Download Cálculo de la TAE, según la normativa financiera

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TAE en cuenta de crédito y comparación costes.
Resultado de aprendizaje trabajado: RA 3. Criterio de evaluación: f)
Se han realizado informes comparativos de los costes financieros de cada
uno de los productos de financiación propuestos: DETERMINACIÓN
DEL COSTE DEL FACTORING
Tal y como se ha visto en el manual de Gestión Financiera de la editorial
MACMILLAN Profesional, en el factoring con cesión de créditos se
produce la financiación del cedente por parte del factor. Las formas de
disponer anticipadamente los créditos que se suelen pactar son:
 Un porcentaje de los créditos entregados. Operación que, en lo
referido al anticipo, se asemeja al descuento de efectos y en la que el
factor ingresa en la cuenta del cedente de un 80 a un 90 % de los
créditos cedidos, pudiendo llegar al 100 %.
 Según las necesidades del cedente. Operación semejante a la cuenta
de crédito en la que el cedente dispone hasta un límite de los créditos
cedidos cuando así lo desee.
En ambos casos, al vencimiento, cuando el factor cobre la factura a los
obligados a pagarla, ingresará en la cuenta corriente del cedente el importe que no ha sido dispuesto por él anticipadamente.
En el caso de que haya un anticipo del dinero, el factor debe informar
al cedente cuando liquide esa operación de su tae. Para ello, tal y como establece la normativa del Banco de España, no deberá tener en
cuenta la comisión de factoraje, la cual incluye el coste de todos los
servicios diferentes a los relacionados con el anticipo.
Para el caso de que se anticipe sólo una parte del nominal del crédito,
para obtener la TAE se calcula el tipo interés que hace equivalente al
valor efectivo recibido restando los intereses cobrados y comisiones relacionadas con el anticipo de efectos.
Para calcular el coste que realmente ha tenido la empresa, expresado en
tanto por ciento, habrá de tenerse en cuenta también esos gastos relacionados con la gestión de cobro y la cobertura frente al impago, siempre
que esté incluido ese servicio, prescindiendo del IVA
Ejemplo: El factoring y sus costes.
La empresa INDUSA tiene firmado un contrato de factoring sin recurso con SILFACTORING con las siguientes
condiciones contractuales atendiendo a los distintos servicios que presta:
 Por la gestión de cobro: facturación 50 € por documento y cobro un 0,50 % del nominal.
 Por el anticipo de los créditos, tasa de descuento bancario simple 11,25 % (año comercial de 360 días),
adelantando el 90 % del nominal y el resto al vencimiento.
 Por la garantía del cobro, un 2 % del nominal del efecto.
La empresa INDUSA le presenta a SILFACTORING los siguientes documentos cuya formalización, deudor y
límites están dentro de las estipulaciones del contrato de factoring, con fecha de liquidación del 19-9-20XX,
anticipando el dinero que vemos en los cálculos realizados:
Pedro Garayoa Alzórriz
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Ejemplo: Continuación del ejemplo factoring y sus costes.
Comprobada la liquidación anterior por el administrativo del departamento financiero, se observa que está correctamente calculada la liquidación.
Para determinar el coste de esta vía de financiación a corto plazo, según la propuesta por el Banco de España,
habrá que prescindir de los todos aquellos gastos ocasionados por servicios diferentes a la función financiera prestados por el factor. Además, debemos tener en cuenta que puede ser que no se haya anticipado todo el dinero sino
una parte del nominal como es en este supuesto (el 90 % del nominal). Por tanto, al líquido percibido por el adelanto del 90% del nominal de los albaranes (33 505,06 €) los 200 € del servicio de facturación, los 197,50 € de la comisión de cobro, 790 € de la de insolvencia y 249,38 € del IVA. Ese valor será igual a 34 941,94 €.
Al igual de lo que sucede en el anticipo de efectos, la corriente de pagos que debe realizar es el nominal que r enuncia a cobrar en su vencimiento porque lo ha cobrado anticipadamente, teniendo en cuenta que es tan sólo el
90% de cada documento.
Gráficamente, el problema de la obtención de esta sería como se representa en la siguiente imagen:
Si fijamos el momento 0 para valorar a todos los capitales (establecer la equivalencia), se tiene la siguiente fórmula
(la que se tiene en el manual):
34 941,94€  10 800  1  tae 

27
365
 7 650  1  tae 

40
365
 4 500  1  tae 
tae  0,1222  12,22%
Pedro Garayoa Alzórriz

56
365
 12 600  1  tae 

87
365
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Ejemplo: Continuación del ejemplo factoring y sus costes.
Para resolver el problema anterior, se utiliza una hoja de cálculo y, dado que los vencimientos no responden a frecuencias constantes, se emplea la función TIR.NO.PER(), colocando la información y la fórmula como sigue:
Para calcular el coste real, se habrá de considerar todos los gastos, incluidos los destinados a retribuir las funciones
distintas de la financiera, excepto el IVA soportado por los servicios no exentos prestados por el factor, si INDUSA
realiza una actividad que puede ser deducido en su declaración. Por tanto, al líquido percibido por el adelanto del
90% del nominal de los albaranes (33 505,06 €) sólo se le suma los 249,38 € del IVA. Gráficamente se ría:
Si fijamos el momento 0 para valorar a todos los capitales (establecer la equivalencia), se tiene la siguiente fórmula
(la que se tiene en el manual):
33 754,44€  10 800  1  cea 

27
365
 7 650  1  cea 

40
365
 4 500  1  cea 

56
365
 12 600  1  cea 

87
365
cea  0,4156  41,56%
Para resolver el problema anterior, se utiliza una hoja de cálculo y, dado que los vencimientos no responden a frecuencias constantes, se emplea la función TIR.NO.PER(), colocando la información y la fórmula como sigue:
Se observa una diferencia más que considerable que existe entre la TAE calculada con los criterios del propuestos
del Banco de España y el coste real para la empresa. Ello se debe a que la primera sólo tiene en cuenta los gastos
financieros provocados por el anticipo de los créditos y en el coste sí se tiene en cuenta los demás servicios prestados por el factor.
Si la empresa INDUSA quisiese comparar el coste de esta vía de financiación con la del descuento de efectos, debería comparar las TAE’s respectivas con la normativa del Banco de España. Pero también tendrá en cuenta que el
factor le presta servicios como el de facturación (habrá de valorar el ahorro que administrativo que le produce) y de
aseguramiento (ahorro del seguro de crédito que garantice el cobro de los efectos en idénticas condiciones).
Pedro Garayoa Alzórriz