Ideal
Directrices
Principio
P
R
R
R
R
R
R
Principio
R
(P)c›R
R
Subprincipio
Pro homine
Pro libertate
Dignidad
Libertad de ..
reglas
R
Economía procesal
Contradictorio
In dubio pro reo
p q
Definición
Sentencias
Elem. Gtía. Audiencia
Proporcionalidad en IsR
Actos
administrativos
22
Artículo 1º
constitucional
Mapa 1er párrafo
24
Interpretar
Mapa del artículo
1º constitucional
Interpretación Conforme
Criterios de Derecho:
+ Nacional
+ Internacional
Pro persona, mayor protección (óptimo)
2 y 3 párrafos
Acciones del
Estado
Protección
más amplia
Deberes
fin
Promover
Respetar
Proteger
Garantizar
Prevenir
Investigar
Sancionar
Reparar
Principios
Universalidad
Interdependencia
Indivisibilidad
Progresividad
25
Los principios son mandatos de optimización
Derechos o
Interpretaciones
Extensiva
Restricciones o
Suspensiones
Restringida
Pro persona: Nueva plataforma para interpretar y crear Derecho
Los derechos fundamentales pueden estar contenidos en:
• Reglas
• Principios
Prohíbe retroactividad en perjuicio
D. Vivienda
26
Multiactivos
Área contingente, accesoria
Expansividad (mandatos optimización principios)
Límites internos
Contornos difusos
Elásticos y cotingentes
Test proporcionalidad
Núcleo básico,
Contenido
esencial
Derechos que colisionan
Restricciones externas
Ahí opera la limitación a los límites
27
Derechos a algo
DacG1
Derechos a acciones negativas
Derechos a no
impedimento
de acciones
Derechos a la no
afectación de
propiedades y
situaciones
Derechos a acciones positivas
Derechos a la
no eliminación
de posiciones
jurídicas
Derechos a
acciones
positivas
fácticas
Derechos a
acciones
positivas
normativas
1
Significa D un derecho que tiene a (titular) frente a c (destinatario) a un objeto del derecho G
28
Emitido por autoridad
Garantía de audiencia
Artículo 14 constitucional
No
Acto de
privación
Implique:
* Merma, egreso o
supresión de un bien
* Impedimento para
ejercer un derecho
* Sea definitivo
* Sea la finalidad
connatural
Sí
Bienes tutelados
No
*
*
*
*
*
Vida
Libertad
Propiedades
Posesiones
Derechos
Sí
No
Juicio
Función jurisdiccional
Sí
Órgano:
No
Tribunal
previamente
establecido
* Judicial
* Administrativo
* Legislativo
Sí
No
Formalidades
esenciales
procedimiento
Sí
No
Sobreseimiento
Falta interés jurídico
73-V
*
*
*
*
*
*
Emplazamiento
Información
Alegar
Probar
Sentencia o decisión
Impugnar
Leyes anteriores
Sí
Concede amparo
Niega amparo
31
Garantía de legalidad
Acto de molestia
·
·
No
Emitido por autoridad
Restringe provisional o
preventivamente un
derecho para proteger
ciertos bienes jurídicos
Bienes tutelados
Acto de
molestia
Si
No
Mandamiento
escrito
·
·
·
*
*
*
*
*
Persona
Familia
Domicilio
Papeles
Posesiones
Constar en
documento
Firma autógrafa
Si
No
Autoridad
competente
Causa del
Causa del
procedimiento
procedimiento
No
Si
·
·
·
Existencia legal
Facultades expresas y
suficientes
Publicación en órgano oficial
FORMAL (violación)
Fundado
Si
Señalar normas:
* Competenciales
* Sustantivas
* Adjetivas
MATERIAL (violación)
Indebida fundamentación:
* Norma incorrecta
* Interpretación
* Aplicación
FORMAL (violación)
No
Motivado
Si
Sobreseimiento
Falta interés
jurídico,
73-V
Concede
amparo
Niega
Amparo
Razonamientos
que expliquen y relacionen:
* Supuestos norma con el
* Caso concreto
MATERIAL (violación)
Indebida motivación
Hechos que:
* No se realizaron
* Fueron distintos
* Apreciación equivocada
32
Fundamentación
y motivación
Fundamentación y motivación contexto
Competencia
Adjetivas
Normas
Fundamentación
Sustantivas
Reglas específicas o combinaciones
Normas individualizadas al caso
Interpretación correctiva o principialista
Causa legal del procedimiento explicar
Razones para subsumir hecho o acto
en la norma habilitante justificar
Adecuados
Suficientes
Enunciados
Motivación
Congruentes
Causa o
presupuesto
Procedimiento
Acto
Hechos, circunstancias o actos (fácticos)
Razones jurídicas
Finalidad: Explicar, justificar, defensa y comunicar
Efectos
34
Profundidad de violación
En la decisión
Actos:
Previos y
Durante el procedimiento
36
Motivación: ¿Qué es o para qué es?
