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DECRETO Nє 53 Mendoza, 17 de enero de 1997 VISTO: El Expediente Nє 0000114-D-97, 02681 y sus acumulados 3477-D-96-77710, 330-D-97-03750 y 0002844-D-96-03599, en el cual se gestiona la adecuaciуn del Presupuesto de Erogaciones vigente a lo dispuesto por Ley Nє 6462, como asн se solicita la contrataciуn de diverso personal, con funciones en la Direcciуn Provincial de la Niсez y Adolescencia, en la Direcciуn de Asistencia a la Ancianidad e Invalidez y en el Ministerio de Desarrollo Social y Salud, hasta el 31 de diciembre de 1997, y CONSIDERANDO: Que el Instituto de Cooperaciуn Economнa Solidaria de Mendoza se crea por Ley Nє 6255, como ente autбrquico, con personerнa jurнdica propia. Que el antes mencionado organismo tenнa por objeto fomentar, apoyar e impulsar la integraciуn econуmica de los distintos sectores que actъan en la economнa solidaria; y en gene-ral estimular la transformaciуn productiva y crecimiento socio-econуmico de la Provincia, en el marco de la economнa solidaria. Que integraban el referido Instituto, conforme lo dispuesto por la Ley Nє 6255, Art. 5є, las siguientes dependencias y programas: a) Direcciуn Provincial de Cooperativas. b) Departamento de Asistencia a Mutualidades. c) Programa de Juventud Solidaria, Juventud Cooperativa Agraria Solidaria, Centros Solidarios, Vivienda por Ayuda Mutua y Organizaciуn Solidaria (VAMOS). d) Direcciуn de Promociуn Socio-Econуmica. e) Unidad de Evaluaciуn de Proyectos. f) Las Unidades Administrativas y Tйcnicas no transferidas por el Decreto Nє 1572/94. g) Los convenios vigentes con organismos pъblicos y privados provinciales, nacionales e internacionales. h) Todos los programas que deben implementarse en cumplimiento de los fines que le son propios. Que en el Presupuesto de Erogaciones 1997 fue presen-tado el Instituto de Cooperaciуn y Economнa Solidaria de Mendoza, como organismo descentralizado, en virtud de lo descripto en el primer considerando. Que por Ley Nє 6462 del 8 de enero de 1997, se disuelve el Instituto de Cooperaciуn y Economнa Solidaria de Mendoza (Art. 10) y se crea el Fondo de Inversiуn y Desarrollo Social (FIDES Art. 1), como organismo centralizado. Que dicho Fondo tendrб por finalidad financiar programas y proyectos destinados a contribuir a la superaciуn de la pobreza, a apoyar el ingreso econуmico de las familias y generar empleo. Que el FIDES, particularmente financiarб: - Programas alimenta-rios, nutricionales y asistenciales. - Programas de generaciуn de empleo temporal o de emer-gencia, de capacitaciуn y de reconversiуn laboral. - Progra-mas de apoyo tйcnico a las micro y pequeсas empresas, coopera-tivas, mutuales y demбs organi-zaciones socioeconуmicas. Proyectos sociales de infraestructura comunitaria, fortalecimiento de la sociedad civil, autogestiуn y atenciуn de servicios sociales. Que dado lo descripto en el considerando anterior, es necesario transferir todos aquellos programas y dependencias que formaban parte del Instituto de Cooperaciуn y Economнa Solidaria de Mendoza y que no tengan relaciуn con la finalidad antes descripta, al бrea de la Subsecretarнa de Desarrollo Social. Que es necesario clasificar institucionalmente y efectuar las