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Transcript
INFORME TÉCNICO FINAL DEL PROYECTO
ESTUDIO SOBRE LA CARACTERIZACIÓN
SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL
GOLFO DE ULLOA, BAJA CALIFORNIA SUR
REALIZADO POR EL
CENTRO INTERDISCIPLINARIO DE CIENCIAS MARINAS DEL
INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL
A SOLICITUD DE LA
COMISIÓN NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
AUTORES:
MAURICIO RAMÍREZ RODRÍGUEZ*, GUSTAVO DE LA CRUZ AGÜERO, ELVIA AÍDA
MARÍN MONROY, MIGUEL ÁNGEL OJEDA DE LA PEÑA, GERMÁN PONCE DÍAZ
LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR, MÉXICO
DICIEMBRE DE 2010
*CICIMAR-IPN, Av. IPN s/n, Col. Playa Palo de Santa Rita, La Paz, BCS, México 23096
[email protected]
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
CONTENIDO
RESUMEN
Pág.
1
1
INTRODUCCIÓN
3
2
7
7
2.2
MARCO LEGAL
Menciones al concepto de zona de refugio en la legislación ambiental y
pesquera
Menciones de la zona de refugio en la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente
Menciones de la zona de refugio en la Ley General de Vida Silvestre
Menciones de la zona de refugio en la Ley General de Pesca y
Acuacultura Sustentable
Área de refugio para la caguama y el marco normativo de la pesca
3.1
3.2
3.3
ÁMBITO ECOLÓGICO
Clima y fisiografía
Caracterización ambiental
Grupos faunísticos
11
11
14
16
4.1
4.2
4.3
ÁMBITO SOCIOECONÓMICO
Aspectos demográficos
Aspectos educativos
Actividades económicas
20
20
22
23
DESCRIPCIÓN DE LA PESQUERÍA
Organización pesquera
Producción pesquera
Importancia relativa de las pesquerías en la región del Golfo de Ulloa
Producción de escama y tiburón en el Golfo de Ulloa
Captura de escama por zona de pesca
Tendencias en la captura de escama, tiburones y rayas
Temporadas de captura
Movilidad de la flota
Sistemas de pesca
Artes de pesca para escama y tiburón
Selectividad de artes de pesca
25
25
27
28
33
35
38
40
44
45
47
53
6.
ADMINISTRACIÓN DE LA PESQUERÍA
56
7.
LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE
MANEJO DE LAS PESQUERÍAS DE ESCAMA EN LA
REGIÓN DEL GOLFO DE ULLOA
Diagnóstico de las pesquerías de escama en el Golfo de Ulloa
Consideraciones para la propuesta e integración del plan de manejo
de pesquerías de escama
Requerimientos de investigación
63
2.1
2.1.1
2.1.2
2.1.3
3
4
5
5.1
5.2
5.2.1
5.2.2
5.2.2.1
5.2.3
5.2.4
5.2.5
5.2.6
5.2.6.1
5.2.6.2
7.1
7.2
7.2.1
7
8
9
9
63
68
70
ii
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
8
LITERATURA CITADA
72
9.
LISTA DE APÉNDICES
76
9.1.
Apéndice 1. Preguntas incluidas en la encuesta que se está aplicando a
pescadores de escama y tiburón de la región del Golfo de Ulloa
77
9.2
Apéndice 2. Análisis general del marco jurídico aplicable al tema de: la
conservación, protección y gestión de actividades vinculadas a la tortuga
marina
80
9.3
Apéndice 3. Menciones al concepto de zona de refugio en las leyes sobre
pesca y conservación
95
9.4
Apéndice 4. Listado de productores pesqueros en la zona de influencia de
la delegación municipal de Puerto Adolfo López Mateos
104
9.5
Apéndice 5. Usuarios tradicionales del área de pesca conocida como
“Bajo del 23” en la zona aledaña al Puerto Adolfo López Mateos, BCS
106
iii
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
AGRADECIMIENTOS
Por su apoyo y colaboración, directa o indirecta, para el desarrollo de este trabajo,
manifestamos nuestros agradecimientos a: Centro Interdisciplinario de Ciencias Marinas del
Instituto Politécnico Nacional; Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas de la
SEMARNAT; Subdelegación de Pesca de la SAGARPA en Baja California Sur; Secretaría de
Pesca y Acuacultura de Baja California Sur; Comisión Nacional de Pesca Acuacultura; Centro
Regional de Investigación Pesquera en La Paz del Instituto Nacional de la Pesca; Delegación
Municipal del Puerto Adolfo López Mateos; Grupo Tortugero de las Californias; pescadores del
Golfo de Ulloa.
iv
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
RESUMEN
En el Golfo de Ulloa, en la costa occidental de Baja California Sur entre Punta Abreojos y
Cabo San Lázaro, la pesca ribereña de escama (especies de peces de fondo y media agua) representa
una importante actividad económica de la cual se conoce poco sobre su estado y posibilidades de
desarrollo, pero que representa un reto para lograr que se efectúe en el marco de la sustentabilidad y
pesca responsable, ya que existen problemas con permisos de pesca, disminución en las capturas de
algunas especies, ineficiencia de programas de inspección y vigilancia, uso de prácticas de pesca
nocivas para los recursos y el medio ambiente y pesca incidental de cinco especies de tortugas
protegidas por la NOM-059-SEMARNAT. Esta situación, en especial la referida a la mortalidad por
pesca de tortugas caguama (Careta careta), llevó a que el Subcomité de Pesca y Recursos Marinos
del Municipio de Comondú, integrara una mesa técnica con la finalidad de supervisar la elaboración
de un plan de manejo de las pesquerías de escama en la región.
En este marco y con la supervisión de la Comisión Nacional de Áreas Protegidas de la
SEMARNAT se efectuó un convenio con el Instituto Politécnico Nacional, a través del Centro
Interdisciplinario de Ciencias Marinas, para realizar el presente "Estudio sobre la caracterización
socioeconómica y pesquera del área del Golfo de Ulloa, Baja California Sur" que tiene como
objetivo servir de base para delinear la elaboración del plan de manejo de las pesquerías de escama.
Para esto se revisaron temas que permiten comprender y dimensionar la probabilidad de lograr una
actividad productiva y sustentable en términos sociales, económicos y de conservación del
ecosistema.
El marco legal que rige la pesca y la conservación de especies marinas en México, permite
declarar áreas de refugio pesquero o áreas marinas protegidas, bajo la coordinación de la
SAGARPA y la SEMARNAT. Pero que si el problema básico es disminuir la pesca incidental de
tortugas, el ordenamiento pesquero es la primera opción si se consigue el compromiso de los
permisionarios para el cumplimiento de reglas que promueven modificaciones en sus patrones de
operación.
El ecosistema del Golfo de Ulloa es rico en productividad y biodiversidad, con la presencia
fauna de origen templado y subtropical, y complejo por la influencia de corrientes marinas afectadas
por fenómenos climáticos - oceanográficos de diferentes escalas temporales y espaciales. Los
pescadores pertenecen a 18 comunidades costeras; 45% con niveles de marginación altos y muy
altos y 11% con valores medios. Las carencias principales son agua entubada y educación. La pesca
es la actividad más importante y se contempla la oportunidad para el desarrollo del ecoturismo, la
acuacultura, la pesca deportiva y la pesca industrial.
La pesca en la región es de tipo ribereño. Según la frecuencia de registro, volumen y valor de
captura, la pesquería más importante en la región es la de escama, seguida de langosta, almejas,
rayas, abulón, tiburón, cazón, calamar, jaiba, camarón, caracol, pulpo y ostión.
La definición de "pesquería de escama" reconoce lo relativo a los recursos que explota, pero no
considera la complejidad de sistemas de pesca, niveles de organización y formas de operación de las
unidades económicas pesqueras (organizaciones del sector social y privado), por lo que debe
acotarse considerando el conjunto de especies explotadas en una determinada región por un limitado
número de unidades económicas que interactúan en actividades de captura y en las de organización
para la recepción, procesamiento, comercialización y transporte. Para su manejo es necesario
identificar y establecer objetivos para cada pesquería en términos de los beneficios a obtener:
1
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
sustentabilidad del recurso (capacidad de producción), optimización de las ganancias (eficiencia) y
distribución de ganancias (equidad).
Parte del problema es la falta de puntos de referencia útiles para la administración. Esto se
relaciona con los pocos estudios de la pesca en la región y la falta de datos sobre historia de vida,
dinámica poblacional y efectos de factores climáticos y oceanográficos en la disponibilidad de las
diversas especies explotadas. No existe información sobre estructura de tallas, áreas y temporadas
de reproducción. No hay definición oficial de especies objetivos y asociadas. No hay definición de
captura incidental.
El conocimiento sobre los diferentes diseños, formas de construcción, operación, selectividad y
eficiencia de cada sistema para la pesca de especies de escama es de tipo general, con pocos
estudios sobre composición específica de la captura, características de tamaño y peso de las especies
objetivo. Falta estandarizar las especificaciones técnicas de los artes de pesca.
Además de lo anterior, hay que invertir en proyectos sobre organización pesquera, desempeño
económico de los pescadores, infraestructura para conservación, procesamiento y comercialización
de productos pesqueros, precios y mercados, alternativas de manejo de pesquerías e impacto de
políticas pesqueras en las comunidades costeras involucradas. Por la importancia de la región y de
los programas de desarrollo pesquero y conservación de la naturaleza, la SAGARPA, la
SEMARNAT y el Gobierno de Baja California Sur pudieran convenir con el CONACYT lo
relacionado con los fondos requeridos para el desarrollo del programa de investigación.
Se reconoce la interacción de la pesca comercial con especies de interés para la conservación
como ballenas, delfines, lobos marinos y tortugas marinas. Destaca la incidencia de tortugas
caguamas y golfinas en redes y palangres. Las alternativas para modificar patrones de pesca
implican definiciones de áreas, temporadas y reglas precisas para la construcción y uso de artes de
pesca. Es imperativo que los estudios experimentales se desarrollen por mandato de la autoridad,
con la participación y compromiso de los pescadores, la supervisión del Instituto Nacional de la
Pesca y la colaboración de instituciones de investigación y organizaciones no gubernamentales,
estableciendo reglas claras de participación y estímulos y sanciones apegados a la ley. En el corto
plazo, dada la necesidad urgente de reducir la pesca incidental de tortugas caguamas y la
importancia de iniciar acciones hacia la sustentabilidad y la pesca responsable, se deberá considerar
la propuesta de evitar pescar con redes de fondo en las áreas de mayor concentración de tortugas,
por ejemplo en el "bajo del 23".
Actualmente existe la posibilidad de utilizar al menos tres elementos para el manejo pesquero:
1) un programa efectivo de inspección y vigilancia; 2) un sistema eficiente de captación de
información de la actividad pesquera ribereña, y 3) el enfoque de manejo comunitario o comanejo,
en donde los usuarios participan en labores de evaluación, manejo y vigilancia de las pesquerías,
tomando en cuenta factores sociales, biológicos, tecnológicos, económicos y políticos. Esto requiere
de mecanismos eficientes de consulta y concertación a nivel regional.
Un problema para delimitar la región de influencia del plan de manejo para la pesca de escama
en el Golfo de Ulloa es que no existe claridad en cuál es su importancia en relación a la definición
de políticas para el ordenamiento y desarrollo de la pesca en el marco de la sustentabilidad
¿Quiénes y cómo serán afectados, directa e indirectamente, por la reglas de operación que señale el
plan de manejo? Existen evidencias de la necesidad de incluir la zona de Bahía Magdalena dada la
interacción de recursos y pescadores y la factibilidad de operar el plan de manejo.
2
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
1. INTRODUCCIÓN
Cuando se busca la Bahía de Ulloa en mapas de México o en el internet, no se encuentra.
Cuando se busca el Golfo de Ulloa, aparecen referencias que lo sitúan en la costa occidental de Baja
California Sur, entre Punta Abreojos y Cabo San Lázaro (Fig.1). El nombre recuerda al navegante
español que exploró la costa occidental de México por comisión de Hernán Cortés y se refiere a la
extensión del mar que entra en la tierra en forma semicircular, generalmente entre dos puntas o
cabos. Considerando lo anterior y a pesar de que el convenio entre el Instituto Politécnico Nacional
y la Comisión Nacional de Áreas Protegidas lleva en el título "Bahía de Ulloa", para evitar
confusiones decidimos utilizar el nombre de Golfo de Ulloa.
El Golfo de Ulloa está bajo la influencia del sistema de la corriente de California y la presencia
de procesos de surgencia de naturaleza estacional que favorecen una elevada productividad. En sus
costas se desarrollan pesquerías ribereñas1, de pequeña escala o artesanales, con la participación de
pescadores agrupados en cooperativas u otro tipo de organizaciones formales que, bajo el amparo de
permisos otorgados por el gobierno, explotan diversas especies de moluscos (abulón, almejas,
caracol, pulpo), crustáceos (langosta, camarón, jaiba), tiburones, rayas y peces (escama). La pesca
ribereña en la región es muy importante para la economía de los habitantes de las comunidades
locales y para Baja California Sur, con un fuerte componente social como actividad generadora de
empleos directos.
A pesar de su importancia, las unidades de pesquerías en el Golfo de Ulloa son poco
comprendidas. Se reconoce que son multiespecíficas y que en varias de ellas los pescadores pueden
estar enfrentando problemas por la sobreexplotación biológica y económica y falta de control del
esfuerzo de pesca. Además, existen problemas para su monitoreo y para imponer el cumplimiento
de las normas que rigen la actividad, requiriendo mayor participación del gobierno federal y del
gobierno estatal. Las instituciones directamente involucradas son la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), la Comisión Nacional de Pesca y
Acuacultura (CONAPESCA), la Subdelegación de Pesca de SAGARPA en Baja California Sur, el
Centro Regional de Investigación Pesquera de La Paz del Instituto Nacional de la Pesca
(INAPESCA), la Secretaría de Pesca y Acuacultura de Baja California Sur y el gobierno del
Municipio de Comondú.
Por otra parte, se sabe que las pesquerías que utilizan redes de enmalle y cimbras para la
captura peces, tiburones y rayas, también capturan incidentalmente ejemplares de tortuga amarilla o
caguama (Careta careta), que se encuentra en la lista de especies en peligro de extinción de la
NOM-059-SEMARNAT-2001. Este problema ha sido motivo de investigación por parte de la
Dirección General de Vida Silvestre y la Comisión Nacional de Áreas Protegidas (CONANP) de la
1
En la Carta Nacional Pesquera de México (SAGARPA, 2006) la pesca ribereña se define como la actividad de
extracción de recursos acuáticos ejecutada con embarcaciones menores que no cuentan con maquinaria de cubierta
accionada con fuerza electromotriz para el auxilio de las operaciones de pesca. Utiliza el hielo para la conservación del
producto y tiene una autonomía en tiempo máxima de 3 a 5 días.
3
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y, por organizaciones no
gubernamentales (Procaguama 2004; Peckham et al., 2007). Los resultados sugieren la inminente
necesidad de mitigar la mortalidad por pesca de caguamas, siendo indispensable la participación de
los pescadores en la definición de líneas de acción, la ejecución de nuevas prácticas pesqueras y la
aplicación de los reglamentos de pesca vigentes.
4
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Figura 1. Localización del Golfo de Ulloa (Bahía de Ulloa) y principales
referencias geográficas.
El reconocimiento de este problema llevó a que, de 2008 a 2010, los principales involucrados
discutieran posibles soluciones y que el 22 de abril de 2010 el Subcomité de Pesca y Recursos
Marinos del Municipio de Comondú, integrara una mesa técnica con la finalidad de supervisar la
elaboración de un plan de manejo de las pesquerías de escama en la región del Golfo de Ulloa, con
énfasis en Puerto Adolfo López Mateos, iniciando con un estudio de caracterización que permita
delinear los contenidos de un plan de manejo para mejorar las condiciones de aprovechamiento de
los recursos pesqueros, impactar positivamente la economía de los pescadores y sus comunidades y
contribuir a la protección de la tortuga caguama o amarilla.
Además de los problemas relacionados con la pesca incidental de tortugas, en reuniones de las
autoridades con los pescadores se manifestaron otros que también requieren atención2. Por ejemplo,
¿Cómo regularizar pescadores que han operado históricamente en la zona pero sin permiso? ¿Qué
se puede hacer para disminuir los efectos de daños que causan los lobos marinos a las redes y la
captura? ¿Cómo reforzar los programas de inspección y vigilancia? ¿Cómo lograr leyes que
sancionen con más fuerza la pesca ilegal? ¿Cómo evitar la operación de pescadores procedentes de
otros estados? ¿Qué efectos tiene el cambio climático en la disponibilidad de recursos pesqueros?
¿Cómo establecer un sistema de monitoreo permanente de variables pesqueras y climáticas? ¿Cómo
mejorar la organización de productores para contender con los problemas en su región? ¿Cómo
incrementar el valor agregado de los productos pesqueros? ¿Cómo introducir nuevos mercados?
¿Cómo evitar el uso de prácticas de pesca nocivas para los recursos y el medio ambiente? Cómo
recuperar recursos pesqueros sobrexplotados?
Lo anterior ilustra lo complejo de instrumentar planes de manejo, pues deben dimensionar la
importancia de los recursos pesqueros, evaluándolos en el contexto de su aportación económica y
social al desarrollo regional. Por ello el plan de manejo para la pesca de escama en el Golfo de
Ulloa deberá incluir temas como:
1) Definición de fines, objetivos y metas propios para la pesquería de escama en la región.
2) Incorporación de estrategias para lograr una explotación ordenada y sostenible de los
recursos pesqueros.
3) Definición de mecanismos que permitan dar seguimiento y regular las actividades de las
unidades económicas pesqueras involucradas en los procesos de captura, procesamiento y
comercialización.
4) Líneas de un programa de investigación que genere información relevante para la definición
de indicadores de sustentabilidad de la pesquería, la adopción de las medidas de manejo y la
medición del cumplimiento de metas, incluyendo la identificación de alternativas
productivas para reducir presión que ejerce la pesca ribereña en los recursos pesqueros y el
ecosistema.
El problema tiene mayor alcance cuando se hace evidente la necesidad de incluir lo
relacionado con la conservación del ecosistema en que se desarrolla la actividad y los posibles
efectos derivados del cambio climático en sus diferentes escalas temporales y espaciales. Por tanto,
2
Minuta taller plan de manejo escama en la zona de López Mateos, 20 agosto 2010.
5
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
el manejo de las pesquerías debe desarrollarse en el contexto del ecosistema en que se desarrollan
(FAO, 2008) y en el marco del Código de Conducta para la Pesca Responsable (FAO, 1995). En
México esto se refiere en gran parte a los términos de las leyes generales de Pesca y Acuacultura
Sustentables, de Vida Silvestre, y de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, y a los
compromisos establecidos por México en acuerdos internacionales relacionados con las actividades
de pesca y conservación de la naturaleza.
En el presente trabajo se entiende como pesquería al sistema productivo que integra variables
biológicas, ambientales, tecnológicas, sociales, económicas y políticas, en el que participan diversos
usuarios que realizan una actividad de negocio. Dicho sistema comprende fases sucesivas del
encadenamiento productivo como captura, procesamiento y comercialización, con una estructura
organizativa, medios y relaciones de producción que ocurren en un ámbito espacial y temporal
definido (Carrocci et al. 2009).
En este contexto, el estudio comprende la revisión de temas clave para realizar el
planteamiento de un plan de manejo de la pesca de escama en la región del Golfo de Ulloa. Lo
relacionado con el marco legal, realizado con la colaboración del Dr. Germán Ponce Díaz, incluye
la revisión de las principales leyes, reglamentos y normas relacionadas con las actividades de pesca
y conservación, haciendo especial énfasis en lo concerniente al establecimiento de posibles zonas de
protección para la tortuga amarilla. Los aspectos ecológicos de la región se describen con base en la
revisión de literatura sobre geografía, clima, oceanografía y fauna, realizada por el MC Gustavo de
la Cruz Agüero. El análisis socioeconómico, efectuado con la participación de la MC Elvia Aída
Marín Monroy, se basa en datos proporcionados por el INEGI y la CONAPO. Para la descripción
de las pesquerías se revisó la literatura disponible y con la colaboración del MC Miguel Ángel
Ojeda de la Peña, se analizaron avisos de arribo de embarcaciones menores facilitados por la
CONAPESCA.
La caracterización de la actividad pesquera en la zona lleva a un diagnóstico preliminar, pues
no se tuvo el tiempo para concluir el levantamiento de encuestas a pescadores de la zona (Apéndice
1) y recolectar otra información que permita contrastar y en su caso calibrar los resultados
alcanzados. Con estos elementos se presenta una propuesta de lineamientos para el desarrollo del
plan de manejo de la pesquería de escama y el programa de investigación requerido.
6
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
2. MARCO LEGAL
Siguiendo la recomendación de la Directora de Regulación de Recursos Marinos y Costeros de
la SEMARNAT, Frizia Ortiz De Ora Flores, de analizar instrumentos que objetivamente acerquen
a la obtención de soluciones de las causales que afectan a la tortuga caguama o amarilla a través del
ordenamiento pesquero de la zona y el establecimiento de acciones directas para disminuir la pesca
incidental (Apéndice 2), en lo que sigue se presenta el análisis del marco legal relacionado con el
establecimiento de zonas de refugio en el Golfo de Ulloa, según las leyes, reglamentos y normas
oficiales, destacando las siguientes:
a) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente;
b) Ley General de Vida Silvestre;
c) Ley de Pesca y Acuacultura Sustentable.
2.1. MENCIONES AL CONCEPTO DE ZONA DE REFUGIO EN LA LEGISLACIÓN
AMBIENTAL Y PESQUERA.
La protección al medio ambiente ha sido una preocupación que en México ha ido en aumento a
partir de la concientización de la sociedad sobre el tema del uso de los recursos naturales y el
impacto negativo que puede tener sobre el medio ambiente. Por ejemplo, el impacto de la pesca
sobre las poblaciones explotadas, las comunidades de que forman parte y las funciones del
ecosistema.
En el caso de la pesca, la política pesquera mexicana ha dado prioridad a los aspectos de
generación de empleos y acceso a los recursos pesqueros, particularmente para las organizaciones
sociales de producción, como las cooperativas (Ley de pesca 1986, 1992; Ley General de Pesca y
Acuacultura Sustentable 2007; Ley General de Sociedades Cooperativas 1927, 1933, 1994; Plan
Nacional de Desarrollo 1976-1982, 1982-1988, 1988-1995, 1995-2000, 2000-2006, 2007-2011).
Los aspectos económicos también han jugado un papel importante debido a la naturaleza extractiva
de esta actividad productiva que busca generar riqueza. De ahí el menor peso relativo de los
aspectos ambientales.
La “variable ambiental” se incorporó a partir de los años ochenta en la legislación pesquera
mexicana y en los programas federales de desarrollo en general (Ley General de Equilibrio
Ecológico y Protección al Ambiente, 1988, 1996; Ley de Pesca, 1992; Plan Nacional de Desarrollo
1995-2000, 2000-2006, 2007-2011).
Las leyes mencionadas incluyen el concepto de zonas de refugio, que toma especial relevancia
en lo relacionado con la necesidad de establecer medidas en busca de la protección de la tortuga
caguama en la costa occidental de la península de Baja California Sur.
2.1.1. MENCIONES DE LA ZONA DE REFUGIO EN LA LEY GENERAL DEL
EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE (LEGEPA).
En esta ley se menciona el término en tres ocasiones. La primera de ellas (Artículo 54)
relacionada con las actividades que podrán realizarse en las áreas de refugio cuando éstas se
constituyan atendiendo la propia LEGEPA y la Ley de Vida Silvestre. Las otras dos (Artículos 79 y
7
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
81) se relacionan con criterios de aprovechamiento sustentable de flora y fauna silvestre, así como
con vedas para especies endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección
especial respectivamente.
Por otra parte, los artículos 1 (fracciones III y IV) y 2 se refieren a el objeto mismo de la
LEGEPA en cuanto a la preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente; la
preservación y protección de la biodiversidad, el establecimiento y administración de áreas
naturales protegidas; el establecimiento, protección y preservación de áreas naturales protegidas y
de zonas de restauración ecológica; la formulación y ejecución de acciones de protección y
preservación de la biodiversidad del territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su
soberanía y jurisdicción, así como el aprovechamiento de material genético.
2.1.2. MENCIONES DE LA ZONA DE REFUGIO EN LA LEY GENERAL DE VIDA
SILVESTRE (LGVS).
En esta ley se menciona "área de refugio" en once ocasiones. La primera de ellas en el artículo
9 (fracción XVII) en relación a la regulación y aplicación de medidas relativas al hábitat crítico y a
las áreas de este tipo para proteger las especies acuáticas como un asunto que compete a la
federación. En el artículo 49 (fracción V) se relaciona a aspectos de información relevante sobre los
hábitats críticos y áreas de este tipo para proteger especies acuáticas.
En el artículo 11 (fracción IV) se hace mención a zona de refugio en el contexto de posibles
transferencias de facultades a Estados y Municipios para que en el ámbito de su jurisdicción
territorial se apliquen las medidas relativas al hábitat crítico y a las áreas de refugio para proteger
las especies acuáticas reguladas en la LGSV.
El artículo 60, se refiere a la promoción que hará la Secretaría para impulsar la conservación y
protección de las especies y poblaciones en riesgo, los hábitat críticos y de áreas de refugio para
proteger especies acuáticas. En el artículo 60Ter se establecen prohibiciones a diversas actividades
(remoción, relleno, trasplante, poda) que afecten diversas zonas (entre ellas las de refugio) o la
productividad natural de los ecosistemas.
El capítulo de la Ley General de Vida Silvestre que agrupa los artículos 65, 66, 67, 68 y 69,
trata las áreas de refugio para proteger las especies acuáticas. Se estipula la facultad legal de la
SEMARNAT para: 1) establecer áreas de refugio para proteger especies nativas de vida silvestre
que se desarrollan en el medio acuático, en aguas de jurisdicción federal, zona federal marítima
terrestre y terrenos inundables; 2) definir áreas de refugio en sitios claramente ubicados y
deslindados; 3) que las áreas de refugio protejan las especies acuáticas presentes en el sitio de
efectos negativos derivados del uso de determinados medios de aprovechamiento, contaminación
física, química o acústica, o por colisiones con embarcaciones.
El artículo 67 también establece la condición previa para el establecimiento de una zona de
refugio en cuanto a que la SEMARNAT elaborará los estudios justificativos que, según el
reglamento, deberán contener información general, diagnóstico, descripción de las características
físicas del área, justificación y aspectos socioeconómicos; para lo cual podrá solicitar la opinión de
las dependencias de la administración pública federal competentes.
Por su parte el artículo 68 prevé el caso en que un área de refugio de especies acuáticas se
establezca en colindancia a un área natural protegida, en cuyo caso el programa de protección
8
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
respectivo, deberá compatibilizarse con los objetivos generales establecidos en la declaratoria
correspondiente y en el programa de manejo del área natural protegida en cuestión.
El artículo 122 menciona las causales de las infracciones a lo dispuesto por la LGVS entre las
que se encuentra la fracción VIII sobre la realización de actos contrarios a los programas de
restauración, a las vedas establecidas, a las medidas de manejo y conservación del hábitat crítico o a
los programas de protección de áreas de refugio para especies acuáticas.
Al igual que en la LEGEPA, los artículos 1, 2, 3, 5, 58, 76, 99, 122 se relacionan de forma
general con las áreas de refugio. Particularmente el artículo 60 Bis 1, estipula que ningún ejemplar
de tortuga marina, cualquiera que sea la especie, podrá ser sujeto de aprovechamiento extractivo, ya
sea de subsistencia o comercial, incluyendo sus partes y derivados.
2.1.3. MENCIONES DE LA ZONA DE REFUGIO EN LA LEY GENERAL DE PESCA Y
ACUACULTURA SUSTENTABLE (LGPAS).
En esta ley se menciona el término área de refugio en tres ocasiones. La LGPAS define en su
artículo 4 (fracción LI) zona de refugio como una área delimitada en las aguas de jurisdicción
federal, con la finalidad primordial de conservar y contribuir, natural o artificialmente, al desarrollo
de los recursos pesqueros con motivo de su reproducción, crecimiento o reclutamiento, así como
preservar y proteger el ambiente que lo rodea.
En el artículo 8 (fracción XII) se estipulan las facultades de la SAGARPA en relación a la
fijación de los métodos y medidas para la conservación de los recursos pesqueros y la repoblación
de las áreas de pesca en coordinación con la autoridad competente, así como regular las zonas de
refugio para proteger las especies acuáticas que así lo requieran, y establecer épocas y zonas de
veda. Finalmente el artículo 132 fracción XIX se refiere a las áreas de refugio en el sentido de que
es una infracción el extraer, capturar, poseer, transportar o comerciar especies declaradas en veda o
con talla o peso inferiores al mínimo especificado por la SAGARPA u obtenerlas de zonas o sitios
de refugio o de repoblación.
Por su parte los artículos los artículos 4, 5, 9, 17 (fracciones III y VII), 28 (fracción III) y 55
(fracción I) también se relacionan con la protección de la tortuga caguama. El 9 en su fracción V,
estipula: “Dictar las medidas tendientes a la protección de los quelonios, mamíferos marinos y
especies acuáticas sujetas a un estado especial de protección y determinarlas con la participación de
la Secretaría y otras dependencias competentes. Asimismo, establecerá las vedas, totales o parciales,
referentes a éstas especies”.
Mención aparte merecen los reglamentos la LEGEPA, LGVS y LGPAS en donde se
encuentran menciones específicas al término de áreas de refugio y que en general detallan con
mayor precisión lo contenido en las leyes mencionadas (ver Apéndice 3).
2.2. ÁREA DE REFUGIO PARA LA CAGUAMA Y EL MARCO NORMATIVO DE LA
PESCA.
La propuesta de un área de refugio para la caguama plantea la protección de esta especie en el
Golfo de Ulloa, en donde se llevan a cabo prácticas de pesca ribereña que por interacción de las
artes de pesca generan un impacto negativo por captura incidental.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
El marco legal de la pesca en México recoge la preocupación de desarrollar la actividad
extractiva en un contexto de sustentabilidad evitando el daño al ecosistema. Contempla a las zonas
de refugio en un contexto de desarrollo de los recursos pesqueros a partir de su reproducción,
crecimiento o reclutamiento.
Para efectos de la propuesta de establecimiento de una zona de refugio para la caguama, la
LGPAS menciona específicamente en el artículo 9 que la SAGARPA deberá coordinarse con la
SEMARNAT para alcanzar objetivos relacionados con la preservación, restauración del equilibrio
ecológico y la protección del ambiente, particularmente (fracción V) para el caso de dictar las
medidas tendientes a la protección de los quelonios, mamíferos marinos y especies acuáticas sujetas
a un estado especial de protección. Asimismo, establecerá las vedas, totales o parciales, referentes a
éstas especies.
La figura jurídica de refugio para la protección de especies acuáticas está muy desarrollada en
la LGVS. La LEGEPA faculta y sustenta la creación de las áreas de refugio y la LGVS detalla la
competencia de la federación para la regulación y aplicación de las medidas relativas al hábitat
crítico y las áreas de refugio para proteger las especies acuáticas, en sitios claramente definidos en
cuanto a su ubicación y deslinde, y la disposición de prohibición de aprovechamiento extractivo de
ejemplares de tortuga marina, cualquiera que sea la especie, ya sea de extracción de subsistencia o
comercial, incluyendo sus partes y derivados.
10
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
3. ÁMBITO ECOLÓGICO
3.1. CLIMA Y FISIOGRAFÍA
El clima de la región del Golfo de Ulloa se clasifica como de desierto de costa oeste de baja
latitud, cuya aridez sólo se mitiga a lo largo de las mesetas y la serranía. El clima dominante para la
costa del Pacífico, desde el paralelo 28° N hasta Puerto San Carlos y la isla Santa Margarita, es muy
seco, semicálido con lluvias en invierno. Durante el invierno la faja subtropical de alta presión se
desplaza hacia el sur y dominan los vientos del oeste que, asociados con las depresiones ciclónicas
extratropicales, originan las lluvias en invierno. Tales lluvias suman más del 36% de la
precipitación total anual. Esta región es la más seca del Estado de Baja California Sur; la
precipitación total anual no alcanza los 100 milímetros (Fig. 2).
Figura 2. Distribución del clima en la región del Golfo de Ulloa
En verano se registran temperaturas máximas extremas de 40 a 44°C; las mínimas promedio
van de 14 a 16°C. El Pacífico noroeste de México está influenciado por la Corriente de California
que propicia temperaturas bajas, de entre 13 y 19°C; el mínimo ocurre en enero y el máximo en
agosto y septiembre. En general, el aire, en contraste con el agua, es más caliente del verano al
otoño y más frío del invierno a la primavera. La amplitud o variación anual de la temperatura es de
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
10 °C en el sur y de 20°C en el norte. En promedio, la costa oeste de la península recibe la mitad de
la humedad que la oriental.
En la región se presenta una humedad relativa de entre 60 y 70%. Por efecto de la Corriente de
California se producen nubes bajas y neblina, factor importante para las plantas y animales en toda
la región costera del Pacífico. Los vientos no presentan corrientes importantes, pero con alguna
frecuencia se relaciona con tempestades de tipo desértico. A grandes rasgos, la mayor parte del
territorio se encuentra bajo la influencia de los vientos alisios que penetran desde el este y el norte.
Las principales corrientes aéreas soplan paralelas al sistema orográfico. Sobre el Pacífico los
vientos superficiales del noroeste son fuertes, en tanto que del lado del Golfo de California soplan
vientos del sureste muy débiles, que sólo son alterados por las tormentas eléctricas. Sobre la costa
occidental es frecuente observar una nubosidad fuertemente estratificada, asociada a una inversión
térmica.
El Golfo de Ulloa se ubica en la provincia fisiográfica de Baja California, dentro de la
subprovincia Sierra La Giganta. Al norte está la Discontinuidad del Desierto de San Sebastián
Vizcaíno y la llanura costera de la laguna de San Ignacio; al sur se encuentra la Discontinuidad de
Llanos de Magdalena. La hidrografía se caracteriza por un drenaje de tipo dendrítico, rectangular y
en ocasiones radial. Sólo existen cauces secos que escurren temporalmente, así como manantiales
aislados que conforman cañadas subhúmedas.
La costa de la región se desarrolla a lo largo de 348.9 km, desde Punta Abreojos en su porción
norte, hasta Cabo San Lázaro en su extremo sur. En ella predominan los frentes arenosos con una
longitud de 301.8 km (86.5% del total); la costa rocosa abarca 32 km (9.2%). La fracción restante
del frente marino (15.1 km, 4.3%) está ocupada por las bocas y bocanas de sistemas costeros como
lagunas, esteros y desembocaduras de arroyos, generalmente temporales. La más grande es la boca
de la Laguna San Ignacio con 4.73 km.