Vista como una práctica, atender sentido y fines
Omitida
No se reconoce la aplicación del sistema jurídico (aspectos
reglados) o de criterios racionales (aspecto discrecional)
Incongruente
Entre los argumentos justificatorios y la decisión, de
manera que no se puede identificar la ratio decidendi
Insuficiente
Faltan razones que permitan conocer los criterios
fundamentales de la decisión. Pro-forma
Lógica y jurídicamente debe existir suficiente
motivación. Elemento diferenciador entre
discrecionalidad y arbitrariedad. Debe explicar el
procedimiento decisorio, iter dicisio
Indebida
Apreciación o valoración de los hechos
Aplicación o interpretación de fundamentos
Subsunción o Ponderación
37
Subjetivos
Presupuestos
Objetivos
Explicar
Motivación: Mapa conceptual
Formales
Elementos
Argumento
Justificar
Sustanciales
Pragmaticos
Para qué
Posibilitar
defensa
Concede
Limita
Comunicar
decision
Decision
Objetivo
1
El e
me
Subsume
3
nto
Operación
lógica
s
Elige medio
Pondera
Qué
Congruencia
Suficiente
iter decisión
4
5
Forma
2
Sanciona
Norma habilitante
Argumento
relaciona y califica
Elementos
Cómo
Hechos relevantes
para decidir
Motivación
Autoridad
emisora
Contenido
Fin
Quien
Al causar
molestia
Particular
afectado
Otras
autoridades
interesadas
Particular
beneficiado
Revisor
Preparando acto
Cuándo
Procedimiento
Al emitir acto
Donde
División internacional
Acto o
resolucion
38
RUBRO: FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN. EL ASPECTO FORMAL DE
LA GARANTÍA Y SU FINALIDAD SE TRADUCEN EN EXPLICAR,
JUSTIFICAR, POSIBILITAR LA DEFENSA Y COMUNICAR LA DECISIÓN.
TEXTO: El contenido formal de la garantía de legalidad prevista en el
artículo 16 constitucional relativa a la fundamentación y motivación
tiene como propósito primordial y ratio que el justiciable conozca el
“para que” de la conducta de la autoridad, lo que se traduce en darle a
conocer en detalle y de manera completa la esencia de todas las
circunstancias y condiciones que determinaron el acto de voluntad, de
manera que sea evidente y muy claro para el afectado poder cuestionar
y controvertir el mérito de la decisión, permitiéndole una real y
auténtica defensa.
39
Por tanto, no basta que el acto de autoridad apenas observe una
motivación pro forma pero de una manera incongruente, insuficiente o
imprecisa, que impida la finalidad del conocimiento, comprobación y
defensa pertinente, como tampoco es válido exigirle una amplitud o
abundancia superflua, pues es suficiente la expresión de lo
estrictamente necesario para explicar, justificar, posibilitar la defensa y
comunicar la decisión a efecto de que se considere debidamente
fundado y motivado, exponiendo los hechos relevantes para decidir,
citando la norma habilitante y un argumento mínimo pero suficiente
para acreditar el razonamiento del que se deduzca la relación de
pertenencia lógica de los hechos al derecho invocado, que es la
subsunción. CLAVE: I.4º.A. J/43
40
Solución 2
CRAC o IRAC
Resultado
Consecuencias
Circunstancias
Issue
Regulación
Aplicación
Generalizaciones
Circunstancias
Issue
Regulación
Cuestión
Particularidades
y Problema
Ratio decidendi
C
Contexto
Conclusión
Correlación
R
Conclusión
Aplicación
C
A
41
Discrecionalidad
Acto discrecional: Control
La discrecionalidad puede ser en:
•Medios o
•Fines
Fines, Optimizar
Acciones, Decisión
Potestad y Competencia
Procedimiento
Incidencia
Fin
Medios, Elección
Motivación en aspectos
formales y de racionalidad
Acto emitido
base a facultades
discrecionales
Normativas
Técnicas
Oportunidad
Tiempo, Ocasión y Forma
Fondo parcialmente reglado
Políticas
Temas
genéricos
Elementos
reglados
Decisiones
varias
Hechos del presupuesto
(liberalidad al elegir)
Aplicación de principios
Mérito o
conveniencia
45
Procedimiento
Esquema típico C F F Y LFPCA
Orden
Resolución
Procedimiento
•
•
•
•
•
Ejecución
¿Que sucede frente a procedimientos atípicos?
