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Congreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa. ----------------1 jfunbabo tn 1880 bt ÚRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A. J L.l EVE S 12 de abnl de 2012 No 28 Tomo GiCX:GlV Director General: Gustavo flené Sóberams Montes w ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL a MINISTERIO DE GOBERNACIÓN MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuérdase la siguiente: REFORMA AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 240-2004 DE FECHA 12 DE AGOSTO DE 2004 Y SUS REFORMAS. Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA MINISTERIOS HABITACIÓN DEL ALTÍSIMO. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala, establece que los Comandos Militares serán establécidos de conformidad con las necesidades estratégicas y tácticas de la Nación y que la determinacíón de su jurisdicción operacional asi como su· creación· se hará por medio de Acuerdo Gubernativo; y que mediante Acuerdo Gubernativo Número· 240-2004 de fecha 12 de agosto de 2004, reformado por los Acuerdos Gubernativos- Números 278-2006 de fecha 01 de junio de 2006 y 279-2010 de fecha 05 de octubre de 2010, en cumplimiento a la modernización del Ejército de Guatemala, se crearon los Comandos Militares, Dependencias Militares Auxiliares, Estados Mayores Personales, Centros de Profesionalización y Centros de Instrucción y Entrenamiento. R Acuérdase crear el Hospital General del Municipio de Tecpán Guatemala, del Departamento de Chimaltenango, con categoría de Unidad Ejecutora y dependencia administrativo del Ministerio de Salud Público y Asistencia Social. ep úb Guatemala, 28 de marzo del 2012 . MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL MUNICIPALIDAD DE MOYUTA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA gr e on Acuérdose EMITIR EL SIGUIENTE REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE JOCOTENANGO DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ. C COLEGIO DE ECONOMISTAS, CONTADORES PÚBLICOS Y AUDITORES Y ADMINISTRADORES DE · EMPRESAS REGLAMENTO DE LA LEY DEL TIMBRE PROFESIONAL DE LAS CIENCIAS ECONÓMICAS. SECRETARÍA DE COORDINACIÓN EJECUTIVA DE LA PRESIDENCIA PUBLICACIÓN DE INFORME ANUNCIOS VARIOS POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los articulos 183 literales e) y e) y 250 de la Constitución Politica de la República de Guatemala; 30 numeral 1), 31, 33 y 150 del Decreto Número 72-90 del Congreso de la República, Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala. ACUERDA: La siguiente: REFORMA AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 24o-2004 DE f!ECHA 12 DE AGOSTO DE 2004 Y SJ_JS REFORMAS. . . Articulo 1. Se reforma el ArUcuto 4, el cual queda as.i: ..Articulo 4. Se crean los Comandos Militares, organizados por Brigadas con ·la responsabilidad jurisdiccional operacional, en la forma siguiente: A. Primera Brigada de lnfanteria "General Luis Garcia León". con responsabilidad operacional al este del Departamento de Petén, en los municipios de Flores, San Benito, San José, Melchor de Meneos, Santa Ana, Dolores, Poptún y San Luis, todos del departamento de Petén, con sede en la Aldea de Santa Elena de la Cruz, municipio de Flores, departamento de Petén. B. Segunda Brigada de lnfanteria "Capitán General Rafael Carrera". con responsabilidad operacional en los departamentos de Izaba! (excluyendo el sector oeste del municipio de Livingston a partir de Rio Dulce), Zacapa, El Progreso y Chiquimula, con sede en la cabecera departamental de Zacapa. C. Tercera Brigada de lnfanteria "General Manuel Aguilar Santa maria'". con responsabilidad operacional en los departamentos de Jalapa, Jutiapa y Santa Rosa, con sede ~n la Aldea Cerro Gordo, municipio de Jutiapa, departamento de Jutrapa. Matrimonios • Lineas de Transporte • Constituciones de Sociedad •Modificaciones de Sociedad • Disolución de Sociedád • Patentes de Invención • Registro de Marcas • Títulos Supletorios • Edictos • Remates • ATENCIÓN ANUNCIANTES: IMPRESIÓN SE HACE CONFORME ORIGINAL Toda impresión en la parte legal del Diario de Centro América, se hace