En la región se contabilizan siete cuerpos de aguas interiores (lagunas, esteros y humedales)
que cubren una superficie de 94,882 hectáreas, de las cuales 60,440 ha (63.7%) representan a la
porción del complejo lagunar de Bahía Magdalena y 27,890 ha (29.4%) corresponden a la Laguna
San Ignacio. El resto de dicha cobertura (6.9%) está constituida por cinco esteros y lagunas con
bocas generalmente temporales.
El Golfo de Ulloa se distingue del resto de la costa occidental de Baja California Sur por tener
una plataforma continental relativamente amplia. En su extremo sur, la cota de 200 m de
profundidad se encuentra aproximadamente a 22 km de Cabo San Lázaro, mientras que en su
extremo norte, frente a Punta Abreojos dicha profundidad se encuentra a 33 km de la costa. Sin
embargo, el margen cóncavo de la península que conforma al golfo, tiene una amplitud extrema de
82 km en su parte media, frente a Punta Pequeña (San Juanico pueblo). La plataforma cubre del
orden de 19,935 km2, de los cuales el 68% representa va desde los 0 hasta los 100 m de
profundidad, en tanto que el 32% restante corresponde al área con profundidades entre 100 y 200 m
(Fig. 4).
12
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Figura 3. Cuerpos costeros interiores en la región del Golfo de Ulloa.
Figura 4. Batimetría general de la región del Golfo de Ulloa.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Excepto por la mayor inclinación de la pendiente en la porción sur (Cabo San Lázaro) en
donde se alcanzan los 100 m de profundidad a menos de 5 km de la costa, el resto presenta
pendientes suaves y prolongadas hasta los límites de la plataforma continental. En la zona central se
aprecia una cordillera cuya cima alcanza alrededor de los 50 m de profundidad, para después
descender por el talud continental alcanzando profundidades entre los 3000 y los 4000 m.
3.2. CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL
El Golfo de Ulloa es un ecosistema de interés económico y científico, con gran importancia
para el sostenimiento de recursos naturales y pesqueros de la región. Se considera un Centro de
Actividad Biológica (BAC por sus sigla en inglés) con elevada productividad biológica y altas tasas
de producción de biomasa, comparada con la productividad de las masas de agua circunvecinas, que
influye en los ecosistemas adyacentes, lo cual propicia regiones marinas ricas en recursos naturales
y pesqueros (Arreguín-Sánchez, 2000).
Se ha reconocido que la topografía de los fondos marinos es un aspecto determinante para la
existencia de estos ecosistemas. Sin embargo, están sujetas a una gran variabilidad relacionada con
los cambios en el océano y la atmósfera, cuya cronología va desde variaciones diurnas, estacionales,
interanuales, decadales y con periodos de mayor amplitud.
Al considerar las principales fuentes de variabilidad en la biomasa de los componentes del
ecosistema, los factores preponderantes suelen ser su estructura (identidad, distribución y
abundancia de los grupos biológicos), las relaciones tróficas y el efecto de agentes externos como
las variables ambientales. Hay que destacar las relacionadas con la productividad biológica, como
corrientes oceánicas y vientos que promueve la presencia de surgencias, esto es, el desplazamiento a
la superficie de masas de agua de profundidad, con altas concentraciones de nutrimentos, que
propician un incremento en la productividad primaria que favorece el aumento en la biomasa
zooplanctónica y en los siguientes niveles de la trama alimenticia del ecosistema.
Desde un punto de vista práctico, especialmente desde el pesquero, el BAC del Golfo de Ulloa
produce y exporta biomasa a los ecosistemas adyacentes y favorece el desarrollo de pesquerías en
regiones relativamente amplias cuya importancia decrece en la medida en que la distancia aumenta
desde el centro de producción. La variabilidad estacional, anual y de mesoescala en las surgencias
se relaciona con la intensidad de corrientes geostróficas, y de corrientes inducidas por el viento
(Bograd & Lynn 2003). Los vientos del noroeste que soplan de forma paralela a las costas de Baja
California, son más intensos durante la primavera, produciendo surgencias de alta frecuencia
(Bakun & Nelson 1977). Las surgencias por viento incorporan a la superficie aguas subsuperficiales, frías y ricas en nutrientes con diferente intensidad a lo largo de la costa de manera
estacional. Durante el otoño y el invierno, los vientos del norte y noroeste disminuyen su intensidad
y, en consecuencia, la intensidad de las surgencias y de la corriente de California, la que cambia de
dirección hacia mar afuera en la parte sur (Schwartzlose & Reid 1972).
La corriente de California presenta gran variabilidad estacional. Desde el punto de vista
oceanográfico, la variación estacional de la corriente y su interacción con la topografía se relacionan
con estructuras de mesoescala como giros, meandros y filamentos (Strub et al. 1991). Por su parte,
la contracorriente costera se relaciona con giros ciclónicos de origen geostrófico sobre la plataforma
continental (Soto–Mardones et al. 2004). En la parte costera, la isoterma de 18°C se encuentra a la
15
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
altura de Bahía Magdalena, sobre los 24° Norte, durante mayo, mientras que la misma se desplaza
hasta los 34° Norte, frente a la cuenca de Santa Bárbara, durante agosto y septiembre. De la misma
manera, las surgencias son más intensas en abril y mayo frente a Bahía Magdalena, mientras que se
van hasta julio en el extremo norte del sistema. Los vientos del noroeste se presentan de noviembre
a junio, mientras que los vientos del Sur prevalecen de julio a octubre. Sin embargo, los vientos del
noroeste sufren un debilitamiento en intensidad durante el otoño con lo que las surgencias
disminuyen en frecuencia e intensidad. La velocidad promedio de estos vientos es de alrededor de 5
m s-1, con valores máximos de hasta 15 m s-1; estos vientos inciden durante poco más de la mitad
del año en la región (García-Escobar, 1993).
Esta variación se relaciona con El Niño/Oscilación del Sur (ENSO) ya que durante este evento
se registran temperaturas anormalmente cálidas que traen como consecuencia una disminución en la
producción biológica (Hernández de la Torre et al. 2004). Se presenta una variabilidad interanual
que define un régimen climático cálido de hasta 4°C mayor a la media que se asocia a la presencia
del fenómeno de El Niño. Por otro lado, un régimen de clima frío que se corresponde con las
condiciones de anomalías negativas de más de 3°C por debajo de la media coinciden con la
presencia de aguas relativamente frías con alta productividad primaria junto con surgencias
relativamente intensas que se asocian al patrón climático denominado La Niña (Hayward et al.
1999).
Las surgencias coinciden con la advección en la parte sur del sistema durante la primavera,
cuando se presentan los niveles medios del mar más bajos y la mayor intensidad de la corriente
California. De esta manera, durante los meses fríos se presenta la mayor productividad biológica al
coincidir los vientos, la advección del norte y las surgencias. En el otro extremo, durante veranootoño la corriente California se debilita mientras que la contracorriente costera aumenta de
intensidad e introduce agua de origen tropical hacia el norte, provocando un calentamiento en toda
el área.
En lo que respecta al Golfo de Ulloa, la productividad primaria muestra diferencias
significativas entre los valores observados en invierno-primavera con respecto a los observados en
verano- otoño como consecuencia del efecto de las surgencias (Martínez-López & Verdugo-Díaz,
2000). Sobresale el hecho de que las concentraciones de clorofila en invierno-primavera son cinco
veces más altas que en la temporada cálida. El área de alta concentración durante los meses de
calma se encuentra dentro de los 20 km a partir de la costa, mientras que durante los meses de
surgencia rebasa los 80 km a partir de la costa (Lluch-Belda, 2000). En el Golfo de Ulloa los
valores altos de concentración pigmentaria se presentan sólo durante tres meses indicando la
intensidad y duración de las surgencias. De la misma manera, la distribución de la abundancia del
zooplancton coincide espacialmente con las áreas de alta concentración de pigmentos, indicando un
acoplamiento trófico entre los primeros consumidores y los productores primarios. En lo que
respecta a huevos y larvas de peces, el Golfo de Ulloa muestra un potencial de retención que se
restringe sólo a una a los meses de mayor productividad con un desplazamiento hacia el norte
(Lluch-Belda, 2000).
A nivel decadal, la variabilidad climática del Pacífico peninsular presenta una alternancia entre
la condición cálida y fría con una duración que va de entre 20 y 30 años a 50 y 75 años. El
mecanismo físico subyacente para cada uno los niveles de variación parece ser diferente; el cambio
entre estados se puede apreciar por cambios en las variables ambientales (temperatura del mar,
presión atmosférica y vientos; intensidad de la Corriente de California y de la contracorriente
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
costera; nivel medio del mar, intensidad de la surgencia e índices biológicos). Los efectos de esta
alternancia también pueden verse en los cambios de la distribución geográfica de especies de
importancia comercial como las sardinas y las anchovetas (Lluch-Belda et al. 2003).
Por otra parte hay que destacar en la zona costera la presencia de áreas de manglar y pastos
marinos que incrementan la complejidad del ecosistema al favorecer fuentes de productividad,
habitat y oportunidades para el mantenimiento de la biodiversidad.
3.3. GRUPOS FAUNÍSTICOS
Las regiones del Golfo de Ulloa y Bahía Magdalena son reconocidas por su biodiversidad alta
producto de la presencia de especies de aguas cálidas y templadas (Etnoyer et al. 2004, FunesRodríguez et al. 2007, Malakoff 2004). Por la presencia de surgencias se desarrollan grandes
volúmenes de fitoplancton que sirve de base para la cadena alimentaria, en particular para la
producción de langostilla (Pleuroncodes planipes).
Existen varias especies de aves marinas pero no hay registros de captura o afectación incidental
de parte de las actividades pesqueras. Algunas de las aves marinas se incluyen en la Norma 059SEMARNAT-2001 en la categoría de amenzadas; paíño negro (Oceanodroma melania,
Hydrobatidae), paíño mínimo (Oceanodroma microsoma, Hydrobatidae), mérgulo de Craveri
(Synthliboramphus craveri, Alcidae) y avetoro del Eje Neovolcánico (Botaurus lentiginosus,
Ardeidae). Como especies sujetas a protección especial se encuentran la gaviota pata amarilla
(Larus livens, Laridae), la garza colorada (Egretta rufescens, Ardeidae), la grulla gris (Grus
canadensis, Gruidae), el charrán elegante (Sterna elegans, Laridae) y la gaviota ploma (Larus
heermanni, Laridae).
Respecto a mamíferos marinos, de las 47 especies que se conocen en México, 35 se han
reportado en la costa occidental de la península de Baja California. Se pueden ejemplares ballena
azul (Balaenoptera musculus), ballena de aleta, (B. physalus), rorcual tropical (Balaenoptera edeni),
cachalote (Physeter macrocephalus), delfín tornillo (Stenella longirostris), delfín de riso (Grampus
griseus) delfín listado (S. coeruleoalba), orca (Orcinus orca) y lobo marino de California (Zalophus
californianus). Cuatro especie de mamíferos se encuentran sujetas a protección especial en la norma
mexicana: el delfín común de rostro corto (Delphinus delphis, Delphinidae), el delfín de costados
blancos del Pacífico (Lagenorhynchus obliquidens, Delphinidae), la ballena jorobada (Megaptera
novaeangliae, Balaenopteridae) y la ballena gris (Eschrichtius robustus, Eschrichtidae).
Con referencia a tortugas, en la costa occidental de Baja California Sur se han reportado cinco
de las siete especies de tortugas marinas que viven en México: la tortuga marina carey
(Eretmochelys imbricata, Cheloniidae), la tortuga marina caguama (Caretta caretta, Cheloniidae),
la tortuga marina laúd (Dermochelys coriacea, Dermochelyidae), tortuga marina verde o del
Pacífico (Chelonia agassizii, Cheloniidae) y la tortuga golfina (Lepidochelys olivacea,
Cheloniidae). Todas ellas tienen la categoría en peligro de extinción de acuerdo con la NOM 059SEMARNAT-2001 y otros referentes internacionales (IUCN, 2000; CITES, 2004).
La costa occidental de Baja California tiene una alta diversidad de peces que se refleja en más
de 400 especies (Fischer et al. 1995, Moser 1996) pertenecientes a la provincias San Dieguina y
Panámica (Allen & Smith, 1988). En la tabla 1 se enlistan las que según la “Guía FAO para la
identificación de especies para los fines de la pesca” (Fisher et al., 1995) pueden distribuiré en la
región del Golfo de Ulloa.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Con referencia a elasmobranquios, el número de especies de tiburones y rayas que pudieran
presentarse en la zona es de 38 y 30 respectivamente. La Norma 059-SEMARNAT-2001 incluye al
tiburón peregrino (Cetorhinus maximus, Cetorhinidae) y al tiburón blanco (Carcharodon
carcharias, Lamnidae) en la categoría de especies amenazadas.
En recursos bentónicos la región presenta alta diversidad de moluscos bivalvos (almejas) y
gasterópodos (abulones y caracoles). Entre los crustáceos destaca la abundancia de langosta roja,
camarón y jaibas. También se ha conoce el potencial de cangrejo mexicano para el desarrollo de
pesca comercial.
Tabla 1. Lista de especies de peces que se distribuyen en las costa occidental de Baja California Sur.
Nombre
Quijo, macabí, chile, banana, macabí de hebra
Bagre chihuil, tacazonte
Cochito, cochi, bota, pejepuerco, pez puerco
Cochito taxi, cochi naranja, bota, pejepuerco, cochino, chancho
Agujón californiano, agujón bravo de california, agujón
Jurel
Jurel verde, cocinero, cocinero dorado, jurel, caballa, caballo
Jurel toro
Jurel prieto, toro, caballa, jiguagua
Jurel de castilla, casabe, monda, jurel orqueta
Macarela mexicana, jurel mexicano, plátano
Pez piloto
Piña bocona, cuchillo, chaqueta de cuero, zapatero pelón
Piña delgada, zapatero siete cueros, chaqueta de cuero, quiebra
cuchillos, zapatero, lejabin
Jorobado espejo
Pez fuerte, medregal limón, medregal almaco, jurel de castilla
Jurel de castilla, medregal cola amarilla, cocinera
pámpano, palometa, pampano paloma
Charrito
Robalo aleta prieta, paleta, robalo de aleta obscura
Robalo plateado, garabato
Sabalote
Dorado
Macabí, Machete del Pacífico, machete, chiro
Mojarra cantileña o blanca
Burro rayado, bandera, mojarron, mojarra rayada
Burro rasposo, roncador rayado, ronco de rabo manchado,
burrito
Burro de Cortes, Ronco chano, burro, ronco manchado,
jiniguaro
Mojarra prieta, ronco prieto, codoniz, bacoco
Ronco roncacho
Burrito rayado, ronco rayado, burrito roncacho
Nombre científico
Familia
Albula vulpes
Bagre panamensis
Balistes polylepis
Albulidae
Ariidae
Balistidae
Suflamen verres
Balistidae
Strongylura exilis
Caranx (Carangoides)
vinctus
Caranx (Caranx) caballus
Caranx (Caranx) caninus
Caranx hippos
Chloroscombrus orqueta
Decapterus muroadsi
Naucrates ductor
Oligoplites altus
Belonidae
Oligoplites saurus
Carangidae
Selene peruviana
Seriola rivoliana
Seriola lalandi
Trachinotus paitensis
Trachurus symmetricus
Centropomus medius
Centropomus viridis
Chanos chanos
Coryphaena hippurus
Elops affinis
Eucinostomus argenteus
Anisotremus taeniatus
Carangidae
Carangidae
Carangidae
Carangidae
Carangidae
Centropomidae
Centropomidae
Chanidae
Coryphaenidae
Elopidae
Gerreidae
Haemulidae
Haemulon maculicauda
Haemulidae
Haemulon flaviguttatum
Haemulidae
Haemulon scudderi
Haemulopsis leuciscus
Orthopristis reddingi
Haemulidae
Haemulidae
Haemulidae
Carangidae
Carangidae
Carangidae
Carangidae
Carangidae
Carangidae
Carangidae
Carangidae
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Salema, Burrito ojotón, pajarillo, ojoton
Chopa verde, ojo azul
Chopa bonita, chopa azul, chopa piedrera
Chopa rayada, chopa gris
Vieja, vieja mexicana, vieja de piedra, gallo
Señorita manchada
Vieja, vieja californiana, vieja de California
Pargo coconaco, tecomate
Pargo raicero, pargo de manglar, pargo rayado
Pargo amarillo, coyotillo, alazán, clavellino, pargo perro
Pargo colorado, pargo listoncillo, huachinango, pargo rojo
Pargo mulato, pargo prieto, pargo dientón, pargo negro, pargo
moreno
Pargo rayado
Pierna, blanco, blanquillo fino, peje fino
Lisa, lisa rayada, lisa cabezona, lisa macho, churra, cabezuda,
curisma, liseta
Chivo rayado, salmonete barbón, chivo amarillo, salmonete
Chivo, chivato, salmonete, chivillo, barbón
Papagayo, pez gallo, peje gallo
Sol cola de abanico, Lenguado cola de abanico, lenguado
Lenguado alón
Huarache, bocachica, lenguado ribete
Sol bocón, lenguado bocón, huarache,
Lenguado cuatrojos
Lenguado de Cortés, lenguado, alabato
Lenguado californiano, alabato, lenguado de California
Lenguado diamante, platija diamante, lenguado
Pescada, pescara, mero
Barbudo seis barbas, barbudo azul, ratón
Curvina blanca, Corvina blanca
Corvina, roncacho
Corvina, curvina, Corvina azul, corvina de aleta corta
Corvina boca anaranjada, corvina de boca amarilla, corvina de
aletas amarillas
Roncador de aleta amarilla, berrugata aleta amarilla, verrugato
de aleta amarilla, garabato, roncador
Sierra golfina, wahoo
Melvera
Melva, bonito, macarela
Barrilete negro, bonito negro, negra
Barrilete, barrilete listado
Bonito, bonito del Pacífico Oriental
Sierra del Golfo de Cortés, vago
Sierra, Sierra del Pacífico, macarela española
Atún aleta amarilla
Cabrilla cueruda, mero cuero, cabrilla de cuero
Extranjero, serrano, cabaicucho, guavina, pez ardilla
Cabrilla pinta, buchona
Mero manchado, Baqueta ploma
Cabrilla del Peru, cabrilla rosa, doncella
Xenistius californiensis
Girella nigricans
Hermosilla azurea
Kyphosus analogus
Bodianus diplotaenia
Decodon melasma
Semicossyphus pulcher
Hoplopagrus guentherii
Lutjanus aratus
Lutjanus argentiventris
Lutjanus colorado
Haemulidae
Kyphosidae
Kyphosidae
Kyphosidae
Labridae
Labridae
Labridae
Lujanidae
Lujanidae
Lujanidae
Lujanidae
Lutjanus novemfasciatus
Lujanidae
Lutjanus viridis
Caulolatilus princeps
Lujanidae
Malacanthidae
Mugil cephalus
Mugilidae
Mulloidichthys dentatus
Pseudupeneus grandisquamis
Nematistius pectoralis
Xystreurys liolepis
Citharichthys xanthostigma
Etropus crossotus
Hippoglossina stomata
Hippoglossina tetrophthalma
Paralichthys aestuarius
Paralichthys californicus
Hypsopsetta guttulata
Stereolepis gigas
Polydactylus approximans
Atractoscion nobilis
Cheilotrema saturnum
Cynoscion parvipinnis
Mullidae
Mullidae
Nematistidae
Paralichtydae
Paralichtydae
Paralichtydae
Paralichtydae
Paralichtydae
Paralichtydae
Paralichtydae
Pleuronectidae
Polyprionidae
Polynemidae
Sciaenidae
Sciaenidae
Sciaenidae
Cynoscion xanthulus
Sciaenidae
Umbrina roncador
Sciaenidae
Acanthocybium solandri
Auxis rochei
Auxis thazard
Euthynnus lineatus
Katsuwonus pelamis
Sarda chiliensis
Scomberomorus concolor
Scomberomorus sierra
Thunnus albacares
Dermatolepis dermatolepis
Diplectrum pacificum
Epinephelus analogus
Epinephelus niphobles
Hemanthias peruanus
Scombridae
Scombridae
Scombridae
Scombridae
Scombridae
Scombridae
Scombridae
Scombridae
Scombridae
Serranidae
Serranidae
Serranidae
Serranidae
Serranidae
19
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Estacuda, baya, garropa, cabrilla de astillero
cabrilla sardinera, cabrilla calamarera, cabrilla mitán (fase
dorada), cabrilla rosa, cabrilla amarilla (fase dorada)
Garropa, cabrilla plomuda, cabrilla pinta, cabrilla gris, pintilla,
garropa jaspeada
Cabrilla extranjera, lucero, extranjero
Cabrilla sargacera, cabrilla de sargazo
Cabrilla de roca
Verdillo, cabrilla verde de arena, cabrilla de arena, cabrilla de
roca
Mojarrón, pez pluma, marotilla, mojarra de altura, mojarra
garabata, mojarra mueluda, chivatito, chivito
Botete, botete diana, tamborín
Mycteroperca jordani
Serranidae
Mycteroperca rosacea
Serranidae
Mycteroperca xenarcha
Serranidae
Paralabrax auroguttatus
Paralabrax clathratus
Paralabrax maculatofasciatus
Serranidae
Serranidae
Serranidae
Paralabrax nebulifer
Serranidae
Calamus brachysomus
Sparidae
Sphoeroides annulatus
Tetraodontidae
20
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
4. ÁMBITO SOCIOECONÓMICO
El aspecto social es una parte importante en el proceso de elaboración de un plan de manejo
pesquero, debido a que incide en el desarrollo económico de la región con efectos sobre los modos
de producción, la generación de ingresos y de empleos (Barragán, 2001). Por lo anterior, es
importante ubicar el contexto en el cual se desarrollan las comunidades pesqueras y considerar la
posibilidad de socializar el plan de manejo. En este contexto se analizan los siguientes aspectos: a)
la estructura poblacional por localidad y su dinámica durante los últimos cinco años, los indicadores
sociales de vivienda, acceso a servicios públicos, alfabetización y rezago educativo a nivel localidad
y las principales actividades económicas de la región.
4.1. ASPECTOS DEMOGRÁFICOS
El estado de Baja California Sur ha tenido un importante crecimiento poblacional, superior al
20% del año 2000 al 2005, siendo Los Cabos y Mulegé los municipios con mayores tasas de
crecimiento. El Golfo de Ulloa se ubica entre los municipios de Comondú y Mulegé. En el primero,
la población disminuyó de manera marginal, un 0.05% durante el mismo periodo, mientras que en
el segundo, la población creció un 14.5% (Tabla 2).
Tabla 2. Población de BCS según municipio 2000-2005 y su crecimiento.
Estado/Municipio
Población 2000
Población 2005
424,041
63,864
45,989
196,910
105,466
11,812
512,170
63,830
52,743
219,596
164,162
11,839
Baja California Sur
Comondú
Mulegé
La Paz
Los Cabos
Loreto
% de Crecimiento
2000-2005
20.78
-0.05
14.68
11.52
55.65
0.23
Fuente: INEGI, 2000, 2005.
El Golfo de Ulloa agrupa 18 localidades pesqueras habitadas (INEGI, 2005). Las de mayor
número de habitantes son Puerto Adolfo López Mateos, San Ignacio y Punta Abreojos. El Puerto de
Adolfo López Mateos se localiza a 42 km de Ciudad Constitución, cabecera del Municipio de
Comondú.
En esta región la población creció 1.92% del año 2000 al 2005, muy por debajo del promedio
estatal. Esto puede derivarse de la emigración de la población de localidades costeras para buscar
mejores alternativas de ingresos (Tabla 3). Sin embargo, comunidades como Ejido Luis Echeverría,
El Chicharrón y Las Barrancas tuvieron un crecimiento acelerado, aunque su impacto es marginal
debido a que no son las más habitadas.
En términos de género, la población masculina representa el 51.6% de la población total,
mientras que la femenina es el 48.4% restante. El porcentaje de población masculina es un poco
más alto en algunos campos pesqueros debido a la naturaleza de la actividad (Tabla 4).
21
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Tabla 3. Población de las localidades de el Golfo de Ulloa y su crecimiento (2000/2005).
Área/Localidad
Puerto Adolfo López Mateos
San Ignacio
Punta Abreojos
Santo Domingo
La Poza Grande
San Juanico
Las Barrancas
El Cardón
Punta Prieta
Campo Delgadito
El Mezquital
Ejido Luis Echeverría
La Bocana De San Gregorio
El Chicharrón
Rancho Nuevo
El Coyote
El Porvenir
San Gregorio
Golfo de Ulloa
Población 2000
2,309
754
742
722
497
357
333
190
175
108
62
46
26
19
n.d
n.d
n.d
n.d
6,340
Población 2005
2,171
719
583
658
488
432
436
209
153
72
51
164
20
49
8
5
228
16
6,462
% de Crecimiento
-5.97
-4.64
-21.42
-8.86
-1.81
21.01
30.93
10
-12.57
-33.33
-17.74
256.52
-23.07
157.89
n.d
n.d
n.d
n.d
1.92
Fuente: INEGI, 2000, 2005.
Tabla 4. Población masculina y femenina por localidad, Bahía Ulloa, 2005.
Localidad
Puerto Adolfo López Mateos
San Ignacio
Santo Domingo
Punta Abreojos
La Poza Grande
Las Barrancas
San Juanico
El Porvenir
El Cardón
Ejido Luis Echeverría
Punta Prieta
Campo Delgadito
El Mezquital
El Chicharrón
La Bocana de San Gregorio
San Gregorio
Rancho Nuevo
El Coyote
Población
total
2 171
719
658
583
488
436
432
228
209
164
153
72
51
49
20
16
8
5
Población
Masculina
1094
369
336
287
249
227
238
138
109
87
75
37
29
32
12
8
5
3
Población
Femenina
1077
350
322
296
239
209
194
90
100
77
78
35
22
17
8
8
3
2
22
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Totales
6 462
3335
3127
23
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
4.2. ASPECTOS EDUCATIVOS
Las variables que se analizan para determinar el nivel educativo de las localidades son: a) el
porcentaje de población de 15 años o más analfabeta, es decir el porcentaje de población que no
sabe leer ni escribir y, b) el porcentaje de población de 15 años o más con primaria incompleta, lo
cual implica que sabe leer y escribir lo básico, pero tiene deficiencias en comprensión de lectura así
como en seguir instrucciones simples.
Según los datos de la Tabla 5, existe un importante rezago educativo en la región. Las
comunidades peor situadas son San Gregorio, Rancho Nuevo, El Porvenir, La Bocana de San
Gregorio y el Chicharrón, donde más del 50% de su población mayor de 15 años no tiene completa
la primaria. Además en Rancho Nuevo, La Bocana de San Gregorio y El Porvenir alrededor de un
cuarto de su población es analfabeta.
Tabla 5. Porcentaje de población analfabeta y con primaria incompleta según localidad
Localidad
Puerto Adolfo López Mateos
Las Barrancas
La Poza Grande
Santo Domingo
La Bocana de San Gregorio
El Mezquital
San Juanico
El Chicharrón
Rancho Nuevo
El Coyote
El Porvenir
Punta Abreojos
Punta Prieta
San Ignacio
Campo Delgadito
El Cardón
San Gregorio
Ejido Luis Echeverría
% de Población de 15
años o más analfabeta
5.22
1.33
2.14
5.69
25.00
8.33
4.55
7.89
28.57
0.00
22.73
2.49
1.06
3.16
2.08
8.20
0.00
14.02
% de Población de 15
años o más con primaria
incompleta
23.07
22.37
20.12
29.98
56.25
37.14
25.57
52.63
71.43
0.00
58.67
22.73
7.45
22.89
27.08
16.10
78.57
28.30
Fuente: CONAPO, 2005.
El Índice de Marginación es un indicador de la vulnerabilidad de las familias en una situación
de pobreza, elaborado por el Consejo Nacional de Población (CONAPO) con datos censales de cada
cinco años. El índice muestra, a nivel de localidad, las carencias en aspectos educativos, de vivienda
y de acceso a servicios públicos como electricidad, agua entubada, drenaje y nivel de hacinamiento.
El nivel de marginación es importante porque en una cultura de subsistencia hay rasgos sociales que
pueden ser obstáculos para el uso responsable de los recursos naturales (Perales, 2005).
24
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
En lo que respecta a la región del Golfo de Ulloa, el 44.4% de sus localidades tienen niveles
de marginación altos y muy altos; el 11.1% tiene marginación media y las localidades restantes
(44.4%) tienen muy bajo y bajo grado de marginación. Una de las mayores carencias de las
localidades marginadas es el acceso al agua potable entubada: en seis localidades el 100% de su
población no cuenta con este servicio público.
Adicionalmente, en el año 2000 se contabilizó la población ocupada que ganaba hasta dos
salarios mínimos. En la mayor parte de las localidades de la región, entre el 50 y el 80% de la
población no gana más de dos salarios mínimos. Sólo Punta Abreojos y Punta Prieta presentan
mayores ingresos ya que el 23 y 34% de su población, ganaba hasta dos salarios mínimos
(CONAPO, 2000). Para cambiar la estructura de ingresos, hay que involucrar a las comunidades en
el manejo de los recursos pesqueros y favorecer conjuntamente el desarrollo local y la conservación
de la biodiversidad (Agrawal y Redford, 2006). Lo anterior puede propiciar el establecimiento de
reglas claras para los usuarios y fortalecer arreglos institucionales para una gobernanza sustentable
de las pesquerías (Agrawal, 2002).
4.3. ACTIVIDADES ECONÓMICAS
La actividad pesquera tiene un fuerte arraigo y es una de las principales actividades
económicas que se realizan en los municipios de Comondú y Mulegé. En Baja California Sur se
registran 8,820 personas ocupadas en esta actividad; 42.3% se ubican en Comondú y 34.5% en
Mulegé.
En el estado, de 2004 a 2009 se incrementó el número de personas dedicadas a la pesca en un
38.7%; esto podría relacionarse con el desplazamiento de mano de obra de otros sectores
productivos al ámbito pesquero por la recesión económica de los últimos años. El municipio con
mayor dinamismo fue Mulegé, al incrementar más del doble el valor de su producción y pasar de
una remuneración promedio por trabajador de $17,812 a $35,902 pesos anuales. Por su parte el
municipio de Comondú, en términos económicos presenta un retroceso en la calidad de vida de los
pescadores, ya que en 2004 se obtuvo una remuneración promedio de $13,802 anuales y para el
2009 declinó a $10,320, sin contar el efecto de la inflación (Tabla 6). Lo anterior puede ser una
consecuencia de la diferencia en el valor comercial de lo que se pesca en cada municipio.
Una actividad económica alternativa a la pesca es el turismo, principalmente porque BCS ha
centrado su desarrollo y ha consolidado al municipio de Los Cabos como un polo turístico a nivel
nacional (Gámez, 2002). Según información del INEGI, la oferta de servicios de alojamiento
temporal y de preparación de alimentos y bebidas es incipiente en Comondú y Mulegé (Tabla 7).
Sin embargo, para Comondú la remuneración promedio anual es un poco más alta que la del sector
pesquero, con $15,251 al año en 2009. En Mulegé, la remuneración promedio es más alta que
Comondú, $20,601 anuales, pero es inferior a la proporcionada por el sector pesca en ese año.
Otra actividad de interés es la acuacultura, pero las evaluaciones realizadas no permiten
estimar sus posibilidades de desarrollo dadas las limitaciones de infraestructura y de técnicas
factibles de aplicar con poblaciones de peces, moluscos o crustáceos de la región del Golfo de
Ulloa. Además se deben considerar los efectos de esta actividad en el ecosistemas marinos costeros.
En cuanto a población económicamente activa (PEA), tanto en Comondú como en Mulegé el
porcentaje es menor que a nivel estatal (Tabla 8). Mulegé ocupa el primer lugar de población
ocupada en el sector primario (28.28%), con 6,479 personas ocupadas en pesca o agricultura.
25
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Comondú ocupa la segunda posición (26.32%), con 5,958 personas dedicadas a las actividades
primarias; los porcentajes de estos dos municipios son superiores a la media estatal de 11.91%.
El fomento de fuentes de trabajo asociadas a la pesca no está claramente definido en las
políticas de desarrollo de Baja California Sur. Por una parte, la Carta Nacional Pesquera informa
sobre la limitada oportunidad de incrementar el esfuerzo pesquero (número de pescadores y
embarcaciones), pero las comunidades continúan pidiendo permisos para captura. Por otra parte, el
desarrollo de actividades relacionadas con la conservación y procesamiento de productos pesqueros
se ve limitada por la escasez de infraestructura y oportunidades de mercado regional, nacional e
internacional para varios de los productos que se generan o pudieran generarse. Cabe mencionar la
importancia de la planta procesadora en Puerto Adolfo López Mateos. Además está el potencial de
la pesca industrial, desarrollada para la sardina y con oportunidades en la pesca de cangrejo de
profundidad.
El fomento de fuentes de trabajo diferentes a la pesca comercial, como el ecoturismo, la pesca
deportiva y la acuacultura ayudarían al desarrollo económico de la región y generaría la oportunidad
de estabilizar el esfuerzo pesquero. El potencial turístico de la región del Golfo de Ulloa y sus
recursos naturales es reconocido cada vez más como una oportunidad real de desarrollo económico,
particularmente a raíz del auge del avistamiento de la ballena gris.
Tabla 6. Actividad económica de la pesca, según variables principales 2004 y 2009.
ESTADO/
MUNICIPIO
Personas Ocupadas
2004
6,358
2,452
2,140
BCS
Comondú
Mulegé
Remuneraciones
(Miles de pesos corrientes)
2004
2009
91,469
158,938
33,843
38,546
38,118
109,323
2009
8,820
3,735
3,045
Producción Bruta Total
(Miles de pesos corrientes)
2004
2009
464,955
871,839
166,793
200,741
199,713
507,775
Fuente: Censos Económicos INEGI, 2004, 2009.
Tabla 7. Actividad económica del turismo, según variables principales 2004 y 2009.
ESTADO/
MUNICIPIO
Personas Ocupadas
BCS
Comondú
Mulegé
2004
14,987
560
758
2009
31,958
1,039
958
Remuneraciones
(Miles de pesos corrientes)
2004
2009
533,008
1,071,490
6,987
15,846
13,310
19,736
Producción Bruta Total
(Miles de pesos corrientes)
2004
2009
3,040,177 11,183,813
49,343
111,573
67,781
106,406
Fuente: Censos Económicos INEGI, 2004, 2009.
Tabla 8. Porcentaje de Población Económicamente Activa (PEA), PEA ocupada y Población
Ocupada en el sector primario por municipio.
Estado/Municipio
BCS
Comondú
Mulegé
% PEA
% PEA Ocupada
54.9
49.67
50.24
99.12
99.1
99.16
% PEA Ocupada
Sector primario
11.91
26.32
28.28
Fuente: INEGI. Censo de Población 2000.
