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DECRETO Nє 53
Mendoza, 17 de enero de 1997
VISTO:
El Expediente Nє 0000114-D-97, 02681 y sus acumulados 3477-D-96-77710,
330-D-97-03750 y 0002844-D-96-03599, en el cual se gestiona la adecuaciуn del
Presupuesto de Erogaciones vigente a lo dispuesto por Ley Nє 6462, como asн se solicita la
contrataciуn de diverso personal, con funciones en la Direcciуn Provincial de la Niсez y
Adolescencia, en la Direcciуn de Asistencia a la Ancianidad e Invalidez y en el Ministerio
de Desarrollo Social y Salud, hasta el 31 de diciembre de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto de Cooperaciуn Economнa Solidaria de Mendoza se crea por Ley Nє
6255, como ente autбrquico, con personerнa jurнdica propia.
Que el antes mencionado organismo tenнa por objeto fomentar, apoyar e impulsar la
integraciуn econуmica de los distintos sectores que actъan en la economнa solidaria; y en
gene-ral estimular la transformaciуn productiva y crecimiento socio-econуmico de la
Provincia, en el marco de la economнa solidaria.
Que integraban el referido Instituto, conforme lo dispuesto por la Ley Nє 6255, Art. 5є,
las siguientes dependencias y programas: a) Direcciуn Provincial de Cooperativas. b)
Departamento de Asistencia a Mutualidades. c) Programa de Juventud Solidaria, Juventud
Cooperativa Agraria Solidaria, Centros Solidarios, Vivienda por Ayuda Mutua y
Organizaciуn Solidaria (VAMOS). d) Direcciуn de Promociуn Socio-Econуmica. e)
Unidad de Evaluaciуn de Proyectos. f) Las Unidades Administrativas y Tйcnicas no
transferidas por el Decreto Nє 1572/94. g) Los convenios vigentes con organismos pъblicos
y privados provinciales, nacionales e internacionales. h) Todos los programas que deben
implementarse en cumplimiento de los fines que le son propios.
Que en el Presupuesto de Erogaciones 1997 fue presen-tado el Instituto de Cooperaciуn
y Economнa Solidaria de Mendoza, como organismo descentralizado, en virtud de lo
descripto en el primer considerando.
Que por Ley Nє 6462 del 8 de enero de 1997, se disuelve el Instituto de Cooperaciуn y
Economнa Solidaria de Mendoza (Art. 10) y se crea el Fondo de Inversiуn y Desarrollo
Social (FIDES Art. 1), como organismo centralizado.
Que dicho Fondo tendrб por finalidad financiar programas y proyectos destinados a
contribuir a la superaciуn de la pobreza, a apoyar el ingreso econуmico de las familias y
generar empleo.
Que el FIDES, particularmente financiarб: - Programas alimenta-rios, nutricionales y
asistenciales. - Programas de generaciуn de empleo temporal o de emer-gencia, de
capacitaciуn y de reconversiуn laboral. - Progra-mas de apoyo tйcnico a las micro y
pequeсas empresas, coopera-tivas, mutuales y demбs organi-zaciones socioeconуmicas. Proyectos sociales de infraestructura comunitaria, fortalecimiento de la sociedad civil,
autogestiуn y atenciуn de servicios sociales.
Que dado lo descripto en el considerando anterior, es necesario transferir todos aquellos
programas y dependencias que formaban parte del Instituto de Cooperaciуn y Economнa
Solidaria de Mendoza y que no tengan relaciуn con la finalidad antes descripta, al бrea de
la Subsecretarнa de Desarrollo Social.
Que es necesario clasificar institucionalmente y efectuar las correcciones
correspondientes, en el Presupuesto de Erogaciones vigente, de acuerdo a lo dispuesto por
la Ley de creaciуn del citado Fondo de Inversiуn y Desarrollo Social.
Que respecto a las contrataciones en las Direcciones Provincial de la Niсez y
Adolescencia y de Asistencia a la Ancianidad e Invalidez y en el Ministerio de Desarrollo
Social y Salud, los cargos en que se realizan no se encuentran encuadrados en el Art. 30 de
la Ley Nє 6454.
