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Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida
"Proteger la Naturaleza es Conservar la Vida"
Correo-E: [email protected] / [email protected]
Web: http://usuarios.lycos.es/musguito/ Apartado Postal 549 - Barquisimeto 3001-A - Edo. Lara, Venezuela
Misión Ambiental “Chuquisaca”:
Marco filosófico, conceptual, legal, principios y valores que rigen a la
Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida, determinan los lineamientos del
Plan Unificado de Educación y Acción Ambiental del Estado Lara y orientan el
Programa de Formación de Promotores Ambientales
Papel de Trabajo 06/02/08
Por: Francisco Lau
Municipios, en apoyo al óptimo desenvolvimiento de la Gestión
Ambiental Compartida.
Marco Filosófico
Marco Conceptual1
Los Recursos Ambientales son elementos esenciales para la
existencia de la vida y por ello la Variable Ambiental debe
insertarse como el eje transversal para el desarrollo socioeconómico-cultural de las poblaciones humanas.
La mayor parte de los recursos naturales, pueden ser renovables,
al poder mantener su carácter circulante, dependiendo del manejo
que se haga de los mismos. La estabilidad de los ciclos naturales
que permiten la renovación o recirculación de muchos de los
recursos naturales aún a nuestra disposición, está condicionada
por el manejo adecuado de los factores que impactan el ambiente,
permitiendo su estabilidad y la permanente disposición de dichos
recursos a las poblaciones del presente y del futuro. Esto
determina la necesidad de la adecuada aplicación de Políticas de
Manejo y Conservación Ambiental para garantizar el futuro de
las poblaciones que dependen del suministro permanente de los
recursos naturales necesarios para su existencia.
En este contexto, la Educación Ambiental es una herramienta
fundamental para crear conciencia sobre la problemática ambiental
del Estado Lara, en general, y de cada Municipio, Parroquia y
Comunidad en particular. En su implementación se trata de
comprometer la participación de cada ciudadano y ciudadana en
las acciones requeridas para el mejoramiento de la realidad
ambiental, y capacitarlos para participar eficazmente en la
implantación de cada una de las acciones ambientales requeridas.
Mediante el proceso educativo se busca incrementar el
conocimiento en materia ambiental de la población objetivo y
sobre todo que se comprendan las interacciones fundamentales
entre los seres humanos y la naturaleza, y lograr la acción
necesaria para el Mejoramiento de la Realidad Ambiental.
El proceso educativo debe darse en el marco de un enfoque
sistémico del estudio de la realidad ambiental. Dado que nada se
encuentra en forma estática y aislada, ni en la naturaleza ni en la
sociedad; todo elemento que se tome como objeto de estudio,
observación o análisis, estará inmerso en una red de
interrelaciones, por lo cual es necesario verlo y estudiarlo como
parte de un sistema, considerando prioritariamente las relaciones
presentes en un momento y lugar determinados.
La Educación Ambiental se debe plantear como una actividad
integral y sistémica, con énfasis en el análisis, conocimiento y
comprensión de los elementos y de las interacciones entre ellos
que determinan el curso de la realidad ambiental y promover la
acción social participativa hacia el mejoramiento de la misma.
Para su implementación es vital lograr la organización
interinstitucional a nivel estadal y municipal, buscando la
incorporación de todos los organismos, instituciones y empresas
tanto públicos como privados, así como de las Organizaciones No
Gubernamentales, que puedan trabajar coordinadamente en la
planificación y desarrollo de un Plan Unificado de Educación y
Acción Ambiental para el Estado Lara y cada uno de sus
“La Educación Ambiental es un proceso formativo mediante el cual
se busca que el individuo y la colectividad conozcan y comprendan
las formas de interacción entre la sociedad y la naturaleza, sus
causas y consecuencias, a fin de que actúen de manera integrada
y racional con su medio.”2
La Educación Ambiental se orienta fundamentalmente hacia la
comunidad, tratando de involucrar al individuo en un proceso
activo que tienda a resolver los problemas ambientales manifiestos
en el contexto de las realidades específicas, fomentando la
iniciativa, la responsabilidad y el sentido de pertenencia y de
búsqueda de un mañana mejor.
La Estrategia de la Educación Ambiental se enmarca en
cuatro frentes fundamentales: Institucional, Informal,
Comunitario y Formal.
1. La Educación Ambiental Institucional hasta ahora no se ha
aplicado de manera convencional, pero dadas las dificultades de
lograr la comprensión y participación de las autoridades y las
instituciones que dirigen, la incorporamos como la actividad
educativa prioritaria que nos permitirá impulsar de manera más
eficaz los planes, programas y proyectos ambientales que se
desarrollan en el Estado Lara.
En el ámbito de la gestión ambiental estadal y municipal,
partiendo del gobernador y los alcaldes y los gerentes de todas
los organismos que operan en las instancias estadal y municipal
y de sus funcionarios (incluyendo al personal técnico,
administrativo y obrero), existe una clara necesidad de
formación ambiental hacia el Desarrollo Endógeno
Humanitaria y Ambientalmente Sustentado que debe ser
impartida en el plazo más breve posible. Este criterio igualmente
se debe aplicar en el ámbito institucional o empresarial.
Esto no quiere decir que todos deben convertirse en
especialistas en asuntos ambientales, sino que todos deben
estar sensibilizados y saber cómo incorporar a sus actividades,
de manera integral, los conceptos básicos de las relaciones entre
la sociedad y la naturaleza, y sus nexos con la sostenibilidad.
2. La Educación Ambiental informal, que debe ser ejercida a
través de diversos medios e instrumentos de comunicación,
se orienta de manera amplia y abierta al público en general,
proponiendo pautas de comportamiento individual y colectivo
sobre las alternativas para una gestión ambiental apropiada, o
planteando opiniones críticas sobre la situación ambiental
existente. Se puede realizar a través de producciones y micros
1
2
TRÉLLEZ, Eloísa: “Manual Guía para Comunidades. Educación Ambiental y
conservación de la Biodiversidad en el desarrollo comunitario”. Centro de
Estudios para el Desarrollo. Convenio de Cooperación Técnica. Programa
de Educación Ambiental.
