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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 17ma. Asamblea Legislativa 6ta Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES INFORME P. del S. 680 5 de noviembre de 2015 A LA CÁMARA DE REPRESENTANTES: La Comisión de Salud de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, previo estudio y consideración de la misma, tiene a bien someter su Informe con relación al Proyecto del Senado 680, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña en este Informe. ALCANCE DE LA MEDIDA El Proyecto del Senado 680 pretende crear la “Ley para el Acceso a la Información de Estadísticas de Cesáreas” De la Exposición de Motivos de la medida se desprenden los siguientes asuntos: Se indica en la misma que en las últimas décadas, en Puerto Rico se ha registrado un aumento preocupante en los nacimientos por cesárea. Según las estadísticas del Departamento de Salud, para el 1980, la tasa de cesáreas era de un 18.2%. De acuerdo a Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (2) las últimas estadísticas disponibles, en el año 2010 el 46.3% de los alumbramientos en nuestra isla fueron mediante cesárea. En el 2007 se alcanzó lo que hasta ahora es la tasa más alta registrada: un 49.2% de nacimientos por la vía quirúrgica. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha fijado como aceptable una tasa de un 10 - 15%, lo que coloca a Puerto Rico más de tres (3) veces sobre ese nivel, muy por encima de jurisdicciones como el Reino Unido (22%), España (26.2%), Estados Unidos (32.8%) e Italia (38.2%). Lo más alarmante es que, según el Departamento de Salud, el 55% de las cesáreas realizadas aquí no tienen ninguna justificación médica, y el 77% de las mujeres sometidas a esa cirugía nunca presentaron factores de riesgo en sus embarazos. Entre los elementos que se señalan para explicar el aumento en la cesáreas está la inducción del parto en madres primerizas, así como la aplicación a destiempo de anestesia epidural. En muchas ocasiones, el único criterio para la realización de una cesárea o la inducción del parto es la conveniencia de los proveedores de servicio de salud.1 En adición, se expresa que las cesáreas representan un riesgo más alto de mortalidad materna que el parto vaginal, por complicaciones tales como infecciones y embolias. Según la OMS el riesgo de ingresar en una Unidad de Cuidados Intensivos es diez veces mayor tras una cesárea selectiva planificada que después de un parto vaginal natural. Además, retrasa el proceso de recuperación y para algunas mujeres, se convierte en un factor que afecta negativamente la lactancia. Por otro lado, el costo de las cesáreas es considerablemente mayor que el del parto vaginal. Un informe publicado en enero de 2013 por Truven Health Analytics Marketscan, reseña como uno de sus principales hallazgos que en los Estados Unidos “el promedio total de pagos para cuidado maternal y de recién nacidos por cesáreas es aproximadamente 50% más alto que los pagos promedios por nacimientos vaginales tanto para pagadores comerciales ($27,866 vs. $18,329), como Medicaid ($13,590 vs. $9,131)”.2 Se indica en la medida que la determinación de la mayoría de las instituciones hospitalarias de prohibir el parto vaginal luego de uno anterior mediante cesárea (conocidos como VBAC por sus siglas en inglés) representa también un aumento en el número de cesáreas y refuerza por lo tanto, la importancia de prevenir esa primera intervención quirúrgica cuando no sea médicamente necesaria. En 1995 tan sólo un 27.5% de las mujeres que tuvieron partos previos por cesárea trataron un VBAC en los Estados Unidos; en Puerto Rico apenas un 7%. Esta medida propone que los médicos preparen, mantengan y publiquen un registro estadístico, accesible a través de la red cibernética, sobre la cantidad de partos que realizan mediante procedimiento natural versus partos por cesárea. Al imponer la obligación de divulgar y justificar las cesáreas perseguimos que cada obstetra utilice exclusivamente criterios clínicos para realizar esas 1 2 Extraído de la Exposición de Motivos P. del S. 680 id Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (3) intervenciones, además de hacer accesible tal información a las futuras madres para que puedan tomar decisiones bien fundamentadas.3 Por tanto, se indicó que la resistencia que en el pasado han exhibido algunos proveedores de salud ante esta propuesta debe ponderarse frente al derecho de las mujeres a recibir información clara sobre una de las más importantes determinaciones médicas que tomarán en su vida. Considerando en particular el número de cesáreas que se realizan en nuestro país, no hay justificación para negarle a las mujeres puertorriqueñas, como consumidoras de un servicio de altísima importancia social y personal (y de un costo considerable) acceso a los datos sobre la práctica de la obstetricia del médico con el que contratarán para atender su embarazo y parto. Se trata además, de movilizar al país hacia las tendencias de transparencia en el cuidado médico que ya prosperan en otras latitudes. En Inglaterra, por ejemplo, el perfil y la tasa de mortalidad de cerca del 90% de los médicos de diez especialidades está disponible a través del portal Choices, manejado por el National Health Service, como una forma de alentar un aumento en los estándares de la práctica. El nombre de los médicos que se rehúsan a dar información también está publicado. Con el ánimo de proveer información que refleje las variantes propias del proceso de parto, los datos a publicarse tomarán en cuenta los niveles de riesgo reconocidos en la práctica general de la obstetricia, e incluirán datos como tiempo de gestación, condiciones médicas y cesáreas previas.4 Luego de expresada la intención del Proyecto del Senado 680, esta Comisión con los memoriales explicativos y/o comentarios de las siguientes personas y entidades para la consideración de esta medida: 1. 2. 3. 4. Departamento de Salud Alianza inne-CESAREA Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico El Colegio Americano de Obstetras Ginecólogos de los Estados UnidosCapitulo de Puerto Rico 5. Cooperativa de Ginecólogos Obstetras de Puerto Rico (NOTA: Se unieron a la Ponencia del Colegio Americano de Obstetras Ginecólogos de los Estados Unidos-Capitulo de Puerto Rico). 