Por ello, habiйndose diligenciado los pertinentes volantes de imputaciуn preven-tiva, de
acuerdo a lo dispuesto por el Art. 11 de la Ley N° 6462 y Arts. 9,13 y 19 de la Ley N° 6454
- Presupuesto aсo 1997 y lo aconsejado por la Subsecretarнa de Desarrollo Social del
Ministerio de referencia.
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artнculo 1є: Modifнquese el Presupuesto de Erogaciones vigente, del modo que se
indica en Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente Decreto, y por un
importe de pesos seis millones ochocientos treinta mil cincuenta y ocho ($ 6.830.058,00).
Artнculo 2є: Modifнquese a partir del 1є de enero de 1997, la Planta de Personal del
Presupuesto de la Administraciуn Pъblica Provincial y transfiйranse al Carбcter,
Jurisdicciуn, Unidad Organizativa, Clasificaciуn Presupuestaria, Ubicaciуn Esca-lafonaria,
Clase y Unidad de Gestiуn al personal y cargos del modo que se indica en las Planillas que
como Anexo II forman parte integrante del presente Decreto.
Artнculo 3є: La transferencia dispuesta por el artнculo anterior no modifica el carбcter
de permanente, interino, licenciado con retenciуn del cargo, o cualquier otra circunstancia
en que se encuentre el personal en la actualidad.
Artнculo 4є: De acuerdo a lo dispuesto por el artнculo 1є, transfiйranse, los bienes
inventariables que oportuna-mente fueron presentados dentro del Carбcter 2, Jurisdicciуn
08, Unidad Organizativa 07, al Carбcter 1; Jurisdicciуn 08; Unidad Organizativa 71..
Los responsables arbitrarбn las medidas administrativas necesarias a fin de adecuar la
contabilidad patrimonial, estableciйndose que, a los efectos de la transferencia, los bienes
serбn valuados al valor registrado actualmente, en virtud de la facultad acordada por el
artнculo 50 Inc. a) de la Ley Nє 3799 y sus modificatorias.
Artнculo 5є: Modifнquese el Anexo IV "Clasificaciуn Institucional Codificaciуn", que
integra el Clasificador de Erogaciones y Recursos (Decreto Nє 3159/79 - t.o. Resoluciуn
Nє 54-H-1984 y sus modificaciones), a nivel de Unidad Organizativa, conforme se indica a
continuaciуn: Cуdigo: Carбcter: 2, Jurisdicciуn: 08, U. Organizativa: 07. Concepto:
Supresiуn Instituto de Cooperaciуn y Economнa Solidaria de Mendoza. Cуdigo: Carбcter:
1, Jurisdicciуn: 08, U. Organizativa: 71. Concepto: Creaciуn Fondo de Inversiуn y
Desarrollo Social.
Artнculo 6є: Modifнquese el Cбlculo de Recursos de la Administraciуn Pъblica Central
del Presupuesto Vigente, del modo que se indica en Planilla Anexa III, que forma parte
integrante del presente Decreto, debiendo considerarse aumen-tado en la suma de pesos tres
millones setecientos mil ($ 3.700.000).
Artнculo 7° - Modifнquese el Cбlculo de Recursos del Instituto de Cooperaciуn y
Economнa Solidaria de Mendoza del Presupuesto vigente, del modo que se indica en
Planilla Anexa IV, que forma parte integrante del presente Decreto, debiendo considerarse
disminuнdo global-mente en la suma de pesos seis millones ochocientos treinta mil
cincuenta y ocho ($ 3.130.058,00.-).
Artнculo 8є: Modifнquense las Erogaciones Figurativas del Presupuesto de la
Administraciуn Central vigente, del modo que se indica en Planilla Anexa V, que forma
parte integrante del presente Decreto, debiendo considerarse disminuнdas en la suma de
pesos tres millones ciento treinta mil cincuenta y ocho ($ 3.130.058,00).