“Manual de referencia sobre conceptos ambientales” Quiroz, César;
Tréllez Solís, Eloísa. SECAB, Fundación Konrad Adenauer, Bogotá, 1992.
Marco filosófico, conceptual, legal, principios y valores que rigen a la Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida
para radio, televisión o cine (todos divulgables por medios
electrónicos a través de CD, DVD, diferentes recursos y
aplicaciones multimedia e Internet), artículos o separatas para la
prensa escrita y electrónica, distribución masiva y gratuita de
libros, folletos, revistas, periódicos, hojas informativas y
divulgativas, trípticos y volantes, la presentación de obras
teatrales, el montaje de espectáculos musicales, etc. Es
necesario emplear al máximo y de manera constructiva el
“Poder de los Medios”.
3. La Educación Ambiental Comunitaria va dirigida a todos los
sectores de la población en sus respectivas comunidades, a fin
de proporcionar mayores conocimientos y comprensión sobre las
realidades ambientales globales, nacionales, regionales y locales,
a fin de sensibilizar a la población y promover su participación en
los procesos de mejoramiento de la realidad ambiental.
Busca la incorporación de los diversos sectores de la sociedad,
hombres y mujeres, grupos etáreos (ancianos, adultos, jóvenes,
adolescentes, niños e infantes), grupos étnicos, comunidades
organizadas (especialmente a través de los Consejos
Comunales), sectores productivos, instituciones y grupos
organizados, en una acción constructiva que contribuya al
mejoramiento de la realidad ambiental.
Se implementa a través de talleres, seminarios, cursos, foros,
conferencias, cineforos o videoforos, y otras actividades
formativas o recreativas, insertas en los Programas de
Desarrollo Social Comunitario, en el ámbito estadal y
municipal.
4. La Educación Ambiental Formal se realiza en el marco de
procesos educativos formales, a través de los diferentes niveles
de escolaridad, desde preescolar, pasando por la básica, media y
diversificada, hasta la los diferentes niveles de educación
superior.
Se busca la incorporación de la dimensión ambiental de manera
transversal en el diseño curricular y en el desarrollo de los
proyectos educativos de aula, e incluso la inserción de nuevas
asignaturas,
especialidades
y
carreras,
directamente
relacionadas con la problemática del ambiente y la calidad de la
vida. Se trata de desarrollar y aplicar contenidos y recursos
didácticos sobre la problemática y soluciones ambientales.
La implantación de cualquier forma de gestión ambiental se apoya
necesariamente en la educación ambiental, que debe ser dirigida a
todos los sectores, a todas las personas y a todas las edades. Pero
no puede llegar a todos al mismo tiempo ni por la misma vía. Debe
tomarse en cuenta que cada grupo o población objetivo necesita
ser tratado de manera didácticamente diferente.
Cada grupo y las personas involucrados en los distintos procesos
sociales, económicos, culturales y naturales en los cuales está
inmerso el Estado Lara y cada uno de sus Municipios, requieren de
una formación en asuntos ambientales. El nivel y énfasis de esta
acción educativa serán diferentes en función de sus conocimientos
previos y de sus experiencias personales, profesionales y laborales,
de su edad o de su posibilidad de aportar en mayor o menor
medida a las diversas acciones de gestión ambiental, a través de
un proceso de intercambio de saberes.
Es prioritario lograr la formación de personas como promotores
ambientales, capacitados de manera específica para el ejercicio de
sus funciones al igual que sucede con los promotores de la salud o
los promotores culturales.
Un promotor o promotora ambiental es una persona que se
encarga de impulsar acciones referidas al mejoramiento de la
situación ambiental que viven los grupos humanos en el ámbito
estadal, municipal, parroquial o comunal.
El objetivo de su labor es lograr que tanto individuos como grupos
sociales conozcan y comprendan los problemas ambientales y las
2
potencialidades de los recursos naturales y culturales que poseen
(tanto en su Comunidad, Macrosector, Parroquia, Municipio o el
Estado Lara), para que se propicie la realización de acciones
constructivas destinadas al aporte de soluciones a la problemática
ambiental vigente y a establecer los mecanismos más idóneos de
control social preventivo de los impactos ambientales, y
revalorización y mejoramiento de los recursos ambientales aún
disponibles. Desde este punto de vista, es una persona que se
encarga de realizar de manera práctica la labor de conservación
del ambiente.
Se consideran tres fases dentro de las labores referidas a la
formación de los Promotores Ambientales: (1) La inducción. (2)
La capacitación. (3) El seguimiento.
Fase 1. La Inducción, o fase de contactos iniciales con la
población objetivo, incluye tres elementos centrales:
a. El estímulo (sensibilización).
b. La motivación (compromiso).
c. La información básica (conocimiento).
Fase 2. La Capacitación, o fase central del proceso, comprende:
a. La identificación de los problemas ambientales del Estado,
Municipio, Parroquia, Macrosector o Comunidad.
b. La jerarquización de los problemas ambientales.
c. El análisis de la dinámica de los problemas, sus causas y
consecuencias.
d. La búsqueda de alternativas de solución y prevención.
e. En la determinación de las estrategias de acción, el promotor
ambiental desempeña un papel de facilitador, orientador,
dinamizador y de apoyo para los grupos con los cuales trabaja.
Es un elemento de ayuda a la reflexión y acción organizadas,
en apoyo de la gestión ambiental que debe ejercer cada
Consejo Comunal o instancia de gestión y participación para
llevar a cabo las alternativas de solución seleccionadas.
f. La canalización de la convergencia intersectorial e
interinstitucional que permita ejecutar las actividades previstas
en las estrategias trazadas en todos los niveles: Estadal,
Municipal, Parroquial y Comunal.
Fase 3. El Seguimiento, o continuidad del proceso de
promoción, incluye:
a. El apoyo logístico y financiero adicional necesario para la
adecuada ejecución de las actividades previstas en las
estrategias.
b. La planificación de tareas y la distribución de responsabilidades
entre los entes y personas involucrados.
c. El seguimiento a la ejecución de las mismas
d. La evaluación de logros y dificultades a escala individual,
grupal e institucional.
e. Las modificaciones requeridas en la estrategia.
f. El reforzamiento de la motivación y de la información
requerida.
