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Papel de la Inspección
Médica en el control de
la Incapacidad
Temporal (I.T.)
Antonio del Corral García
Coordinador U.M.V.I.
Deleg. Prov. Salud. Málaga
Marco normativo de la Inspección
de Servicios Sanitarios
DECRETO 224/2005, de 18 de octubre, por el que se
aprueba el Reglamento de Ordenación de la Inspección de
Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía

Artículo 2. Ámbito de actuación de la Inspección de Servicios
Sanitarios de la Junta de Andalucía.

La Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía,
dependiente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de
Salud, tiene como finalidad ejercer las funciones de inspección y
control de centros, establecimientos y servicios sanitarios públicos,
concertados y privados y prestaciones sanitarias de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, así como la vigilancia del cumplimiento de la
normativa sanitaria y de la Seguridad Social en los términos
establecidos en el presente reglamento.
Antonio del Corral García
Papel de la Inspección Médica en el control de
la Incapacidad Temporal
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Marco normativo de la Inspección
de Servicios Sanitarios
DECRETO 224/2005, de 18 de octubre, por el que se
aprueba el Reglamento de Ordenación de la Inspección de
Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía

Artículo 2. Ámbito de actuación de la Inspección de Servicios
Sanitarios de la Junta de Andalucía.

La Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía,
dependiente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de
Salud, tiene como finalidad ejercer las funciones de inspección y
control de centros, establecimientos y servicios sanitarios
públicos, concertados y privados y prestaciones sanitarias de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, así como la vigilancia del
cumplimiento de la normativa sanitaria y de la Seguridad Social en los
términos establecidos en el presente reglamento.
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Papel de la Inspección Médica en el control de
la Incapacidad Temporal
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Marco normativo de la Inspección
de Servicios Sanitarios
DECRETO 224/2005, de 18 de octubre, por el que se
aprueba el Reglamento de Ordenación de la Inspección de
Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía

Artículo 2. Ámbito de actuación de la Inspección de Servicios
Sanitarios de la Junta de Andalucía.

La Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía,
dependiente de la Secretaría General Técnica de la Consejería de
Salud, tiene como finalidad ejercer las funciones de inspección y
control de centros, establecimientos y servicios sanitarios públicos,
concertados y privados y prestaciones sanitarias de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, así como la vigilancia del cumplimiento de
la normativa sanitaria y de la Seguridad Social en los términos
establecidos en el presente reglamento.
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la Incapacidad Temporal
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Funciones de la Inspección de Servicios
Sanitarios
-
Funciones en materia de derechos y obligaciones de la ciudadanía
-
Funciones en materia de centros, establecimientos y servicios sanitarios
-
Funciones en materia de la prestación farmacéutica
Funciones en materia de prestaciones sanitarias del Sistema de Seguridad
Social
- Realizar las actividades atribuidas por la legislación vigente al
personal del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración
de la Seguridad Social, en materia de contingencias comunes y
profesionales protegidas por el Sistema de la Seguridad Social, de
acuerdo con las competencias que tiene en la materia la
Comunidad Autónoma de Andalucía
- Valorar las reclamaciones de pacientes en materia de incapacidad
laboral
Agentes de la autoridad en el desempeño de sus funciones
-
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Papel de la Inspección Médica en el control de
la Incapacidad Temporal
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Pactos de Toledo
Estado del bienestar Pactos sociales
- Contexto de crisis económica
 Desempleo   Gasto
  Recaudación
  prestaciones   gasto
Envejecimiento de la población
Nuevas tecnologías
Oferta de servicios
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la Incapacidad Temporal
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Pactos de Toledo
1.- Separación financiera de la Seguridad Social, diferenciando
claramente las prestaciones contributivas de las no contributivas
- Las prestaciones contributivas serán financiadas por cuotas de empresas y
trabajadores
- Las no contributivas corren a cargo del Estado, mediante impuestos y
presupuestos generales.
2.
Control del fraude, tanto en la incapacidad temporal
como en la permanente.
3. Simplificación de la gestión.- Una sola entidad gestora de la S.S.
4. Supresión de diversidad de regímenes especiales, con tendencia a
integrarlos en solo 2 regímenes:
Régimen de trabajadores por cuenta ajena
Régimen de trabajadores por cuenta propia
5. - Armonización legislativa
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la Incapacidad Temporal
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Pactos de Toledo: Medidas
1. - Constitución de reservas con cargo a excedentes de cotización.
2. - Establecimiento de un único tope de cotización para todas las
categorías profesionales
3. - Proporcionalidad entre las pensiones y las cotizaciones mediante un
esfuerzo de cotización.
–
–
4. -
Seguridad jurídica en la determinación de las pensiones de invalidez.–
–
5. -
Ampliación de los períodos de determinación de la pensión de jubilación a 15 años
Acentuación de la proporcionalidad
 100% a los 35 años de cotización
 80% a los 25 años “
“
 50% a los 15 años de cotización (período mínimo)
Lista de enfermedades y de su valoración en los efectos de la reducción de la capacidad de
trabajo.
No invalidez>65 años
Incremento de las pensiones de orfandad, ampliando el límite de edad de 18
a 21 años (o 23 en caso de ausencia de ambos padres)
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la Incapacidad Temporal
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Modificaciones legislativas
Ley 42/94 de medidas fiscales, administrativas y de
orden social.
Las Mutuas pueden asumir la gestión económica de
las contingencias comunes

