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TEMA 6.1. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA (1808-1814). Los tradicionales Pactos de Familia entre los Borbones franceses y españoles, se rompieron con el intento de Napoleón de apoderarse de España. Los españoles tuvieron que luchar por su independencia (texto), en un conflicto largo (mapa) que produjo enormes desastres (imágenes de Goya). No obstante, la ocupación francesa estimuló la revolución política, que intentó sentar las bases de un Estado liberal. 1. Carlos IV y Godoy. La sumisión a Francia. a) La gu er r a con t r a l a R epúb li c a f r an ce s a. Carlos IV llegó al trono en 1788 y al año siguiente estalló la Revolución Francesa, que inquietó profundamente a los gobernantes españoles. Cuando Luís XVI fue guillotinado en 1793, Carlos IV, como la mayoría de los monarcas europeos, declaró la guerra a la República Francesa, conocida como la guerra de la Convención. El ejército español dirigido por el general Ricardos ocupó varias plazas en el Rosellón. Pero pronto cambió el signo de la guerra y las tropas francesas tomaron San Sebastián y Figueras. Esta situación aceleró los esfuerzos para llegar a la Paz de Basilea (1795), firmada por Manuel Godoy, primer ministro y favorito de la reina, por la que cedió la isla de Santo Domingo a cambio de las conquistas francesas, que le valió el título de Príncipe de la Paz y dio paso a trece años de alianza francoespañola. b) La s al ia nz a s en t r e l a Fr an ci a r ev olu c ion ar i a y l a E sp aña ab sol ut ist a. Godoy firmó con el Directorio el Tratado de San Ildefonso (1796), pacto de amistad contra Gran Bretaña, principal enemiga de Francia y cuya marina cortaba las líneas del tráfico entre España y América. Cuando Napoleón tomó el poder continuó la colaboración de España en su lucha contra Inglaterra: 2. En 1801 se declaró la guerra a Portugal, principal aliada de Inglaterra, que permitía en sus puertos el comercio británico. Fue la llamada Guerra de las Naranjas, que llevó a la conquista de Olivenza por España y al compromiso de Portugal de cerrar sus puertos a los barcos británicos. El 1805 Napoleón se valió de la ambición de Godoy para disponer de la flota española en un gran plan de invasión de Inglaterra, que fracasará. La armada francoespañola, al mando del incapaz almirante francés Villeneuve, fue destruida en Trafalgar por el almirante Nelson, que murió en la batalla, así como los marinos españoles Churruca, Gravina y Alcalá Galiano. Esta derrota supuso el fin del poderío español en los mares. En 1807, por el Tratado de Fontainebleau, se acordó de nuevo la invasión de Portugal (que no aceptaba el bloqueo de Inglaterra) y un plan tripartito del que la parte sur sería para Godoy con soberanía hereditaria. Un gran contingente de tropas francesas entró por los Pirineos, pero Napoleón no solo pretendía ocupar Portugal, sino toda la Península, y establecer un reino dependiente con su hermano José Bonaparte como monarca. El inicio de la Guerra de la Independencia. a) Nap ol eón , á rbi t r o d e la po lít ic a e sp año la : la r eu nió n d e B a yon a . Napoleón centró su actuación en la ocupación de cuatro puntos estratégicos de la Península: Madrid, Barcelona, Cádiz y Lisboa, y hacia ellos partieron los contingentes del ejército francés. Las intenciones de Napoleón quedaron de manifiesto, por lo que Godoy recomendó a la familia real la familia real que se retirara a Aranjuez para, en caso de necesidad, seguir camino a Sevilla y embarcarse hacia América. El plan de Godoy fue considerado una rendición ante Napoleón por parte de la Corte, que junto al príncipe Fernando instigaron un motín popular que se produjo en Aranjuez en marzo de 1808 y que se saldó con la ocupación violenta del palacete donde residía Godoy. El Motín de Aranjuez estalló de inmediato debido, además, al descontento por los efectos de la derrota de Trafalgar y al temor del clero a las medidas desamortizadoras. Estos hechos obligaron a Carlos IV a abdicar en su hijo Fernando VII y fueron un exponente de la debilidad de la monarquía española: padre e hijo se disputaban el poder y recurrían al arbitraje de Napoleón, quien les convocó en Bayona, donde dejaron al descubierto sus resentimientos. Fernando fue obligado a devolver la corona a Carlos IV, que abdicó a favor de José Bonaparte, a cambio del castillo de Chambord y de una renta vitalicia. Napoleón convocó una asamblea de notables españoles a la que presentó la “constitución” de Bayona, que seguía el modelo napoleónico y proclamaba a José I rey legítimo de España. Esta asamblea estaba compuesta por afrancesados, que pretendían sacar al país del vacío de poder en que se encontraba y realizar las reformas ilustradas y liberales, en la sociedad y la política, a las que se habían opuesto la nobleza y el clero tradicionales. b) El alz am ie nt o popu l a r d e l 2 de m a yo de 1 8 08 y la s Ju nta s de D e fen sa . La nueva situación política no se consolidó. El 2 de mayo de 1808 se produjo un alzamiento popular en Madrid: ante la orden de Napoleón de trasladar al resto de la familia real a Bayona, el pueblo de Madrid respondió cortando los tiros de los carruajes y asesinando a franceses por calles y plazas. Murat sacó sus tropas a caballo, mientras los capitanes de artillería Daoiz y Velarde se sublevaban en el parque de Monteleón. Historia de España. 2º Bachillerato 1 Murat (cuñado de Napoleón), tras sofocar la rebelión, dirigió una dura represión, inmortalizada por Goya en “Los fusilamientos de la Moncloa”. La mayor parte del ejército, la nobleza, un gran número de funcionarios y el alto clero no secundaron la rebelión y la Junta de Regencia que quedó en Madrid predicaba paz y orden. Pero la rebelión se extendió rápidamente por ciudades y pueblos. El alcalde de Móstoles declaró la guerra a Napoleón, una parte del ejército español se reorganizó y muchos oficiales que no pudieron unirse a un ejército organizado, y civiles, formaron partidas guerrilleras que atacaban la retaguardia de las tropas invasoras. Rápidamente se constituyeron por todas partes Juntas Provinciales de Defensa, que constituyeron un poder paralelo al de la nueva monarquía y cuya principal misión era organizar el levantamiento militar contra las tropas francesas. Pronto se unifican en la Junta Suprema Central, que presidió el anciano Floridablanca. 3. El desarrollo de la guerra de la Independencia. a) La s ca mp añ as m il it ar es . Los generales franceses coordinaban sus esfuerzos en lo que creían un simple paseo militar e idearon un plan para acabar con la resistencia, que fracasaría: En las montañas del Bruch los somatenes catalanes cortaron el paso a los ejércitos napoleónicos; y por el sur, el general Dupont, tras saquear Córdoba, sufrió una gran derrota por el ejército español comandado por el general Castaños cerca de Bailén (julio de 1808). El ejército napoleónico ya no era invencible y, para evitar el peligro, José I huía de Madrid. Las Juntas pidieron entonces apoyo a Inglaterra y en agosto desembarcaron fuerzas inglesas en Lisboa al mando de Wellington, e hicieron capitular al mariscal francés Junot. Ante los acontecimientos Napoleón vino a España en agosto de 1808 con la Grande Armée, venció a las tropas españolas, pasó Somosierra y recuperó el control de Madrid. Estuvo aquí tres meses e ignorando a su hermano José I, decretó la abolición de la Inquisición, de los derechos señoriales y de las aduanas internas. En los tres años siguientes se produjo el afianzamiento del dominio francés: En 1809 caen tras una heroica resistencia Zaragoza (Palafox y Agustina de Aragón) y Gerona (Álvarez de Castro) y en 1810 Soult avanzaba en Andalucía, donde cayó Sevilla, pero no Cádiz, que resistió. En 1811 el mariscal Massena recibió el encargo de expulsar a los ingleses de Portugal, pero fue detenido por Wellington en la línea atrincherada de Torres Vedras, que defendía Lisboa. b) La gu er r a de d es ga st e: la gu e r ri ll a. El ejército francés era casi invencible en campo abierto, pero la guerra de España fue otra cosa, y durante tres años, sufrió una terrible guerra de desgaste frente a la guerrilla. Jefes populares encabezaron partidas de guerrilleros: Espoz y Mina en Navarra, el Cura Merino en Burgos, el Empecinado en Castilla, cuya lucha supuso el concepto de guerra total, en la que todo valía, envenenar los alimentos, poner bombas, matar a los caballos, asaltar los transportes de recursos o las pequeñas guarniciones, mientras durante el día, los guerrilleros se confundían con la población. c) La int e rv en ci ón br it á nic a y e l fin al d e la g ue rr a . En 1812 un ejército británico, dirigido por el general Wellington, desembarcó en Portugal, venció a las tropas francesas en Arapiles (cerca de Salamanca), y persiguió a las unidades que protegían la huida de José I y las derrotó en 1813 en Vitoria y San Marcial. La intervención de la armada y del ejército británicos, junto con el hostigamiento de las guerrillas, acabaron con la supremacía militar francesa, que, además, estaba siendo diezmada en el frente ruso y en otros puntos de Europa: “el hielo de Rusia y el fuego de España acabaron con Napoleón”. 