Antes de la orden puede existir un procedimiento previo
Procedimientos oficiosos sin orden
Hace falta un principio general, aplicarlo análogamente
Visitas que duran más de la cuenta
¿Qué nulidad?
Acto discrecional  reglado
50
Oficio
Hechos
Denuncia
Acta
Circunstancias
Normas violadas
Fiscalización
Documentos
Informes
Declaraciones
Pruebas
Visitas
Obligaciones incumplidas
Incompetencia
V procedimiento
V forma
Resolución
Emplazamiento
Alegar Pruebas
Audiencia y
Liquidación
Forma y Fondo
Contribuciones
Accesorios
Multa
Interposición
Suspensión
Alegar Pruebas
Juicio contencioso
administrativo
Sobresee
Procedimiento
Fiscal
Resolución
Validez
Nulidad
Juicio de amparo
Recurso revisión
51
Oficio
Hechos
Denuncia
DPR
Circunstancias
Normas violadas
Investigación
Documentos
Informes
Declaraciones
Pruebas
Visitas
Presunto infractor (razones)
Corrección/Supresión
Emplazamiento
Alegar Pruebas
Procedimiento
administrativo
Co Fe Ce
Audiencia
y Sanción
Resolución
sancionatoria
Desconcentración
Multa
Acceso insumo
Inhabilitación
Juicio de amparo
2 o 3 instancias
o
Juez Distrito
o
Tribunal colegiado
o
Suprema Corte
52
Ilegalidades e
ineficacias
Actos administrativos, principios
• Legalidad y legitimidad
• Conservación o estabilidad y trascendencia
• Eficacia y ejecutoriedad
• Orden público y prevalencia del interés social
• Paradigmas o perspectivas (bienes constitucionales)
54
Ilegalidad
Iter nullitas
Acción
anulación
Hecho objetivo o fáctico. Discordancia entre acto y ley, verificable. Valor de la
declaración, constancia o juicio por tribunal. Efectos: Legalidad / Ilegalidad relevante /
Ilegalidad no relevante
Constatación
Factor dinámico, conecta: Ilegalidad Invalidez Ineficacia
Nulidad de pleno derecho y anulabilidad -régimen y
técnicas procedimentales para declarar invalidez-
Ilegalidad
Invalidez
Juez decide
Principio Conservación
Fines de Administración
Indefensión interesados
No
invalidante
Invalidez
Declaración judicial (órgano legitimado).
Consecuencia o vertiente jurídico-formal de ilegalidad, efecto del pronunciamiento
Valoración
Ineficacia
Efecto de invalidez en: a) Acto y b) Consecuencias.
Formal, Jurídica o Nulidad.Material.-
Formal o
Nulidad
Material
Su efecto es:
Declaración del órgano competente de que acto:
a) No existe, b) Ha dejado de existir, c) Régimen de efectos
Vicios
magnitud
Expulsión del acto del mundo jurídico.
Define situación jurídica y desaparecen alcances
según cosa juzgada. Ex tunc.- Retroactivos o Ex nunc
Nul P D
Nul L y Ll
Anulab
Nul Efec
Regularizar y Subsanar
Convalidar
Conservar
Convertir
Ex nunc
55
Causa
constatable
Valoración
jurídica
Declaración
jurídica
Efectos
Ineficacia
Nulidad
Eliminar vicio
Subsanable
Irregularidad
Invalidez




Convalidación
Conservación
Invalidez parcial
Conversión
Ilegalidad
No invalidante
Instancia
interesado
Acción
anulación
57
Violaciones
58
Ilegalidad de resoluciones 51 LFPCA
• Incompetencia del funcionario que:
– Dicta (resolución);
– Ordena (inicio de un procedimiento); y,
– Tramita procedimiento.
• Requisitos formales legales, omisiones (en la resolución) que:
– Afecten defensas; y,
– Trasciendan al resultado del fallo.
• Vicios procesales.
– Afecten defensas; y,
– Trasciendan al resultado del fallo.
• Violaciones de fondo, en aspectos tales como:
– Hechos que motiven la resolución.- No realizados, distintos o apreciados
equivocadamente; y,
– Derecho.- Contraria a disposiciones aplicadas, o no aplicar la debida.
• Fines del acto que justifiquen la concesión de facultades
discrecionales.
59
Validez
Incompetencia
Art. 52 LFPCA
V formales
Lisa y llana
V procesales
Ilicicitudes
Acto
administrativo
V fondo
Efectos y
repone proced
Modifica cuantía
Desvío poder
Nulidad e
Ineficacias
Art. 51 LFPCA
¡No todo
acto ilícito
es nulo!
