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Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 MANUAL DE FARMACOVIGILANCIA 1. PROTOCOLO ESTANDARIZADOS DEL PROGRAMA 1.1 OBJETIVO El siguiente manual de procedimientos tiene como objeto detectar, valorar, entender y prevenir los efectos adversos o de cualquier otro problema relacionado con el uso de medicamentos de investigación o de prescripción que se dispensan con o sin formula dentro de la Fundación del Caribe para la investigación biomédica. 1.2 JUSTIFICACION La Farmacovigilancia es necesaria para la prevención de riesgos de los medicamentos en los seres humanos y para evitar los costos económicos asociados a los efectos adversos no esperados. Es muy importante para: Fomentar el uso racional y seguro de los medicamentos. Construir cultura de evaluación y comunicación de los riesgos y beneficios de los medicamentos comercializados. VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 1 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 Tener suficiente educación e información para los pacientes. 1.3 METODO DE VIGILANCIA 1.4 ACCIONES BÁSICAS EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE FARMACOVIGILANCIA EN LA FUNDACION BIOS PROGRAMA DE FARMACOVIGILANCIA IDENTIFICACIÓN Método de FV Vigilancia activa o Pasiva VALORACIÓN DEL RIESGO EVALUACIÓN DE RIESGOS. GESTIÓN E INFORMACION DEL RIESGO Grupo multidisciplinario Soporte Bibliográfico Análisis mediante algoritmos Medidas administrativas Medidas Educativas Medidas Preventivas VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 2 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 1.5 PROCEDIMIENTOS Y ACTIVIDADES Y RESPONSABLES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA PROCEDIMIENTO ACTIVIDAD RESPONSABLE (S) Resultado esperado Sensibilizar al Reuniones Cuerpo directivo 100% del personal cuerpo médico con todo el capacitado en cómo Oficina de Garantía sobre la personal de realizar un reporte de calidad. importancia de F. Bios para notificar, la Químico conceptos capacitación farmaceuta básicos y cómo Organizar notificar revistas, reuniones periódicas VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 3 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 con el fin de transmitir la información más actualizada posible. Comenzar a Montaje del Oficina de garantía 100% de recolección reunir datos sistema de de calidad de toda la información mediante su recolección disponible para el distribución en de datos reporte con la los diferentes periodicidad requerida servicios Definición del Selección del Cuerpo directivo Garantizar la idoneidad Personal Idóneo personal del personal a cargo de (ej: Médico, idóneo para la implementación del Farmacéutico, realizar la programa VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 4 of 27 Manual Farmacovigilancia Farmacólogo, FV-001 V.0 actividad Estadístico, Toxicólogo, Epidemiólogo Definición del Adecuación Cuerpo directivo 100 % unidad logística Espacio físico, del área de acopio de toda la teléfono, respectiva y información Software y aporte del Hardware recurso logístico necesario Fuente de datos Soporte web Cuerpo directivo 100% de internet en bibliográficos ( bases de forma permanente, Internet, Revistas datos para la acceso a base de datos médicas, consulta de revistas medicas, MedLine, permanente medline, pubmed etc. Micromedex etc). (sistema de www.emea.org información VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 5 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 www.mhra.gov en la web) www.fda.gov www.agemed.es www.nejm.org www.pubmed.com www.iqb.es www.micromedex.com www.who-umc.org Bases de datos Montaje de Ingeniero de 100% de bases de para registrar la base de sistemas datos para el registro RAMs y datos para el consecución de registro de VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 de RAM Page 6 of 27 Manual Farmacovigilancia estadísticas y FV-001 V.0 RAM datos epidemiológicos Recogida y Recolección Equipo designado 100 % recolección de verificación de de datos de cuerpo directivo información Interpretación y Escenario de Químico 100% de interpretación codificación de discusión y farmaceuta y codificación las descripciones análisis. datos de problemas relacionados con medicamentos Codificación de Codificación Químico 100% de codificación los fármacos de fármacos farmaceuta de todos los de estudios medicamentos Coordinadora de clínicos utilizados en F. Bios estudios clínicos VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 7 of 27 Manual Farmacovigilancia Evaluación de la Reuniones relación de de FV-001 Comité de farmacia V.0 Establecer de la mejor manera la relación de Comité de garantía causalidad evaluación causalidad de calidad de causalidad Detección de Revisión