4. Las consecuencias de l a guerra. E f e c t o s d e m o g r á f i c o s producidos por el elevado número de bajas producidas por la guerra, las enfermedades y el hambre; de mutilados y heridos; de viudas y huérfanos. E f e c t o s e c o n ó m i c o s producidos por la destrucción de ciudades, fábricas y campos; la ruina de la flota, las comunicaciones y el comercio; y el deterioro del patrimonio artístico. E f e c t o s m o r a l e s producidos por los fusilamientos, las represalias y la vida del guerrillero, que marcaron un comportamiento de violencia desconocido hasta entonces, y que explicaba la ferocidad con que se dirimirán en España las posteriores contiendas políticas y sociales. E f e c t o s p o l í t i c o s producidos por la revolución política como consecuencia de la ocupación, que intentó acabar con las estructuras del Antiguo Régimen y sentar las bases de un Estado liberal. Historia de España. 2º Bachillerato 2 TEMA 6.1. LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA (1808-1814). Motín de Aranjuez. 17 de marzo de 1808 “Don Fernando VII, Rey de España y de las Indias y en su nombre la Suprema Junta. La Francia, o más bien su emperador Napoleón I, ha violado con España los pactos más sagrados; le ha arrebatado sus monarcas y ha obligado a éstos a abdicaciones y renuncias violentas y nulas manifiestamente; se ha hecho con la misma violencia dar el señorío de España para lo que nadie tiene poder; ha declarado que ha elegido rey de España, atentado el más horrible de que habla la historia; ha hecho entrar sus ejércitos en España apoderándose de sus fortalezas y capital y ha cometido con los españoles todo género de asesinatos, robos y crueldades inauditas; y para todo esto se ha valido no de la fuerza de las armas sino del pretexto de nuestra felicidad, ingratitud la más enorme a los servicios que la Nación Española le ha hecho; de la amistad en que estábamos, del engaño, de la traición, de la perfidia más horrible. Ha declarado últimamente que va a trastornar la Monarquía y sus leyes fundamentales y amenaza la ruina de nuestra Religión Católica, que desde el gran Recaredo conservamos los españoles y nos ha forzado a que para el remedio único de tan graves males, los manifestemos a toda la Europa y le declaremos la guerra. La carga de los mamelucos. Goya Dado en el Real Palacio del Alcázar de Sevilla, 6 de junio de 1808” Fusilamientos del 3 de mayo. Goya Los desastres de la guerra. Goya Historia de España. 2º Bachillerato 3 TEM A 6 .2 . INICIOS DEL LIBER ALISMO EN ESP AÑ A: LAS CORTES DE CÁDIZ Y L A CONSTITUCIÓN DE 1812. P r e s e n t a c i ó n : La Constitución de 1812 (texto) aprobada por las Cortes de Cádiz (imagen), marca la frontera entre el Antiguo Régimen y la sociedad liberal. Es símbolo de libertad, por ser la primera constitución española derivada de la soberanía nacional y orientada a consolidar los derechos y limitar el poder estatal; y su impronta liberal progresista se ha perpetuado en las sucesivas constituciones españolas, incluida la actual. 1. Las primeras Cort es no estamentales españolas . C o n t e x t o : a) La co nv oc at o ri a d e l as C ort e s de C ád iz . Tras el alzamiento del 2 de mayo de 1808 se formaron Juntas Provinciales de Defensa y, en septiembre, algunos de sus representantes constituyeron la Junta Suprema Central, que asumió la regencia hasta que volviera Fernando VII, considerado como rey legítimo. La Junta Central se propuso como tareas prioritarias dirigir los asuntos públicos, combatir a los franceses y reunir unas Cortes que redactaran una constitución para el Reino. El primer problema que hubo que resolver fue si las Cortes se reunían por estamentos separados, como en el Antiguo Régimen, o en una sola Cámara que representase a toda la nación. Se dispuso esta última, que era una opción revolucionaria. El segundo problema era dónde reunir las Cortes; y se eligió Cádiz, libre de la ocupación francesa y con una pujante burguesía comercial. Convocadas las Cortes Constituyentes a principios de 1810, en su composición se admitían varios tipos de representación: popular (un diputado por cada 50.000 almas), territorial (un diputado por Junta) y estamental (ciudades con representación en Cortes, obispos y grandes de España). b) La r eun ión d e la s Co rt es y l a s p os i cio ne s id eo lóg ic a s en l a Cá ma r a . Cumplido su cometido, la Junta Central se autodisolvió dando paso al Consejo de Regencia, que fijó la reunión de las Cortes, inauguradas el 24 de septiembre de 1810 en la Isla de León y un año después se trasladaron a Cádiz a la iglesia de San Felipe Neri. Acudieron diputados de España y las Indias, entre los que predominaban eclesiásticos, abogados, altos funcionarios y militares, que tenían distintas posiciones ideológicas: - Los absolutistas eran partidarios de restaurar el Antiguo Régimen, basado en una Monarquía absoluta, aunque con opciones de reforma para moderarla; y de unas Cortes de composición estamental. Eran defensores de sus intereses como integrantes de los grupos sociales privilegiados: nobleza y clero. - Los reformadores ilustrados, a cuya cabeza se situaba Jovellanos, estaban dispuestos a que el sistema político absolutista se reformara para acoger otro basado en la soberanía compartida entre el Rey y las Cortes. Defendían reformas limitadas de carácter ilustrado y acordes con la tradición española . - Los liberales pretendían un sistema de gobierno, basado en la división de poderes y la soberanía nacional. Son principalmente intelectuales y burgueses, y llegarían a ser el componente mayoritario de las Cortes. Al margen del sistema, los afrancesados, acataron el régimen autoritario bonapartista como modo de llevar a cabo las deseadas reformas en el sistema del Antiguo Régimen sin necesidad de apelar a la revolución. En las Cortes estaba presente una lucha entre la tradición y el cambio, la reforma y la revolución, y, aunque predominaban los diputados que defendían las posiciones ilustradas o las liberales, todos tenían en común la voluntad de construir un nuevo Estado, y desde el Cádiz sitiado, sin contacto con el pueblo en guerrillas, van a legislar en nombre de España: “en el pueblo había actos sin ideas, en Cádiz todo eran ideas sin actos” (K. Marx). 2. La obra de las Cort es de Cádiz. Las Cortes de Cádiz promulgaron un conjunto de decretos de carácter programático con el fin de terminar con las trabas económicas y sociales del Antiguo Régimen y transformar a España en un Estado moderno: - Libertad de prensa e imprenta. - Abolición del régimen señorial, con la supresión de los mayorazgos y de los señoríos jurisdiccionales, reminiscencias feudales. Sin embargo, la nobleza mantuvo la propiedad de casi todas sus tierras. - Supresión de la Inquisición y sus bienes son adjudicados al Estado. - Tímida desamortización de los bienes de los conventos suprimidos por Napoleón, de los terrenos baldíos (es decir, sin cultivar ni explotar) y de las tierras comunales y de propios (bienes municipales). - Libertad económica: libertad de los propietarios para cercar o disponer de sus fincas, y supresión de la Mesta; libertad de industria mediante la supresión de los gremios; y libertad de comercio con la supresión de aduanas interiores y peajes = liberalismo económico. Pero eran unas Cortes constituyentes cuya labor primordial sería la aprobación de una Constitución. Historia de España. 2º Bachillerato 4 3. La Constitución española de 1812. a) La pr omu lg ac ión d e l a Con st i t uc ión el 1 9 d e m arz o d e 1 81 2 . La Constitución de 1812 se considera como el origen del constitucionalismo español. Influida por el pensamiento clásico español y la Constitución francesa de 1791, en su elaboración destacaron los diputados liberales Agustín Argüelles y Diego Muñoz Torrero, no obstante, puede ser considerada como un pacto entre reformistas ilustrados y liberales. Se promulgó el día de San José, por lo que es conocida popularmente como “la Pepa”. I m a g e n : Pintura historicista de Salvador Viniegra titulada “La Promulgación de 1812”, que representa la lectura de la Constitución ante el pueblo soberano y las autoridades en la plaza de San Felipe Neri, el día 19 de marzo: en la parte de la izquierda aparecen tipos populares idealizados, como expresión de la ciudadanía que forma la nación; en el estrado altas magistraturas y funcionarios del Estado; en el centro los blasones y escudos de los distintos reinos y territorios históricos de España; y, entre guirnaldas, se citan fechas y personajes claves en la lucha por la nueva sociedad liberal (1808, 1812, Daoiz, Velarde). Este cuadro, al margen de su valor estético, tenía como función inmortalizar y exaltar un hecho que ha sido considerado decisivo en la historia de España. b) El cont en ido de l a Co nst it u ción d e 1 81 2 . P re s ent ac ión: El texto es una fuente histórica primaria de carácter público y naturaleza jurídica y constitucional; obra de las Cortes de Cádiz, primeras no estamentales; de 1812, en plena Guerra de la Independencia; y cuyo destinatario es el pueblo