Reconoce y
cumplimiento
D subjetivo
Otorga y
Restituye
derechos
Cesen efectos
Condena
indemnizar
60
Modalidades de violaciones
Forma
Antecedente
Forma
Fondo
Procedimiento
Fondo
Conformar procedimiento, reglas
(apreciar, interpretar, aplicar, existencia)
continente, firma, otros)
Hechos
Derecho
Validez
Método construir premisas
Construcción de premisas
Congruencia
Exhaustividad
Motivación
Etc. (identificación,
Fáctica
Normativa
Corrección
62
Presupuestos
Elementos y
Violación
Contenido y función
Factor
Conformar procedimiento,
reglas para sustanciar o tramitar 51-III
Forma
Método o reglas para elaborar
premisas de la decisión 51-II
Validez
Fáctica
Fondo
Construcción de premisas
(apreciar, calificar, interpretar, aplicar o
acreditar existencia de
hechos o disposiciones) 51-IV
Corrección
Normativa
63
Modalidades en vicios de fondo
Cosa juzgada y preclusión
Hechos
no se realizaron
Falta
presupuesto
fueron distintos
apreciaron en forma equivocada
Apreciación/Calificación
Disposiciones
Dictó en contravención de las
aplicadas
Interpretación/Aplicación
dejó de aplicar las debidas
No hay norma, falta regla
Relevante es otra
Falta
presupuesto
64
RUBRO: NULIDAD PARA EFECTOS POR VIOLACIONES DE FONDO. ES
PROCEDENTE DECRETARLA CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 5I, FRACCIÓN
IV, DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,
CUANDO SE ESTÉ EN EL CASO DE LA INCORRECTA APLICACIÓN DE UNA
NORMA JURÍDICA.
TEXTO: Los actos administrativos están conformados por determinados presupuestos y
elementos, algunos de naturaleza formal y otros de fondo o sustanciales. Los aspectos
formales tienen como contenido y función, bien sea determinar el procedimiento que
precede a la emisión del acto, sujetándolo a una serie de reglas que deben observarse
al momento de sustanciarlo o tramitarlo; pero también, contemplar un método o
conjunto de reglas que deben seguirse para elaborar, adecuadamente, las premisas de
la decisión; de ahí que en ambos casos sean un factor de validez. En cambio, los
elementos de fondo o sustancia del acto, tienen como contenido y función, la adecuada
construcción de las premisas tanto fáctica como normativa; viniendo a ser un factor de
corrección o incorrección de tales enunciados. Así, los requisitos para la adecuada
elaboración de las premisas pueden tener distintos objetivos o intensidades, tales como
apreciar los hechos e interpretar las disposiciones sustantivas que deben ser
adecuadamente aplicadas. Este es un nivel de evaluación, pero también puede darse
otro mas trascendente, esencial o, si se quiere, fundamental, relativo al acreditamiento
de los hechos o, en su caso, sobre la vigencia o relevancia de las disposiciones que
rijan el acto y que configuran a los respectivos enunciados.
65
En ese orden de ideas, la ineficacia del acto, en razón de la nulidad hecha valer, tendrá
también una repercusión y trascendencia que debe ser distinguida, pues no es
equiparable que se aprecien o califiquen defectuosamente los hechos, a que estos no
existan, sean distintos o no se acrediten. En el primer evento, es viable corregir la
defectuosa evaluación, sobre la perspectiva de hechos probados; en cambio, si estos
no existen, son distintos o no se acreditan, la existencia del acto queda en entredicho.
Lo mismo ocurre en tratándose de la premisa normativa, pues no es lo mismo la
inadecuada aplicación de un precepto que la falta, inexistencia o irrelevancia de éste
para fundar, en lo sustancial, al acto. Por lo que es perfectamente justificable, ante la
inexistencia o no acreditamiento de los elementos sustanciales de cualquiera de los
enunciados del acto administrativo —fácticos o normativos—, que éste y sus efectos
desaparezcan y no pueda ser enmendado, habida cuenta que no hay base para ello,
por lo que de manera general se proclama que el análisis jurisdiccional de la esencia
del fondo impide cualquier actuación posterior de la autoridad en razón de la
profundidad o trascendencia de la materia sobre la cual incide el vicio casado y que
determina, en igual forma, un contexto específico sobre el que existirá cosa juzgada que
no puede volver a ser discutida, con efectos preclusivos o limitadores respecto a las
facultades, actuaciones o conductas de las autoridades para reiterar, repetir o incidir, de
nueva cuenta, sobre aspectos ya dilucidados o debatidos, acorde con los principios de
seguridad jurídica y cosa juzgada.