Marco Legal
La Legislación Venezolana aporta el marco legal para el desarrollo
de la Educación Ambiental:
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
PREÁMBULO
El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e
invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro
Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros
antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una
patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la
Marco filosófico, conceptual, legal, principios y valores que rigen a la Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida
República para establecer una sociedad democrática, participativa
y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia,
federal y descentralizado, que consolide los valores de la
libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la
integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para
esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida,
al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la
igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la
cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la
integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no
intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía
universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización
de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio
ecológico y los bienes jurídicos ambientales como
patrimonio común e irrenunciable de la humanidad
TÍTULO III: De los Deberes, Derechos Humanos y
Garantías
CAPÍTULO VI: De los Derechos Culturales y Educativos
Artículo 107
La educación ambiental es obligatoria en los niveles y
modalidades del sistema educativo, así como también en la
educación ciudadana no formal…
CAPÍTULO IX: De los Derechos Ambientales
Artículo 127
Es un derecho y un deber de cada generación proteger y
mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del
mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y
colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro,
sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el
ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos
ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y
demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los
seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los
principios bioéticos regulará la materia.
Es una obligación fundamental del Estado, con la activa
participación de la sociedad, garantizar que la población se
desenvuelva en un ambiente libre de contaminación,
donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de
ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de
conformidad con la ley.
Artículo 128
El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio
atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas,
poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas,
de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que
incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley
orgánica desarrollará los principios y criterios para este
ordenamiento.
Artículo 129
Todas las actividades susceptibles de generar daños a los
ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de
impacto ambiental y socio cultural. El Estado impedirá la entrada
al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y
uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial
regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las
sustancias tóxicas y peligrosas.
En los contratos que la República celebre con personas
naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos
que se otorguen, que involucren los recursos naturales, se
considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la
obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el
acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en
3
condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente
a su estado natural si éste resultara alterado, en los términos que
fije la ley.
TÍTULO IV: Del Poder Público
CAPÍTULO IV: Del Poder Público Municipal
Artículo 182
Se crea el Consejo Local de Planificación Pública, presidido por
el Alcalde o Alcaldesa e integrado por los concejales y concejalas,
los Presidentes o Presidentas de la Juntas Parroquiales y
representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad
organizada, de conformidad con las disposiciones que establezca la
ley.
Artículo 184
La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los
Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las
comunidades y grupos vecinales organizados los servicios
que éstos gestionen previa demostración de su capacidad
para prestarlos, promoviendo:
1. La transferencia de servicios en materia de salud,
educación, vivienda, deporte, cultura, programas sociales,
ambiente, mantenimiento de áreas industriales, mantenimiento y
conservación de áreas urbanas, prevención y protección vecinal,
construcción de obras y prestación de servicios públicos. A tal
efecto, podrán establecer convenios cuyos contenidos estarán
orientados por los principios de interdependencia, coordinación,
cooperación y corresponsabilidad.
2. La participación de las comunidades y ciudadanos y
ciudadanas, a través de las asociaciones vecinales y organizaciones
no gubernamentales, en la formulación de propuestas de inversión
ante las autoridades estadales y municipales encargadas de la
elaboración de los respectivos planes de inversión, así como en la
ejecución, evaluación y control de obras, programas sociales y
servicios públicos en su jurisdicción.
3. La participación en los procesos económicos estimulando las
expresiones de la economía social, tales como cooperativas, cajas
de ahorro, mutuales y otras formas asociativas.
4. La participación de los trabajadores y trabajadoras y
comunidades en la gestión de las empresas públicas mediante
mecanismos autogestionarios y cogestionarios.
5. La creación de organizaciones, cooperativas y empresas
comunales de servicios, como fuentes generadoras de empleo y de
bienestar social, propendiendo a su permanencia mediante el
diseño de políticas donde aquellas tengan participación.
6. La creación de nuevos sujetos de descentralización a nivel
de las parroquias, las comunidades, los barrios y las vecindades a
los fines de garantizar el principio de la corresponsabilidad en la
gestión pública de los gobiernos locales y estadales y desarrollar
procesos autogestionarios y cogestionarios en la administración y
control de los servicios públicos estadales y municipales.
TÍTULO V: De la Organización del Poder Público Nacional
CAPÍTULO I: Del Poder Legislativo Nacional
SECCIÓN CUARTA: De la Formación de las Leyes
Artículo 204
La iniciativa de las leyes corresponde:
7. A los electores y electoras en un número no menor del cero
coma uno por ciento de los inscritos e inscritas en el registro
electoral permanente.
Marco filosófico, conceptual, legal, principios y valores que rigen a la Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida
Artículo 211
La Asamblea Nacional o las Comisiones Permanentes, durante
el procedimiento de discusión y aprobación de los
proyectos de leyes, consultarán a los otros órganos del
Estado, a los ciudadanos y ciudadanas y a la sociedad
organizada para oír su opinión sobre los mismos. Tendrán
derecho de palabra en la discusión de las leyes los Ministros
o Ministras en representación del Poder Ejecutivo; el magistrado o
magistrada del Tribunal Supremo de Justicia a quien éste designe,
en representación del Poder Judicial; el o la representante del
Poder Ciudadano designado o designada por el Consejo Moral
Republicano; los y las integrantes del Poder Electoral; los Estados
a través de un o una representante designado o designada por el
Consejo Legislativo y los y las representantes de la sociedad
organizada, en los términos que establezca el reglamento de la
Asamblea Nacional.
TÍTULO VII, De la Seguridad de la Nación
CAPÍTULO II, Principios de Seguridad de la Nación
Artículo 326
La seguridad de la Nación se fundamenta en la
corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para
dar cumplimiento a los principios de independencia,
democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad,
promoción y conservación ambiental y afirmación de los
derechos humanos, así como en la satisfacción progresiva de las
necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y
venezolanas, sobre las bases de un desarrollo sustentable y
productivo de plena cobertura para la comunidad nacional. El
principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los ámbitos
económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar.
