Download Directivas anticipadas Como un adulto competente, usted tiene
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Directivas anticipadas Preguntas frecuentes Directivas anticipadas: Poder notarial duradero para la atención médica Preguntas frecuentes (Designación del defensor del paciente) Como un adulto competente, usted tiene derecho a decidir si acepta o rechaza un tratamiento médico. “Competente” significa que comprende su afección y las consecuencias que pueden resultar de sus decisiones. Siempre que sea competente, usted es la única persona que puede decidir qué tratamiento médico desea recibir y qué tratamiento no desea recibir. Sus médicos le proporcionarán información y recomendaciones sobre las ventajas y desventajas de los diferentes tipos de tratamiento, pero solo usted puede decidir si dice “sí” o “no”. Usted puede decir que “no” incluso si el tratamiento que rechaza podría prolongar su vida o si su médico o familia desean que usted lo reciba. A continuación se presentan las respuestas a las preguntas frecuentes sobre las directivas anticipadas. ¿Qué es una directiva anticipada? Las directivas anticipadas son documentos firmados por una persona competente que ofrecen indicaciones a los proveedores de atención médica sobre las opciones de tratamiento en ciertas circunstancias. Hay dos tipos de directivas anticipadas. Un poder notarial duradero para la atención médica le permite nombrar a un “defensor del paciente” para que actúe en su nombre y lleve a cabo su voluntad. Un testamento en vida le permite expresar su voluntad por escrito pero no nombra a un defensor del paciente. En Allegiance Health, podemos facilitarle un Poder notarial duradero para la atención médica para que usted lo complete. ¿Por qué debo determinar una directiva anticipada? Muchas personas tienen preferencias por el tipo de atención médica que desean recibir o rechazar en ciertas circunstancias. Las directivas anticipadas le permiten determinar sus preferencias. ¿Qué decisiones debe considerar? • ¿Quién desea que tome decisiones sobre el tratamiento en su nombre en caso de encontrarse incapacitado para hacerlo? • ¿Cuál es su opinión acerca de los respiradores, la cirugía, la reanimación cardiopulmonar (RCP), la diálisis o la alimentación por sonda en caso de presentar una enfermedad terminal? ¿Qué desearía en caso de estar inconsciente sin posibilidades de despertarse? ¿Si tuviera demencia o Alzheimer? • ¿Qué tipo de tratamiento médico desearía después de sufrir un accidente cerebrovascular grave u otra afección médica que lo haga dependiente de la atención de los demás? • ¿Qué tipo de capacidades mentales, físicas o sociales considera importantes para disfrutar de la vida? • ¿Desea recibir todos los tratamientos que recomiendan los proveedores de atención médica? ¿Qué es un Poder notarial duradero para la atención médica? Es un documento legal que le permite nombrar a cualquier persona mayor de 18 años para que sea su defensor y para que tome decisiones de atención médica en su nombre. Puede elegir a un familiar, amigo o a cualquier persona en la que confíe para asegurarse de que dicha persona designada esté dispuesta a llevar a cabo su voluntad. Este documento puede utilizarse para dar instrucciones acerca del tratamiento que desearía aceptar o rechazar. Si desea que su defensor tenga la capacidad de rechazar algún tratamiento y dejarlo morir, debe expresarlo de manera específica en este documento. Un Poder notarial duradero para la atención médica solo entra en vigor cuando no puede tomar decisiones por usted mismo según lo confirmen dos médicos o un médico y un psicólogo. Página 1 Directivas anticipadas: Poder notarial duradero para la atención médica Preguntas frecuentes (Designación del defensor del paciente) ¿Debo contar con un Poder notarial duradero para la atención médica? No. Si bien esta es una opción, nadie puede exigirle que cuente con un Poder notarial duradero para la atención médica. Puede dar a conocer su voluntad al hablar con su familia o médico o al escribirla pero, a menos que tenga este documento, un defensor del paciente no tiene la autoridad legal para actuar en su nombre. ¿Debo proporcionar por escrito instrucciones acerca de mi tratamiento? No. Simplemente puede designar a un defensor del paciente. Sin embargo, recuerde que su defensor solo puede hacer que se suspenda la atención para mantener la vida si usted así lo expresa en un Poder notarial duradero