66
Sin embargo, acreditada por la autoridad la existencia de los hechos o relevancia de las
disposiciones sustantivas, si estos se aprecian, califican, interpretan o aplican,
defectuosamente, cabe perfectamente enmendar la actuación viciada, sólo en el
aspecto instrumental, atendiendo a satisfacer los intereses públicos que persiguen los
actos administrativos y el principio de conservación que los caracteriza. En este orden
de ideas, si en la resolución sancionadora que culmina con un procedimiento
administrativo y que es materia de impugnación en un juicio contencioso administrativo,
la autoridad administrativa lleva a cabo una incorrecta aplicación de una norma jurídica,
es pertinente que la sala del conocimiento considere actualizada la causal de anulación
prevista en la fracción IV del artículo 51 de la Ley Federal de Procedimiento
Contencioso Administrativo e imprima efectos a la declaratoria de nulidad, pues no toda
conducta o pronunciamiento de fondo conduce necesariamente a una de carácter lisa y
llana, por lo que es razonable ponderar la etapa, circunstancias y alcance en que se dio
la ilegalidad, siendo excesivo y fuera de toda proporción decretar la ineficacia de todo
un procedimiento que culmina con una sanción, e impedir que se imponga esta, cuando
no hay un cuestionamiento de los hechos constitutivos de la infracción o de la norma
fundatoria.
. CLAVE: TC014682.9AD1
67
Nulidades o
ineficacias
Ilegalidades no invalidantes
• Afecten las defensas del particular
• Trasciendan al sentido de la resolución
– Por qué se eligen
– Causas de no afectación y razones (tesis)
– No basta violación formal sino es menester el agravio
material
– Derechos fundamentales o garantías formales tuteladas
• Discernir el bien tutelado
Listado parcial y ejemplificativo en artículo 51 de la LFPCA
69
Nulidades modalidades (invalidez)
fundamentales impide liquidar crédito por
Pleno derecho Derechos
visita anulada
Lisa y llana
Nulidad
Efectos
Fondo (con efectos en la cosa juzgada)
Indicando cumplimiento o condiciones
Sin efectos conclusivos
Precaria Formalidades Fac. Discrecionales o competencia
Formalidades agravien (reiterar acto o reponer proced.)
Casos de instancia inatendida
Indicando debida interpretación o apreciación
Plena
jurisdicción
Precisar cuantía resolución o monto sanción
Reconociendo derecho subjetivo y cumplimiento
Otorgar o restituir derechos afectados
Cesación efectos y actos ejecución
70
Condena indemnizar daños SP
Ineficacia
trascendencia:
Es en función de la:
Acto
Ilegalidad
recae sobre
Fondo
Forma
Efectos y consecuencias del acto
Otros actos y procedimientos
que se vician (ejecución, notificación, etc.)
71
Modalidades de invalidez e ineficacias (52)






Reconocer validez
Declarar nulidad de resolución
Declarar nulidad de resolución para efectos (v fondo)
Ineludiblemente para efectos (v formales procedimentales reponer)
Modificar cuantía de resolución o reducir sanción
Declarar nulidad, más:




Reconocer derecho subjetivo y condenar a cumplimiento
Otorgar o restituir en goce de derechos afectados
Actos efectos generales: Cesen los efectos actos ejecución
Reconocer derecho e indemnizar daños causen SP
72
Modalidades de invalidez e ineficacias (52)
 Plazo para cumplimiento (realizar actos o procedimientos)
 Plazo para emitir nueva resolución
 Indemnización por demora
 Suspende plazo para diligencias en extranjero
 Preclusión derecho dictar nueva resolución (lesiva)
 Pretensiones inatendidas no hay preclusión
 Suspensión de efectos si hay impugnación
 Indemnización y pago de costas
73
Sentido de sentencia
52
Condiciones de
cumplimiento 52
I. Reconocer validez
Nada que cumplir
II. Declarar nulidad de
resolución
Puede haber nueva resolución e
indemnización [1]
Abarca solo lo que fue cosa
juzgada
Impide juzgar por mismos
hechos salvo que sentencia
indique dictar nuevo acto
[1]
Con el fin de obtener los efectos y el cumplimiento de una sentencia anulatoria puede requerirse de una resolución
que consume las consecuencias. Las condiciones serían análogas a las que se prevén para la fracción III
74
III. Declarar nulidad de
resolución para efectos y
reponer procedimiento
IV. Ineludiblemente para efectos
(vicios formales reponer)
IV. Declarar nulidad y modificar
cuantía de resolución o
reducir sanción
[1]
Plazo para cumplimiento
Acto o procedimiento (4 meses)
Plazo para emitir resolución
definitiva (4 meses)
Indemnización por demora
Suspende plazo para diligencias
en extranjero
Preclusión derecho dictar nueva
resolución [1]
Suspensión de efectos si hay
impugnación
Indemnización y pago de costas
Salvo en los casos en que el particular, con motivo de la sentencia, tenga derecho a una resolución definitiva
que le confiera una prestación, le reconozca un derecho o le abra la posibilidad de obtenerlo.