6. Fundación Puertorriqueña para la Protección de la Maternidad y la Niñez (PRO-MANI) 7. Taller Salud, Inc. 8. Escuela Graduada de Salud Pública del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico 3 4 id id Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (4) Para los efectos de este Informe y por la importancia del mismo, hemos transcrito las posiciones de las agencias y entidades no gubernamentales antes mencionadas, las cuales son las siguientes: El Departamento de Salud expresó lo siguiente: A tenor con el requerimiento de la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes de Puerto Rico sometemos ante vuestra consideración y estudio la position y recomendaciones del Departamento de Salud sobre el Proyecto del Senado Núm. 680. La medida de referencia tiene como propósito crear la "Ley para el Acceso a la Información de Estadísticas de Cesáreas". El aumento en las tasas de cesáreas en los últimos años en Puerto Rico mantiene preocupados a los sectores relacionados con la salud de la población. Esta preocupación es genuina al reconocer que podemos estar sobre utilizando una vía de parto que debe estar disponible solamente para aquellos casos donde el bienestar de la madre y del bebe este en juego. Aunque no existe evidencia científica que sostenga claramente un tipo de alumbramiento sobre el otro, el Colegio Americano de Obstetras y Ginecólogos considera que los partos por cesárea deben llevarse a cabo solo por razones médicas. El proceso de parir debería ser el vaginal siempre y cuando ofrezcamos las mejores garantías de un buen resultado tanto para la madre como para el bebe. Siendo la cesárea un procedimiento quirúrgico, no está exento de riesgos, tales como muerte o discapacidad por causa de la anestesia, por infección o por pérdida de sangre; pobre cicatrización, rotura de útero en embarazos futuros, daño a estructuras adyacentes, y riesgo aumentado de placenta previa o placenta acreta en embarazos futuros. Con relación a la mortalidad maternal, once muertes maternas por embolias acaecidas en Puerto Rico para los años 2002 al 2007 fueron cesáreas pero, queremos aclarar, no contamos con información suficiente para establecer una relación causal entre ambos. Las cuatro indicaciones más frecuentes para un parto por cesárea son: cesárea repetida, distocia o fallo en el progreso del parto, presentación de nalgas, y preocupación por el bienestar del bebe. Otras indicaciones para proceder con una cesárea incluyen: Placenta previa, Placenta abrupta, Prolapso de cordón, Eclampsia, Macrosomía fetal, Espina Bífida, VIH, Herpes activo. Sin embargo, otros factores no tan claramente identificados pueden estar afectando la decisión de hacer una cesárea. Estos posibles factores pueden ser, entre otros: practica medica defensiva conveniencia del proveedor; solicitud del procedimiento por la paciente; necesidad de más personal entrenado en unidades hospitalarias; necesidad de consultor obstétrico 24 horas en el hospital; actitud del proveedor, practica solo versus Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (5) grupal; ausencia de servicios de anestesiólogo en los hospitales las 24 horas; y disminución en los centres de adiestramientos en la especialidad. En años recientes otra situación ha afectado los servicios de salud prenatal en la isla: la disminución en el número de obstetras y ginecólogos con práctica activa en Puerto Rico. Datos obtenidos del Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico indican que en la isla hay 403 obstetras ginecólogos activos al 2014. De estos, se estima que menos de la mitad practica la obstetricia (ni el Colegio de Médicos ni la Junta de Licenciamiento recopilan dicho dato). La emigración a otros estados y territorios de la nación Americana añadido al retire de la práctica por edad, por situación económica o por temor a las demandas por impericia, ha mermado el número de especialistas disponibles para ofrecer cuidado prenatal a nuestras embarazadas. Si tomamos en consideración el número de nacimientos vivos ocurridos anualmente en Puerto Rico (2013:36,540), encontramos que cada obstetra (estimando en 200 los activos) debe estar llevando a cabo alrededor de 182 partos anuales (15 mensuales). Cada parto conlleva horas de atención y el potencial de complicarse. A esto tenemos que añadir el número de horas dedicadas al servicio a nivel dela oficina no solamente a embarazadas sino a mujeres con condiciones de salud ginecológica. Demás está decir la carga de trabajo que recae sobre el especialista en esta rama de la medicina. Con relación a la información que se desea obtener, mucha de esta se recoge en el certificado de nacimiento y se accede a través del Registro Demográfico, bajo el Departamento de Salud. Esta información incluye la licencia del médico que llevo a cabo el nacimiento, por lo que puede ser identificado. Sin embargo, los estudios llevados a cabo por el Departamento de Salud mantiene al proveedor en el anonimato. Por otro lado, el Artículo 3 de este Proyecto obligue a los obstetras a tener en un lugar visible un aviso notificando de la disponibilidad del informe que corresponde a su ejecutoria para toda paciente que lo solicite. Este informe requerido viola la Ley HIPAA ya que contendría información sensitiva expuesta (se podría identificar a la paciente). Entendemos el interés de los proponentes de este proyecto de buscar estrategias que disminuyan la práctica innecesaria de las cesáreas en Puerto Rico. La información adicional a la que ya se recoge en el Certificado de Nacimiento, y que se encuentra en el expediente médico, sería de gran ayuda para delinear estrategias dirigidas a disminuir los partos por este procedimiento. Sin embargo, consideramos la iniciativa como intimidante y punitiva contar los proveedores de cuidado prenatal que actualmente ofrecen sus servicios en la isla, especialmente con aquellos que atienden casos complicados donde la probabilidad de terminar en cesárea es mayor. El querer imponer informes trimestrales donde identifique el medico con la labor realizada es inquisitorio, discriminatorio y hasta prejudicial. Consideramos que la mayoría de los especialistas en obstetricia y ginecología en Puerto Rico son profesionales responsables y dedicados a Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (6) ofrecer un cuidado de salud prenatal de calidad. La consecuencia de este proyecto o iniciativas como esta podría ser que dichos especialistas decidan limitar su práctica a la ginecología o se retiren definitivamente. Decididamente, la situación empeoraría. En el año 2013 nacieron en Puerto Rico 36,540 niños vivos, de estos el 40% de los partos que fueron inducidos termino en una cesárea. Iniciativas dirigidas a asegurar que las inducciones están indicadas, como por ejemplo una de las prioridades para mejoramiento establecido por CMS y acogida por la Asociación de Hospitales de Puerto Rico en el "Hospital Engagement Network" para 2013, la campana educativa de Marcha of Dimes para reducir los prematuros tardíos y los programas de visitas al hogar de la División de Madres, Niños y Adolescentes del Departamento de Salud, pueden aportar a la disminución del procedimiento de cesárea. El Departamento de Salud tiene la responsabilidad ministerial de defender y asegurar a todos los habitantes en Puerto Rico las mejores oportunidades para una salud excelente, en este caso a nuestros niños y a sus madres. Desde esa perspectiva, entiende que es de suma importancia buscar vías para disminuir la práctica de cesáreas innecesarias. Sin embargo, no endosa el proyecto de referencia por las razones anteriormente expuestas. Por lo antes expresado, el Departamento de Salud no endosa este Proyecto de la Cámara Núm. 680. Agradecemos la oportunidad brindada por esta Honorable Comisión para exponer nuestra position en torno a la medida de referencia. Por su parte, la Alianza inne-CESAREA expresó lo siguiente: Presentación y agradecimiento Muy buenas tardes, mi nombre es Javier Omar Morales Nazario, soy salubrista con una especialidad en la población de madres, infantes, niños(as) y adolescentes y además soy educador en lactancia materna certificado. Hoy me acompaña Tania Silva Meléndez quien es doula certificada, educadora prenatal y educadora en lactancia certificada. Ambos nos presentamos ante este foro público como portavoces de la Alianza inneCESAREA.org junto a la grata compañía de mujeres y familias que necesitan que sus voces sean escuchadas. Agradecemos la oportunidad que nos brinda la Cámara de Representantes de Puerto Rico, en especial su Comisión de Salud, presidida por la honorable Lydia Méndez Silva. Damos un cordial saludos a los representantes y las representantes que nos acompañan en la discusión de tan importantes proyectos para la salud de las mujeres y de las familias en Puerto Rico, y saludamos también a todos y todas las presentes. Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (7) Antes de pasar a los detalles de nuestra ponencia nos resulta imperativo hacer un resumen de la misión, los objetivos y la trayectoria de la Alianza inne-CESAREA.org. El compromiso principal de esta Alianza que inició en febrero de 2012, con su lanzamiento en el Centro Para Puerto Rico de la Fundación Sila M. Calderón, es promover el apoderamiento de las mujeres puertorriqueñas mediante una campaña de prevención validada, actualizada y atractiva sobre la humanización del parto y sus beneficios para la salud de la madre y el bebé. Así atender el serio problema de salud pública que representan la alta tasa de cesáreas y las intervenciones innecesarias durante el parto para la madre y el bebé. Nuestras metas, de las cuales algunas ya han sido cumplidas, van encaminadas a: Desarrollar una campaña de prevención de intervenciones innecesarias durante el embarazo, parto y posparto, que esté validada por expertos profesionales en áreas de la salud materno-infantil y comunicaciones en salud. Crear una campaña que sea accesible al grupo poblacional de mujeres en edad reproductiva, sus parejas y familiares. Promover una campaña que fomente el parto humanizado como la opción más segura y saludable para las mujeres embarazadas y sus bebés. Actualmente, la Alianza inne-CESAREA.org agrupa a sobre 20 organizaciones nacionales e internacionales entre las que se incluyen: Amnistía Internacional, la Red Madre-Bebé de Puerto Rico, la Alianza por los Derechos Humanos de Mamá y Bebé en Puerto Rico, la Relacahupan, la Red Mundial de Doulas, el Programa de Salud de la Madre y el Niño de la Escuela Graduada de Salud Pública de la Universidad de Puerto Rico, la Coalición para la Lactancia Materna de Puerto Rico, el Comité Pro Niñez Dominico-Haitiana, la International Cesarean Awarness Network, la Red Unida por Mamás, Bebés y sus Alimentos en Latinoamérica, Lactnation, Taller Salud, el Movimiento Amplio de Mujeres de uerto Rico entre otras. El alcance de inne-CESAREA.org se ha extendido a más 50 países incluyendo Estados Unidos, México, Argentina, Ecuador, Costa Rica, Uruguay, Brasil, España, India, Francia, Italia, República Dominicana, Alemania, entre otros. Nuestro vídeo musical Cesárea Innecesaria ha sido visto más de 70,000 ocasiones en las redes sociales y es utilizado consecutivamente por academias, entidades de servicio comunitario como una estrategia educativa sumamente atractiva. Fue traducido a siete idiomas incluyendo alemán, francés, italiano, inglés y lenguaje de señas. Finalmente, la Alianza se encuentra más fortalecida que nunca. Este proyecto es el eco de miles de mujeres en Puerto Rico y sus familias. Familias que más allá de un parto vaginal o evitar una cesárea, reclaman un trato digno y de respeto, libre de maltrato. Dicho eso, nos vemos obligados a presentar el preocupante perfil de la atención que recibe la población materno-infantil en Puerto Rico, compararla con la realidad que se Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (8) vive a nivel mundial y presentar nuestro endoso y recomendaciones a las medidas que esta honorable comisión atiende en sus trabajos del día de hoy. En las últimas décadas ha habido un aumento en las tasas de cesáreas tanto en países desarrollados como en países en desarrollo (Belizan, Althabe, & Cafferata, 2007). La cesárea es un procedimiento quirúrgico desarrollado para atender o prevenir complicaciones durante el embarazo y el parto (Belizan, Althabe, & Cafferata, 2007). El aumento en cesáreas coincide con el aumento de nacimientos prematuros y otras complicaciones que afectan a la madre y al bebé, lo que implica un serio problema de salud pública. En varios países de Latinoamérica, al igual que en Europa y en Estados Unidos la proporción de partos por cesáreas se encuentra entre 30% y 40% (Betran, et al., 2009), lo que ha obligado a varios sectores relacionados a la salud de la madre y el niño(a) a levantar una bandera roja. Mientras las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) exhortan a los países a que la utilización de las cesáreas no exceda del 15% de los nacimientos (WHO, 1985), estudios realizados indican que sobre el 60% de los países a nivel mundial no cumplen con las recomendaciones de la OMS, ya que sobrepasan el 15% de cesáreas que según la misma OMS podrían estar clínicamente justificadas (Belizan, Althabe, & Cafferata, 2007). Esto implica que aproximadamente 3.5 millones de las cesáreas practicadas anualmente en todo el mundo carecen de justificación médica. No existe ninguna justificación para que alguna región tenga una tasa de cesáreas mayor al 10-15% (WHO, 1985). Puerto Rico es el territorio con la mayor tasa de cesáreas en Estados Unidos y a nivel mundial (Hamilton, Martin, & Ventura, 2009). Lousiana, que es el estado con la tasa de cesáreas más alta de los Estados Unidos, contó en 2013 con una tasa de 38.9%. Para el año 2007, la tasa a nivel local fue 49.2%, según datos del Departamento de Salud. Esto significa que de cada dos embarazos uno fue por cesárea. Desde mediados de la década de los 80’s, la tendencia en la tasa de cesáreas en Puerto Rico ha ido en aumento hasta llegar, incluso, a duplicarse. Básicamente, de cada diez bebés nacidos en nuestros hospitales, cinco nacen por cesáreas. En la actualidad, estas cifras no han cambiado sustancialmente, lo que representa un delicado asunto sanitario que debe ser atendido con premura. En 2012, Puerto Rico tuvo una tasa de 48.4% y para el 2013 una tasa preliminar de 48.8%. Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (9) 50,000 42,202 Cesáreas necesarias vs. inne-CESÁREAS en PR 2010 40,000 30,000 20,000 10,000 Total de partos 19,740 13,440 6,300 Cesáreas Necesarias según OMS inne-CESÁREAS 0 Partos en PR, 2010 El alarmante incremento en la tasa de cesáreas a nivel mundial, refleja la tendencia de ver el parto como un procedimiento puramente médico y a la embarazada como una paciente. Además de esta situación mencionada anteriormente, los factores determinantes que han contribuido a este aumento son variados. Algunos de los factores encontrados en la literatura incluyen cuestiones como: mayor monitoreo fetal, conveniencia y comodidad para el proveedor del cuidado de salud, incluso razones vagas y sin evidencia científica y además, factores relacionados a las instituciones hospitalarias (un ejemplo de esto es que en el hospital privado la tasa de cesáreas es mayor que en el público) (Hogberg, Lynoe, & Wulff, 2008). Múltiples organizaciones, asociaciones y grupos dedicados a promover la salud de la madre y el niño, incluyendo el Colegio Americano de Obstetras y Ginecólogos y la Organización Mundial de la Salud han dejado claro desde hace más de 30 años que el aprobar la práctica de cesáreas y de inducciones sin justificación médica, constituye una acción antiética. Lo que nos resulta sumamente preocupante que en fechas recientes, el presidente de la institución que recoge a todo el gremio de galenos del país haya hechos expresiones en unas vistas públicas realizadas en una comisión de este mismo cuerpo legislativo donde intenta explicar la incidencia de cesáreas por las siguientes razones: “En Puerto Rico el alto número de cesáreas se explica por la escasez de obstetras ginecólogos y como defensa de las demandas de impericia médica ante los altos riesgos que conllevan los partos naturales. Puerto Rico es el único lugar donde se puede demandar hasta que el menor cumple los 22 años cuando eso no se ve en Estados Unidos”. Además del carácter antiético de la justificación, es importante señalar que el mismo falta a la verdad por varias razones. En primer lugar, hemos identificado más de diez estados donde los menores pueden realizar sus demandas luego de cumplir la mayoría de edad: Arizona, Distrto de Columbia, Kansas, Kentucky, Missouri, Nebraska, Nevada, New Hampshire, Ohio, Oregon, Rhode Island, South Dakota y Washington. Incluso y a pesar de esto, el estado de Oregon cuenta con una tasa de 28% (20% menos que Puerto Rico)y un promedio de nacimeintos anuales similar a la Isla. Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (10) Por otro lado, la cesárea está asociada con mayor riesgo de mortalidad materna, histerectomía (extirpación parcial o total del útero), lesiones al tracto de la uretra y a la vesícula, dolor abdominal, enfermedades respiratorias para el recién nacido, muerte del feto y además podría traer complicaciones en futuros embarazos como placenta previa y ruptura uterina (Belizan, Althabe, & Cafferata, 2007). Estudios realizados para saber si existe alguna asociación entre la reducción en la tasa de mortalidad y morbilidad y la práctica de ésta cirugía mayor, indican que el aumento en cesáreas no está asociado a esta reducción. De hecho las estadísticas señalan que a mayor tasa de cesáreas, mayor la mortalidad y morbilidad materna y neonatal (Belizan, Althabe, & Cafferata, 2007). Otro estudio realizado en el 2001 (Levine, Ghai, Barton, & Strom, 2001) encontró que los riesgos para los recién nacidos de tener serios problemas respiratorios y pulmonares son cinco veces mayores en aquellos nacidos por cesárea que los que nacen por un parto vaginal. En este estudio, se analizaron 1,889 casos de cesárea. De estos, 735 cesáreas (38%) fueron realizadas por razones médicas validas y justificadas. En cambio, el restante 62% tuvo una cesárea programada por haber tenido una cesárea previa. El estudio señaló además que existe un riesgo mayor para bebés nacidos por cesárea de contraer enfermedades asociadas a su estadía en unidades de cuidado intensivo neonatal. Según otro estudio realizado en 2007 (Villar, et al.), las cesáreas duplican la morbilidad y la mortalidad materna en comparación con el parto vaginal. Esto incluye histerectomías, transfusiones de sangre y admisiones a unidades de cuidado intensivo. La posibilidad de que una mujer necesite antibióticos es cinco veces mayor cuando se practica una cesárea en vez de un parto vaginal. Esto responde a infecciones postparto asociadas a la operación. La cesárea, en especial cuando no se comienza al menos la labor de parto, duplica la posibilidad de que el bebé pase más de una semana en la unidad de cuidado intensivo neonatal. Además, la cesárea aumenta el riesgo de mortalidad neonatal, luego del alta. En general, la cesárea aumenta la tasa de mortalidad y morbilidad tanto de la madre como del recién nacido. Claro, que si el riesgo al que se refiere el distinguido galeno al señalar que las cesáreas tienen un riesgo mayor es al riesgo al que se expone el médico a ser demandado, es inevitable pensar que su planteamiento carece de validez. Incluso, hace más de 20 años, el ilustre padre de la demografía en Puerto Rico, Dr. José L. Vázquez Calzada lo señalaba como un asunto preocupante: “En Puerto Rico existe una total indiferencia sobre este asunto de parte de la clase médica y de las autoridades gubernamentales […]. Uno de los alegatos es que el incremento en el parto por cesárea es en parte el resultado del aumento en las demandas por impericia médica. ¿Quiere esto decir que se está incurriendo en impericia médica por el temor a demandas por impericia? Este es un argumento Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (11) muy cuestionable desde el punto de vista de la ética médica.”, (Vázquez Calzada, 1990) El 59.5% de los partos en Puerto Rico son inducidos (Departamento de Salud, 2005). Los días en que más partos se realizan son los lunes, martes y miércoles (68% de las cesáreas se realizan estos tres días). En los hospitales de Puerto Rico la mayoría de los partos vaginales se caracterizan por la medicalización innecesaria, intervenciones clínicas cargadas de maltrato y violaciones de derechos humanos. Estos problemas redundan en partos prematuros, problemas respiratorios para los recién nacidos, complicaciones en el proceso de apego y lactancia exitosa, lo que incrementa el tiempo de hospitalización, entre otras consecuencias perjudiciales para la salud de la madre y el niño. 25,000 Inducciones necesarias vs. innecesarias 21,320 20,000 15,000 Necesarias según OMS 10,000 5,000 Innecesarias 4,200 0 Inducciones PR 2010 En Puerto Rico la situación es alarmante. Si bien las estadísticas hablan por sí solas, es importante conocer un poco lo que ocurre tras las cortinas y puertas de nuestros hospitales y consultorios médicos. En el 2008 (Parrilla, Gorrín & Dávila), varios catedráticos de la Escuela Graduada de Salud Pública de la Universidad de Puerto Rico realizaron un estudio donde se analizaron la percepciones y actitudes de un grupo de mujeres que habían pasado por una cesáreas. Entre sus hallazgos encontraron que en Puerto Rico las mujeres no son orientadas por los médicos sobre los riesgos asociados a las cesáreas. Las mujeres puertorriqueñas señalan que el obstetra no le orientó sobre sus derechos a rehusar alguna intervención ni la información contemplada en el consentimiento informado, lo que falta a las recomendaciones del Colegio Americano de Ginecología y Obstetricia (ACOG, por sus siglas en inglés) y del mismo marco legal vigente en Puerto Rico, en especial a la Ley 156 de 2006. El cuidado prenatal, según se indica en el estudio, se limita a los servicios del obstetra, las enfermeras y en ocasiones de algún(a) nutricionista. No se le orienta sobre la utilidad y beneficios de contar con una doula (acompañante de parto), o de solicitar los servicios de una partera. Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (12) Muchas de las madres entrevistadas (Parrilla, Gorrín & Dávila, 2008), estuvieron solas durante el parto y no recibieron apoyo. Muchas mujeres revelaron sentirse en soledad, con miedo, desamparo, coraje, llanto y preocupación durante su parto. Entre las razones no médicas mencionadas por las entrevistadas para haberles inducido o realizado una cesáreas se encuentran: el médico indicó que se iba de vacaciones, porque el médico realiza los partos los miércoles, un médico indicó que el bebé estaba listo para salir, una madre dijo que no le explicaron nada y que solo firmó para la anestesia, una indicó que fue el esposo el que le dijo que había que hacerle una cesárea, una madre indicó que había roto fuente y como no comenzaron las contracciones había que hacerle una cesárea y a una madre el médico le dijo que una placa (Rayo X) había mostrado que el bebé tenía una vuelta de cordón, lo que no es una razón médica para realizar una cesárea planificada. Este tipo de situaciones no solo atenta contra la integridad de estos seres humanos, más bien pasa a ser una especie de maltrato y violencia institucionalizada. El tema de la violencia siempre ha sido una preocupación social que se ha intentado atender a través de investigaciones, campañas gubernamentales y privadas, programas de prevención y diversas estrategias. En cambio, muchos aspectos de la violencia generalizada han pasado desapercibidos o han sido ignorados por diversas razones que resultan preocupantes. Si bien, es urgente y apremiante atender la tasa de asesinatos y crímenes violentos que arropa a nuestra sociedad, no deben ser nuestras únicas preocupaciones. La violencia en las salas de partos y consultorios constituye una de las violaciones institucionalizadas más viles que aqueja a nuestro país. Para el año 2002, se triplicó la cantidad de cesáreas recomendadas y en el 2007 Puerto Rico alcanzó la tasa más alta del mundo, 49.7%. Como una estrategia de política pública, un junte de mujeres apoyadas por mujeres representantes de los tres partidos políticos de ese entonces, presentaron la Ley 156 de Acompañamiento Durante el Parto; actualmente esta ley es ignorada por muchos hospitales y proveedores. Poco ha ocurrido desde ese entonces en la política pública. El asunto de la falta de respeto y el maltrato en las salas de parto y consultorios médicos ha escalado a tal magnitud, no solo en Puerto Rico sino a nivel internacional, que la Organización Munidal de la Salud se vio obligado en septiembre de este año a publicar un documento titulado: Prevención y erradicación de la falta de respeto y el maltrato durante la atención del parto en centros de salud y consultorios (OMS, 2014). El documento señala lo siguiente: “En todo el mundo, muchas mujeres sufren un trato irrespetuoso y ofensivo durante el parto en centros de salud, que no solo viola los derechos de las mujeres a una atención respetuosa, sino que también amenaza sus derechos a la vida, la salud, la integridad física y la no discriminación. Esta declaración reclama un accionar más enérgico, diálogo, Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (13) investigación y apoyo en relación con este importante problema de salud pública y de derechos humanos”. Además de la denuncia, este documento de la OMS presenta cinco acciones que deben ser altamente consideradas para atender la misma: 1. Mayor respaldo de los gobiernos y socios en el desarrollo, en relación con las investigaciones y acciones sobre el maltrato y la falta de respeto 2. Iniciar, respaldar y mantener programas diseñados para mejorar la calidad de la atención de la salud materna, centrándose en la atención respetuosa como componente esencial de la atención de calidad 3. Realzar el derecho de la mujer a recibir una atención de la salud digna y respetuosa en el embarazo y el parto 4. Es necesario generar datos relacionados con las prácticas de atención respetuosa e irrespetuosa, los sistemas de responsabilidad y el respaldo profesional valioso 5. Involucrar a las partes interesadas, incluidas las mujeres, en los esfuerzos para mejorar la calidad de la atención y eliminar las prácticas ofensivas e irrespetuosas Hasta el momento, solo ha habido estrategias desorganizadas y tímidas. Otras más organizadas y menos tímidas pero limitadas económicamente. Se necesita un plan integral para atender las disparidades en salud maternoinfantil y estas medidas que nos atañen en el día de hoy son un buen camino para labrar un cambio positivo. Sin embargo, no son suficientes. El plan debe incluir: Redirigir la formación de los futuros proveedores, en especial los obstetras. Ampliar el abanico de proveedores, integrando a la enfermera partera y la partera profesional como lo sugieren múltiples organizaciones internacionales incluyendo la Organización Mundial de la Salud. Fiscalizar las leyes actuales, en especial la ley 156 de 2006 y la ley 93 de 2008. Promover el acompañamiento durante el parto, preferiblemente a través de Doulas, y que ésta sea vista como un apoyo indispensable para la mayoría de las mujeres, y no cuente como acompañante. Desarrollar programas de educación perinatal (clases de parto) y de cuidado coordinado que sean accesibles y estén orientados al parto natural como alternativa más segura para la mujer y el(la)recién nacido(a). Un buen ejemplo de esto es el Programa SePARE del Municipio de Vega Baja que es auspiciado por el Departamento de la Familia. Brindar a las mujeres acceso a información clave que les permita una toma de decisiones asertiva y preventiva. Un buen ejemplo es la reciente aprobación del PS 680 en el Senado, presentado por la senadora María de Lourdes Santiago y que Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (14) actualmente espera su aprobación en este cuerpo legislativo y el cual a través de la Alianza endosamos y esperamos que así ustedes lo hagan. Para concluir presentamos el endoso a ambas medidas y detallamos algunas sugerencias de enmiendas. ENDOSO Y RECOMENDACIONES DE ENMIENDA AL PROYECTO DEL SENADO 680: Enmendar el Artículo 2 como sigue: o Artículo 2. – Toda clínica, hospital, sala de emergencia, centro de servicios médicos o cualquier otra instalación en Puerto Rico en la cual se realicen partos, vendrá obligada a someter al Departamento de Salud, informes trimestrales en los que consignará, desglosado por obstetra u otro personal médico, el número total de partos, partos vaginales, partos inducidos y cesáreas, clasificados según los niveles de riesgo reconocidos en la práctica general de la obstetricia, e identificando aquellos datos pertinentes tales como semanas de gestación al momento del parto, justificación para la inducción o cesárea, embarazos múltiples, cesáreas previas, y condiciones médicas de la embarazada o la criatura por nacer, y cualquier otra circunstancia o evento pertinente relacionado con el embarazo o alumbramiento. Enmendar el final del Artículo 4: o Artículo 4.