Artнculo 9є: La administraciуn de los fondos afectados, correspondientes al Fondo de
Inversiуn y Desarrollo Social, estarбn a cargo del citado Fondo, no debiendo modificarse el
destino especнfico previsto en las correspondientes normas legales.
Artнculo 10є: Contrбtese a partir del 1є de enero y hasta el 31 de diciembre de 1997, a
diverso personal en la Direcciуn Provincial de la Niсez y Adolescencia del Ministerio de
Desarrollo Social y Salud, segъn detalle obrante en las planillas que como Anexo VI
forman parte integrante del presente Decreto, con la remuneraciуn mensual equiva-lente a
los cargos que en ella se especifican.
Artнculo 11є: El gasto autorizado precedentemente serб atendido con cargo a las
siguientes partidas: Presupuesto aсo 1997: Cuenta General S96515 41102 00 - S96507
41102 00- S96513 41102 00 - S96512 41102 00 - S 96517 41102 00 - S 96514 41102 00 S96523 41102 00 - S96506 41102 00 - S96508 41102 00. Unidad de gestiуn: A00118 A00112 - A10117 - A90367 - A00115 - A10121 - A10125 - A10116 - A10067 - A00059 A10069 - A10060 - A10066 - A10073 - A10041 - A10096 - A10100 - A00089 - A10088 A00095 - S10090 - A00097 - A00087 - A00203 - A00200 - A00201 - A00213 - A00218 A90369 - A10129 - A10140 - A10147 - A90366 - A10137 - A10144 - A00190 - A00150 A00161 - A90366 - A90367 - A00214 - A00216 - A00197.
Artнculo 12є: Establйzcase que los agentes consignados en las Planillas que como
Anexo VI forman parte integrante del presente Decreto, deberбn cumplir cuarenta (40)
horas semanales de trabajo, correspondiendo se les abonen los suplementos que establecen
los Arts. 32 punto 10 y 44 de la Ley Nє 5465.
Artнculo 13є: Contrбtese a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 1997, al
siguiente personal en la Direcciуn de Asistencia a la Ancianidad e Invalidez, con una
remuneraciуn mensual equivalente al cargo que en cada caso se indica:
Jurisdicciуn 08 - Carбcter 2 - Unidad Organizativa 05
Rйgimen Salarial 05:
Clase 013
Dn. Vнctor Antonio Ferro,
DNI Nє 10.846.858
Clase 004
Norma Beatriz Stember,
DNI Nє 10.938.322
Clase 008
Mirian Olguнn,
DNI Nє 18.081.369
Clase 001
Jorge Alejandro Chavero,
DNI Nє 20.444.735
Artнculo 14є: El gasto autorizado precedentemente serб atendido con cargo a las
partidas: Presupuesto aсo 1997. Cuenta general: S96400 41102 00 - S96417 41102 00 S96408 41102 00. Unidad de Gestiуn: A00111 - A00169 - A00224.
Artнculo 15є: Contrбtese a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 1997, al
siguiente personal en el Ministerio de Desarrollo Social y Salud, con una remuneraciуn
mensual equiva-lente al cargo que en cada caso se indica:
Jurisdicciуn 08 - Carбcter 1 - Unidad Organizativa 01
Rйgimen Salarial 65 - Ley Nє 5126
Direcciуn Provincial de Cooperativas:
Clase 009
Da. Lilia Inйs Fernбndez,
clase 1955, DNI Nє 11.694.218.