español. Aná li s is d el c ont eni d o : destacan los siguientes aspectos: 3. - Soberanía nacional (art. 3), es decir, el poder reside en la nación, que ejerce su soberanía mediante sus representantes en Cortes, a las que pertenece el derecho de establecer las leyes que garanticen los derechos individuales de los ciudadanos. Rompe con la soberanía monárquica del Antiguo Régimen al establecer que la nación española es libre e independiente y no es patrimonio de los reyes (art. 2). - Forma de gobierno es la Monarquía constitucional (art. 14), en la que el rey, inviolable e irresponsable (art. 168), tiene limitadas sus iniciativas para evitar el absolutismo: - Derechos y deberes de los ciudadanos: aparece a lo largo de la Constitución, tal vez para evitar dar apariencia revolucionaria: libertad civil, propiedad y demás derechos legítimos (art. 4), igualdad ante la ley (art. 248), derecho a la educación (art. 366), libertad de imprenta (art. 371). Se reconoce la obligación de los españoles a observar las leyes y a contribuir con sus impuestos a la hacienda estatal. - División de poderes, para evitar el despotismo: el legislativo reside en las Cortes unicamerales con el rey soberanía compartida- (art. 15); el ejecutivo corresponde al rey, que dirigía el gobierno (art. 16), pero con importantes limitaciones -sus órdenes deben ir validadas por los Ministros correspondientes (art. 225), no puede disolver las Cortes y solo tiene veto suspensivo transitorio durante dos años-; y el judicial compete exclusivamente a los tribunales que gozaban de independencia (art. 17). - El sufragio: aunque podían votar los hombres mayores de 25 años, era un sufragio indirecto (art. 27), los electores elegían a unos compromisarios y éstos a los diputados. Además, para ser diputado se exigía una renta procedente de bienes propios (art. 92), lo que determinó la preeminencia de la burguesía. - División nacional en provincias y se omite toda referencia a los territorios con fueros. No obstante, los regímenes forales de las provincias vascas y de Navarra no se derogaron explícitamente. - Relaciones Iglesia-Estado. La religión de la Nación española es la católica, apostólica y romana (art. 12). Este artículo refleja el peso de la religión católica en la mayoría de los españoles y de los eclesiásticos en las Cortes, impidiendo introducir el principio liberal de la libertad de cultos. La proyecci ón de la Constitución española de 1812. V a l o r a c i ó n : La Constitución de 1812 sustenta un sistema político liberal basado en la soberanía nacional y configura una nueva sociedad de clases, sustentada en los principios de libertad, igualdad y propiedad, y en la que se da el reconocimiento institucional de la superioridad de los más capaces (la burguesía), a quienes se reserva, mediante el sufragio censatario, la participación en el sistema político. Ninguna constitución española ha tenido el alcance, la repercusión y la difusión de la Constitución de 1812: tuvo una gran irradiación fuera de nuestras fronteras, sirviendo de modelo en Portugal, Nápoles e Hispanoamérica, a la vez que ocupó brillantes páginas de escritores como Lord Byron en Inglaterra o Chateaubriand en Francia. En España tuvo una agitada vida de seis años: 1812-14, cuando aún no había acabado la Guerra de la Independencia; 1820-23, tras el pronunciamiento de Riego y durante el Trienio Liberal; y 1836-37, tras el Motín de los Sargentos de la Granja y hasta que se aprobó la Constitución de 1837. Además, el divorcio entre la clase política y un pueblo sin formación, que impresionado por la derrota francesa, aclamó el retorno de Fernando VII, facilitó la anulación de la obra gaditana. No obstante, la Constitución de Cádiz, se convirtió en un símbolo de libertad que marcó el camino de la ideología liberal a lo largo de todo un siglo. Historia de España. 2º Bachillerato 5 TEM A 6 .2 . INICIOS DEL LIBER ALISMO EN ESP AÑ A: LAS CORTES DE CÁDIZ Y L A CONSTITUCIÓN DE 1812. Art. 1 La nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios. Art. 2. La nación española es libre e independiente, y no puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona. Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la Nación y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales (...). Art. 4. La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos (...). Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes justas (...). Art. 14. El gobierno de la Nación española es una monarquía moderada y hereditaria. Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey. Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey. Art. 17. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los tribunales (...). Art. 27. Las Cortes son la reunión de todos los diputados que representan a la Nación, nombrados por los ciudadanos en la forma que se dirá (...). Art. 92. Se requiere para ser elegido (...) tener una renta anual procedente de bienes propios (...). Art. 168. La persona del Rey es sagrada e inviolable y no está sujeta a responsabilidad (...). Art. 225. Todas las órdenes del Rey deberán ir firmadas por el secretario de despacho del ramo (...). Art. 248. En los negocios comunes, civiles y criminales, no habrá más que un solo fuero (...). Art. 366. En todos los pueblos de la monarquía se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir y el catecismo de la religión católica (...). Art. 371. Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas, sin necesidad de licencias, revisión o aprobación anterior a la publicación (...). Extracción social de los diputados de las Cortes de Cádiz en 1811 Constitución Española de 19 de marzo de 1812 Salvador Viniegra: “La Promulgación de 1812”. Museo Histórico Municipal de Cádiz. Alegoría de la Constitución de 1812 Goya Historia de España. 2º Bachillerato 6 TE M A 6 . 3 . L A R E S T AU R AC I Ó N D E L AB S O L U TI S M O E I N TE N TO S L I B E R AL E S D U R AN T E E L R E I N AD O D E F E R N AN D O V I I ( 1 8 1 4 - 1 8 3 3 ) . P r e s e n t a c i ó n : En el desarrollo de la revolución liberal española durante el siglo XIX, el reinado de Fernando VII constituyó un paréntesis absolutista (texto), aunque con un breve periodo liberal (imagen). Ofrece un balance muy negativo, pues, además de precipitar la pérdida de las colonias americanas, la restauración del absolutismo encendió el odio entre españoles, empezando lo que sería una constante en la historia española: la intolerancia y la represión por cuestiones ideológicas, y las conspiraciones contra el poder establecido (pronunciamientos). 1. La primera restauración absolutista (1814 -1820). a) La v u e lt a a l ab so lut i smo C o n t e x t o : Cuando en 1814 terminó la Guerra de la Independencia y Napoleón fue finalmente derrotado en Europa, Fernando VII regresó a España. Tanto los liberales, que reconocían la legalidad de la Constitución de Cádiz, como los absolutistas, esperaban con impaciencia el retorno del monarca, conocido como “el Deseado”. Llegó a Cataluña y de allí viajó hasta Valencia, a donde acudieron para recibirle un representante de la Regencia con el texto de la Constitución y un diputado absolutista con un manifiesto firmado por 69 diputados. P r e s e n t a c i ó n d e l t e x t o : Es el llamado Ma n i f i e s t o d e l o s P e r s a s , una fuente histórica primaria, con temática de naturaleza política y carácter público, elaborado por 69 diputados absolutistas en Madrid el 12 de abril de 1814 y que lo presentaron al rey cuando llegó a Valencia cuatro días después. A n á l i s i s d e l c o n t e n i d o : El nombre de Manifiesto de los Persas viene dado porque incluía una frase que hacía referencia a una supuesta costumbre de ese pueblo. Las ideas fundamentales son: Los diputados absolutistas exponen a Fernando VII una visión negativa de los sucesos acaecidos en España durante lo que ellos llaman los “seis años de cautividad” (1808-14). Querían influir en el rey para que no jure la Constitución y restaure la monarquía absoluta. A lo largo del documento se ataca la obra legislativa de las Cortes de Cádiz y la Constitución, identificándola con la revolución, y con la anarquía y el caos, y es por eso, que se compara los seis años que España ha estado sin rey con la costumbre que tenían los persas de estar cinco días sin rey, durante los que se cometían todo tipo de tropelías. Frente al liberalismo, los firmantes reivindican el absolutismo como una doctrina subordinada a la ley divina, e identifican la monarquía absoluta con el orden y la obediencia y por ello el poder del rey ha de ser ilimitado b) La ob ra d el gob i er no ab sol ut i st a ( 1 81 4- 18 2 0) Con cl us ión: El 4 de mayo de 1814 Fernando VII aceptó la propuesta de los absolutistas y promulgó un decreto por el que derogaba la Constitución de Cádiz. Al día siguiente emprendió una marcha triunfal hacia Madrid en la que el entusiasmo popular ante el retorno de el Deseado fue inmenso. El régimen constitucional no era capaz de oponer resistencia. Rodeado de antiliberales (tenía un fuerte apoyo por parte del ejército, de la nobleza y del alto clero), anuló la obra legislativa de las Cortes de Cádiz e inauguró una etapa de intolerancia promoviendo una clara represión contra los constitucionalistas, por lo que muchos de ellos tuvieron que exiliarse. Se trataba de la primera reacción absolutista contra la incipiente revolución liberal. Comenzaba el Sexenio Absolutista, ejerciendo Fernando VII un poder personal, apoyado por la «camarilla», en la que iban a dominar los sectores más reaccionarios de la sociedad. La Iglesia encabezó una cruzada contra las ideas de libertad y democracia, y defendió a los partidarios del Antiguo Régimen, y procedió a desterrar a todos aquellos que habían ocupado cargos de cualquier tipo en la administración de José I. Durante este período, desaparecieron la prensa (surgió una prensa oficial), las diputaciones y los ayuntamientos constitucionales. Entre las medidas adoptadas por el gobierno absolutista están: el restablecimiento del Tribunal del Santo Oficio (la Inquisición), los señoríos y la prensa oficial, la supresión de la libertad de expresión y de asociación, y se expulsó a los profesores más abiertos a la ciencia y a las ideas liberales de la Universidad. Se restableció la organización gremial y se devolvieron las propiedades confiscadas a la Iglesia. 