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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
7ma Sesión
Ordinaria
17ma Asamblea
Legislativa
SENADO DE PUERTO RICO
25 de junio de 2016
Informe Final sobre de la R. C. del S. 416
AL SENADO DE PUERTO RICO
La Comisión de Agricultura, Seguridad Alimentaria, Sustentabilidad de la Montaña y de
la Región Sur del Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, previo estudio y
consideración, tiene a bien someter a este Alto Cuerpo su Informe Final recomendando la
aprobación de la Resolución Conjunta del Senado 416, sin enmiendas en el entirillado
electrónico que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
La presente medida tiene el propósito de ordenar al Departamento de Agricultura, al
Colegio de Ciencias Agrícolas de la Universidad de Puerto Rico y al Departamento de la Familia
del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a realizar acuerdos colaborativos en los cuales se
fomente la creación, mantenimiento y labranza de huertos caseros en los Centros de Actividades
Múltiples, según definidos en la Ley Núm. 94 de 22 de junio de 1977, según enmendada,
conocida como "Ley de Establecimientos para Personas de Edad Avanzada"; y para otros fines.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
Para el análisis de la medida se solicitaron memoriales al Departamento de Agricultura,
Departamento de la Familia y a la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada.
Según se desprende de la Exposición de Motivos de esta medida, la escasez de alimentos en
nuestro Puerto Rico es una situación sumamente compleja, ya que solamente tenemos
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almacenada alimentos suficientes para nuestra población por el término aproximado de dos
semanas. Además, se conoce que en nuestra Isla se importa cerca del ochenta por ciento (85%)
de los alimentos que aquí se consumen, alimentos que recorren miles de millas desde su lugar de
origen hasta la mesa del consumidor puertorriqueño, mientras viajan pierden su frescura y sus
valores nutricionales.
Es por esta situación, que esta Administración ha hecho un gran esfuerzo concienciando
sobre la importancia de la tierra y sus beneficios alimentarios, tal como como lo hacían nuestros
antepasados. En la actualidad, se ha trazado una agenda de país sobre la importancia de la
creación de huertos caseros. Además, se han fomentado mediante campañas de promoción sobre
los beneficios económicos y de salud, entre otros, que tiene la plantación de estos.
Un huerto goza de muchos beneficios que son vitales en toda comunidad, a saber: buena
alimentación, ya que los productos son frescos, libres de contaminantes y con mejores valores
nutritivos; ayuda a la economía, ya que se ahorra dinero al no tener que comprar estos cosechos;
se crea conciencia sobre la buena alimentación, promocionado así los alimentos frescos y ricos
en nutrientes; cuando se producen en gran cantidad, se pueden vender y crear otra fuente de
ingresos; el esfuerzo físico produce buena condición física; y la práctica de la siembra fomenta
una mejor calidad de vida. Por otro lado, esta actividad provee un balance entre el área rural y
urbana estimulando a su vez la interacción social y aumenta la confianza entre las personas.
RESUMEN DE LAS PONENCIAS
DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA (DA)
Según lo expuesto por el DA, los Centros de Actividades Múltiples para personas de
Edad Avanzada, están dirigidos a personas mayores de sesenta (60) años, quienes comparten
parte del día, recibiendo atención y servicios que contribuyen a su bienestar y seguridad.
El Departamento agrega en su memorial que están convencidos que la incorporación de
los huertos en estos espacios de convivencia proveerán experiencias sociales enriquecedoras, que
fortalecen la autoestima y brindan la oportunidad a cada participante de sentirse una persona
útil, provechosa y productiva, además de traer buenos recuerdos de la vida de campo.
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Expone además, que esta medida ofrece una herramienta efectiva y necesaria para la
creación de huertos trabajados a pequeña escala que pueden establecer un ejemplo de lo que son
las buenas prácticas agrícolas en huertos urbanos o alternar paisajismo con frutales o diferentes
hortalizas. De igual manera, los huertos pueden servir de ejemplo y estímulo para prácticas de
producción agrícola en las comunidades más cercanas al Centro de Actividades Múltiples.
En fin, el Departamento de Agricultura endosa firme y decididamente la Resolución
Conjunta del Senado 416, la cual aumenta la seguridad alimentaria de nuestro País y eleva la
calidad de vida de los puertorriqueños.
DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA
El Departamento de la Familia presenta en su memorial explicativo que, conforme le fue
encomendado al amparo del Plan de Reorganización Núm. 1 de 28 de julio de 1995, el
Departamento tiene el deber de desarrollar iniciativas que fortalezcan la unidad familiar y
promover aquellas disposiciones encaminadas a brindarle una mayor protección y bienestar a los
adultos con impedimentos de 18 a 59 años y a las personas de edad avanzada de 60 años o más.
Entiende el Departamento, que lo ordenado por esta medida legislativa redunda en
beneficio y mejora a la calidad de vida las personas de edad avanzada. Entienden que fomentar
la creación de los huertos caseros en los Centros de Actividades Múltiples, contribuye a
concientizar y educar sobre la alimentación balanceada, la actividad al aire libre, la importancia
de la agricultura, el cultivo de hortalizas y de plantas medicinales.
Considera el Departamento, que esta medida se adapta a los servicios sociales y
recreativos que los Centros tienen que proveer por mandato de Ley a la población que atienden y
para lo que fueron creados, por lo que endosan sin reserva la R. C. del S. 416.
OFICINA DEL PROCURADOR DE LAS PERSONAS DE EDAD AVANZADA
Según vierte la Oficina del Procurador en su memorial explicativo en torno a la medida
en cuestión, a través de las investigaciones realizadas, en países subyacentes, se ha demostrado
que los huertos caseros apoyan a la economía familiar o zona; donde por ende ayuda también a la
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economía del País.
En adición exponen que esta práctica ayuda la salud de las personas
beneficiadas de esta medida, logrando así una mejor alimentación y variedad de los alimentos.
Por lo que finalmente, la Oficina del Procurador, avala sin reserva alguna la R. C. del S. 416.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con la Sección 32.5 del Reglamento del Senado y la Ley Núm. 81 1991, según enmendada, la aprobación de la medida objeto de evaluación no tiene impacto fiscal
alguno sobre las finanzas de Gobiernos Municipales.
CONCLUSIÓN
Por todo lo antes expuesto, la Comisión de Agricultura, Seguridad Alimentaria,
Sustentabilidad de la Montaña y de la Región Sur del Senado de Puerto Rico, previo a estudio y
consideración de la información recopilada, tiene a bien someter a este Alto Cuerpo su Informe
Final, recomendando la aprobación de la Resolución Conjunta del Senado 416, sin enmiendas
en el entirillado electrónico que se acompaña.
Respetuosamente sometido,
Hon. Ramón Ruiz Nieves
Presidente
Comisión de Agricultura, Seguridad Alimentaria,
Sustentabilidad de la Montaña
y de la Región Sur