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UNIVERSIDAD DE TALCA
RECTORÍA
;:TROL
APRUEBA RENOVACIÓN DE CONTRATO
ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO CON
EMPRESA AUTOMOTRIZ QUELLE LTDA.
PREVO DE LEO
DE
LA
TALCA, O 9 ENE. 2012
N° O 6 9
VISTOS:
Las facultades que me confieren los D.F.L. N°s. 36
y 152 drf 1981, el Decreto Supremo N° 184 de 2010, todos del Ministerio de Educación y
la Resc/ución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
a) Que, las partes mantienen un contrato de
arrendamiento cuyo objeto consiste en el arriendo de un automóvil Chevrolet Corsa, patente WZ
5424, para uso exclusivo en actividades de ejecución de Proyecto Fondef denominado
"Maximización de la Productividad de Arándanos Frescos en la Región del Maule: Manejo e
Integración de Factores de Precosecha, Cosecha y Postcosecha", código D09R1008, aprobado
mediante R.U. N° 499, de fecha 12 de mayo de 2011, y la necesidad de renovar el contrato
original.
b) Lo solicitado por el Director del Proyecto, a través
de Carta de fecha 29 de diciembre de 2011.
RESUELVO:
1.- Apruébase la renovación de contrato de
arrendamiento de vehículo, acordada con fecha 09 de diciembre de 2011, entre la Universidad
de Talca, representada por su Rector don Alvaro Rojas Marín, y la empresa Automotriz Quelle
Ltda., representada por don Osear Carrasco Auladcll, cuyo propósito es renovar el contrato
suscrito entre las partes, en el sentido de establecer que este se prolongará por un período que
va desde el 01 de noviembre de 2011 hasta el 31 de agosto de 2012, ambos días inclusive. La
renovación mencionada se detalla en la renovación de contrato de arrendamiento de vehículo
adjunto, que para todos los efectos forma parte de esta Resolución.
en el contrato original.
ANÓTESE lo
Y COMUNIQÚESE.
\ En lo no modificado, rige íntegramente
dispuesto
GHJ^CATIRASCO SILVA
SECRETARIO GENERAL
DE TALCA
DOCUMENTO TOTALMENTE TRAMITADO
CON FECHA.
TALCA
RENOVACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO
ENTRE LA UNIVERSIDAD DE TALCA Y LA EMPRESA AUTOMOTRÍZ QUELLE LIMITADA
En Talca, a 09 de diciembre de 2011, entre la UNIVERSIDAD DE TALCA, R.U.T. 70.885.500-6,
representada legalrnente por su Rector don ALVARO ROJAS MARÍN, ambos domiciliados para estos
efectos en calle 2 Norte N° 685, de la comuna de Talca, en adelante e indistintamente "la
Universidad", y la empresa AUTOMOTRÍZ QUELLE LIMITADA, R.U.T. N° 79.619,500-2, representada
legalrnente por don ÓSCAR CARRASCO AULADELL, ambos domiciliados para estos efectos en calle
9 Norte N° 1040, de la comuna de Talca, en adelante e indistintamente "el Arrendador", se celebra
la siguiente renovación de contrato de arrendamiento de vehículo:
CLÁUSULA PRIMERA. ANTECEDENTES.
Con fecha 31 de diciembre
de 2010, las partes suscribieran un contrato de arrendamiento de
vehículo Chevrolet Corsa, patente WZ 5424, para uso exclusivo en actividades de ejecución del
Proyecto Fondef denominado "Maximización de la Productividad de Arándanos Frescos en la
Región del Maule: Manejo e Integración de Factores de Precosecha, Cosecha y Postcosecha",
código D09R1008, aprobado por R.U. N° 499 de fecha 12 de mayo de 2011, con una duración de 10
meses corridos, siendo renovado automáticamente, por un valor total de $2.125.000.- (Dos millones
ciento veinte cinco mil pesos) IVA incluido. Todo lo antes mencionado se encuentra descrito en las
cláusulas Primera, Segunda y Quinta, de! contrato original.
Con fecha 01 de diciembre de 2011, el Sr. Jorge Retamales Arando, Director Proyecto Fondef
D09R1008 de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad de Talca, solicita una renovación
del contrato de arrendamiento antes individualizado, según se establece en Cláusula Octava del
actual compromiso contractual, señalando que será renovable hasta por 2 períodos, en las mismas
condiciones del contrato original, si la Universidad notifica por escrito al arrendador en este sentido.
CLÁUSULA SEGUNDA: RENOVACIÓN DE PLAZO.
Considerando lo antes señalado, las partes acuerdan renovar el contrato de arrendamiento
indicado, en el sentido de establecer que este se prolongará por un período que va desde e! 01 de
noviembre de 2011 hasta el 31 agosto de 2012, ambos días inclusive.
1
CLAUSULA TERCERA. CONTRATO ORIGINAL
En todo lo no modificado por el presente instrumento queda vigente lo dispuesto en el contrato
celebrado por las partes con fecha 31 de diciembre de 2010, aprobado por R.U. N° 499/2011.
CLÁUSULA CUARTA. EJEMPLARES.
La presente renovación se firma en 3 ejemplares de un mismo tenor y fecha, quedando 2 en poder
de ¡a Universidad y 1 en poder del arrendador.
CLÁUSULA QUINTA: DOMICILIO Y PERSONERÍAS.
Para todos los efectos legales las portes fijan domicilio en la ciudad de Talca y se someten a la
jurisdicción de sus Tribunales.
La personería del Rector Alvaro Rojas Marín para actuar en representación de la Universidad de
Talca emana de los Artículos 1° y 12 N° 2 del Decreto con Fuerza de Ley N° 152, del Ministerio de
Educación, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Estatuto de la Universidad de Talca, así como
del Decreto Supremo de Nombramiento como Rector, D.S. N° 184, del Ministerio de Educación, de
fecha 27 de abril de 2010, publicado en el Diario Oficial el 18 de junio del mismo año.
AULADELL
REPRESENTANTE LEGAL
AUTOAAOTRÍZ QUELLE LIMITADA
E TALCA