2. El Tri enio liberal (1820 -1823). a) El p ron un ci am ie nt o d e Ri ego y el in i cio d e l p ri m er p e rio do lib e r al e n E sp añ a. A pesar de la persecución que sufrieron los liberales, entre 1814 y 1819, se sucedieron diversos alzamientos armados, protagonizados por sectores militares partidarios de la Constitución, que siempre terminaron en fracaso. Pero el 1 de enero de 1820 triunfó un pronunciamiento encabezado por el comandante Rafael Riego en Las Cabezas de San Juan, cuando al frente de un ejército se disponía a marchar a América para reprimir el movimiento independentista, proclamando la Constitución de 1812. Un importante sector del ejército lo apoyó y algunas ciudades, como La Coruña y Barcelona, se adhirieron a la insurrección. Historia de España. 2º Bachillerato 7 I m a g e n : Fernando VII, viéndose vencido, no tuvo más remedio que jurar la Constitución, momento que refleja la imagen, en el salón de las Cortes el día 9 de julio de 1820, como consecuencia del triunfo del pronunciamiento de Riego. El rey pronunció, sin ninguna convicción, como más tarde se comprobará, la famosa frase: “Marchemos francamente, y yo el primero, por la senda constitucional”. Esta frase la dijo sin ninguna convicción, como lo demuestra el hecho de que durante los tres años que duró el periodo constitucional, intentó sin éxito la vuelta al absolutismo, hasta que en 1823, con la ayuda de Francia, en el contexto de la Europa de la Santa Alianza, triunfó la reacción e implantó de nuevo el absolutismo, sistema con el que gobernaría hasta su muerte. Se inicia así el periodo conocido como Trienio Liberal o Trienio Constitucional, durante el cual se puso en práctica una política moderada y se intentaron llevar a cabo los principios que recogía la constitución de 1812: Derechos y libertades individuales. La Iglesia, defensora del absolutismo en los años anteriores, fue apartada de los órganos de poder del Estado y las órdenes regulares fueron disueltas, expropiándose parte de sus posesiones territoriales. La elaboración del primer Código Penal español. La división del territorio nacional en provincias. La supresión definitiva de la Inquisición y la venta de sus bienes (desamortización). Los liberales en el gobierno se escindieron en dos grupos: Los liberales moderados proponían un pacto con los absolutistas: restringir algunos principios liberales y que los absolutistas aceptasen las reglas del sistema constitucional. Los liberales exaltados, de quienes surgirían los progresistas, eran partidarios de la ampliación del sufragio, de reducir el poder de la Iglesia y de la nobleza, y de crear un Estado más centralizado que garantizase el ejercicio de la libertad en todo el país. b) La s d ifi cu lt ad es d el gobi e rno l ib er al . Pese a que, en la práctica, los gobiernos constitucionalistas adoptaron medidas moderadas, los absolutistas conspiraron desde el primer momento para hacer fracasar el régimen. El propio Fernando VII apoyó a agentes que se encargaban de organizar grupos armados golpistas y enviaba emisarios para solicitar ayuda militar a los gobiernos antiliberales de Europa. Ya, en 1822 había zonas en Cataluña, País Vasco, Galicia, Navarra y Valencia en las que algunos nobles y clérigos tenían organizadas partidas militares que acosaban a las tropas constitucionalistas. Pero el gobierno constitucional en España acabó por la intervención de los Cien Mil Hijos de San Luís, ejército que cruzó la frontera y recorrió el país persiguiendo al gobierno, que se había refugiado en Cádiz, y por las desavenencias entre los propios liberales. 3. La segunda restauración absolutist a (1823 -1833). a) La reacción absolutista y las medidas del gobierno durante la “Ominosa Década”. A partir del golpe de Estado dirigido por Fernando VII se produjo una segunda restauración absolutista, que duró hasta la muerte del rey. La vuelta del absolutismo trajo consigo una ola de represión que fue especialmente dura en Andalucía (fusilamiento del general Torrijos en Málaga, ejecución de Mariana Pineda en Granada). Muchos liberales fueron ejecutados, entre ellos Rafael Riego, y otros tuvieron que exiliarse a gran Bretaña o a los nuevos países americanos, que habían obtenido la independencia fundamentándose en las ideas liberales. La Década Absolutista, no obstante, incorporó algunos cambios en la organización del Estado y cierta modernización de la Administración: Se instituyó el Consejo de Ministros como gobierno de la Corona. Se reorganizó el sistema de Hacienda pública tomando como modelo el de otros países europeos y elaboró un presupuesto para cada año. Hubo mejora de la economía, que después de casi dos décadas comenzó a despegar. b) El enfrentamiento absolutistas -liberales y el final del reinado de Fernando VII. El discurso político de este periodo no fue pacífico. Por un lado permanecía la resistencia liberal en el interior (a través de sociedades secretas) y en el exterior (a través de la acción internacional de los amplios grupos de exiliados). Por otro lado, los absolutistas más reaccionarios respondieron ante las reformas solicitando más inmovilismo y represión. Fernando VII murió en 1833, dejando una hija de tres años, añadiendo al problema de una España dividida (absolutistas – liberales) un problema sucesorio. Historia de España. 2º Bachillerato 8 TE M A 6 . 3 . L A R E S T AU R AC I Ó N D E L AB S O L U TI S M O E I N TE N TO S L I B E R AL E S D U R AN T E E L R E I N AD O D E F E R N AN D O V I I ( 1 8 1 4 - 1 8 3 3 ) . REINADO DE FERNANDO VII (1814-1833) Restauración absolutista (1814-1820) Trienio Liberal (1820-1823) Década Absolutista (1823-1833) “Señor. Era costumbre en los antiguos persas pasar cinco días en anarquía después del fallecimiento de su rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias les obligase a ser más fieles a su sucesor (...). Alegoría de la entrada victoriosa de Fernando VII en España. Esperan 6 años de absolutismo La Monarquía Absoluta es una obra de la razón y de la inteligencia: está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado: fue establecida por derecho de conquista o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron sus reyes (...). Los más sabios políticos han preferido esta Monarquía Absoluta a todo otro gobierno. El hombre en aquélla no es menos libre que en una república y la tiranía es aún más terrible en ésta que en aquélla (...). No pudiendo dejar de cerrar este respetuoso Manifiesto en cuanto permita el ámbito de nuestra representación y nuestros votos particulares con la protesta de que se estime siempre sin valor esta Constitución de Cádiz, y por no aprobada por V. M. ni por las provincias (...) porque estimamos las leyes fundamentales que contiene de incalculable y trascendental perjuicio, que piden la previa celebración de unas Cortes españolas legítimamente congregadas en libertad y con arreglo a las antiguas leyes”. Moneda de Fernando VII “por la gracia de Dios y la Constitución” acuñada en el Trienio Liberal Manifiesto de los Persas. Madrid, 12 de abril de 1814. Fernando VII jura la Constitución en el salón de las Cortes, 9 de julio de 1820 Fusilamiento de Torrijos (Gisbert) La represión antiliberal fue dura en la “década ominosa” Historia de España. 2º Bachillerato 9 TEMA 6.4. LA INDEPENDENCI A DE LA AMÉRICA ESP AÑOLA. Mapa de la independencia de América española Preparad el tema para su exposición en clase Tema 6 del libro de texto, página 185, siguiendo el esquema de la cuestión nº 19. Historia de España. 2º Bachillerato 10 TEM A 7.1. E L LI BE R ALI S MO DU R ANTE E L REINADO DE IS ABE L II. El reinado de Isabel II (1833-1868) fue un periodo de gran inestabilidad política y social: las guerras carlistas enfrentaron a los españoles, moderados y progresistas querían imponer sus criterios y se sucedieron varios textos constitucionales de distinto signo (texto); y los militares, mediante pronunciamientos, se convirtieron en los dirigentes de la política española, No obstante, la organización del Estado se encamina hacia el régimen liberal. 