Instituto secular
Instituto secular es la denominación que recibe en la Iglesia católica una asociación para personas laicas (que profesan los tres consejos evangélicos obligatorios (castidad, pobreza y obediencia) por un vínculo sagrado, en virtud del cual entregan la propia vida al seguimiento de Cristo y al apostolado de la Iglesia, comprometiéndose en la santificación del mundo trabajando desde dentro de él (can. 710), siguiendo una constitución específica para su instituto. Junto con los Institutos religiosos, las Sociedades de Vida Apostólica, el Orden de las vírgenes, la vida eremítica y las denominadas nuevas formas de vida consagrada componen el estado de la vida consagrada, caracterizado por la profesión o el compromiso de seguimiento de los consejos evangélicos en la Iglesia católica. El apelativo seculares subraya que aquellos que profesan este estado de vida consagrada no modifican la condición que tienen en el siglo y que continúan viviendo y actuando en medio del pueblo de Dios sin salir del propio ambiente social (can. 711; can. 713 § 2) según el modo de vida secular que les es propio.Dichos Institutos seculares pueden ser clericales o laicales, masculinos o femeninos.