La Ley Orgánica de Educación vigente establece:
Artículo 3º
La educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrollo
de la personalidad y el logro de un hombre sano, culto, critico y
apto para convivir en una sociedad democrática, justa y libre
basada en la familia como célula fundamental y en la valorización
del trabajo; capaz de participar activa, consciente y solidariamente
en los procesos de transformación social, consustanciado con los
valores de la identidad nacional y con la comprensión, la
tolerancia, la convivencia y las actitudes que favorezcan el
fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de
integración y solidaridad latinoamericana.
La educación fomentará el desarrollo de una conciencia
ciudadana para la conservación, defensa y mejoramiento
del ambiente, calidad de vida y el uso racional de los
recursos naturales y contribuirá a la formación y capacitación de
los equipos humanos necesarios para el desarrollo del país y la
promoción de los esfuerzos creadores del pueblo venezolano hacia
el logro de su desarrollo integral, autónomo e independiente.
El proyecto de la nueva Ley Orgánica de Educación propone:
Artículo 5.
La educación tiene como fines: Formar ciudadanos, en una
sociedad democrática, participativa, protagónica, multiétnica y
pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado
donde se consolidan los valores de la libertad, la independencia, la
paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la
convivencia y el imperio de la Ley para estas y las futuras
generaciones.
Desarrollar conciencia sobre la necesidad de un
aprovechamiento racional de los recursos naturales y de la
protección del ambiente.
4
La Ley Orgánica del Ambiente vigente fija pautas para la
Educación y la Acción Ambiental:
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo I
Disposiciones Generales
Definiciones - Artículo 3
A los efectos de la presente Ley, se entenderá por:
Educación ambiental: Proceso continuo, interactivo e
integrador, mediante el cual el ser humano adquiere conocimientos
y experiencias, los comprende y analiza, los internaliza y los
traduce en comportamientos, valores y actitudes que lo preparen
para participar protagónicamente en la gestión del ambiente y el
desarrollo sustentable.
Principios para la gestión del ambiente - Artículo 4
La gestión del ambiente comprende:
6. Educación ambiental: La conservación de un ambiente sano,
seguro y ecológicamente equilibrado debe ser un valor ciudadano,
incorporado en la educación formal y no formal.
Objetivos
Artículo 10
Son objetivos de la gestión del ambiente, bajo la rectoría y
coordinación de la Autoridad Nacional Ambiental:
5. Fomentar y estimular la educación ambiental y la participación
protagónica de la sociedad.
Capítulo III
De los Mecanismos de Elaboración, Ejecución y Revisión de los
Planes
Del Plan Nacional - Artículo 30
El Plan Nacional del Ambiente es un instrumento a largo plazo que
pauta la política ambiental nacional a escala regional, estadal,
municipal y local, y contendrá las siguientes directrices:
7. La educación ambiental y participación ciudadana.
TÍTULO IV
DE LA EDUCACIÓN AMBIENTALY LA PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
Capítulo I
De la Educación Ambiental
Objeto - Artículo 34
La educación ambiental tiene por objeto promover, generar,
desarrollar y consolidar en los ciudadanos y ciudadanas
conocimientos, aptitudes y actitudes para contribuir con la
transformación de la sociedad, que se reflejará en alternativas de
solución a los problemas socioambientales, contribuyendo así al
logro del bienestar social, integrándose en la gestión del ambiente
a través de la participación activa y protagónica, bajo la premisa
del desarrollo sustentable.
Lineamientos para la educación ambiental - Artículo 35
Los lineamientos para la educación ambiental son:
1. Incorporar una signatura en materia ambiental, con carácter
obligatorio, como constitutivo del pénsum en todos los niveles y
modalidades del sistema educativo bolivariano, dentro del continuo
proceso de desarrollo humano, con el propósito de formar
ciudadanos y ciudadanas ambientalmente responsables, garantes
del patrimonio natural y sociocultural en el marco del desarrollo
sustentable.
2. Vincular el ambiente con temas asociados a ética, paz, derechos
humanos, participación protagónica, la salud, el género, la
pobreza, la sustentabilidad, la conservación de la diversidad
biológica, el patrimonio cultural, la economía y desarrollo, el
consumo responsable, democracia y bienestar social, integración
de los pueblos, así como la problemática ambiental mundial.
Marco filosófico, conceptual, legal, principios y valores que rigen a la Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida
3. Desarrollar procesos educativos ambientales en el ámbito de lo
no formal que promuevan y fortalezcan el derecho a la
participación de ciudadanos, ciudadanas y comunidad en general,
en el marco de una gestión del ambiente en forma compartida.
4. Incorporar la educación ambiental para el desarrollo endógeno
sustentable, desde una perspectiva participativa, crítica, influyente,
transformadora de los sistemas productivos que reconozca la
diversidad cultural y ecológica en el ámbito de la organización
social.
5. Promover el diálogo de saberes, como base del intercambio,
producción y difusión de información en los procesos educativos
ambientales para generar acciones colectivas en el abordaje y
solución de problemas socio ambientales.
Generación de procesos de educación ambiental - Artículo
36
Las personas naturales o jurídicas, públicas y privadas,
responsables en la formulación y ejecución de proyectos que
impliquen la utilización de los recursos naturales y de la diversidad
biológica, deben generar procesos permanentes de educación
ambiental que permitan la conservación de los ecosistemas y el
desarrollo sustentable.
Promoción de la educación ambiental - Artículo 37
Las instituciones públicas y privadas deberán incorporar principios
de educación ambiental en los programas de capacitación de su
personal.
Consideración de aportes - Artículo 38
En el proceso de educación ambiental, se tomarán en
consideración los aportes y conocimientos tradicionales de los
pueblos y comunidades indígenas y de otras comunidades
organizadas, así como las técnicas e innovaciones, asociados al
uso de los recursos naturales y de formas de vida ecológicamente
armónicas.
Capítulo II
De la Participación Ciudadana
Derecho y deber a participar - Artículo 39
Todas las personas tienen el derecho y el deber de participar en
los asuntos relativos a la gestión del ambiente.
Mecanismos de Participación - Artículo 40
El Ejecutivo Nacional, a través del ministerio con competencia en
materia ambiental, reglamentará los mecanismos para hacer
efectivo el ejercicio legítimo del derecho a la participación
ciudadana en la formulación, adopción, ejecución y control de las
políticas, planes, proyectos y otras medidas dirigidas a la
conservación del ambiente.