1. a) Los liberales en el poder: las dos regencias (1833 -1843). El p rob l em a su ce so r i o. Fernando VII tuvo una hija, Isabel, nacida en 1830. Según la Ley Sálica de 1713, las mujeres no podían acceder al trono, por lo que el sucesor de la Corona debía ser el hermano del rey, Carlos María Isidro. Sin embargo, Fernando VII, poco antes de morir dio a publicidad una pragmática de 1789 que derogaba la Ley Sálica y restablecía el derecho de reinar a las hembras, y nombró heredera al trono a su hija. A la muerte del rey en 1833, su viuda, María Cristina, se encargó de la regencia hasta que Isabel II alcanzase la mayoría de edad. Pero los partidarios de Carlos no aceptaron el testamento de Fernando VII y se alzaron en armas contra la regente, que se vio obligada a buscar el apoyo de los liberales. Comenzó así la larga guerra civil entre los carlistas (absolutistas) y los isabelinos o liberales. b) La R eg enc i a d e M arí a C ri st ina ( 18 3 3 - 18 4 0). María Cristina fue “liberal a la fuerza” y los tres primeros años dominaron en la política los liberales moderados. En 1833, el andaluz Javier de Burgos estableció la división de España en provincias (semejante a la actual); y en 1834 otro andaluz, Martínez de la Rosa, intervino en la redacción del Estatuto Real (“carta otorgada”), instrumento político por el que el poder seguía centrado en el monarca, pues, aunque establecía unas Cortes bicamerales, éstas sólo deliberaban sobre propuestas de la Corona. El sufragio era muy restringido. No obstante, el Estatuto Real supuso el inicio de una progresiva implantación de las libertades políticas, apareciendo los partidos, que en principio, más que partidos políticos propiamente dichos, eran agrupaciones de personalidades, sin programas elaborados, que constituían corrientes de opinión (P. Moderado y P. Progresista). La guerra civil y la mala situación económica provocaron sublevaciones de las milicias urbanas, que exigían una ampliación de las libertades políticas y del sufragio. En 1836, el Motín de los Sargentos de La Granja, obligó a la regente a aceptar la Constitución de 1812, y los progresistas, ahora en el poder, promulgaron algunas leyes revolucionarias: la desamortización de los bienes de la Iglesia (Mendizábal), la supresión del diezmo, la eliminación de aduanas interiores y la supresión de los gremios para favorecer el crecimiento de la industria. Pronto se redactó la Constitución de 1837: inspirada en la de 1812, pero más moderada, de compromiso, con principios progresistas (soberanía nacional, división de poderes, derechos y libertades fundamentales); y moderados (amplios poderes de la Corona, Cortes bicamerales y sufragio muy restringido -2 % población-). La 1ª Guerra Carlista: El coronel Zumalacárregui consolidó el poder de los carlistas en el País Vasco, que también tenían el apoyo popular en zonas de Navarra, Cataluña y el Maestrazgo; y en 1837, el general Cabrera, junto con don Carlos, llegó en una expedición hasta las puertas de Madrid. Pero las victorias isabelinas llevaron al Convenio de Vergara (1839) entre los generales Maroto (carlista) y Espartero (isabelino), que garantizaba algunos derechos forales y los grados del ejército carlista. Don Carlos no lo aceptó y se exilió en Francia. c) La R eg enc i a d e l g en e ra l E sp a rte r o ( 18 4 0 - 1 84 3) . Finalizada la guerra carlista, el gobierno del moderado Pérez de Castro intentó limitar las reformas y la participación de las clases medias urbanas, promulgando una Ley de Ayuntamientos que suprimía el derecho de los ciudadanos a elegir a sus alcaldes, que serían de nombramiento gubernativo. Hubo sublevaciones populares y María Cristina tuvo que renunciar a la regencia. Las Cortes eligieron como regente al general Espartero, vencedor de los carlistas, y que contaba con el apoyo de los progresistas. Espartero gobernó de manera dictatorial, sin someterse nunca al Parlamento, y se ganó el rechazo de todos: los moderados al ser desplazados del gobierno, sectores progresistas por sus formas autoritarias, los vascos al ver recortados sus fueros y los catalanes porque la política librecambista ponía en peligro su incipiente industria. Para sofocar un motín, bombardeó Barcelona desde Montjuich. Este hecho desacreditó definitivamente la regencia y provocó el pronunciamiento del general Narváez en 1843. Espartero huyó y se exilió en Londres. 2. La Década Moderada (1843 -1854). Isabel II asumió el trono de España al ser declarada mayor de edad a los 13 años y encargó la formación del gobierno a Narváez, líder del partido moderado, que con el apoyo de los sectores burgueses más conservadores gobernó durante diez años con mano dura (“el espadón de Loja”). Redactó la Constitución de 1845, muy moderada, que otorgaba más poderes a la Corona y al Gobierno y recortaba los de las Cortes (Senado y Congreso); limitaba las libertades y mantenía el sufragio censatario, más restringido aún que en 1837. Historia de España. 2º Bachillerato 11 Se realizaron importantes reformas político-administrativas: Código Civil, Código Penal, Ley de Sociedades por Acciones, Ley Fiscal y unificación de pesos y medidas (sistema métrico decimal). En 1844 se creó la Guardia Civil, destinada a mantener el orden en las zonas rurales y salvaguardar la propiedad en los latifundios surgidos de la desamortización. Se firmó el Concordato con la Santa Sede (1851), en un intento de acercamiento a la Iglesia, enemiga del régimen liberal desde la desamortización, por el que la Iglesia recuperaba muchos de sus privilegios y era autorizada para intervenir en la enseñanza. La 2ª Guerra Carlista (1846-49) tuvo su centro de operaciones en Cataluña, donde los partidarios de Carlos Luis (Conde de Montemolín, hijo de Carlos María Isidro, que había intentado sin éxito contraer matrimonio con su prima Isabel), llegaron hasta Barcelona, donde fueron derrotados en 1849. Sin embargo perduraron algunos focos carlistas en las zonas rurales y montañosas de Cataluña, Navarra y País Vasco gracias al apoyo popular de sectores del campesinado y del clero rural. 3. El Bienio Progresista (1854 -1856). La corrupción de los gobiernos moderados (negocios financieros de ministros y miembros de la familia real, concesiones de obras públicas…) y el autoritarismo de Narváez, condujeron a un pronunciamiento militar en los cuarteles de Vicálvaro (“la Vicalvarada”), instigado por el general O’Donnell, en el que participaron también amplios sectores liberales y populares de ciudades como Madrid, Zaragoza y Barcelona, que no pretendió destronar a Isabel II, sino obligarla a admitir las reformas democráticas interrumpidas desde 1844. Este alzamiento, de carácter revolucionario, dio inicio al llamado Bienio Progresista, en el que se ampliaron las libertades individuales y políticas y se redactó la Constitución “non-nata” de 1856 (que nunca llegó a aplicarse). Isabel II encargó formar gobierno al general Espartero, quien inició una serie de medidas radicales como la expulsión de los jesuitas (acusados de antiliberales) y la prohibición de las procesiones; y aplicó también la desamortización general en1855, llevada a cabo por el Ministro de Hacienda Pascual Madoz. Del mismo año es también la Ley de Ferrocarriles, a partir de la cual se planificó la red ferroviaria que tanta importancia tuvo en el desarrollo del capitalismo español, y la regulación del sistema bancario español. Fue una época de bonanza económica por las buenas cosechas y la coyuntura internacional de la Guerra de Crimea (Gran Bretaña, Francia y Turquía contra Rusia), que permitieron importantes ventas al exterior de grano y harina. 