26
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
5. DESCRIPCIÓN DE LAS PESQUERÍAS
5.1. ORGANIZACIÓN PESQUERA
De acuerdo a las cifras preliminares de la Subdelegación de Pesca de la SAGARPA, de enero a
octubre de 2010 la captura en peso vivo procedente del Golfo de Ulloa ascendió a 34,230 t y tuvo
un valor cercano a los 239 millones de pesos (Tabla 9). La producción de calamar y almejas (16,936
t y 12,290 t) representa el 85% del volumen y 57% del valor. La escama representa el 4% y el
tiburón-cazón el 3%. Destacan en valor las pesquerías de camarón y langosta (14 y 11% del total
respectivamente).
Tabla 9. Volumen y valor de la producción pesquera registrada por
pesquería en Bahía de Ulloa
Especie
Almeja
Calamar
Camarón
Langosa
Escama
Otras
Abulón
Tiburón
Jaiba
Cazón
Rayas
Pulpo
Bonito
Caracol
Sardina
Volúmen
Valor
(toneladas) (miles de pesos)
12,290
87,143
16,936
49,445
893
34,024
240
27,914
1,501
14,694
600
7,818
53
5,473
614
4,556
227
3,031
226
1,693
316
1,632
52
900
81
242
114
172
88
147
34,231
238,884
Fuente: Subdelegación de Pesca SAGARPA-BCS, datos preliminares de
enero a octubre de 2010
El número de permisos es mayor para la captura de escama, almeja catarina, calamar, callo de
hacha, almeja generosa y jaiba. El número de embarcaciones autorizadas por pesquería tiende a
guardar relación directa con el de permisos, con notables excepciones en tiburón (pocos permisos,
muchas pangas) y en callo de hacha y almeja generosa (pocas pangas, muchos permisos) (Fig. 5).
En total, hasta octubre de 2010 se tenía el registro de 245 productores el sector social y 233 del
privado, que en conjunto trabajaban 664 permisos y 1,805 embarcaciones. Los sistemas de pesca
más utilizados son los basados en equipos de buceo (391), redes de enmalle (135), redes de arrastre
27
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
500
450
400
350
300
250
200
150
100
50
0
160
PERMISOS
EMBARCACIONES
140
120
100
80
60
40
Número permisos
Número pangas
tipo Magdalena I (97), poteras (94), suriperas (89) y atarrayas (86).También están registradas 21
redes tiburoneras y 16 cimbras.
Por otra parte, según la información proporcionada por la Delegación Municipal de Puerto
Adolfo López Mateos, en su zona de influencia trabajan 26 permisionarios bajo el amparo de 122
permisos (Apéndice 4). Por número de embarcaciones la pesca de escama es la más importante (117
pangas de 24 permisionarios), seguida de camarón (100 pangas de 19 permisionarios). En tercer
lugar está calamar y después almeja catarina y tiburón (Tabla 10).
20
0
Figura 5. Número de permiso de captura y embarcaciones autorizadas por
permiso en la región del Golfo de Ulloa. (Datos Preliminares,
enero-octubre 2010, Subdelegación de Pesca SAGARPA BCS).
Tabla 10. Número de permisionarios y embarcaciones por recurso en la zona de
influencia de la Delegación Municipal de Puerto Adolfo López
Mateos
Especie
Escama
Camarón
Calamar
Almeja catarina
Tiburón
Almeja generosa
Callo de hacha
Jaiba
Almeja chocolata
Pulpo
Caracol chino
Lisa
Número de
permisionarios
24
19
10
16
7
21
5
3
2
1
1
1
Número de
embarcaciones
117
100
51
47
43
21
9
9
4
4
2
1
28
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
La dispersión de relativamente pocos pescadores en muchas cooperativas pesqueras es alta, lo
que es indicio de una problemática social. Las cooperativas se encuentran afiliadas a la Federación
Regional de Sociedades Cooperativas de la Industria Pesquera Corredor Industrial Pesquero del
Pacífico, S.C.L., agrupación que fortalece las gestiones con autoridades del sector pesquero a nivel
estatal y federal.
Los pescadores ribereños no cuentan con infraestructura portuaria pesquera que les facilite las
operaciones de descarga de las especies capturadas; desembarcan el producto en la playa. Tampoco
cuentan con obras complementarias como rampa para el botado de las embarcaciones y patio de
operaciones, para resguardar en tierra firme a las embarcaciones y realizar su mantenimiento y el de
los motores que las propulsan. Carecen de instalaciones fijas y en forma para recibir, procesar
(eviscerado de la escama, descabece del camarón, etc.) y conservar refrigerado los productos
pesqueros. No cuentan con fábrica de hielo y estación de combustible.
Una empresa particular se dedica a la explotación y enlatado de atún y sardina; adquirieron las
instalaciones que eran propiedad de la desaparecida empresa paraestatal Productos Pesqueros
Mexicanos, y operan un muelle ubicado frente a la planta, cuyo uso es permisionado por la
Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal.
La población de Puerto Adolfo López Mateos cuenta con carretera pavimentada que entronca
con la carretera transpeninsular cerca de Ciudad Insurgentes, así como con servicios de autobuses
foráneos, teléfono y correo. Estos servicios apoyan las actividades, pesqueras, comerciales y
turísticas.
5.2. PRODUCCIÓN PESQUERA
Uno de los principales retos que enfrenta la pesca ribereña es la falta de información y
estadísticas adecuadas sobre la actividad (FAO, 2003, FAO, 2008). Para el caso del Golfo de Ulloa
el análisis se basó en datos sobre captura por especie o grupo de especies, por lugar de pesca,
registrados de 1998 a 2009 en “avisos de arribo de embarcaciones menores” facilitados por la
CONAPESCA. La información se manejó con el “Sistema Automatizado para el Manejo de Avisos
de Arribo” que utiliza principios de sistemas de información geográfica (Ramírez-Rodríguez et al.
2006), con códigos propios para especies, lugares de pesca y desembarque y facilita el análisis por
especie o grupos de especies, por área y temporada de pesca.
Un aviso de arribo es el instrumento oficial en que el productor o concesionario debe reportar a
la autoridad los resultados de las faenas de pesca. Para embarcaciones menores (con menos de 10
toneladas de registro bruto) se aplica el procedimiento CONAPESCA-01-023-B. Los datos que se
incluyen en los avisos de arribo son: lugar y fecha, hora de llegada, hora de arribo, periodo que
ampara, sitio de desembarque, nombre o razón social, clave como unidad económica (Registro
Nacional Pesquero), número de embarcaciones utilizadas, lugar de captura, zona de captura, días
efectivos de trabajo de pesca, especie y presentación, permiso, concesión o autorización, clave de la
especie, peso en kilogramos, precio por kilogramo, total de la captura. Desafortunadamente es
común que no se dé información relativa al esfuerzo de pesca. Además no se aplica un control de
calidad de la información que se registra.
Para el análisis se consideraron los indicadores de presión y de estado que se enlistan en la
Tabla 11. Para determinar la importancia relativa de cada pesquería representada en los avisos de
29
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
arribo se empleó el Índice de Importancia Relativa IRR que agrupa la representación de cada
pesquería en la región o zona según su aportación al volumen total capturado (C), el valor de la
producción (V) y la frecuencia de registros (F), de manera que: IIR = %C + %V + %F.
Tabla 11. Indicadores básicos a partir de los avisos de arribo.
INDICADOR
Número de
Avisos de arribo
DESCRIPCIÓN
TIPO
Contabiliza los avisos por zona y período que contienen la especie o Presión
grupo de especies de interés. Se considera indicador de la intensidad
de pesca.
Captura
Volumen de captura por grupo de especies por zona y período.
Estado
Precio a pie de
playa
Precio promedio reportado por el pescador/ por especie o grupo de
especies.
Estado
Valor de la
captura
Producto derivado del volumen de captura por el precio promedio
por kilogramo registrado en los avisos de arribo.
Estado
Número de
permisionarios
Unidades económicas del sector social o privado que participan con
permisos específicos en pesquerías por zona y periodo.
Presión
Aunque la información de los avisos es cuestionada porque la proporciona el propio pescador,
en este estudio se considera que las tendencias que describen las series de datos reflejan el
comportamiento de los indicadores, amortiguando los ruidos que introducen la propia variabilidad
de la actividad y el sistema de registro. En la interpretación de las tendencias se busca entender el
comportamiento de las unidades económicas pesqueras, relevantes para el diseño de políticas
públicas con componentes espaciales y temporales explícitos.
5.2.1. IMPORTANCIA RELATIVA DE LAS PESQUERÍAS EN LA REGIÓN DEL GOLFO
DE ULLOA
El presente estudio centra su interés en las pesquerías de escama, tiburón y rayas, por la
interacción que resulta de artes de pesca que afectan sus recursos objetivo y generan pesca
incidental de tortugas. Sin embargo, para poder establecer su importancia relativa y la existencia de
interacciones es necesario considerar las otras pesquerías en la región del Golfo de Ulloa. En este
sentido y de acuerdo a la fisiografía general de la región, se definieron seis zonas de pesca (Fig. 6,
Tabla 12). La información de avisos de arribo de cada zona se obtuvo utilizando el dato sobre
localidad de captura y su posición geográfica según en el Atlas de Localidades Pesqueras de Baja
California Sur (Ramírez-Rodríguez et al. 2006).
30
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Figura 6. Zonas geográficas consideradas para el análisis de producción
pesquera en la región del Golfo de Ulloa.
Tabla 12. Zonas de pesca definidas para el manejo de información pesquera
de la región del Golfo de Ulloa.
Núm.
1
2
3
4
5
6
ZONA
San Ignacio
San Juanico
Esteros Norte
Esteros Centro
Esteros Sur
Magdalena afuera
DESDE
Punta Abreojos
San Juanico
Las Pocitas
La Poza
Campo Las Botellas
Punta Entrada
HASTA
Punta Pequeña
Los Troncones
Bahía Comondú
Boca La Soledad
Estero El Garrotazo
San Lázaro
Conforme a los registros de los avisos de arribo, en la región del Golfo de Ulloa se producen
alrededor de 8,450 t por año que incluyen especies de 14 grupos comerciales: abulón, almejas,
calamar, camarón, caracol, cazón, jaiba, langosta, ostión, peces demersales, peces pelágicos, pulpo,
rayas y tiburón. Por zona de pesca la producción promedio total y su valor a precios de playa, varía
31
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
4500
40,000
4000
35,000
Captura Miles de Pesos
Captura Toneladas
notablemente entre San Ignacio, con poco más de 4,000 t y 40 millones de pesos, y las otras zonas
con registros en cada una menores a 1,500 t y valores por abajo de los 10 millones de pesos (Fig. 7).
3500
3000
2500
2000
1500
1000
30,000
25,000
20,000
15,000
10,000
5,000
500
0
0
San Ignacio
San
Ulloa
Juanico
Esteros
Norte
Esteros
Centro
San Ignacio
Esteros Sur Magdalena
Afuera
Ulloa
San
Juanico
Esteros
Norte
Esteros Esteros Sur Magdalena
Centro
Afuera
Figura 7. Captura total (peso vivo) y valor de la producción a precios de playa por zona de
pesca.
La composición de la captura por zona de pesca presenta cambios importantes, con la
predominancia de escama demersal, tiburones y rayas, y la presencia de abulón, langosta y pulpo en
las de San Ignacio y San Juanico. En la de Esteros Norte sobresalen almejas, rayas y tiburones y la
presencia de camarón, grupo que también está en Esteros Centro. En estos y en Magdalena Afuera
destaca el registro de calamar. En los Esteros Sur predomina la captura de escama demersal y
pelágica (Fig. 8).
Cabe destacar que la presencia de calamar en la zona es temporal y se relaciona con cambios
en las condiciones ambientales que afectan el comportamiento de la especie, que disminuye su
disponibilidad en el Golfo de California y aumenta en la costa occidental de la península de Baja
California.
100%
Sin Identificar
90%
Tiburón
80%
Rayas
Pulpo
70%
Peces Pelágicos
Peces Demersales
Captura
60%
Ostión
50%
Langosta
40%
Jaiba
30%
Cazón
Caracol
20%
Camarón
10%
Calamar
0%
Almejas
San Ignacio
San
Juanico
Ulloa
Esteros Norte
Esteros Centro
Esteros Sur
Magdalena Afuera
Abulón
Figura 8. Importancia relativa de los grupos de especie s que coponen la captura en las
zona de pesca del Golfo de Ulloa.
32
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Según el Índice de Importancia Relativa la pesquería más importante en la región es la de
peces demersales, seguida por peces pelágicos, langosta, almejas, rayas, abulón, tiburón, cazón,
calamar, jaiba, camarón, caracol, pulpo y ostión (Tabla 13).
Tabla 13. Índice de importancia relativa para las pesquerías presentes en la
región del Golfo de Ulloa.
Grupo Comercial
Peces Demersales
Peces Pelágicos
Langosta
Almejas
Rayas
Abulón
Tiburón
Cazón
Calamar
Jaiba
Camarón
Caracol
Pulpo
Ostión
% Peso
54.09
10.39
3.26
7.58
4.96
1.31
3.66
2.65
7.71
1.24
0.79
2.09
0.26
0.01
%Valor
35.08
7.24
25.39
5.51
2.57
11.41
3.05
2.37
2.09
1.56
2.64
0.48
0.61
0.01
% Avisos
29.97
16.11
3.80
10.16
11.19
2.04
7.52
8.90
1.35
5.23
2.26
0.55
0.89
0.01
IIR
119.14
33.75
32.46
23.25
18.72
14.75
14.23
13.92
11.14
8.03
5.69
3.12
1.76
0.03
Indice de Importancia Relativa
160
140
120
100
80
60
40
20
0
Magdalena Afuera
Esteros Sur
Esteros Centro
Esteros Norte
Ulloa
San Juanico
San Ignacio
San Ignacio
Figura 9. Valores del Índice de Importancia Relativa de las pesquerías en cada zona de pesca.
33
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
25,000
Miles de pesos
20,000
15,000
10,000
5,000
0
Figura 10. Valor promedio de la producción pesquera por grupo comercial en Bahía de Ulloa
Recurso
Langosta
Abulón
Camarón
Almeja catarina
Pepino de mar (I. fuscus )
Lisa
Almeja chocolata
Pata de mula
Caracol chino
Almeja generosa
Callo de hacha
Pulpo
Tiburón
Escama
Ene Feb Mar Abr May Jun
X
X
X
X
X
X
X
X X X
X
X
X
X
X
X
X
Jul Ags Sep Oct Nov Dic
X X X X
X X
X X
X X
X
X X X
X
X X X X
X X
X X
Figura 11. Temporadas de pesca de los principales recursos pesqueros en la
región del Golfo de Ulloa (las X indican mes de no pesca).
Los valores del IIR en cada zona de pesca muestran la importancia de las pesquerías de escama
demersal y pelágica. Otras a destacar son las de almejas en Esteros Norte; langosta, abulón y
almejas en San Ignacio; camarón en Esteros Norte y Esteros Centro; tiburón en Magdalena Afuera
(Fig. 9).
Aparentemente la pesca de escama es una actividad de mediana importancia económica a nivel
de unidad económica pesquera, comparada por ejemplo con la pesca de abulón y langosta, pero en
conjunto es la principal pesquería de la región. El valor de la producción hace evidente la
34
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
importancia de la comercialización de escama demersal, seguida por la de langosta, abulón, peces
pelágicos y almejas (Fig.10).
La temporada principal de pesca de escama va de abril a octubre, esto es, inicia cuando
concluye la temporada de ballenas y termina cuando comienza la pesca de camarón y langosta. Por
otra parte, es alta la probabilidad de que la pesca de escama y tiburón interactúen temporal y
espacialmente con las otras pesquerías de la región, esto a pesar de las temporadas de veda
establecidas para diferentes recursos (Fig. 11).
5.2.2. PRODUCCIÓN DE ESCAMA Y TIBURÓN EN EL GOLFO DE ULLOA
La Carta Nacional Pesquera (CNP) (SAGARPA, 2006) informa que la pesca de especies de
peces marinos de escama en el Pacífico mexicano comprende desde los recursos asociados a la línea
de costa y ambientes lagunares estuarinos, incluso visitantes ocasionales a las aguas continentales
(ríos), hasta las comunidades de peces marinos asociados a fondos someros o profundos, de tipo
rocoso o arrecifal, y fondos suaves, arenosos, arcillosos o fangosos. La CNP enlista 207 especies
para el Pacífico mexicano y distingue 99 “especies objetivo”, por su valor económico y 108
“especies asociadas” o susceptibles de capturarse junto con las especies objetivo.
La presencia de múltiples especies en la pesca de escama se da por la concurrencia de
diferentes artes de pesca en un región con diversos ambientes a lo largo de la costa. También se
capturan varias especies en un arte de pesca. Además las comunidades ícticas presentan cambios
estacionales propios de las diferentes regiones del Pacífico mexicano. El estado del conocimiento
sobre las diversas especies explotadas por pesquerías de escama es escaso, especialmente cuando se
requiere información sobre su dinámica poblacional y respuestas a los sistemas de explotación.
La CNP considera que las especies objetivo y sus asociadas pertenecen a un mismo grupo
funcional. Estos grupos son considerado unidades pesqueras de manejo porque interactúan con el
hábitat y con las zonas de pesca y se relacionan de forma indirecta con las conductas alimentarias,
reproductivas y poblacionales de los grupos principales durante una temporada definida, o se
mantienen accesibles en cualquier época. Con estos criterios define 10 unidades pesqueras de
escama (Tabla 14) y para cada una describe la “unidad de esfuerzo pesquero” (embarcaciones y
artes de pesca) e “indicadores de la pesquería” (series históricas de captura) por zona geográficas.
Sin embargo, no se toman en cuenta características de la flota y su forma de operación. Según la
CNP, la unidad de robalos está “deteriorada” y las demás están “aprovechadas al máximo
sustentable”. En ningún caso se da información del porqué de estas declaraciones.
Con la información incluida en los avisos de arribo, para el análisis de la producción de escama
en el Golfo de Ulloa primero se consideraron diferencias en el tipo de especies según su hábitat y
comportamiento dominante y se definieron especies de demersales y especies pelágicas. Las
primeras, principalmente asociadas al fondo, son botetes, mojarrones, cabrillas, rocotes, corvinas,
loros, lenguados, lisas, pargos, viejas, chopas y bacocos (Tabla 15). Las pelágicas son: sierras,
picudas, sardinas y jureles. Además se incluyeron los grupos de rayas y tiburones.
Por problemas derivados del sistema de recolección de datos en los avisos de arribo, la
identificación a nivel de especie no es factible en la mayoría de los casos y no existe un listado de
nombres comunes utilizados por los pescadores de la región. Del listado de Fisher et al. (1995), el
número posible de especies en un mismo grupo (familia) va de 1 a 48. Sin embargo, en estudios
preliminares sobre composición de la captura obtenida en la zona, el número es menor.
35
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Tabla 14. Número de especies objetivo y asociadas de especies de peces de
escama en el Pacífico Noroeste mexicano según la Carta Nacional
Pesquera 2006.
Unidad de manejo pesquero
Baquetas, cabrillas y verdillo
Corvinas y berrugatas
Huachinango y pargos
Jureles y pedregales
Lenguados
Lisas
Pierna y conejo
Rayas y mantas
Robalos
Sierras
Todas
Número de.
especies
15
12
7
6
8
2
3
18
4
2
77
Tabla 15. Número de especies de peces por tipo, grupo y familia que se
pueden encontrar en el Golfo de Ulloa.
Tipo
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Demersal
Pelágicos
Pelágicos
Pelágicos
Pelágicos
Grupo
Bacocos
Botetes
Cabrillas
Chopas
Corvinas
Lenguados
Lenguados
Lenguados
Lisas
Loros
Mojarrón
Pargos
Piernas
Rocotes
Viejas
Jureles
Picudas
Sardinas
Sierra
Familia
Haemulidae
Tetraodontidae
Serranidae
Kyphosidae
Sciaenidae
Bothidae
Paralichthyidae
Pleuronectidae
Mugilidae
Scaridae
Sparidae
Lutjanidae
Malacanthidae
Scorpaenidae
Labridae
Carangidae
Sphyraenidae
Clupeidae
Scombridae
Número de
especies
5
6
39
6
48
5
19
7
8
5
1
10
2
33
10
34
3
11
4
36
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Sobre los rendimientos (captura por especie(s) por embarcación por temporada, o captura por
viaje por temporada), la información es escasa porque en los avisos de arribo no se registra el
número de embarcaciones y artes de pesca utilizadas, ni el periodo en que se efectuó la captura
(número de días pescando).
5.2.2.1. CAPTURA DE ESCAMA POR ZONA DE PESCA
Con referencia a la captura de escama, las especies del grupo de cabrillas ocupan el primer
lugar en todas las zonas de pesca, pero en los otros grupos se presentan diferencias. En San Ignacio
el 69 % de la captura la representan cabrillas y 8% lenguados; en San Juanico las cabrillas 75 %,
corvinas 12% y lenguados 5%. En Esteros Norte las mejor representadas son cabrillas, corvinas,
lisas y lenguados (29, 21, 24 y 5% respectivamente). En Esteros Centro, cabrillas, corvinas, piernas
y lenguados (33, 21 16 y 5%). En Esteros Sur destacan cabrillas, corvinas y lenguados (56, 19 y
5%). En la zona Magdalena Afuera las principales fueron cabrillas, piernas, corvinas y lenguados
(34, 34,11y 4%). En general, en las zonas del norte son menos las especies que aportan el 98 % de
la captura (Fig. 12).
En la pesca de escama pelágica sobresale la captura de jureles y sierras; los primeros están
mejor representados en las zonas del Norte y en Magdalena Afuera. Las sierras se capturan más en
los Esteros Norte, Centro y Sur (Fig. 13).
Finalmente, aunque en la pesca de rayas y tiburones no es posible la agrupación de datos a
nivel de familia, es clara la diferencia en importancia relativa de estas pesquerías en cada una de las
zonas de pesca (Fig. 8). La de rayas está mejor representada en Esteros Sur, San Ignacio y San
Juanico. La de tiburones en Esteros Sur, San Juanico, Magdalena Afuera y San Ignacio (Fig. 14).
100%
Botetes
90%
Mojarrones
80%
Cabrillas
70%
Rocotes
60%
Corvinas
50%
Loros
40%
Lenguados
30%
Lisas
20%
Pargos
10%
Viejas
0%
Chopas
San Ignacio
San Juanico
Esteros Norte Esteros Centro
Esteros Sur
Magdalena
Afuera
Bacocos
Figura 12. Composición promedio de la captura por tipos de especies de
escama demersal por zona de pesca.
37
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
100%
90%
80%
70%
60%
Sierras
50%
Picudas
40%
Sardinas
30%
Jureles
20%
10%
0%
+
San Ignacio San Juanico
Esteros
Norte
Esteros
Centro
Esteros Sur Magdalena
Afuera
Figura 13. Familias de peces de escama pelágica que en cada zona de pesca
representan el 95% o más de la captura.
40
35
Tiburones
Rayas
30
% Peso
25
20
15
10
5
0
San Ignacio San Juanico
Esteros
Norte
Esteros
Centro
Esteros Sur Magdalena
Afuera
Figura 14. Importancia relativa de las pesquerías de rayas y tiburones por
zona de pesca en la región del Golfo de Ulloa.
El valor de la producción a precios de playa varía según el nivel de captura por zona de pesca y
probablemente por precios diferenciales para un mismo producto. En San Ignacio los que más
aportan, con valores entre 6.5 y 1.5 millones de pesos, son cabrillas, lenguados, corvinas y jureles
(Fig. 15). En San Juanico destacan cabrillas, tiburones, corvinas y lenguados con valores entre 700
38
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
mil y 2.7 millones de pesos. En Esteros Norte y Esteros Centro, con valores entre 75 y 480 mil
pesos, predominan tiburones, cabrillas, corvinas y lenguados; en Esteros Centro también destaca el
grupo de piernas. En Esteros Sur el valor de la producción está dominado por cabrillas y tiburones
(1.8 y 1.5 millones de pesos), pero también destacan sierras, corvinas y lenguados con valores entre
860 y 480 mil pesos. En la zona de Magdalena Afuera los tiburones aportan en promedio 450 mil
pesos; le siguen cabrillas, piernas y jureles y corvinas, con valores entre 190 y 67 mil pesos por año.
3000
San Ignacio
Miles de pesos
Miles de pesos
5000
4000
3000
2000
2000
1500
1000
500
1000
0
600
Esteros Norte
Miles de pesos
400
300
200
100
Bagres
Cochis
Piernas
Lenguas
Robalo
Mojarras
Bacocos
Chopas
Viejas
Pargos
Lisas
Lenguados
Loros
Corvinas
Rocotes
Cabrilla
Mojarrones
Sierras
Jureles
Picudas
Sardinas
Tiburones
Rayas
0
Miles de pesos
Esteros Sur
Bagres
Cochis
Piernas
Lenguas
Robalo
Mojarras
Bacocos
Chopas
Viejas
Pargos
Lisas
Lenguados
Loros
Corvinas
Rocotes
Cabrilla
Mojarrones
Sierras
Jureles
Picudas
Sardinas
Tiburones
Rayas
Miles de pesos
2000
1800
1600
1400
1200
1000
800
600
400
200
0
Esteros Centro
500
Bagres
Cochis
Piernas
Lenguas
Robalo
Mojarras
Bacocos
Chopas
Viejas
Pargos
Lisas
Lenguados
Loros
Corvinas
Rocotes
Cabrilla
Mojarrones
Sierras
Jureles
Picudas
Sardinas
Tiburones
Rayas
Miles de pesos
Bagres
Cochis
Piernas
Lenguas
Robalo
Mojarras
Bacocos
Chopas
Viejas
Pargos
Lisas
Lenguados
Loros
Corvinas
Rocotes
Cabrilla
Mojarrones
Sierras
Jureles
Picudas
Sardinas
Tiburones
Rayas
Bagres
Cochis
Piernas
Lenguas
Robalo
Mojarras
Bacocos
Chopas
Viejas
Pargos
Lisas
Lenguados
Loros
Corvinas
Rocotes
Cabrilla
Mojarrones
Sierras
Jureles
Picudas
Sardinas
Tiburones
Rayas
0
500
450
400
350
300
250
200
150
100
50
0
San Juanico
2500
6000
500
450
400
350
300
250
200
150
100
50
0
Magdalena Afuera
Bagres
Cochis
Piernas
Lenguas
Robalo
Mojarras
Bacocos
Chopas
Viejas
Pargos
Lisas
Lenguados
Loros
Corvinas
Rocotes
Cabrilla
Mojarrones
Sierras
Jureles
Picudas
Sardinas
Tiburones
Rayas
7000
Figura 15. Valor promedio de la producción por grupos de especies escama
por zonas de pesca en la región del Golfo de Ulloa.
El análisis preliminar de los precios por kilogramo de los principales grupos de especies de
escama, muestra diferencias importantes entre los de pargos y lenguados con los de corvinas,
cabrillas, jureles, sierras, piernas y mojarras (Fig. 16). De 1998 a 2009 los incrementos en precio
más importantes se dieron en pargos ($8.00), corvinas ($6.50), cabrillas ($5.00) y lenguados
($4.00).
39
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
20
18
16
Precio (pesos)
14
12
10
8
6
4
2
0
1998
1999
Piernas
2000
2001
Mojarras
2002
Pargos
2003
2004
Lenguados
2005
Corvinas
2006
Cabrillas
2007
2008
Sierras
2009
Jureles
Figura 16. Tendencias de los precios por kilogramo desembarcado de los
principales grupos de especies escama.
Los pescadores comercializan la producción pesquera al descargar en la playa. Los
compradores son particulares que distribuyen el producto a mercados de Ciudad Constitución, La
Paz y Los Cabos, y al mercado nacional. El sector depende de su producción para recuperar los
costos de operación y obtener una ganancia. Las alternativas de financiamiento son escasas y
dependen de préstamos a compradores, pudiendo generarse limitaciones a las posibilidades de
comercialización por los compromisos de pago. La probabilidad de descapitalización puede ser alta.
Por otra parte, la falta de infraestructura básica de red fría para el manejo de los productos
pesqueros provenientes de las capturas de embarcaciones menores, ocasiona una pérdida
considerable en la frescura de los productos antes de llegar a la playa, que se refleja en el bajo
rendimiento económico por embarcación y por pescador. El pescado por naturaleza es blando y se
daña fácilmente por la manipulación brusca que promueve el desarrollo de bacterias que
incrementan el grado de deterioro y pérdida de calidad del producto (apariencia, color, textura, olor
y sabor).
Desafortunadamente los incentivos económicos para que el pescador mejore el manejo del
pescado no son evidentes y aparentemente el precio por kilogramo no varía para pescado de una
misma especie capturado con redes o anzuelos. Tampoco hay incentivos económicos o de mercado
que permitan compensar o premiar el esfuerzo realizado a favor del medio ambiente, a pesar de la
demanda creciente de mercados internacionales para que los pescados y mariscos sean capturados o
producidos de manera sostenible (Consultores Acuícolas y Pesqueros 2009).
5.2.3. TENDENCIAS EN LA CAPTURA DE ESCAMA, TIBURONES Y RAYAS
La captura anual de escama demersal varió entre 3,200 y 5,600 t; máximos en 1999, 20022004, 2007-2008, y mínimos en 2001, 2005-2006 y 2009 (Fig. 17). La captura de escama pelágica
aumentó de 383 t en 2005 a 1083 t en 2009. La de tiburones presentó amplias variaciones entre
1000 y 300 t, con valores altos en 1998-1999, 2003-2004 y 2007-2008, y mínimos en 2002 y 2006.
La producción de rayas varió entre 130 y 430 t, con valores altos de 2003 a 2005. Resulta
interesante observar que en 2009 todas las pesquerías disminuyeron su captura.
40
1200
6000
1000
5000
800
4000
600
3000
400
2000
200
1000
0
Demersales ton
Captura ton
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
0
1998
1999
2000
2001
PELAGICOS
2002
2003
TIBURONES
2004
2005
RAYAS
2006
2007
2008
2009
DEMERSALES
Figura 17. Captura anual de escama demersal, escama pelágica, tiburones y
rayas en la región del Golfo de Ulloa.
La producción de escama, tiburones y rayas por zona de pesca presenta cambios importantes en
la relevancia de cada pesquería y sus tendencias, con escalas de producción ampliamente diferentes
entre las zonas del norte y las demás, especialmente en la escama demersal (Fig. 18). En cuanto a
las tendencias, destaca la relativa estabilidad de la captura de demersales en San Ignacio, las
posibles variaciones cíclicas en San Juanico, Esteros Norte y Esteros Sur, y la notable disminución
de la pesca en Esteros Centro y su incremento en Magdalena Afuera.
El seguimiento de las tendencias por área de pesca es complicado por la falta de datos sobre
esfuerzo pesquero y porque la variabilidad en los tipos de operación pesquera dificultan establecer
medidas estandarizadas. Por ejemplo, la pesca de escama en el área de pesca conocida como el
"bajo del 23", en las inmediaciones de la zona aledaña al Puerto Adolfo López Mateos (entre los
24 50’ N y los 25 30’ N), presenta una aparente disminución en la captura por día por cada 100 m
de red de fondo dirigida a la pesca de garropas, meros y baquetas (familia Serranidae): de 17 kg en
2006 a 3 kg en 2009 (Grupo Tortugero de las Californias, resultados preliminares). Los datos
provienen de 684 lances de redes de fondo muestreados por observadores a bordo de las
embarcaciones.
En general, las variaciones detectadas pueden reflejar desde problemas en el registro
(frecuencias de avisos de arribo, identificación de especies y localidades de pesca, montos de
captura registrada) hasta cambios derivados de ciclos naturales de producción de las especies o
efectos de la sobrepesca. Un problema esencial en la determinación de tendencias es la falta de
información sobre esfuerzo de pesca. La interpretación de los resultados presentados supone que,
dada las limitaciones al incremento en el esfuerzo de pesca que recomienda la Carta Nacional
Pesquera, las variaciones en el número de embarcaciones en el periodo analizado no deben ser
significativas, pero la forma en que se aplica el esfuerzo si puede presentar cambios importantes
(número de viajes de pesca por arte de pesca, por temporada, por zona o área de pesca).
41
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
San Juanico
3000
500
2500
400
2000
300
1500
200
1000
100
500
0
0
RAYAS
1200
1000
800
600
400
200
0
PELAGICOS
DEMERSALES
RAYAS
DEMERSALES
Esteros Centro
Esteros Norte
200
200
350
200
100
150
100
50
Captura ton
250
Demersale ton
150
700
600
300
Captura ton
TIBURONES
150
500
400
100
300
200
50
100
50
0
0
0
PELAGICOS
TIBURONES
RAYAS
0
PELAGICOS
DEMERSALES
TIBURONES
RAYAS
DEMERSALES
Magdalena afuera
Esteros Sur
1200
300
350
300
1000
250
300
250
800
200
600
150
400
100
200
50
0
0
PELAGICOS
TIBURONES
RAYAS
DEMERSALES
Captura ton
350
Demersale ton
Captura ton
Demersale ton
TIBURONES
1400
250
200
200
150
150
100
100
50
50
0
0
PELAGICOS
TIBURONES
RAYAS
Demersale ton
PELAGICOS
400
350
300
250
200
150
100
50
0
Demersale ton
600
Captura ton
3500
Demersale ton
Captura ton
San Ignacio
700
DEMERSALES
Figura 18. Tendencias de la captura anual de escama demersal, escama
pelágica, tiburones y rayas por zona de pesca en la región del
Golfo de Ulloa.
5.2.4. TEMPORADAS DE CAPTURA
Con referencia a las temporadas de pesca, los registros de captura permiten distinguir los meses
de mayor producción en cada zona de pesca. De los grupos de pelágicos, la pesca de sierras es más
importante de junio a agosto en todas las zonas. La de jureles es mayor de junio a agosto en San
Ignacio y San Juanico; en Esteros Norte se observan picos en abril y julio y en las otras zonas varia
sin patrón aparente (Fig. 19). Algo similar ocurre con la pesca de tiburones en San Juanico, Esteros
Norte y Sur.
En el caso de la escama demersal la mejor temporada de lenguados y corvinas ocurre de junio a
agosto, con mínimos de septiembre a febrero; las cabrillas se presentan en San Ignacio y San
Juanico con similar importancia durante todo el año, pero en otras zonas tiende a ser más alta de
junio a noviembre (Figs. 20 y 21).
La presencia de cambios en las temporadas de escama, tiburones y rayas, por zona de pesca,
plantea problemas especiales en el posible manejo de sus pesquerías.