de señales señales Comité de farmacia 100% detección de senales Comité de garantía de calidad Gestión de Montaje del riesgos sistema de Comité de farmacia Programa de gestión de riesgos gestión de riesgos 1.6 PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACION DE EVENTOS ADVERSOS VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 8 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 Dadas las características de la Fundación del Caribe para la investigación Biomédica por ser un centro de investigación clínica es procedente tener en cuenta la reglamentación legal vigente que se describe a continuación; para aquellos medicamentos de uso por los sujetos que no sean del tenor de la investigación clínica pero que el sujeto sea portador de un evento o reacción adversa a la medicación se seguirán los lineamientos descritos por ley para tal efecto y se usara el formato de notificación respectiva del ente regulador INVIMA y se hará ante la Secretaria de Salud mediante carta remisoria . La fundación del Caribe para la investigación Biomédica acoge el formato de notificación desarrollado por la agencia regulatoria Nacional (INVIMA) y que se anexa a continuación. VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 9 of 27 Manual Farmacovigilancia VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 FV-001 V.0 Page 10 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 Para la notificación de eventos adversos relacionados con el uso de medicamentos utilizados en la Investigación clínica se seguirá el siguiente procedimiento Procedimiento a cargo del investigador del estudio clinico El investigador debe reportar al patrocinador los eventos adversos y/o anormalidades de laboratorio identificadas, de acuerdo con los requerimientos de informe y dentro de los períodos de tiempo especificados en el proyecto. La norma legal está consignada en la resolución 2378 de 2008. Al revisar la tabla 11 de la misma sobre: “responsabilidades y funciones del investigador principal respecto a los eventos adversos presentados en sujetos participantes” se estipulan las siguientes: VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 11 of 27 Manual Farmacovigilancia Procedimiento Reportar los actividad V.0 Responsable eventos Mediante el procedimiento Investigador principal adversos no serios o de estipulado laboratorio FV-001 en cada protocolo se deberá hacer el reporte de eventos adversos nos serios o serios o de laboratorio dentro de los plazos especificados en el proyecto (protocolo) Reportar eventos adversos En plazo no mayor de 24 serios horas se deberá reportar de este evento serio al patrocinador. Una vez se recabe mayor información se hará una descripción detallada del evento. Siempre deberá VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 12 of 27 Manual Farmacovigilancia mantenerse FV-001 V.0 la confidencialidad del sujeto. Este reporte mediante se el hara formato suministrado en cada protocolo por el patrocinador mediante el método que haya designado: en formato de papel o formato electrónico vía web. Este evento también será reportado al Comité de Ética correspondiente. VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 13 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 Procedimiento a cargo DEL PATROCINADOR (“SPONSOR”) El patrocinador debe garantizar la protección y seguridad de los participantes en la investigación tomando como: a) Implementación de un sistema de monitorización de seguridad c) Reporte de eventos adversos a nivel mundial (estudios multicéntricos) ALCANCE VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 14 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 GLOSARIO DE TERMINOS Evento Adverso (EA): Cualquier ocurrencia médica adversa en un paciente o sujeto de una investigación clínica a quien se le administró un producto farmacéutico y que no necesariamente tiene una relación causal con este tratamiento. Por lo tanto, un evento adverso (EA) puede ser cualquier signo desfavorable y no intencionado (incluyendo un hallazgo anormal de laboratorio), síntoma o enfermedad asociada temporalmente con el uso de un producto medicinal (de investigación), esté o no relacionado con éste. Evento Adverso Serio (EAS): Cualquier ocurrencia médica adversa en un paciente o sujeto de una investigación clínica a quien se le administró un producto farmacéutico y que no necesariamente tiene una relación causal con este tratamiento. Por lo tanto, un evento adverso (EA) puede ser cualquier signo desfavorable y no intencionado (incluyendo un hallazgo anormal de laboratorio) síntoma o enfermedad asociada temporalmente con el uso de un producto medicinal (de investigación), esté o no relacionado con éste, que a cualquier dosis: a) Resulta en fallecimiento, b) Amenaza la