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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE ESPACIO PUBLICITARIO QUE
CELEBRAN POR UN PARTE, PUBLICIDAD EN PLASTICOS MAQUINADOS
Y TRANSPORTES S.A. DE C.V., REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL
C. JESUS LOPEZ ALVARADO A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA
EFECTOS
DE ESTE CONTRATO
SE
LE DENOMINARA
"EL
ARRENDADOR", POR OTRA PARTE EL "INSTITUTO DE ACCESO A LA
INFORMACION
PUBLICA
GUBERNAMENT AL
DEL
ESTADO
DE
HIDALGO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA C. L1C. FLOR DE
MARIA LOPEZ GONZALEZ, EN SU CARAcTER DE CONSEJERA
PRESIDENTA DE DICHA INSTITUCION, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y
PARA EFECTOS DE ESTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARA "EL
ARRENDATARIO",
BAJO LAS SIGUIENTES
DECLARACIONES
Y
CLAUSULAS:
A).- Del "EI Arrendador"
1.- Que es legftimo propietario de un anuncio espectacular tipo mura, que se
encuentra ubicadoen la antigua carretera Mexico-Pachuca No. 128, Col. Venta
Prieta, boulevard Felipe Angeles, de la ciudad de Pachuca, Hidalgo.
11.- Que cuenta con todos los permisos municipales y de las autoridades
correspondientes, asf como los derechos de propiedad, con la capacidad legal
y actua por su prapio derecho para celebrar el siguiente contrato.
11I.- Que para efectos de este contrato senala como domicilio fiscal el ubicado
B).- Del "EI Arrendatario"
1.- Ser un organismo publico autonomo, con personalidad jurfdica y patrimonio
propios, con Registro Federal de Contribuyentes IAA071231BS8.
11.- Que la Consejera Presidenta tiene la representacion legal del Instituto de
conformidad con 10 previsto en el articulo 89 de la Ley de Transparencia y
Acceso a la Informacion Publica Gubernamental del Estado de Hidalgo,
promulgada el 29 de Diciembre de 2006.
11I.- Que acredita su personalidad con el nombramiento otargado a su favor par
el Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo.
IV.- Que cuenta con la capacidad legal para celebrar el presente contrato.
V.- Que requiere en Arrendamiento
instrumento,
en virtud de no contar
adecuado.
el inmueble materia del presente
dentra de sus instalaciones
con el
VI.- Que para efectos de este contrato, senala como domicilio legal el ubicado
en Magnolia
Hidalgo.
num. 700, Fraccionamiento
Una caratula de dimensiones
La Hacienda, C.P. 42090, Pachuca,
de 18.00 m de ancho y 9.00 m de altura de un
anuncio espectacular tipo mura, ubicado en la antigua carretera MexicoPachuca No. 128 Col. Venta Prieta, Boulevard Felipe Angeles en la Ciudad de
Pachuca de Soto en el Estado de Hidalgo con un importe de $17,000.00
y siete mil pesos 00/100 M.N.) mas ellmpuesto al Valor Agregado.
(Diez
Pagos mensuales por un periodo de 30 dfas la cantidad de $17,00.00 (Diez y
siete mil pesos 00/100 M.N.) mas I.V.A., 0 el equivalente al numero de dfas
contratados.
C).- De "Las Partes"
Unico.- Por 10 expuesto en las declaraciones que anteceden y reconociendose
mutuamente capacidad legal para celebrar el presente contrato, se sujetan a
las siguientes:
PRIMERA.- "EI Arrendador", da en arrendamiento a "EI Arrendatario" la
cantidad y tipo de espacios publicitarios que aparecen en la primera parte de
este contrato en la secci6n de "espacioscontratados" bajo los conceptos que
ahi se describen durante la fecha indicada en la secci6n de "periodo". EI
espacio publicitario sera arrendado para que en el "EI Arrendatario" instale su
material en el espacio especificado. EI arrendamiento objeto de este contrato,
incluye al alquiler del espacio publicitario durante la vigencia del contrato,
ademas el de la colocaci6n del cartel pUblicitario.
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SEGUNA.- Como contraprestaci6n, "EI Arrendatario"
pagara a "EI
Arrendador" la cantidad establecida en la primera parte del presente contrato
en la secci6n "forma de pago" bajo el concepto de "importe", el primer pago
_.2~reaJizado el dra de la firma del contrato por el importe que corresponda a
15 dras y los pagos subsecuentes seran mensuales durante los 10 primeros
dras del mes respective al pago. EI retraso de cualquiera de los pagos
establecidos en esta secci6n sera causa de rescisi6n definitiva del presente
contrato.
