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-1- //tevideo, 11 de febrero de 2011.R 11.-194 VISTO el expediente EX10027723, en el que el Grupo de Trabajo cuya creación fuera dispuesta por R 10.-1610 de 12-11-10, en cumplimiento del numeral 2° de referida Resolución, informa sobre servicios tercerizados por la Administración y eleva una propuesta de contratación a instituciones que revistan la calidad de cooperativas sociales;--RESULTANDO: l) Que el Considerando V de la citada Resolución estableció como requisito que el monto de contratación anual no podrá superar el máximo de la contratación directa vigente en el momento de cada compra;---ll) Que el Grupo de Trabajo se formó con representantes de las Gerencias Producción y Servicios, Abastecimientos, Comercial, Distribución, Asesoría Técnico Jurídica, Trasmisión y Recursos y Negocios Conexos;------------lll) Que del informe elaborado surge:------------a) El listado de todos los servicios tercerizados que se encuentran operativos, diferenciados por unidad usuaria, total de empleados y monto total de contratación; ------------------------b) Que, de acuerdo al relevamiento realizado por las distintas unidades, se concluye que los servicios que podrían contratarse a cooperativas sociales serían: limpieza, mantenimiento de espacios verdes y mantenimientos edilicios menores, anexándose un listado estimativo de los mismos en el que se detalla las necesidades actuales de contratación en todo el País; y-----------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: I) que en reunión conjunta celebrada entre representantes del Ministerio de Desarrollo Social y de UTE, surgió la propuesta de elaboración de un Convenio a suscribir entre ambos organismos -cuya texto se adjunta- para contratar a Cooperativas Sociales acreditadas ante el MIDES para la realización de los servicios que UTE estime necesario;------------ RE019411-11022011-A17945-1/14 *0018908RE0194111* -2- II) Que dicho Convenio tiene por objeto complementar y coordinar los esfuerzos de las partes en la búsqueda de estrategias de desarrollo social y económico, con participación de Cooperativas Sociales en lo concerniente a sus áreas de acción. Para ello se buscará generar y desarrollar mecanismos de apoyo para la generación, fomento y capacitación de estos emprendimientos en todo el país, facilitando particularmente el acceso a puestos de trabajo digno, formación cooperativa y desarrollo de instrumentos para la gestión empresarial;-----------------------------------------------------III) En aplicación del Convenio, UTE, en el marco de lo establecido en el literal S) del numeral 3) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF), contratará a Cooperativas Sociales para la realización de los servicios que estime necesario y con las condiciones que se establezcan en los respectivos contratos, en especial las disposiciones sobre seguridad en el trabajo establecidas por UTE. Dichas cooperativas deberán estar debidamente acreditadas ante el Ministerio de Desarrollo Social.------------------------------------------IV) El Convenio tendrá un plazo de vigencia de un año a partir de su suscripción, prorrogable automáticamente por períodos de un año,----------------------------EL DIRECTORIO DE U.T.E. RESUELVE: ----------------------------- 1º.-Darse por enterado de lo informado en cumplimiento de la R 10. -1610 de 12-11-10.---------------------------------------------------- 2º.-Aprobar el texto del Convenio a suscribir entre UTE y el Ministerio de Desarrollo Social, para la contratación de Cooperativas Sociales, que se adjunta y forma parte de la presente.------------------------------------------------------------------------- 3º.- Aplicar el presente Convenio, una vez firmado por ambos organismos, en las contrataciones de servicios detallados en el Anexo B de la presente resolución.-------------------------------------- RE019411-11022011-A17945-2/14 *0018908RE0194112* -3- -- 4º.- Encomendar a la Gerencia Abastecimientos la adopción de las medidas tendientes a la instrumentación del Convenio referido, toda vez que el mismo resulte de aplicación, en concordancia con las normas internas aplicables a la gestión del mismo.----------------------------------------------------------------------- 5º.- Disponer que las Gerencias Abastecimientos y Asesoría Técnico Jurídica designen representantes para integrar la Comisión Bipartita de Seguimiento a que refiere la cláusula Sexta del Convenio que se aprueba.------------------------------------- 6º.- Disponer que -en un plazo de nueve meses a partir de la fecha de la presente Resolución- la Gerencia Abastecimientos informe respecto a las contrataciones realizadas al amparo del referido Convenio.