vida, c) Requiere hospitalización del paciente o prolongación de la hospitalización existente, VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 15 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 d) Da como resultado incapacidad/invalidez persistente o significativa Evento adverso inesperado: Es aquel del cual no se tiene un conocimiento previo hasta la fecha de su ocurrencia por no haber sido consignado en la información de seguridad de un medicamento. Farmacovigilancia: Ciencia y actividades relacionadas con la detección, evaluación, entendimiento y prevención de los eventos adversos o cualquier otro problema relacionado con medicamentos Problema relacionado con medicamentos: Problemas de salud entendidos como resultados clínicos negativos, derivados de la farmacoterapia que, producidos por diversas causas, conducen a la no consecución del objetivo terapéutico o a la aparición de efectos no deseados. Reportante primario: Es el profesional de la salud que entra en contacto directo con el paciente, identifica un problema relacionado con medicamentos o evento adverso y lo informa al titular de registro sanitario y/o al fabricante. VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 16 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 Reporte: Es el medio por el cual un reportante notifica sobre un evento adverso sucedido a un paciente, a un sistema de farmacovigilancia. Señal: La información reportada sobre una posible relación causal entre un evento adverso y un fármaco, siendo desconocida o incompletamente documentada previamente. Usualmente más de un único reporte se requiere para generar una señal, dependiendo de la severidad del evento y de la calidad de la información. Complicaciones Terapéuticas: Es el análisis que realiza una institución hospitalaria para la caracterización de las complicaciones de los pacientes en servicios ambulatorios y hospitalarios. La institución puede realizar la caracterización mediante análisis de las complicaciones por tipo de procedimiento, por servicio, por severidad, por tipo de complicación, entre otros. Para habilitación, serán válidos cualquiera de los análisis anteriores u otros que la institución defina relacionados con el tema. En ausencia de otros análisis, como mínimo debe realizar el análisis de la tasa de complicaciones terapéuticas medicamentosas y transfusionales que se describen a continuación: Complicaciones Medicamentosas: Es el análisis que realiza una institución hospitalaria para la caracterización de las complicaciones por administración de medicamentos a los pacientes en servicios hospitalarios. La institución puede realizar la caracterización VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 17 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 mediante análisis de farmacología, errores en medicación, servicios, tipos de medicamento entre otros. Para habilitación, serán válidos cualquiera de los análisis anteriores u otros que la institución defina relacionados con el tema. En ausencia de otros análisis, como mínimo debe realizar el análisis de la tasa de complicaciones por medicamentos hospitalarios que relaciona el número de complicaciones secundarias a la administración de medicamentos hospitalarios con el total de egresos hospitalarios. CLASIFICACION DE REACCION ADVERSA AL MEDICAMENTO (RAM) Su clasificación puede ser hecha de acuerdo con Mecanismo que produce la reacción adversa Relación de causalidad Gravedad DE ACUERDO CON EL MECANISMO QUE PRODUCE LA REACCIÓN ADVERSA SE CLASIFICA: VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 18 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 TIPO A: Relacionadas con la dosis, tienen la característica de ser extensión del efecto farmacológico, por lo tanto son predecibles y prevenibles, además de ser los más frecuentes y menos graves. Ejemplo: Acetaminofen y Hepatotoxicidad TIPO B: No relacionadas con la dosis, están representadas por aquellas reacciones alérgicas o las idiosincráticas, que son difíciles de prevenir y predecir, son en general más graves y menos frecuentes. Ejemplo: Dipirona y Shock anafiláctico TIPO C: Son la producidas por el uso crónico de los medicamentos. Ejemplo: Corticoides y Síndrome de Cushing TIPO D: Son aquellas que aparecen tardíamente luego del uso del medicamento y relacionadas con dismorfogénesis como el cáncer o las malformaciones congénitas Ejemplo: Talidomida y Focomelia TIPO E: Son las que aparecen al suspender un fármaco, especialmente si se hace de manera abrupta. Ejemplo: Propranolol y síndrome de retirada TIPO F: Aquí se incluye el fallo terapéutico, el cual puede ser debido a causas tan diversas como problemas de: • • Prescripción: Diagnóstico, selección de medicamento o dosificación errados. Consumo. Inadecuada información