Clase 006
Da. Isabel del Carmen Cбceres,
clase 1955, DNI Nє 11.487.824
Clase 009
Da. Marнa Eugenia Duarte,
clase 1968, DNI Nє 20.235.065
Clase 013
Da. Ana Marнa Bellandi,
clase 1950, L.C. Nє 6.144.776
Clase 011
Da. Nйlida Edith Rosas,
clase 1958, DNI Nє 12.481.430
Clase 008
Da. Mirtha Esther Sinatra,
clase 1961, DNI Nє 13.747.989
Clase 013
Dn. Sergio Gustavo Alvarez,
clase 1960, DNI Nє 14.175.550
Clase 012
Da. Marнa Margarita Sales,
clase 1960, DNI Nє 14.197.192
Clase 009
Da. Liliana Marнa Cappadona,
clase 1964, DNI Nє 16.908.199
Clase 013
Da. Lidia Noemн Mйndez,
clase 1949, L.C. Nє 6.040.048
Direcciуn Promociуn Socioe-conуmica:
Clase 013
Dn. Guillermo Alejandro Gallardo,
clase 1964, DNI Nє 17.151.897
Clase 009
Dn. Alfredo Rubйn Pereyra,
clase 1961, DNI Nє 14.730.611
Clase 007
Dn. Luis Alberto Morбn,
clase 1965, DNI Nє 17.252.483
Clase 013
Dn. Carlos Guillermo Pujol,
clase 1936, L.E. Nє 6.872.083
Da. Elisabeth Liliana Caterino,
clase 1961, DNI Nє 14.677.311
Clase 011
Dn. Bernabй Jesъs Luna,
clase 1944, DNI Nє 8.026.032
Programa Juventud Solidaria:
Clase 013
Dn. Eduardo Renй Fonzalida,
clase 1962, DNI Nє 14.858.146
Clase 009
Dn. Juan Carlos Sarmiento,
clase 1955, DNI Nє 11.486.777
Clase 006
Da. Carmen Rosa Ortiz,
clase 1952, DNI Nє 10.274.206
Clase 010
Da. Stella Maris Garнn,
clase 1968, DNI Nє 20.424.007
Clase 006
Dn. Rubйn Pablo Rocha,
clase 1962, DNI Nє 16.241.028.
Programa Juventud Agraria:
Clase 009
Da. Graciela Noemн Zamora,
clase 1961, DNI Nє 14.185.703
Clase 008
Da. Fanny Edith Moyano,
clase 1967, DNI Nє 18.453.216
Programa Centros Solidarios:
Clase 012
Da. Eliana Nilda Lуpez,
clase 1965, DNI Nє 17.721.793
Da. Cecilia Beatriz Pelliza,
clase 1963, DNI Nє 14.978.721
Clase 006
Dn. Raъl Humberto Rivero,
clase 1943, L.E. Nє 6.903.611
Prensa y Difusiуn:
Clase 008
Da. Emma Haydeй Lodi,
clase 1943, DNI Nє 4.552.665
Departamento Asistencia a Mutualidades:
Clase 009
Dn. Hugo Alberto Ojeda,
clase 1958, DNI Nє 12.162.230
Da. Sandra Graciela Boueri,
clase 1962, DNI Nє 14.667.989
Clase 006
Da. Mуnica Graciela Natoli,
clase 1963, DNI Nє 16.120.229
Da. Marнa Cristina Guevara,
clase 1961, DNI Nє 14.311.405
Programa de Promociуn y Capacitaciуn Vecinalista:
Clase 009
Da. Delia Elena Bracco,
clase 1946, DNI Nє 5.421.517
Artнculo 16є: El gasto autorizado precedentemente serб atendido con cargo a la partida
Presupuesto aсo 1997. Cuenta general B97053 41102 00 - Unidad de gestiуn Z00831.
Artнculo 17є: Establйzcase que las acciones que modifican las estructuras
administrativas dispuestas por el presente Decreto, deberбn comunicarse por informe a las
respectivas Comisiones de Hacienda y Presupuesto de caja Cбmara, en conformidad con lo
determinado por el Art. 19 de la Ley Nє 6454 de Presupuesto aсo 1997.
Artнculo 18є: El presente Decreto serб refrendado por los seсores ministros de
Desarrollo Social y Salud y de Economнa y Finanzas.
Artнculo 19є: Comunнquese, publнquese, dйse al Registro Oficial y archнvese.
ARTURO PEDRO LAFALLA
Pablo A. Mбrquez.
Anexo: Consultar en la Direcciуn de Finanzas del Ministerio de Economнa y Finanzas