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UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
FACULTAD DE ODONTOLOGÍA
AREA MÉDICO QUIRÚRGICA
UNIDAD DE CIRUGÍA BUCAL Y FARMACOLOGÍA
CURSO CIRUGÍA Y FARMACOLOGÍA I
TERCER AÑO
2012
AUTOR:
Dr. Julio R. Pineda Cordón
Profesor Titular V
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INTRODUCCIÓN
Con la buena intención de elaborar documentos de apoyo a la docencia he
iniciado la redacción del presente. He combinado la revisión de literatura confiable con
la experiencia personal y la de mis colegas de la Unidad de Cirugía Bucal y
Farmacología.
El objetivo principal de este documento es proporcionar al estudiante de
Odontología que inicia el estudio de la Farmacología, un pilar o una base sobre la cual
redactar prescripciones o recetas que estén de acuerdo a la legislación nacional y, por
supuesto, que sea útil para su aplicación en la Facultad de Odontología y en las clínicas
particulares.
Se trata pues, de brindar un documento que incluya información clara de las
características y componentes que debe cumplir una buena prescripción. El estudiante
interesado podrá, por supuesto, ampliar su conocimiento del tópico en las referencias
brindadas en la bibliografía.
El Odontólogo General es afortunado en su práctica clínica porque la gran
mayoría de fármacos que pertenecen a su “grupo personal de medicamentos” para
utilizar en sus pacientes no son en general, de uso delicado o arriesgado. Sin embargo,
siempre debe tener presente la farmacodinámica y la farmacocinética al considerar la
utilización de un fármaco único o también en las posibles interacciones medicamentosas
entre los fármacos que el paciente ya toma y los que el odontólogo le va a recetar, así
como las posibles reacciones adversas o contraindicación de los medicamentos que el
clínico prescribe a un paciente que tiene enfermedades sistémicas presentes; o también,
si el paciente es pediátrico o geriátrico.
En fin, toda la precaución se recomienda siempre que se prescribe un
medicamento cualquiera que éste sea, con el objeto de evitar complicaciones
innecesarias. Redactar buenas prescripciones en principio, es ya una ayuda para
prevenir estas complicaciones.
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UBICACIÓN TEMÁTICA
DIÁLOGO HIPOTÉTICO ENTRE UN ESTUDIANTE DE CUARTO AÑO DE LA
CARRERA DE CIRUJANO DENTISTA Y UN PROFESOR DE LA UNIDAD DE
CIRUGÍA BUCAL, AMBOS DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA DE LA
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA.
Estudiante: - Doctor, ya terminé la extracción. Me puede revisar al paciente...
Doctor:
- Con mucho gusto. Veamos..., muy bien, todo está muy bien. Le coloca
una gasa estéril en el lugar de la extracción al paciente y hágame el
favor de leerle las instrucciones postoperatorias y a continuación se las
entrega. Por cierto, ¿Qué le va a medicar a su paciente?
Estudiante:
- ¡Ehhhhh! ¿Ibuprofén?
Doctor:
- Mmmm..., podría ser. ¿A qué dosis se lo va a recetar?
Estudiante:
- ¡Ehhhhh, 500 miligramos!
Doctor:
- ¡¡Glups!! ¿Cada cuánto?
Estudiante:
- ¿Cada 8 horas?
Doctor:
- Nada que ver usted, hágame el favor...El ibuprofén usualmente se
prescribe en dosis de 400 miligramos cada 6 horas, pero la historia
médica anterior del paciente nos podría contraindicar su uso. Por
ejemplo: ¿Tiene el paciente algún problema renal o de presión arterial?
Estudiante:
- No doctor, es normotenso y no refirió problemas en sus riñones.
Doctor:
- ¿Tiene gastritis su paciente actualmente?
Estudiante:
- Eso sí, Doctor. Refiere que estuvo tomando Ranitidina porque su
médico se lo recetó, pero cuando se sintió bien dejó de tomarlas y
actualmente dice que siente una “sensación quemante otra vez en la
boca del estómago.”