- […] artículo 2. Rescatar el Artículo 5 en su versión original, donde se autorizaba a la Procuradora de las Mujeres, además del Departamento de Salud a imporner multas para que diga: o Artículo 5.- El Departamento de Salud y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres quedan autorizados a imponer, a toda persona natural o jurídica que viole una disposición de esta ley, una multa que no será menor de tres mil ($3,000.00) dólares ni mayor de diez mil ($10,000.00) dólares. NOTA: REFERENCIAS AL PROYECTO DE LA CAMARA 1965 FUERON OMITIDAS Despedida Antes de pasar al espacio de preguntas deseamos compartir con esta comisión unos breves testimonios de familias que forman parte de la Alianza y que están anejadas en esta ponencia al igual que una petición que cuenta con sobre 1,400 firmas de individuos que endosan las medidas presentadas. Luego de los relatos nos reafirmamos Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (15) en nuestra disposición de aclarar las dudas y contestar las preguntas que este honorable cuerpo desee realizar. REFERENCIAS Arbeláez, C., (2008, August 12). El Eduentretenimiento, Parques Biblioteca y cultura de Emprendimiento [Article]. Retrieved from: http://lapalabreja.blogspot.com/2008/08/parques-biblioteca-y-cultura-de.html Belizan, J. M., Althabe, F., & Cafferata, M. L., (2007). Health Consequence of the Increasing Caesarean Section Rates. Epidemiology, 18, 485-486. Betran, A. P, et al., (2009). WHO Global Survey on Maternal and Perinatal Health in Latin America : classifying caesarean sections. BioMed Cantral, 6(1), 18-25. Bravender, T., Russel, A., Chung, R., & Armstrong, S., (2010). A “Novel” Intervention: A Pilot Study of Children’s Literature and Healthy Lifestyles. Pediatics, 125(3), e513-e517. COAI. (2011). Programa Gualí. 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Al llegar le especifiqué a la enfermera y doctora en emergencia que iba para chequeo. Rápidamente me pusieron las correas y la doctora de emergencia me indicó que llamaría a mi ginecóloga ya que estaba en 3 cms y con contracciones de parto. La ginecóloga mandó a que me admitieran a sala de partos. Al llegar ahí me mandaron a poner una frágil batita de papel, un suero y que no me podía levantar de la cama ni para ir al baño y que si tenía que or al baño llamara a las enfermeras para usar una chata. Le pregunté a esa enfermera si mi esposo podía acompañarme y ésta me indicó que si no estaba de parto activo no era permitido. Al llegar la ginecóloga permitió pasar a mi esposo. Me hizo un chequeo vaginal y me indicó que yo no había roto fuente y que ni siquiera estaba en un centímetro pero que me iba a dejar admitida por que estaba teniendo "buenas" contracciones. Le pedí que si no estaba de parto y ya que no había roto fuente que me diera de alta porque iba a estar allí perdiendo el tiempo y no iba a llegar a nada, a lo que ésta me contestó que ella no podía darme de alta porque ya yo había sido admitida y me tenía que quedar allí, y que de todos modos ella entendía que yo no iba a poder parir natural porque, según ella, yo no daba medidas porque mi pelvis era demasiado estrecha. Todo esto ocurrió aproximadamente a las 9 de la noche. Como a la hora y media ella regresó y me hizo otro chequeo vaginal para verificar si había dilatado algo. Me dijo que Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (18) todavía nada pero que ella me iba a romper fuente para ver si se aceleraba el proceso. Esto ocurrió como a las 11 de la noche. Lo que experimenté en ese momento que ella me rompió fuente fue horrible porque sentía que me estaban desgarrando a sangre fría. Durante todas las siguientes horas me empezaron a aumentar las contracciones y los dolores. Cabe señalar que desde el momento en que la doctora salió de la habitación, nadie en lo absoluto fue a verificar ni siquiera si necesita algo hasta aproximadamente las 7 am de sábado. Gracias a Dios por mi esposo porque fue quien me ayudó y estuvo conmigo en todo momento pues ni podía pararme de la cama. A eso de las 11 am del sábado 17 octubre al llegar la doctora me realizó un chequeo vaginal y me indicó que no había dilatado nada y que la única opción era la cesárea ya que al tener fuente rota por más de 12 horas podía ser perjudicial para la bebé. A pesar del dolor vivido por las contracciones, sentí un profundo dolor más fuerte que el causado por las contracciones y fue el dolor de ver mi sueño de parto hecho pedazos por tener que firmar para una cesárea que nunca deseé. Al menos permitieron la entrada de mi esposo a la cesárea pero no tuve contacto con mi bebé hasta aproximadamente 3 a 4 horas más tarde. Decidí apoderarme de la lactancia ya que como mencioné mi sueño de parir a mi niña se esfumó. No conforme con esa cesárea, la cual entendía se pudo haber evitado, decidí buscar segundas y terceras opiniones sobre lo ocurrido. Busqué la consulta y opinión de varios doctores, entre ellos 4 ginecólogos obstetras (dos de ellos muy reconocidos aquí en Puerto Rico) quienes confirmaron mis sospechas de que se pudo haber evitado esta cesárea con tan solo aquella doctora firmar un alta del hospital y enviarme a mi casa puesto que no estaba de parto. Luego de esto decidí que si algún día volvía a quedar embarazada lucharía hasta lo último por lograr un parto de manera natural sin intervenciones médicas innecesarias. A fines del año pasado supe que estaba embarazada por segunda vez y reafirmé mi deseo de parir. Busqué médicos que estuvieran de acuerdo en apoyarme y respetar mis decisiones a la hora del parto. Ese sueño se hizo realidad el pasado dia 12 de septiembre de este año, cuando a las 41 semanas y 6 dias de embarazo nació mi segundo bebé, un niño. Casualmente mi obstetra me había indicado que si para día no había dado a luz de manera natural tendría que comenzar a inducirme el parto de manera paulatina, pero en la grandeza de Dios, ese mismo día amanecí con contracciones rítmicas para irme de parto. Fue un proceso hermoso donde las intervenciones médicas fueron mínimas, tuve libertad completa y total de movimiento y pude manejar mi parto a la manera que más cómoda me sentía. En todo este proceso conté con el apoyo de mi esposo y una doula de parto que fue como un ángel y a quien estaré siempre agradecida. Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (19) Al dia de hoy aún conservo la cicatriz fisica y emocional de una cesárea que se pudo evitar pero tengo la satisfacción de que me apoderé mi segundo proceso de parto y la única cicatriz que tengo fue la que mi propio bebé causó en el área perineal al momento de nacer. Espero que este relato llegue y toque las puertas necesarias para hacer los cambios necesarios para mejorar y no dejar marcas negativas en las familias y sus procesos de parto. Por su parte, el Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico expresó lo siguiente: Muchas gracias por permitir al Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico expresarse en cuanto al Proyecto de la Cámara 1965 y Proyecto del Senado 680. El Colegio, única institución representativa del universo de médicos de Puerto Rico, tiene el ineludible deber de comparecer y expresar su opinión sobre esta y cualquiera otra medida que tenga que ver con la salud del Pueblo que en última instancia representa nuestra razón propia razón de ser. El Pueblo es nuestro paciente y parte fundamental del esencial binomio que conforma la relación más significativa de nuestra sociedad; la relación médico-paciente. El comparecer ante este foro también configura el cumplimiento del Colegio con su obligación legal de cooperar con el Estado en todo lo relacionado a los asuntos de salud del Pueblo. Nuestra propia ley habilitadora, Ley 77 de 13 de agosto de 1994, según enmendada, así lo mandata. La medida ante la consideración de esta Honorable Comisión nos da la oportunidad de cumplir con las responsabilidades que nos mandata nuestra ley habilitadora y nos permite ayudar al gobierno en el desarrollo de políticas públicas de salud que propicien el mejor bienestar de todos nuestros conciudadanos. I. Veamos ahora concretamente el Proyecto del Senado 680. El proyecto evaluado propone que los médicos preparen, mantengan y publiquen un registro estadístico, accesible a través de la red cibernética, sobre la cantidad de partos que realizan mediante procedimiento natural versus partos por cesárea. Al imponer dicha obligación el proyecto parte de la premisa que los médicos obstetras no utilizan criterios clínicos para realizar las cesáreas y buscan que la publicidad sea un disuasivo a ese procedimiento versus el procedimiento natural. Proyectos como este han sido rechazados reiteradamente por el Colegio de Médicos y todas las administraciones que han atendido el asunto, incluyendo el Proyecto del Senado 2407 que fue vetado en el 2008 por el Gobernador, Hon. Aníbal Acevedo Vila. Contrario a lo sugerido públicamente, el Gobernador Acevedo Vila no veto el proyecto Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (20) por haberle dado mayor peso al cabildeo de los médicos que al derecho de las mujeres y niños. El Gobernador veto el proyecto luego de haber entendido la necesidad de un estudio amplio y responsable de las causas de la alta incidencia de cesárea en Puerto Rico y la irracionabilidad de que se promovieran legislaciones partiendo de premisas e imputaciones infundadas que responsabilizan a los médicos de las cesáreas por asuntos de conveniencia y costo. En atención a lo anterior en el año 2008, bajo su administración, el Departamento de Salud hace seis años atrás aprobó la Orden Administrativa 255, firmada el 23 de diciembre de 2008. Allí se estableció la “Política Pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para Reducir la Tendencia de Aumento de los Partos por Cesáreas y Promover el Parto Vaginal”. En la orden se ordenó la creación y distribución de un folleto informativo sobre el proceso de parto. También se obligó a los proveedores y a las facilidades de salud a orientar e informar a las pacientes sobre el contenido del folleto. Además, se suponía que se realizara un estudio epidemiológico de las mujeres parturientas, de manera tal que se comenzara a determinar científicamente las posibles razones del alto por ciento de cesáreas. La Orden Administrativa 255 surgió de una genuina preocupación sobre el asunto de las cesáreas. Como cuestión de hecho, se creó un acuerdo colaborativo entre el Departamento de Salud, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, la Universidad de Puerto Rico y su Recinto de Ciencias Médicas y el Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico. El acuerdo colaborativo expresamente disponía la realización del estudio epidemiológico que mencionamos. Dicho estudio surgió del reconocimiento de que “la proporción de cesáreas realizadas en Puerto Rico es mayor que los índices recomendados por las organizaciones internacionales y que es necesario tomar medidas para la evaluación de los factores asociados, tanto de forma cualitativa como cuantitativa, utilizando indicadores objetivos”. En otro de los POR CUANTO del acuerdo se reconoció que el problema de las cesáreas es uno “complejo y multifactorial y que las posibles soluciones ameritan un enfoque interdisciplinario, multisectorial y multiagencial”. Específicamente dispuso el acuerdo que el Departamento, la Procuradora, el Recinto de Ciencias Médicas y el Colegio reconocían la necesidad de “realizar un estudio epidemiológico retrospectivo en la población de mujeres embarazadas que nos permita identificar aquellos factores posiblemente asociados al aumento en la proporción de cesáreas en Puerto Rico”. A pesar de que el Colegio fue parte del acuerdo, no tenemos evidencia de que se haya rendido informe alguno y entendemos que dicho informe es esencial antes de considerar o aprobar un proyecto de ley como el presente. Aunque no excusamos la no realización del estudio, o la falta de publicación de su informe, si podemos pensar que se Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (21) quedó en tintero con los dos cambios de Gobierno habidos en enero de 2009 y 2013. La presente administración debería retomar el tema y producir el estudio que tanto valor tendría en el análisis de este asunto. El Colegio de Médicos está en la mejor disposición de colaborar y aportar de nuestros recursos para obtener los datos que nos permita tomar decisiones informadas y así evitar que se sigan promoviendo proyectos de ley partiendo de opiniones, prejuicios y premisas infundadas. No podemos resolver un problema si desconocemos sus causas. En el estudio de las estadísticas de cesáreas en Puerto Rico no es adecuado hacer comparaciones con jurisdicciones que son totalmente diferentes a Puerto Rico. Existen marcadas diferencias en términos de diferencias fisiológicas de nuestras mujeres, de facilidades hospitalarias, accesibilidad de servicios médicos, ambiente legal en cuanto a reclamaciones por impericia, preferencias demostradas de las propias mujeres y otros factores. En cierta medida muchos de estos factores son únicos en nuestra jurisdicción y compararlos con otras jurisdicciones producen un resultado injusto cuando se comparan situaciones disimiles. No hay duda que algunas de las razones para la tasa de cesáreas en Puerto Rico están asociadas con la realidad que vive el medico ante las demandas por impericia médica. Tampoco hay duda de que una fracción de las cesáreas se realiza por conveniencia y economía del tiempo. Ahora, estos dos elementos deben aportar una fracción estadísticamente insignificante, cuando se comparan con otros elementos, incluyendo factores y complicaciones médicas o a solicitud de la madre. es un hecho conocido que una parte de las cesáreas que se realizan en Puerto Rico, en las áreas metropolitanas, son provocadas precisamente por las preferencias personales de las parturientas que ante el espectro del dolor de parir optan por pedir a sus obstetras que le realicen cesáreas. En este sentido seria adecuada una campaña de orientación pública para que se redujeran la