-----------------------------------------------------------Pase a sus efectos a la Gerencia Abastecimientos.----------------RE019411 Dr. Ing. Gonzalo Casaravilla Presidente Esc. Elías Carro Pro-Secretario General a/c RE019411-11022011-A17945-3/14 *0018908RE0194113* -4- RE019411-11022011-A17945-4/14 *0018908RE0194114* -5- CONVENIO MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL – ADMINISTRACION NACIONAL DE USINAS Y TRASMISIONES ELECTRICAS CONVENIO. En la ciudad de Montevideo, el de febrero de dos mil once, entre POR UNA PARTE: El ESTADO – PODER EJECUTIVO - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con domicilio legal en la Avenida Dieciocho de Julio Nº 1453, de la ciudad de Montevideo (en adelante MIDES), representado en este acto, por la Asistente Social Ana María Vignoli, en su calidad de titular de dicho Ministerio. Y POR OTRA PARTE: la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (en adelante UTE) representada por los Sres. Ing. Gonzalo Casaravilla e Ing. Héctor González Bruno, en sus respectivos caracteres de Presidente del Directorio y Gerente General a/c, constituyendo domicilio en la calle Paraguay 2431, 9no Piso, Secretaría General, quienes convienen celebrar el siguiente convenio: PRIMERO: ANTECEDENTES: 1. La Unidad de Cooperativas Sociales fue creada por el Ministerio de Desarrollo Social para la promoción, calificación y control de las cooperativas sociales en el marco de la ley Nº 17.978 (Ley de Cooperativas RE019411-11022011-A17945-5/14 *0018908RE0194115* -6- Sociales), generando un registro nacional que puede ser utilizado por todos los ordenadores del Estado. 2. Desde un comienzo la Unidad ha venido desarrollando su tarea en todo el país, trabajando con los grupos que aspiran conformarse como Cooperativas Sociales y difundiendo esta herramienta como espacios donde se ejercitan prácticas de democracia plural, participativa y solidaria, constituyéndose de esta forma en una herramienta importante para la inserción social. 3. UTE se plantea como objetivo – dentro del marco legal de sus cometidos - contribuir con los esfuerzos estatales destinados a incorporar al mercado de trabajo a los habitantes del país con dificultades en la situación de empleo, facilitando la inserción laboral y social de las personas que hayan constituido Cooperativas Sociales en el marco de lo dispuesto por las leyes números 17.978 y 18.407, debidamente registradas en el Ministerio de Desarrollo Social.----------------------------------------------------SEGUNDO: OBJETIVOS GENERALES Las partes firmantes se comprometen a complementar y coordinar sus esfuerzos en la búsqueda de estrategias de desarrollo social y económico, con participación de Cooperativas Sociales en lo concerniente a sus áreas de acción. RE019411-11022011-A17945-6/14 *0018908RE0194116* -7- Para ello se buscará generar y desarrollar mecanismos de apoyo para la generación, fomento y capacitación de estos emprendimientos en todo el país, facilitando particularmente el acceso a puestos de trabajo digno, formación cooperativa y desarrollo de instrumentos para la gestión empresarial.----------------------------------------------TERCERO: OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE USINAS Y TRASMISIONES ELECTRICAS 1. UTE en el marco de lo establecido en el literal S) del numeral 3) del artículo 33 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) contratará a Cooperativas Sociales para la realización de los servicios que estime necesario y con las condiciones que se establezcan en los respectivos contratos, en especial las disposiciones sobre seguridad en el trabajo establecidas por UTE. Dichas cooperativas deberán estar debidamente acreditadas ante el Ministerio de Desarrollo Social.-------------------------------------------------------------------2. El Directorio de la UTE o quien tenga la atribución delegada, determinará las tareas que requiera esa empresa pública y cuando decida hacerlo mediante la aplicación de este convenio lo comunicará al MIDES, remitiéndole una descripción de las tareas a realizar. Este RE019411-11022011-A17945-7/14 *0018908RE0194117* -8- Ministerio podrán seleccionará a la o las Cooperativas que cumplir con las respectivas obligaciones contractuales, y lo comunicará a UTE, aportando toda la información que estime pertinente. Cumplidos los procedimientos internos, UTE ofrecerá a la o las cooperativas seleccionadas la suscripción del contrato que considere conveniente.