respetando el original. Por lo anterior, esta administración ruega al público tomar nota. 1 CONSIDERANDO: Que es estricto interés del Estado fortalecer la paz y la seguridad interior y -exterior en el territorio nacional, reubicar y reasignar responsabilidad ·jurisdiccional a las Brigadas y Comandos Militares; asimismo, es necesaria la creación de Comandos Militares Especiales con la · categoria de Brigadas, como lo son la Segunda Brigada de Policia Milita.r "General Héctor Alejandro Gramajo Morales" y la Brigada Especial de Operaciones de Selva "Teniente Coronel de lnfanteria DEM. Victor Augusto Quilo Ayuso", con la ubicación y jurisdicción operacional que se indica en el presente Acuerdo Gubernativo. so Acuérdose el siguiente: REGLAMENTO DEL SERVICIO PÚBLICO DE SANIDAD, LIMPIEZA, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, DISPOSICIÓN FINAL Y TASAS POR EL SERVICIO DE RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS EN EL MUNICIPIO DE MOYUTA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA EL CUAL CONSTA DE 30 ARTÍCULOS. de la PUBLICACIONES VARIAS MUNICIPALIDAD DE JOCOTENANGO, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 63-2012 lic Acuérdase la s~guiente: REFORMA AL ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 240-2004 DE FECHA 12 DE AGOSTO DE 2004 Y SUS REFORMAS. . ; lli'l/1/lc.IIB ••<:JI.~~¡: ORGANISMO EJECUTIVO Sumario '1 " -~ Congreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa. DIARIO de CENTRO AMÉRICA Guatemala, JUEVES 12 de.abril2012 NÚMER028 D. Cuarta Brigada de lnfanterfa "General ,Justo Rufino Barrios", con responsabilidad operacional en los departamentos de Escuintla, Suchitepéquez, Retalhuleu, San Marcos y municipios de Génova, Colomba Costa Cuca, Flores Costa Cuca y Coatepeque del departamento de Quetzaltenango, con sede en el municipio de Cuyotenango, departamento de Suchitepéquez. E. Quinta Brigada de lnfanterla "Mariscal Gregario Solares", con responsabilidad operacional en los departamentos de Huehuetenango, Totonicapán, Sololá, Quetzaltenango (excluyendo los municipios de Génova, Colomba Costa Cuca, Flores Costa Cuca y Coatepeque); y departamento de Quiché (excluyendo el municipio de lxcán}; con sede en la cabecera departamental de Huehuetenango, departamento de Huehuetenango. · Acuérdese reconocer la personalidad ¡urídica y aprobar las bases constitutivas de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA MINISTERIOS HABITACIÓN DEL ALTÍSIMO. Sexta Brigada delnfanteria "Coronel Antonio José delrisarri", con responsabilidad operacional en los departamentos de Alta Verapaz, Baja Verapaz y municipio de lxcán, departamento de Quiché; y sector oeste del municipio de Livingston a partir de Rfo Dulce, con sede en la aldea Playa Grande, municipio de lxcán, departamento de Quiché. Guatemala, 27 de marzo de 2012 H. Brigada de Policfa Militar "Guardia de Honor", con sede en el municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, como Comando Militar Especial a orden del Estado Mayor de la Defensa Nacional. l. Segunda Brigada de Policfa Militar "General de División Héctor Alejandro Gramajo Morales", con sede en el municipio de San Juan Sacatepéquez, departamento de Guatemala, como Comando Militar Especial a orden del Estado Mayor de la Defensa Nacional. J. Brigada de Fuerzas Especiales, con sede en el municipio de Puerto Barrios, departamento de Izaba!, como Unidad Estratégica a orden del Estado Mayor de la Defensa Nacional. Brigada Especial de Operaciones de Selva "Teniente Coronel de Infantería DEM. Víctor Augusto Quilo Ayuso", con responsabilidad operacional al oeste del departamento de Petén, en los municipios de San Andrés, San Francisco, La Libertad, Sayaxché y Las Cruces, todos del departamento de Petén, con sede en la aldea el Subln, del municipio de La Libertad, del departamento de Petén, como Comando Militar Especial a orden del Estado Mayor de la Defensa Nacional. CONSIDERANDO: Que el articulo 37 de la Constitución Politica de la República de Guatemala reconoce la personalidad jurldica de la Iglesia Católica y que las otras iglesias, cultos, entidades y asociaciones de