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UNIVERSIDAD DE TALCA
RECTORÍA
!TROL PREVIO DE LEGAl
AP/OBADO
1
íl/SFT. 2Q13~
REGULARIZA
RENOVACIÓN
DE
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE
VEHÍCULO CON LA EMPRESA QUELLE
LTDA.
TALCA, 03 SEL 2013
N°
TALCA
1 2 12;
V1STOS:
Las facultades que me confieren los
decretos con fuerza de ley N°s. 36 y 152 de 1981, el decreto supremo N° 184 de
2010, todos del Ministerio de Educación y la resolución N° 1.600 de 2008 de la
Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
a) La R.U. N° 612, de fecha 20 de mayo de
2013, que aprobó la segunda renovación del contrato de arrendamiento de vehículo con
la empresa Automotriz Quelle Ltda.
b) La necesidad de regularizar la relación
contractual entre la empresa y la Universidad.
RESUELVO:
1.- Apruébase la renovación de contrato de
arrendamiento de vehículo, de fecha 06 de agosto de 2013, suscrito entre la
Universidad de Talca, representada por su Rector don Alvaro Rojas Marín, y la
empresa Automotriz Quelle Ltda., representada por su Representante Legal don
Osear Carrasco Auladell, a través del cual las partes acuerdan renovar el contrato de
arrendamiento por el período comprendido entre el 01 de septiembre de 2012 hasta el
30 de junio de 2013, ambos días inclusive. El escrito señalado se adjunta y para
todos los efectos forma parte de esta Resolución.
2.- Impútese el gasto derivado de la presente
resolución al Centro de Responsabilidad FCA 800 835.
ANÓTESE Y COMUNIQÚESE.
u u L - l C A üt
NAILILLO
SECRETARIO GENERAL
TALCA
UNIVERSIDAD
CHILE
RENOVACIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO
ENTRE
LA UNIVERSIDAD DE TALCA Y LA EMPRESA AUTOMOTRÍZ QÜELLE LIMITADA
En Talca, a
- 6 AGG 2013
, entre la UNIVERSIDAD DE TALCA, R.U.T. 70.885.500-6,
representada legalmente por su Rector don ALVARO ROJAS MARÍN, ambos domiciliados para estos
efectos en calle 2 Norte N° 685, de la comuna de Talca, en adelante e indistintamente "la
Universidad", y la empresa AUTOMOTRÍZ QÜELLE LIMITADA, R.U.T. N° 79.619.500-2, representada
legalmente por don ÓSCAR CARRASCO AULADELL, ambos domiciliados para estos efectos en calle
9 Norte N° 1040, de la comuna de Talca, en adelante e indistintamente "el Arrendador", se celebra
la siguiente renovación de contrato de arrendamiento de vehículo:
CLÁUSULA PRIMERA. ANTECEDENTES.
Con fecha 31 de diciembre
de 2010, las partes suscribieron un contrato de arrendamiento de
vehículo Chevrolet Corsa, patente WZ 5424, para uso exclusivo en actividades de ejecución del
Proyecto Fondef denominado "Maximización de la Productividad de Arándanos Frescos en la
Región del Maule: Manejo e Integración de Factores de Precosecha, Cosecha y Postcosecha",
código D09R1008, aprobado por R.U. N° 499 de fecha 12 de mayo de 2011, con una duración de 10
meses corridos renovable en las mismas condiciones y forma previstas, hasta por 2 períodos, por un
valor total de $2.125.000.- (Dos millones ciento veinte cinco mil pesos) IVA incluido. Todo lo antes
mencionado se encuentra descrito en las cláusulas Primera, Segunda y Quinta, del contrato original.
Con fecha 09 de diciembre de 2011, las partes acuerdan renovar el contrato por un período que va
desde el 01 de noviembre de 2011 al 31 de agosto de 2012, en las mismas condiciones y forma
previstas en el contrato origina!. Dicha renovación fue aprobada por R.U. N° 69/2012.
Con fecha 20 de mayo de 2013, mediante R.U. N° 612/2013, la Universidad aprueba segunda
renovación del contrato antes descrito, por un periodo que va desde el 01 de septiembre de 2012 al
30 de junio de 2013, ambos días inclusive.
Con fecha 11 de julio de 2013, la Sra. Claudia Moggia Lucchini Director Alterno Proyecto Fondef
D09R1008 de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad de Talca, solicita una renovqpi^
del contrato de arrendamiento individualizado en el inciso primero. Posteriormente, con
julio de 2013, el Sr. Jorge Retamales Arando, Director Proyecto Fondef D09R1008 de la Facultad de
Ciencias Agrarias de la Universidad de Talca, hace presente que el arrendador ha entregado
excelentes servicios, durante la ejecución del proyecto, además informa que desde el 01 de
septiembre de 2012 y hasta la fecha, el arrendador ha mantenido los servicios, a la espera de
renovación del mismo, lo cual ha permitido que la ejecución del proyecto no se vea afectada y un
compromiso de satisfacción y calidad desde la automotora.
CLÁUSULA SEGUNDA. RENOVACIÓN DE PLAZO.
Considerando lo antes señalado, las partes acuerdan renovar el contrato de
arrendamiento
indicado, en el sentido de establecer que este se prolongará por un período que va desde el 01 de
septiembre de 2012 hasta el 30 de junio de 2013, ambos días inclusive.
CLÁUSULA TERCERA. CONTRATO ORIGINAL.
En todo lo no modificado por el presente instrumento queda vigente lo dispuesto en el contrato
celebrado por las partes con fecha 31 de diciembre de 2010, aprobado por R.U. N° 499/2011 y su
posterior renovación de fecha 09 de diciembre de 2011, aprobada por R.U. N° 69, de fecha 09 de
enero de 2012.
CLÁUSULA CUARTA. EJEMPLARES.
La presente renovación se firma en 3 ejemplares de un mismo tenor y fecha, quedando 2 en poder
de la Universidad y 1 en poder del arrendador.
CLÁUSULA QUINTA: DOMICILIO Y PERSONERÍAS.
Para todos los efectos legales las partes fijan domicilio en la ciudad de Talca y se someten a la
jurisdicción de sus Tribunales.
La personería del Rector Alvaro Rojas Marín para actuar en representación de la Universidad de
Talca emana de los Artículos 1° y 12 N° 2 del Decreto con Fuerza de Ley N° 152, del Ministerio de
Educación, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Estatuto de la Universidad de Talca, así como
del Decreto Supremo de Nombrar^tento como Rector, D.S. N° 184, del Ministerio de Educación, de
fecha 27 de abril de 2010, publiafado/en el Diario Oficial el 18 de junio del/dismo año.
LV/ARO ROJAS AWÍRIN
RECTOR
AUTOMOTRZ QUELLE LIMITADA
NIVERSIBAB-ÜFMLC A