A través de sus servicios médicos,
–
–
el seguimiento y control de los trabajadores en I.T. por
contingencias comunes.
Capacidad de hacer reconocimientos médicos se
establezcan cuando sean requeridos por la Mutua, sin
perjuicio de continuar recibiendo asistencia sanitaria del
organismo publico competente.
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la Incapacidad Temporal
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Modificaciones legislativas
2.
3.
Reunía las prestaciones por incapacidad laboral transitoria e
invalidez provisional en una única prestación por
INCAPACIDAD TEMPORAL, y desliga como específica la
maternidad. Extinción de la invalidez provisional
Unifica en el INSS, en todas las fases del procedimiento,
declarar la situación de invalidez permanente, integrando las
competencias dispersas entre varios organismos.
1.
2.
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RD 1300/95 crea los Equipos de Valoración de Incapacidades
(EVI)
El INSS asume mediante los mencionados equipos las
competencias en los reconocimientos preceptivos para la
elaboración del informe clínico laboral que servirá de base par la
calificación de la invalidez, competencia que anteriormente era de
las UVMI.
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la Incapacidad Temporal
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Modificaciones legislativas
R.D. 575 / 97 de 18 de abril, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y
control de la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal,
desarrollado por la Orden de 19.6.97 y sucesivos










El P9 de baja debe ser expedido por el facultativo previo reconocimiento del trabajador
La prórroga se emite en el mismo documento de confirmación (parte 51)
En el 3º parte de confirmación, y sucesivamente cada 4 partes, el facultativo debe
emitir informe medico complementario
Informes de control trimestrales por la Inspección
Cambio de modelajes y en la tramitación de los mismos
Protección de datos médicos del trabajador
Alta por agotamiento emitida por la Inspección
Capacidad de seguimiento y control de los procesos por Entidad Gestora y
Colaboradoras
La negativa o ausencia a los reconocimientos podrá dar lugar a extinción de la
prestación
Capacidad de formular propuestas de alta
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la Incapacidad Temporal
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Modificaciones legislativas
Ley 66 / 97 de 30 de diciembre de medidas fiscales, administrativas y de
orden social.
R.D. 1117 / 98 de 5 de junio, por el que se modifica el R.D. 575 / 97,
desarrollado en la Orden de 18.9.98, por la que los facultativos del INSS,
podrán expedir el alta laboral con efecto económico a aquellos pacientes
a los que estimen capacitados
Real Decreto-ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de
Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios.
Su art. 44 amplía el papel de los Médicos de las Mutuas sobre
expedición de altas médicas en términos similares al reconocido para los
Médicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
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la Incapacidad Temporal
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EMPRESA
GESTORIAS
GRADUADOS
SOCIALES
INSPECCIÓN
MÉDICA
U.M.V.I.
SINDICATOS
Reclamaciones
TRABAJADOR
INCAPACITADO
Nivel
Especializado
Abogados
Pleitos
MÉDICO
A.P.
INDICACION
I.T.
SEGURIDAD
SOCIAL /
MUTUAS
Servicios de
Prevención
Situación actual
Inspección Médica
C. Salud (U.M.V.I.)
I.N.S.S.
12 meses
Médico S.A.S.I.T.
18 meses
Prórroga I.T.
MUTUAS
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Situación futura
I. N. S. S.
18 meses
Médico S.A.S.I.T.
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Alta
12 meses
Nueva baja Inspec. Médica
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la Incapacidad Temporal
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Propuesta de alta
I.N.S.S.
Intención de alta
INSPECCIÓN
MÉDICA
U.M.V.I.
Alta a efectos
económicos
CONTROL
TRABAJADOR
I.T.
MUTUAS
MÉDICO DE A.P.
Orden de alta al médico de A.P.
Alta laboral
Alta de Inspección
Permanencia en I.T.
Propuesta Invalidez
Inicio de actuaciones
Inspección