---------------------------------------3. El contrato mencionado en el numeral dos deberá establecer, como mínimo: el Objeto del mismo, el precio de los bienes o servicios, cláusula de ajuste paramétrico que contemple la actualización de los rubros salariales por el índice de aumento de salarios del sector que corresponda en los Consejos de Salarios y por IPC, el período de vigencia del contrato y deberá establecer, para aquellos contratos por servicios mensuales la forma de pago por períodos iguales.------------------------------------CUARTO: OBLIGACIONES DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL 1. Teniendo en cuenta las necesidades planteadas por la ADMINISTRACION NACIONAL DE USINAS Y TRASMISIONES ELECTRICAS, el MIDES identificará a aquellos grupos de trabajadores que estén en condiciones de constituir una Cooperativa Social, dada su condición de vulnerabilidad socio-económica de acuerdo RE019411-11022011-A17945-8/14 *0018908RE0194118* -9- a lo establecido por la Ley N° 18.407 y su decreto reglamentario. 2. El MIDES realizará los estudios pertinentes a efectos de determinar su viabilidad, tanto social como económica, colaborando con dichas Cooperativas en la elaboración de los presupuestos correspondientes. 3. El MIDES desarrollará con cada Cooperativa Social el curso básico de formación en cooperativismo. 4. El MIDES se encargará, previamente, de la Protocolización de sus Estatutos Sociales, así como de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, sección Registro Nacional de Comercio, y asesorará en la inscripción de la Cooperativa en los demás organismos que corresponda. 5. El MIDES realizará el seguimiento técnico de las Cooperativas en los aspectos vinculados a la Gestión Cooperativa. 6. El MIDES en virtud de llevar adelante el Registro Nacional de Cooperativas Sociales, brindará a la parte contratante, toda información referente a las Cooperativas Sociales, que se estime pertinente.------------ RE019411-11022011-A17945-9/14 *0018908RE0194119* - 10 - QUINTO: PLAZO: Este convenio tendrá un plazo de vigencia de un año a partir de su suscripción. Dicho plazo se prorrogará en forma automática por períodos de un año, salvo que cualquiera de las partes comunique a la otra parte – por telegrama colacionado o cualquier otro medio fehaciente- su voluntad de dar por finalizado el convenio con no menos de sesenta días previo al vencimiento del plazo acordado o cualquiera de sus prórrogas.SEXTO: EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO: Ambas partes convienen en crear una Comisión Bipartita de Seguimiento del presente Convenio, comprometiéndose a intercambiar la información necesaria para el cumplimiento del mismo.--------------------------------------------------------------------------SÉPTIMO :DOMICILIO Y RESCISION: Las partes declaran sus domicilios en el exordio y reconocen la facultad de cualquiera de los firmantes para rescindir el presente convenio por la sola expresión de voluntad comunicada a la otra parte, por cualquier mecanismo fehaciente.---------------------------------------------------------------------- RE019411-11022011-A17945-10/14 *0018908RE01941110* - 11 - OCTAVO: Por R N° - Acta de fecha de de 2011, el Directorio de UTE resolvió aprobar y suscribir el contenido del presente Convenio.----------------------------------------------------------En señal de conformidad, se firman dos ejemplares de idéntico tenor en el lugar y fecha arriba expresado. RE019411-11022011-A17945-11/14 *0018908RE01941111* - 12 - RE019411-11022011-A17945-12/14 *0018908RE01941112* - 13 ANEXO B SERVICIOS A INCLUIR EN ESTA MODALIDAD DE CONTRATACION COMERCIAL COM COM Oficina Comercial Oficina Comercial COM La Floresta Piriápolis Pan de Azúcar Limpieza Limpieza 2 personas 2 personas Centro de atención Limpieza 2 personas TRASMISION TRA Carmelo CRT Oeste Limpieza entre 25 y 30 horas TRA TRA TRA TRA Durazno Salto Paysandú Canelones CRT Durazno CRT Oeste CRT Oeste CRM Limpieza Limpieza Limpieza Limpieza 1 persona 1 persona 1 persona 1 persona DIS Treinta y Tres Ex sala de Máquinas DIS Paysandú Distrito DIS DIS San José Canelones Distrito Gerencia Centro DISTRIBUCION OTROS Pintura Pintura local Pintura local Limpieza Como Limpieza de locales, Limpieza de predios no energizados, jardinería pintura de locales serán enmarcados dentro de esta modalidad RE019411-11022011-A17945-13/14 *0018908RE01941113* - 14 Hs por semana RECURSOS RYN RYN SEC DIS COM COM ABA Montevideo Predio Mant. espacios verdes Montevideo Medicina Laboral Archivo de Montevideo Secretaría Montevideo Capatacía SG Montevideo Medidas Dto Montevideo Medidas Limpieza Limpieza Limpieza Limpieza Limpieza 80 70 96 80 96 RE019411-11022011-A17945-14/14 *0018908RE01941114*