4. La segunda Década Liberal Conservadora (1856 -1868). El Bienio Progresista terminó por las presiones de la Corona y la reacción de los moderados, que contaban con el apoyo de los terratenientes, los militares conservadores y la Iglesia. Durante esta nueva etapa conservadora, se sucedieron los gobiernos de los generales Narváez y O’Donnell (éste con posiciones más moderadas que en 1854). Se restituyó la conservadora Constitución de 1845, se paralizó la desamortización de 1855, se reconoció a la Iglesia muchos de sus privilegios tradicionales y la Guardia Civil reprimió las revueltas campesinas. Además, se dio la corrupción del sistema político mediante la compra de votos, los pucherazos y el caciquismo. O’Donnell había creado la Unión Liberal, partido de centro que aglutinaba a los sectores más liberales de los moderados y a la facción más conservadora de los progresistas. Presidió el “Gobierno largo” (1858-1863), que fue el periodo de mayor prosperidad económica, gracias a las bases coloniales de Cuba y Filipinas y a la Guerra de Secesión Americana, que favoreció las exportaciones españolas. También se inició una política exterior a imitación de las grandes operaciones coloniales de las potencias europeas (Cochinchina –obtuvo solo ventajas comerciales-, África -Ifni, Sahara y Guinea-, Santo Domingo, México). En 1864 volvió Narváez con un gobierno muy conservador. Mientras, crecía en España las aspiraciones a mayor libertad, con el desarrollo del Partido Demócrata (surgido en 1849 de la izquierda del Partido Progresista) dirigido por Emilio Castelar, la aparición del republicanismo, y la creación de las primeras organizaciones obreras. La destitución de Castelar y Sanz del Río, profesores universitarios, provocó protestas estudiantiles, y el Ejército actuó con gran violencia (11 muertos en la “noche de San Daniel”); y un frustrado pronunciamiento progresista llevó a una represión durísima, con el fusilamiento de los sargentos del cuartel de San Gil. 5. Balance final del reinado de Isabel II. En la construcción del Estado liberal durante el reinado de Isabel II, la monarquía cedió poder político a las Cortes, pero puso continuas trabas a la participación de los ciudadanos (sufragio censatario). Además, la corrupción electoral hacía que siempre ganara las elecciones el partido en el poder, por lo que los cambios en el gobierno venían marcados por un pronunciamiento, que le daba un gran protagonismo político a la casta militar. Paralelamente a la implantación del liberalismo político, España se modernizó: se dio cierta industrialización (Cataluña), se realizaron muchas líneas de ferrocarril y se construyeron importantes obras hidráulicas (Canal de Isabel II). Se reabrieron las universidades, cerradas por Fernando VII, aunque las mejoras en la enseñanza emprendidas por el grupo de docentes en torno a Sanz del Río, inspiradas en el krausismo, no fueron toleradas. El desprestigio del Gobierno por su política dictatorial y la dura represión en la “noche de San Daniel” y en el cuartel de San Gil; las críticas a la Reina por interferir en la política de la nación, por su azarosa vida amorosa y por los negocios sucios de sus familiares; y el malestar social; llevaron a progresistas y demócratas a firmar el Pacto de Ostende (1866) para intentar poner fin al reinado de Isabel II. Tras la revolución “Gloriosa” de 1868, la «Reina de los tristes destinos», se exilió en Francia. Historia de España. 2º Bachillerato 12 TEM A 7.1. EL LI BER ALIS MO DUR ANTE EL REIN ADO DE I S ABEL II . REINADO DE ISABEL II (1833-68) Regencia de María Cristina (1833-40) Regencia de Espartero (1840-43) Década Moderada (1844-54) Bienio Progresista (1854-56) Segunda Década liberal-conservadora (1856.68) Gobiernos moderados Gobiernos progresistas “En 1834, por consejo del líder moderado Martínez de la Rosa, hecho primer ministro, María Cristina promulgó un Estatuto Real. El Estatuto fue una concesión de María Cristina a los liberales, cuya ayuda necesitaba frente a los Carlistas. Era una afirmación del liberalismo clásico novecentista del que los Moderados habían llegado a ser representantes. Corporeizaba el deseo de limitar el Isabel II obtuvo la mayoría de edad con solo trece años por los problemas surgidos con la Regencia absolutismo por medio de un parlamento representativo de los elementos responsables de la sociedad, y, a veces, instituía un sufragio limitado para hacer frente a la amenaza de dominio de unas masas irresponsables e incultas, a las que los Moderados consideraban fácilmente influenciables por frailes fanáticos o radicales apasionados. El Estatuto no reconocía la soberanía popular, pues el liberalismo moderado no significaba la democracia.” Herr, R.: Ensayo histórico de la España contemporánea. Madrid, 1964. Abrazo de Vergara (1839) Los militares se convirtieron en los dirigentes de la política española. Los generales Espartero (a la izquierda), Narváez (arriba) y O’Donnell (abajo), gobernaron durante gran parte del reinado de Isabel II. Historia de España. 2º Bachillerato 13 TEMA 7.2. EL INTENTO DE REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA. EL SEXENIO REVOLUCIONARIO (1868-1874). El Sexenio Revolucionario comienza con la revolución de 1868, último movimiento revolucionario protagonizado por la burguesía, cuyo objetivo era la sustitución del régimen moderado de 1845 por otro de carácter demoliberal. Este periodo es testigo de los intentos de implantar la democracia en España y de los numerosos problemas políticos que lo impidieron. Se sucedieron dos regímenes: la monarquía de Amadeo de Saboya y la Primera República. 1. La “Gloriosa” Revolución de 1868. La revolución de 1868 tuvo su origen en las contradicciones del régimen moderado de 1845, que marginó a los sectores más progresistas del liberalismo y a los grupos populares, integrados por organizaciones obreras; a la vez que los mecanismos electorales estaban totalmente controlados por los caciques. También tuvo cierta repercusión la crisis financiera de 1866 y una crisis de subsistencia que se produjo en 1868. Por ello se volvió a repetir la conspiración, seguida del pronunciamiento militar, como forma de cambio político. Pero ahora, además, se unía un importante componente popular: La conspiración: Un grupo de políticos demócratas y progresistas, algunos en el exilio, firmaron un pacto en la ciudad belga de Ostende (1866). El fin de este pacto era destronar a la reina (de escandalosa vida privada, que mantuvo relaciones íntimas con jefes de gobierno) y establecer unos derechos, como el sufragio universal. La forma de gobierno, monarquía o república, la decidirían las Cortes posteriormente. El pronunciamiento militar de septiembre de 1868: Los generales Serrano y Prim y el almirante Topete, que dirigía la armada española, atracada en Cádiz, se sublevaron y declararon destronada a Isabel II. La insurrección se extendió por Cataluña, Valencia y Andalucía. La batalla de Alcolea representó el triunfo de los insurrectos (Serrano) sobre las tropas isabelinas. La revolución: En las principales ciudades españolas se crearon Juntas Revolucionarias (en Andalucía destacaron las de Cádiz, Sevilla y Málaga) para organizar a las masas populares, que ocuparon los edificios públicos y las plazas de sus localidades. Así, lo que inicialmente era un pronunciamiento más, se convirtió en un movimiento revolucionario. La Revolución de 1868, que sus protagonistas llamaron “la Gloriosa”, puso fin al régimen liberal autoritario que gobernó España durante 25 años (excepto el paréntesis 1854-1856). Isabel II, que estaba veraneando con su familia en San Sebastián, tuvo que abandonar España y se refugió en París, acogida por la emperatriz Eugenia de Montijo (esposa de Napoleón III). 2. El Gobierno provisi onal. La Cons titución de 1869. Un Gobierno provisional, presidido por el general Serrano, adoptó como primera medida la convocatoria de elecciones por sufragio universal para las nuevas Cortes constituyentes, que habrían de redactar una Constitución que sustituyera a la de 1845. La Constitución de 1869, de carácter democrático y liberal, establecía: La soberanía nacional, expresada mediante el sufragio universal masculino. La garantía de las libertades de expresión y de prensa, de reunión y de asociación (ésta aparece por primera vez en el constitucionalismo español). El Estado aconfesional y la libertad de culto (también es reconocida por primera vez) y de enseñanza. División de poderes claramente establecida. El poder legislativo en unas Cortes bicamerales: Congreso y Senado, pero éste es elegido también por sufragio universal, aunque indirecto (a diferencia de la de 1845). La monarquía constitucional continuaba, pero con mayor limitación del poder real. Las Cortes se habían decidido a favor de la monarquía, y, mientras se encontraba un rey, dieron la Regencia al general Francisco Serrano, el cual encargó formar gobierno al general Juan Prim, tan enemigo de la República como de los Borbones. 3. La monarquía de Amadeo de Saboya ( 1871 -1873). La familia real española estaba en el exilio y era tarea difícil encontrar un nuevo rey para España. Muchos países, como Gran Bretaña, Francia y Prusia, intentaron que un miembro de sus familias reales estuviera en el trono español. También engrosaron la lista de candidatos el general Serrano, el Duque de Montpensier o Alfonso de Borbón (ex-amante, cuñado e hijo, respectivamente, de Isabel II). Finalmente, el general Prim, jefe del gobierno, ofreció el trono al príncipe Amadeo de Saboya, hijo del rey Víctor Manuel, que había llevado a cabo la unificación de Italia y tenía un marcado carácter liberal. Historia de España. 2º Bachillerato 14 Amadeo I reinó en España poco más de dos años (1871-1873), asumiendo el papel de monarca constitucional, que reina pero no gobierna. El nuevo rey se encontró un país con numerosos problemas políticos: Su principal valedor, el general Prim, fue asesinado el día que llegó a España como nuevo rey. La mayoría de los partidos políticos le ignoraron y se disputaban sin piedad el poder en el Congreso, impidiendo la estabilidad de cualquier gobierno. Los carlistas iniciaron insurrecciones en Cataluña, Valencia, Navarra y el País Vasco. Se produjeron numerosas revueltas urbanas protagonizadas por sectores populares decepcionados en sus expectativas por los políticos liberales en el Gobierno. En Cuba se sucedieron insurrecciones contra el Gobierno, debidas en gran parte a que los propietarios de las plantaciones de caña, se negaron a aplicar los decretos de abolición parcial de la esclavitud de 1870. Ante esta difícil situación, Amadeo I abdicó en 1873 y volvió a su Italia natal. Al abandonar España le comentó a su ayudante: “Tengo la sensación de que volvemos de un viaje a la Luna”. 