Doctor:
- Bueno, en ese caso y para evitar complicaciones mejor vamos a cambiar
de medicamento. Como fue una extracción simple y poco traumática
de lo cual puede usted inferir que habrá ninguno o muy poco dolor e
inflamación, agregando además, que su paciente es “ayudante de obra”
según lo refiere en su ficha clínica, un Acetaminofén desde el punto de
vista económico, parece ser una buena opción. ¿Qué opina usted?
Estudiante:
-Ehhhhhh.... Me parece bien...¡También!
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Doctor:
-Bueno, entonces haga una recta para el paciente, pero antes de
entregársela, me la enseña.
Estudiante:
-Sí, Doctor.
Momentos después, el estudiante muestra la siguiente receta al Doctor:
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Doctor:
-¡¡Glups!! Analicemos su redacción. En primer lugar, “Acetaminofen”
lleva tilde en la letra “e”. Por otro lado, si bien es aceptable que recete en
nombre genérico; al hacerlo de este modo le da libre albedrío al
farmacéutico para que le dispense al paciente una marca de acetaminofén
según su criterio. Los pacientes que asisten a la clínica de la Facultad de
Odontología, usualmente son de recursos económicos limitados e
imagínese usted ¿Qué tal si el farmacéutico decide darle una marca que
es cara? Ése es precisamente el problema de recetar únicamente nombres
genéricos: Al paciente se le pueden dispensar medicamentos de alto
coste o en el peor de los casos, medicamentos de mala calidad lo cual es
totalmente opuesto a los criterios de selección de medicamentos por parte
del Odontólogo.
Estudiante:
-¡¡Ahhhhh!!
Doctor:
-Otra cosa es la dosis (o potencia) que escribió en la receta. 90
miligramos se parece a la dosis pediátrica de una tableta masticable de
acetaminofén que varía entre 80 a 100 miligramos. Esta dosis, es
totalmente inadecuada para un adulto de 24 años como su paciente.
Estudiante:
-¡Hay disculpe!, Doctor. No me recordaba.
Doctor:
-Tampoco indica al farmacéutico cuántas tabletas (que es la presentación
del medicamento prescrito), le debe dispensar al paciente. Por otro lado,
no le está dando la vía de administración del fármaco. Hubiese bastado
con anotar: “Tomar” lo cual implica que el paciente entenderá lo que
para nosotros los clínicos es “por vía oral, bucal o ingestión”. Fíjese
también, que el intervalo de la dosis es de 4 a 6 horas y no de 8 horas
como usted apuntó. Además, no le indica al paciente cuántos días durará
el régimen terapéutico.
Estudiante:
-¿Sí Doctor?
Doctor:
-Y finalmente, observe que su letra no es del todo clara, debe hacerla lo
más legible posible. Ya para concluir, tiene la obligación de firmar la
receta. Hágame el favor de hacerla de nuevo.
Estudiante:
-¡¡Claro Doctor!!
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Momentos después, el estudiante de turno de exodoncia muestra la siguiente receta al
Doctor:
Doctor:
-¡¡Maravilloso, Usted!! Ahora sí, entréguela al paciente.
Estudiante:
-Muchas gracias, Doctor.
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IMPORTANTE: El anterior diálogo hipotético muestra mucho de la realidad de los
estudiantes de nuestra Facultad. Entre otras cosas, no están familiarizados con la
farmacodinámica, la farmacocinética ni las dosis de medicamentos básicos para un
odontólogo como lo son los Analgésicos-Antiinflamatorios. Situación similar ocurre
con antibióticos, antimicóticos y antivirales. Además, no saben redactar recetas
adecuadas; razón por la cual los profesores de la Unidad de Cirugía Bucal y
Farmacología hemos decidido siempre solicitar al estudiante que nos muestre su receta
previo a entregarla a su paciente con el fin de hacer las correcciones necesarias. Por
este medio, instamos a nuestros estudiantes a revisar previo a sus turnos, la
farmacodinámica, farmacocinética y farmacoterapéutica de los medicamentos básicos
arriba descritos.