75
V. Declarar nulidad, más:
Plazo para cumplimiento
Acto o procedimiento (4 meses)
Reconocer derecho
subjetivo y condenar a
cumplimiento
Otorgar o restituir en goce
de derechos afectados
Cesen los efectos
Reconocer derecho e
indemnizar por daños
causen SP
[1]
Plazo para emitir resolución
definitiva (4 meses)
Indemnización por demora
Suspende plazo para diligencias
en extranjero
Preclusión derecho dictar nueva
resolución [1]
Suspensión de efectos si hay
impugnación
Indemnización y pago de costas
Salvo en los casos en que el particular, con motivo de la sentencia, tenga derecho a una resolución definitiva
76
que le confiera una prestación, le reconozca un derecho o le abra la posibilidad de obtenerlo.
51 (ilegalidades) 52 (ineficacias)
I. Reconocer validez
57 (condiciones de cumplimiento)
I. Incompetencia
II. Nulidad
I. a) Competente puede dictar resolución o iniciar
procedimiento, si no ha operado caducidad
Falta o insuficiente fundamentación y motivación de
competencia se equipara.
II. Violaciones
formales
IV. Nulidad para efectos (emita resolución e indicar términos,
dentro de 4 meses)
I. b) Reponer resolución en 4 meses
Facultades discrecionales puede abstenerse de reiterar
siempre que no afecte al particular.
III. Violaciones
IV. Nulidad para efectos (reponga procedimiento e indicar
procedimentales términos, dentro de 4 meses. Nueva visita por hechos
diferentes 46 CFF)
I. b) Reponer resolución en 4 meses
Facultades discrecionales puede abstenerse de reponer
siempre que no afecte al particular.
IV. Violaciones
fondo
I. c) Impide a la autoridad dictar nueva resolución sobre
mismos hechos, salvo que sentencia permita volver a dictar
acto. Nuevo acto no puede perjudicar más que el anulado
II. Nulidad
III. Nulidad para efectos, reponer procedimiento o dictar
resolución, dentro de 4 meses
IV. Nulidad para efectos (precisar forma y términos + monto y
alcance cuantía, reponer , dentro de 4 meses)
V. a) Nulidad + reconocer derecho subjetivo + cumplimiento
obligación
V. b) Nulidad + otorgar o restituir goce derechos afectados, +
indemnización si cumplimiento excede 4 meses
V. c) Nulidad + cesar efectos actos ejecución
V. d) Nulidad + reconocer derecho subjetivo + indemnización
daños y perjuicios causados por servidores públicos
V. Desvío poder
I. d) Impide a la autoridad dictar nueva resolución sobre
mismos hechos, salvo que sentencia permita volver a dictar
77
acto.
51
(ilegalidades)
52 (ineficacias)
57 (condiciones de cumplimiento)
I. Reconocer validez
I.
II. Nulidad
Incompetencia
I. a) Competente puede dictar resolución o
iniciar procedimiento, si no ha operado
caducidad
Falta o insuficiente fundamentación y
motivación de competencia se equipara.
II. Violaciones
formales
I. b) Reponer resolución en 4 meses
Facultades discrecionales puede abstenerse
de reiterar siempre que no afecte al
particular.
IV. Nulidad para efectos (emita
resolución e indicar términos,
dentro de 4 meses)
III. Violaciones IV. Nulidad para efectos (reponga
procedimen- procedimiento e indicar términos,
tales
dentro de 4 meses. Nueva visita
por hechos diferentes 46 CFF)
[1]
[2]
I. b) Reanudar y reponer procedimiento en 4
meses
Facultades discrecionales puede abstenerse
siempre que no afecte al particular.
78 Régime
Si se rebasa el plazo, precluye derecho de autoridad para emitirla, salvo que al particular, vía resolución, se le confiera prestación o reconozca derecho.
La resolución definitiva debe dictarse también dentro de 4 meses. Precluye derecho autoridad para emitir resolución. Régimen especial cuando requiera informa
IV. Violaciones II. Nulidad
fondo
I. c) Impide a la autoridad dictar nueva resolución sobre
mismos hechos, salvo que sentencia permita volver a dictar
acto. Nuevo acto no puede perjudicar más que el anulado
III. Nulidad para efectos, reponer procedimiento Plazo 4 meses
o dictar resolución
IV. Nulidad, precisando forma y términos +
monto y cuantía de sanción
V. a) Nulidad + reconocer derecho subjetivo +
cumplimiento obligación
TFJFA precisar monto o al
menos condiciones de
cumplimiento Plazo 4 meses
Reconocer derecho y precisar
condiciones de cumplimiento
V. b) Nulidad + otorgar o restituir goce derechos Idem
afectados, + indemnización si cumplimiento
excede 4 meses
V. c) Nulidad + cesar efectos, en actos con
efectos generales
V. d) Nulidad + reconocer derecho subjetivo +
indemnización daños y perjuicios causados por
servidores públicos
[1]
Idem
Idem
Precluye derecho autoridad para emitir resolución.