42
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
60
35
San Ignacio
Porcentaje Captura por mes
Porcentaje Captura por mes
Esteros Centro
30
50
40
30
20
25
20
15
10
10
5
0
0
Sierras
70 ENERO
FEBRERO
Jureles
MARZO
ABRIL
MAYO
Tiburones
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
Rayas
OCTUBRE
NOVIEMBRE
Sierras
50
ENERO
DICIEMBRE
Jureles
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
45
San Juanico
60
FEBRERO
Tiburones
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
Rayas
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
Esteros Sur
35
Porcentaje Captura por mes
Porcentaje Captura por mes
40
50
40
30
30
25
20
15
20
10
10
5
0
0
Sierras
35 ENERO
FEBRERO
Jureles
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
Sierras
Rayas
OCTUBRE
NOVIEMBRE
70
DICIEMBRE
Esteros Norte
30
ENERO
FEBRERO
Jureles
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
Tiburones
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
Rayas
OCTUBRE
NOVIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
Magdalena Afuera
60
50
25
Porcentaje Captura por mes
Porcentaje Captura por mes
Tiburones
20
15
40
30
10
20
5
10
0
0
Sierras
ENERO
FEBRERO
Jureles
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
Tiburones
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
Rayas
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
Sierras
ENERO
FEBRERO
Jureles
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
Tiburones
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
Rayas
DICIEMBRE
Figura 19. Temporadas de captura de los principales grupos de especies de
escama pelágica, tiburones y rayas en las zonas de pesca sureñas
de la región del Golfo de Ulloa.
43
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
45
San Ignacio
40
Porcentaje Captura por mes
35
30
25
20
15
10
5
0
Piernas
45 ENERO
FEBRERO
Mojarras
MARZO
ABRIL
Pargos
MAYO
JUNIO
Lisas
JULIO
AGOSTO
San
Juanico
Lenguados
SEPTIEMBRE
Corvinas
OCTUBRE
NOVIEMBRE
Cabrillas
DICIEMBRE
40
Porcentaje Captura por mes
35
30
25
20
15
10
5
0
Piernas
60
ENERO
FEBRERO
Mojarras
MARZO
ABRIL
Pargos
MAYO
Lisas
JUNIOEsteros
JULIO Norte
AGOSTO
Lenguados
SEPTIEMBRE
Corvinas
OCTUBRE
NOVIEMBRE
Cabrillas
DICIEMBRE
Porcentaje Captura por mes
50
40
30
20
10
0
Piernas
ENERO
FEBRERO
Mojarras
MARZO
ABRIL
Pargos
MAYO
JUNIO
Lisas
JULIO
AGOSTO
Lenguados
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
Corvinas
NOVIEMBRE
Cabrillas
DICIEMBRE
Figura 20. Temporadas de captura de los principales grupos de especies de
escama demersal, en las zonas de pesca norteñas de la región del
Golfo de Ulloa.
44
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
30
Esteros Centro
Porcentaje Captura por mes
25
20
15
10
5
0
Piernas
35
ENERO
Mojarras
FEBRERO
MARZO
ABRIL
Pargos
MAYO
JUNIO
Lisas
Lenguados
JULIO
AGOSTO
Esteros
Sur
SEPTIEMBRE
Corvinas
OCTUBRE
Cabrillas
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
Porcentaje Captura por mes
30
25
20
15
10
5
0
Piernas
40
ENERO
Mojarras
FEBRERO
MARZO
ABRIL
Pargos
MAYO
JUNIO
Lisas
JULIO
AGOSTO
Lenguados
Magdalena Afuera
SEPTIEMBRE
Corvinas
OCTUBRE
Cabrillas
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
35
Porcentaje Captura por mes
30
25
20
15
10
5
0
Piernas
ENERO
Mojarras
FEBRERO
MARZO
Pargos
ABRIL
MAYO
Lisas
JUNIO
JULIO
Lenguados
AGOSTO
SEPTIEMBRE
Corvinas
OCTUBRE
Cabrillas
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
Figura 21. Temporadas de captura de los principales grupos de especies de
escama demersal, en las zonas de pesca sureñas de la región del
Golfo de Ulloa.
45
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
5.2.5. MOVILIDAD DE LA FLOTA
La dinámica de la flota tiene que ver con la movilidad de los productores, esto es, si realizan
faenas de pesca en más de una zona de pesca. La permanencia de un productor en una zona de pesca
dada es un indicador de su “arraigo” en esa zona. Para estimar el arraigo de la actividad y la
movilidad de los usuarios se consideró el número de productores que trabajan sólo en una zona para
cada pesquería. El índice de arraigo IA se estimó con la siguiente fórmula:
IA = NPi/NPT donde,
NPi = número de productores en la pesquería i
NPT = número total de productores de la pesquería i de 1998 a 2008.
Los datos en los avisos de arribo permitieron reconocer a 162 permisionarios con autorización
para la pesca de escama; 78 registraron captura en sólo una de las 6 zonas de pesca, esto es un
índice de arraigo del 48%. El 22 % de usuarios realizó actividades en dos áreas, 9% en 3, 9% en 4 y
9% en 5. El 3% de los permisionarios se mueven en toda la región.
Para complementar el análisis se consideraron como “exclusivos” a los usuarios que sólo
pescan al interior de una zona, mientras que el resto son móviles. Los índices utilizados fueron:
Índice de Movilidad = 1- Índice de Exclusividad
Índice de Exclusividad = (RNPi/RNPt)*100
RNPi = Número de permisionario que sólo trabajaron en la zona i
RNPt = Número total de permisionarios
Los resultados muestran un porcentaje alto de usuarios exclusivos en San Ignacio, y una baja
exclusividad en San Juanico, con movilidad cercana al 92%, que indica que los pescadores suelen
provenir de otras zonas (Tabla 16).
Tabla 16. Indicadores de movilidad por zonas para la pesquería de escama
San
Ignacio
San
Juanico
Magdalena
afuera
Esteros
Centro
Esteros
Norte
Esteros
Sur
RNP exclusivos
27
5
16
17
6
7
RNP activos/área
52
57
77
79
28
59
Índice de exclusividad
51.9%
8.8%
20.8%
21.5%
21.4%
11.9%
Índice de movilidad
48.1%
91.2%
79.2%
78.5%
78.6%
88.1%
Concepto
Zona
Al sólo considerar la pesquería de lenguado, se encontró que 108 permisionarios registraron
captura de lenguado de 1998 a 2008, con un índice de arraigo de 51%. En esta pesquería no se
identificaron usuarios con movilidad en toda la región y sólo un 6% visita 5 zonas. En San Ignacio
el valor de exclusividad de 68% refleja una pesquería local desarrollada, con menos de un tercera
parte de flujos de usuarios desde esta zona hacia las otras y de “foráneos” que inciden en ella. La
zona en la que participan el mayor número de usuarios es Esteros Centro, esto a pesar de su menor
extensión geográfica; su nivel de exclusividad es 30.2% (Tabla 17).
46
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Tabla 17. Indicadores de movilidad por zonas para la pesquería de lenguado
Concepto
Zona
San
Ignacio
San
Juanico
Magdalena
afuera
Esteros
Centro
Esteros
Norte
Esteros
Sur
RNP exclusivos
21
4
4
16
2
8
RNP activos/área
31
33
39
53
15
47
Índice de exclusividad
67.7%
12.1%
10.3%
30.2%
13.3%
17.0%
Índice de movilidad
32.3%
87.9%
89.7%
69.8%
86.7%
83.0%
Un aspecto importante relacionado con la movilidad de la flota es la dificultad para reconocer
los pescadores que tienen preferencia por trabajar en áreas de pesca determinadas. Por ejemplo, el
Grupo Tortugero de las Californias en colaboración con el Centro de Colaboración Cívica del
Puerto Adolfo López Mateos encontraron que del total de embarcaciones que operan en la zona,
sólo 17 aplican al menos dos terceras partes de su esfuerzo a la pesca de escama con redes de fondo
en el “bajo del 23”. Además, el uso de esta área ocurre principalmente cuando la disponibilidad del
recurso es baja en áreas más cercanas al puerto base. Esto es relevante si se considerara limitar las
áreas de operación de diferentes unidades económicas.
5.2.6. SISTEMAS DE PESCA
Aunada a la gran diversidad de especies de peces que se capturan en el litoral del Océano
Pacífico, se presenta la complejidad del uso de diferentes tipos de embarcaciones y artes de pesca.
El conocimiento sobre los diferentes diseños, formas de operación, eficiencia y selectividad de cada
sistema para la pesca de especies de escama es de tipo general, con pocos estudios específicos. En la
Carta Nacional Pesqueras (SAGARPA, 2006) se distinguen 15 tipos utilizados por la flota menor.
En varios casos se recomienda continuar las investigaciones sobre eficiencia y selectividad del arte
de pesca, así como diseños y desarrollos de maquinaria pesquera que permita optimizar el tiempo y
esfuerzo invertido en la actividad. Se advierte que esto debe realizarse cautelosamente, ya que se
incrementa el poder de pesca y el esfuerzo pesquero.
La CONAPESCA reconoce en la región del Golfo de Ulloa 27 lugares de desembarco: Punta
Abreojos, El Faro, Laguna La Escondida ,Punta Prieta, Laguna de San Ignacio, Estero El Cardón,
Punta Delgadito, Estero El Cardón, Punta Delgadito, Bateque, Santo Domingo, San Juanico II, Las
Barrancas, Abulonera Del Norte, Puerto San Andresito, Estero San Jorge ,Campo Buenavista, Las
Tinajas, Boca Santo Domingo, La Poza, Estero San Vicente, Estero De Santo Domingo, Estero
Arroyo Santo Domingo, Estero Las Vacas, Boca La Soledad, Puerto Adolfo López Mateos, Bahía
Magdalena. No se tiene información sobre el número de embarcaciones que desembarcan en cada
lugar.
La eficiencia en la operación de las embarcaciones se relaciona con la experiencia de los
pescadores, la elección de áreas y artes de pesca. El consumo de combustibles en traslados desde el
puerto base a los áreas de pesca y en la búsqueda del recurso es un factor importante.
47
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
En la región prevalece la operación de embarcaciones menores (pangas) de 21-25 pies de
eslora con motor a gasolina fuera de borda de dos tiempos de 55-85 hp. Generalmente son operadas
por dos pescadores y trabajan en áreas cercanas de la costa. La introducción de motores más
potentes, sistemas de comunicación y de posicionamiento global, ecosondas, sistemas
automatizados para recuperación de artes de pesca y dispositivos agregadores de peces, constituyen
los cambios más frecuentes en los sistemas de pesca, pero poco se conoce sobre su efecto en el
poder de pesca y en los rendimientos de las unidades económicas. En general, no existen normas
para la construcción de las artes de pesca (diseño, materiales, dimensiones, armado) y su uso
(temporadas, áreas, número de viajes, tallas mínimas, pesca incidental).
Para la captura de lisa en el Pacífico mexicano la NOM-016-PESC-1994 autoriza el uso de
redes agalleras, con luz de malla de 80 milímetros (3 1/2 pulgadas) como mínimo para la captura de
lisa, y de 71 milímetros (2 3/4 pulgadas) como mínimo para la captura de liseta o lebrancha. La talla
mínima de captura de lisa es de 30 cm de longitud total y para la liseta o lebrancha es de 28 cm de
longitud total.
Para la captura de tiburones en la franja de las primeras 10 millas náuticas, la NOM-029PESC-2006 autoriza el uso de un palangre o cimbra de deriva por embarcación, con máximo de 350
anzuelos, con un anzuelo por reinal y reinales de entre 5 y 7 m, con una sección alambrada mínima
de 20 cm y un anzuelo recto de tamaño superior a 64 mm de largo por 22 mm de abertura, o anzuelo
circular de tamaño superior a 45 mm y 18 mm de abertura. También establece el uso de una red de
enmalle de fondo por embarcación: máximo 750 m de longitud, 50 malas de altura, de hilo
poliamida multifilamento de máximo 2.4 mm o de poliamida monofilamento de 2.1 mm de
diámetro máximo, con tamaño de malla mínimo de 152.4 mm (6 pulgadas).
Para la pesca de rayas la NOM-029-PESC-2006 autoriza el uso de redes de enmalle de fondo
de máximo 750 m de longitud por 50 mallas de altura, de hilo poliamida multifilamento de máximo
2.4 mm o poliamida monofilamento de 2.1 mm de diámetro, con tamaño de malla igual o superior a
152.4 mm (6 pulgadas).
Por otra parte, la Carta Nacional Pesquera (SAGARPA, 2006) recomienda para la pesca de
pargos (Lujanidae) que la longitud máxima de las redes agalleras sea de 600 m, caída máxima de
100 mallas y luz de malla de 4”; que la longitud máxima del palangre de fondo no exceda de 2000
m de línea madre, con 500 anzuelos del tipo recto o noruego del número 5 y que, en el caso líneas
de mano, utilizar como máximo cuatro anzuelos de tipo recto de número, entre 7 y 9.
Estudios preliminares sobre los sistemas de pesca de escama, tiburones y rayas en las
inmediaciones del Puerto Adolfo López Mateos3, hacen mención de nueve diseños de redes, seis de
líneas con anzuelo y uno de trampas, utilizados de acuerdo al tipo de especie objetivo. Las especies
objetivo se definen por su importancia comercial y disponibilidad espacial y temporal. Algunas son
objetivo para un arte de pesca determinado pero se capturan como asociadas o incidentales en otros
artes. Esto se ilustra en las Tablas 18 y 19 de especies objetivo y asociadas en la captura con redes
en el Sur del Golfo de Ulloa.
3
Grupo Tortugero de las Californias
48
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
5.2.6.1. ARTES DE PESCA PARA ESCAMA Y TIBURÓN
Redes de fondo para especies de peces de primera
Se construyen con paños de poliamida monofilamento de malla de 10” o 12”, tienen longitudes
de 110 a 120 m y alturas de 3 a 9 m. Algunas redes puede tener luz de malla de 7.5". Se arman con
tirantes que disminuyen la distancia entre las relingas a 1.83 m y forman una bolsa que facilita la
retención de la captura. Las relingas son de polipropileno o poliestireno de 5/16”; la superior con 25
a 55 boyas de PVC colocadas cada 1.8 a 3 m. La inferior lastrada con plomos cilíndricos o tipo de
barril de 100 g (3 piezas cada 1.8 m). Para encabalgar (montar la red en las relingas) se usa hilo de
nylon trenzado alquitranado número 15 o 18. Estas redes se trabajan en fondos arenosos o rocosos,
en aguas exteriores de 20 a 60 m de profundidad. También se usan en la orilla, a menos de 10 m de
profundidad. Las redes se revisan una vez al día. La captura de la red de fondo es multiespecífica,
con varias especies objetivo (Tabla 18) y diferentes proporciones de especies asociadas o
incidentales (Tabla 19).
Redes de fondo para lenguado
Estas redes son de paño de monofilamento de PA calibre 0.65 a 0.70 mm, con malla de 7 a 8”.
Tienen de 120 a 400 m de longitud y de 3 a 4 m de caída, pero van con tirantes de nylon de 1.83 m.
Durante los meses de verano se usan en aguas exteriores a profundidades entre 8 y 60 m y dentro de
los esteros, en periodos de mareas muertas, durante todo el año. En los lugares de pesca las redes
permanecen tendidas algunos días hasta que el pescador considera que la captura por día de pesca es
baja. Según la distancia del lugar al puerto base la red es revisada una o dos veces al día. La especie
objetivo es el lenguado largo (Paralichthys californicus), pero la captura incluye un elevado número
de especies asociadas (Tablas 18 y 19).
La pesca del lenguado puede realizarse con anzuelo y piola, pero requiere un esfuerzo mayor
para obtener la misma cantidad de producto. Además, debido a que el precio del recurso no varía
dependiendo del arte de pesca utilizado, la tendencia actual es a abandonar el anzuelo para ser
sustituido por el uso de redes de enmalle.
Redes de superficie para sierra
Construidas con PA de monofilamento con luz de malla de 3”. También pueden ser de paño de
2¾”. La longitud varía entre 200 m y 500 m, relingadas con cabo de PP o PE de 5/8”. Se usa para
la captura de sierra (Scomberomorus sierra) en aguas poco profundas. El número de especies
asociadas es bajo (Tabla 19), pero la captura de la especie objetivo puede ser poca en relación a las
no objetivo, que en su mayoría suelen ser descartadas.
Redes de superficie para especies de peces
Son redes de PA monofilamento con malla de 6” y longitud de 200 a 250 m. Se utilizan cuando
se presentan “corridas” abundantes de jurel (Seriola lalandi) o cavicuchi (Atractoscion nobilis).
También se usan para pesca de escama de fondo. Cazones, gavilanes y rayas son parte de la captura
(Tabla 18).
49
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Tabla 18. Especies objetivo y asociadas de escama, tiburones y rayas, que sólo se
pescan con redes.
Tipo de
especie
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Nombre científico
Lutjanus peru
Menticirrhus undulatus
Mugil cephalus
Scomberomorus sierra
Nombre
común
Guachinango
Ratón
Lisa
Sierra
Familia
Lutjanidae
Sciaenidae
Mugilidae
Scombridae
Grupo
Fondo
Fondo
Pelágico
Pelágico
Tipo de
red
4,
9,
8,
3,8,
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Trachinotus rhodopus
Rhinobatos productus
Mustelus lunulatus
Pampano
Guitarra
Cazón
Stromateidae
Rhinobatidae
Triakidae
Pelágico
Tiburón
Tiburón
9,
9,
7,
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Asociada
Bagre panamensis
Brotula clarkae
Eucinostomus argenteus
Anisotremus interruptus
Haemulon sexfasciatum
Kyphosus analogus
Caulolatilus princeps
Caulolatilus affinis
Paralichthys californicus
Pomacanthus zonipectus
Atractoscion nobilis
Cynoscion parvipinnis
Menticirrhus undulatus
Umbrina roncador
Scorpaena guttata
Diplectrum pacificum
Mycteroperca rosacea
Synodus lucioceps
Astroscopus zephyreus
Trachinotus rhodopus
Gymnura marmorata
Myliobatis californica
Rhinoptera steindachneri
Raja inornata
Carcharhinus falciformis
Carcharhinus obscurus
Isurus oxyrinchus
Rhinobatos productus
Sphyrna zygaena
Mustelus californicus
Mustelus lunulatus
Chigüili
Lengua
Mojarra
Bacoco
Roncacho
Chopa
Pierna
Conejo
Lenguado largo
Zapatero
Cavicuchi
Corvina
Ratón
Rayadillo
Lopon
Arenero
Cabrilla
Chile
Bolochi
Pampano
Mariposa
Gavilan blanco
Gavilan negro
Parabolica
Tiburón
Tiburón Gambuzo
Tiburón
Guitarra
Tiburón
Cazón
Tiburón mamón
Ariidae
Brotulidae
Gerreidae
Haemulidae
Haemulidae
Kyphosidae
Malacanthidae
Malacanthidae
Paralichthyidae
Pomacanthidae
Sciaenidae
Sciaenidae
Sciaenidae
Sciaenidae
Scorpaenidae
Serranidae
Serranidae
Synodontidae
Uranoscopidae
Stromateidae
Gymnuridae
Myliobatidae
Myliobatidae
Rajidae
Carcharhinidae
Carcharhinidae
Lamnidae
Rhinobatidae
Sphyrnidae
Triakidae
Triakidae
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Pelágico
Raya
Raya
Raya
Raya
Tiburón
Tiburón
Tiburón
Tiburón
Tiburón
Tiburón
Tiburón
3,
2,
3,
2,
2,
2,
2,7,
2,
2,
2,
2,
2,
2,
2,
2,
2,
2,
3,
2,
3,
2,
2,
2,
2,
1,
2,
1,
2,
1,2,
2,4,
2,
Redes: 1) de fondo; 2) lenguadera; 3) sierrera; 4) pelágica; 7) p/ cazón; 8) p/ carnada; 9) chinchorro playero
50
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Tabla 19. Especies de escama, objetivo y asociadas, que se pescan con redes y
anzuelos.
Tipo de
especie
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Nombre científico
Paralichthys californicus
Atractoscion nobilis
Epinephelus acanthistius
Mycteroperca rosacea
Epinephelus niphobles
Mycteroperca xenarcha
Mycteroperca jordani
Epinephelus itajara
Seriola lalandi
Sardinops caeruleus
Scomber japonicus
Alopias vulpinus
Prionace glauca
Carcharhinus obscurus
Carcharhinus falciformis
Carcharhinus leucas
Carcharhinus limbatus
Isurus oxyrinchus
Sphyrna zygaena
Nombre
común
Lenguado largo
Cavicuchi
Baqueta
Cabrilla
Estacuda
Garropa cerduda
Garropa prieta
Mero
Jurel
Sardina
Macarela
Tiburón zorro
Tiburón azul
Tiburón Gambuzo
Tiburón piloto
Tiburón Chato
Tiburón Sardinero
Tiburón mako
Tiburón martillo
Familia
Paralichthyidae
Sciaenidae
Serranidae
Serranidae
Serranidae
Serranidae
Serranidae
Serranidae
Carangidae
Clupeidae
Scombridae
Alopidae
Carcharhinidae
Carcharhinidae
Carcharhinidae
Carcharhinidae
Carcharhinidae
Lamnidae
Sphyrnidae
Grupo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Pelágico
Pelágico
Pelágico
Tiburón
Tiburón
Tiburón
Tiburón
Tiburón
Tiburón
Tiburón
Tiburón
Tipo de arte
2,
4,6,12,
1,10,12,
1,10,12,
1,10,12,
1,10,12,
1,10,
1,10,12,
4,8,12,
8,11,
8,11,
5,6,13,14,15,
5,6,13,14,15,
5,6,14,15,
5,6,13,14,
6,14,
6,14,15,
5,6,13,14,15,
5,6,7,13,14,15,
Asociada
Balistes polylepis
Cochito
Balistidae
Fondo
1,2,10,12,
Asociada
Semicossyphus pulcher
Vieja
Labridae
Fondo
1,2,10,
Asociada
Lutjanus peru
Guachinango
Lutjanidae
Fondo
1,2,7,10,
Asociada
Lutjanus argentiventris
Pargo
Lutjanidae
Fondo
1,2,4,10,
Asociada
Epinephelus acanthistius
Baqueta
Serranidae
Fondo
2,6,14,
Asociada
Epinephelus niphobles
Estacuda
Serranidae
Fondo
2,6,14,
Asociada
Mycteroperca xenarcha
Garropa cerduda
Serranidae
Fondo
2,6,14,
Asociada
Epinephelus itajara
Mero
Serranidae
Fondo
2,6,14,
Asociada
Paralabrax nebuliffer
Verdillo
Serranidae
Fondo
1,2,7,10,12,16,
Asociada
Paralabrax maculatofasciatusCurricata
Serranidae
Fondo
2,10,
Asociada
Calamus brachysomus
Mueluda
Sparidae
Fondo
1,2,7,10,
Asociada
Sphoeroides lobatus
Botete
Tetraodontidae
Fondo
3,16,
Asociada
Seriola lalandi
Jurel
Carangidae
Pelágico
2,5,6,7,13,15,
Asociada
Coryphaena hippurus
Dorado
Coryphaenidae
Pelágico
5,13,15,
Asociada
Dosidicus gigas
Calamar
Ommastrephidae
Pelágico
5,6,
Asociada
Thunnus albacares
Atún aleta amarilla
Scombridae
Pelágico
5,13,15,
Redes: 1) de fondo; 2) lenguadera; 3) sierrera; 4) pelágica; 5) tiburonera superficie; 6) tiburonera fondo;
7) p/ cazón; 8) p/ carnada
Anzuelos: 10) línea de mano; 11) palangar; 12) palangre escamero; 13) palangres superficie; 14)
palangres fondo; 15) simplera
Trampas: 16) p/verdillo
Redes tiburoneras de superficie
Estas redes son de PA también se usan redes de seda, monofilamento de calibre 110 a 120 y
malla de 10 y 12”. Tienen longitud de 600 a 1000 m, con caída de 5 a 9 m. Cabe mencionar que
también hay presencia de flotas “fuereñas” que poseen redes que van de 1500 a 2000 m de longitud
y 18 m de caída, con el mismo tamaño de malla.
51
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
La pesca de tiburón se efectúa desde muy cerca de la costa pero cuando siguen la corrida del
recurso se alejan de hasta 40 millas de la costa. Además de tiburones llegan a capturar jurel, dorado
y atún (Tabla 18).
Redes tiburoneras de fondo.
Son de PA monofilamento de calibre 110 a 120 y malla de 10 y 12”, con longitud de 110 a 400
m y caída de 5 a 9 m. Se trabajan a profundidades de 3 a 65 m. Las especies de valor comercial no
objetivo varía dependiendo del área de pesca, e incluye especies de escama de “primera” de la
familia Serranidae (Tabla 18).
Redes para cazón
Cazón es el nombre que se da a todo tiburón de talla menor a 1 m de longitud total. Las redes
cazoneras son de PA monofilamento de malla de 4” y diámetro del hilo de 0.70 mm, con longitudes
de 600 a 1000 m. Generalmente tienen de 2 a 4 m de caída y las relingas superior e inferior son de
polipropileno o poliestireno. Estas redes trabajan en superficie o en el fondo, en zonas arenosas, de
enero a abril, en profundidades de 35 a 90 m y de mayo a agosto de 10 a 35 m. También se usan
dentro de los esteros a profundidades de 2 a 12 m. La captura puede incluir jureles, piernas y
verdillo (Tabla 18) y otras especies no objetivo que se desechan por su bajo valor en playa.
Redes para carnada (Atarrayas y chinchorros para carnada)
La carnada es un insumo básico en la pesca con anzuelos. Los pescadores prefieren usar
macarelas y sardinas, y en temporada el camarón. Dada la variedad de especies que capturan las
redes sierreras, los pescadores de línea y anzuelo consiguen carnada con los dueños de estas redes.
De no ser así usan una atarraya o un chinchorro para carnada.
Las atarrayas varían entre 1 ½” y 2 ½” de malla y las hay desde los 3 hasta los 6 m de alto. Se
usan a bajas profundidades cuando el cardumen de la especie objetivo se puede ver desde la
embarcación. Los chinchorros para carnada son redes de malla de 2 a 3” y de 50 a 100 m de largo,
con caída de 1.5 a 5 m.
Chinchorro playero (la ola)
El chinchorro playero es una red de enmalle que se utiliza para acorralar o encerrar peces en
aguas someras muy cerca de la orilla. La maniobra inicia con una embarcación que sale desde la
orilla dejando un cabo de la red en la playa; cuando pasa la rompiente de las olas empieza a largar la
red para terminar en la playa, donde los pescadores jalan las dos puntas de la red hasta llevarla a la
playa, donde se revisa y se escogen los peces de buena talla. Esta técnica se conoce como “la ola” y
se aplica principalmente para capturar ejemplares de especies que se acercan a la costa para
alimentarse, pero muchos ejemplares son descartados por ser de talla no apropiada para la
comercialización.
La introducción de “la ola” se dio con autorización de la CONAPESCA, pero además de las
críticas generadas por los pescadores de la región, los permisionarios no cumplieron con los
términos del permiso por lo que debe cancelarse esta práctica de pesca.
52
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Líneas de mano
Esta técnica se basa en el uso de anzuelos amarrados a líneas de nylon que llevan plomadas
para alcanzar la profundidad deseada. Las líneas o piolas se llevan en trozos de madera o latas a
modo de carretes. Los anzuelos se arreglan con carnada (viva o muerta) y se tiran al agua quedando
en la mano del pescador la línea; cuando siente que el pez está comiendo la carnada se jala la línea y
el anzuelo atrapa al pez por la boca. La experiencia del pescador es clave para el éxito de captura.
Cada pescador puede utilizar dos líneas, una que trae consigo y otra que asegura al borde de la
embarcación o falca.
Los anzuelos son de diversos tamaños según la especie objetivo: convencionales tipo “caña” o
“J” en tamaños del 1 al 3; garras de águila en tamaños del 14/0 al 16/0. Las líneas o piolas de 160 a
200 lb de resistencia, pero también de 100 o 120 lb. Las piolas de menos de100 lb se usa para peces
pequeños. Para no lastimarse los dedos se utilizan “dedales” hechos por los pescadores de hule
(cámara de llantas); algunos usan guantes de tela.
La pesca se efectúa en los esteros, cerca de los manglares o en sitios donde existen tepetates
(extensiones de rocas sedimentarias que forman terrazas marinas) en profundidades de 4 a 12 m. En
aguas exteriores se pesca principalmente de julio a septiembre porque las aguas se aclaran y la
pesca con redes es menos productiva. Se buscan áreas con fondo rocoso en profundidades de 12 a
60 m. Como carnada se utiliza preferentemente macarela, sardina y camarón.
Entre las variantes de la pesca con línea y anzuelo está la conocida como “yoyo” usando una
caña de pesca (30-80 lb) y carretes que del 4/0 al 9/0, con señuelos de formas, colores, pesos y
tamaños dependiendo de la profundidad donde se empleen. Esta técnica consiste en hacer llegar el
señuelo al fondo y subirlo con el simple movimiento de la caña, de abajo hacia arriba, en repetidas
ocasiones para atraer el pescado.
Otra variante es el curricaneo o troleo de fondo, usando cañas de pesca (30-80 lb) con carretes
del 4/0 al 9/0, señuelos diversos, un lastre tipo “bala de cañón” de 10 lb de peso, apoyo con equipo
electrónico marino (sondas y GPS), con el fin de realizar la actividad en puntos adecuados y tener
idea de la profundidad a la que se está trabajando. Una vez en el área de pesca se navega a
velocidades de 3 a 5 nudos, asegurándose que los señuelos trabajen a la profundidad del lastre que
va asegurado a la popa de la embarcación con piolas de 200 lb de resistencia o cables reforzados.
De 20 a 30 metros de línea de pesca se liberan antes de asegurarla a la línea de lastre mediante un
seguro o “snap” además de una liga o banda de hule elástica, que se rompe al momento de que el
pez muerde el anzuelo y permite cobrar la línea de pesca sin problemas.
La pesca con líneas con azuelo va dirigida a especies de alto valor comercial que se reconocen
como “primera” y pertenecen principalmente a la familia serranidae (cabrillas y meros). Sin
embargo, y a pesar de la calidad de los productos, no existe un precio preferencial asociado al
sistema de pesca. La pesca de especies asociadas es baja (Tablas 19 y 20).
Palangares
A diferencia de las líneas de mano con un anzuelo, los palangares amarran a la línea tres o
cuatro anzuelos del número 7 o más pequeños, con la intención de capturar macarela para carnada.
En profundidades mayores a 30 m se usan palangares de 5 hasta 20 anzuelos en la pesca de la pierna
y verdillo, con cochito y vieja como especies asociadas (Tabla 19).
53
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Palangres escameros de fondo
Los palangres de fondo están compuestos por una línea madre de la cual penden de 28 a 45
reinales (líneas que llevan los anzuelos), cada uno con un anzuelos del tipo “caña” ó “J” en tamaños
del 1 al 3, aunque se ha tratado de fomentar el uso de anzuelos circulares tipo “garra de águila” 14/0
al 16/0, para evitar que las tortugas se traguen el anzuelo y sea fácil removerlo. La línea con
anzuelos se llevan al fondo, en áreas de 10 a 60 m de profundidad.
La pesca con palangres de fondo se efectúa de agosto a octubre, cuando la claridad del agua
disminuye la efectividad de las redes de enmalle. Las especies objetivo son principalmente
serranidos (cabrillas, baquetas, meros) (Tabla 19). Los pescadores acostumbran revisar sus
palangres cada dos horas y media.
Tabla 20. Especies objetivo y asociadas de escama, tiburones y rayas, que sólo se pescan con
anzuelos.
Tipo de
especie
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Objetivo
Asociada
Asociada
Asociada
Carcharodon carcharias
Nombre
común
Cochito
Robalo negro
Pierna
Rocot (diablo)
Verdillo
Tiburón Blanco
Tetrapturus audax
Scomberomorus sierra
Xiphias gladius
Marlín rallado
Sierra
Pez espada
Nombre científico
Balistes polylepis
Centropomus nigrescens
Caulolatilus princeps
Sebastes goodei
Paralabrax nebuliffer
Familia
Balistidae
Carcharhinidae
Grupo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Fondo
Tiburón
Istiophoridae
Scombridae
Xiphiidae
Pelágico
Pelágico
Pelágico
Centropomidae
Malacanthidae
Scorpaenidae
Serranidae
Tipo de
arte
11,
10,
11,
11,
11,
15,
13,15,
11,
13,15,
Tipo de anzuelos: 10) línea de mano; 11) palangar; 13) palangres superficie; 15) simplera
Palangres tiburoneros de superficie
Los palangres de superficie para tiburones constan de una línea madre con 100 a 300 reinales,
cada uno con longitud de 1 hasta 10 m y anzuelos del tipo “caña” ó “J” de los números 1 o 2. La
distancia entre reinlaes es de 7 a 9 m. El número de boyas que mantienen en superficie al palangre
varía según la longitud. En algunos casos se usan como boyas contenedores de agua tapados y
trozos de unicel en costales. Como carnada se utilizan peces como bonitas, barriletes y jureles y en
algunos casos pedazos de delfín. La captura incluye varias especies de tiburón (Tabla 19).
Palangres tiburoneros de fondo
Los palangres de fondo para tiburón se usan de manera similar a los escameros de fondo. Las
variantes son el tipo de carnada y anzuelos grandes del tipo “caña” número 1 o 2, y los tipo “garra
de águila” del 16/0. La carnada varía dependiendo la abundancia de recursos como jurel, bonitas,
barriletes y chopas.
54
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Simpleras
Este arte es utilizado con mucha efectividad para la pesca de tiburón (Tabla 20). La simplera
consta de un lastre (generalmente costales llenos con piedras chicas o grava) amarrado a un cabo de
polipropileno o poliestireno calibre 4, de longitud suficiente para llegar a profundidades de 70 a 200
m, con una boya de la cual pende una “cola” o línea con un reinal de 1.5 a 2 m de largo con un
anzuelo grande del tipo “caña” o “garra de águila”.
Trampas para verdillo:
El verdillo (Paralabrax nebuliffer) se pesca principalmente en los meses de verano, según su
abundancia y precio en relación a las especies de "primera" que se pescan en esos meses. El verdillo
se captura con trampas de malla de alambre galvanizado de malla de 1.5" y dimensiones de 1.5 x 2
m, con dos entradas laterales. Se usa como carnada pedazos de sardina o bonitas. En la captura
predomina la especie objetivo, que presenta variabilidad en las tallas; las chicas son descartadas.
5.2.6.2. SELECTIVIDAD DE ARTES DE PESCA
La selectividad de los artes de pesca es factor determinante en las características de la captura.
En el caso de las especies objetivo se relaciona con el tamaño de los individuos y su valor en el
mercado, pero también con las características deseables para asegurar el éxito de los procesos de
reproducción, crecimiento y reclutamiento. Esto es, el número de machos y hembras que alcanzan la
edad (talla) en que pueden reproducirse y originar la siguiente generación.