4. La primera República Española (febrero 1873 - enero 1874). Tras la abdicación de Amadeo I, los republicanos, surgidos de los demócratas, convencieron a los diputados de que la alternativa era la República. Así, el 11 de febrero de 1873 las Cortes, en sesión conjunta del Congreso y el Senado, votaron por gran mayoría la constitución de la Primera República. Durante los once meses que duró, se sucedieron cuatro presidentes: Estanislao Figueras fue el primer presidente. Partidario de la república unitaria, tuvo que soportar un golpe de Estado de los republicanos federales y la constitución del Estado de Cataluña, el primero de la futura República Federal Española. Francisco Pi i Margall, presentó a las Cortes un proyecto de Constitución (1873), en línea con la Constitución de 1869, pero contemplaba la organización federal de la República. Pero la influencia anarquista transformó el federalismo en cantonalismo, constituyéndose cantones por todo el país: Málaga, Cádiz, Sevilla, Cartagena, en medio de revueltas y enfrentamientos de la población. El cantonalismo fue el causante de su dimisión. Nicolás Salmerón, que propugnaba una república conservadora, lanzó al ejército contra la revuelta cantonalista y el movimiento obrero, pero dimitió antes de aplicar la pena de muerte, que repugnaba a su ideología. Emilio Castelar, representó el triunfo de los moderados, llevando al poder a la República unitaria y autoritaria. Persiguió a los federalistas y a los cantonalistas y reprimió el movimiento obrero. Pero ya era demasiado tarde. Colaboraría en la reinstauración de la monarquía. La I República sufrió una gran inestabilidad, al no descansar en una base política ni social sólida, que hiciera posible su consolidación. Concurrieron varias circunstancias: 4. La falta de políticos convencidos del republicanismo y su división en unitarios y federalistas, y sus enfrentamientos a raíz de la proclamación de los cantones autónomos del Estado. En Cataluña se intentó crear un Estado catalán dentro de la República Federal Española, a lo que se opusieron los republicanos unitarios que gobernaban en aquel momento. La oposición abierta de los políticos autoritarios y conservadores, de buena parte de la jerarquía eclesiástica y de los carlistas (3ª Guerra Carlista). Los campesinos pidieron el reparto de las tierras de los latifundios, cuestión que los políticos republicanos ni tan siquiera se planteaban. En las zonas industriales, la desconfianza de los sectores populares en el gobierno y la agitación social de la Internacional, llevó a los obreros a ocupar a menudo las calles. El fracaso de los intentos para establecer una democracia. Las continuas luchas entre los partidos y la falta de apoyo al gobierno provocaron una constante inestabilidad. Finalmente, un nuevo pronunciamiento puso fin a la Primera República el 3 de enero de 1874: El general Manuel Pavía entró con las tropas en el Congreso y lo disolvió. El poder fue entregado al general Francisco Serrano, quien decidió autoproclamarse Presidente vitalicio de la República y gobernó dictatorialmente durante un año. Con el nuevo golpe de Estado protagonizado por el general Arsenio Martínez Campos el 19 de diciembre de 1874, se produjo la restauración monárquica a favor del hijo de Isabel II Alfonso XII, quien llegaría a España en enero de 1875. Historia de España. 2º Bachillerato 15 TEMA 7.2. EL INTENTO DE REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA. EL SEXENIO REVOLUCIONARIO (1868-1874). SEXENIO REVOLUCIONARIO (1868-1874) Revolución “Gloriosa” de 1868 y Constitución de 1869 Reinado de Amadeo I de Saboya (1871-73) Primera República española (1873-1874) Golpe de Estado de Pavía y dictadura de Serrano (1874) “La nación española y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio universal, deseando afianzar la justicia, la libertad y la seguridad, y proveer al bien de cuantos vivan en España, decretan y sancionan la siguiente Constitución: Caricatura. “Prim busca a ciegas un régimen”: la monarquía de Amadeo I sólo durará 2 años Art. 17. Ningún español podrá ser privado: Del derecho de emitir libremente sus ideas y opiniones [...]. Del derecho a reunirse pacíficamente. Del derecho de asociarse [...]. Art. 21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. El ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda garantizado [...]. Art. 32. La soberanía reside en la Nación, de la cual emanan todos los poderes [...]. Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes [...]. Art. 38. Las Cortes se componen de dos Cuerpos Colegisladores, a saber, Senado y Congreso Ambos Cuerpos son iguales en facultades [...]. Art. 91. A los Tribunales corresponde exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales. Unos mismos códigos regirán en toda la monarquía [...] Disposiciones transitorias. Art. 1. La ley que en virtud de esta Constitución se haga para elegir la persona del Rey (…) formará parte de la Constitución [...]”. Constitución Española de 1869. El otro régimen del Sexenio Democrático fue la Primera República, en la que hubo cuatro presidentes en sólo once meses. La búsqueda de un nuevo rey Historia de España. 2º Bachillerato 16 T E MA 7 .3. AN ÁLI S IS Y V ALO R ACI Ó N DE L AS ME DI D AS DES AMO RTIZ ADO R AS . Los políticos liberales pusieron en marcha la reforma agraria liberal, donde destacaron una serie de medidas desamortizadoras, con el fin de cambiar la estructura de la propiedad de la tierra para favorecer la expansión de la producción agrícola, necesaria para el crecimiento de la industria. Pero el carácter rentista y poco emprendedor de los nuevos propietarios impidió en España un avance económico similar al de otros países de Europa Occidental. 1. La reforma agraria l iberal. a) El p rob l em a d e l a p ro pie da d d e l a t ie r r a y l a n e ce s id ad de r efo r ma . A principios del siglo XIX, la agricultura seguía siendo la principal fuente de riqueza de España. Una agricultura muy condicionada por una baja productividad (suelos poco fértiles, clima adverso, escasa inversión, uso de mano de obra abundante, cultivos tradicionales...), que necesitaba propietarios emprendedores que invirtiesen en maquinaria o introdujeran nuevos cultivos para obtener mayores rendimientos. En la estructura de la propiedad dominaba la dicotomía latifundio-minifundio: las grandes propiedades seguían siendo mayoritarias en Andalucía y la Meseta sur, mientras las pequeñas predominaban en Galicia: La mayor parte de la propiedad de la tierra estaba en manos de la nobleza y de la Iglesia, que vivían de las rentas que les proporcionaba el campo y casi nunca se dedicaban a una actividad productiva. Sus tierras eran cultivadas por arrendatarios que, generalmente, se quedaban con una parte de las cosechas para subsistir y entregaban el resto al propietario, además de pagar impuestos al Estado o el diezmo a la Iglesia. Los campesinos eran, en general, muy pobres y trabajaban explotaciones pequeñas. Esto dificultaba la acumulación de beneficios que permitiesen la mejora de los cultivos y comprar maquinaria. Por otra parte, más de la mitad de las personas que trabajaban la tierra eran jornaleros. La estructura jurídica de la propiedad se caracterizaba por la enorme relevancia de los bienes amortizados: mayorazgos y manos muertas. Las tierras de los municipios y de la Iglesia eran propiedades de manos muertas, porque la ley prohibía su venta y no podían cambiar de manos, por lo que no podían ser adquiridas bien por una clase campesina deseosa de tierras bien por una incipiente burguesía dispuesta a invertir en la agricultura. Además, pervivían restos del Antiguo Régimen: privilegios de la Mesta que perjudicaban a los labradores y régimen señorial en forma de derechos jurisdiccionales. Se hacía, por tanto, necesaria la reforma del campo, como había apuntado pocos años atrás Jovellanos en su Informe sobre la Ley Agraria. b) La r efo rm a ag r a ri a li be ra l fue promovida por los gobiernos liberales del siglo XIX, destacando: La abolición de los privilegios de la Mesta (1836), que permitió la roturación de tierras destinadas anteriormente a pastos, lo que significó el aumento de las tierras de cultivo. La desvinculación de los mayorazgos (Ley de 1841 que ratificaba la de 1820), forma de propiedad vinculada que impedía a su titular disponer en vida de los bienes vinculados y debía pasar íntegro como herencia al primogénito -> mayorazgo. Se liberaron, así, las tierras de los patrimonios vinculados a las casas nobiliarias, permitiendo su venta o partición, saliendo enormes extensiones al libre mercado. La abolición del régimen señorial (1811, 1820 y, definitivamente, en 1837). 