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Congreso de la República.
Dirección Legislativa.
Unidad de Información Legislativa.
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jfunbabo tn 1880
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ÚRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.
J L.l EVE S 12 de abnl de 2012 No
28 Tomo GiCX:GlV
Director General: Gustavo flené Sóberams Montes
w
ORGANISMO EJECUTIVO
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
a
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL
Acuérdase la siguiente: REFORMA AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 240-2004
DE FECHA 12 DE AGOSTO DE 2004 Y SUS REFORMAS.
Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar
las bases constitutivas de la Iglesia denominada IGLESIA
EVANGÉLICA MINISTERIOS HABITACIÓN DEL ALTÍSIMO.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala, establece que los Comandos
Militares serán establécidos de conformidad con las necesidades estratégicas y
tácticas de la Nación y que la determinacíón de su jurisdicción operacional asi
como su· creación· se hará por medio de Acuerdo Gubernativo; y que mediante
Acuerdo Gubernativo Número· 240-2004 de fecha 12 de agosto de 2004,
reformado por los Acuerdos Gubernativos- Números 278-2006 de fecha 01 de junio
de 2006 y 279-2010 de fecha 05 de octubre de 2010, en cumplimiento a la
modernización del Ejército de Guatemala, se crearon los Comandos Militares,
Dependencias Militares Auxiliares, Estados Mayores Personales, Centros de
Profesionalización y Centros de Instrucción y Entrenamiento.
R
Acuérdase crear el Hospital General del Municipio de Tecpán
Guatemala, del Departamento de Chimaltenango, con
categoría de Unidad Ejecutora y dependencia administrativo
del Ministerio de Salud Público y Asistencia Social.
ep
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Guatemala, 28 de marzo del 2012
. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Y ASISTENCIA SOCIAL
MUNICIPALIDAD DE MOYUTA,
DEPARTAMENTO DE JUTIAPA
gr
e
on
Acuérdose EMITIR EL SIGUIENTE REGLAMENTO PARA
EL SERVICIO DE AGUA POTABLE DEL MUNICIPIO DE
JOCOTENANGO DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ.
C
COLEGIO
DE
ECONOMISTAS,
CONTADORES
PÚBLICOS Y AUDITORES Y ADMINISTRADORES DE ·
EMPRESAS
REGLAMENTO DE LA LEY DEL TIMBRE PROFESIONAL DE LAS
CIENCIAS ECONÓMICAS.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
EJECUTIVA DE LA PRESIDENCIA
PUBLICACIÓN DE INFORME
ANUNCIOS VARIOS
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los articulos 183 literales e) y e) y
250 de la Constitución Politica de la República de Guatemala; 30 numeral 1), 31,
33 y 150 del Decreto Número 72-90 del Congreso de la República, Ley
Constitutiva del Ejército de Guatemala.
ACUERDA:
La siguiente:
REFORMA AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 24o-2004 DE f!ECHA 12
DE AGOSTO DE 2004 Y SJ_JS REFORMAS.
.
.
Articulo 1. Se reforma el ArUcuto 4, el cual queda as.i:
..Articulo 4. Se crean los Comandos Militares, organizados por Brigadas con
·la responsabilidad jurisdiccional operacional, en la forma siguiente:
A.
Primera Brigada de lnfanteria "General Luis Garcia León". con
responsabilidad operacional al este del Departamento de Petén, en
los municipios de Flores, San Benito, San José, Melchor de
Meneos, Santa Ana, Dolores, Poptún y San Luis, todos del
departamento de Petén, con sede en la Aldea de Santa Elena de la
Cruz, municipio de Flores, departamento de Petén.
B.
Segunda Brigada de lnfanteria "Capitán General Rafael
Carrera". con responsabilidad operacional en los departamentos
de Izaba! (excluyendo el sector oeste del municipio de Livingston a
partir de Rio Dulce), Zacapa, El Progreso y Chiquimula, con sede
en la cabecera departamental de Zacapa.
C.
Tercera Brigada de lnfanteria "General Manuel Aguilar
Santa maria'".
con
responsabilidad
operacional
en
los
departamentos de Jalapa, Jutiapa y Santa Rosa, con sede ~n la
Aldea Cerro Gordo, municipio de Jutiapa, departamento de Jutrapa.