En el caso de las comunidades marinas afectadas por la pesca, los efectos de la selectividad se
refieren a la composición específica de la captura, esto es, al número y tamaño de individuos de
especies objetivo y asociadas presentes en la captura; en conjunto se le conoce como fauna de
acompañamiento e incluye especies con o sin valor comercial, de tamaños chicos que generalmente
corresponden a individuos juveniles que no alcanzaron la talla de reproducción, y especies de
interés para la conservación de la biodiversidad. Entre mayor sea la selectividad del arte de pesca,
menor será la presencia de especies asociadas.
Por otra parte hay que considerar los posibles efectos de la operación de los artes de pesca en
los hábitats de las especies. Por ejemplo, la “pesca fantasma” causada por redes de enmalle que se
enredan y atoran en áreas rocosas y permanecen “pescando” y cubriendo, por tiempo indefinido,
cuevas e intersticios que utilizan la fauna del lugar. Esto se pudiera evitar con la definición de artes
de pesca permitidas por área de pesca.
Otros efectos, directos e indirectos, tienen que ver con la interacción entre pesquerías,
fenómeno poco estudiado pero que se aprecia en el uso intensivo de determinadas áreas de pesca
donde se presentan las especies objetivo. Por ejemplo la captura de especies reservadas para la
pesca deportiva, en redes y palangres escameros y tiburoneros de superficie.
A pesar de su importancia y como lo reconoce la Carta Nacional Pesquera, son pocos los
trabajos que tratan el problema de selectividad y eficiencia de los sistemas de pesca. En la región
del Golfo de Ulloa es clara la presencia de efectos de selectividad en la pesca de escama, tiburones
y rayas: 7 especies objetivo y 31 asociadas que se pescan exclusivamente con redes; 19 objetivo y
55
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
16 asociadas que se pescan con redes o anzuelos; 6 objetivo y 3 asociadas que se pescan
exclusivamente con anzuelos.
Por otra parte, se reconoce la interacción de la pesca comercial con especies de interés para la
conservación como ballenas, delfines, lobos marinos y tortugas marinas. En el caso de las ballenas
grises, en su temporada de arribo a la región del Golfo de Ulloa existen acuerdos para disminuir o
detener la pesca en lagunas costeras; algunos pescadores derivan entonces a la prestación de
servicios al turismo de observación de estos mamíferos.
En el caso de los lobos marinos y los delfines existe la prohibición para su captura. Sin
embargo hay registros de interacción antropogénica con el lobo marino de California y el delfín
común de rostro largo (Delphinus capensis), como mutilación de aleta caudal, marcas de redes de
enmalle, orificio de bala y traumatismo craneal, con ocurrencia en los meses de mayo, junio y julio,
cuando opera la pesca de escama (Mercuri, 2007). La interacción con el lobo marino es evidente
porque los animales causan daño a los artes de pesca al comerse los peces atrapados. La frecuencia
y magnitud de este fenómeno ha sido poco estudiada pero según los pescadores ha ido aumentando
con los años.
Con referencia a las tortugas marinas, en años pasados se daba la pesca de tortugas para
consumo humano, pero este disminuyó a partir del establecimiento de la veda permanente y la
penalización por captura, posesión, consumo, comercialización y daño a cualquier especie de
tortuga marina. Sin embargo, en la pesca de escama y tiburón en la región del Golfo de Ulloa se ha
documentado la captura incidental de tortugas caguamas o amarillas (Caretta caretta), golfinas
(Lepidochelys olivacea), negras (Chelonia mydas agassizii) y carey (Eretmochelys imbricata)
(Gardner y Nichols 2001; Nichols, 2003; Koch et al. 2006; Peckham et al 2008)
Destaca la incidencia de tortugas caguamas y golfinas en redes escameras y tiburoneras de
fondo y superficie, redes lenguaderas, palangres de superficie y de fondo, y simpleras. Las tortugas
negras se capturan en redes sierreras, lenguaderas, tiburoneras de fondo, y en simpleras cuando se
usa calamar como carnada. La captura incidental de tortuga carey se puede presentar en redes
lenguaderas cuando se usan en los esteros.
El caso de las tortugas caguamas o amarillas es especial por lo complejo de su ciclo de vida y
el peligro de extinción (Bowen et al. 1995; Nichols et al. 2000; Nichols 2003; Kamezaki et al. 2003;
Kobayashi et al. 2008; Peckham et al. 2008; Conant et al. 2009), con áreas de reproducción en las
costas de Japón, desde donde migran a zonas del Pacífico central y de la costa occidental de la
península de Baja California, en donde permanece de 25 a 30 años alimentándose y almacenando
energía, para posteriormente iniciar el regreso a las costas de Japón y continuar su ciclo de vida. Las
causas de mortalidad son varias y se incrementa con la mortalidad por pesca (Peckham et al. 2008;
Conant et al. 2009). Según Peckham et al. (2007, 2008) en la temporada de pesca de escama 2005
en la zona sur del Golfo de Ulloa, al menos 14 embarcaciones realizaron 110 viajes de pesca con
redes y palangres y mataron 900 tortugas.
La interacción que existe entre artes de pesca y tortugas deriva de la coincidencia espacial y
temporal de pescadores trabajando y de tortugas alimentándose. El resultado de la interacción es el
enredo o anzueleo de las tortugas; si los artes de pesca son superficiales los pescadores pueden
liberar a las tortugas antes de que se ahoguen; si son de fondo la probabilidad de que los animales se
mueran es muy alta. Evitar o disminuir la interacción entonces conlleva la modificación de patrones
de pesca que implican definiciones de áreas, temporadas y reglas precisas para la construcción y uso
de artes de pesca.
56
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
En la búsqueda de alternativas para disminuir la captura incidental de tortugas el Grupo
Tortugero de las Californias ha realizado varios estudios sobre tecnología de captura. En 2004
comparó la captura de redes lenguaderas convencionales con redes modificadas al reducirles su
caída de 20 a 10 mallas y tirantes de 1.8 m a 1 m, obteniendo resultados desfavorables pues la
captura en 111 lances simultáneos se redujo de 2,686 kg a 1,252 kg, pero sólo se registró el
enmallamiento de una tortuga prieta (Maldonado et al. 2006).
Durante las temporadas de pesca con redes de fondo de 2007 a 2009, con la participación de
pescadores del Puerto de López Mateos, efectuaron experimentos para comparar la captura de 136
lances pareados de redes convencionales y redes modificadas sin boyas en la relinga superior. En
las primeras encontraron 27 de tortugas enredadas y 9 en las modificadas. Además, la captura de
especies asociadas fue menor pero la de especies objetivo fue similar (1457 y 1801 kg). Estos
resultados sugieren la posibilidad de lograr cambios relevantes en la composición específica de la
captura.
Por otra parte, los pescadores del campo pesquero de Santa Rosa se comprometieron desde
septiembre de 2007 a no pescar con palangres tiburoneros, acción que ha disminuido de forma
importante la interacción entre pescadores y tortugas (Peckham et al. 2007).
Durante el período entre el 10 de junio y el 18 de julio del 2010 se realizaron pruebas para
determinar la eficiencia de técnicas de pesca basadas en el uso de anzuelos, utilizando yoyo o
carnada y, arrastrando (troleando) señuelos o curricanes. Las especies objetivo eran garropas,
baquetas y meros. El promedio de capturas fue de 28 kg por jornada, no muy diferente de los 31 Kg
estimados con los registros de capturas de 684 lances con redes de fondo obtenidos entre 2006 y
2009. El valor de la captura tampoco fue muy diferente ($1,181 con caña y $1,320 con redes) y se
relaciona con la proporción capturada de especies asociadas. Por otra parte, la calidad de los
productos obtenidos con caña es mayor y abre la oportunidad de lograr mejores precios de venta
para el productor.
57
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
6. ADMINISTRACIÓN DE LA PESQUERÍA
La administración de las pesquerías en le región del Golfo de Ulloa sigue los mismos
principios que en el resto del país. La Ley de Pesca y Acuacultura Sustentable (LPAS) rige el
desarrollo de la actividad y su cumplimiento depende de la SAGARPA y de la CONAPESCA, y en
el caso de Baja California Sur, trabajan en coordinación con la Secretaría de Pesca y Acuacultura y
con los Municipios del estado en la realización de acciones tendientes a cumplir con los fines
previstos en la ley. Además, lo relacionado con la explotación de especies protegidas (NOM- 059ECOL-2001) y la protección al medio ambiente está regido por la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente y por la Ley General de Vida Silvestre, que supervisa la
SEMARNAT.
La LPAS instruye a la SAGARPA a fomentar y promover la producción, industrialización,
abasto, comercialización, calidad, competitividad y exportación de los productos pesqueros y
acuícolas, en todos sus aspectos, en coordinación con las dependencias competentes. Para ello debe
establecer mecanismos específicos para el impulso a la producción, comercialización y consumo en
la población nacional, y programas que promuevan proyectos de infraestructura productiva y social
que fomenten el desarrollo de las comunidades pesqueras. Entre las acciones a desarrollar la LPAS
estable las siguientes (Art. 24, III):
a. Formulación y ejecución de programas de apoyo financiero para el desarrollo de la pesca y la
acuacultura, que incluyan, entre otros aspectos, la producción de especies comestibles
marinas, la reconversión productiva, la transferencia tecnológica amigable con el ambiente;
b. Construcción, mejora y equipamiento de embarcaciones y de artes de pesca selectivas y
ambientalmente seguras, mediante el apoyo a programas de sustitución y modernización de
las mismas;
c. Construcción de infraestructura portuaria pesquera, así como el mejoramiento de la
infraestructura existente;
d. Desarrollo de investigación científica y tecnológica en pesca y acuacultura;
e. Elaborar programas de industrialización, comercialización y consumo de productos
pesqueros, tendientes a fortalecer las redes de valor de productos generados por la pesca,
mediante acciones de apoyo y difusión;
f. Organización económica de los productores y demás agentes relacionados al sector, a través
de mecanismos de comunicación, concertación y planeación;
g. Realización de obras de rehabilitación ambiental en sistemas lagunarios costeros;
h. Aplicación de estímulos fiscales, económicos y de apoyo financiero necesarios para el
desarrollo productivo y competitivo de la pesca y la acuacultura.
Para lo anterior, la SAGARPA debe coordinarse con las dependencias y entidades
competentes, para observar y aplicar lo dispuesto en la Ley de Energía para el Campo, impulsar
acciones para la formación de capital humano que se vinculen con organizaciones de productores
que participan en las cadenas productivas acuícolas y pesqueras y favorecer la creación de figuras
organizativas para la promoción comercial de los productos pesqueros y acuícolas en los mercados
nacional e internacional; y establecer acciones conjuntas para el fortalecimiento de las redes de
valor, en coordinación con los diversos comités sistema-producto acuícolas y pesqueros.
58
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
En Bahía de Ulloa se aprecian algunos esfuerzos de la SAGARPA y el Gobierno de Baja
California Sur para cumplir con los punto mencionados, pero no existe un programa específico para
la región. En todo caso, según la Carta Nacional Pesquera, un elevado número de los recursos
explotados por pesquerías ribereñas está totalmente explotado o sobreexplotado, lo que justifica las
políticas para reducir el esfuerzo de pesca. El problema está en diseñar e instrumentar políticas para
reducir el esfuerzo en un marco que incluye a miles de personas involucradas en la pesca y con
pocas alternativas de opciones de trabajo.
Para los fines y objetivos de la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables, se reconocen como
instrumentos de la política pesquera a los programas de ordenamiento pesquero, los planes de
manejo pesquero y, las concesiones y permisos. El Ordenamiento pesquero se define como el
conjunto de instrumentos cuyo objeto es regular y administrar las actividades pesqueras, induciendo
el aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas, basado en la disponibilidad
de los recursos pesqueros, información histórica de niveles de extracción, usos y potencialidades de
desarrollo de actividades, capacidad pesquera o acuícola, puntos de referencia para el manejo de las
pesquerías y en forma congruente con el ordenamiento ecológico del territorio. Los Programas de
Ordenamiento Pesquero deben contener, al menos, la delimitación precisa del área que abarcan, la
lista exhaustiva y actualizada de los usuarios de la región, los recursos pesqueros sujetos a
aprovechamiento y los planes de manejo pesquero sancionados y publicados.
Como Plan de Manejo Pesquero se define al conjunto de acciones encaminadas al desarrollo de
la actividad pesquera de forma equilibrada, integral y sustentable, basadas en el conocimiento
actualizado de los aspectos biológicos, ecológicos, pesqueros, ambientales, económicos, culturales
y sociales que se tengan de ella. Los planes de manejo pesquero deben incluir los objetivos de
manejo definidos por el Consejo Nacional de Pesca y los Consejos Estatales de Pesca y
Acuacultura; la descripción de las características biológicas de las especies sujetas a explotación; la
forma en que se organizará la administración del área y los mecanismos de participación de los
individuos y comunidades asentadas en la misma; el ciclo de captura y estado de aprovechamiento
de la pesquería; la ubicación de las áreas geográficas a que estará sujeto el aprovechamiento; los
indicadores socioeconómicos de la población dedicada a la pesca en la región y su impacto en la
misma, y los artes y métodos de pesca autorizados.
Para la región del Golfo de Ulloa no existe un Programa de Ordenamiento Pesquero, pero la
Subdelegación de Pesca de la SAGARPA en BCS inició acciones dirigidas al ordenamiento
pesquero que incluyen la credencialización de pescadores y el marcado de embarcaciones. Tampoco
existen planes de manejo para las pesquerías de la región, pero se aplican las siguientes normas
oficiales: abulón (NOM-005-PESC-1993; almeja catarina (NOM-004-PESC-1993 y aviso del
16/03/1994); camarón (NOM-002-PESC-1993, modificaciones 30/06/1997, 15/11/2006 y aviso
8/08/2001); jaiba (NOM-039-PESC-2003); langosta (NOM-PESC-006-1993, NOM-009-PESC1993; lisa (NOM-016-PESC-1994); tiburones y rayas (NOM-029-PESC-2006); pepino de mar
(Isostichopus fuscus) (NOM-059-SEMARNAT 2001). Para almeja chocolata, almeja pata de mula,
caracol chino existen medidas precautorias aunque no están formalmente definidas en documentos
públicos. Para estos y para almeja generosa y callo de hacha el INAPESCA a través del CRIP La
Paz efectúa evaluaciones y recomendaciones sobre montos totales de captura y fechas para inicio y
59
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
cierre de temporada. Para la pesca de escama sólo existen las recomendaciones generales que
establece la Carta Nacional Pesquera (SAGARPA, 2006).
Con referencia al otorgamiento de permisos, la ley establece que queda sujeto a las
modalidades que dicte el interés público, condicionado siempre a la disponibilidad y preservación
del recurso de que se trate. La SAGARPA debe basar sus decisiones en criterios de equidad social y
en la información científica disponible del recurso pesquero. Los permisos se otorgan
preferentemente a los habitantes de las comunidades locales, siempre y cuando utilicen artes de
pesca autorizadas.
El registro de las unidades económicas pesqueras se efectúa en la Subdelegación de Pesca de la
SAGARPA, al momento en que solicitan permisos para la explotación de recursos en las costas del
estado. Los datos y documentos requeridos se marcan en la Ley de Pesca y Acuacultura
Sustentables y en el reglamento de la ley anterior, hasta que se publique el nuevo. Cabe anotar que
la ley abre la posibilidad para que la SAGARPA expida permisos, autorizaciones o concesiones de
pesca. Para el caso de la pesca ribereña, la mayoría de los permisos son atendidos directamente por
la Subdelegación de Pesca; las concesiones son tramitadas por la CONAPESCA. Las autorizaciones
se refieren a precisiones sobre el uso temporal y espacial de los permisos y los sistemas de pesca
que se aplican.
El proceso de expedición o renovación de permisos de pesca inicia con la solicitud de personas
físicas o morales en la Oficina de Pesca que le corresponde. El oficinista revisa los documentos y
los envía a la Subdelegación de Pesca de la SAGARPA, donde se reciben e integran al expediente
de la unidad económica que solicita. Después se turnan a revisión integral, cuidando que los
documentos estén completos y correspondan a los periodos requeridos. Entonces se turnan al Jefe
del Departamento de Pesquerías para que evalúe la factibilidad de otorgar el permiso. Para esto,
además de los lineamientos de la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables y de la Carta Nacional
Pesquera, se considera la opinión técnica del Centro Regional de Investigación Pesquera de La Paz
del Instituto Nacional de la Pesca (CRIP). Cuando es necesario, se busca que el Municipio en donde
se va a realizar la actividad convoque al Subcomité de Pesca y Recursos Marinos respectivo en que
participan representantes del Municipio, la Secretaría de Acuacultura y Pesca de BCS, la
SAGARPA, el CRIP, las áreas protegidas (reservas y parques marinos) y los productores a través de
sus Federaciones de Cooperativas y Uniones de Pescadores. Las reglas de operación de los
subcomités son acordadas al interior de cada uno de ellos.
En caso de que la opinión sobre la factibilidad de otorgar el permiso sea positiva, se procede a
la verificación física de los bienes y equipos de pesca e identificación de población pesquera.
Después el trámite se turna al Subdelegado de Pesca para que emita la negativa del permiso o la
autorización del pago de derechos correspondiente. El documento se envía a la oficina que inició el
trámite, lo entrega al interesado y éste, en su caso, efectúe el pago correspondiente, entregue el
comprobante en la Oficina de Pesca que lo envía a la Subdelegación de Pesca para que expida el
permiso y lo envíe a la oficina para que, finalmente, lo entregue al interesado.
Estando bien integrado el expediente, el trámite del permiso no debe exceder sesenta días
hábiles desde la fecha de presentación de la solicitud. Es necesario mencionar que la oficina de
pesca de la SAGARPA en Puerto Adolfo López Mateos debiera atender estos asuntos, pero desde
hace algunos años dejó de funcionar al no contar con el personal necesario; esto forzó a que la
oficina de pesca en Ciudad Constitución se encargue de la atención a unidades económicas
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
pesqueras, pero da idea del descuido que pudiera existir en el seguimiento de la pesca en la región
del Golfo de Ulloa.
La toma de decisiones por parte de la autoridad debe estar sustentada en el conocimiento
científico y técnico generado a partir de programas de investigación y monitoreo orientados a
conocer los efectos de agentes naturales o antropogénicos que enfrenta el recurso, y los efectos de
las decisiones tomadas (manejo adaptativo del recurso). Según el artículo 17 de la LPAS, con el fin
de conservar y proteger los recursos pesqueros y los ecosistemas en los que se encuentran, las
autoridades administrativas competentes en materia de pesca deben adoptar el enfoque precautorio
que incluya la definición de límites de captura y esfuerzo aplicables, así como la evaluación y
monitoreo del impacto de la actividad pesquera sobre la sustentabilidad a largo plazo de las
poblaciones.
También deben cuidar la transparencia en los procedimientos administrativos relativos al
otorgamiento de concesiones y permisos y en las medidas para el control del esfuerzo pesquero,
para que sean eficaces e incorporen mecanismos de control accesibles a los productores, buscando
la participación, consenso y compromiso de los productores y sus comunidades en la
corresponsabilidad de aprovechar de forma integral y sustentable los recursos pesqueros.
Los permisos de pesca pueden tener vigencia de dos hasta cinco años. Son causas de extinción
la caducidad, la revocación, la nulidad, la terminación del plazo y la declaratoria de rescate por
causa de interés público (Art. 53, LPAS). También procede la revocación del permiso, cuando sus
titulares afecten al ecosistema o lo pongan en riesgo inminente, con base en un dictamen emitido
por la autoridad correspondiente. Otras causas son: incumplimiento o violación de lo establecido en
la Ley, en las disposiciones reglamentarias que de ella deriven y en el permiso; no proporcionar la
información en los términos y plazos que solicite la SAGARPA o incurrir en falsedad al rendir ésta;
no acatar, sin causa justificada, las condiciones generales de orden técnico que indique la
SAGARPA, dentro del plazo establecido para ello; transferir el permiso; comercializar al amparo
del permiso producto de origen ilegal; comercializar especies reservadas a la pesca deportivorecreativa (Art. 55).
Según el artículo 46 de LPAS los permisos deben otorgarse por embarcación o unidad de
esfuerzo pesquero, según se defina para cada especie, grupo de especies o áreas, en el Reglamento
de la Ley y en las normas oficiales que deriven de la misma. El mandato de permisos por
embarcación no se cumple formalmente en las pesquerías del Golfo de Ulloa: en los permisos van
los nombres de las embarcaciones, pero los permisos no son individualizados. Esto afecta en el
seguimiento de la aplicación del esfuerzo de pesca. Por otra parte, desafortunadamente en el caso de
la pesca de escama la especie o grupo de especies que menciona la ley no está definido, ni por
grandes grupos (demersales y pelágicos), por familias (Serranidae-cabrillas) o por especies
(verdillo, mero, baqueta); el permiso de escama autoriza la explotación de cualquier especie de pez,
con excepción de las lisas y las especies reservadas a la pesca deportiva.
Algo similar ocurre con la declaración de región en la que se autoriza la actividad, y la
descripción de las características tecnológicas de la embarcación, equipos y artes de pesca con que
trabajan (Art. 52). Según sus permisos, los pescadores de escama en Bahía de Ulloa están
autorizados para pescar en las costas del Municipio de Comondú; no hay especificación de zonas o
áreas de pesca, ni referencias a límites geográficos de latitud o longitud, profundidad ni tipos de
fondo.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
En el caso de artes de pesca las descripciones se refieren a cuestiones generales de tamaño de
malla, longitud de la red o números de anzuelos, sin que existan criterios oficiales que definan
claramente las características de los artes y técnicas permitidas por especie. En la renovación de los
permisos, para cumplir con las indicaciones de la Carta Nacional Pesquera de no incrementar el
esfuerzo pesquero, las autoridades revisan que no se incremente el número de artes o las
dimensiones de los autorizados históricamente, pero la supervisión de esto resulta imposible porque,
dadas las condiciones de cada unidad económica, cada permiso puede ser prácticamente diferente.
Vale la pena mencionar que para acreditar la legal disposición de los bienes y equipos que
solicita la LPAS para solicitar permisos de pesca, se permite el uso de la figura de comodato y las
unidades económicas tienen los equipos pero realmente no son suyos. Esto requiere de análisis
especial pues abre la oportunidad a cuestiones no tratadas en la ley como el arrendamiento de
permisos, asunto que ocurre en la región del Golfo de Ulloa en donde hay pescadores que se
autodefinen como "libres" porque, sin estar asociados a una unidad económica pesquera, pescan
bajo el amparo de permisos prestados o rentados.
En la Carta Nacional Pesquera se establece la necesidad de inducir el cambio administrativo
para manejar el recurso escama por grupos de especies, buscando precisar el esfuerzo de pesca
máximo que soportan las diferentes poblaciones que componen este complejo recurso y por esto
describe diez unidades de manejo e incluye recomendaciones para su manejo (Tabla 21). Las
unidades se definen considerando que las especies de una misma familia y las asociadas a la captura
de ellas, interactúan con el hábitat y con las zonas de pesca y se relacionan de forma indirecta con
las conductas alimentarias, reproductivas y poblacionales de los grupos principales durante una
temporada definida, o se mantienen accesibles en cualquier época. Sin embargo, la definición y los
lineamientos propuestos parecen insuficientes en términos de manejo pesquero, pues no consideran
las formas de organización y operación de las unidades económicas pesqueras involucradas en
diferentes regiones o ecosistemas.
Por otra parte la separación de especies objetivo y asociadas no parece suficiente: unas son
objetivo para un arte y asociadas para otra, pero la captura las afecta como población. Además el
asunto se complica si se considera lo relacionado a captura incidental y sus posibles implicaciones
con temas de preservación, restauración del equilibrio ecológico y la protección del ambiente.
Debido a la presencia de pesca incidental de tortugas en la región del Golfo de Ulloa, en mayo
de 2007 el Grupo Tortugero de las Californias (GTC 2007) presentó a la SEMARNAT, la solicitud
para que se estableciera un "Área de Refugio para la Protección y Uso Sostenible de la Tortuga
Caguama (Caretta caretta) en el área de el Golfo de Ulloa B.C.S". El propósito es conservar el
patrimonio natural de las comunidades ribereñas del área, de Baja California Sur, de México, y de la
comunidad internacional, ya que se trata de una especie compartida con otras naciones. Se trata de
preservar la tortuga caguama (Caretta caretta) y su hábitat, brindando al mismo tiempo un esquema
de manejo participativo, involucrando a los habitantes de las comunidades y autoridades locales,
para la protección y el uso sostenible del mismo, en coordinación con las autoridades federales,
estatales y municipales.
El objetivo del refugio sería desarrollar una estrategia local de conservación y manejo
sustentable de la tortuga caguama que coadyuve al sostenimiento y recuperación de la población del
Pacífico Norte de esta especie, al tiempo que involucra a los pobladores de las comunidades locales
en el proceso de conservación. La meta es reducir la mortandad de tortuga caguama ocasionada por
el uso de artes de pesca como cimbras y redes de fondo en las áreas de alta concentración de la
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
tortuga y, fomentar el turismo de avistamiento de la tortuga caguama como una alternativa
económica en beneficio de las comunidades locales.
Tabla 21. Lineamientos y estrategias de manejo establecidas en la Carta Nacional Pesquera
para Unidades de Manejo Pesquero de escama en el Pacífico mexicano
BAQUETAS, CABRILLAS Y VERDILLO (SERRANIDAE)
Determinar la composición de las especies objetivo y asociadas incluidas en la categoría comercial cabrillas. Establecer
medidas diferenciales para cada categoría. Evaluar la posibilidad de delimitar la zona de pesca para embarcaciones menores
y mayores. Dar seguimiento a poblaciones bentónicas de lento crecimiento. Evaluar la posibilidad de establecer talla
mínima de captura para proteger la reproducción, ó limitar el esfuerzo mediante vedas y cuotas de captura. Evaluar la
captura incidental de cabrillas en la pesca de arrastre de camarón, definiendo la proporción dentro de la fauna de
acompañamiento de otras especies de peces, las tallas y proporción de biomasa que no alcanza a reproducirse.
CORVINAS Y BERRUGATAS (SCIAENIDAE)
Evaluar periódicamente el estado de salud de la pesquería en conjunto especies objetivo y asociadas y el nivel permitido de
esfuerzo pesquero por temporada de pesca, en función de la disponibilidad del recurso. Concluir con los trabajos para la
expedición de una NOM que regule el aprovechamiento de corvina golfina en la Reserva de la BIosfera del Alto Golfo de
California y Delta del Río Colorado.
HUACHINANGO Y PARGO (LUTJANIDAE)
Regular la pesquería de huachinango y pargo. Se requiere separar en las estadísticas pesqueras las capturas de
embarcaciones mayores y menores. Para Lutjanus peru establecer una talla mínima de captura, talla de primera madurez
sexual y los caladeros de grupos de edad adulta cercanos a la plataforma externa, que proveen cíclicamente el stock
pescable. Proteger el lunarejo, Lutjanus guttatus en la época de reproducción del verano. Proteger desembocaduras de ríos
y zonas de reclutamiento y alimentación como son zonas rocosas y coralinas. Se recomienda que la longitud máxima de las
redes agalleras sea de 600 m, caída máxima de 100 mallas y luz de malla de 4 pulgadas (101.6 mm); que la longitud
máxima del palangre de fondo no exceda de 2000 m de línea madre, con 500 anzuelos del tipo recto o noruego del número
5. En el caso de utilizar líneas de mano, se recomienda como máximo cuatro anzuelos de tipo recto de número, entre 7 y 9.
JURELES Y MEDREGALES (CARANGIDAE)
Determinar la composición de las especies objetivo y asociadas. Establecer de manera regional una talla mínima de captura
y una tasa de incidentalidad de organismos menores a dicha talla. Definir el tamaño mínimo de malla.
LENGUADOS (PARALICHTHYIDAE Y PLEURONECTIDAE)
Iniciar el estudio de la biología básica de estas especies, sus características ecológicas. Evaluar la producción regional de
las poblaciones. Evaluar la selectividad de los chinchorros y su proporción como especie asociada en otras Unidades
Pesqueras de Manejo.
LISAS (MUGILIDAE)
Es necesario hacer una revisión de la veda vigente ya que las características ambientales típicas de cada región inducen
épocas reproductivas diferenciadas. Limitar parcialmente su captura en lagunas, esteros y bahías someras y evaluar la
conveniencia de establecer cuotas de captura en algunos de estos sistemas. Establecer una talla mínima de captura para M.
cephalus y para M. curema.
PIERNA Y CONEJO (MALACANTHIDAE)
Modificar el sistema de registro de la producción, ya que se limita la evaluación independiente de ambos recursos por ser
reportados en una sola categoría comercial.
RAYAS Y MANTAS (BATOIDEI)
Profundizar el conocimiento de la biología básica de estas especies, sus características demográficas, la evaluación de la
productividad de las poblaciones. Evaluar la selectividad de los chinchorros y el incremento de la capturabilidad por el uso
de tirantes. Establecer un periodo de veda con objeto de proteger a las hembras que se acercan a las áreas de crianza.
Establecer una talla mínima diferencial por regiones para las especies tipo guitarra y para las especies tipo manta.
ROBALOS (CENTROPOMIDAE)
Estimar la flota ribereña confinada a sistemas estuarinos y ríos. Formalizar los acuerdos regionales existentes entre usuarios
para establecer vedas temporales y frenar el deterioro en humedales con vegetación de mangle. Limitar el esfuerzo
pesquero por regiones, en particular en la costa nayarita y sinaloense. Establecer una talla mínima y el uso de redes de
enmalle con una luz de malla mínima de 5 pulgadas.
SIERRAS (SCOMBRIDAE)
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Para S. concolor, definir su estatus biológico actual. Para S. sierra establecer una talla mínima de captura y una tasa de
incidentalidad de captura menor a dicha talla. Se recomienda usar una malla mínima de 4 pulgadas. Para los estados de
Sonora y Baja California, someter a consulta el establecimiento de una veda reproductiva en la parte alta del Golfo de
California. Para los estados del pacífico centro, estudiar biología reproductiva y comportamiento migratorio de S.sierra..
El área propuesta para el refugio se delimitó con base en estudios sobre la distribución de
tortugas caguamas en Bahía de Ulloa y el alcance de las flotas pesqueras ribereñas (Peckham et al.
2006; Seminoff et al. 2006). El estudio de marcado de tortugas caguamas con transmisores
satelitales, mostró que las caguamas normalmente se encuentran en un área que abarca 15,378 Km2,
delimitada por un polígono con vértices en las coordenadas 26.6500 N, 114.9300 W; 26.6005 N,
113.5924 W; 25.9947 N, 112.3892 W; 25.6652 N, 112.1372 W; 25.2952 N, 112.1721 W; 24.5731
N, 112.4297 W (Fig. 22).
Figura
22. Polígono propuesto como área de refugio para la tortuga
caguama Careta careta.
Como criterios para el establecimiento del refugio se propuso que: 1) abarcara las áreas donde
se ha detectado mayor presencia de la tortuga caguama; 2) respetara las áreas de pesca de más alto
uso por parte de los pescadores ribereños locales (zonas de profundidades por arriba de la isobata de
30 m y dentro de 4 km de la costa) donde existe una interacción mínima con la tortuga caguama.
Estos criterios son compatibles con los utilizados en la definición de áreas marinas protegidas que
se sustentan en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al ambiente (LEGEPA),
pero esencialmente se refieren a asuntos pesqueros, por lo que se decidió que el problema se
abordara considerado la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que prevé la
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
coordinación de la SAGARPA y la SEMARNAT, particularmente en áreas naturales protegidas
(Art. 9 LPAS).
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
7. LINEAMIENTOS PARA EL DESARROLLO DEL PLAN DE MANEJO DE LA
PESQUERÍA DE ESCAMA EN LA REGIÓN DEL GOLFO DE ULLOA
7.1. DIAGNÓSTICO DE LAS PESQUERÍAS RIBEREÑAS DE ESCAMA EN EL GOLFO
DE ULLOA
La pesca ribereña juega un papel preponderante en el aprovechamiento y producción de
recursos pesqueros poco densos y de aguas someras. El pescador ribereño tiene fuertes vínculos con
el ambiente, con un conocimiento empírico del comportamiento de los recursos, de tal forma que las
temporadas de abundancia o escasez del recurso determinan el régimen de pesca. La movilidad
territorial de pescadores los limita a aprovechar recursos locales. Los ingresos del pescador son
proporcionales al volumen de la captura y se materializan en el momento en que desembarcan su
producto. Los productos de las pesquerías, excepto los de langosta y abulón, están enfocados
principalmente a mercados locales y regionales, como productos frescos. Los precios están sujetos a
las condiciones que impone el intermediario, de manera que el pescador, con tal de incrementar sus
ingresos, puede dedicar más tiempo a la pesca y generar problemas de sobreexplotación (Mendoza y
Sánchez, 1997). Los pescadores tiene ingresos reducidos y poco incentivos para la conservación de
los recursos (Hernández y Kempton, 2003).
De la caracterización de las pesquerías de escama en el Golfo de Ulloa resulta clara su
importancia económica para las comunidades costeras de la región, especialmente las que tienen
niveles de marginación medianos y altos, donde las oportunidades de desarrollo contemplan
regularizar la pesca y fomentar el ecoturismo de bajo impacto, la pesca deportiva y la acuacultura
como posibles fuentes de empleo, aunque no se dispone de estudios que permitan dimensionar el
desarrollo e impactos de estas actividades. Otra actividad que no está claramente definida, es el
posible desarrollo de la pesca industrial de especies no accesibles a los pescadores ribereños, por
ejemplo el cangrejo de profundidad Cancer johngarthi, (Ramírez-Rodríguez et al. 2007) pero que
pudieran impactar de diversas formas la economía de la región.
La pesca se efectúa en un ecosistema marino costero altamente productivo, que permite la
presencia de especies de interés para el sector pesquero y para el sector conservacionista. La
disponibilidad espacial y temporal de los recursos es afectada por fenómenos oceanográficos climáticos con efectos relevantes en escalas espaciales y temporales de diverso orden. Algunos
pueden estar sujetos a sobrepesca. La región está involucrada en el programa de ordenamiento
ecológico de la costa occidental de la península de Baja California que actualmente está
desarrollando la SEMARNAT, y en su parte norte está dentro del sistema nacional de áreas
naturales protegidas con la Reserva de la Biosfera el Desierto del Vizcaíno.