para la atención médica. Probablemente es mejor dejar por escrito sus instrucciones así todos pueden leerlas y comprender su voluntad. Si no desea nombrar a un defensor, puede redactar un “testamento en vida” que manifieste sus intenciones. Aunque no hay una ley que regule los testamentos en vida en Michigan, los tribunales y los proveedores de atención médica siguen considerando que estos documentos son útiles debido a que manifiestan sus elecciones en cuanto a la atención. O bien, simplemente puede asegurarse de que su familia o proveedores de atención sepan qué desea en caso de enfermarse. Es importante para los hospitales saber cuál es su voluntad. Si escribe cuál es su voluntad, será más claro saber qué es lo que desea. ¿Es necesario tomar una decisión ahora sobre los futuros tratamientos médicos? No. No es necesario contar con un Poder notarial duradero para la atención médica o un testamento en vida y tampoco es necesario que comunique a todos cuál es su voluntad. Puede seguir tomando decisiones de tratamiento mientras sea competente. Si ya no es competente, pero se ha asegurado de aclarar a su familia y proveedores de atención sobre qué es lo que desea, será más fácil cumplir con su voluntad. Si no ha dado a conocer su voluntad a sus familiares y proveedores de atención, un tribunal deberá nombrar a un tutor para que tome dichas decisiones. ¿Qué debo hacer si deseo un formulario del Poder notarial duradero para la atención médica? Puede obtener un formulario en la Registration Office (Oficina de registro) o de los Patient Support Services (Servicios de apoyo al paciente) de Allegiance Health o solicitar al personal de enfermería que impriman una copia a través del sistema Intranet de salud. Los formularios también están disponibles en el State Bar (Colegio de Abogados Estatal) de Michigan, en la Michigan State Medical Society (Sociedad Médica del Estado de Michigan), a través de su representante estatal y de grupos de ciudadanos mayores. ¿Necesito asesoramiento jurídico? El asesoramiento jurídico no es obligatorio, pero si lo desea, su abogado puede ayudarlo a preparar el documento. Debe hablar con la persona que ha elegido como defensor para asegurarse de que dicha persona comprenda cuál es su voluntad y que esté dispuesta a actuar como su defensor. También le recomendamos que hable acerca de su voluntad con sus familiares, amigos y con el equipo de atención médica. Por ley, no se permite que sus familiares, médicos y empleados de su institución de atención médica sean testigos de este documento. Si completo un Poder notarial duradero para la atención médica, ¿puedo cambiar de opinión más adelante? Sí. Puede cambiar el documento en cualquier momento. Es buena idea revisar este documento al menos una vez al año y cuando presente un cambio en su estado de salud para asegurarse de que continúe manifestando la manera en que desea recibir tratamiento y que designe a un defensor de confianza. Página 2 Directivas anticipadas: Poder notarial duradero para la atención médica Preguntas frecuentes (Designación del defensor del paciente) En Allegiance Health Las políticas de nuestro hospital disponen que solo los pacientes competentes, y no los amigos o familiares, pueden tomar decisiones de atención médica. Si usted se encuentra incapacitado para tomar decisiones, en primer lugar solicitaremos instrucciones al defensor del paciente designado en el documento Poder notarial duradero para la atención médica. Si no ha escrito una directiva anticipada, intentaremos determinar su voluntad al revisar cualquier declaración, ya sea oral o escrita, que usted haya manifestado. Analizaremos junto a sus familiares cuál sería su voluntad y cómo sería la mejor manera para llevarla a cabo. Si estamos seguros de cuál sería su voluntad, intentaremos cumplir con esta. Si no sabemos o no estamos seguros de cuál sería su voluntad, o si hay un desacuerdo en cuanto a la administración o suspensión del tratamiento, seguiremos proporcionándole atención aunque tengamos que solicitar a un tribunal la designación de un tutor para que tome dichas decisiones en su nombre. Deseamos comprender y respetar sus elecciones de atención médica. Las decisiones sobre el tratamiento son difíciles. Le recomendamos pensar sobre su voluntad de manera anticipada, analizar las opciones con sus familiares, amigos y profesionales de atención médica, y planificar sus futuras necesidades de atención médica. Página 3 12/2008