Participación de los pueblos indígenas y comunidades
locales - Artículo 41
Los pueblos indígenas y comunidades locales tienen el derecho y el
deber de participar en la formulación, aplicación, evaluación y
control de los planes y programas de desarrollo nacional, regional
y local, susceptibles de afectarles directamente en sus vidas,
creencias, valores, instituciones y bienestar espiritual y en el uso
de las tierras y hábitats que ancestralmente ocupan y utilizan
colectivamente.
Formas asociativas en la gestión del ambiente - Artículo 42
Las organizaciones ambientalistas, los pueblos y comunidades
indígenas, los consejos comunales, las comunidades organizadas y
otras formas asociativas, podrán desarrollar proyectos enmarcados
en una gestión del ambiente compartida y comprometida con la
conservación de los ecosistemas, los recursos naturales y el
desarrollo sustentable bajo las modalidades de la autogestión y
cogestión.
5
Derecho y deber de denunciar agresiones al ambiente Artículo 43
Toda persona tiene el derecho y el deber de denunciar por ante las
instancias competentes, cualquier hecho que atente contra un
ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado.
Descentralización hacia las comunidades - Artículo 44
La Autoridad Ambiental Nacional deberá implementar los
mecanismos para la descentralización y transferencia de los
servicios concernientes a la gestión del ambiente a las
comunidades y grupos vecinales organizados, previa demostración
de su capacidad para asumirlos, conforme al principio de la
corresponsabilidad y para desarrollar procesos autogestionarios y
cogestionarios para un ambiente sano, seguro y ecológicamente
equilibrado.
TÍTULO VI
DE LA INVESTIGACIÓN E INFORMACIÓN AMBIENTAL
Capítulo I
Disposiciones Generales
Derecho a la Información - Artículo 64
El derecho a la información sobre el ambiente debe ser reconocido
a cada persona. El Estado es el garante de su ejercicio, de la
confiabilidad de la información y de su difusión. Este derecho será
ejercido según las modalidades definidas en esta Ley yen los
demás instrumentos normativos que al efecto se dicten.
Promoción de intercambio de información - Artículo 65
A fin de cumplir con lo previsto en el artículo anterior, el Estado
promoverá el intercambio de información sobre los conocimientos
vinculados con el ambiente y el desarrollo sustentable.
Registro de información ambiental - Artículo 66
La Autoridad Nacional Ambiental establecerá y mantendrá un
Registro de Información Ambiental, el cual deberá contener los
datos biofísicos, económicos y sociales, así como la información
legal, relacionados con el ambiente. Los datos del registro son de
libre consulta y se deberán difundir periódicamente por medios
eficaces cuando fueren de interés general.
Alcance del Registro de Información Ambiental - Artículo
67
El registro al que se refiere el artículo anterior deberá contener al
menos los siguientes aspectos:
1. Los inventarios de sistemas ambientales.
2. Los inventarios de recursos hídricos.
3. Los inventarios del recurso suelo.
4. Los inventarios de diversidad biológica y sus componentes.
5. Los inventarios forestales.
6. Los inventarios de cuencas hidrográficas.
7. El inventario de fuentes de emisión y contaminación de suelos,
aire y agua.
8. La información sobre áreas bajo régimen de administración
especial.
9. La información hidrometeorológica e hidrogeológica.
10. La información jurídica de leyes, decretos y resoluciones
vigentes en materia ambiental.
11. Información cartográfica.
12. La información sobre el hábitat y tierras de los pueblos y
comunidades indígenas debidamente demarcadas.
13. Cualesquiera otras, de interés para la gestión del ambiente y el
desarrollo sustentable.
Suministro de información - Artículo 68
A los fines de lograr el intercambio de información previsto en la
presente Ley, las instituciones públicas y privadas que tengan
información sobre los aspectos mencionados en el artículo anterior,
deben suministrarla a la Autoridad Nacional Ambiental.
Marco filosófico, conceptual, legal, principios y valores que rigen a la Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida
Recopilación de información - Artículo 69
Toda persona natural o jurídica que aproveche o utilice los
ecosistemas, deberá recopilar la información relacionada con los
recursos que utiliza, su posible deterioro y las acciones para su
recuperación y restauración. Esta información deberá ser
suministrada al Registro de Información Ambiental dentro de los
periodos, modalidades y costos establecidos por las normas que
regulen la materia.
Actualización del Registro de información ambiental Artículo 70
A los fines de mantener actualizado el Registro de información
Ambiental y garantizar la adecuada recuperación, restauración o
mejoramiento del ambiente, toda solicitud para la ejecución de
actividades que impliquen la afectación de los ecosistemas y sus
componentes, deberá ser acompañada de la información básica
actualizada que pueda servir como parámetro comparativo de las
consecuencias de la afectación que se pretenda realizar. Dicho
parámetro comparativo deberá ser conformado por la Autoridad
Nacional Ambiental.
Acceso a la información ambiental - Artículo 71
El Estado garantizará a toda persona el acceso a la información
ambiental, salvo que ésta haya sido clasificada como confidencial,
de conformidad con la ley.
Mecanismos de intercambio - Artículo 72
Las personas deberán establecer mecanismos de intercambio de
información ambiental, de conformidad con los lineamientos de
sistematización que establezca la Autoridad Nacional Ambiental,
mediante resolución debidamente publicada en la Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela.
Promoción y divulgación - Artículo 73
La Autoridad Nacional Ambiental coordinará con los organismos y
entes públicos la promoción y divulgación de la información
técnica, documental y educativa de carácter ambiental, facilitando
el acceso a la misma y definiendo estrategias permanentes para su
suministro.
Incorporación de temas ambientales - Artículo 74
Los medios de comunicación y difusión deberán incorporar en la
programación, los temas ambientales que propicien la información
y el conocimiento de las complejas interrelaciones y vínculos entre
los procesos de desarrollo social y económico en la búsqueda de
un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado,
fomentando la educación ambiental.
Orientación, fomento y estímulo de estudios e
investigaciones con fines de información - Artículo 75
La Autoridad Nacional Ambiental orientará, fomentará y estimulará
los estudios y la investigación básica y aplicada sobre el ambiente,
según las leyes que regulan la materia. Asimismo promoverá,
apoyará y consolidará proyectos con las instituciones,
universidades nacionales e internacionales, pueblos y comunidades
indígenas, consejos comunales y comunidades organizadas de
vocación ambientalista.