Matrimonios • Lineas de Transporte • Constituciones de
Sociedad •Modificaciones de Sociedad • Disolución de
Sociedád • Patentes de Invención • Registro de Marcas •
Títulos Supletorios • Edictos • Remates •
ATENCIÓN ANUNCIANTES:
IMPRESIÓN SE HACE CONFORME ORIGINAL
Toda impresión en la parte legal del Diario de Centro
América, se hace respetando el original. Por lo anterior, esta
administración ruega al público tomar nota.
1
CONSIDERANDO:
Que es estricto interés del Estado fortalecer la paz y la seguridad interior y -exterior
en el territorio nacional, reubicar y reasignar responsabilidad ·jurisdiccional a las
Brigadas y Comandos Militares; asimismo, es necesaria la creación de Comandos
Militares Especiales con la · categoria de Brigadas, como lo son la Segunda
Brigada de Policia Milita.r "General Héctor Alejandro Gramajo Morales" y la
Brigada Especial de Operaciones de Selva "Teniente Coronel de lnfanteria
DEM. Victor Augusto Quilo Ayuso", con la ubicación y jurisdicción operacional
que se indica en el presente Acuerdo Gubernativo.
so
Acuérdose el siguiente: REGLAMENTO DEL SERVICIO PÚBLICO
DE SANIDAD, LIMPIEZA, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE,
DISPOSICIÓN FINAL Y TASAS POR EL SERVICIO DE
RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS EN EL MUNICIPIO DE
MOYUTA, DEPARTAMENTO DE JUTIAPA EL CUAL CONSTA
DE 30 ARTÍCULOS.
de
la
PUBLICACIONES VARIAS
MUNICIPALIDAD DE JOCOTENANGO,
DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 63-2012
lic
Acuérdase la s~guiente: REFORMA AL ACUERDO
GUBERNATIVO NUMERO 240-2004 DE FECHA 12 DE
AGOSTO DE 2004 Y SUS REFORMAS. .
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ORGANISMO EJECUTIVO
Sumario
'1
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-~
Congreso de la República.
Dirección Legislativa.
Unidad de Información Legislativa.
DIARIO de CENTRO AMÉRICA
Guatemala, JUEVES 12 de.abril2012
NÚMER028
D.
Cuarta Brigada de lnfanterfa "General ,Justo Rufino Barrios",
con responsabilidad operacional en los departamentos de
Escuintla, Suchitepéquez, Retalhuleu, San Marcos y municipios de
Génova, Colomba Costa Cuca, Flores Costa Cuca y Coatepeque
del departamento de Quetzaltenango, con sede en el municipio de
Cuyotenango, departamento de Suchitepéquez.
E.
Quinta Brigada de lnfanterla "Mariscal Gregario Solares", con
responsabilidad
operacional
en
los
departamentos de
Huehuetenango, Totonicapán, Sololá, Quetzaltenango (excluyendo
los municipios de Génova, Colomba Costa Cuca, Flores Costa
Cuca y Coatepeque); y departamento de Quiché (excluyendo el
municipio de lxcán}; con sede en la cabecera departamental de
Huehuetenango, departamento de Huehuetenango. ·
Acuérdese reconocer la personalidad ¡urídica y aprobar las bases constitutivas
de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA MINISTERIOS HABITACIÓN
DEL ALTÍSIMO.
Sexta Brigada delnfanteria "Coronel Antonio José delrisarri",
con responsabilidad operacional en los departamentos de Alta
Verapaz, Baja Verapaz y municipio de lxcán, departamento de
Quiché; y sector oeste del municipio de Livingston a partir de Rfo
Dulce, con sede en la aldea Playa Grande, municipio de lxcán,
departamento de Quiché.
Guatemala, 27 de marzo de 2012
H.
Brigada de Policfa Militar "Guardia de Honor", con sede en el
municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, como
Comando Militar Especial a orden del Estado Mayor de la Defensa
Nacional.
l.
Segunda Brigada de Policfa Militar "General de División Héctor
Alejandro Gramajo Morales", con sede en el municipio de San
Juan Sacatepéquez, departamento de Guatemala, como Comando
Militar Especial a orden del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
J.
Brigada de Fuerzas Especiales, con sede en el municipio de
Puerto Barrios, departamento de Izaba!, como Unidad Estratégica a
orden del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
Brigada Especial de Operaciones de Selva "Teniente Coronel
de Infantería DEM. Víctor Augusto Quilo Ayuso", con
responsabilidad operacional al oeste del departamento de Petén,
en los municipios de San Andrés, San Francisco, La Libertad,
Sayaxché y Las Cruces, todos del departamento de Petén, con
sede en la aldea el Subln, del municipio de La Libertad, del
departamento de Petén, como Comando Militar Especial a orden
del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
CONSIDERANDO:
Que el articulo 37 de la Constitución Politica de la República de Guatemala
reconoce la personalidad jurldica de la Iglesia Católica y que las otras iglesias,
cultos, entidades y asociaciones de carácter religioso obtendrán el reconocimiento
de su personalidad jurfdica conforme las reglas de su institución y que el Gobierno
no podrá negarlo si no fuese por razones de orden público.