PRINCIPIOS PARA LA REDACCIÓN DE RECETAS
Una prescripción o receta, es una orden escrita o verbal para medicación a ser
utilizada para el diagnóstico, prevención o tratamiento de la enfermedad específica del
paciente por un médico licenciado, un dentista, un veterinario o incluso, un pedicuro.
Una prescripción también puede ser escrita por optometristas apropiadamente
entrenados, asistentes de médicos y enfermeras graduadas (8).
Según la “Guía de la Buena Prescripción” de la Organización Mundial de la
Salud (4), una prescripción es una instrucción de un prescriptor a un dispensador. El
prescriptor no es siempre un médico, ya que puede ser también otro trabajador
paramédico, como una comadrona o una enfermera. El dispensador no es siempre un
farmacéutico, pues puede ser también un mozo de farmacia, un ayudante o una
enfermera.
En cada país hay normas sobre la información mínima que debe constar en una
prescripción, así como los fármacos cuya dispensación requiere receta y sobre las
personas autorizadas para realizar estas funciones. En muchos países existen normas
especiales para las prescripciones de derivados opiáceos. En otras palabras, las
prescripciones están sujetas a las regulaciones estatales, federales y locales. Además, es
un documento legal del cual tanto el prescriptor como el farmacéutico son responsables
(8).
Específicamente en Guatemala, existe el “Reglamento para el Control
Sanitario de los Medicamentos y Productos Afines” del Acuerdo Gubernativo
Número 712-99 emitido por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (9),
el cual en sus diferentes Títulos y Capítulos contiene los siguientes Artículos
relacionados con recetas o prescripciones:
Artículo 7 (7.37):
Receta médica: Orden suscrita por médicos u odontólogos, a fin de que una cantidad
de cualquier medicamento o mezcla de ellos sea despachada conforme a lo señalado por
el profesional que la extiende. Las recetas se distinguen en: receta médica simple u
ordinaria, muy utilizada por nosotros los odontólogos para prescribir medicamentos
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como analgésicos-antiinflamatorios, antibióticos, antimicóticos y antivirales, flúor, etc,
receta que ampara un producto de venta restringida, la cual se utiliza para adquirir
plaguicidas o reactivos de laboratorio químico- biológico (están fuera de nuestra
profesión) y receta de talonario oficial para estupefacientes: Los odontólogos que
prescriban medicamentos opiáceos como la morfina y sus derivados así como también
benzodiazepinas y otros tranquilizantes, deberán tramitar ante el Departamento de
Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines de la Dirección General de
Regulación, Vigilancia y Control de la Salud del Ministerio de Salud, un recetario
especial para la extensión de recetas de estupefacientes y psicotrópicos, los cuales son
proporcionados al clínico por el Departamento antes mencionado a precio de costo y en
un formato especial (9).
Por otro lado, el Reglamento en cuestión, agrega en su Artículo 96: La receta es
el documento que respalda la dispensación bajo prescripción médica y es válido para
todo el territorio nacional. Las recetas y órdenes hospitalarias de dispensación deben
estar escritas en idioma español y contener los datos básicos de identificación del
prescriptor, paciente y medicamentos.
En las recetas y órdenes, el médico debe incluir las advertencias pertinentes para
el farmacéutico y las instrucciones para la mejor observancia del tratamiento.
El Ministerio de Salud podrá regular con carácter básico lo dispuesto en los
párrafos anteriores y establecer la exigencia de otros requisitos que, por afectar a la
salud pública o al sistema sanitario hayan de ser de aplicación general en las recetas u
órdenes hospitalarias.