Orientación de los estudios e investigaciones - Artículo 76
Los estudios e investigaciones a que se refiere el Artículo anterior
estarán dirigidas prioritariamente al conocimiento de los
ecosistemas y la diversidad biológica, con la finalidad de conocer
sus potencialidades, beneficios ambientales y limitaciones, con el
objeto de orientar el uso sustentable de las poblaciones con
potencial económico y preservar las especies que pudieran estar
amenazadas, restaurar los hábitats degradados, prevenir y mitigar
los impactos adversos sobre ellos.
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Principios
El principio fundamental que debe regir la puesta en práctica de
nuestra visión, misión y objetivos es el Desarrollo Endógeno
Humanitaria y Ambientalmente Sustentado.
El Desarrollo Endógeno se apoya en la creación de redes (cadenas
interdependientes) de producción y consumo, que basados en las
necesidades y capacidades de la población de una comunidad,
centro poblado o región, valorando las potencialidades del
territorio y manejando su propia capacidad tecnológica, enfrenta el
reto de satisfacer sus propias necesidades, generando un
crecimiento integral del individuo y del colectivo social. En este
proceso, la contraloría social determina la posibilidad de mantener
el rumbo adecuado que deben llevar los procesos abordados, e
implica la existencia de mecanismos de vigilancia ambiental,
técnica, política e institucional, para que el proceso de crecimiento
por dentro no se convierta en un pequeño monstruo con
capacidades desiguales en los ámbitos social, económico,
institucional y cultural.
Se fundamenta en la aplicación de los principios humanitarios y el
desarrollo de los valores humanos, así como en la aplicación de los
principios ambientalistas y el desarrollo de los valores ambientales,
garantizando el respeto tanto de los derechos humanos como de
los derechos ambientales.
Se trata de lograr un equilibrio entre la visión humanitaria y la
visión ambientalista de la vida, buscando establecer en las
interrelaciones individuales, grupales y societarias, un sentido de
equidad y solidaridad, donde van a la par la gestión social y la
gestión ambiental, buscando la afirmación tanto de la justicia
social como de la justicia ambiental.
Involucra mejorar las condiciones de vida de todos mediante el
aprovechamiento responsable y equilibrado de los espacios y los
recursos naturales disponibles, garantizando la distribución
colectiva y equitativa de sus beneficios, sin menoscabar la
búsqueda universal de proteger, conservar y mejorar el ambiente.
Compromete al individuo, comunidad y Estado (gobierno), en el
desarrollo del nivel de sensibilidad, conocimiento, tecnología,
organización y voluntad política, que en la implantación de este
modelo de desarrollo, nos debe conducir a niveles de
comunicación e información óptimos, en la aplicación de los
procesos legales, políticos, organizativos, administrativos,
operativos y educativos, en la planificación, ejecución,
seguimiento, evaluación, retroalimentación y redireccionamiento
participativos de los planes, proyectos y actividades que permitan
reafirmar y defender los criterios de autodeterminación,
independencia y autonomía que deben regir el progreso integral de
cada asentamiento humano, para cubrir las necesidades del
presente sin poner en peligro la capacidad de futuras generaciones
para satisfacer sus propias necesidades, y así garantizar el
bienestar integral de cada individuo, su comunidad y de la
sociedad en general, y su sustentabilidad en el tiempo.
Esta búsqueda nos lleva al establecimiento de una Alianza
Estratégica de las personas, Entes Gubernamentales y
Organizaciones
No
Gubernamentales
Ambientalistas
comprometidos con el proceso de desarrollo de Venezuela, en la
formulación e implantación de un Plan Rector del Desarrollo
Endógeno Humanitaria y Ambientalmente Sustentado,
aplicable a niveles nacional, estadal, municipal, parroquial,
comunal, familiar y personal, que nos conduzca al logro del “País
Ideal”, el “Estado Ideal”, el “Municipio Ideal”, la “Parroquia Ideal”,
la “Comunidad Ideal”, la “Familia Ideal” y la “Persona Ideal”, el
modelo de mundo que deseamos.
Todo proceso de desarrollo necesariamente tiene que tener un
límite condicionado por la disponibilidad de los recursos naturales y
la capacidad tecnológica disponible para el manejo de los procesos
Marco filosófico, conceptual, legal, principios y valores que rigen a la Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida
y lograr minimizar el impacto en la calidad del ambiente, que a su
vez determina la calidad de la vida.
Si el proceso del desarrollo es manejado bajo parámetros
meramente económicos, donde la productividad va por encima de
la preservación de los recursos naturales, a la larga conduce a la
desaparición de estos y al deterioro del entorno por los procesos
de contaminación ambiental y la degradación de los recursos
naturales en todos los ámbitos, con la consecuencia inmediata de
generar las luchas sostenidas por el control de los recursos
naturales y la búsqueda de la hegemonía (imperialismo) sobre los
demás pueblos y naciones, causando guerra y destrucción,
enfermedad y muerte.
No puede haber Desarrollo Endógeno si no se garantiza la
sustentabilidad y perdurabilidad de los recursos naturales tanto en
el espacio como en el tiempo. El proceso de desarrollo endógeno,
para ser viable, debe ser manejado bajo criterios humanitarios y
ambientales y sustentado en los principios humanitarios y
ambientales, es decir, considerando la necesidad de hacer uso
racional de los recursos naturales, que conduce a la preservación
de los recursos naturalmente renovables a través de la
conservación (manejo racional) y protección de los ecosistemas
tanto naturales como modificados, el uso y reposición de los
recursos que permitan mantener la renovabilidad y calidad del
suelo, agua, aire, flora y fauna.
Igualmente conduce al manejo racional de los recursos
naturalmente no renovables,
extraídos
de
fuentes
concentradas en minas y pozos petroleros, mediante el
establecimiento de programas de manejo integral de los
residuos, donde el reciclaje de los desechos cumple el rol
preponderante, a fin de evitar su conversión en basura, y poder
mantener por esta vía la renovabilidad de los recursos que tienen
un carácter estratégico para la preservación de la soberanía de
nuestros pueblos. Sólo así es posible garantizar su disponibilidad
para las generaciones futuras. Desde esta perspectiva, los recursos
minerales y el petróleo transformado en plástico, por medio del
reciclaje pueden ser recursos renovables.
