Download Convenio UTE - Ministerio de Desarrollo Social

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
-1-
//tevideo, 11 de febrero de 2011.R 11.-194
VISTO el expediente EX10027723, en el que el Grupo de
Trabajo cuya creación fuera dispuesta por R 10.-1610 de
12-11-10, en cumplimiento del numeral 2° de referida
Resolución, informa sobre servicios tercerizados por la
Administración y eleva una propuesta de contratación a
instituciones que revistan la calidad de cooperativas sociales;--RESULTANDO: l) Que el Considerando V de la citada
Resolución estableció como requisito que el monto de
contratación anual no podrá superar el máximo de la
contratación directa vigente en el momento de cada compra;---ll) Que el Grupo de Trabajo se formó con
representantes de las Gerencias Producción y Servicios,
Abastecimientos, Comercial, Distribución, Asesoría Técnico
Jurídica, Trasmisión y Recursos y Negocios Conexos;------------lll) Que del informe elaborado surge:------------a) El listado de todos los servicios tercerizados que se
encuentran operativos, diferenciados por unidad usuaria, total
de empleados y monto total de contratación; ------------------------b) Que, de acuerdo al relevamiento realizado por las distintas
unidades, se concluye que los servicios que podrían
contratarse a cooperativas sociales serían: limpieza,
mantenimiento de espacios verdes y mantenimientos edilicios
menores, anexándose un listado estimativo de los mismos en el
que se detalla las necesidades actuales de contratación en
todo el País; y-----------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: I) que en reunión conjunta celebrada entre
representantes del Ministerio de Desarrollo Social y de UTE,
surgió la propuesta de elaboración de un Convenio a suscribir
entre ambos organismos -cuya texto se adjunta- para contratar
a Cooperativas Sociales acreditadas ante el MIDES para la
realización de los servicios que UTE estime necesario;------------
RE019411-11022011-A17945-1/14
*0018908RE0194111*
-2-
II) Que dicho Convenio tiene por objeto
complementar y coordinar los esfuerzos de las partes en la
búsqueda de estrategias de desarrollo social y económico, con
participación de Cooperativas Sociales en lo concerniente a sus
áreas de acción. Para ello se buscará generar y desarrollar
mecanismos de apoyo para la generación, fomento y
capacitación de estos emprendimientos en todo el país,
facilitando particularmente el acceso a puestos de trabajo
digno, formación cooperativa y desarrollo de instrumentos para
la gestión empresarial;-----------------------------------------------------III) En aplicación del Convenio, UTE, en el
marco de lo establecido en el literal S) del numeral 3) del
artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y
Administración Financiera (TOCAF), contratará a Cooperativas
Sociales para la realización de los servicios que estime
necesario y con las condiciones que se establezcan en los
respectivos contratos, en especial las disposiciones sobre
seguridad en el trabajo establecidas por UTE. Dichas
cooperativas deberán estar debidamente acreditadas ante el
Ministerio de Desarrollo Social.------------------------------------------IV) El Convenio tendrá un plazo de vigencia
de un año a partir de su suscripción, prorrogable
automáticamente por períodos de un año,----------------------------EL DIRECTORIO DE U.T.E. RESUELVE: ----------------------------- 1º.-Darse por enterado de lo informado en cumplimiento de la
R 10. -1610 de 12-11-10.---------------------------------------------------- 2º.-Aprobar el texto del Convenio a suscribir entre UTE y el
Ministerio de Desarrollo Social, para la contratación de
Cooperativas Sociales, que se adjunta y forma parte de la
presente.------------------------------------------------------------------------- 3º.- Aplicar el presente Convenio, una vez firmado por ambos
organismos, en las contrataciones de servicios detallados en el
Anexo B de la presente resolución.--------------------------------------
RE019411-11022011-A17945-2/14
*0018908RE0194112*
-3-
-- 4º.- Encomendar a la Gerencia Abastecimientos la adopción
de las medidas tendientes a la instrumentación del Convenio
referido, toda vez que el mismo resulte de aplicación, en
concordancia con las normas internas aplicables a la gestión
del mismo.----------------------------------------------------------------------- 5º.- Disponer que las Gerencias Abastecimientos y Asesoría
Técnico Jurídica designen representantes para integrar la
Comisión Bipartita de Seguimiento a que refiere la cláusula
Sexta del Convenio que se aprueba.------------------------------------- 6º.- Disponer que -en un plazo de nueve meses a partir de la
fecha de la presente Resolución- la Gerencia Abastecimientos
informe respecto a las contrataciones realizadas al amparo del
referido Convenio.-----------------------------------------------------------Pase a sus efectos a la Gerencia Abastecimientos.----------------RE019411
Dr. Ing. Gonzalo Casaravilla
Presidente
Esc. Elías Carro
Pro-Secretario General a/c
RE019411-11022011-A17945-3/14
*0018908RE0194113*
-4-
RE019411-11022011-A17945-4/14
*0018908RE0194114*
-5-