La definición de "pesquería de escama" reconoce lo relativo a los recursos, pero no considera
la complejidad de sistemas de pesca, niveles de organización y formas de operación de las unidades
económicas pesqueras por región (organizaciones del sector social y privado). La definición puede
acotarse considerando el conjunto de especies explotadas en una determinada área por un limitado
número de unidades económicas que interactúan en las actividades de captura y en las de
organización para la recepción, procesamiento, comercialización y transporte. Para el manejo existe
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
la necesidad de identificar esas pesquerías y establecer objetivos para cada una de ellas en términos
de los beneficios a obtener: sustentabilidad del recurso (capacidad de producción), optimización de
las ganancias (eficiencia) y distribución de ganancias (equidad). Parte del problema es la
multiespecificidad de las capturas y la falta de puntos de referencia útiles a la administración de las
pesquerías de escama. Hace falta incluir en los análisis lo relacionado con la pesca de escama
efectuada por la flota mayor.
Por problemas derivados del sistema de recolección de datos en los avisos de arribo, la
identificación de la captura a nivel de especie no es factible en la mayoría de los casos y no existe
un listado de nombres comunes para las especies utilizados por los pescadores de la región.
Además, el registro del esfuerzo pesquero es deficiente. Esto y el desconocimiento de la interacción
con otras pesquerías de la región y de regiones vecinas dificulta delimitar la región de influencia de
las pesquerías de escama susceptibles de ser manejadas. Tampoco existe información suficiente
sobre la distribución del esfuerzo pesquero por zonas y áreas de pesca, pero preliminarmente se
detecta su relación con las pesquerías de escama en la zona de Bahía Magdalena.
Aunado a lo anterior, el estado del conocimiento sobre las diversas especies explotadas por
pesquerías de escama es escaso, especialmente cuando se requiere información sobre su dinámica
poblacional y respuestas a los sistemas de explotación. Tampoco existe información sobre tallas
mínimas y temporadas de reproducción que pudiera apoyar la definición de reglas asociadas a la
selectividad de artes de pesca, áreas y temporadas de operación. No hay definición oficial de
especies objetivos y asociadas. No hay definición de captura incidental.
El conocimiento sobre los diferentes diseños, formas de operación, eficiencia y selectividad de
cada sistema para la pesca de especies de escama es de tipo general, con pocos estudios específicos.
Falta establecer especificaciones técnicas de redes de enmalle, palangres y líneas de mano
procurando su estandarización a través de los permisos de pesca. Se reconocen al menos 16 artes de
pesca para escama y la interacción entre ellas en diversos grados. También se reconoce la
interacción de la pesca comercial con especies de interés para la conservación como ballenas,
delfines, lobos marinos y tortugas marinas. Destaca la incidencia de tortugas caguamas y golfinas
en redes escameras y tiburoneras de fondo y superficie, redes lenguaderas, palangres de superficie y
de fondo, y simpleras.
Evitar o disminuir la interacción entre pescadores y tortugas conlleva la modificación de
patrones de pesca que implican definiciones de áreas, temporadas y reglas precisas para la
construcción y uso de artes de pesca. Existen alternativas para la modificación de redes y palangres
convencionales. También hay posibilidad de promocionar la pesca con anzuelos para especies
demersales de primera calidad y de introducir la pesca con caña y curricán. Es imperativo que los
estudios experimentales para adecuación de los sistemas de pesca se desarrollen preferentemente
por zona y área de pesca por mandato de la autoridad, con la participación y compromiso de los
pescadores de escama y la supervisión del INAPESCA y otras instituciones de investigación.
También se considera necesario que desde el inicio se establezcan reglas claras de participación y el
establecimiento de estímulos y sanciones apegados a la Ley de Pesca y Acuacultura Sustentables.
Es necesario que se efectúe la zonificación de la región y la definición de áreas de pesca donde
la actividad se realice bajo condiciones propias de temporadas para el uso de artes de pesca con
diseños, materiales, tamaños y números de acuerdo a las especies objetivo. Esto se puede hacer con
la participación de pescadores, técnicos y científicos comprometidos en continuar los experimentos
hasta ahora realizados, probar otras alternativas (por ejemplo, rotación de áreas de pesca; reducción
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
del número de embarcaciones, pescadores, artes, poder de pesca y permisos de pesca; control a la
captura y limitaciones de número y tamaño de los artes de pesca en función del tamaño mínimo de
captura) y generar escenarios de manejo que implican modificar los procedimientos de operación de
las unidades económicas. Los resultados se evaluarían en el marco de posibles afectaciones
económicas en los diferentes eslabones de la cadena productiva y beneficios al mejorar la calidad y
precio de los productos, facilitar la recuperación de recursos sobreexplotados, proteger especies de
interés para la conservación y fomentar alternativas para la generación de empleos.
Actualmente existe la posibilidad de utilizar al menos tres elementos para el manejo pesquero:
1) un programa efectivo de inspección y vigilancia; 2) un sistema eficiente de captación de
información de la actividad pesquera ribereña y, 3) el enfoque de manejo comunitario (o comanejo)
de los recursos pesqueros, en donde los usuarios participan en labores de evaluación, manejo y
vigilancia, tomando en cuenta factores biológicos, sociales, tecnológicos, de mercado, económicos
y políticos. Las disposiciones regulatorias que se requiriere establecer necesitan ser evaluadas y
consensuadas con la participación de los sectores productivos involucrados, a través de mecanismos
eficientes de consulta y concertación a nivel regional.
En el corto plazo, dada la urgencia de disminuir la mortalidad por pesca incidental de tortugas
caguamas y la importancia de iniciar acciones hacia el ordenamiento y pesca responsable, se deberá
considerar la propuesta de evitar pescar con redes de fondo en las zonas de mayor concentración de
tortugas, por ejemplo en el "bajo del 23". Para lograrlo, primero es necesario certificar la lista de
pescadores de escama que normalmente usan el área; la información existente identifica a 17
equipos de pescadores (Apéndice 5). Después habrá que diseñar la forma en que se modificarán los
permisos de pesca que amparan a esos usuarios para delimitar las formas de operación en el área de
interés. También habrá que considerar la instrumentación de estrategias de vigilancia y el diseño de
un sistema estandarizado de monitoreo de la captura procedente de esa área y de otras cercanas a los
lugares de desembarco.
Estos elementos serán claves para elaborar el plan de trabajo que se presentaría a los
pescadores de la zona aledaña a Puerto Adolfo López Mateos. Esta presentación debe ser planeada
con detalle, pues algunos pescadores de la zona han demostrado no estar de acuerdo en considerar
como parte de sus problemas básicos la pesca incidental de tortugas, esto a pesar de los intereses del
municipio de Comondú, de Baja California Sur y de México en cumplir con las leyes nacionales y
los acuerdos internacionales firmados en materia de conservación de la naturaleza.
Un problema para delimitar la región de influencia de un plan de manejo para la pesca de
escama en el Golfo de Ulloa es que no existe claridad en cuál es su importancia en relación a la
definición de políticas para el ordenamiento y desarrollo de la pesca en la región en el marco de la
sustentabilidad de la actividad y el Código de Conducta para la Pesca Responsable. ¿Quiénes y
cómo serán afectados, directa e indirectamente, por la reglas de operación que señale el plan de
manejo?
Las pesquerías multiespecíficas y sus interacciones son complejas y no fáciles de estudiar. Se
han propuesto modelos para evaluarlas y manejarlas, pero todavía no se dispone de herramientas
adecuadas, siendo parte del problema la cantidad de información requerida. Sin embargo, es clara la
necesidad de definir objetivos sociales, económicos y biológicos pare el manejo de la pesca,
reconociendo las limitaciones para implementar las estrategias, la oportunidad del comanejo y el
uso de la “mejor información disponible”, previendo costos y beneficios del monitoreo, control y
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
vigilancia y la adopción de un enfoque de manejo adaptativo, considerando medidas basadas en el
control del esfuerzo de pesca sobre las especies más relevantes (Ramírez-Rodríguez et al. 2009).
El marco legal prevé la coordinación de la SAGARPA y la SEMARNAT para delinear
acciones que permitan la explotación de los recursos en el marco del desarrollo sustentable y la
pesca responsable, y da oportunidad para efectuar las precisiones que lleven al planteamiento del
programa de ordenamiento pesquero para el Golfo de Ulloa, que por ley debe incluir los planes que
definen los objetivos de manejo de cada pesquería. En términos del Plan Estatal de Desarrollo se
buscaría un cambio cultural orientado a modificar las estrategias de planeación social y sistemas
productivos y, un proceso abierto de multiplicidad de acciones, cuyo resultado sea el mejoramiento
de la convivencia y la calidad de los estándares de vida de la gente.
En la región operan al menos 245 productores del sector social y 233 del privado, que en
conjunto trabajaban 664 permisos de pesca y 1,805 embarcaciones. En promedio se producen
alrededor de 8,450 t por año que incluyen especies de 14 grupos comerciales. Por el volumen y
valor de la captura y la frecuencia de registro, la pesquería más importante en la región es la de
peces demersales, seguida por peces pelágicos, langosta, almejas, rayas, abulón, tiburón, cazón,
calamar, jaiba, camarón, caracol, pulpo, y ostión. Las pesquerías de langosta y abulón se
desarrollan bajo el amparo de concesiones, y dada su importancia económica e influencia en la
región, la organización y forma de operación de las cooperativas, especialmente las del Pacífico
norte, son ejemplo de lo que en términos de manejo pesquero se puede lograr con la buena
definición de objetivos y la colaboración de unidades económicas y el gobierno.
Los principales grupos de especies de peces demersales en la captura son: cabrillas
(Serranidae), corvinas (Scianidae), lenguados (Pleuronectidae) y piernas (Malacanthidae). Los
principales grupos de especies de peces pelágicos en la captura son: jureles (Carangidae) y sierras
(Scombridae). La importancia relativa de los principales grupos de especies de escama varía por
zona de pesca, pero el grupo de cabrillas ocupan el primer lugar en todas. La información sobre
especies asociadas es escasa, pero por su valor abundancia y valor comercial llegan a representar la
base del ingreso de los pescadores según cambian las proporciones entre especies de primera,
segunda y tercera calidad.
La producción de escama por zona de pesca presenta cambios importantes en la relevancia de
cada pesquería y sus tendencias. La captura de peces demersales permanece relativamente estable
en la zona de San Ignacio, presenta posibles variaciones cíclicas en San Juanico, Esteros Norte y
Esteros Sur, y disminuye notablemente en Esteros Centro y su incremento en Magdalena Afuera.
El seguimiento de tendencias por área de pesca es complicado por la falta de datos sobre
esfuerzo pesquero, que permitan su estandarización y uso en la construcción de indicadores de
eficiencia y de abundancia relativa. El establecimiento de sistemas de recolección de datos de
esfuerzo de pesca y características de la captura también es complicado debido a asuntos como la
localización de los campamento de pescadores, la variabilidad en artes y técnicas de pesca y la
diversidad de las capturas. Sin embargo, la información que se recolecta es la base para estimar
niveles de esfuerzo permisibles por unidad de pesquería y área geográfica, así como la captura total
permitida o cuotas anuales por unidad de pesquería. Hay que anotar que para las pesquerías de
escama (multiespecíficas, multiartes) no se han definido indicadores de estado que sirvan para
establecer puntos de referencia para el manejo; además, los métodos para su generación y análisis
continúan en desarrollo en varios países, incluyendo México.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
La participación de pescadores en cada pesquería varía por zona de pesca según los intereses y
capacidades de cada unidad económica pesquera. Esto produce diversos grados de arraigo a las
zonas de pesca que pudieran ser utilizados para generar derechos de pesca por recurso y área de
pesca. Sobre los rendimientos (captura por especies por embarcación por temporada, o captura por
viaje por temporada) la información es escasa. Sobre costos de producción no se tiene información.
Por lo anterior se desconoce el estado económico de esas unidades y sus perspectivas de
crecimiento. El valor de la producción a precios de playa varía según el nivel de captura por zona de
pesca y probablemente por precios diferenciales para un mismo producto. No hay estudios sobre
precios de productos pesqueros y sus tendencias.
Dadas las recomendaciones de la Carta Nacional Pesquera, las autoridades tratan de que no se
incremente el esfuerzo de pesca (embarcaciones y artes de pesca), no ofertando nuevos permisos ni
permitiendo aumentar el número y poder de pesca de los equipos existentes. En el caso de la pesca
de escama la labor no está bien definida y la supervisión es difícil porque no se dispone de
estándares para el número de artes de pesca por tipo a operar desde una embarcación. En todo caso,
el problema se refiere a como optimizar el esfuerzo pesquero existente, abrir oportunidades para
mejorar las condiciones de operación y de ingreso de las unidades económicas, los pescadores y sus
familias.
Relacionado con esto va la necesidad de mercados que reconozcan, con precios diferenciales,
la inversión de autoridades y unidades económicas en la capacitación de pescadores para el uso de
artes y técnicas de pesca selectivas y no destructivas del ambiente, el manejo de la captura a bordo
(manipulación y uso de hielo) para incrementar su calidad, y la construcción de instalaciones fijas y
en forma para recibir la captura, procesarla y refrigerar los productos pesqueros hasta su entrega al
comprador.
Falta infraestructura que permita adicionar valor a los productos capturados, como filetes sin
piel ni espinas, filetes congelados, entero congelado, empaques al vacío, enlatados en aceite,
ahumados, escabeches, etc. Lograr estas presentaciones requiere de una planta procesadora con
líneas de proceso apropiadas para obtener los productos deseados a partir de los niveles de captura
que se registran; claro que se requiere la capacitación correspondiente a operarios y gerentes.
Lo anterior, junto con la falta de reglas explícitas para la explotación de especies de escama en
el marco de la pesca responsable, limita opciones de comercialización utilizando "etiquetas verdes"
que son promovidas a través de procesos de certificación de pesquerías. Cada vez son más las
cadenas comercializadoras y restaurantes que promueven el consumo de productos pesqueros
procedentes de pesquerías manejadas con principios de sustentabilidad y responsabilidad. Los
incentivos económicos se reflejan en precios superiores en un 10 o 15% del normal.
En lo posible habrá que trabajar en adecuar un sistema que garantice la calidad de los
productos que empieza con la aplicación de buenas prácticas de captura (reducción o eliminación de
la captura incidental de tortugas y otras especies sin valor comercial, manipulación del producto
abordo y uso de hielo para su conservación) y pasa por un programa de análisis de riesgos e
identificación de puntos críticos de control, siguiendo lo establecido en NOM-120-SSA1-1994
(buenas prácticas de higiene y sanidad en bienes y servicios), NOM-027-SSA1-1993 (Productos de
la Pesca, pescados frescos-refrigerados y congelados, especificaciones sanitarias) y NMX-F-5401996-SCFI (Productos de la pesca, determinación del estado de frescura – método de prueba).
También está lo relacionado con la definición de alternativas de financiamiento a las unidades
económicas y el desarrollo de programas de negocios. La falta de capital restringe a que sólo se
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
produzca la presentación que le interesa al comprador que está financiando la actividad pesquera.
Las unidades económicas comercializan su producto de manera individual, lo cual impide
consolidar una oferta que sea rentable para ser trasladada a otra plaza, en que los precios del
producto sean mayores a los ofrecidos en la playa. Falta de organización de los productores.
Para incursionar en nuevos mercados regionales e internacionales se requiere consolidar la
producción a fin de poder ofertar en el mercado elegido un volumen de productos con calidad
homogénea cuya venta permita costear los gastos de producción y transporte y obtener buenas
utilidades. Falta evaluar la disponibilidad de las unidades económicas trabajar de manera conjunta,
mediante la constitución una figura jurídica que permita la asociación de personas físicas y morales,
con la finalidad de consolidad y comercializar la producción, garantizando los términos convenidos
en un contrato o trato de compraventa que establece pedidos, montos, pagos y garantías de calidad.
Un asunto primordial que afecta el desarrollo de la pesca en la región del Golfo de Ulloa es lo
concerniente al cumplimiento de leyes, reglamentos, normas y acuerdos. Las acciones de
ordenamiento que inicio la SAGARPA, "chipeado" de embarcaciones y fotocredencialización de
pescadores, es una de las primeras etapas en la regularización de las actividades de unidades
económicas pesqueras. Otras que se están instrumentando se refieren a la regularización de los
permisos de pesca y estas deberán complementarse con un buen seguimiento de la actividad a través
del Registro Nacional Pesquero, los registros de producción en los avisos de arribo y el
fortalecimiento de la vigilancia. La existencia de pescadores ilegales es reconocida por el gobierno
y los pescadores, pero aparentemente las acciones para evitarla no tienen el éxito esperado,
causando daño a los productores organizados y dificultando el planteamiento y desarrollo de
estrategias para mejorar el desempeño de las pesquerías en todos los eslabones de la cadena
productiva.
El problema no es sólo cuestión de policía y sanciones. Hay necesidad de instrumentar
programas de educación y capacitación a todos los niveles; directivos, pescadores, procesadores,
comercializadores, compradores. Enseñar el Código de Conducta para la Pesca Responsable y las
técnicas para cumplir con los principios de comportamiento que propone debería ser prioritario para
el gobierno y las unidades económicas pesqueras. Las campañas de difusión de resultados de
talleres y reuniones de pescadores con autoridades, técnicos y científicos deberían ser cotidianas.
Cabe mencionar el interés de algunos grupos de pescadores en participar en proyectos
relacionados con determinar la probabilidad de modificar sistemas de pesca, mejorar la calidad de
productos pesqueros y abrir nuevas oportunidades de mercado. También en participar en proyectos
relacionados con la evaluación, biología y dinámica poblacional de los recursos explotados. La
experiencia ganada por esos pescadores y la oportunidad de insertar cambios en los patrones de
operación de las unidades económicas requiere de mayor compromiso por parte del gobierno.
.
7.2. CONSIDERACIONES PARA LA PROPUESTA E INTEGRACIÓN DEL PLAN DE
MANEJO DE PESQUERÍAS DE ESCAMA
Proponer los términos de un plan de manejo es labor que la Ley de Pesca y Acuacultura
Sustentable impone al Instituto Nacional de la Pesca, quien podrá hacer uso de las fortalezas en
investigación de centros de investigación asociados a la Red Nacional de Información e
Investigación en Pesca y Acuacultura. Por tanto, derivado de los resultados hasta ahora presentados,
71
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
en lo que sigue se proponen algunos temas a incluir en el Plan de Manejo de Pesquerías de Escama
de la Región del Golfo de Ulloa.
La definición del objetivo de este plan debe considerar una visión en que las pesquerías de
escama contribuyan al desarrollo sustentable, los pescadores y trabajadores no están marginados y
su contribución a la economía, seguridad alimentaria y protección ambiental es reconocida,
valorada y mejorada. También reconoce que la gente debe participar en la toma de decisiones con
dignidad y respeto a través del manejo integrado de los sistemas social, económico y ecológico que
soportan las pesquerías de pequeña escala (FAO, 2008).
Para alcanzar esta visión es necesario revisar: 1) política, legislación, gobernanza, y arreglos
institucionales; 2) contribución, papel e importancia de las pesquerías ribereñas; 3) enfoques de
manejo para pesquerías de pequeña escala; asuntos de post-captura y comercialización y 4) sistemas
de información. En esto la coordinación de la SAGARPA y la SEMARNAT juega un papel
sustancial.
Entre los fines a lograr están: Elevar el nivel de desarrollo humano y patrimonial de los
productores; Abastecer el mercado interno con alimentos de calidad sanos y accesibles; Incrementar
los ingresos de los productores mejorando la calidad de sus productos y las oportunidades de
comercialización; Maximizar la aportación del valor de la pesca a las cadenas productivas para
coadyuvar al desarrollo económico y social de su zona de influencia; Utilizar los servicios del
ecosistema de forma racional, en el marco del desarrollo sustentable y de la pesca responsable.
Los objetivos a considerar incluyen: Definir acciones mínimas necesarias para el ordenamiento
del sector pesquero de la zona; Conservar la diversidad natural (recursos genéticos, especies,
procesos ecológicos y su hábitat); promover la sustentabilidad en las actividades productivas de la
región; conservar el patrimonio natural y cultural del sitio, para el disfrute, esparcimiento y
elevación de la calidad de vida de los habitantes locales y visitantes; Generar un esquema de manejo
que facilite la coordinación entre los sectores para la protección y buen uso del ecosistema;
Asegurar el cumplimiento de leyes, reglamentos, normas, convenios y acuerdos, nacionales e
internacionales, establecidos para mejorar el desarrollo de la pesca, la protección y conservación de
la naturaleza.
Entre las líneas de acción a desarrollar están: Regularizar y fortalecer el sistema de
comunicación entre autoridades y pescadores; Fortalecer y modernizar el sistema de recolección de
información sobre producción y esfuerzo pesquero a través de avisos de arribo y la aplicación de
técnicas de muestreo basadas en el uso de bitácoras, observadores en tierra y observadores a bordo;
Definir un programa de investigación que involucre la evaluación del estado de los recursos
explotados, la tecnología de captura, conservación, procesamiento y comercialización y los
resultados de estrategias de gobernanza y administración pesquera; Definir un programa de
educación y capacitación en asuntos pesqueros que involucre los diferentes niveles de la cadena
productiva; Definir estrategias para regularizar el uso de permisos de pesca; Definir zonas y áreas
de pesca; Definir temporadas de pesca según especies objetivo; Definir tallas mínimas de captura;
Definir estándares para la construcción y uso de artes de pesca por zona y área de pesca; Evaluar la
factibilidad de establecer cuotas de captura; Evaluar el costo económico del manejo pesquero y la
conservación; Involucrar al sector pesquero en las acciones para cumplir con los principios del
Código de Conducta para la Pesca Responsable; Reducir la pesca incidental de tortugas en
pesquerías de escama y tiburón; Identificar y promover mecanismos de compensación del impacto
económico que las reglas de uso de áreas de pesca pudieran tener en el sector pesquero; Generar
72
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
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incentivos a la pesca responsable; Fomentar alternativas compatibles con el medio ambiente para el
desarrollo de actividades económicas diferentes a la pesca; Determinar la factibilidad de instalar
arrecifes artificiales y desarrollar cultivos marinos de especies nativas de valor comercial; Promover
la celebración de acuerdos de coordinación entre dependencias del gobierno y los sectores social y
privado; Establecer reglas claras para el seguimiento de los acuerdos y los estímulos y sanciones
correspondientes; Evaluar el sistema de inspección y vigilancia (PROFEPA, oficiales de pesca,
vigilancia local); Fortalecer los procedimientos de inspección y vigilancia y generar nuevas
estrategias para mejorar el cumplimiento de sus objetivos; Definir puntos de referencia para el
seguimiento del cumplimiento de las acciones y objetivos del plan de manejo; definir estrategias
para disponer de recursos económicos necesarios para la instrumentación y continuidad del plan de
manejo.
7.2.1. REQUERIMIENTOS DE INVESTIGACIÓN
La elaboración, puesta en acción y seguimiento del plan de manejo para la pesquería de escama
de la región del Golfo de Ulloa requiere de información recolectada, ordenada y analizada con
criterios científicos y administrativos que reconozcan el estado de conocimiento y la oportunidad de
mejorarlo para apoyar la toma de decisiones, en un sistema de manejo adaptativo que valore la
incertidumbre de los métodos y modelos utilizados para el establecimiento de metas,
experimentación y adecuación de procedimientos.
El objetivo del programa de investigación debe estar claramente definido en el marco de lo
propuesto como visión de la pesca de escama en la región, sus metas y sus problemas
fundamentales. Así, las líneas de investigación deberán tratar los siguientes temas:
 Definición de sistemas de recolección de información sobre captura, esfuerzo de pesca y
valor de la producción
 Modificación de patrones de operación de unidades económicas pesqueras
 Uso de múltiples sistemas de pesca (captura, esfuerzo, captura por unidad de esfuerzo)
 Captura de múltiples especies objetivo, asociadas e incidentales
 Definición de especies objetivo, asociadas e incidentales
 Selectividad y eficiencia de sistemas de pesca
 Caracterización y estandarización de artes de pesca
 Caracterización de tipos de hábitat para especies de escama en el Golfo de Ulloa
 Sobrexplotación de recursos pesqueros
 Historia de vida y dinámica poblacional de los recursos explotados
 Efectos de fenómenos climáticos y oceanográficos en la disponibilidad de especies objetivo
 Definición de zonas, áreas de pesca y temporadas de pesca
 Definición de cuotas de captura Interacción entre pesquerías
 Interacción entre pesquerías
 Interacción de la pesca con especies de importancia para la conservación
 Agregación y mortalidad natural de tortugas en el Golfo de Ulloa
 Técnicas para evitar la captura incidental de tortugas
 Determinación de puntos de referencia para el manejo de pesquerías de escama
 Eficiencia de sistemas de inspección, vigilancia y cumplimiento de sanciones
 Alternativas para incrementar el valor agregado de productos de la pesca de escama
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Infraestructura para conservación, descarga, procesamiento y comercialización de productos
pesqueros
Mercados y precios que reconozcan la inversión en cuidado de la naturaleza, mantenimiento
de poblaciones de recursos explotados
Oferta sostenible de productos pesqueros de buena calidad
Participación de las comunidades en proyectos de conservación de la naturaleza y de
investigación pesquera
Definición de objetivos y metas para el desarrollo de la pesca en la región
Organización de unidades económicas pesqueras
Representatividad en comités de manejo de pesquerías
Desempeño económico de productores
Educación y capacitación en asuntos pesqueros
Difusión del Código de Conducta para la Pesca Responsable
Definición de derechos y obligaciones de uso y propiedad
Estímulos y sanciones asociados al manejo de pesquerías de escama
Alternativas para mejorar el cumplimiento de leyes y normas
Definición de planes de desarrollo de actividades económicas alternativas para las
comunidades costeras
El programa de investigación debe ser multidisciplinario, con proyectos en temas dirigidos a la
toma de decisiones que afectan la pesca en la región a corto, mediano y largo plazo. En algunos
casos los proyectos deberán desarrollarse de forma simultánea; en todos deberían participar los
productores. Por la importancia de la región y de los programas de desarrollo pesquero y
conservación de la naturaleza, la SAGARPA, la SEMARNAT y el Gobierno de Baja California Sur
pudieran convenir con el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología lo relacionado con los fondos
requeridos para el desarrollo del programa de investigación.
74
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
9. LISTA DE APÉNDICES
9.1. Apéndice 1. Preguntas incluidas en la encuesta que se está aplicando a pescadores
de escama y tiburón de la región del Golfo de Ulloa
9.2. Apéndice 2. Análisis general del marco jurídico aplicable al tema de: la conservación,
protección y gestión de actividades vinculadas a la tortuga marina
9.3. Apéndice 3. Menciones al concepto de zona de refugio en las leyes sobre pesca y
conservación
9.4. Apéndice 4. Listado de productores pesqueros en la zona de influencia de la delegación
municipal de Puerto Adolfo López Mateos
9.5. Apéndice 5. Usuarios tradicionales del área de pesca conocida como “Bajo del 23” en la
zona aledaña al Puerto Adolfo López Mateos, BCS
79
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
APÉNDICE 1
PREGUNTAS INCLUIDAS EN LA ENCUESTA QUE SE ESTÁ
APLICANDO A PESCADORES DE ESCAMA Y TIBURÓN DE LA
REGIÓN DEL GOLFO DE ULLOA
80
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Localidad, Fecha
Nombre y Apellido:
Edad, Último año de estudios
1. ¿En qué localidad vive?¿Hace cuántos años?
2. ¿Cuántos años ha trabajado en la pesca?
3. ¿Para qué especies tiene permiso de pesca?
4. ¿Con quién trabaja? Cooperativa , Permisionario, Otro ¿Quién? Nombre del titular del
permiso
5. ¿Cuál es su ocupación específica? a) Pescador, b) Administrador, c) Otro (¿Cuál?)
6. ¿Tiene otros trabajos distintos a la pesca? ¿Cuáles? ¿Por cuántos meses al año?
7. ¿Cuáles son sus principales zonas de pesca de escama y tiburón?
8. ¿Qué especies captura? ¿Qué artes de pesca utiliza? ¿En qué temporada? ¿Cuál es el precio
por kilo en playa?
9. ¿Cuáles son los problemas de la pesca de escama y tiburón en su zona pesca
PROBLEMA Muy Importante, Importante, Poco Importante
 Pescadores sin permiso
 Daños de los lobos marinos a las redes y a la capturas
 Insuficiente inspección y vigilancia
 Incumplimiento de normas y reglamentos de pesca
 Presencia de pescadores de otras regiones de pesca
 Falta de participación en acuerdos que afectan la actividad de los pescadores
 Cambios en la abundancia de las capturas por cambios climáticos
 Cambios en la abundancia de las capturas por sobrepesca
 Precios no corresponden a la calidad de los productos en playa
 Falta de mercado para productos
 Uso de sistemas de pesca destructivos
 Uso de sistemas de pesca poco selectivos de especies o tallas
 Pesca incidental de tortugas
 Falta definición de zonas de pesca por grupos de especies
 Falta definición de temporadas de pesca por grupos de especies
10. ¿Cuál es el principal problema de la pesca de escama en su zona de pesca?
¿Cuáles son los motivos de ese problema? ¿Cuáles pudieran ser las formas de corregir ese
problema?
11. ¿Estaría de acuerdo en definir áreas de pesca donde se restringa o prohíba el uso de artes
de pesca específicos?
¿Por qué? ¿Qué artes de pesca? ¿Por qué esas artes?
¿Qué áreas de pesca serían las apropiadas para la prohibición de esas artes de pesca?
¿Por qué esas áreas de pesca?
12. ¿Estaría de acuerdo en definir temporadas de pesca donde se restringa o prohíba el uso de
artes de pesca específicas?
¿Por qué? ¿Qué artes de pesca? ¿Por qué esas artes de pesca? ¿Qué meses serían los apropiados
para la prohibición de esas artes de pesca? ¿Por qué esos meses?
DESCRIPCIÓN DE ARTES DE PESCA Y OPERACIÓN
1. Características de las redes de fondo.
¿Para qué especies? ¿En qué áreas de pesca? ¿En qué meses? ¿A qué profundidades las
usa?¿Cuánto tiempo las deja pescando? ¿Cada cuántas horas las revisa?
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Material de la red, Tamaño de malla, Longitud, Caída, Encabalgado, Tipo de boyas, Número de
boyas, Tipo de plomos, Número de plomos.
2. Características de las cimbras
¿Para qué especies? ¿En qué áreas de pesca? ¿En qué meses? ¿Qué usa de carnada? ¿A qué
profundidades las usa? ¿Cuánto tiempo las deja pescando? ¿Cada cuántas horas las revisa?
Largo de línea principal, Largo de reinales, Tipo de anzuelos, Número de anzuelos, Boyas,
Anclas.
3. Características de las simpleras
¿Para qué especies?¿En qué áreas de pesca? ¿En qué meses? ¿Qué usa de carnada? ¿A qué
profundidades las usa? ¿Cuánto tiempo las deja pescando? ¿Cada cuántas horas las revisa? Tipo
de anzuelo.
4. Características de líneas con anzuelos
¿Para qué especies? ¿En qué áreas de pesca? ¿En qué meses? ¿A qué profundidades las usa?
Tipo de anzuelo Tipo de carnada
5. ¿Pesca con curricán o troleando?
¿Qué especies? ¿En qué áreas de pesca? ¿En qué meses?
OPERACIÓN DE FLOTA
1. ¿Cuántas embarcaciones tienen permiso para la pesca de escama? ¿Para la de tiburón?
Para cada embarcación Nombre, número de registro, eslora, año en que la compró.
2. ¿Cuántos motores tiene?
Para cada motor Marca, potencia, tipo (2 o 4 tiempos), año en que lo compró. Estado actual:
Bueno, Regular, Malo.
3. Para la pesca de escama y tiburón, ¿Cuánto dinero invierte POR MES POR PANGA?
(Gasolina, aceite, comida, mantenimiento de equipo, hielo, otros?
¿En la pesca con redes? ¿En la pesca con cimbras? ¿En la pesca con anzuelos?
EN LA REGIÓN DEL SUR DE BAHÍA DE ULLOA
1. La pesca ilegal es un problema: Muy grave, Grave, Poco importante, Importante pero no grave,
Nada importante, Otro
2. ¿Qué factores fomentan la pesca ilegal?
Falta de vigilancia por parte de la autoridad
Falta de vigilancia por parte de las pescadores
Las sanciones no son tan fuertes
La poca difusión a las leyes
La situación económica de los pescadores ilegales
Hay mucho producto
Falta de respeto a la ley
Otro (¿Cuál?)
3. Los castigos que impone la autoridad a los pescadores ilegales son:
Muy adecuados, Poco adecuados, Nada adecuados Otros (especifique)
4. Considera usted que dentro de su localidad se pueden incorporar o desarrollar actividades
económicas diferentes a la pesca?
¿Cuáles? Acuacultura, Pesca Deportiva, Ecoturismo, Artesanías, Otro.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
APÉNDICE 2
ANÁLISIS GENERAL DEL MARCO JURÍDICO APLICABLE AL TEMA
DE: LA CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y GESTIÓN DE
ACTIVIDADES VINCULADAS A LA TORTUGA MARINA
Documento presentado el 23 de septiembre de 2008 por FRIZIA ORTIZ DE ORA
FLORES, Directora de Regulación de Recursos Marinos y Costeros de la SEMARNAT.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
23 DE SEPTIEMBRE DE 2008
"... nuestra recomendación es que se analicen aquellos instrumentos que objetivamente nos
acerquen a la obtención de un resultado concreto aun cuando sea parcial, ... podemos optar por
instrumentos que involucren acciones de todo el sector, pero su posibilidad de implementación es
baja, en contraste si nos orientamos a por ejemplo Convenios interinstitucionales del Gobierno
Federal o con otros órdenes de gobierno, para cierta acción, las posibilidades de éxito son mayores,
aunque sus alcances sean parciales."
"Es fundamental para los objetivos de este Grupo de Trabajo, que el ordenamiento pesquero
de la zona se lleve a cabo y se establezcan acciones directas para disminuir la incidentalidad,
en ese sentido si CONAPESCA requiere algún apoyo para cumplir con su atribución, estamos
en la mejor disposición de colaborar, para hacer más fácil su tarea.
FRIZIA ORTIZ DE ORA FLORES
DIRECTORA DE REGULACIÓN DE RECURSOS
MARINOS Y COSTEROS
SEMARNAT
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
CÓDIGO PENAL FEDERAL
ARTICULO 420.- Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de
trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente:
I. Capture, dañe o prive de la vida a algún ejemplar de tortuga o mamífero marino, o recolecte o
almacene de cualquier forma sus productos o subproductos;
II. Capture, transforme, acopie, transporte o dañe ejemplares de especies acuáticas declaradas en
veda;
III. Realice actividades de caza, pesca o captura con un medio no permitido, de algún ejemplar de
una especie de fauna silvestre, o ponga en riesgo la viabilidad biológica de una población o especie
silvestres;
IV. Realice cualquier actividad con fines de tráfico, o capture, posea, transporte, acopie, introduzca
al país o extraiga del mismo, algún ejemplar, sus productos o subproductos y demás recursos
genéticos, de una especie de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas en veda, considerada
endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial, o regulada por algún
tratado internacional del que México sea parte, o
V. Dañe algún ejemplar de las especies de flora o fauna silvestres, terrestres o acuáticas señaladas
en la fracción anterior.