Por otra parte, el elemento más vital del proceso de desarrollo
endógeno, para poder ser sostenible, es el uso racional, o sea, la
conservación de los recursos naturales no renovables, que
son los combustibles de origen fósil, como los derivados del
petróleo, el gas natural y la hulla, que al ser consumidos en un
proceso de combustión, desaparecen dejando paralelamente
algunos efectos de contaminación ambiental que determinan el
cambio climático. Aquí es preciso romper con nuestra economía
dependiente del petróleo, pues al incrementar la producción y
venta del hidrocarburo, estamos contribuyendo de manera directa
al incremento del fenómeno del calentamiento global. Es
obligatorio desarrollar alternativas energéticas de mínimo o nulo
impacto ambiental, basado en el uso de los recursos
energéticos renovables, fundamentalmente la energía solar,
permanentemente disponible, también haciendo uso de la energía
eólica. La energía hidráulica estaría disponible en forma sostenida,
si las cuencas hidrográficas fueran resguardadas y manejadas de
manera racional, pero no es la realidad que vivimos. En las
cuencas altas de muchos ríos y quebradas se está dando lugar a
un proceso de deforestación para la ampliación de las fronteras
agrícolas, cuyas consecuencias en el futuro será el agotamiento
irreversible e irremediable de muchos de nuestros recursos hídricos
y la reducción del área de bosque tan vital para la regulación del
cambio climático. Aquí cabría preguntarnos cuántos años nos
quedan de vida sostenible...
En todo caso, sólo un desarrollo endógeno humanitaria y
ambientalmente sustentado puede garantizarnos, dentro de los
límites que establece la naturaleza, la posibilidad de sostener la
vida y habitabilidad de nuestro país y del planeta a nivel global.
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Mas nada ganamos con mantener una discusión teórica sobre el
tema, si en la práctica no asumimos un compromiso real de
cambio y comenzamos a transformar radicalmente nuestros estilos
de vida, erradicamos las prácticas consumistas y destructivas de
los recursos naturales y del ambiente, y verdaderamente
participamos en la reconstrucción y preservación de nuestro
entorno natural, empleando tecnologías humanitaria y
ambientalmente sustentadas y prácticas de vida en armonía con el
ambiente.
Al final, el problema no es discutir sobre conceptos etéreos cuando
estos no se traducen en acciones planificadas, ejecutadas,
evaluadas, retroalimentadas y redireccionadas que permitan incidir
de una manera medible y sensible en el mejoramiento integral de
la realidad social y ambiental.
Necesitamos funcionar con la más profunda comprensión del
Principio de la Globalidad (que no tiene que ver con la
tendencia a la globalización socio-política que impulsan los países
que pretenden dominar y controlar los destinos planetarios) que
rige a todo el Universo y específicamente a nuestro Planeta Tierra,
entendiendo que la realidad socio-ambiental de una comunidad
local está estrechamente interconectada con la realidad socioambiental a niveles parroquial, estadal, regional, nacional y
mundial, y repercute a nivel de todo el planeta y es afectada al
mismo tiempo por la realidad global planetaria.
Debemos tener clara conciencia que nuestro trabajo debe ser
encaminado permanentemente al restablecimiento del Equilibrio
Ecológico en todos los sistemas naturales, tanto a nivel de la
comunidad local, como en el ámbito parroquial y estadal (nuestra
esfera de acción). En todo caso, nuestra tarea fundamental es
sembrar Conciencia Ambientalista (entendiéndose por
conciencia ambiental, al conjunto de pensamientos y acciones
responsables dirigidas a desarrollar actitudes deseables hacia la
preservación del ambiente) en cada ciudadano que habita o
transita por el territorio de nuestro Estado Lara, a fin de motivar y
conducir la participación organizada, creativa y responsable de
todo el colectivo social para el mejoramiento de nuestra realidad
ambiental.
Como criterio de trabajo asumimos el Dinamismo de los
Procesos Naturales, rompiendo todo esquema cerrado en el
manejo de la Gestión Ambiental y manteniendo la comprensión
vital de que toda intervención (positiva o negativa) en el ambiente
genera una sucesión de cambios que debemos analizar y
monitorear continuamente, con el propósito de establecer un
marco legal dinámico que oriente las formas de planificación,
organización, administración y ejecución de planes,
programas y actividades ambientales, con la progresiva
evaluación de sus resultados, en función de recibir
retroalimentación por toda vía posible para poder
redireccionar las acciones, a fin de optimar de manera
progresiva la realidad ambiental hasta alcanzar una condición
ideal.
Comprendemos la necesidad de integrar a todos los sectores
representativos dentro de la Dinámica e intercambio
Institucional, asumiendo los Principios de la Diversidad y de
la Evolución, según los cuales, los organismos y los sistemas
naturales nacen como estructuras simples, y en la medida que
crecen y evolucionan, sus estructuras se diversifican y sus
funciones se hacen cada vez más complejas, buscando siempre
mejores condiciones de equilibrio y homeóstasis.
Al mismo
tiempo, la Estructura y Organización social del Sistema de Gestión
Ambiental debe crecer y evolucionar hacia un proceso de
diversificación, complejificación y profundización de las estructuras
y funciones, en la medida que se incorporan más participantes,
trabajando sobre la base de un Plan Rector diseñado en equipo y
que responda a las necesidades, condiciones y recursos del
Marco filosófico, conceptual, legal, principios y valores que rigen a la Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida
entorno, con el fin de conocer, entender y atender de forma de
forma progresiva y eficaz cada área de acción ambiental.
Comprendemos que la Educación Ambiental (institucional,
informal, comunitaria y formal) dirigida a todo sector de la
sociedad, constituye el eje motor de cualquier proceso de cambio,
sembrando principios y valores, que motivan la participación
activa y eficaz de la ciudadanía en general y principalmente de las
personas vinculadas con las fuerzas vivas que mueven los destinos
de nuestro Estado Lara, en razón de la transformación y
mejoramiento de la realidad socio-ambiental para lograr el
bienestar humano integral individual y colectivo.
