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Principios de manejo de salud
oral para pacientes VIH/SIDA
Curso de entrenamiento para el
profesional de salud oral
Hecho posible por fondos otorgados al Instituto del SIDA del
Departamento de Salud del Estado de Nueva York, por parte del
Negociado de VIH/SIDA, la Administración de Recursos y Servicios
de Salud y el Departamento de Salud y Servicios Humanos
Cuidado dental para personas
infectadas con VIH:
Consideraciones Legales
Mark Rubin, LLD
La información legal que contiene esta sección esta actualizada
hasta septiembre de 1999
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¿¿¿ Son más valiosas
las vidas de los reclusos en Alabama
que las vidas de los trabajadores
dentales en Maine ???
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Consideraciones legales
primarias
• Derechos Civiles/
Incapacidad
• Mala Práctica
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Tendencias Comunes
• Se pueden tratar con seguridad en la oficina dental
privada a los pacientes infectados por VIH
• Control de infecciones funciona; las precauciones
universales son eficaces
• Los dentistas probablemente están tratando
pacientes infectados con VIH, sabiéndolo o no
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El acercamiento legal
“más seguro”
• TRATE
• TRATE CORRECTAMENTE
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Acercamiento al manejo de
riesgo
• Trate al paciente infectado por el VIH
como a cualquier otro paciente
• Como pacientes con otras
enfermedades infecciosas o
condiciones crónicas.
•
DOCUMENTE
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Derechos civiles/ Leyes
de Incapacidad
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BRAGDON Vs. ABBOTT
Primer caso en la Corte Suprema de los Estados Unidos sobre:
• Tratado de ciudadanos con incapacidad
• VIH/SIDA
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Derechos Civiles/ Leyes de
Incapacidad
• LEYES FEDERALES
• LEYES ESTATALES Y LOCALES
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Derechos Civiles/ Leyes de
Incapacidad
• Leyes Federales
-- Ley de Ciudadanos • Daños y perjuicios
con Impedimentos • Interdicto
-- Acta de
Rehabilitación
• Leyes Locales y del
Estado
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• Honorarios de abogados
• Similar, más exclusión de
participación en el programa
• Similar, más daños
monetarios
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“…Si usted siente que se le ha
discriminado en la provision de
cuidado dental por su condición
de VIH o SIDA, debe llamar al
Dept. de Justicia en Washington
D.C. al
1-800-514-0301.”
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Sin mencionar…
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DEFINICIÓN DE INCAPACIDAD
• Incapacidad Real
– “un impedimento físico o mental que limita
sustancialmente una o más de las
actividades vitales mayores del individuo.”
• Registro de la incapacidad real
• Se considera que tiena una incapacidad
• Esto puede incluír otras enfermedades
infecciosas (HIV, Hepatitis/TB…)
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LA CORTE SUPREMA EN
TEMAS DE “INCAPACIDAD”
• Decisión individual
– Limitación sustancial, no inhabilidades totales
• “Incapacidad corregible"
– Incapacidad determinada con referencia a medidas
mitigantes
• La apuesta mas segura hoy: Trate al VIH como una
incapacidad
– Algunos impedimentos pueden causar
invariablemente una limitación sustancial de una
actividad vital mayor.
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DISCRIMEN
“No se puede discriminar en contra de
cualquier individuo en base a su
incapacidad, del disfrute equitativo de
bienes, servicios, facilidades, privilegios,
ventajas o acomodo en cualquier lugar de
acomodo público …”
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DISCRIMEN (cont.)
• El negar la participación
– Participación con beneficios desiguales
– Provisión de un beneficio independiente
• Facilidades integradas
• Discrimen por “asociación”
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ÁREAS DE ACOMODO
PÚBLICO
“…La oficina profesional de
un proveedor de cuidado de
la salud…”
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ALGUNAS PREGUNTAS
HECHAS COMÚNMENTE
SOBRE EL VIH, DERECHOS
CIVILES Y LA LEY DE
INCAPACIDAD
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¿PUEDE EL RIESGO DE
TRANSMISIÓN JUSTIFICAR EL
REHUSASE A OFRECER
TRATAMIENTO?
• ¿Cuál es el riesgo?
• Eficacia de las Precauciones Universales
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“AMENAZA DIRECTA”
“…UN RIESGO SIGNIFICATIVO A LA
SALUD Y SEGURIDAD DE OTROS QUE
NO SE PUEDE ELIMINAR A TRAVÉS DE
UNA MODIFICACIÓN DE POLíTICAS,
PRÁCTICAS O PROCEDIMIENTOS O
POR LA PROVISIÓN DE AYUDAS O
SERVICIOS
AUXILIARES …”
NOTA: El Peso de Prueba
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“AMENAZA DIRECTA”
(cont.)
• Regla general: No hay amenaza
• (para cuidado rutinario de pacientes VIH)
• Todavía no existen leyes en cuanto a
casos complejos de cuidado a pacientes
con SIDA
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“AMENAZA DIRECTA”
(cont.)
