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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE ESPACIO PUBLICITARIO QUE CELEBRAN POR UN PARTE, PUBLICIDAD EN PLASTICOS MAQUINADOS Y TRANSPORTES S.A. DE C.V., REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. JESUS LOPEZ ALVARADO A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LE DENOMINARA "EL ARRENDADOR", POR OTRA PARTE EL "INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENT AL DEL ESTADO DE HIDALGO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA C. L1C. FLOR DE MARIA LOPEZ GONZALEZ, EN SU CARAcTER DE CONSEJERA PRESIDENTA DE DICHA INSTITUCION, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DE ESTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARA "EL ARRENDATARIO", BAJO LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS: A).- Del "EI Arrendador" 1.- Que es legftimo propietario de un anuncio espectacular tipo mura, que se encuentra ubicadoen la antigua carretera Mexico-Pachuca No. 128, Col. Venta Prieta, boulevard Felipe Angeles, de la ciudad de Pachuca, Hidalgo. 11.- Que cuenta con todos los permisos municipales y de las autoridades correspondientes, asf como los derechos de propiedad, con la capacidad legal y actua por su prapio derecho para celebrar el siguiente contrato. 11I.- Que para efectos de este contrato senala como domicilio fiscal el ubicado B).- Del "EI Arrendatario" 1.- Ser un organismo publico autonomo, con personalidad jurfdica y patrimonio propios, con Registro Federal de Contribuyentes IAA071231BS8. 11.- Que la Consejera Presidenta tiene la representacion legal del Instituto de conformidad con 10 previsto en el articulo 89 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Gubernamental del Estado de Hidalgo, promulgada el 29 de Diciembre de 2006. 11I.- Que acredita su personalidad con el nombramiento otargado a su favor par el Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Hidalgo. IV.- Que cuenta con la capacidad legal para celebrar el presente contrato. V.- Que requiere en Arrendamiento instrumento, en virtud de no contar adecuado. el inmueble materia del presente dentra de sus instalaciones con el VI.- Que para efectos de este contrato, senala como domicilio legal el ubicado en Magnolia Hidalgo. num. 700, Fraccionamiento Una caratula de dimensiones La Hacienda, C.P. 42090, Pachuca, de 18.00 m de ancho y 9.00 m de altura de un anuncio espectacular tipo mura, ubicado en la antigua carretera MexicoPachuca No. 128 Col. Venta Prieta, Boulevard Felipe Angeles en la Ciudad de Pachuca de Soto en el Estado de Hidalgo con un importe de $17,000.00 y siete mil pesos 00/100 M.N.) mas ellmpuesto al Valor Agregado. (Diez Pagos mensuales por un periodo de 30 dfas la cantidad de $17,00.00 (Diez y siete mil pesos 00/100 M.N.) mas I.V.A., 0 el equivalente al numero de dfas contratados. C).- De "Las Partes" Unico.- Por 10 expuesto en las declaraciones que anteceden y reconociendose mutuamente capacidad legal para celebrar el presente contrato, se sujetan a las siguientes: PRIMERA.- "EI Arrendador", da en arrendamiento a "EI Arrendatario" la cantidad y tipo de espacios publicitarios que aparecen en la primera parte de este contrato en la secci6n de "espacioscontratados" bajo los conceptos que ahi se describen durante la fecha indicada en la secci6n de "periodo". EI espacio publicitario sera arrendado para que en el "EI Arrendatario" instale su material en el espacio especificado. EI arrendamiento objeto de este contrato, incluye al alquiler del espacio publicitario durante la vigencia del contrato, ademas el de la colocaci6n del cartel pUblicitario. t SEGUNA.- Como contraprestaci6n, "EI Arrendatario" pagara a "EI Arrendador" la cantidad establecida en la primera parte del presente contrato en la secci6n "forma de pago" bajo el concepto de "importe", el primer pago _.2~reaJizado el dra de la firma del contrato por el importe que corresponda a 15 dras y los pagos subsecuentes seran mensuales durante los 10 primeros dras del mes respective al pago. EI retraso de cualquiera de los pagos establecidos en esta secci6n sera causa de rescisi6n definitiva del presente contrato. TERCERO.