Download Orden Nº 021 - A.S.S.AL.

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
ORDEN Nº 021 A.S.S.Al.
Santa Fe, 10 de Abril de 2013.
VISTO:
El expediente Nº 15601-0000695-3 del S.I.E. de la Agencia
Santafesina de Seguridad Alimentaria (A.S.S.Al.) en donde
consta el Acta Multifunción Nº 5571 y los Protocolos de
Análisis Nros. 6698 y 6699 los cuales informan que los
productos alimenticios Morrones y Escabeches de poroto, marca
El Abuelo Luis, no se encuentran inscriptos en el Registro
Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) y, asimismo, carecen
de determinada información obligatoria en el rótulo, y;
CONSIDERANDO:
Que por medio de Acta Multifunción Nº 5571 de fecha
11/03/13 en la localidad de San Lorenzo se intervinieron los
productos alimenticios Escabeche de porotos, Cebollas en
Escabeche, Salsa Criolla, Ajíes en aceite, Berenjenas y
Morrones, todos correspondientes a la marca El Abuelo Luis,
elaborados por Registro Nacional de Establecimiento (RNE) Nº
21-112130 y al Registro Nacional de Productos Alimenticios
(RNPA) 21-040826;
Que el RNE mencionado corresponde a la razón social Aneli
Amelia, CUIT Nº 27-10986952-5, con domicilio en la calle
Cangallo Nº 168/172 Bis, de la localidad de Rosario, Provincia
de Santa Fe;
Que el RNPA Nº 21-040826 pertenece al producto alimenticio
Berenjenas en Escabeche, con fecha de vencimiento 12/10/10,
marca Alimentos Barbera, correspondiente al establecimiento RNE
Nº 21-085269, Aneli Amelia.
Que por medio de Acta de Toma de Muestra Nº 011, de fecha
15/03/13, se tomó muestra en la localidad de San Lorenzo del
producto
alimenticio
Morrones,
marca
El
Abuelo
Luis,
correspondiente al RNE Nº 21-112130 y al RNPA Nº 21-040826,
fecha de vencimiento 28/12/13;
Que, asimismo, por medio de Acta de Toma de Muestra Nº 012
de fecha 15/03/13 se tomó muestra en la localidad de San
Lorenzo del producto alimenticio Escabeche de Porotos, marca El
Abuelo Luis, correspondiente al RNE Nº 21-112130 y al RNPA Nº
21-040826, fecha de vencimiento 28/11/13;
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
Que el Protocolo de Análisis Nº 6698 de fecha 26/03/13
informa que el producto alimenticio Morrones no cumple con la
Legislación Alimentaria Vigente en cuanto a que no se encuentra
inscripto en el Registro Nacional de Productos Alimenticios
(RNPA) y, asimismo, su rótulo carece de la razón social del
elaborador, el domicilio, la información nutricional y de la
leyenda de elaborado en o una similar;
Que el Protocolo de Análisis Nº 6699 de fecha 26/03/13
informa que el producto alimenticio Escabeche de Porotos no
cumple con la Legislación Alimentaria Vigente en cuanto a que
no se encuentra inscripto en el Registro Nacional de Productos
Alimenticios (RNPA) y, asimismo, su rótulo carece de la razón
social del elaborador, el domicilio, la información nutricional
y de la leyenda de elaborado en o una similar;
Que la falta RNPA no permite la trazabilidad y seguridad
de los alimentos mencionados;
Que, además, para elaborar alimentos se debe contar con
el
RNE
y
RNPA
aprobado
por
la
autoridad
sanitaria
correspondiente y en estado activo;
Que lo expresado en los párrafos anteriores configura una
infracción a lo establecido en el Código Alimentario Argentino,
Ley N° 18.284;
Que se debe garantizar que los rótulos de los productos
alimenticios cuenten con toda la información obligatoria y que
la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a
los consumidores de alimentos;
Que se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar
la salud de la población;
POR ELLO
El Director de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria
en uso de sus atribuciones
ORDENA
Artículo 1º.- Decomísese y prohíbase la comercialización de los
productos rotulados de la siguiente manera:
Producto: Morrones
Marca: El Abuelo Luis
RNE Nº: 21-112130
RNPA Nº: 21-040826
Fecha vencimiento: 28/12/13
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
Producto: Escabeche de porotos
Marca: El Abuelo Luís
RNE Nº: 21-112130
RNPA Nº: 21-040826
Fecha vencimiento: 28/11/13
Como, asimismo, todo otro producto del RNE mencionado con la
marca El Abuelo Luís.
Artículo 2º. Otórguese un plazo de 72 horas –a contar a partir
de la notificación de la presente- para efectuar descargo.
Artículo 3º.- Continúese con el procedimiento correspondiente a
fin de establecer, en su caso, la multa pertinente.
Artículo 4º.- Notifícase el presente acto al establecimiento
Aneli Amelia, con domicilio en calle Cangallo Nº 168/172 Bis,
de la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
Artículo 5º.- Infórmese al Instituto Nacional de Alimentos
I.N.Al.), a las jurisdicciones provinciales y a la autoridad
sanitaria de Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) a los
medios de comunicación y consumidores lo establecido en la
presente orden.
Artículo 6º.- Comuníquese que la situación antes mencionada y/o
posteriores modificaciones pueden verificarse dirigiéndose a la
página web www.assal.gov.ar, opción Consumidores.
Artículo 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. Raúl Samitier
Director
Elaboración, Comercialización
y Consumo de Alimento Seguro
Agencia Santafesina
de Seguridad Alimentaria.