correcciones correspondientes, en el Presupuesto de Erogaciones vigente, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de creaciуn del citado Fondo de Inversiуn y Desarrollo Social. Que respecto a las contrataciones en las Direcciones Provincial de la Niсez y Adolescencia y de Asistencia a la Ancianidad e Invalidez y en el Ministerio de Desarrollo Social y Salud, los cargos en que se realizan no se encuentran encuadrados en el Art. 30 de la Ley Nє 6454. Por ello, habiйndose diligenciado los pertinentes volantes de imputaciуn preven-tiva, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 11 de la Ley N° 6462 y Arts. 9,13 y 19 de la Ley N° 6454 - Presupuesto aсo 1997 y lo aconsejado por la Subsecretarнa de Desarrollo Social del Ministerio de referencia. EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: Artнculo 1є: Modifнquese el Presupuesto de Erogaciones vigente, del modo que se indica en Planilla Anexa I, que forma parte integrante del presente Decreto, y por un importe de pesos seis millones ochocientos treinta mil cincuenta y ocho ($ 6.830.058,00). Artнculo 2є: Modifнquese a partir del 1є de enero de 1997, la Planta de Personal del Presupuesto de la Administraciуn Pъblica Provincial y transfiйranse al Carбcter, Jurisdicciуn, Unidad Organizativa, Clasificaciуn Presupuestaria, Ubicaciуn Esca-lafonaria, Clase y Unidad de Gestiуn al personal y cargos del modo que se indica en las Planillas que como Anexo II forman parte integrante del presente Decreto. Artнculo 3є: La transferencia dispuesta por el artнculo anterior no modifica el carбcter de permanente, interino, licenciado con retenciуn del cargo, o cualquier otra circunstancia en que se encuentre el personal en la actualidad. Artнculo 4є: De acuerdo a lo dispuesto por el artнculo 1є, transfiйranse, los bienes inventariables que oportuna-mente fueron presentados dentro del Carбcter 2, Jurisdicciуn 08, Unidad Organizativa 07, al Carбcter 1; Jurisdicciуn 08; Unidad Organizativa 71.. Los responsables arbitrarбn las medidas administrativas necesarias a fin de adecuar la contabilidad patrimonial, estableciйndose que, a los efectos de la transferencia, los bienes serбn valuados al valor registrado actualmente, en virtud de la facultad acordada por el artнculo 50 Inc. a) de la Ley Nє 3799 y sus modificatorias. Artнculo 5є: Modifнquese el Anexo IV "Clasificaciуn Institucional Codificaciуn", que integra el Clasificador de Erogaciones y Recursos (Decreto Nє 3159/79 - t.o. Resoluciуn Nє 54-H-1984 y sus modificaciones), a nivel de Unidad Organizativa, conforme se indica a continuaciуn: Cуdigo: Carбcter: 2, Jurisdicciуn: 08, U. Organizativa: 07. Concepto: Supresiуn Instituto de Cooperaciуn y Economнa Solidaria de Mendoza. Cуdigo: Carбcter: 1, Jurisdicciуn: 08, U. Organizativa: 71. Concepto: Creaciуn Fondo de Inversiуn y Desarrollo Social. Artнculo 6є: Modifнquese el Cбlculo de Recursos de la Administraciуn Pъblica Central del Presupuesto Vigente, del modo que se indica en Planilla Anexa III, que forma parte integrante del presente Decreto, debiendo considerarse aumen-tado en la suma de pesos tres millones setecientos mil ($ 3.700.000). Artнculo 7° - Modifнquese el Cбlculo de Recursos del Instituto de Cooperaciуn y Economнa Solidaria de Mendoza del Presupuesto vigente, del modo que se indica en Planilla Anexa IV, que forma parte integrante del presente Decreto, debiendo considerarse disminuнdo global-mente en la suma de pesos seis millones ochocientos treinta mil cincuenta y ocho ($ 3.130.058,00.