carácter religioso obtendrán el reconocimiento de su personalidad jurfdica conforme las reglas de su institución y que el Gobierno no podrá negarlo si no fuese por razones de orden público. CONSIDERANDO: Que el instrumento público en que constan las bases constitutivas de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA MIHISTERIOS HABITACIÓN DEL ALTISIMO cumple con los requisitos de Ley y las directrices dictadas por este Ministerio y contándose con la opinión favorable de la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio y Visto Bueno de la Procuraduría General de la Nación, es procedente emitir la disposición Ministerial correspondiente. de la K. ·EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN COHSIDERANDO: Qué el Presidente de la Junta Directiva Provisional y Representante Legal, de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA MINISTERIOS HABITACIÓN DEL ALTÍSIMO. con sede en el municipio de Mixco, departamento de Guatemala; se presentó a este Ministerio solicitando el reconocimiento de la personalidad juridíca y aprobación de las bases constitutivas de su representada. CONSIDERANDO: Que el articulo 36 de la Constitución .Política de la República de Guatemala, reconoce que el ejercicio de todas la religiones es libre. Que toda persona tiene derecho a practicar su religión o creencia, sin más límites que el orden público y el respeto debido a la dignidad de la jerarqula y a Jos fieles de otros credos. a Brigada Militar "Mariscal Zavala", con responsabilidad operacional en los departamentos de Guatemala, Chimaltenango y Sacatepéquez, con sede en el municipio de Guatemala, departamento de Guatemala. ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 118-2012 lic G. MINISTERIO DE GOBERNACIÓN ep úb F. '1 R 2 ' Brigada de Paracaidistas "General Felipe Cruz", con sede en el municipio del Puerto de San José, departamento de Escuintla, como Unidad Estratégica a orden del Estado Mayor de la Defensa Nacional. M. Brigada de Artillerfa de Campafia "Santa Bárbara", con sede en el municipio de Salamá, departamento de Baja Verapaz, como Unidad Estratégica a orden del Estado Mayor de la Defensa Nacional. gr e on Cuerpo de Transporte del Ejército de Guatemala, con sede en el municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, como Comando Militar Especial a orden derEstado Mayor de la Defensa Nacional. C N. so L. Articulo 2. El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir un dla después de su publicación en el Diario de Centro América y deberá darse a conocer en las Órdenes Generales del Ejército para Oficiales, Oficiales Asimilados y Especialistas. COMUNiQUE~E (f-337-2012)-11-obri1 POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 37, 194 literales a) y f) de la Constitución Politica de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal b} de la ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; y, 4 y 7 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo Número 635-2007, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación; y, con fundamento en los artículos 15 numeral1o y 31 segundo párrafo del Código Civ1l. Decreto ley 106 y sus reformas; y, Acuerdo Gubernativo Número 263-20013 Disposiciones para la Obtención del Reconocimiento de la Personalidad Jurídic~ de las Iglesias Evangélicas. ACUERDA: ARTICULO 1. Reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA MINISTERIOS HABITACIÓN DEL ALTISIMO, la cual esta contenida en el Instrumento Público número dos (2), de fecha veintisiete (27) de enero del ai'\o dos mil doce (2012), autorizado en la ciudad de Guatemala por la Notaria Jacqueline Julissa Girón Estrada. ARTÍCULO 2. Pará el funcionamiento de cualquier proyecto o programa de los no contemplados dentro de sus fines y cualquier otra modificación a sus bases constitutivas, la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA MINISTERIOS HABITACIÓN DEL ALTÍSIMO, deberá contar con la autorización previa de la Autoridad Gubernativa correspondiente. ARTICULO 3. El presente Acuerdo empieza a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Diario de Centro América. (229238-2)-l2-obril 1