Nuestro compromiso es trabajar más profundamente por la
preservación de la vida, por la implantación de la justicia
social cónsona con la justicia ambiental y por el logro de la
paz planetaria.
Valores
Los valores que contribuyen a la puesta en práctica de nuestra
visión, misión y objetivos son:
 AMOR: Vínculo fundamental para la búsqueda del bienestar
común.
 AMISTAD: Nexo de profunda relación que permite la verdadera
integración entre todos los participantes en la causa ambiental.
 CONFIANZA: nivel de credibilidad construido y generado frente
a los demás, manteniéndose dentro de los límites de la ética y
la moral.
 CONOCIMIENTO: tener conciencia clara de nuestra realidad y
nuestras capacidades, y estudiar e investigar lo necesario para
aplicar calidad de criterio para el desarrollo de nuestro trabajo.
 COMPROMISO SOCIAL: Significa cumplir cabalmente con las
acciones y los acuerdos contraídos en el proceso de
transformación de la realidad y manteniendo plena identidad
con las necesidades del colectivo social.
 CONSENSO: búsqueda de acuerdos colectivos para la toma de
decisiones.
 CONVIVENCIA: Estimular todas las conductas organizativas que
aseguren las mejores condiciones en las relaciones
interpersonales y lograr una acción productiva de la más
reconocida calidad.
 COOPERACIÓN: Implantar la conciencia colectiva y solidaria y
arraigar el principio de la ayuda mutua como base fundamental
para lograr el compartir pleno de saberes, conocimientos,
experiencias, capacidades y potencialidades individuales,
dirigidos al cumplimento cabal de las metas trazadas. Consolida
el trabajo y la acción colectiva, libre de principios competitivos.
 CREATIVIDAD: Capacidad de dar respuestas innovadoras y
eficaces a los problemas enfrentados.
 DEMOCRACIA: Participación igualitaria de todos en la toma de
decisiones.
 DIVERSIDAD: Necesidad de motivar las ideas diversas y aún
contrarias como vehículo para crear una síntesis, basándonos
en el criterio de lograr la unidad en la diversidad, con lo cual
producir nuevas formas de trabajo.
 ENTREAYUDA: Preocupación de los unos por los otros siendo
capaces de apoyar a los demás en su propio bienestar y
crecimiento personal.
 EQUIDAD: Ser moderados y apegados a la justicia natural,
razonable e imparcial.
 FRATERNIDAD: Promover la unión y hermandad entre todos.
 HONESTIDAD E INTEGRIDAD: ser coherentes con el pensar,
decir y actuar, enmarcados dentro de los principios y valores
organizacionales, lo que nos conduce a asumir actitudes
correctas, claras, transparentes y éticas.
 IGUALDAD (RELACIÓN DE IGUAL A IGUAL): Entender la
diferente capacidad y potencialidad de cada ser humano nos
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lleva a valorar la personalidad de cada individuo, a fin de poder
establecer una relación de igual a igual entre todos. Implica un
proceso de comunicación horizontal y de diálogo permanente
entre los diferentes actores e involucrados en el proceso de
mejoramiento de la realidad.
INCLUSIÓN: Todos tenemos igual deber y derecho a participar
en la programación y ejecución de las actividades y de
permanecer informados de todo lo programado y ejecutado. Es
indispensable involucrar a todos los sectores y actores, sin
ningún tipo de discriminación.
INTEGRACIÓN: Intención sostenida para lograr la máxima
participación de todos los miembros que conforman el colectivo
de acción ambiental, a fin de satisfacer las expectativas de
todos los participantes, superando todo tipo de protagonismo.
JUSTICIA: Tomar decisiones con equidad y objetividad, y
acordes con la realidad que se nos presenta.
LIBERTAD: Posibilidad de elegir libremente y apoyar
desprejuiciada e indiscriminadamente todas las iniciativas cuyo
propósito sea ampliar y enriquecer nuestras actividades.
PARTICIPACIÓN PROTAGÖNICA: Identificarse plenamente con
las metas del proyecto global e integrarse en el trabajo de
manera permanente con plena convicción de la importancia de
los proyectos que estamos encaminando. La participación debe
estar presente en todos los niveles, ámbitos, estrategias y
escenarios de la toma de decisiones, considerando las
relaciones, vinculaciones y articulaciones existentes entre ellos.
Los ciudadanos asumen un rol de autores de los procesos
sociales que les conciernen y de actores principales en la
planificación, ejecución y evaluación, incluyendo la toma de
decisiones en la gestión pública.
PERTINENCIA: Cada acción encaminada deberá ser apropiada,
oportuna y mantener correspondencia con los fines, hechos y la
realidad socioambiental.
RESPETO: Consideración y atención a los deberes y derechos de
todas las personas, grupos e instituciones con los cuales nos
relacionamos.
RESPONSABILIDAD: Cumplir cabal y puntualmente las
obligaciones y compromisos contraídos. Los involucrados deben
responder a los actos que ejecutan y ser garantes de los
principios, objetivos y fines de la participación en los procesos
de gestión.
SABIDURÍA: Optar, con conocimiento de causas y efectos, por
el camino más idóneo y optimizar las prioridades más indicadas
para el logro de nuestras metas en el más corto plazo posible.
SOLIDARIDAD. Desarrollar la ayuda mutua hacia la construcción
colectiva de la felicidad y calidad de vida, sin llegar a estados de
dependencia.
TOLERANCIA: Ser es respetuosos de la pluralidad de las
maneras de pensar y actuar de los involucrados, y reconocer la
diversidad cultural y política
TRABAJO EN EQUIPO: Somos un grupo de personas que se
necesitan entre sí; actuamos comprometidos con un propósito
común y somos mutuamente responsables por los resultados.
Realizamos el máximo esfuerzo posible en el desarrollo de los
planes, proyectos y actividades propuestos.
TRANSPARENCIA: Es necesario contar con información
necesaria, confiable y oportuna, así como crear confianza entre
los actores, sin intereses ocultos, sin engaño, ni
manipulaciones.
-------------------------------------------------------------------------------------Material de trabajo elaborado por: Francisco Lau.
Red de Aliados para la Gestión Ambiental Compartida
Barquisimeto, 06/02/2008