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Transcript
Resumen del “Contrato Colectivo” de los
Trabajadores de la Limpieza de
SEIU Local 26
La Unión es una organización de trabajadores que se ha unido con el objetivo de obtener mejores salarios, para que su voz se escuche
en sus lugares de trabajo y para luchar por la justicia en nuestras comunidades. Los trabajadores de la limpieza votaron para formar
nuestra Unión en Minneapolis hace casi 75 años y desde entonces hemos crecido y contamos con más de 6,000 miembros que
trabajan en la limpieza, los trabajadores de la seguridad y los trabajadores de la limpieza de ventanas y todos(as) ellos(as) trabajan en
compañías en el área de las ciudades gemelas.
Los miembros votamos democráticamente en todas aquellas decisiones mayores de la Unión y elegimos a los miembros del equipo
de negociación del contrato colectivo con las compañías. El contrato es el documento legal que las compañías firman y que contiene
todos los derechos, beneficios y protecciones que se han logrado por el tiempo de su vigencia. Cada cierto número de años podemos
negociar un contrato colectivo nuevo para mejorar los que hemos logrado si estamos unidos y dispuestos a luchar juntos. Abajo
aparece un resumen de nuestro contrato colectivo que está vigente (para ver las cláusulas exactas vea su contrato).
Recuerde: Para comunicarse con la Unión hable con el(la) delegado(a) sindical de su edificio o llame a la línea telefónica especial
para los miembros 1-855-26LOCAL o venga a nuestra oficina Union Hall en la 706 1st Street North, en el centro de Minneapolis.
Por lo regular tenemos las reuniones de miembros en nuestra oficina en Union Hall el segundo sábado del mes, un mes si un mes no.
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Artículos 1, 2 y 3: ¿A quienes protege el contrato colectivo de condiciones de trabajo?
A todos los(as) trabajadores(as) de la limpieza, media vez sus edificios estén ubicados dentro de los siete condados del área
metropolitana de las ciudades gemelas.
Los miembros de la Unión pagan cuotas sindicales por medio de su cheque mensual para asegurar que el sindicato permanezca
fuerte.
Durante los primeros 60 días de trabajo con la compañía usted está bajo “periodo de prueba” y por lo tanto no puede presentar
ninguna querella laboral.
Artículo 4: ¿Puede haber discriminación en mi contra?
La compañía no puede castigarle por ser activista sindical o por razón de su raza, su género, orientación sexual o su religión.
Si usted tiene problemas con su permiso de trabajo (tales como: el vencimiento de su tarjeta de residente permanente), usted puede
tomar una licencia para ausentarse de su trabajo hasta por un total de 120 días máximo, para hacer los trámites necesarios sin que por
ello pierda su trabajo. Después de eso, si usted arregló el problema con su permiso de trabajo, entonces puede solicitar que se incluya
su nombre en la “lista de trabajadores(as) en cesantía laboral” por un máximo de un año.
La compañía tiene que hacer los arreglos correspondientes para que usted pueda ejercer su derecho religioso de oración durante su
horario de trabajo.
Artículos 7, 9, 13 y18: ¿Qué es jornada completa?
Desde el 1ro de enero de 2012, todas(os) las(os) trabajadoras(es) con jornada completa de la limpieza deberán trabajar 40 horas a la
semana. Los(as) trabajadores(as) de la limpieza a medio tiempo trabajan menos de 40 horas.
A cualquier trabajador(a) de la limpieza a quien se le pida que limpie ventanas que dan al exterior, por más de una hora y arriba del
primer piso, se le pagará $19.55 la hora.
Los supervisores no pertenecen a la Unión y no pueden hacer trabajo de limpieza a menos que sea una emergencia.
Cualquier trabajo que se desempeñe más allá de las 40 horas por semana, será remunerado a tiempo extra y se pagará a tiempo y
medio (1.5) del pago normal por hora.
Todos los edificios con más de 250,000 pies cuadrados deben tener el 80% de trabajadores(as) de limpieza con jornada completa.
Todos los edificios de más de 500,000 pies cuadrados deben tener el 100% de trabajadoras(es) de limpieza con jornada completa.
Tiene 5 minutos de “periodo de gracia” al principio de su turno sin pérdida de salario si usted llega tarde.
El día de pago es cada dos semanas.
Artículo 8: ¿Cuánto me pagan?
Desde el 1ro de enero de 2012, a todos (as) los(as) trabajadores(as) de la limpieza a con jornada completa deberá pagárseles $13.42 la
hora. A los(as) trabajadores(as) que hacen reparaciones deberá pagárseles $13.62 la hora. A todos(as) los trabajadores(as) de la
limpieza a media jornada que trabajan en el centro y en los edificios grandes de los suburbios deberá pagárseles $11.90 la hora. A
los(os) trabajadoras(es) a media jornada en los edificios pequeños de los suburbios deberá pagárseles $10.95 la hora.