CONVENIO MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL –
ADMINISTRACION NACIONAL DE USINAS Y
TRASMISIONES ELECTRICAS
CONVENIO. En la ciudad de Montevideo, el
de febrero de
dos mil once, entre POR UNA PARTE: El ESTADO – PODER
EJECUTIVO - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con
domicilio legal en la Avenida Dieciocho de Julio Nº 1453, de la
ciudad de Montevideo (en adelante MIDES), representado en
este acto, por la Asistente Social Ana María Vignoli, en su
calidad de titular de dicho Ministerio. Y POR OTRA PARTE: la
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (en
adelante UTE) representada por los Sres. Ing. Gonzalo
Casaravilla e Ing. Héctor González Bruno, en sus respectivos
caracteres de Presidente del Directorio y Gerente General a/c,
constituyendo domicilio en la calle Paraguay 2431, 9no Piso,
Secretaría General, quienes convienen celebrar el siguiente
convenio:
PRIMERO: ANTECEDENTES:
1. La Unidad de Cooperativas Sociales fue creada por el
Ministerio de Desarrollo Social para la promoción,
calificación y control de las cooperativas sociales en el
marco de la ley Nº 17.978 (Ley de Cooperativas
RE019411-11022011-A17945-5/14
*0018908RE0194115*
-6-
Sociales), generando un registro nacional que puede ser
utilizado por todos los ordenadores del Estado.
2. Desde un comienzo la Unidad ha venido desarrollando su
tarea en todo el país, trabajando con los grupos que
aspiran conformarse como Cooperativas Sociales y
difundiendo esta herramienta como espacios donde se
ejercitan prácticas de democracia plural, participativa y
solidaria,
constituyéndose
de
esta
forma
en
una
herramienta importante para la inserción social.
3. UTE se plantea como objetivo – dentro del marco legal de
sus cometidos - contribuir con los esfuerzos estatales
destinados a incorporar al mercado de trabajo a los
habitantes del país con dificultades en la situación de
empleo, facilitando la inserción laboral y social de las
personas que hayan constituido Cooperativas Sociales en
el marco de lo dispuesto por las leyes números 17.978 y
18.407, debidamente registradas en el Ministerio de
Desarrollo Social.----------------------------------------------------SEGUNDO: OBJETIVOS GENERALES
Las partes firmantes se comprometen a complementar y
coordinar sus esfuerzos en la búsqueda de estrategias de
desarrollo social y económico, con participación de
Cooperativas Sociales en lo concerniente a sus áreas de
acción.
RE019411-11022011-A17945-6/14
*0018908RE0194116*
-7-
Para ello se buscará generar y desarrollar mecanismos
de apoyo para la generación, fomento y capacitación de
estos emprendimientos en todo el país, facilitando
particularmente el acceso a puestos de trabajo digno,
formación cooperativa y desarrollo de instrumentos para
la gestión empresarial.----------------------------------------------TERCERO: OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACION
NACIONAL DE USINAS Y TRASMISIONES ELECTRICAS
1. UTE en el marco de lo establecido en el literal S) del
numeral 3) del artículo 33 del Texto Ordenado de
Contabilidad
y
Administración
Financiera
(TOCAF)
contratará a Cooperativas Sociales para la realización de
los servicios que estime necesario y con las condiciones
que se establezcan en los respectivos contratos, en
especial las disposiciones sobre seguridad en el trabajo
establecidas por UTE. Dichas cooperativas deberán estar
debidamente acreditadas ante el Ministerio de Desarrollo
Social.-------------------------------------------------------------------2. El Directorio de la UTE o quien tenga la atribución
delegada, determinará las tareas que requiera esa
empresa pública y cuando decida hacerlo mediante la
aplicación de este convenio lo comunicará al MIDES,
remitiéndole una descripción de las tareas a realizar. Este
RE019411-11022011-A17945-7/14
*0018908RE0194117*
-8-
Ministerio
podrán
seleccionará a la o las Cooperativas que
cumplir
con
las
respectivas
obligaciones
contractuales, y lo comunicará a UTE, aportando toda la
información
que
estime
pertinente.
Cumplidos
los
procedimientos internos, UTE ofrecerá a la o las
cooperativas seleccionadas la suscripción del contrato
que considere conveniente.---------------------------------------3. El contrato mencionado en el numeral dos deberá
establecer, como mínimo: el Objeto del mismo, el precio
de los bienes o servicios, cláusula de ajuste paramétrico
que contemple la actualización de los rubros salariales
por el índice de aumento de salarios del sector que
corresponda en los Consejos de Salarios y por IPC, el
período de vigencia del contrato y deberá establecer,
para aquellos contratos por servicios mensuales la forma
de pago por períodos iguales.------------------------------------CUARTO: OBLIGACIONES DEL MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL
1. Teniendo en cuenta las necesidades planteadas por la
ADMINISTRACION
NACIONAL
DE
USINAS
Y
TRASMISIONES ELECTRICAS, el MIDES identificará a
aquellos
grupos
de
trabajadores
que
estén
en
condiciones de constituir una Cooperativa Social, dada su
condición de vulnerabilidad socio-económica de acuerdo
RE019411-11022011-A17945-8/14
*0018908RE0194118*
-9-
a lo establecido por la Ley N° 18.407 y su decreto
reglamentario.