Médico de Atención Primaria
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Mutuas
Administración
– S.S.P.A. : S.A.S. y Empresas Públicas
– Consejerías de la Junta de Andalucía


Empresas
De oficio
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Actuaciones de la Inspección
hacia el paciente. I




Valoración de la capacidad laboral ( La inspección no diagnostica ni trata )
Pacientes/Trabajadores:
– Desconocimiento
– Intereses creados
– Problemática personal, laboral y sociall
– Hedonismo
IT corta duración  Predominan causas sanitarias
I.T. larga duración  Concurren además otras causas extra sanitarias
– Personales: familiares, sociales, culturales, económicos “me voy a dar de baja”
– Factores productivos: laborales, motivación, implicación, consideración.
 Demanda-control-autonomía
 Estudio ERI (Effort-Reward Imbalance)
 Compromiso. Inseguridad

Garantía de la calidad
– Cumplimiento de la ley: operadores de justicia administrativa
– de la prestación y del sistema sanitario
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Actuaciones de la Inspección
hacia el paciente. II


Procedimientos: Acumulaciones, desplazamientos y traslados
Contingencias: La jurisprudencia está ampliando cada vez más las patologías
que pueden ser causa de un A.T.
* Infarto: En el lugar de trabajo. In itinere
* Acc. Vasculares (ACV, trrombosis, : Son varias las sentencias que han reconocido
como A.T. la trombosis sufrida mientras se pasaba consulta o el infarto padecido por
un médico durante una guardia localizada como consecuencia del estrés.
*Mobbing: El TSJ de Andalucía declaró que la baja por acoso laboral o mobbing
padecida por una FEA del Servicio Andaluz de Salud también se considera como
percance laboral.
*Burn-out: El burn-out o síndrome de estar quemado tampoco ha pasado
desapercibido y tanto el Tribunal Supremo como órganos de instancias inferiores lo
han reconocido como accidente de trabajo.
*Suicidio: Un TSJ lo consideró como accidente laboral si su causa es el trabajo.

Patologías emergentes: Mobbing. Burnout. Fibromialgia
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Actuaciones de la Inspección
hacia el médico de A.P.

Problemática del Médico de A.P.
–
–
–
–



Sobrecarga de trabajo
Falta de tiempo
Desincentivación
Presión del paciente
Sectorización geográfica
Interrelación del médico A.P.
Actuaciones en consulta



Inspector
Revisión de pacientes: Controles indirectos
– Altas por médico A.P.
– Citas en UMVI
Información y actualización normativa
Actividades de formación
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Actuaciones de la Inspección
respecto a las Mutuas