- EI presente contrato tendra vigencia a partir de la fecha establecida en la primera parte del contrato en la secci6n de "periodo" bajo el concepto "fecha de montaje" y se dara por terminado una vez que se haya cumplido 10 establecido en la secci6n de la primera parte del contrato en la secci6n "forma de pago", sin perjuicio de que sigan haciendose pagos de acuerdo a esta secci6n. CUARTA.- EI texto de los carteles no debera contener mensajes que atenten contra las leyes, la moral las buenas costumbres 0 los derechos de los terceros. "EI Arrendatario" sera responsable del contenido 0 diserio de los carteles, la utilizaci6n de frases, nombres comerciales, marcas, logotipos y otros signos distintivos. QUINTA.- En caso de deterioro 0 desaparici6n del cartel exhibido en el espacio publicitario arrendado, per causas ajenas a las partes, "EI Arrendador" no se compromete a reponer en su lugar un ejemplar nuevo. SEXTA.- "EI Arrendador" se compromete a mantener en buen estado el anuncio asr como los gastos de mantenimiento. SEPTIMA.- En caso de que se obstruyera la visibilidad del anuncio contratado; por situaciones externas (obras de gobierno y fen6menos naturales) "E! Arrendador" pondra "AI Arrendatario" soluciones y alternativas (un sitio igual o similar), y previa aceptaci6n se haran los cambios correspondientes. j ;; 1 En caso de que por disposiciones de ley se tuviera que retirar 0 cambiar el anuncio de ubicacion; y que la renta fuera superior al pago actual; previa aceptacion, la diferencia debera ser cubierta par "EI Arrendatario"; asf mismo si este no aceptara, 0 no existiera otra ubicacion igual 0 similar a la contratada, se dara por terminado este contrato sin penalizacion para ninguna de las partes. OCTAVA.- Son con cargo para "EI Arrendador" los riesgos totales del anuncio, tanto de los danos que pueda sufrir en si el anuncio, como de los danos que pueda ocasionar a terceros, "EI Arrendador" se obliga a mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil durante la vigencia de este contrato. NOVENA.- "EI Arrendador" se compromete a colocar la lona a mas tardar 48 horas posteriores a su recepcion. DeCIMA.- "EI Arrendador" no se hace responsable de los carteles una vez finalizado el presente contrato. DECIMA PRIMERA.- "EI Arrendador" se obliga a presentar la documentacion fiscal para el perfeccionamiento de este contrato. DeCIMA SEGUNDA.- Ninguna de las partes podra transmitir 0 ceder en todo 0 en parte los derechos y obligaciones contrafdas en este contrato, sin el consentimiento par escrito de la otra parte. DECIMA TERCERA.- En caso de que "EI Arrendatario" decida terminar anticipadamente el presente contrato, se obliga a pagar un 20% del monto restante por pagar como penalizacion. DeCIMA CUARTA.- Para efectos de este contrato, las partes senalan como sus domicilios los ya senalados. Mientras las partes no se notifiquen par escrito el cambio de sus domicilios, todas las diligencias judiciales y/o extrajudiciales practicadas en los mismos, surtiran plenamente sus efectos. DeCIMA QUINTA.- Para todo 10 relativo a la interpretacion y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten expresamente a la jurisdiccion y competencia de los juzgados y tribunales de la ciudad de Pachuca de Soto, Hidalgo, renunciando a cualquier fuero que por razon de su domicilio presente o futuro pudiese corresponderles. DECIMA SEXTA.- Las partes tendran derechos y obligaciones que para tal efecto senalan los artfculos 2385 y 2414 del C6digo Civil para el Estado de Hidalgo. DeCIMA SEPTIMA.- Lefdo por ambas partes el presente contrato, 10 firman ante la presencia de los testigos mencionados al final del presente instrumento ifl.'. Ii ! celebrado en la Ciudad de Pachuca de Sito, Estado de Hidalgo. Este contrato -- adquiere Plena Validez y vigencia el dfa 13 del m_~_!?_Q~L$13Qtl§l'!1J:>r~_geL~011. C. JESUS ALVARADO LOPEZ. REPRSENTANTELEGAL C. CRISTIAN ANDRES CHAVEZ ROJAS. E ST¥AFFON MARTIN DEL CAMPO. DIRECTOR DE ADMaN )i / "'\6 '" " ;\\ \. L.C. ELIAS LUNA VANEZ. SUBDIRECTOR V FINANZAS. DE ADMON )< -'\ I " t, ...' , " ~'U" r\~Y ;\\1,1 'r /'''' \ L1C. LU'CIAORTIZ PINA. TITlj1..AR DE LA UNIDAD DE L-'CONTROL INTERNO.