sobre su consumo. Aspectos Culturales. VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 19 of 27 Manual Farmacovigilancia • • • FV-001 V.0 Calidad del medicamento: Problemas en producción, transporte y almacenamiento, cantidad de principio activo, bioequivalencia. Resistencia al tratamiento en caso de antiinfecciosos, antiparasitarios y antineoplásicos. Fallo intrínseco, los efectos de los medicamentos se presentan habitualmente en un porcentaje de los pacientes y con un beneficio que tiene un límite, así como no hay medicamentos 100% seguros tampoco los hay 100% efectivos DE ACUERDO CON LA RELACION DE CAUSALIDAD LA REACCIÓN ADVERSA SE CLASIFICA: Probada o definida Relación temporal razonable o niveles del fármaco han sido medidos. Patrón de respuesta conocido asociado con el medicamento sospechoso. Mejoría al suspender y reaparece al reiniciar el medicamento. No se puede explicar por la enfermedad. Probable Igual al anterior pero en este caso no se puede demostrar la reaparición al readministrar el medicamento sea por la severidad de la reacción o por que no reapareció al readministrarlo. Posible Relación temporal razonable. Puede o no seguir un patrón conocido. Se puede explicar por estado clínico (enfermedad, otros medicamentos). Dudosa o Improbable: Más probablemente relacionado con otros factores diferentes al medicamento sospechoso No clasificada Inclasificable VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 20 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 En 1981 Naranjo y colaboradores en la revista Clinical Pharmacology Therapy modifica lo realizado por Karsh y Lasagna DE ACUERDO CON LA RELACION LA GRAVEDAD LA REACCIÓN ADVERSA SE CLASIFICA: Severidad: No serias: VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 21 of 27 Manual Farmacovigilancia – FV-001 V.0 LEVES: Las que no interfieren con la actividad habitual del paciente y curan solas, son autolimitadas, no requieren en general la intervención de personal de salud, pueden no requerir la suspensión del medicamento. – MODERADAS: Las que interfieren con la actividad y además requieren de la intervención de algún personal de salud para su resolución. No necesariamente obligan a la suspensión del medicamento. Serias: GRAVES: Las que son mortales, ponen en peligro de muerte, requieren hospitalización o prorroga de la misma, producen lesión o incapacidad permanente, aborto, malformación congénita o cáncer VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 22 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 NORMATIVIDAD LEGAL VIGENTE NORMA DECRETO 2200 NUMERO FECHA OBJETO 28/06/2005 Por el cual se reglamenta RESOLUCION el servicio farmacéutico y 1403/07 se dictan otras disposiciones. Reglamenta Modelo de Gestión Farmacéutica. Periodicidad del Reporte de RAMs. VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 23 of 27 Manual Farmacovigilancia RESOLUCION No 28/05/2004 2004009455 FV-001 V.0 Por la cual se establece el reglamento relativo al contenido y periodicidad de los reportes, de que trata el artículo 146 del decreto 677 de 1995” DECRETO 677 26/04/1995 Se reglamenta parcialmente el régimen de registros y licencias, el control de calidad, así como el régimen de vigilancia sanitaria. DECRETO 1011 Y 2002/2006 Por lo cual se establece el RESOLUCIÓN 1043 y sistema único de garantía 1446 de calidad de la prestación de servicios de VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 24 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 salud. En la habilitación se establece el seguimiento de eventos adversos como un estándar obligatorio. LEY 715 21/12/2001 Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias conformidad de con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar prestación VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 de la los Page 25 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 servicios de educación y salud, entre otros. Resolucion 2378 Junio 27 de 2008 POR LA CUAL SE ADOPTAN LAS BUENAS PRÁCTICAS CLÍNICAS PARA LAS INSTITUCIONES QUE CONDUCEN INVESTIGACIÓN CON MEDICAMENTOS EN SERES HUMANOS BIBLIOGRAFIA Y SOPORTE LEGAL VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 26 of 27 Manual Farmacovigilancia FV-001 V.0 RESOLUCION 2004009455 DE 2004(mayo 28), Diario Oficial No. 45.573, de 8 de Junio de 2004 Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima Por la cual se establece el reglamento relativo al contenido y periodicidad de los reportes, de que trata el artículo 146 del Decreto 677 de 1995. RESOLUCION 2378 DE JUNIO 27 DE 2008 DE MINPROTECCION SOCIAL RESOLUCION 2378 MINPROTECCION SOCIAL DEL 27 DE JUNIO DE 2008 RESOLUCION 2004009455 DEL 28 DE MAYO DE 2004 ART.146 DEL DECRETO 677 DE 1995 VERSION 1.1 DE 20 SEPTIEMBRE DE 2009 Page 27 of 27