TERCERO.- EI presente contrato tendra vigencia a partir de la fecha
establecida en la primera parte del contrato en la secci6n de "periodo" bajo el
concepto "fecha de montaje" y se dara por terminado una vez que se haya
cumplido 10 establecido en la secci6n de la primera parte del contrato en la
secci6n "forma de pago", sin perjuicio de que sigan haciendose pagos de
acuerdo a esta secci6n.
CUARTA.- EI texto de los carteles no debera contener mensajes que atenten
contra las leyes, la moral las buenas costumbres 0 los derechos de los
terceros. "EI Arrendatario" sera responsable del contenido 0 diserio de los
carteles, la utilizaci6n de frases, nombres comerciales, marcas, logotipos y
otros signos distintivos.
QUINTA.- En caso de deterioro 0 desaparici6n del cartel exhibido en el espacio
publicitario arrendado, per causas ajenas a las partes, "EI Arrendador" no se
compromete a reponer en su lugar un ejemplar nuevo.
SEXTA.- "EI Arrendador" se compromete a mantener en buen estado el
anuncio asr como los gastos de mantenimiento.
SEPTIMA.- En caso de que se obstruyera la visibilidad del anuncio contratado;
por situaciones externas (obras de gobierno y fen6menos naturales) "E!
Arrendador" pondra "AI Arrendatario" soluciones y alternativas (un sitio igual
o similar), y previa aceptaci6n se haran los cambios correspondientes.
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En caso de que por disposiciones de ley se tuviera que retirar 0 cambiar el
anuncio de ubicacion; y que la renta fuera superior al pago actual; previa
aceptacion, la diferencia debera ser cubierta par "EI Arrendatario"; asf mismo
si este no aceptara, 0 no existiera otra ubicacion igual 0 similar a la contratada,
se dara por terminado este contrato sin penalizacion para ninguna de las
partes.
OCTAVA.- Son con cargo para "EI Arrendador" los riesgos totales del
anuncio, tanto de los danos que pueda sufrir en si el anuncio, como de los
danos que pueda ocasionar a terceros, "EI Arrendador" se obliga a mantener
en vigor un seguro de responsabilidad civil durante la vigencia de este contrato.
NOVENA.- "EI Arrendador" se compromete a colocar la lona a mas tardar 48
horas posteriores a su recepcion.
DeCIMA.- "EI Arrendador" no se hace responsable de los carteles una vez
finalizado el presente contrato.
DECIMA PRIMERA.- "EI Arrendador" se obliga a presentar la documentacion
fiscal para el perfeccionamiento de este contrato.
DeCIMA SEGUNDA.- Ninguna de las partes podra transmitir 0 ceder en todo 0
en parte los derechos y obligaciones contrafdas en este contrato, sin el
consentimiento par escrito de la otra parte.
DECIMA TERCERA.- En caso de que "EI Arrendatario" decida terminar
anticipadamente el presente contrato, se obliga a pagar un 20% del monto
restante por pagar como penalizacion.
DeCIMA CUARTA.- Para efectos de este contrato, las partes senalan como
sus domicilios los ya senalados. Mientras las partes no se notifiquen par escrito
el cambio de sus domicilios, todas las diligencias judiciales y/o extrajudiciales
practicadas en los mismos, surtiran plenamente sus efectos.
DeCIMA QUINTA.- Para todo 10 relativo a la interpretacion y cumplimiento del
presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdiccion y
competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Pachuca de Soto,
Hidalgo, renunciando a cualquier fuero que por razon de su domicilio presente
o futuro pudiese corresponderles.
DECIMA SEXTA.- Las partes tendran derechos y obligaciones que para tal
efecto senalan los artfculos 2385 y 2414 del C6digo Civil para el Estado de
Hidalgo.
DeCIMA SEPTIMA.- Lefdo por ambas partes el presente contrato, 10 firman
ante la presencia de los testigos mencionados al final del presente instrumento
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celebrado
en la Ciudad de Pachuca de Sito, Estado de Hidalgo. Este contrato
--
adquiere Plena Validez y vigencia el dfa 13 del m_~_!?_Q~L$13Qtl§l'!1J:>r~_geL~011.
C. JESUS ALVARADO
LOPEZ.
REPRSENTANTELEGAL
C. CRISTIAN ANDRES CHAVEZ
ROJAS.
E ST¥AFFON
MARTIN DEL CAMPO.
DIRECTOR DE ADMaN
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L.C. ELIAS LUNA VANEZ.
SUBDIRECTOR
V FINANZAS.
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L1C. LU'CIAORTIZ PINA.
TITlj1..AR DE LA UNIDAD DE
L-'CONTROL INTERNO.