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“2010 - Año Homenaje al Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810”
Provincia de Misiones
Cámara de Representantes
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ro
ARTÍCULO 1.- Adhiérase la Provincia de Misiones a la Ley Nacional N 26588 de protección
y atención de los enfermos celíacos.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
El presente Proyecto surge de la necesidad planteada, por la Asociación Celíaca
Argentina – Filial Misiones, quienes días pasados me han hecho llegar a través de sus miembros,
el pedido de presentación y tratamiento de la adhesión a la Ley Nacional, como integrante de la
Comisión de salud de este Cuerpo.
La Ley Nacional Nº: 26.588 de protección y atención de los enfermos celíacos fue
sancionada el 2 de diciembre del año 2009, y promulgada el 29 del mismo mes y año.
La celiaquía consiste en una intolerancia total y permanente a una proteína – alfa
gliadina – contenida en le gluten de cuatro cereales: trigo, avena, cebada y centeno (T.A.C.C.);
dicha proteína afecta el intestino delgado encargado de la absorción de los alimentos; como
consecuencia de la afección deja de cumplir con esta función.
El intestino, cubierto de vellosidades que incrementan su capacidad de absorción,
con la presencia de la giladina, se atrofian o aplastan, impidiendo absorber los nutrientes
necesarios para el normal desarrollo e incluso para la vida, causando desnutrición.
Para decir que una persona es CELIACA, debe confirmarse el diagnóstico
mediante el estudio histo patológico del intestino delgado (biopsia); único método que demuestra
la ausencia o atrofia vellositaría, si bien existen una serie de análisis que se realizan antes de llega
a la biopsia, que permiten sospechar la existencia de atrofia o aplastamiento de vellosidades.
Si bien no hay estadísticas que confirmen el número de celíacos en la Provincia,
sólo en el Programa para celíacos carenciados del Ministerio de Desarrollo Social, suman 400,
estando unos cuantos en espera para poder ingresar al Programa, observándose cómo día a día
crece el número de detectados, incluso entre la población adulta. Los estudios de prevalencia de la
enfermedad indican a razón de 1 cada 79 habitantes, según el informe de la Comisión Nacional de
Salud, Ciencia y Tecnología del Ministerio de Salud, a mayo de 2009, lo que implica que en
Misiones sumarian aproximadamente 14.000 casos, según proyección de población 2010.
Ante el diagnóstico, existe un único tratamiento para evitar los efectos
mencionados, eliminar una de sus causas: la ingestión de la proteína que la produce; ya que la otra
causa, la predisposición genética, hasta hoy es inevitable. Por ello es indispensable una dieta
estricta de por vida, realizada correctamente el intestino repone sus vellosidades, recuperando de
esta manera su capacidad de absorción.
A partir del diagnóstico: el celíaco, debe comenzar a llevar una dieta SIN T.A.C.C.
ya que cualquier transgresión por pequeña que fuere puede producir consecuencias graves en
algunos y fatales en otros.
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“2010 - Año Homenaje al Bicentenario de la Revolución de Mayo de 1810”
Provincia de Misiones
Cámara de Representantes
Frente a la compleja situación que se le crea al celíaco y a su entorno una vez
efectuado el diagnóstico, bajo la inspiración de un médico y un grupo de madres con una
problemática común se crea la Asociación Celíaca Argentina (1978). A la fecha cuenta con más de
un centenar de filiales y centros de referencia en todo el País; en Misiones se crea en la ciudad de
Posadas la filial, en octubre de 1989.
La Asociación Celíaca Argentina desde hace más de 30 años en el país y más de 20
en la provincia, se ha propuesto trabajar en aras de lograr lo que denominan “calidad de vida para
los celíacos”, favoreciendo tanto su diagnóstico, control y la posibilidad de ofertas alimenticias
aptas y seguras y en función de ello es que solicitan la adhesión de la Provincia de Misiones a la
Ley Nacional 26588.
Si bien nuestra provincia cuenta con una Ley provincial, la 2811, esta data del año
1990, por lo que han transcurrido 20 años desde su sanción, la Ley nacional a la cual hoy
queremos adherir mediante este proyecto, incorpora nuevos elementos, como la identificación de
los alimentos, la profundización del estudio de la enfermedad, la educación; y lo que me parece
fundamental es que las Obras Sociales y las Empresas de Medicina Prepaga deban brindar
cobertura asistencial a las personas con celiaquía, comprendiendo su detección, diagnóstico y
tratamiento.
Por lo expuesto es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de
Ley.
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