Download Alerta Galletitas sabor a Roquefort, marca El Imperio

Document related concepts

Etiquetado de alimentos wikipedia , lookup

Ingeniería alimentaria wikipedia , lookup

Transcript
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
ORDEN Nº 10 A.S.S.Al.
Santa Fe, 21 de Febrero de 2013.
VISTO:
El expediente Nº 15601-0000651-7 del S.I.E. de la Agencia
Santafesina de Seguridad Alimentaria en donde consta el
Protocolo de Análisis Nº 6428 de fecha 15/02/13 de esta Agencia
el cual informa que el producto alimenticio Galletitas sabor a
Roquefort, marca El Imperio, no se encuentra inscripto en el
Registro
Nacional
de
Productos
Alimenticios
(RNPA),
y,
asimismo, carece de determinada información obligatoria en el
rótulo, y;
CONSIDERANDO:
Que por medio del Acta de Toma de Muestra AR Nº 04/13 de
fecha 06/02/13 se tomó muestra en la localidad Armstrong del
producto alimenticio Galletitas sabor a Roquefort, marca El
Imperio,
correspondiente
al
Registro
Nacional
de
Establecimiento Nº 21-113359 y al Registro Nacional de
Productos Alimenticios Nº E/T elaborado en la localidad de
Villa Eloísa, Provincia de Santa Fe;
Que el Protocolo de Análisis Nº 6428 de fecha 15/02/13
informa
que
el
producto
no
cumple
con
la
Legislación
Alimentaria Vigente en cuanto a que el producto alimenticio no
se encuentra inscripto en el Registro Nacional de Productos
Alimenticios (RNPA) y, asimismo, carece de la denominación de
venta del alimento, la lista de ingredientes, el contenido
neto, la leyenda de elaborado en o una similar y, además, el
domicilio no coincide con el registrado;
Que la falta RNPA no permite la trazabilidad y seguridad
del alimento mencionado;
Que, además, para elaborar alimentos se debe contar con
el
RNE
y
RNPA
aprobado
por
la
autoridad
sanitaria
correspondiente y en estado activo;
Que lo expresado en los párrafos anteriores configura una
infracción a lo establecido en
el Artículo 3 del Código
Alimentario Argentino, Ley N° 18.284;
Que se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda
la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta
a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos;
Que se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar
Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”
la salud de la población;
POR ELLO
El Director de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria
en uso de sus atribuciones
ORDENA
Artículo 1º.- Decomísese y prohíbase la comercialización en el
territorio de la Provincia del producto Galletitas sabor a
Roquefort rotulado de la siguiente manera:
Marca: El Imperio
RNE Nº: 21-113359
RNPA Nº: E/T
Elaborador: Domingo Núñez
Domicilio: 20 de Junio Nº 1141
Localidad: Villa Eloísa
Provincia: Santa Fe
Artículo 2º.- Otórguese un plazo de 72 horas –a contar a partir
de la notificación de la presente- para efectuar descargo.
Artículo 3º.- Continúese con el procedimiento correspondiente a
fin de establecer, en su caso, la multa pertinente.
Artículo 4º.- Notifíquese al establecimiento con domicilio en
calle Domingo Núñez, con domicilio en calle 12 de Octubre Nº
911, de la localidad Villa Eloísa, Provincia de Santa Fe.
Artículo 5º.- Infórmese al Instituto Nacional de Alimentos
I.N.Al.), a las jurisdicciones provinciales y a la autoridad
sanitaria de Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) a los
medios de comunicación y consumidores lo establecido en la
presente orden.
Artículo 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Ing. Raúl Samitier
Director
Elaboración, Comercialización
y Consumo de Alimento Seguro
Agencia Santafesina
de Seguridad Alimentaria.