Artículos 10 y 11: ¿Cuáles son mis días feriados y cuándo tengo mis vacaciones?
Todas(os) las(os) trabajadores de la limpieza tienen derecho a 7 días feriados: el primero de enero, el día de los caídos (memorial
day), el día de la independencia, el día del trabajo, el día de acción de gracias, el 25 de diciembre y un día feriado flotante. Usted
puede retirarse de sus labores 3 horas más temprano el día de noche buena y tendrá derecho a que le pague por el día completo.
Las(os) empleadas(os) a medio tiempo tienen derecho a feriados después de 9 meses de estar trabajando.
Un(a) trabajador(a) a jornada completa adquiere más tiempo de vacaciones por cada hora que se le ha pagado:
0-1 años de antigüedad=.0192 horas por cada hora pagada con un límite máximo de 40 horas.
2-6 años de antigüedad=.0385 horas por cada hora pagada con un límite máximo de 120 horas.
7-10 años de antigüedad=.0577 horas por cada hora pagada con un límite máximo de160 horas.
11-19 años de antigüedad=.0769 horas por cada hora pagada con un límite máximo de 200 horas.
20 o más años de antigüedad=.0962 horas por cada hora pagada con un límite máximo 240 horas.
Las(os) trabajadoras(es) a medio tiempo adquieren más tiempo de vacaciones por cada hora que se les ha pagado:
4-7 años de antigüedad =.0192 horas por cada hora pagada con un límite máximo de 50 horas
2-6 años de antigüedad=.0385 horas por cada hora pagada con un límite máximo de 80 horas
Artículo 12: ¿Qué derechos adquiridos tiene usted cuando su edificio cambia de contratista?
La compañía nueva le ofrecerá empleo a los(as) trabajadores(as) de la compañía anterior, media vez el(la) trabajador(a) no está bajo
el periodo de prueba de 60 días, y media vez cumplan con los requisitos de verificación de carencia de antecedentes penales y de
verificación de abstención de consumo de sustancias reguladas. Si la nueva compañía cesa la relación de trabajo con el(la)
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trabajador(a) de la limpieza, la compañía tiene la obligación de ofrecerle un puesto equivalente o de poner su nombre en la lista de
trabajadores(as) cesados (o descansados).
La compañía nueva no puede disminuir el número de trabajadores(as) con jornada completa en el edificio; a menos que hubiere una
disminución de las especificaciones de limpieza (con prueba por escrito enviada a la Unión), las(os) trabajadoras(es) retienen su
antigüedad, sus salarios y los niveles de beneficios adquiridos con la compañía anterior.
Artículo 15: ¿Cuáles son mis derechos de acceso al seguro de salud?
Todos los(as) empleados(as) de la limpieza con jornada completa llenan los requisitos para tener seguro de salud y plan de descuento
de salud dental y la vista, pero usted debe inscribirse para recibir esos beneficios después de sus primeros 6 meses de relación laboral
y después debe hacerlo cada mes de noviembre.
La compañía pagará la mayoría del gasto de la prima del seguro de salud (un máximo de $489.00 al mes), pero usted deberá pagar:
$30.00 por cobertura de seguro individual.
$160.00 por cobertura para usted y sus hijos.
Artículo 16: ¿Mi antigüedad y cuándo comienza?
Su antigüedad comienza con la fecha en que usted empieza a trabajar para su compañía o la fecha en que usted comienza a trabajar
en su edificio, cualquiera de las dos que sea anterior.
Las horas extras se le conceden primero a el(la) trabajador(a) que tenga más antigüedad.
Si hay cese de la relación de trabajo, la compañía en la mayoría de los casos tiene la obligación de darle un aviso con anticipación de
dos semanas. Si su relación de trabajo cesa, a usted se le ofrecerán trabajos de la “ lista de trabajos para empleados(as) en cesantía
de conformidad con su antigüedad y por un máximo de 6 meses.
Si usted quiere que lo trasladen a un edificio diferente, ponga su nombre en la “lista de traslados”.
Cuando un puesto está disponible, quien lo obtendrá primero será quien esté en la lista de empleados(as) en cesantía del mismo
edificio, de allí a los empleados(as) que aparezcan en la lista de solicitud de traslados y después los que hubieren solicitado trabajo
recientemente.
Artículo 5, 23 y 25: ¿Podemos hacer huelga?
Durante la vigencia de su contrato colectivo, los(as) trabajadores(as) de la limpieza no pueden hacer huelga; pero si otros
trabajadores(as) de su edificio están en huelga usted puede respetar la huelga de ellos y no trabajar ese día. Usted puede hacer huelga
cuando su contrato venza el 31 de diciembre de 2012.