“Así pues sostenemos que al transmitir una enfermedad que
inevitablemente involucra la muerte, la evidencia apoya la
existencia de un ‘riesgo significativo’ si se muestran ambos:
1-que cierto evento puede ocurrir y que…
2-de acuerdo con una opinión médica formal este evento puede
transmitir la enfermedad.
Esto no es un concepto que ‘abarca cualquier riesgo’: el peligro
asertado de transmisión tiene que surgir de una opinin médica
sólida y no ser especulativo o imaginativo. Tampoco esto es un
concepto de ‘alguien tiene que morir primero’: para hayar un
riesgo significante, no es necesario tener evidencia de una
transmision real de la enfermedad terminal.”
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PROVEEDORES
INFECTADOS
•¿La lotería legal?
•Ley de Casos No
Maduros
•Un caso pendiente
contra un higienista
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RESPONSABILIDAD POR
EMPLEADOS QUE SE REHUSAN
• “errores” por las recepcionistas
• El empleado indispuesto
–¿Servicios iguales?
–Interrogantes sobre leyes de empleo
• Nota: responsabilidad personal
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ASUNTOS DE CUIDADO AL
PACIENTE
•
•
•
•
Preguntas sobre el estado VIH del paciente
Pruebas mandatorias para el paciente
Precauciones adicionales
Horarios especiales
Tema común:
• Opinión profesional o pretexto
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REFERIDOS
• El profesional de salud oral no está obligado a
dar tratamiento mas allá de su área de
especialización
• ¿Dar el mismo referido para pacientes VIH
negativos con condiciones similares?
• Cuidado con el referido a un “especialista” para
tratamiento dental a pacientes con VIH
-- ¿Hay base dental o es un pretexto?
-- ¿Cual es la “especialidad”?
-¿Es
un
referido
o
un
rehuso?
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PACIENTE NO-ADHERIDO A
ÓRDENES MÉDICAS
• Adherencia
• Pacientes que mienten acerca de su
estado serológico
• Pacientes que pierden citas
Temas Comunes:
¿Cuales son las políticas generalmente aplicadas?
¿Que modificaciones se pueden hacer a las prácticas,
políticas y procedimientos?
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“NEGLIGENCIA
PROFESIONAL ”
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CONSIDERACIONES
PRÁCTICAS
• ¿Son los daños iguales a cualquier otro
caso de negligencia profesional?
• “Antes” y “ahora”—terapias combinadas,
inhibidores de proteasa, etc.
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ABANDONO
El rehusar a dar tratamiento es más
que un asunto de discriminación
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CONFIDENCIALIDAD
• Las mismas protecciones otorgadas a todos los pacientes
• Además de protecciones estatales específicas debido al
estado VIH
Preocupaciones Comunes:
• Empleados
• Mantenimiento de expedientes
• Consultas con médicos
• Terceras personas ( por ejemplo: compañías aseguradoras)
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DIAGNÓSTICO
• Riesgo de negligencia profesional
– Fallar en hacer un diagnóstico a tiempo o referir a un
médico
– Asuntos de magnitud de la práctica (oral vs.
sistémico)
– Diagnóstico erróneo
• Consideraciones de riesgo administrativo
– Tome buenos historiales
– Siempre busque por señas de malignidades ó
infecciones, etc.
• Mantenerse dentro del límite de práctica dental
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COORDINAR CON EL EQUIPO
DE CUIDADO PRIMARIO
• Existe un riesgo de negligencia profesional si
no lo hace cuando sea necesario
• Hágalo para el cuidado del paciente—no para
discriminar o atrasar el tratamiento
• Siga las leyes estatales, por ejemplo:obtener
consentimiento a tratar
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TRATAMIENTO
• La mayoría del cuidado oral puede ser
provisto por cualquier dentista
competente
• Riesgo de negligencia profesional
– Rehusar tratar por razones médicas inapropiadas
– Proveer tratamiento que el paciente no puede
tolerar
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TRATAMIENTO (cont.)
•
Algunas consideraciones de riesgo
administrativo
– Seguir las guías recomendadas (CDC/ADA)
– Proveer cuidado basado en el estado médico/dental
– Coordinar el cuidado con un médico cuando sea
apropiado
– Similitud a otros pacientes medicamente complejos
– Referir (a ‘especialistas’) solo basado en información
científica
– Documente rigurosamente
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EL ENLACE ENTRE LAS
LEYES DE INCAPACIDAD Y DE
NEGLIGENCIA PROFESIONAL
• Para propósitos de negligencia profesional;
ofresca tratamiento y hágalo apropiadamente
• Dese cuenta del riesgo de discriminación al
asumir cualquier otra norma
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EL MODELO LEGAL MÁS
SEGURO
• Trate los individuos infectados por VIH como
cualquier otro paciente
• Trátelos como a pacientes con otras condiciones
infecciosas o condiciones crónicas
• Prácticas de trabajo bien fundadas en hechos
científicos es lo mejor para ud. Y su paciente
• Documente
• Mantengace al día de nuevos desarrollos científicos y
legales
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