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UNIVERSIDAD DE TALCA RECTORÍA !TROL PREVIO DE LEGAl AP/OBADO 1 íl/SFT. 2Q13~ REGULARIZA RENOVACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO CON LA EMPRESA QUELLE LTDA. TALCA, 03 SEL 2013 N° TALCA 1 2 12; V1STOS: Las facultades que me confieren los decretos con fuerza de ley N°s. 36 y 152 de 1981, el decreto supremo N° 184 de 2010, todos del Ministerio de Educación y la resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: a) La R.U. N° 612, de fecha 20 de mayo de 2013, que aprobó la segunda renovación del contrato de arrendamiento de vehículo con la empresa Automotriz Quelle Ltda. b) La necesidad de regularizar la relación contractual entre la empresa y la Universidad. RESUELVO: 1.- Apruébase la renovación de contrato de arrendamiento de vehículo, de fecha 06 de agosto de 2013, suscrito entre la Universidad de Talca, representada por su Rector don Alvaro Rojas Marín, y la empresa Automotriz Quelle Ltda., representada por su Representante Legal don Osear Carrasco Auladell, a través del cual las partes acuerdan renovar el contrato de arrendamiento por el período comprendido entre el 01 de septiembre de 2012 hasta el 30 de junio de 2013, ambos días inclusive. El escrito señalado se adjunta y para todos los efectos forma parte de esta Resolución. 2.- Impútese el gasto derivado de la presente resolución al Centro de Responsabilidad FCA 800 835. ANÓTESE Y COMUNIQÚESE. u u L - l C A üt NAILILLO SECRETARIO GENERAL TALCA UNIVERSIDAD CHILE RENOVACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE TALCA Y LA EMPRESA AUTOMOTRÍZ QÜELLE LIMITADA En Talca, a - 6 AGG 2013 , entre la UNIVERSIDAD DE TALCA, R.U.T. 70.885.500-6, representada legalmente por su Rector don ALVARO ROJAS MARÍN, ambos domiciliados para estos efectos en calle 2 Norte N° 685, de la comuna de Talca, en adelante e indistintamente "la Universidad", y la empresa AUTOMOTRÍZ QÜELLE LIMITADA, R.U.T. N° 79.619.500-2, representada legalmente por don ÓSCAR CARRASCO AULADELL, ambos domiciliados para estos efectos en calle 9 Norte N° 1040, de la comuna de Talca, en adelante e indistintamente "el Arrendador", se celebra la siguiente renovación de contrato de arrendamiento de vehículo: CLÁUSULA PRIMERA. ANTECEDENTES. Con fecha 31 de diciembre de 2010, las partes suscribieron un contrato de arrendamiento de vehículo Chevrolet Corsa, patente WZ 5424, para uso exclusivo en actividades de ejecución del Proyecto Fondef denominado "Maximización de la Productividad de Arándanos Frescos en la Región del Maule: Manejo e Integración de Factores de Precosecha, Cosecha y Postcosecha", código D09R1008, aprobado por R.U. N° 499 de fecha 12 de mayo de 2011, con una duración de 10 meses corridos renovable en las mismas condiciones y forma previstas, hasta por 2 períodos, por un valor total de $2.125.000.- (Dos millones ciento veinte cinco mil pesos) IVA incluido. Todo lo antes mencionado se encuentra descrito en las cláusulas Primera, Segunda y Quinta, del contrato original. Con fecha 09 de diciembre de 2011, las partes acuerdan renovar el contrato por un período que va desde el 01 de noviembre de 2011 al 31 de agosto de 2012, en las mismas condiciones y forma previstas en el contrato origina!. Dicha renovación fue aprobada por R.U. N° 69/2012. Con fecha 20 de mayo de 2013, mediante R.U. N° 612/2013, la Universidad aprueba segunda renovación del contrato antes descrito, por un periodo que va desde el 01 de septiembre de 2012 al 30 de junio de 2013, ambos días inclusive. Con fecha 11 de julio de 2013, la Sra. Claudia Moggia Lucchini Director Alterno Proyecto Fondef D09R1008 de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad de Talca, solicita una renovqpi^ del contrato de arrendamiento individualizado en el inciso primero. Posteriormente, con julio de 2013, el Sr. Jorge Retamales Arando, Director Proyecto Fondef D09R1008 de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad de Talca, hace presente que el arrendador ha entregado excelentes servicios, durante la ejecución del proyecto, además informa que desde el 01 de septiembre de 2012 y hasta la fecha, el arrendador ha mantenido los servicios, a la espera de renovación del mismo, lo cual ha permitido que la ejecución del proyecto no se vea afectada y un compromiso de satisfacción y calidad desde la automotora. CLÁUSULA SEGUNDA. RENOVACIÓN DE PLAZO. Considerando lo antes señalado, las partes acuerdan renovar el contrato de arrendamiento indicado, en el sentido de establecer que este se prolongará por un período que va desde el 01 de septiembre de 2012 hasta el 30 de junio de 2013, ambos días inclusive. CLÁUSULA TERCERA. CONTRATO ORIGINAL. En todo lo no modificado por el presente instrumento queda vigente lo dispuesto en el contrato celebrado por las partes con fecha 31 de diciembre de 2010, aprobado por R.U. N° 499/2011 y su posterior renovación de fecha 09 de diciembre de 2011, aprobada por R.U. N° 69, de fecha 09 de enero de 2012. CLÁUSULA CUARTA. EJEMPLARES. La presente renovación se firma en 3 ejemplares de un mismo tenor y fecha, quedando 2 en poder de la Universidad y 1 en poder del arrendador. CLÁUSULA QUINTA: DOMICILIO Y PERSONERÍAS. Para todos los efectos legales las partes fijan domicilio en la ciudad de Talca y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales. La personería del Rector Alvaro Rojas Marín para actuar en representación de la Universidad de Talca emana de los Artículos 1° y 12 N° 2 del Decreto con Fuerza de Ley N° 152, del Ministerio de Educación, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Estatuto de la Universidad de Talca, así como del Decreto Supremo de Nombrar^tento como Rector, D.S. N° 184, del Ministerio de Educación, de fecha 27 de abril de 2010, publiafado/en el Diario Oficial el 18 de junio del/dismo año. LV/ARO ROJAS AWÍRIN RECTOR AUTOMOTRZ QUELLE LIMITADA NIVERSIBAB-ÜFMLC A