79
Precluye derecho autoridad para emitir resolución.
[3] Cuando para el cumplimiento de la sentencia, sea necesario solicitar información o realizar algún acto de la autoridad administrativa en el extranjero, se suspend
[2]
V. Desvío
poder
Nulidad
I. d) Impide a la autoridad dictar nueva resolución
sobre mismos hechos, salvo que sentencia permita
volver a dictar acto.
Atender pretensiones omitidas
II. Sentencia precisar forma y plazos en que autoridad
cumplirá
Amparo o recurso revisión suspende efectos
Plazos para cumplimiento
80
Ilegalidad e ineficacia
• Facultades discrecionales.- Involucradas al subsanar el
acto ilegal
Garantismo equilibrado
Seguridad jurídica
Legalidad
Formalidades básicas
Garantías mínimas (1)
Indefensión y agravio
(1)
Se tutela el procedimiento y la forma como opción irreductible
Eficacia
Conservación
Funcionalidad
No indefensión
No trascendencia
81
Régimen de nulidad e ineficacia
• Profundidad del vicio
• Voluntad de la Administración
–
–
–
–
Procedimiento prepara
Finalidad del ordenamiento
Forma y presupuestos
Sustancia o contenido
• Cosa juzgada.- Indiscutible lo que:
– Fue materia del juicio; y conforme
– Al contexto específico del que provino
– a) objeto de la decisión, b) fundamento jurídico y c) sujetos
afectados
• Inhibe o permite facultades de comprobación y
determinación
– Limita intervenciones cuando violación a Der. Fund.
82
Juicio contencioso
administrativo y
Juicio de amparo
Contencioso administrativo
Modalidades
Violación reclamada
Acción
Fondo
Anulación
Forma
Plena
jurisdicción
Resolución viciada
Procedimiento irregular
Desconocimiento o violación
de un derecho subjetivo
Ilegalidad resolución impugnada
Reparación adecuada
Nulidad
Declarativa
Condena y
Nulidad
84
Juicio contencioso administrativo
• Ordinario
• Sumario
• En línea
Salas
• Superior (pleno o secciones)
• Ordinarias
• Especializadas
85
Mayor beneficio
• Cuando resulte fundada la incompetencia de
la autoridad y además existan agravios
encaminados a controvertir el fondo del
asunto, el Tribunal deberá analizarlos y si
alguno de ellos resulta fundado, con base en
el principio de mayor beneficio, procederá a
resolver el fondo de la cuestión efectivamente
planteada por el actor. Artículo 51 LFPCA
86
Juicio contencioso administrativo
• Contencioso administrativo de anulación
– Estudio oficioso de
• Incompetencia y
• Falta de fundación y motivación
– Litis abierta
• Sustitución de facultades, casos de recursos
• Contencioso administrativo subjetivo
–
–
–
–
Resolver pretensión
Invocar hechos notorios
Derecho subjetivo violado + acto ilegal
Restituir o reparar, efectividad de los derechos
87
Elementos de la acción

P
Pretensión


(entendida como núcleo)
N
Norma
A 
Argumento
H
Hechos
CP

F

Interés jurídico
D Subj / Inter Leg / Agravio / Vía
califica
Pr
Fin
Causa de pedir
Pruebas
N P {IJ  CP [(Pr  H)  A  N] }
88
Acto administrativo previo al J C A
JAD
Acto
administrativo
(expreso o presunto)
Demanda
Contestación
Sentencia
Rec R F
Ampliación
Ampliación
Procedimiento
89
Juicio Contencioso
Administrativo
45 días
2 y 5 años
Demanda
(Proyecto nuevo)
Impedimento
Desecha
Aclarar
Obscura
Decisión
Improcedente
Si
Procedente
Recurso de
reclamación
Admisión, traslado y
suspensión
No
No presentada demanda
No ofrecidas pruebas
Recurso de
reclamación
Fin
Fin
Contestación de demanda (45 días)
y apersonamiento de terceros
Incidentes
Suspensión Acto
impugnado y otros
(1)
Ampliación de
demanda
Si
Negativa ficta
(1)
Sí
No
Contestación
de ampliación
Casos en que:
* Desconoce fundamentación y
motivación
* Notificación ilegal
* Actos nuevos
* Vías de hecho y repetición
Desahogo de
pruebas
Notificación a
partes
Suficientes
Sí
No
Alegatos
Nuevas
diligencias
* Sobreseimiento
* Validez
* Nulidad
* Lisa y llana
* Efectos
* Existencia derecho
subjetivo y condena.