Se aplicará una pena adicional hasta de tres años más de prisión y hasta mil días multa adicionales,
cuando las conductas descritas en el presente artículo se realicen en o afecten un área natural
protegida, o cuando se realicen con fines comerciales.
ARTICULO 421.- Además de lo establecido en los anteriores capítulos del Título Vigésimo
Quinto, se impondrá alguna o algunas de las siguientes penas o medidas de seguridad:
I. La realización de las acciones necesarias para restablecer las condiciones de los elementos
naturales que constituyen los ecosistemas afectados, al estado en que se encontraban antes de
realizarse el delito;
II. La suspensión, modificación o demolición de las construcciones, obras o actividades, según
corresponda, que hubieren dado lugar al delito ambiental respectivo;
III. La reincorporación de los elementos naturales, ejemplares o especies de flora y fauna
silvestre, a los hábitat de que fueron sustraídos, siempre y cuando su reincorporación no
constituya un peligro al equilibrio ecológico o dificulte la reproducción o migración de
especies de flora o fauna silvestre;
IV. El retorno de los materiales o residuos peligrosos o ejemplares de flora y fauna silvestre
amenazados o en peligro de extinción, al país de origen, considerando lo dispuesto en los
tratados y convenciones internacionales de que México sea parte, o
V. Inhabilitación, cuando el autor o partícipe del delito tenga la calidad de servidor público, hasta
por un tiempo igual al que se le hubiera fijado como pena privativa de libertad, la cual deberá
correr al momento en que el sentenciado haya cumplido con la prisión o ésta se hubiera tenido por
cumplida.
Los trabajos a favor de la comunidad a que se refiere el artículo 24 de este ordenamiento,
consistirán en actividades relacionadas con la protección al ambiente o la restauración de los
recursos naturales. Para los efectos a los que se refiere este artículo, el juez deberá solicitar a la
dependencia federal competente o a las instituciones de educación superior o de investigación
científica, la expedición del dictamen técnico correspondiente.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
Las dependencias de la administración pública competentes, deberán proporcionar al ministerio
público o al juez, los dictámenes técnicos o periciales que se requieran con motivo de las denuncias
presentadas por la comisión de los delitos a que se refiere el presente Título.
Siempre que el procesado repare el daño voluntariamente sin que se haya resuelto dicha obligación
por resolución administrativa, las punibilidades correspondientes a los delitos cometidos, serán las
resultantes de disminuir en una mitad los parámetros mínimos y máximos contemplados en este
Título.
LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público y de interés social, reglamentaria del párrafo
tercero del artículo 27 y de la fracción XXIX, inciso G del artículo 73 constitucionales. Su objeto
es establecer la concurrencia del Gobierno Federal, de los gobiernos de los Estados y de los
Municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, relativa a la conservación y
aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en el territorio de la República
Mexicana y en las zonas en donde la Nación ejerce su jurisdicción.
El aprovechamiento sustentable de los recursos forestales maderables y no maderables y de
las especies cuyo medio de vida total sea el agua, será regulado por las leyes forestal y de
pesca, respectivamente, salvo que se trate de especies o poblaciones en riesgo.
Artículo 4.- Es deber de todos los habitantes del país conservar la vida silvestre; queda prohibido
cualquier acto que implique su destrucción, daño o perturbación, en perjuicio de los intereses de la
Nación.
Los propietarios o legítimos poseedores de los predios en donde se distribuye la vida silvestre,
tendrán derechos de aprovechamiento sustentable sobre sus ejemplares, partes y derivados en los
términos prescritos en la presente Ley y demás disposiciones aplicables.
Los derechos sobre los recursos genéticos estarán sujetos a los tratados internacionales y a las
disposiciones sobre la materia.
Artículo 5.- El objetivo de la política nacional en materia de vida silvestre y su hábitat, es su
conservación mediante la protección y la exigencia de niveles óptimos de aprovechamiento
sustentable, de modo . que simultáneamente se logre mantener y promover la restauración de su
diversidad e integridad, así como incrementar el bienestar de los habitantes del país.
En la formulación y la conducción de la política nacional en materia de vida silvestre se
observarán, por parte de las autoridades competentes, los principios establecidos en el artículo 15
de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Además dichas
autoridades deberán prever:
I. La conservación de la diversidad genética, así como la protección, restauración y manejo
integral de los hábitats naturales, como factores principales para la conservación y
recuperación de las especies silvestres.
II. Las medidas preventivas para el mantenimiento de las condiciones que propician la
evolución, viabilidad y continuidad de los ecosistemas, hábitats y poblaciones en sus entornos
naturales. En ningún caso la falta de certeza científica se podrá argumentar como
justificación para postergar la adopción de medidas eficaces para la conservación y manejo
integral de la vida silvestre y su hábitat.
III.
La aplicación del conocimiento científico, técnico y tradicional disponibles, como base
para el desarrollo de las actividades relacionadas con la conservación y el aprovechamiento
sustentable de la vida silvestre.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
VI.
Los estímulos que permitan orientar los procesos de aprovechamiento de la vida
silvestre y su hábitat, hacia actividades productivas más rentables con el objeto de que éstas
generen mayores recursos para la conservación de bienes y servicios ambientales y para la
generación de empleos.
Artículo 7.- La concurrencia de los Municipios, de los gobiernos de los Estados y del Distrito
Federal y del Gobierno Federal, en materia de vida silvestre, se establece para:
... II. Desarrollar las facultades de la federación para coordinar la definición, regulación, y
supervisión de las acciones de conservación y de aprovechamiento sustentable de la biodiversidad
que compone la vida silvestre y su hábitat;
IV.
Reconocer a los gobiernos estatales y del Distrito Federal, atribuciones para ejecutar dentro
de su territorio las acciones relativas al cumplimiento de los lineamientos de la política nacional en
materia de vida silvestre y su hábitat;
V. Establecer los mecanismos de coordinación necesarios para establecer la adecuada colaboración
entre los distintos órdenes de gobierno, en las materias que regula la presente ley, cuidando en todo
caso el no afectar la continuidad e integralidad de los procesos ecosistémicos asociados a la vida
silvestre.
Artículo 9.- Corresponde a la Federación:
I. La formulación, conducción, operación y evaluación, con la participación que corresponda a las
entidades federativas, de la política nacional sobre la conservación y aprovechamiento sustentable
de la vida silvestre y su hábitat, así como la elaboración y aplicación de los programas y proyectos
que se establezcan para ese efecto.
III. La identificación de las especies y poblaciones en riesgo y la determinación de especies y
poblaciones prioritarias para la conservación.
IV. La atención de los asuntos relativos a la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida
silvestre y su hábitat en zonas que no sean de jurisdicción de las Entidades Federativas.
VI.
La expedición de las normas oficiales mexicanas relacionadas con las materias
previstas en la presente Ley.
XX. La promoción del establecimiento de las condiciones para el manejo y destino de ejemplares
fuera de su hábitat natural, de conformidad con los procedimientos establecidos en la presente ley.
XXI. La inspección y vigilancia del cumplimiento de esta Ley y de las normas que de ella se
deriven, así como la imposición de las medidas de seguridad y de las sanciones administrativas
establecidas en la propia Ley, con la colaboración que corresponda a las entidades federativas.
Artículo 11. La Federación, por conducto de la Secretaría, podrá suscribir convenios o acuerdos de
coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los Estados, con la
participación, en su caso, de sus Municipios, asuman las siguientes facultades, en el ámbito de su
jurisdicción territorial:
...IV. Aplicar las medidas relativas al hábitat crítico y a las áreas de refugio para proteger las
especies acuáticas reguladas en la presente Ley;
... VII. Llevar a cabo la inspección y vigilancia del cumplimiento de esta Ley y de las normas que
de ella se deriven, así como imponer las medidas de seguridad y las sanciones administrativas
establecidas en la propia Ley;
Artículo 12. La celebración de los convenios o acuerdos de coordinación a que se refiere el
artículo anterior, se sujetará a las bases previstas en el artículo 12 de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Artículo 14.- Cuando por razón de la materia y de conformidad con la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal u otras disposiciones aplicables, se requiera de la
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
intervención de otras dependencias, la Secretaría ejercerá sus atribuciones en coordinación
con las mismas.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que ejerzan atribuciones que
les confieren otros ordenamientos cuyas disposiciones se relacionen con el objeto de la presente
Ley, ajustarán su ejercicio a la política nacional sobre vida silvestre establecida en ésta y en la Ley
General del Equilibro Ecológico y la Protección al Ambiente, así como a las . disposiciones que de
ellas se deriven.
Artículo 15.- La Secretaría promoverá la participación de todas las personas y sectores
involucrados en la formulación y aplicación de las medidas para la conservación y
aprovechamiento sustentable de la vida silvestre que estén dentro del ámbito de su competencia.
Artículo 18.- Los propietarios y legítimos poseedores de predios en donde se distribuye la vida
silvestre, tendrán el derecho a realizar su aprovechamiento sustentable y la obligación de contribuir
a conservar el hábitat conforme a lo establecido en la presente Ley; asimismo podrán transferir esta
prerrogativa a terceros, conservando el derecho a participar de los beneficios que se deriven de
dicho aprovechamiento.
Los propietarios y legítimos poseedores de dichos predios, así como los terceros que realicen el
aprovechamiento, serán responsables solidarios de los efectos negativos que éste pudiera tener para
la conservación de la vida silvestre y su hábitat.
Artículo 20.- La Secretaría diseñará y promoverá en las disposiciones que se deriven de la presente
Ley, el desarrollo de criterios, metodologías y procedimientos que permitan identificar los valores
de la biodiversidad y de los servicios ambientales que provee, a efecto de armonizar la
conservación de la vida silvestre y su hábitat, con la utilización sustentable de bienes y servicios,
así como de incorporar éstos al análisis y planeación económicos, de conformidad con la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y otras disposiciones aplicables,
mediante:
a) Sistemas de certificación para la producción de bienes y servicios ambientales.
b) Estudios para la ponderación de los diversos valores culturales, sociales, económicos y
ecológicos de la biodiversidad.
c) Estudios para la evaluación e internalización de costos ambientales en actividades de
aprovechamiento de bienes y servicios ambientales.
d) Mecanismos de compensación e instrumentos económicos que retribuyan a los habitantes locales
dichos costos asociados a la conservación de la biodiversidad o al mantenimiento de los flujos de
bienes y servicios ambientales derivados de su aprovechamiento y conservación.
e) La utilización de mecanismos de compensación y otros instrumentos internacionales por
contribuciones de carácter global.
Artículo 56.- La Secretaría identificará a través de listas, las especies o poblaciones en riesgo, de
conformidad . con lo establecido en la norma oficial mexicana correspondiente, señalando el
nombre científico y, en su caso, el nombre común más utilizado de las especies; la información
relativa a las poblaciones, tendencias y factores de riesgo; la justificación técnica-científica de la
propuesta; y la metodología empleada para obtener la información, para lo cual se tomará en
consideración, en su caso, la información presentada por el Consejo.
Las listas respectivas serán revisadas y, de ser necesario, actualizadas cada 3 años o antes si se
presenta información suficiente para la inclusión, exclusión o cambio de categoría de alguna
especie o población. Las listas y sus actualizaciones indicarán el género, la especie y, en su caso, la
subespecie y serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación y en la Gaceta Ecológica.
Artículo 58.- Entre las especies y poblaciones en riesgo estarán comprendidas las que se
identifiquen como:
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
a) En peligro de extinción, aquellas cuyas áreas de distribución o tamaño de sus poblaciones en el
territorio nacional han disminuido drásticamente poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo
su hábitat natural, debido a factores tales como la destrucción o modificación drástica del hábitat,
aprovechamiento no sustentable, enfermedades o depredación, entre otros.
b) Amenazadas, aquellas que podrían llegar a encontrarse en peligro de desaparecer a corto o
mediano plazos, si siguen operando los factores que inciden negativamente en su viabilidad, al
ocasionar el deterioro o modificación de su hábitat o disminuir directamente el tamaño de sus
poblaciones.
c) Sujetas a protección especial, aquellas que podrían llegar a encontrarse amenazadas por factores
que inciden negativamente en su viabilidad, por lo que se determina la necesidad de propiciar su
recuperación y conservación o la recuperación y conservación de poblaciones de especies
asociadas.
Artículo 59.- Los ejemplares confinados de las especies probablemente extintas en el medio
silvestre serán destinados exclusivamente al desarrollo de proyectos de conservación, restauración,
. actividades de repoblación y reintroducción, así como de investigación y educación ambiental
autorizados por la Secretaría.
Artículo 60.- La Secretaría promoverá e impulsará la conservación y protección de las especies y
poblaciones en riesgo, por medio del desarrollo de proyectos de conservación y recuperación, el
establecimiento de medidas especiales de manejo y conservación de hábitat críticos y de áreas de
refugio para proteger especies acuáticas, la coordinación de programas de muestreo y seguimiento
permanente, así como de certificación del aprovechamiento sustentable, con la participación en su
caso de las personas que manejen dichas especies o poblaciones y demás involucrados.
El programa de certificación deberá seguir los lineamientos establecidos en el reglamento y, en su
caso, en las Normas Oficiales Mexicanas que para tal efecto se elaboren.
La Secretaría suscribirá convenios y acuerdos de concertación y coordinación con el fin de
promover la recuperación y conservación de especies y poblaciones en riesgo.
Artículo 62.- La Secretaría promoverá el desarrollo de proyectos para la conservación,
recuperación de especies y poblaciones prioritarias para la conservación, con la participación
en su caso de las personas que manejen dichas especies o poblaciones y demás involucrados.
La información relativa a los proyectos de conservación y recuperación de especies y poblaciones
prioritarias para la conservación, estará a disposición del público.
Artículo 63.- La conservación del hábitat natural de la vida silvestre es de utilidad pública.
La Secretaría, previa opinión del Consejo, podrá declarar la existencia de hábitats críticos
para la conservación de la vida silvestre, cuando se trate de:
a) Areas específicas dentro de la superficie en la cual se distribuya una especie o población en
riesgo al momento de ser listada, en las cuales se desarrollen procesos biológicos esenciales para su
conservación.
b) Areas específicas que debido a los procesos de deterioro han disminuido drásticamente su
superficie, pero que aún albergan una significativa concentración de biodiversidad.
c) Areas específicas en las que existe un ecosistema en riesgo de desaparecer, si siguen actuando
los factores que lo han llevado a reducir su superficie histórica.
Artículo 65.- La Secretaría podrá establecer, mediante acuerdo Secretarial, áreas de refugio
para proteger especies nativas de vida silvestre que se desarrollan en el medio acuático, en
aguas de jurisdicción federal, zona federal marítimo terrestre y terrenos inundables, con el
objeto de conservar y contribuir, a través de medidas de manejo y conservación, al desarrollo
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
de dichas especies, así como para conservar y proteger sus hábitats, para lo cual elaborará los
programas de protección correspondientes.
Artículo 66.- Las áreas de refugio para proteger especies acuáticas podrán ser establecidas en sitios
claramente definidos en cuanto a su ubicación y deslinde por el instrumento que las crea.
Artículo 67.- Las áreas de refugio para proteger especies acuáticas podrán ser establecidas para la
protección de:
I. Todas las especies nativas de la vida silvestre que se desarrollen en medio acuático presentes en
el sitio;
II. Aquellas especies nativas de la vida silvestre que se desarrollen en medio acuático mencionadas
en el instrumento correspondiente;
III. Aquellas especies nativas de la vida silvestre que se desarrollen en medio acuático no excluidas
específicamente por . dicho instrumento; o
IV. Ejemplares con características específicas, de poblaciones, especies o grupos de especies
nativas de la vida silvestre que se desarrollen en medio acuático, que sean afectados en forma
negativa por el uso de determinados medios de aprovechamiento.
Previo a la expedición del acuerdo, la Secretaría elaborará los estudios justificativos, mismos que
deberán contener, de conformidad con lo establecido en el reglamento, información general,
diagnóstico, descripción de las características físicas del área, justificación y aspectos
socioeconómicos.
Artículo 68.- Cuando la superficie de alguna de las áreas de refugio para proteger especies
acuáticas, coincida con el polígono de algún área natural protegida, el programa de
protección respectivo, deberá compatibilizarse con los objetivos generales establecidos en la
declaratoria correspondiente y en el programa de manejo del área natural protegida en
cuestión.
En los casos a que se refiere el párrafo anterior, corresponderá al director del área natural protegida
de que se trate, llevar a cabo la coordinación de las medidas de manejo y conservación establecidas
en el programa de protección. (
Artículo 69.- La realización de cualquier obra pública o privada, así como de aquellas actividades
que puedan afectar la protección, recuperación y restablecimiento de los elementos naturales en
áreas de refugio para proteger especies acuáticas, deberá quedar sujeta a las condiciones que se
establezcan como medidas de manejo y conservación en los programas de protección de que se
trate, así como del informe preventivo correspondiente, de conformidad con lo establecido en el
reglamento.
Artículo 71.- La Secretaría podrá establecer limitaciones al aprovechamiento de poblaciones de la
vida silvestre, incluyendo las vedas y su modificación o levantamiento, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 81 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, cuando a
través de otras medidas no se pueda lograr la conservación o recuperación de las poblaciones.
En casos de desastres naturales o derivados de actividades humanas, la Secretaría podrá establecer
vedas temporales al aprovechamiento como medida preventiva y complementaria a otras medidas,
con la finalidad de evaluar los daños ocasionados, permitir la recuperación de las poblaciones y
evitar riesgos a la salud humana.
Las vedas podrán establecerse, modificarse o levantarse a solicitud de las personas físicas o
morales interesadas, las que deberán presentar los estudios de población correspondientes, de
conformidad con lo establecido en el reglamento. La Secretaría evaluará estos antecedentes y
la información disponible sobre los aspectos biológicos, sociales y económicos involucrados,
resolviendo lo que corresponda.
90
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
SANCIONES
Artículo 106.- Sin perjuicio de las demás disposiciones aplicables, toda persona que cause daños a
la vida silvestre o su hábitat, en contravención de lo establecido en la presente Ley o en la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, estará obligada a repararlos en los
términos del Código Civil para el Distrito Federal en materia del Fuero Común y para toda la
República en materia del Fuero Federal, así como en lo particularmente previsto por la presente
Ley y el reglamento.
Los propietarios y legítimos poseedores de los predios, así como los terceros que realicen el
aprovechamiento, serán responsables solidarios de los efectos negativos que éste pudiera tener para
la conservación de la vida silvestre y su hábitat.
Artículo 107.- Cualquier persona física o moral podrá denunciar ante la Procuraduría Federal de
Protección al Ambiente daños a la vida silvestre y su hábitat sin necesidad de demostrar que sufre
una afectación personal y directa en razón de dichos daños.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente evaluará cuidadosamente la información
presentada en la denuncia y, en caso de ser procedente, ejercerá de manera exclusiva la acción de
responsabilidad por daño a la vida silvestre y su hábitat, la cual será objetiva y solidaria.
En el caso de que el demandado sea algún órgano de la administración pública federal o una
empresa de participación estatal mayoritaria, la acción de responsabilidad por daño a la vida
silvestre y su hábitat, podrá ser ejercida por cualquier persona directamente ante el tribunal
competente.
Esta acción podrá ser ejercitada sin perjuicio de la acción indemnizatoria promovida por los
directamente afectados y prescribirá a los cinco años contados a partir del momento en que se
conozca el daño.
Artículo 122.- Son infracciones a lo establecido en esta Ley:
I. Realizar cualquier acto que cause la destrucción o daño de la vida silvestre o de su hábitat, en
contravención de lo establecido en la presente Ley.
II. Realizar actividades de aprovechamiento extractivo o no extractivo de la vida silvestre sin la
autorización correspondiente o en contravención a los términos en que ésta hubiera sido otorgada y
a las disposiciones aplicables.
III. Realizar actividades de aprovechamiento que impliquen dar muerte a ejemplares de la vida
silvestre, sin la autorización correspondiente o en contravención a los términos en que ésta hubiera
sido . otorgada y a las disposiciones aplicables.
IV. Realizar actividades de aprovechamiento con ejemplares o poblaciones de especies silvestres
en peligro de extinción o extintas en el medio silvestre, sin contar con la autorización
correspondiente.
V. Llevar a cabo acciones en contravención a las disposiciones que regulan la sanidad de la vida
silvestre.
VI. Manejar ejemplares de especies exóticas fuera de confinamiento controlado o sin respetar los
términos del plan de manejo aprobado.
VII. Presentar información falsa a la Secretaría.
VIII. Realizar actos contrarios a los programas de restauración, a las vedas establecidas, a las
medidas de manejo y conservación del hábitat crítico o a los programas de protección de áreas de
refugio para especies acuáticas.
IX. Emplear cercos u otros métodos para retener o atraer ejemplares de la vida silvestre en contra
de lo establecido en el artículo 73 de la presente Ley.
91
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
X. Poseer ejemplares de la vida silvestre fuera de su hábitat natural sin contar con los medios para
demostrar su legal procedencia o en contravención a las disposiciones para su manejo establecidas
por la Secretaría.
XI. Liberar ejemplares de la vida silvestre a su hábitat natural sin contar con la autorización
respectiva y sin observar las condiciones establecidas para ese efecto por esta Ley y las demás
disposiciones que de ella se deriven.
XII. Trasladar ejemplares, partes y derivados de la vida silvestre sin la autorización
correspondiente.
XIII. Realizar medidas de control y erradicación de ejemplares y poblaciones que se tornen
perjudiciales para la vida silvestre sin contar con la autorización otorgada por la Secretaría.
XIV. Realizar actividades de aprovechamiento de ejemplares, partes o derivados de la vida
silvestre para ceremonias o ritos tradicionales, que no se encuentren en la lista que para tal efecto se
emita, de acuerdo al artículo 93 de la presente Ley.
XV. Marcar y facturar ejemplares de la vida silvestre, así como sus partes o derivados, que no
correspondan a un aprovechamiento sustentable en los términos de esta Ley y las disposiciones que
de ella derivan.
XVI. Alterar para fines ilícitos las marcas y facturas de ejemplares de la vida silvestre, así como de
sus partes o derivados.
XVII. Omitir la presentación de los informes ordenados por esta Ley y demás disposiciones que de
ella se deriven.
XVIII. Realizar la colecta científica sin la autorización requerida o contraviniendo sus términos.
XIX. Utilizar material biológico proveniente de la vida silvestre con fines distintos a los
autorizados o para objetivos de biotecnología, sin cumplir con las disposiciones aplicables a las que
se refiere el tercer párrafo del artículo 4o. de la presente Ley.
XX. No entregar los duplicados del material biológico colectado, cuando se tenga esa obligación.
XXI. Poseer colecciones de especímenes de vida silvestre sin contar con el registro otorgado por la
Secretaría en los términos previstos en esta Ley y demás disposiciones que de ella se deriven.
XXII. Exportar o importar ejemplares, partes o derivados de la vida silvestre, o transitar dentro del
territorio nacional los ejemplares, partes o derivados procedentes del y destinados al extranjero en
contravención a esta Ley, a las disposiciones que de ella deriven y a las medidas de regulación o
restricción impuestas por la autoridad competente o, en su caso, de la Convención sobre el
Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre.
XXIII. Realizar actos que contravengan las disposiciones de trato digno y respetuoso a la fauna
silvestre, establecidas en la presente Ley y en las disposiciones que de ella se deriven.
Se considerarán infractores no sólo las personas que hayan participando en su comisión, sino
también quienes hayan participado en su preparación o en su encubrimiento.
Artículo 123.- Las violaciones a los preceptos de esta Ley, su reglamento, las normas oficiales
mexicanas y demás disposiciones legales que de ella se deriven, serán sancionadas
administrativamente por la Secretaría, con una o más de las siguientes sanciones:
I. Amonestación escrita.
II. Multa.
III. Suspensión temporal, parcial o total, de las autorizaciones, licencias o permisos que
corresponda.
IV. Revocación de las autorizaciones, licencias o permisos correspondientes.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
V. Clausura temporal o definitiva, parcial o total, de las instalaciones o sitios donde se desarrollen
las actividades que den lugar a la infracción respectiva.
VI. Arresto administrativo hasta por 36 horas.
VII. Decomiso de los ejemplares, partes o derivados de la vida silvestre, así como de los
instrumentos directamente relacionados con infracciones a la presente Ley.
VIII. Pago de gastos al depositario de ejemplares o bienes que con motivo de un procedimiento
administrativo se hubieren erogado.
La amonestación escrita, la multa y el arresto administrativo podrán ser conmutados por trabajo
comunitario en actividades de conservación de la vida silvestre y su hábitat natural.
Artículo 124.- Las sanciones que imponga la Secretaría se determinarán considerando los aspectos
establecidos en el artículo 173 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente, en lo que sea conducente.
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLE
ARTÍCULO 2o.- Son objetivos de esta Ley:
I. Establecer y definir los principios para ordenar, fomentar y regular el manejo integral y el
aprovechamiento sustentable de la pesca y la acuacultura, considerando los aspectos sociales,
tecnológicos, productivos, biológicos y ambientales;
III. Establecer las bases para la ordenación, conservación, la protección, la repoblación y el
aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas, así como la protección y
rehabilitación de los ecosistemas en que se encuentran dichos recursos;
ARTÍCULO 5o.- En todo lo no previsto en la presente Ley, se aplicarán las disposiciones
contenidas en otras leyes relacionadas con las materias que regula este ordenamiento.
ARTÍCULO 7o.- Las atribuciones que esta Ley otorga a la Federación, serán ejercidas por el
Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría, salvo las que directamente correspondan al
Presidente de la República por disposición expresa de la ley.
Cuando, por razón de la materia y de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal u otras disposiciones legales aplicables, se requiera de la intervención de otras
dependencias, la Secretaría ejercerá sus atribuciones en coordinación con las mismas.
ARTÍCULO 8o.- Corresponde a la Secretaría el ejercicio de las siguientes facultades:
XII. Fijar los métodos y medidas para la conservación de los recursos pesqueros y la
repoblación de las áreas de pesca en coordinación con la autoridad competente, así como
regular las zonas de refugio para proteger las especies acuáticas que así lo requieran, y
establecerá las épocas y zonas de veda;
ARTÍCULO 9o.- De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, la SEMARNAT se coordinará con la Secretaría para el cumplimiento de los objetivos
previstos en la presente Ley, en materia de preservación, restauración del equilibrio ecológico y la
protección del ambiente, particularmente, en los siguientes aspectos:
I. En áreas naturales protegidas, de acuerdo con la declaratoria de creación o el programa de
manejo, emitir recomendaciones sustentadas, fundadas y motivadas, sobre los permisos y
concesiones de pesca y acuacultura que se pretendan otorgar, así como los volúmenes de pesca
incidental;
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
LEY GENERAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE
ARTICULO 1.- La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio
ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la
nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y
tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para:
I.- Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo,
salud y bienestar;
II.- Definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación;
III.- La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente;
IV.- La preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y administración
de las áreas naturales protegidas;
V.- El aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua
y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios
económicos y las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas;
VI.- La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo;
VII.- Garantizar la participación corresponsable de las personas, en forma individual o colectiva, en
la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente;
VIII.- El ejercicio de las atribuciones que en materia ambiental corresponde a la Federación, los
Estados, el Distrito Federal y los Municipios, bajo el principio de concurrencia previsto en el
artículo 73 fracción XXIX-G de la Constitución;
IX.- El establecimiento de los mecanismos de coordinación, inducción y concertación entre
autoridades, entre éstas y los sectores social y privado, así como con personas y grupos sociales, en
materia ambiental, y
X.- El establecimiento de medidas de control y de seguridad para garantizar el cumplimiento y la
aplicación de esta Ley y de las disposiciones que de ella se deriven, así como para la imposición de
las sanciones administrativas y penales que correspondan.
En todo lo no previsto en la presente Ley, se aplicarán las disposiciones contenidas en otras leyes
relacionadas con las materias que regula este ordenamiento.
ARTICULO 2.- Se consideran de utilidad pública:
...III.- La formulación y ejecución de acciones de protección y preservación de la biodiversidad del
territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, así como el
aprovechamiento de material genético; y
ARTICULO 5.- Son facultades de la Federación:
I.- La formulación y conducción de la política ambiental nacional;
II.- La aplicación de los instrumentos de la política ambiental previstos en esta Ley, en los términos
en ella establecidos, así como la regulación de las acciones para la preservación y restauración del
equilibrio ecológico y la protección al ambiente que se realicen en bienes y zonas de jurisdicción
federal;
III.- La atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico en el territorio nacional o en las
zonas sujetas a la soberanía y jurisdicción de la nación, originados en el territorio o zonas sujetas a
la soberanía o jurisdicción de otros Estados, o en zonas que estén más allá de la jurisdicción de
cualquier Estado;
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
IV.- La atención de los asuntos que, originados en el territorio nacional o las zonas sujetas a la
soberanía o jurisdicción de la nación afecten el equilibrio ecológico del territorio o de las zonas
sujetas a la soberanía o jurisdicción de otros Estados, o a las zonas que estén más allá de la
jurisdicción de cualquier Estado;
V.- La expedición de las normas oficiales mexicanas y la vigilancia de su cumplimiento en las
materias previstas en esta Ley;
XI. La regulación del aprovechamiento sustentable, la protección y la preservación de las aguas
nacionales, la biodiversidad, la fauna y los demás recursos naturales de su competencia.
ARTICULO 6.- Las atribuciones que esta Ley otorga a la Federación, serán ejercidas por el Poder
Ejecutivo Federal a través de la Secretaría, salvo las que directamente correspondan al Presidente
de la República por disposición expresa de la ley.
Cuando, por razón de la materia y de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal u otras disposiciones legales aplicables, se requiera de la intervención de otras
dependencias, la Secretaría ejercerá sus atribuciones en coordinación con las mismas.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que ejerzan atribuciones que
les confieren otros ordenamientos cuyas disposiciones se relacionen con el objeto de la presente
Ley, ajustarán su ejercicio a los criterios para preservar el equilibrio ecológico, aprovechar
sustentablemente los recursos naturales y proteger el ambiente en ella incluidos, así como a las
disposiciones de los reglamentos, normas oficiales mexicanas, programas de ordenamiento
ecológico y demás normatividad que de la misma se derive.
ARTICULO 11.- La Federación, por conducto de la Secretaría, podrá suscribir convenios o
acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los
Estados, con la participación, en su caso, de sus Municipios, asuman las siguientes facultades,
en el ámbito de su jurisdicción territorial:
ARTICULO 12.- Para los efectos del artículo anterior, los convenios o acuerdos de coordinación
que celebre la Federación, por conducto de la Secretaría, con los gobiernos del Distrito Federal o de
los Estados, con la participación, en su caso, de sus Municipios, deberán sujetarse a las siguientes
bases:
I. Se celebrarán a petición de una Entidad Federativa, cuando ésta cuente con los medios
necesarios, el personal capacitado, los recursos materiales y financieros, así como la estructura
institucional específica para el desarrollo de las facultades que asumiría y que para tales efectos
requiera la autoridad federal. Estos requerimientos dependerán del tipo de convenio o acuerdo a
firmar y las capacidades serán evaluadas en conjunto con la Secretaría.
Los requerimientos que establezca la Secretaría y las evaluaciones que se realicen para determinar
las capacidades de la Entidad Federativa, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y
en la gaceta o periódico oficial de la respectiva entidad federativa, con antelación a la celebración
de los convenios o acuerdos de coordinación;
II. Establecerán con precisión su objeto, así como las materias y facultades que se asumirán,
debiendo ser congruente con los objetivos de los instrumentos de planeación nacional de desarrollo
y con la política ambiental nacional;
III. Determinarán la participación y responsabilidad que corresponda a cada una de las partes, así
como los bienes y recursos aportados por las mismas, especificando su destino y forma de
administración. Además precisarán qué tipo de facultades se pueden asumir de forma inmediata a
la firma del convenio o acuerdo y cuáles en forma posterior.
IV. Establecerán el órgano u órganos que llevarán a cabo las acciones que resulten de los convenios
o acuerdos de coordinación, incluyendo las de evaluación, así como el cronograma de las
actividades a realizar;
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
V. Definirán los mecanismos de información que se requieran, a fin de que las partes suscriptoras
puedan asegurar el cumplimiento de su objeto;
VI. Precisarán la vigencia del instrumento, sus formas de modificación y terminación y, en su caso,
el número y duración de sus prórrogas;
VII. Contendrán, los anexos técnicos necesarios para detallar los compromisos adquiridos;
VIII. Las demás estipulaciones que las partes consideren necesarias para el correcto cumplimiento
del convenio o acuerdo de coordinación;
IX. Para efectos en el otorgamiento de los permisos o autorizaciones en materia de impacto
ambiental que correspondan al Distrito Federal, los Estados, o en su caso, los Municipios, deberán
seguirse los mismos procedimientos establecidos en la sección V de la presente Ley, además de lo
que establezcan las disposiciones legales y normativas locales correspondientes;
X. Para el caso de los convenios relativos a las Evaluaciones de Impacto Ambiental, los
procedimientos que las entidades establezcan habrán de ser los establecidos en el Reglamento del
presente ordenamiento en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental, y serán autorizados por la
Secretaría y publicados en el Diario Oficial de la Federación y en la gaceta o periódico oficial de la
respectiva entidad federativa, con antelación a la entrada en vigor del convenio o acuerdo de
coordinación.
Corresponde a la Secretaría evaluar el cumplimiento de los compromisos que se asuman en los
convenios o acuerdos de coordinación a que se refiere este artículo.
Los convenios o acuerdos de coordinación a que se refiere el presente artículo, sus modificaciones,
así como su acuerdo de terminación, deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en
la gaceta o periódico oficial de la respectiva entidad federativa.
ARTICULO 15.- Para la formulación y conducción de la política ambiental y la expedición de
normas oficiales mexicanas y demás instrumentos previstos en esta Ley, en materia de preservación
y restauración del equilibrio ecológico y protección al ambiente, el Ejecutivo Federal observará los
siguientes principios:
I.- Los ecosistemas son patrimonio común de la sociedad y de su equilibrio dependen la vida y las
posibilidades productivas del país;
II.- Los ecosistemas y sus elementos deben ser aprovechados de manera que se asegure una
productividad óptima y sostenida, compatible con su equilibrio e integridad;
III.- Las autoridades y los particulares deben asumir la responsabilidad de la protección del
equilibrio ecológico;
IV.- Quien realice obras o actividades que afecten o puedan afectar el ambiente, está obligado a
prevenir, minimizar o reparar los daños que cause, así como a asumir los costos que dicha
afectación implique. Asimismo, debe incentivarse a quien proteja el ambiente y aproveche de
manera sustentable los recursos naturales;
VII.- El aprovechamiento de los recursos naturales renovables debe realizarse de manera que se
asegure el mantenimiento de su diversidad y renovabilidad;
VIII.- Los recursos naturales no renovables deben utilizarse de modo que se evite el peligro de su
agotamiento y la generación de efectos ecológicos adversos;
ARTICULO 17.- En la planeación nacional del desarrollo se deberá incorporar la política
ambiental y el ordenamiento ecológico que se establezcan de conformidad con esta Ley y las
demás disposiciones en la materia.