Artículo 18 y 23: Cómo solucionamos las infracciones nuestro contrato y cómo hacemos que nuestro sindicato sea más fuerte?
A los(as) delegados(as) sindicales (Stewards) los(as) eligen sus compañeros(as) de trabajo de cada edificio; las(os) delegados(as)
sindicales están capacitados(as) para que su contrato se haga cumplir. Los representantes sindicales (Union representatives) pueden
en la mayoría de los casos visitar su edificio durante los tiempos de descanso.
Si la compañía incumplió el contrato nosotros podemos presentar una querella laboral.
Paso 1 es una conversación entre usted, su delegado(a) sindical y su supervisor(a).
Paso 2 es la presentación por escrito de la querella laboral ante la compañía, la cual tendrá que responder por escrito.
Paso 3 es una reunión entre usted, su delegado(a) sindical, el(la) representante sindical y la compañía.
Paso 4 es el procedimiento de arbitraje, en el que una tercera parte neutral, que el un juez arbitrador quien tiene el poder de decidir lo
que la compañía deberá hacer.
Usted tiene la obligación de presentar su querella laboral por escrito dentro de los 10 días. Si hay terminación de la relación laboral
usted tiene la obligación de presentarla dentro de los 3 días siguientes.
Si usted firma una “carta de disciplina” eso no quiere decir que usted está de acuerdo con la disciplina, firmar la carta sólo quiere
decir que a usted se le entregó su copia.
Las advertencias verbales o por escrito se sacan de su expediente laboral después de 18 meses.
Artículos 19, 24, y “Contrato Accesorio”: ¿Qué derechos tengo si hay problemas con mi volumen (carga) de trabajo
La compañía no puede imponerle a ningún(a) trabajador(a) de limpieza un volumen de trabajo irrazonable. Si hubiere un aumento
significativo de su volumen de trabajo usted deberá tener un aumento correspondiente de sus horas de trabajo.
Si la compañía está cambiando el volumen de trabajo del 50% de los(as) trabajadores(as) de la limpieza en un edificio, la compañía
tiene la obligación de dar un aviso con anticipación de 30 días y se reunirá con la Unión y con los trabajadores para hablar sobre los
cambios propuestos. Deberá dársele una copia de las nuevas especificaciones de trabajo tanto a la Unión como a las(os)
trabajadoras(es).
Si usted trabaja durante el turno de la jornada nocturna y su edificio cambia el turno a limpieza diurna (durante el día), la compañía
deber trasladarle a otro puesto con jornada nocturna sin que usted tenga pérdida de su salario.
La compañía deberá proporcionarle equipo de seguridad para cumplir con su tarea, deberá capacitarle y cuando sea posible que se
usen químicos de limpieza biodegradables (o verdes). Si hubiere algún incumplimiento de estos requisitos, se deberá enviar el asunto
ante un comité integrado por la Unión y la compañía.
Artículo 20: ¿Cuándo puedo tomar una licencia de ausencia o un día libre por enfermedad?
Días libres por enfermedad: usted recibe 1día libre por enfermedad con goce de sueldo al año después de los 3 años de antigüedad.
Usted recibe 2 días de licencia por enfermedad con goce de sueldo después de 5 años de antigüedad.
Pago por discapacidad: Por su enfermedad a largo plazo usted recibe $300.00 por semana por un máximo de 12 semanas (y 6
semanas por dar a luz a un(a) bebé sano(a)); usted tiene que presentar una carta del doctor y haber trabajado 6 meses con jornada
completa.
Licencia de ausencia por enfermedad familiar: Por su enfermedad o la de un familiar cercano, usted puede ausentarse de su trabajo
por hasta un máximo de 12 semanas sin goce de sueldo. Para poder tener esta licencia usted deberá presentar una carta del doctor y
haber trabajado con jornada completa por un año.
Licencia por duelo: Los(as) trabajadores de la limpieza reciben 5 días con goce de sueldo cuando ha fallecido la madre, el padre,
el(la) cónyuge o el(la) hija(o); y 4 días por el fallecimiento de hermana, hermano, suegro o suegra; y 3 días por el fallecimiento de
abuelos y nietos(a). Si el funeral se lleva a cabo fuera de los Estados Unidos usted puede tomar otras dos semanas de licencia sin
goce de sueldo.
La licencia de ausencia por motivos personales es por un máximo de 12 semanas (sin goce de sueldo) y la compañía no la negará
irrazonablemente.
También tiene el derecho de gozar de licencia por función sindical, para ser jurados con dieta y por licencia militar.
¿Tiene preguntas, llame a la línea telefónica especial para miembros al 1-855-26LOCAL