2. Los señoríos jurisdiccionales se suprimieron y los señores perdían sus atribuciones jurisdiccionales (ejercer justicia), pero conservaban la propiedad de las tierras que los campesinos no pudieron acreditar como propias. Los señoríos territoriales pasaron a ser propiedad privada del señor, y los campesinos que tradicionalmente habían trabajado dichas tierras pasaban a ser simples arrendatarios o jornaleros. Las medidas desamortizadoras. a) Con ce pt o y ob jet iv os de l a de s am ort iz ac ió n: Las desamortizaciones (intentos de Godoy en 1798, 1813, 1820, 1836, 1855) produjeron los cambios más importantes en la estructura de la propiedad, que consistieron en la apropiación por el Estado de las propiedades que estaban en “manos muertas”, de la Iglesia (tierras y edificios) y de los Ayuntamientos (tierras comunales), que fueron declarados bienes nacionales para su posterior venta a particulares en pública subasta. Objetivos: Financieros: conseguir recursos extraordinarios para amortizar la deuda pública, remediar el déficit de la hacienda pública y costear la guerra contra los carlistas. Era el prioritario. Políticos: atraer simpatizantes al liberalismo, pues los compradores perderían las tierras adquiridas si vencían los carlistas, que habían prometido devolver las propiedades al clero. Sociales: la creación de una clase media agraria de campesinos propietarios y asentar la propiedad individual y libre. Historia de España. 2º Bachillerato 17 b) La de s amo rt iz a c ión e cl e si ást i ca ( 18 3 6 - 1 8 3 7). El progresista Juan Álvarez, Mendizábal (Jefe de Gobierno y luego Ministro de Hacienda), llevó a cabo la primera desamortización mediante unos decretos sobre la disolución de las Órdenes Religiosas (excepto las dedicadas a la enseñanza y a la asistencia hospitalaria) y la incautación por parte del Estado del patrimonio (fincas rústicas y bienes inmuebles) de las comunidades religiosas afectadas (clero regular). Con estos recursos se afrontó el problema de la deuda pública y se financió el ejército contra los carlistas. En 1841 se decretó la desamortización de los bienes del clero secular, pero durante la Década Moderada se detuvo este proceso, en 1845 mediante la ley que restringía la venta de bienes nacionales y en 1851 mediante la firma del Concordato. c) La de s amo rt iz a c ión g en er a l ( 18 5 5). Fue promovida por el Ministro de Hacienda Pascual Madoz durante el Bienio Progresista. La nueva ley desamortizadora afectó a los bienes de la Iglesia, de las Órdenes Militares, de las Cofradías, de las instituciones benéficas y, sobre todo, de los Ayuntamientos (bienes propios y comunes), significando la desaparición definitiva de los bienes de manos muertas. El volumen puesto a la venta fue mucho mayor que en 1837. Con ello se pretendía conseguir recursos para la Hacienda, las inversiones públicas, sobre todo, para la construcción del ferrocarril, y para la modernización económica del país. d) El p ro c edi mi ent o d e s amo rt iz a do r. Con los bienes nacionalizados se constituyeron lotes de propiedades que fueron reprivatizadas mediante subasta pública, en presencia de un juez, entre los particulares interesados en su compra. El pago se podía efectuar en metálico, dando un primer plazo por un valor de la quinta parte de la propiedad y el resto en quince años, o bien pagando una parte con títulos de deuda pública y el resto en plazos durante ocho años. 3. Valoración de las medidas desamortizadoras. Las medidas desamortizadoras aliviaron el déficit de la Hacienda pública, problema crónico en España, y que no se lograrían acabar con él. El 40 % de la tierra y el 60 % de las propiedades de la Iglesia cambió de manos, pero consolidó la estructura latifundista. Los compradores fueron aristócratas, que aumentaron su patrimonio, y burgueses ricos, que veían en la tierra un signo de prestigio social y estabilidad económica. La mayoría de los agricultores carecían de capacidad adquisitiva para comprar tierras, y en su mayor parte, se convirtieron en jornaleros, mano de obra eventual y en precarias condiciones de trabajo, que protagonizaría frecuentes conflictos sociales. La venta de tierras municipales perjudicó a los ayuntamientos y a los vecinos más pobres, que perdieron la utilización de los terrenos comunales, lo que forzó a la emigración a las ciudades o produjo la proletarización de amplios sectores del campesinado. Transformó la fisonomía de las ciudades, pues la privatización de los bienes conventuales y municipales posibilitó cambios urbanísticos, ensanches y utilización de nuevos edificios públicos (muchos conventos se convirtieron en cuarteles, hospitales, escuelas, etc.). La desamortización de los bienes eclesiásticos arrebató a la Iglesia la base de su poder económico, lo que produjo un distanciamiento del nuevo régimen liberal del clero y los españoles más apegados al catolicismo. Proporcionó los recursos necesarios para hacer frente a las guerras carlistas. Además, los grupos sociales que adquirieron los bienes desamortizados, entre los que destacaba la burguesía, apoyarían la causa del régimen isabelino y se opondrán al carlismo. 4. Conclusión final. No se creó “una familia de propietarios que hará producir las tierras y creará así gran riqueza”, como decía Mendizábal; y apenas mejoraron las técnicas de cultivo. La falta de propietarios emprendedores impidió la “capitalización” del campo que generara beneficios para invertir en otros sectores (industria). No obstante, se logró una ampliación importante de la tierra cultivada dedicada a los cereales y a la patata; en la zona mediterránea se fue imponiendo una agricultura destinada a la comercialización (naranjas, vid, olivo), y se introdujeron abonos como el guano de Perú o el nitrato de Chile, que repercutió en un aumento de la productividad. Historia de España. 2º Bachillerato 18 TEMA 7.3. AN ÁLISIS Y V ALORACIÓN DE LAS MEDIDAS DESAMORTIZADORAS. “Atendiendo a la necesidad y conveniencia de disminuir la deuda pública consolidada y de entregar al interés individual la masa de bienes raíces, que han venido a ser propiedad de la nación, a fin de que la agricultura y el comercio saquen de ellos las ventajas que no podrían conseguirse por entero en su actual estado, o que se demorarían con notable detrimento de la riqueza nacional, otro tanto tiempo como se tardara en proceder a su venta; teniendo presente la ley de 16 de enero último y conformándome con lo propuesto por el Consejo de Ministros, en nombre de mi excelsa hija la reina Isabel II, he venido en decretar lo siguiente: Artículo 1º. Quedan declarados en venta desde ahora todos los bienes raíces de cualquier clase, que hubiesen pertenecido a las comunidades y corporaciones religiosas extinguidas y los demás que hayan sido adjudicados a la nación por cualquier título o motivo. Artículo 4º. Que todos los medios rústicos susceptibles de división, sin menoscabo de su valor, o sin graves dificultades para su propia venta, se distribuyan en el mayor número de partes o suertes que se pudiere. Artículo 5º. Que estas suertes se pongan en venta con total separación, como si cada una hubiese compuesto una propiedad aislada”. Convento de la Trinidad, de la calle Atocha de Madrid, desamortizado en 1836, tuvo diversos usos, entre ellos, sede del Ministerio de Fomento, hasta 1897 en que fue demolido por razones urbanísticas Gaceta de Madrid, 21 de febrero de 1836. La mayoría de los agricultores no tenían dinero para comprar las tierras desamortizadas. Así, en 1860, más de la mitad de las personas que trabajaban la tierra eran jornaleros. 3500 3000 Bienes eclesiásticos 2500 Bienes civiles 2000 1500 1000 500 0 1836-44 1845-54 1855-56 1858-67 Las desamortizaciones eclesiástica y civil (millones de reales de vellón) 19que Historia España. emprendedores 2º Bachilleratohizo La falta dede propietarios mejoraran muy poco las técnicas de cultivo. La agricultura española apenas se mecanizó y se empleaban técnicas tradicionales. TEMA 7.4. L AS TR ANSFORM ACIONES ECONÓMIC AS DEL SIGLO XIX Y LA AP ARICIÓN DEL MOVIMIENTO OBRERO. 5000 Asturias Vizcaya 4904 Málaga 4152 4000 3000 2000 España 1860-64 1865-69 42 1065 45 1262 Francia 1000 0 1860-64 1865-69 Gran Bretaña La producción siderúrgica en la década de 1860 Jordi Nadal: El fracaso de la Revolución Industrial en España La primera moneda española de una peseta se acuñó durante el Gobierno Provisional en 1869 En el siglo XIX, paralelamente a la revolución liberal, se producen en España importantes cambios económicos y sociales, aunque de forma más lenta y menos intensa que en otros países de Europa Occidental. Se puede hablar de una auténtica revolución industrial en Cataluña y el País Vasco, aunque el resto de España continuó siendo un país eminentemente agrario. Símbolo del progreso fue la construcción del ferrocarril y la creación de un mercado único en todo el país como consecuencia de la supresión de las aduanas internas y la creación de una moneda única, la peseta, emitida por el Banco de España. También durante este periodo aparecieron las primeras manifestaciones del movimiento obrero. Preparad el tema para su exposición en clase Tema 7 del libro de texto, páginas 213 a 229. Primer congreso obrero celebrado en Barcelona en 1870 Historia de España. 2º Bachillerato 20