2. El MIDES realizará los estudios pertinentes a efectos de
determinar su viabilidad, tanto social como económica,
colaborando con dichas Cooperativas en la elaboración
de los presupuestos correspondientes.
3. El MIDES desarrollará con cada Cooperativa Social el
curso básico de formación en cooperativismo.
4. El
MIDES
se
encargará,
previamente,
de
la
Protocolización de sus Estatutos Sociales, así como de
su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas,
sección Registro Nacional de Comercio, y asesorará en la
inscripción de la Cooperativa en los demás organismos
que corresponda.
5. El MIDES realizará el seguimiento técnico de las
Cooperativas en los aspectos vinculados a la Gestión
Cooperativa.
6. El MIDES en virtud de llevar adelante el Registro
Nacional de Cooperativas Sociales, brindará a la parte
contratante,
toda
información
referente
a
las
Cooperativas Sociales, que se estime pertinente.------------
RE019411-11022011-A17945-9/14
*0018908RE0194119*
- 10 -
QUINTO: PLAZO:
Este convenio tendrá un plazo de vigencia de un año a partir de
su suscripción. Dicho plazo se prorrogará en forma automática
por períodos de un año, salvo que cualquiera de las partes
comunique a la otra parte – por telegrama colacionado o
cualquier otro medio fehaciente-
su voluntad de dar por
finalizado el convenio con no menos de sesenta días previo al
vencimiento del plazo acordado o cualquiera de sus prórrogas.SEXTO: EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:
Ambas partes convienen en crear una Comisión Bipartita de
Seguimiento del presente Convenio, comprometiéndose a
intercambiar la información necesaria para el cumplimiento del
mismo.--------------------------------------------------------------------------SÉPTIMO :DOMICILIO Y RESCISION:
Las partes declaran sus domicilios en el exordio y reconocen la
facultad de cualquiera de los firmantes para rescindir el
presente
convenio
por
la
sola
expresión
de
voluntad
comunicada a la otra parte, por cualquier mecanismo
fehaciente.----------------------------------------------------------------------
RE019411-11022011-A17945-10/14
*0018908RE01941110*
- 11 -
OCTAVO: Por R N°
- Acta
de fecha de de 2011, el
Directorio de UTE resolvió aprobar y suscribir el contenido del
presente Convenio.----------------------------------------------------------En señal de conformidad, se firman dos ejemplares de idéntico
tenor en el lugar y fecha arriba expresado.
RE019411-11022011-A17945-11/14
*0018908RE01941111*
- 12 -
RE019411-11022011-A17945-12/14
*0018908RE01941112*
- 13 ANEXO B
SERVICIOS A INCLUIR EN ESTA MODALIDAD DE CONTRATACION
COMERCIAL
COM
COM
Oficina Comercial
Oficina Comercial
COM
La Floresta
Piriápolis
Pan de
Azúcar
Limpieza
Limpieza
2 personas
2 personas
Centro de atención Limpieza
2 personas
TRASMISION
TRA
Carmelo
CRT Oeste
Limpieza
entre 25 y 30 horas
TRA
TRA
TRA
TRA
Durazno
Salto
Paysandú
Canelones
CRT Durazno
CRT Oeste
CRT Oeste
CRM
Limpieza
Limpieza
Limpieza
Limpieza
1 persona
1 persona
1 persona
1 persona
DIS
Treinta y
Tres
Ex sala de
Máquinas
DIS
Paysandú
Distrito
DIS
DIS
San José
Canelones
Distrito
Gerencia Centro
DISTRIBUCION
OTROS
Pintura
Pintura
local
Pintura
local
Limpieza
Como Limpieza de locales, Limpieza de predios no energizados,
jardinería
pintura de locales serán enmarcados dentro de esta
modalidad
RE019411-11022011-A17945-13/14
*0018908RE01941113*
- 14 Hs por semana
RECURSOS
RYN
RYN
SEC
DIS
COM
COM
ABA
Montevideo Predio
Mant. espacios
verdes
Montevideo Medicina Laboral
Archivo de
Montevideo Secretaría
Montevideo Capatacía
SG
Montevideo Medidas
Dto
Montevideo Medidas
Limpieza
Limpieza
Limpieza
Limpieza
Limpieza
80
70
96
80
96
RE019411-11022011-A17945-14/14
*0018908RE01941114*