Toda la legislación anterior será aplicada en la siguiente sección
“información contenida en una prescripción”.
sobre
INFORMACIÓN CONTENIDA EN UNA PRESCRIPCIÓN
La condición más importante es que la prescripción sea clara. Debe ser legible y
debe indicar con precisión lo que hay que suministrar. En la actualidad ya se escriben
pocas prescripciones en latín, y se prefiere la lengua nacional. En Guatemala, por
legislación, toda receta debe escribirse en español ( 9 ). Se recomienda al lector,
revisar las figuras 1 y 2 (páginas 9 y 10) en donde se presenta, en primer lugar, el nuevo
formato del recetario de la Clínica de Exodoncia y Cirugía de la Facultad de
Odontología, que contiene ejemplos claros y en orden de la información contenida en
una prescripción, para que el lector vaya comparando la información descrita a
continuación con dichas figuras. Si al elaborar sus recetas, incluye la información que
se indica, la probabilidad de cometer errores será mínima:
1. Nombre, dirección, número de teléfono y de Colegiado del prescriptor (3, 4,
7). Incluir Especialidad si es que la tiene (7). Generalmente esta información
se encuentra impresa en la receta. Si el farmacéutico tiene alguna duda, podrá
contactar fácilmente al prescriptor (4).
2. Fecha de la prescripción (1, 4, 5, 7, 8): En muchos países la validez de una
prescripción no tiene límite de tiempo pero en otros el farmacéutico no dispensa
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los medicamentos consignados en prescripciones que tienen más de 3 a 6 meses.
En Guatemala esto no se encuentra legislado (9).
3. SUPERSCRIPCIÓN (5) O SOBREESCRITO (3): En algunos países se usa
el símbolo D/ que significa dispénsese. También se emplea el símbolo R/ o Rp/,
derivado del latín Recipe que significa tome o tómese (4). En Guatemala debe
adoptarse el símbolo D/ de “dispénsese” por ser idioma español (9).
4. INSCRIPCIÓN (8): Esta parte provee información específica del nombre del
medicamento y su dosificación.
4.1 Nombre del medicamento (8): Puede hacerlo en su denominación común
internacional o DCI que es lo que en nuestro medio se conoce como nombre
genérico, también en su nombre o denominación comercial o ambos. Si se
anotan ambos nombres o denominaciones se anota primero el genérico y a
continuación, entre paréntesis el comercial (8). Se recomienda usar nombre
genérico únicamente si el prescriptor está seguro de que en la farmacia se
ofrecerá en primer lugar la alternativa menos cara al paciente (4), a lo cual hay
que agregar que también el producto dispensado al paciente sea de buena calidad
y efectivo.
4.2 Dosificación o potencia (4, 7, 8) Se anota a continuación la cantidad en
miligramos, gramos, unidades, miligramos o gramos por mililitro (mg, g, U, mg
o g/ml,), según sea el caso del medicamento.
5. SUSCRIPCIÓN (8): Son las indicaciones del prescriptor para el farmacéutico
con respecto de cumplir los datos incluidos en la inscripción. Debido a que los
medicamentos que utilizamos en Odontología ya vienen preparados y listos para
dispensar, la suscripción es usualmente breve incluyendo únicamente lo
siguiente:
5.1 Cantidad del fármaco a ser dispensada: Se debe anotar la palabra
“Dispensar” y a continuación en números arábigos la cantidad. Al final del
formato de receta, se puede imprimir un apartado para resurtir, anotando en
letras el número de veces que el paciente puede volver a proveerse del
medicamento con la misma receta.
5.2 Forma o presentación del medicamento: Luego de anotar la cantidad del
medicamento, indicar su forma farmacéutica, es decir: tabletas, pastillas,
cápsulas, comprimidos, jarabes, viales para inyección IM, SC o IV, etc.
6. TRANSCRIPCIÓN (8) O SIGNA (5): Son las indicaciones o instrucciones
que se dan al paciente y consisten en la vía de administración, número de formas
farmacéuticas a una dosificación determinada a ser tomadas por el paciente
(también aplican otras vias de administración) y el número de tomas del
medicamento a intervalos de tiempo (evitar anotar: “3” veces al día”, 4 veces al
día”, etc.) debiendo ser específico: cada 8 horas, cada 6 horas, etc. Finalmente,
anotar el número de días que durará el régimen.