Sentencia (2)
60 días
Cierre de
instrucción
Aclaración
Excitativa
Proyecto de
sentencia
Juicio de
Amparo (3)
(2) La
Sala Superior puede ejercer
la facultad de atracción para
resolver ella un asunto que
considere trascendente.
Recurso de
Revisión Fiscal (3)
45 días
Cumplimentación y
ejecución
Recurso de
queja
(3) Ante
tribunal colegiado
de circuito
90
Amparo Judicial o Administrativo
Presupuesto
Conceptos
de violación
Combatir
Eficaz e Integral
Sentencia o
acto administrativo
Presunción legitimidad
Razones (1 o varias) >> Decisión
P. Fáctica
P. Normativa
Reglas formales
CRAC
91
Amparo Judicial o Administrativo
Presupuesto
R
e
eit
ra
lac
Vio
Conceptos
de violación
CRAC
Violación procesal evidente
la
ión
g
o ri
ina
l
Omite
razones
Concretas
Impugna
Superficial
Límites p/
impugnar
Sentencia o
acto administrativo
Presunción legitimidad
Razones (1 o varias) >> Decisión
P. Fáctica
P. Normativa
Reglas formales
No invalida, faltó indefensión
92
Amparo vs. Leyes
Constitución
Conceptos
de violación
Ley
Texto
Jurisprudencia
Principios y valores
Presunción legitimidad
Razones (1 o varias) >> Mandato
CRAC
93
Preámbulo
Resultandos
Etapas de la sentencia
Juicio contencioso
administrativo
Datos generales del juicio
e integración de la sala
Demanda
Emplazamiento y contestación
Ampliación de demanda y contestación a la ampliación
Trámite y alegatos
Cierre de instrucción y turno para proyecto
Considerandos
Competencia tribunal
Procedencia de
instancia
Objetiva
Subjetiva
Certeza de autos
Causas de
sobreseimiento
Análisis de fondo
(eventual transcripción
aspectos demanda y
contestación) (1)
Violaciones
procesales
Aspectos materiales
Aspectos formales
Resolutivos
Procedencia
Fondo
Razones
No ciertos
Ciertos y presuntos
Causas de improcedencia
o sobreseimiento,
artículos 202 y 203 CFF
Audiencia
Violaciones procesales
Causas de ilegalidad que permitan
declarar nulidad lisa y llana
Litis abierta sustituyéndose a demandada
Señalar forma se afectan defensas del particular
y trascienden al sentido de resolución
Reenvío limitado a casos extrtemos
Competencia
Sobreseimiento
Prueba de la acción
Nulidad
Efectos o
Lisa y llana
Validez
Condena por violación derecho subjetivo
a) Notificación
b) Firma de los magistrados
c) Fe del secretario
(1) El TFJFA se sustituye en aspectos no resueltos en casos de recursos, litis abierta
Orden de estudio de ilegalidades en artículo 237 C.F.F., (excepciones en casos de plena jurisdicción) casos de suplencia,
corrección y examen en conjunto
94
Proemio
Vistos
Resultandos
ETAPAS DE LA SENTENCIA DEL RECURSO DE REVISION FISCAL.
Datos del juicio
contencioso administrativo
Promovente del juicio
Resolución impugnada
Autoridad demandada
Trámite ante la Sala del
TFJFyA correspondiente.
Recurrente
Fecha de admisión
Número de juicio
Sala del conocimiento
Sentencia impugnada:
- fecha
- sentido
- consideraciones
Auto de turno
Considerandos
Competencia
T.C.C.
104-I-B) constitucional
37-V LOPJF
Procedencia
de instancia
Oportunidad
Legitimación autoridad
recurrente
Procedencia
recurso
Resolutivos
Desecha
recurso
Sin materia
Improcedente
Fundado
Infundado
Razones de:
248 C.F.F.
Cuantía o materia privilegiada
Importancia o trascendencia
Agravios
Estudio de agravios
Votos
a) Notificación
b) Devolución de autos
c) Votación
d) Firmas
e) Fe del secretario.
Ad causam
Ad procesum
Facultades representación
(1)
(2)
(1)
Fundados / Estudio innecesario
Inoperantes
Insuficientes
Intrascendentes
Infundados
(2)
Estricto derecho
Estudio preferente de vicios más significativos o trascendentes
95