Propuestas de alta
– Discrepancias en propuestas de alta de los
médicos de A.P






Propuestas de invalidez
Propuestas de control
Acumulaciones
Agotamientos de plazo
Investigaciones
Nuevas bajas tras alta de A.T.
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Actuaciones de la Inspección
respecto a la Administración
Programas específicos de actuación
– Control del Absentismo del Personal del SSPA
– Control del Personal de la Junta de Andalucía
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Control absentismo en S.S.P.
Problemática
− Tasas de prevalencia superiores a la normalidad
− Mayor facilidad para acceso inadecuado a la prestación.
− Dificultades en el control de la I.T. debido a las relaciones profesionales
con el personal de la inspección.
− Los sistema de información (indicadores) no eran totalmente fiables.
− Procesos de I.T. “sospechosos de causa no puramente clínicas”
− Demora elevada en la gestión de pruebas e informes médicos.
− Políticas de recursos humanos en los centros sanitarios.
− Falta de medios en determinadas unidades.
− Emisión y entrega de partes de confirmación de la baja laboral se
realiza en algunos centros a través del personal administrativo.
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la Incapacidad Temporal
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Control absentismo en S.S.P.
Medidas
− Exigir la emisión del P-9 baja y alta proceda de su medico de A.P. asignado.
− Periodicidad semanal de los partes de confirmación.
− Mejorar el sistemas de información – Gerhonte - y mantener actualizadas las
bases de datos.
− Implantación de un protocolo de actuaciones inmediatas en circunstancias
extraordinarias.
− Petición informe al médico de cabecera urgente.
− Citación del paciente
− Comparecencia del médico de A.P.
− Visitas domiciliarias ( subinspectores )
− Todas las altas dadas en UMVI serán consideradas como “altas por inspección”
− Designación de responsables directos en UMVI y cada centro sanitario con
circuitos rápidos de comunicación entre ambos
− Priorización de centros con mayor absentismo.
− Divulgación e información normativa de I.T en A.P.
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Capacidad de control del
empresario
PROBLEMÁTICA EN LA EMPRESA
–
–
–
–
Mala información
Necesidades de producción
Mala gestión laboral
Ausencia de políticas de prevención de riesgos laborales
Artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores ( Dirección y control de la
actividad laboral)
4. El empresario podrá verificar el estado de enfermedad o accidente del
trabajador que sea alegado por éste para justificar sus faltas de asistencia al
trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. La negativa del
trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los
derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas
situaciones.
LÍMITES:
- LEY GENERAL DE SANIDAD 14/1986. Todos tienen los siguientes derechos:
Art. 10.3 A la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso…
- LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER GENERAL 15/1999
Artículo 7. Datos especialmente protegidos
3. Los datos de carácter personal que hagan referencia al origen racial, a la salud y a la vida sexual….
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Capacidad de control del
empresario
LA EMPRESA PUEDE SOLICITAR DE LA
INSPECCIÓN



Control de la baja laboral  Valoración
Acumulación de procesos
Alta por agotamiento del plazo máximo
LA EMPRESA NO PUEDE PEDIR
– Información sanitaria
– Información confidencial
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la Incapacidad Temporal
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Actuaciones de la Inspección en
materia de I.T.








Todas las bajas extendidas en
los 6 meses siguientes, por
cualquier motivo, deberán ser
autorizadas/extendidas por
Inspección.
Alta laboral,
– Por Inspección
– Por mejoría o curación emitida por Inspección
– Orden de alta a través del médico de cabecera
Permanencia en I.T.
Propuesta de invalidez permanente
Acumulación de procesos
Informes de contingencia
Informes para Juzgados, Gabinete o Asesoría Jurídica
Vocal del E.V.I.
Subinspectores
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Actuaciones de la Inspección en
materia de I.T.
 Reclamaciones
contra Alta laboral
–Disconformidad
–Reclamación Previa
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Disconformidad
alta médica
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Resolución de
reclamación contra
alta médica
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Reingreso laboral

La probabilidad de retorno al trabajo
después de un episodio de baja laboral es:
 80 % a las 6 semanas
 50 % entre 3 y 6 meses
 20 % al año
 0 % a los 2 años
Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida
y de Trabajo
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