7. FIRMA DEL CLÍNICO QUE REDACTÓ LA RECETA.
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Figura número 1: Se presenta el nuevo formato del recetario de la Clínica de
Exodoncia y Cirugía de la Facultad de Odontología de la Universidad de San
Carlos de Guatemala. Contiene escritas a mano, las partes principales que debe
contener una receta.
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Figura número 2: Se muestra una receta redactada adecuadamente.
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RECOMENDACIONES FINALES (3, 8):
- Las recetas deben ser escritas claramente con tinta o mecanografiadas. No deben
tener enmendaduras o “tachones”.
- Se deben dar instrucciones cuidadosas del uso de los medicamentos, especialmente
si son enjuagatorios o soluciones. También si son medicamentos de tipo narcótico o
tranquilizantes.
- Se debe hacer 1 receta por cada fármaco prescrito.
- El Odontólogo debe firmar la receta en el momento que se la da al paciente.
- Como ya se indicó, si se prescribe un NARCÓTICO o DEPRESORES DEL SNC
el
Odontólogo debe poseer un “talonario para extensión de recetas de
estupefacientes” adquirido mediante trámite y a precio de costo en el Departamento
de Regulación y Control de Productos Farmacéuticos y Afines del MSPAS (9).
- Anotar siempre en la ficha del paciente el fármaco prescrito. Si no tiene este
cuidado, en las citas de control del paciente probablemente el clínico no recordará
qué medicamento o medicamentos le prescribió lo cual podría ser contraproducente
en el manejo específico del caso del paciente.
No está de más indicar que previo a la redacción de una receta se debe haber
seleccionado ya el medicamento a prescribir, esto, basado en el diagnóstico de la
enfermedad y tomando en cuenta la historia médica anterior del paciente que incluye
por supuesto enfermedades y medicamentos que pudiera estar tomando ya el paciente.
A continuación se brindan más ejemplos de recetas redactadas adecuadamente.
Estas cumplen con los principios descritos. Nótese que la letra a pesar de la caligrafía,
son perfectamente legibles. Por otro lado, siguen en su redacción un orden definido, el
mismo en el cual se describió la información contenida en una receta.
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BIBLIOGRAFÍA
1. Benet, Leslie Z. Principios de la redacción de recetas e instrucciones para el
apego a la prescripción por parte del paciente. En: Hardman, J.G. Et all,
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7. Huy, D.P. y B. Rouveix. Farmacología Odontológica. Masson, Barcelona, 1,994
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8. Picozzi, Anthony and Vahn A. Lewis Prescription Writing and Drug
Regulations. Chapter 53, in: Yagiela, J. A., E. A Neidle and F. J. Dowd
Pharmacology and Therapeutics for Dentistry, 4th ed, Mosby, St. Louis,
Missouri, 1,998 pp. 696-706
9. Reglamento para el Control Sanitario de los Medicamentos y Productos Afines.
Acuerdo Gubernativo Número 712-99, Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social. Guatemala, 17 de septiembre de 1,999, pp.4-10, 14-15,
33, 34, 45-46
El Autor, agradece a la Licenciada en Letras y Profesora en Lengua y Literatura
Amanda Judith López de León, por su amable colaboración al haber revisado este
texto.
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ANEXO: ANÁLISIS DE PRESCRIPCIONES
Las recetas que se muestran a continuación fueron redactadas por estudiantes de
cuarto y quinto años de la Facultad de Odontología y turno de Exodoncia. Basándose
en la información proporcionada en este documento detecte los errores cometidos en
cada una de ellas. Para el manejo de la información farmacoterapéutica de los
medicamentos puede consultar cualquier libro de farmacología para odontología.
Finalmente, redacte usted todas las recetas proporcionadas ya corregidas.
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