En la planeación y realización de las acciones a cargo de las dependencias y entidades de la
administración pública federal, conforme a sus respectivas esferas de competencia, así como en el
ejercicio de las atribuciones que las leyes confieran al Gobierno Federal para regular, promover,
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
restringir, prohibir, orientar y en general inducir las acciones de los particulares en los campos
económico y social, se observarán los lineamientos de política ambiental que establezcan el Plan
Nacional de Desarrollo y los programas correspondientes.
ARTICULO 21.- La Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas
competencias, diseñarán, desarrollarán y aplicarán instrumentos económicos que incentiven el
cumplimiento de los objetivos de la política ambiental, y mediante los cuales se buscará:
I.- Promover un cambio en la conducta de las personas que realicen actividades industriales,
comerciales y de servicios, de tal manera que sus intereses sean compatibles con los intereses
colectivos de protección ambiental y de desarrollo sustentable;
V.- Procurar su utilización conjunta con otros instrumentos de política ambiental, en especial
cuando se trate de observar umbrales o limites en la utilización de ecosistemas, de tal manera que
se garantice su integridad y equilibrio, la salud y el bienestar de la población.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
APÉNDICE 3
MENCIONES AL CONCEPTO DE ZONA DE REFUGIO EN LEYES
SOBRE PESCA Y CONSERVACIÓN
 Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
 Ley General de Vida Silvestre
 Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentable
 Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección
al Ambiente
 Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre
 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
 Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2001
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE;
ARTÍCULO 54.- Las áreas de protección de la flora y la fauna se constituirán de conformidad con
las disposiciones de esta Ley, de la Ley General de Vida Silvestre, la Ley de Pesca y demás
aplicables, en los lugares que contienen los hábitat de cuyo equilibrio y preservación dependen la
existencia, transformación y desarrollo de las especies de flora y fauna silvestres.
En dichas áreas podrá permitirse la realización de actividades relacionadas con la preservación,
repoblación, propagación, aclimatación, refugio, investigación y aprovechamiento sustentable de
las especies mencionadas, así como las relativas a educación y difusión en la materia.
ARTÍCULO 79.- Para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre,
se considerarán los siguientes criterios:
VII. La creación de áreas de refugio para proteger las especies acuáticas que así lo requieran; y
ARTÍCULO 81.- La Secretaría establecerá las vedas de la flora y fauna silvestre, y su modificación
o levantamiento, con base en los estudios que para tal efecto previamente lleve a cabo.
Las vedas tendrán como finalidad la preservación, repoblación, propagación, distribución,
aclimatación o refugio de los especímenes, principalmente de aquellas especies endémicas,
amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial.
Artículos correlacionados a la fundamentación de áreas de refugio:
ARTÍCULO 1o.- Fracciones III y IV.
ARTÍCULO 2o.- Fracciones II y III.
LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE
ARTÍCULO 9. XVII. La regulación y aplicación de las medidas relativas al hábitat crítico y a las
áreas de refugio para proteger las especies acuáticas.
ARTÍCULO 11. La Federación, por conducto de la Secretaría, podrá suscribir convenios o
acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos del Distrito Federal o de los Estados,
con la participación, en su caso, de sus Municipios, asuman las siguientes facultades, en el ámbito
de su jurisdicción territorial:
IV. Aplicar las medidas relativas al hábitat crítico y a las áreas de refugio para proteger las especies
acuáticas reguladas en la presente Ley;
ARTÍCULO 49. El Subsistema Nacional de Información sobre la Vida Silvestre tendrá por objeto
registrar, organizar, actualizar y difundir la información relacionada con la conservación y el
aprovechamiento sustentable de la vida silvestre nacional y su hábitat, incluida la información
relativa a:
V. La información relevante sobre los hábitats críticos y áreas de refugio para proteger especies
acuáticas.
ARTÍCULO 60. La Secretaría promoverá e impulsará la conservación y protección de las especies
y poblaciones en riesgo, por medio del desarrollo de proyectos de conservación y recuperación, el
establecimiento de medidas especiales de manejo y conservación de hábitat críticos y de áreas de
refugio para proteger especies acuáticas, la coordinación de programas de muestreo y seguimiento
permanente, así como de certificación del aprovechamiento sustentable, con la participación en su
caso de las personas que manejen dichas especies o poblaciones y demás involucrados.
ARTÍCULO 60 TER.- Queda prohibida la remoción, relleno, transplante, poda, o cualquier obra o
actividad que afecte la integralidad del flujo hidrológico del manglar; del ecosistema y su zona de
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
influencia; de su productividad natural; de la capacidad de carga natural del ecosistema para los
proyectos turísticos; de las zonas de anidación, reproducción, refugio, alimentación y alevinaje; o
bien de las interacciones entre el manglar, los ríos, la duna, la zona marítima adyacente y los
corales, o que provoque cambios en las características y servicios ecológicos.
CAPÍTULO III Áreas de Refugio para Proteger Especies Acuáticas
ARTÍCULO 65. La Secretaría podrá establecer, mediante acuerdo Secretarial, áreas de refugio para
proteger especies nativas de vida silvestre que se desarrollan en el medio acuático, en aguas de
jurisdicción federal, zona federal marítimo terrestre y terrenos inundables, con el objeto de
conservar y contribuir, a través de medidas de manejo y conservación, al desarrollo de dichas
especies, así como para conservar y proteger sus hábitats, para lo cual elaborará los programas de
protección correspondientes.
ARTÍCULO 66. Las áreas de refugio para proteger especies acuáticas podrán ser establecidas en
sitios claramente definidos en cuanto a su ubicación y deslinde por el instrumento que las crea.
ARTÍCULO 67. Las áreas de refugio para proteger especies acuáticas podrán ser establecidas para
la protección de:
I. Todas las especies nativas de la vida silvestre que se desarrollen en medio acuático presentes en
el sitio;
II. Aquellas especies nativas de la vida silvestre que se desarrollen en medio acuático mencionadas
en el instrumento correspondiente;
III. Aquellas especies nativas de la vida silvestre que se desarrollen en medio acuático no excluidas
específicamente por dicho instrumento; o
IV. Ejemplares con características específicas, de poblaciones, especies o grupos de especies
nativas de la vida silvestre que se desarrollen en medio acuático, que sean afectados en forma
negativa por el uso de determinados medios de aprovechamiento; por contaminación física,
química o acústica, o por colisiones con embarcaciones.
Previo a la expedición del acuerdo, la Secretaría elaborará los estudios justificativos, mismos que
deberán contener, de conformidad con lo establecido en el reglamento, información general,
diagnóstico, descripción de las características físicas del área, justificación y aspectos
socioeconómicos; para lo cual podrá solicitar la opinión de las dependencias de la Administración
Pública Federal competentes.
ARTÍCULO reformado DOF 02-07-2010
ARTÍCULO 68. Cuando la superficie de alguna de las áreas de refugio para proteger especies
acuáticas, coincida con el polígono de algún área natural protegida, el programa de protección
respectivo, deberá compatibilizarse con los objetivos generales establecidos en la declaratoria
correspondiente y en el programa de manejo del área natural protegida en cuestión.
En los casos a que se refiere el párrafo anterior, corresponderá al director del área natural protegida
de que se trate, llevar a cabo la coordinación de las medidas de manejo y conservación establecidas
en el programa de protección.
ARTÍCULO 69. La realización de cualquier obra pública o privada, así como de aquellas
actividades que puedan afectar la protección, recuperación y restablecimiento de los elementos
naturales en áreas de refugio para proteger especies acuáticas, deberá quedar sujeta a las
condiciones que se establezcan como medidas de manejo y conservación en los programas de
protección de que se trate, así como del informe preventivo correspondiente, de conformidad con lo
establecido en el reglamento.
ARTÍCULO 122. Son infracciones a lo establecido en esta Ley:
100
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
VIII. Realizar actos contrarios a los programas de restauración, a las vedas establecidas, a las
medidas de manejo y conservación del hábitat crítico o a los programas de protección de áreas de
refugio para especies acuáticas.
ARTÍCULOS correlacionados a la fundamentación de áreas de refugio: 1, 2, 3, 5, 58
ARTÍCULO 60 Bis 1.- Ningún ejemplar de tortuga marina, cualquiera que sea la especie, podrá ser
sujeto de aprovechamiento extractivo, ya sea de subsistencia o comercial, incluyendo sus partes y
derivados.
ARTÍCULO adicionado DOF 26-06-2006
ARTÍCULOS 76, 99, 122.
LEY GENERAL DE PESCA Y ACUACULTURA SUSTENTABLE
ARTÍCULO 4.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por:
LI. Zona de Refugio: Las áreas delimitadas en las aguas de jurisdicción federal, con la finalidad
primordial de conservar y contribuir, natural o artificialmente, al desarrollo de los recursos
pesqueros con motivo de su reproducción, crecimiento o reclutamiento, así como preservar y
proteger el ambiente que lo rodea.
ARTÍCULO 8o.- Corresponde a la Secretaría el ejercicio de las siguientes facultades:
XII. Fijar los métodos y medidas para la conservación de los recursos pesqueros y la repoblación
de las áreas de pesca en coordinación con la autoridad competente, así como regular las zonas de
refugio para proteger las especies acuáticas que así lo requieran, y establecerá las épocas y zonas de
veda;
ARTÍCULO 132.- Son infracciones a lo establecido en la presente Ley, el Reglamento y las
normas oficiales que de ella deriven:
XIX. Extraer, capturar, poseer, transportar o comerciar especies declaradas en veda o con talla o
peso inferiores al mínimo especificado por la Secretaría u obtenerlas de zonas o sitios de refugio o
de repoblación;
ARTÍCULOS correlacionados a la fundamentación de áreas de refugio: 4, 5, 9.
V. Dictar las medidas tendientes a la protección de los quelonios, mamíferos marinos y especies
acuáticas sujetas a un estado especial de protección y determinarlas con la participación de la
Secretaría y otras dependencias competentes. Asimismo, establecerá las vedas, totales o parciales,
referentes a éstas especies.
ARTÍCULO 17. Fracciones III, VII.
ARTÍCULO 28. Fracción III.
ARTÍCULO 55. Fracción I.
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA
PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS
ARTÍCULO 87 “De acuerdo con la declaratoria podrán establecerse las siguientes prohibiciones,
salvo que se cuente con la autorización respectiva.
Fracción VI; “Alterar o destruir por cualquier medio o acción los sitios de alimentación, anidación,
refugio o recuperación de las especies silvestres.”
101
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
ARTÍCULO 105; “Deberán presentar un aviso acompañado con el proyecto correspondiente, al
Director del área natural protegida de que se trate, quienes pretendan realizar las siguientes
actividades:
Fracción IV; Inciso j) “No alterar los sitios de anidación, refugio y reproducción de especies
silvestres.
REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VIDA SILVESTRE
ARTÍCULO 73. Los estudios justificativos para el establecimiento de las áreas de refugio para
proteger especies acuáticas contendrán lo siguiente:
I. Información general:
a) Nombre del área de refugio;
b) En su caso, entidad federativa y municipios en donde se localiza, y
c) Superficie y determinación del polígono en coordenadas UTM.
II. Diagnóstico ambiental que justifique la creación del área de refugio en la que incluya:
a) Descripción general de las características físicas del área a declararse;
b) Diagnóstico del estado de conservación del área a declararse;
c) Problemática de la especie que motive la declaración, y
d) Justificación para el establecimiento del área de refugio.
III. Aspectos socioeconómicos de las actividades que afecten la especie o hábitat objeto del
acuerdo de refugio correspondiente.
ARTÍCULO 74. Para efectos del ARTÍCULO 65 de la Ley, la Secretaría establecerá un programa
de protección, el cual deberá contener lo siguiente:
I. Los objetivos específicos del área de refugio;
II. Las medidas de manejo y conservación necesarias, enfocadas a la solución de las amenazas
detectadas;
III. Las acciones y actividades a realizar a corto, mediano y largo plazo, así como las condiciones a
que se sujetará la realización de cualquier obra pública o privada o de las actividades que puedan
afectar la protección, recuperación y restablecimiento de los elementos naturales;
IV. La evaluación y el seguimiento de la recuperación de las especies y del hábitat, y
V. La forma en que se organizará la administración del área y los mecanismos de coordinación con
otras dependencias del Ejecutivo Federal y con los gobiernos de las entidades federativas y de los
municipios, así como la concertación de acciones con los sectores social y privado interesados en la
protección y conservación.
ARTÍCULO 75. Una vez que se logren revertir o eliminar las amenazas señaladas en los estudios
justificativos que dieron origen al establecimiento de áreas de refugio para proteger especies
acuáticas, la Secretaría podrá proceder a dejarla sin efectos, para lo cual publicará en el Diario
Oficial de la Federación el correspondiente acuerdo abrogatorio.
LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
ARTÍCULO 32 Bis.- A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, corresponde el
despacho de los siguientes asuntos:
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
I. Fomentar la protección, restauración y conservación de los ecosistemas y recursos naturales y
bienes y servicios ambientales, con el fin de propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable;
II. Formular y conducir la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estén
encomendados expresamente a otra dependencia; así como en materia de ecología, saneamiento
ambiental, agua, regulación ambiental del desarrollo urbano y de la actividad pesquera, con la
participación que corresponda a otras dependencias y entidades;
III. Administrar y regular el uso y promover el aprovechamiento sustentable de los recursos
naturales que correspondan a la Federación, con excepción del petróleo y todos los carburos de
hidrógenos líquidos, sólidos y gaseosos, así como minerales radioactivos;
IV. Establecer, con la participación que corresponda a otras dependencias y a las autoridades
estatales y municipales, normas oficiales mexicanas sobre la preservación y restauración de la
calidad del medio ambiente; sobre los ecosistemas naturales; sobre el aprovechamiento sustentable
de los recursos naturales y de la flora y fauna silvestre, terrestre y acuática; sobre descargas de
aguas residuales, y en materia minera; y sobre materiales peligrosos y residuos sólidos y
peligrosos;
V. Vigilar y estimular, en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales, el
cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas y programas relacionados con recursos
naturales, medio ambiente, aguas, bosques, flora y fauna silvestre, terrestre y acuática, y pesca; y
demás materias competencia de la Secretaría, así como, en su caso, imponer las sanciones
procedentes;
VI. Proponer al Ejecutivo Federal el establecimiento de áreas naturales protegidas, y promover para
su administración y vigilancia, la participación de autoridades federales o locales, y de
universidades, centros de investigación y particulares;
VII. Organizar y administrar áreas naturales protegidas, y supervisar las labores de conservación,
protección y vigilancia de dichas áreas cuando su administración recaiga en gobiernos estatales y
municipales o en personas físicas o morales;
VIII. Ejercer la posesión y propiedad de la nación en las playas, zona federal marítimo terrestre y
terrenos ganados al mar;
IX. Intervenir en foros internacionales respecto de las materias competencia de la Secretaría, con la
participación que corresponda a la Secretaría de Relaciones Exteriores, y proponer a ésta la
celebración de tratados y acuerdos internacionales en tales materias;
X. Promover el ordenamiento ecológico del territorio nacional, en coordinación con las autoridades
federales, estatales y municipales, y con la participación de los particulares;
XI. Evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental de proyectos de desarrollo que
le presenten los sectores público, social y privado; resolver sobre los estudios de riesgo ambiental,
así como sobre los programas para la prevención de accidentes con incidencia ecológica;
XII. Elaborar, promover y difundir las tecnologías y formas de uso requeridas para el
aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y sobre la calidad ambiental de los procesos
productivos, de los servicios y del transporte;
XIII. Fomentar y realizar programas de restauración ecológica, con la cooperación de las
autoridades federales, estatales y municipales, en coordinación, en su caso, con la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y demás dependencias y entidades
de la administración pública federal;
XIV. Evaluar la calidad del ambiente y establecer y promover el sistema de información ambiental,
que incluirá los sistemas de monitoreo atmosférico, de suelos y de cuerpos de agua de jurisdicción
103
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
federal, y los inventarios de recursos naturales y de población de fauna silvestre, con la
cooperación de las autoridades federales, estatales y municipales, las instituciones de investigación
y educación superior, y las dependencias y entidades que correspondan;
XV. Desarrollar y promover metodologías y procedimientos de valuación económica del capital
natural y de los bienes y servicios ambientales que éste presta, y cooperar con dependencias y
entidades para desarrollar un sistema integrado de contabilidad ambiental y económica;
XVI. Conducir las políticas nacionales sobre cambio climático y sobre protección de la capa de
ozono;
XVII. Promover la participación social y de la comunidad científica en la formulación, aplicación y
vigilancia de la política ambiental, y concertar acciones e inversiones con los sectores social y
privado para la protección y restauración del ambiente;
XVIII. Llevar el registro y cuidar la conservación de los árboles históricos y notables del país;
XIX. Proponer, y en su caso resolver sobre el establecimiento y levantamiento de vedas forestales,
de caza y pesca, de conformidad con la legislación aplicable, y establecer el calendario cinegético y
el de aves canoras y de ornato;
XX. Imponer, con la participación que corresponda a otras dependencia y entidades, las
restricciones que establezcan las disposiciones aplicables sobre la circulación o tránsito por el
territorio nacional de especies de la flora y fauna silvestres procedentes del o destinadas al
extranjero, y promover ante la Secretaría de Economía el establecimiento de medidas de regulación
o restricción a su importación o exportación, cuando se requiera para su conservación y
aprovechamiento;
XXI. Dirigir los estudios, trabajos y servicios meteorológicos, climatológicos, hidrológicos y
geohidrológicos, así como el sistema meteorológico nacional, y participar en los convenios
internacionales sobre la materia;
XXII. Coordinar, concertar y ejecutar proyectos de formación, capacitación y actualización para
mejorar la capacidad de gestión ambiental y el uso sustentable de recursos naturales; estimular que
las instituciones de educación superior y los centros de investigación realicen programas de
formación de especialistas, proporcionen conocimientos ambientales e impulsen la investigación
científica y tecnológica en la materia; promover que los organismos de promoción de la cultura y
los medios de comunicación social contribuyan a la formación de actitudes y valores de protección
ambiental y de
conservación de nuestro patrimonio natural; y en coordinación con la Secretaría de Educación
Pública, fortalecer los contenidos ambientales de planes y programas de estudios y los materiales
de enseñanza de los diversos niveles y modalidades de educación;
XXIII. Organizar, dirigir y reglamentar los trabajos de hidrología en cuencas, cauces y álveos de
aguas nacionales, tanto superficiales como subterráneos, conforme a la ley de la materia;
XXIV. Administrar, controlar y reglamentar el aprovechamiento de cuencas hidráulicas, vasos,
manantiales y aguas de propiedad nacional, y de las zonas federales correspondientes, con
exclusión de los que se atribuya expresamente a otra dependencia; establecer y vigilar el
cumplimiento de las condiciones particulares que deban satisfacer las descargas de aguas
residuales, cuando sean de jurisdicción federal; autorizar, en su caso, el vertimiento de aguas
residuales en el mar, en coordinación con la Secretaría de Marina, cuando provenga de fuentes
móviles o plataformas fijas; en cuencas, cauces y demás depósitos de aguas de propiedad nacional;
y promover y, en su caso, ejecutar y operar la infraestructura y los servicios necesarios para el
mejoramiento de la calidad del agua en las cuencas;
104
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
XXV. Estudiar, proyectar, construir y conservar, con la participación que corresponda a la
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, las obras de riego,
desecación,
drenaje, defensa y mejoramiento de terrenos y las de pequeña irrigación, de acuerdo con los
programas formulados y que competa realizar al Gobierno Federal, por sí o en cooperación con las
autoridades estatales y municipales o de particulares;
XXVI. Regular y vigilar la conservación de las corrientes, lagos y lagunas de jurisdicción federal,
en la protección de cuencas alimentadoras y las obras de corrección torrencial;
XXVII. Manejar el sistema hidrológico del Valle de México;
XXVIII. Controlar los ríos y demás corrientes y ejecutar las obras de defensa contra inundaciones;
XXIX. Organizar y manejar la explotación de los sistemas nacionales de riego, con la intervención
de los usuarios, en los términos que lo determinen las leyes, en coordinación, en su caso, con la
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación;
XXX. Ejecutar las obras hidráulicas que deriven de tratados internacionales;
XXXI. Intervenir, en su caso, en la dotación de agua a los centros de población e industrias;
fomentar y apoyar técnicamente el desarrollo de los sistemas de agua potable, drenaje,
alcantarillado y tratamiento de aguas residuales que realicen las autoridades locales, así como
programar, proyectar, construir, administrar, operar y conservar por sí, o mediante el otorgamiento
de la asignación o concesión que en su caso se requiera, o en los términos del convenio que se
celebre, las obras y servicios de captación, potabilización, tratamiento de aguas residuales,
conducción y suministro de aguas de jurisdicción federal;
XXXV. Participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en la determinación de los
criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales y financieros necesarios para el
aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y el cuidado del medio ambiente;
XXXIX. Otorgar contratos, concesiones, licencias, permisos, autorizaciones, asignaciones, y
reconocer derechos, según corresponda, en materia de aguas, forestal, ecológica, explotación de la
flora y fauna silvestres, y sobre playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar;
XL. Diseñar y operar, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades, la
adopción de instrumentos económicos para la protección, restauración y conservación del medio
ambiente, y
XLI. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
ARTÍCULO 35.- A la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
XIV. Coordinar las acciones que el Ejecutivo Federal convenga con los gobiernos locales para el
desarrollo rural de las diversas regiones del país;
XXI. Fomentar la actividad pesquera a través de una entidad pública que tendrá a su cargo las
siguientes atribuciones:
a) Realizar directamente y autorizar conforme a la ley, lo referente a acuacultura; así como
establecer viveros, criaderos y reservas de especies acuáticas;
b) Promover, fomentar y asesorar técnicamente la producción, industrialización y comercialización
de los productos pesqueros en todos sus aspectos, en coordinación con las dependencias
competentes;
c) Estudiar, proyectar, construir y conservar las obras de infraestructura pesquera y de acuacultura
que requiere el desarrollo del sector pesquero, con la participación de las autoridades estatales,
municipales o de particulares;
105
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
d) Proponer a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación la
expedición de las normas oficiales mexicanas que correspondan al sector pesquero;
e) Regular la formación y organización de la flota pesquera, así como las artes de pesca,
proponiendo al efecto, a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación, las normas oficiales mexicanas que correspondan;
f) Promover la creación de las zonas portuarias, así como su conservación y mantenimiento;
g) Promover, en coordinación con la Secretaría de Economía, el consumo humano de productos
pesqueros, asegurar el abasto y la distribución de dichos productos y de materia prima a la industria
nacional; y
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-059-SEMARNAT-2001
Protección Ambiental – Especies Nativas de México de flora y fauna silvestres – Categorías de
riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio – Lista de especies en riesgo.
Diario Oficial de la Federación 6 de marzo del 2002. Página 151
106
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
APÉNDICE 4
LISTADO DE PRODUCTORES PESQUEROS EN LA ZONA DE
INFLUENCIA DE LA DELEGACIÓN MUNICIPAL DE PUERTO
ADOLFO LÓPEZ MATEOS
Información proporcionada por el Lic. Diego Iván de la Toba Soto,
Subdelegado de Puerto Adolfo López Mateos, Baja California Sur.
107
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
NUM
NOMBRE TITULAR
1
ARTURO NAVARRO SANCHEZ
2
CESARIO CASTRO LEAL
3
FRANCISCO XAVIER ARCE CORDERO
4
GENARO DE LA ROSA SANDOVAL
5
MARTHA PERALTA CASTAÑEDA
6
MIGUEL ANGEL ESPINOZA VAZQUEZ
ESPECIE
ESCAMA
LISA
TIBURON
ALMEJA CATARINA
ALMEJA GENEROSA
CALLO DE HACHA
ESCAMA
ALMEJA GENEROSA
ESCAMA
JAIBA
TIBURON
ALMEJA CATARINA
ALMEJA GENEROSA
CAMARON DE ESTERO
ESCAMA
ESCAMA
TIBURON
ALMEJA CATARINA
ALMEJA CHOCOLATA
ALMEJA GENEROSA
CALAMAR
CALLO DE HACHA
ESCAMA
7
MONICA DE LA TOBA MIRANDA
TIBURON
ALMEJA GENEROSA
CALAMAR
ESCAMA
8
RAMON ARMANDO VICTORIA ARCE
9
S.C.P.P. "ANTONIO CAMACHO VELAZQUEZ", S.C.L.
10
S.C.P.P. "AURORA DEL PUERTO, S.C. DE R.L.
ALMEJA CATARINA
ALMEJA GENEROSA
CALAMAR
ESCAMA
JAIBA
TIBURON
ALMEJA CATARINA
ALMEJA GENEROSA
CAMARON DE ESTERO
ESCAMA
ALMEJA GENEROSA
CALAMAR
CAMARON DE ESTERO
ESCAMA
11
S.C.P.P. "EBENECER DE BAJA CALIFORNIA SUR", S.C. DE
R.L.
12
S.C.P.P. "LOS ACOSTAS DE LOPEZ MATEOS", S.C. DE R.L.
13
S.C.P.P. "ROSALBA ZAPATA", S.C.L.
ALMEJA CATARINA
ALMEJA GENEROSA
CALAMAR
CAMARON DE ESTERO
ESCAMA
ALMEJA CATARINA
ALMEJA GENEROSA
CAMARON DE ESTERO
ESCAMA
ALMEJA CATARINA
ALMEJA GENEROSA
CALAMAR
CAMARON DE ESTERO
ESCAMA
PULPO
TIBURON
PERMISO
103087993-217
103087993-23
103087832-189
103087028-27
103087024-30
103087041-57
103087993-236
103038024-91
103087993-171
103087337-59
103087832-148
103087028-90
103087024-38
103038175-107
103087993-366
103087993-16-1
103087993-16-2
103087832-201
103087028-34
103087029-103
103087024-32
103087167-47
103087041-59
103087993-13-1
103087993-13-2
103087832-178
103087024-108
103087167-37
103087993268-1
103087993268-2
103053028-69
103087024-78
103053167-135
103087993-124
103053337-38
103053832-33
103087028-31
103087024-81
103087175-02
103087993-74-1
103087024-110
103087167-114
103087175-34
103087993-4-1
103087993-4-2
103087028-91
103087024-60
103087167-36
103087175-70
103087993-348
103087028-54
103087024-80
103087175-212
103087993-213
103111028-73
103111024-2
103087167-82
103053175-29
103111993-222
103087728-52
103111832-193
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EMB
3
1
5
2
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1
2
1
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3
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6
3
4
3
ESTATUS
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
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VIGENTE
VIGENTE
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VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
VIGENTE
108
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
CALAMAR
103087167-18
CAMARON DE ESTERO 103087175-6-1
103087028-61-1
ALMEJA CATARINA
103087028-61-2
ALMEJA GENEROSA
103111024-73
S.C.P.P. ACUAC. "STA. ELENITA", S.C. DE R.L.
CALAMAR
103087167-52
CALLO DE HACHA
103087041-36
CAMARON DE ESTERO 103053175-85
ESCAMA
103087993-347
S.C.P.P. ACUIC. Y TURISTICA "NATIVOS DE LOPEZ
ALMEJA CATARINA
103087028-40-2
MATEOS", S.C. DE R.L.
CAMARON DE ESTERO 103087175-84
ALMEJA CATARINA
103087028-78-1
ALMEJA GENEROSA
103087024-48
S.C.P.P. ANDRES ALBERTO ALVARADO ARAMBURO, S.C.L. CALAMAR
103087167-182
CAMARON DE ESTERO 103087175-35
ESCAMA
103087993-294
ALMEJA CATARINA
103111028-133
S.C.P.P. DUNAS DE PTO. ADOLFO LOPEZ MATEOS, S.C. DE ALMEJA GENEROSA
103087024-114
R.L.
CAMARON DE ESTERO 103087175-32
ESCAMA
103087993-212
ALMEJA GENEROSA
103111024-67
S.C.P.P. LOMITA AMARILLA, S DE R.L.
CAMARON DE ESTERO 103087175-43
ESCAMA
103087993-123
ALMEJA CATARINA
103087028-41
ALMEJA GENEROSA
103087024-11
CAMARON DE ESTERO 103053175-38
S.C.P.P. PESCADORES UNIDOS DEL PACIFICO, S.C.L.
103087993-61-1
ESCAMA
103087993-64-2
103087993-64-3
CALAMAR
103087167-41
CAMARON DE ESTERO 103087175-12
ESCAMA
103087993-158
103087832-29-1
S.C.P.P. PUERTO SAN CARLOS, S.C.L.
103087832-29-2
TIBURON
103087832-29-3
103087832-29-4
103087832-29-5
ALMEJA GENEROSA
103087024-121
CAMARON DE ESTERO 103053175-87
S.C.P.P. SANTA ROSA DE B.C.S., S. DE R.L.
103087993-80-1
ESCAMA
103087993-80-2
ALMEJA CATARINA
103087028-87
ALMEJA CHOCOLATA 103087029-89
ALMEJA GENEROSA
103087024-10
S.C.P.P. Y ACUIC. PESC. DEL COMPLEJO LAGUNAR BAHIA
CAMARON DE ESTERO 103087175-7
MAGDALENA, S.C. DE R.L.
CARACOL CHINO
103087202-2
ESCAMA
103087993-129
JAIBA
103087337-50
ALMEJA GENEROSA
103087024-139
CALLO DE HACHA
103087041-35
S.S.S. MARICULTORES DE BAHIA MAGDALENA, S. DE S.S.
CAMARON DE ESTERO 103053175-73
ESCAMA
103087993-117
ALMEJA CATARINA
103087028-8
SCPP Y ACUIC. CAMARONEROS DE PTO. LOPEZ MATEOS ALMEJA GENEROSA
103087027-125
S.C. DE R.L.
CAMARON DE ESTERO 103087175-28-2
ESCAMA
103087993-125
ALMEJA CATARINA
103087028-38
ALMEJA GENEROSA
103087024-59
SCPP. DE ALTAMAR "BOCANA DE LA SOLEDAD", S.C.L.
CALLO DE HACHA
103087041-159
CAMARON DE ESTERO 103053175-11
ESCAMA
103087993-95
S.C.P.P. "SARDINEROS BAJACALIFORNIANOS" , S.C.L.
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12
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109
CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
APÉNDICE 5
USUARIOS TRADICIONALES DEL ÁREA DE PESCA CONOCIDA
COMO “BAJO DEL 23” EN LA ZONA ALEDAÑA AL PUERTO
ADOLFO LÓPEZ MATEOS, BCS.
David Maldonado y Hoyt Peckham
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
La siguiente relación de usuarios se obtuvo por un proceso de auto-identificación con la
facilitación del Centro de Colaboración Cívica (CCC) en reuniones abiertas con el sector pesquero
de la localidad entre mayo y junio del 2010. El criterio para integrarse en la lista fue que los
pescadores hubieran dedicado al menos dos terceras partes de su esfuerzo pesquero (dirigido a la
escama) a la pesca con redes de fondo para la primera (redes mayores de 7 pulgadas de luz de
malla) en la zona conocida como “la 23” durante las últimas 5 temporadas de pesca. Durante las
sesiones de selección se solicitó que los asistentes validaran la inclusión de cada uno de los equipos
que manifestaron pertenecer al grupo de usuarios tradicionales. Se identificaron 17 equipos en total.
Algunos de los equipos/pescadores identificados declararon no estar afiliados a ninguna
cooperativa, pero trabajar en asociación con un permisionario o contar con un permiso rentado o
prestado. La información en cuanto a los nombres de las embarcaciones, matrículas, afiliación etc.
fue proporcionada de manera voluntaria por los pescadores interesados y no fue sujeta a una
verificación formal.
Nombre de la
embarcación
"?"
"?"
"?"
"?"
"?"
"?"
"?"
"?"
"?"
"?"
Isabel IV
0303001013-8
Isabel I
0303002113-8
Karla ult 10
0303004813-5
Karen ult 12
0303005013-8
Ricky
0303008313-6
Gabo
0303008414-5
María del Socorro
0303020713-6
Hania
Estero de López
Mateos N 2
El Pelillo
0303082113-5
Marcos Antonio Romero
Lucero
José Raúl Nieblas meza
0303093710-2
Salome Nieblas Meza
0303097210-2
Edgar A. Burgoin
Tato II
0303103613-6
José Arturo Contreras C.
Tato IV
0303136013-6
Leonardo de la Toba
González
Matrícula
Propietario/pescador
Sergio Victoria
Rodrigo García
Bocanegra
Pascual de la Rosa
Sandoval
José Arturo de la Toba
González
Darío De La Toba
José Abraham Montés
López
Alfonso Loera
José Manuel Osuna
Lucero
Pedro Antonio Sigala
Villavicencio
José Damacio Collins
Parra
Sergio García Tapia
Cooperativa
Libre
S.C.P.P. DE ALTAMAR "BOCANA DE LA
SOLEDAD", S.C.L.
S.C.P.P. PUERTO SAN CARLOS,
S.C.L./"NO"
S.C.P.P. Y ACUIC. CAMARONEROS DE
PTO. LÓPEZ MATEOS S.C. DE R.L.
S.S.S. MARICULTORES DE BAHIA
MAGDALENA, S. DE S.S.
S.C.P.P. ESTERO DE LÓPEZ
MATEOS/"NO"
S.C.P.P. PUERTO SAN CARLOS, S.C.L.
S.C.P.P. PESCADORES UNIDOS DEL
PACIFICO
S.C.P.P. DE ALTAMAR "BOCANA DE LA
SOLEDAD", S.C.L.
S.C.P.P. DE ALTAMAR "BOCANA DE LA
SOLEDAD", S.C.L.
S.C.P.P. DE ALTAMAR "BOCANA DE LA
SOLEDAD", S.C.L.
S.C.P.P. BAHÍA MAGDALENA
MIGUEL ÁNGEL ESPINOZA VÁZQUEZ
S.C.P.P. DE ALTAMAR "BOCANA DE LA
SOLEDAD", S.C.L.
"?"
S.C.P.P. PUERTO SAN CARLOS,
S.C.L./"NO"
S.C.P.P. Y ACUIC. CAMARONEROS DE
PTO. LÓPEZ MATEOS S.C. DE R.L.
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CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA Y PESQUERA DEL ÁREA DEL GOLFO DE ULLOA,
BAJA CALIFORNIA SUR
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