CONSIDERANDO:
Que el instrumento público en que constan las bases constitutivas de la Iglesia
denominada IGLESIA EVANGÉLICA MIHISTERIOS HABITACIÓN DEL
ALTISIMO cumple con los requisitos de Ley y las directrices dictadas por este
Ministerio y contándose con la opinión favorable de la Dirección de Asuntos
Jurídicos de este Ministerio y Visto Bueno de la Procuraduría General de la
Nación, es procedente emitir la disposición Ministerial correspondiente.
de
la
K.
·EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
COHSIDERANDO:
Qué el Presidente de la Junta Directiva Provisional y Representante Legal, de la
Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA MINISTERIOS HABITACIÓN DEL
ALTÍSIMO. con sede en el municipio de Mixco, departamento de Guatemala; se
presentó a este Ministerio solicitando el reconocimiento de la personalidad juridíca
y aprobación de las bases constitutivas de su representada.
CONSIDERANDO:
Que el articulo 36 de la Constitución .Política de la República de Guatemala,
reconoce que el ejercicio de todas la religiones es libre. Que toda persona tiene
derecho a practicar su religión o creencia, sin más límites que el orden público y el
respeto debido a la dignidad de la jerarqula y a Jos fieles de otros credos.
a
Brigada Militar "Mariscal Zavala", con responsabilidad
operacional en los departamentos de Guatemala, Chimaltenango y
Sacatepéquez, con sede en el municipio de Guatemala,
departamento de Guatemala.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 118-2012
lic
G.
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN
ep
úb
F.
'1
R
2
'
Brigada de Paracaidistas "General Felipe Cruz", con sede en el
municipio del Puerto de San José, departamento de Escuintla,
como Unidad Estratégica a orden del Estado Mayor de la Defensa
Nacional.
M.
Brigada de Artillerfa de Campafia "Santa Bárbara", con sede en
el municipio de Salamá, departamento de Baja Verapaz, como
Unidad Estratégica a orden del Estado Mayor de la Defensa
Nacional.
gr
e
on
Cuerpo de Transporte del Ejército de Guatemala, con sede en el
municipio de Guatemala, departamento de Guatemala, como
Comando Militar Especial a orden derEstado Mayor de la Defensa
Nacional.
C
N.
so
L.
Articulo 2. El presente Acuerdo Gubernativo empieza a regir un dla después de
su publicación en el Diario de Centro América y deberá darse a conocer en las
Órdenes Generales del Ejército para Oficiales, Oficiales Asimilados y
Especialistas.
COMUNiQUE~E
(f-337-2012)-11-obri1
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 37, 194 literales a) y f)
de la Constitución Politica de la República de Guatemala; 27 literal m) y 36 literal
b} de la ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la
República y sus reformas; y, 4 y 7 numeral 4 del Acuerdo Gubernativo Número
635-2007, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Gobernación; y, con
fundamento en los artículos 15 numeral1o y 31 segundo párrafo del Código Civ1l.
Decreto ley 106 y sus reformas; y, Acuerdo Gubernativo Número 263-20013
Disposiciones para la Obtención del Reconocimiento de la Personalidad Jurídic~
de las Iglesias Evangélicas.
ACUERDA:
ARTICULO 1. Reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas
de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA MINISTERIOS HABITACIÓN
DEL ALTISIMO, la cual esta contenida en el Instrumento Público número dos
(2), de fecha veintisiete (27) de enero del ai'\o dos mil doce (2012), autorizado en
la ciudad de Guatemala por la Notaria Jacqueline Julissa Girón Estrada.
ARTÍCULO 2. Pará el funcionamiento de cualquier proyecto o programa de los no
contemplados dentro de sus fines y cualquier otra modificación a sus bases
constitutivas, la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA MINISTERIOS
HABITACIÓN DEL ALTÍSIMO, deberá contar con la autorización previa de la
Autoridad Gubernativa correspondiente.
ARTICULO 3. El presente Acuerdo empieza a regir a partir del día siguiente de su
publicación en el Diario de Centro América.
(229238-2)-l2-obril
1