-). Artнculo 8є: Modifнquense las Erogaciones Figurativas del Presupuesto de la Administraciуn Central vigente, del modo que se indica en Planilla Anexa V, que forma parte integrante del presente Decreto, debiendo considerarse disminuнdas en la suma de pesos tres millones ciento treinta mil cincuenta y ocho ($ 3.130.058,00). Artнculo 9є: La administraciуn de los fondos afectados, correspondientes al Fondo de Inversiуn y Desarrollo Social, estarбn a cargo del citado Fondo, no debiendo modificarse el destino especнfico previsto en las correspondientes normas legales. Artнculo 10є: Contrбtese a partir del 1є de enero y hasta el 31 de diciembre de 1997, a diverso personal en la Direcciуn Provincial de la Niсez y Adolescencia del Ministerio de Desarrollo Social y Salud, segъn detalle obrante en las planillas que como Anexo VI forman parte integrante del presente Decreto, con la remuneraciуn mensual equiva-lente a los cargos que en ella se especifican. Artнculo 11є: El gasto autorizado precedentemente serб atendido con cargo a las siguientes partidas: Presupuesto aсo 1997: Cuenta General S96515 41102 00 - S96507 41102 00- S96513 41102 00 - S96512 41102 00 - S 96517 41102 00 - S 96514 41102 00 S96523 41102 00 - S96506 41102 00 - S96508 41102 00. Unidad de gestiуn: A00118 A00112 - A10117 - A90367 - A00115 - A10121 - A10125 - A10116 - A10067 - A00059 A10069 - A10060 - A10066 - A10073 - A10041 - A10096 - A10100 - A00089 - A10088 A00095 - S10090 - A00097 - A00087 - A00203 - A00200 - A00201 - A00213 - A00218 A90369 - A10129 - A10140 - A10147 - A90366 - A10137 - A10144 - A00190 - A00150 A00161 - A90366 - A90367 - A00214 - A00216 - A00197. Artнculo 12є: Establйzcase que los agentes consignados en las Planillas que como Anexo VI forman parte integrante del presente Decreto, deberбn cumplir cuarenta (40) horas semanales de trabajo, correspondiendo se les abonen los suplementos que establecen los Arts. 32 punto 10 y 44 de la Ley Nє 5465. Artнculo 13є: Contrбtese a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 1997, al siguiente personal en la Direcciуn de Asistencia a la Ancianidad e Invalidez, con una remuneraciуn mensual equivalente al cargo que en cada caso se indica: Jurisdicciуn 08 - Carбcter 2 - Unidad Organizativa 05 Rйgimen Salarial 05: Clase 013 Dn. Vнctor Antonio Ferro, DNI Nє 10.846.858 Clase 004 Norma Beatriz Stember, DNI Nє 10.938.322 Clase 008 Mirian Olguнn, DNI Nє 18.081.369 Clase 001 Jorge Alejandro Chavero, DNI Nє 20.444.735 Artнculo 14є: El gasto autorizado precedentemente serб atendido con cargo a las partidas: Presupuesto aсo 1997. Cuenta general: S96400 41102 00 - S96417 41102 00 S96408 41102 00. Unidad de Gestiуn: A00111 - A00169 - A00224. Artнculo 15є: Contrбtese a partir del 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 1997, al siguiente personal en el Ministerio de Desarrollo Social y Salud, con una remuneraciуn mensual equiva-lente al cargo que en cada caso se indica: Jurisdicciуn 08 - Carбcter 1 - Unidad Organizativa 01 Rйgimen Salarial 65 - Ley Nє 5126 Direcciуn Provincial de Cooperativas: Clase 009 Da. Lilia Inйs Fernбndez, clase 1955, DNI Nє 11.694.218. Clase 006 Da. Isabel del Carmen Cбceres, clase 1955, DNI Nє 11.487.824 Clase 009 Da. Marнa Eugenia Duarte, clase 1968, DNI Nє 20.235.065 Clase 013 Da. Ana Marнa Bellandi, clase 1950, L.C. Nє 6.144.776 Clase 011 Da. Nйlida Edith Rosas, clase 1958, DNI Nє 12.481.430 Clase 008 Da. Mirtha Esther Sinatra, clase 1961, DNI Nє 13.747.989 Clase 013 Dn. Sergio Gustavo Alvarez, clase 1960, DNI Nє 14.175.550 Clase 012 Da. Marнa Margarita Sales, clase 1960, DNI Nє 14.197.192 Clase 009 Da. Liliana Marнa Cappadona, clase 1964, DNI Nє 16.908.199 Clase 013 Da. Lidia Noemн Mйndez, clase 1949, L.C. Nє 6.040.048 Direcciуn Promociуn Socioe-conуmica: Clase 013 Dn. Guillermo Alejandro Gallardo, clase 1964, DNI Nє 17.151.897 Clase 009 Dn. Alfredo Rubйn Pereyra, clase 1961, DNI Nє 14.730.611 Clase 007 Dn. Luis Alberto Morбn, clase 1965, DNI Nє 17.252.483 Clase 013 Dn. Carlos Guillermo Pujol, clase 1936, L.E. Nє 6.872.083 Da. Elisabeth Liliana Caterino, clase 1961, DNI Nє 14.677.311 Clase 011 Dn. Bernabй Jesъs Luna, clase 1944, DNI Nє 8.026.032 Programa Juventud Solidaria: Clase 013 Dn. Eduardo Renй Fonzalida, clase 1962, DNI Nє 14.858.146 Clase 009 Dn. Juan Carlos Sarmiento, clase 1955, DNI Nє 11.486.777 Clase 006 Da. Carmen Rosa Ortiz, clase 1952, DNI Nє 10.274.206 Clase 010 Da. Stella Maris Garнn, clase 1968, DNI Nє 20.424.007 Clase 006 Dn. Rubйn Pablo Rocha, clase 1962, DNI Nє 16.241.028. Programa Juventud Agraria: Clase 009 Da. Graciela Noemн Zamora, clase 1961, DNI Nє 14.185.703 Clase 008 Da. Fanny Edith Moyano, clase 1967, DNI Nє 18.453.216 Programa Centros Solidarios: Clase 012 Da. Eliana Nilda Lуpez, clase 1965, DNI Nє 17.721.793 Da. Cecilia Beatriz Pelliza, clase 1963, DNI Nє 14.978.721 Clase 006 Dn. Raъl Humberto Rivero, clase 1943, L.E. Nє 6.903.611 Prensa y Difusiуn: Clase 008 Da. Emma Haydeй Lodi, clase 1943, DNI Nє 4.552.665 Departamento Asistencia a Mutualidades: Clase 009 Dn. Hugo Alberto Ojeda, clase 1958, DNI Nє 12.162.230 Da. Sandra Graciela Boueri, clase 1962, DNI Nє 14.667.989 Clase 006 Da. Mуnica Graciela Natoli, clase 1963, DNI Nє 16.120.229 Da. Marнa Cristina Guevara, clase 1961, DNI Nє 14.311.405 Programa de Promociуn y Capacitaciуn Vecinalista: Clase 009 Da. Delia Elena Bracco, clase 1946, DNI Nє 5.421.517 Artнculo 16є: El gasto autorizado precedentemente serб atendido con cargo a la partida Presupuesto aсo 1997. Cuenta general B97053 41102 00 - Unidad de gestiуn Z00831. Artнculo 17є: Establйzcase que las acciones que modifican las estructuras administrativas dispuestas por el presente Decreto, deberбn comunicarse por informe a las respectivas Comisiones de Hacienda y Presupuesto de caja Cбmara, en conformidad con lo determinado por el Art. 19 de la Ley Nє 6454 de Presupuesto aсo 1997. Artнculo 18є: El presente Decreto serб refrendado por los seсores ministros de Desarrollo Social y Salud y de Economнa y Finanzas. Artнculo 19є: Comunнquese, publнquese, dйse al Registro Oficial y archнvese. ARTURO PEDRO LAFALLA Pablo A. Mбrquez. Anexo: Consultar en la Direcciуn de Finanzas del Ministerio de Economнa y Finanzas