marcada insistencia de la mujer a que se le realicen cesáreas. El Articulo 9-D de la Ley 194 de 25 de agosto de 2000, 24 L.P.R.A. § 3047, dispone sobre los derechos de los pacientes en cuanto a la participación en la toma de decisiones sobre su tratamiento. Establece la ley que todo paciente, usuario o consumidor de servicios de salud médico-hospitalarios en Puerto Rico tiene derecho a participar plenamente en todas las decisiones relacionadas con su cuidado médico y de salud. En cuanto al médico establece que este deberá proveer a sus pacientes información suficiente y adecuada, así como la oportunidad real, de participar en forma significativa en las decisiones relacionadas con su cuidado médico y de salud. Dispone la ley que todo médico o profesional de la salud deberá respetar y acatar las decisiones y preferencias expresadas por sus pacientes con relación a las opciones de tratamiento discutidas con estos. Incluso la propia Ley 156, también nombrada como Ley de Acompañamiento durante Trabajo de Parto, le reconoce a la mujer la discreción de escoger libremente Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (22) distintas alternativas de intervenciones médicas durante el parto, luego de haber sido informada por el profesional médico. Del lenguaje anterior es necesario concluir que el medico está en la obligación de proveer a sus pacientes información suficiente y adecuada, así como la oportunidad real, de participar en forma significativa en las decisiones relacionadas con su cuidado médico y de salud, esto incluye el parto. Una vez cumplido dicho deber se activa entonces la disposición legal que establece que el médico o profesional de la salud deberá respetar y acatar las decisiones y preferencias expresadas por sus pacientes con relación a las opciones de tratamiento discutidas con estos. Véase que es fundamental que se coloque a la persona en position de participar plenamente en las decisiones relacionadas con su tratamiento de una manera inteligente e imparcial. El médico no puede influenciar indebidamente a la paciente para que tome la decisión que más le convenga al médico o intimidar a la mujer sobre el proceso del parto si este fuese uno sin riesgos. Siempre, en términos de tratamiento, la persona más importante es el paciente y en el caso de los partos es la mujer y su bebe. La cesárea es una opción de tratamiento disponible para la mujer y cabe preguntar, que puede hacer un médico cuya paciente opta por la cesárea en vez del parto vaginal, aunque no esté medicamente indicada. El medico tiene dos caminos, el primero es atenerse a los deseos de su paciente y realizar la cesárea. El segundo es indicarle a la mujer que no está de acuerdo con su decisión y rehusar atender a la mujer al momento del parto. Este derecho que tiene la mujer a escoger el método para parir es asimilable al derecho que se le ha reconocido constitucionalmente a practicarse un aborto bajo ciertas condiciones. Ambos tienen que ver con la autonomía de la voluntad y la intimidad de la mujer sobre lo que habrá de suceder con su cuerpo. Si el legislador desea que esto sea diferente entonces tiene que legislar para imponer las limitaciones que tenga a bien imponer en cuanto al ejercicio de este derecho de parte de la mujer. No puede ser un acto legislativo meramente directivo, tiene que ser consonó con el derecho que se quiere limitar o que se limitaría por razón de la implantación de una ley. De optar por legislar entonces se tendría que entrar en consideraciones médico-legales sobre los efectos de la cesárea vis a vis el parto vaginal, tanto en la mujer, el bebe y el médico. También habría que atender los cuestionamientos constitucionales que podrían surgir. Esto es parte de lo que debe estudiarse. La Legislatura no puede partir de la premisa que todas la mujeres puertorriqueñas prefieren un parto vaginal y responsabilizar injustificadamente a los médicos obstetras por todas aquellas cesáreas que no están medicamente indicadas. En cuanto al uso de las estadísticas es menester señalar que en asuntos de esta naturaleza hay que tener mucho cuidado pues se trata del sublime acto de traer nueva vida a nuestra sociedad. De aquí que para medir los efectos de las cesáreas en Puerto Rico hay que incluir como se ha reducido marcadamente la tasa de mortalidad infantil. Estamos seguros que si se estudia dicha estadística, la misma reflejara que la disminución Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (23) en la tasa de mortalidad infantil a partir de 1970 ha sido dramática y que así mismo ha sido dramática la disminución de la mortalidad de madres en el proceso de parto. En la exposición de motives no se citan estadísticas de la mortalidad infantil en aquellas regiones donde el índice de cesáreas es de alrededor de 15%. De estar disponibles no tendríamos duda que dicha mortalidad al momento del parto sobrepasaría por mucho el índice de mortalidad en el alumbramiento en Puerto Rico. Más adelante ofreceremos un análisis de cuantas muertes de bebes podría representar tan solo un alza de 1 o 2 por ciento en la mortalidad infantil. Por otro lado, sabemos que muchas de estas iniciativas legislativas van dirigidas a complacer el interés de las enfermeras parteras de que se amplíen sus facultades. Desafortunadamente en muchas de las ocasiones se establece como motivo racional para dicha ampliación, la costo-efectividad de usar enfermeras parteras versus el costo de usar médicos obstetras. El programa de preparación de enfermeras parteras en Puerto Rico surgió de una iniciativa a nivel de los Estados Unidos, iniciativa que buscaba subsanar la carencia de médicos ginecólogos-obstetras. La falta de disponibilidad de estos especialistas surgía de varias vertientes. Una de ellas era la existencia de grandes extensiones de territorios estatales que tenían una escasa población, y por ende, una demanda reducida de servicios de obstetricia. Estados como Montana y Colorado, para solo mencionar dos, no tienen médicos especialistas en ciertas áreas de miles de millas cuadradas. Se reconoció la necesidad de preparar enfermeras parteras para subsanar dicha carencia. Lo mismo sucede con las "nurse practioners", así como la ampliación de las facultades de los optómetras para realizar tareas de oftalmólogos, la de expandir el servicio de quiroprácticos y de asistentes dentales. La necesidad surge de otra necesidad y por ello se hace una transacción que contempla tener algún servicio disponible aunque sea de menor calidad, antes de tener que carecer totalmente del mismo. La falta de disponibilidad de ciertos servicios también surgió de las reiteradas crisis del sistema de reclamaciones por impericia médica profesional. En los Estados Unidos, donde las fronteras son meras líneas divisorias que demarcan los límites de cada estado, surgió el problema de médicos movilizándose hacia estados con ambientes propicios para la práctica de la medicina. Aquellos estados con sistemas de manejo de reclamaciones hostiles a la práctica de la medicina se vieron privados de suficientes médicos para atender las necesidades de sus pacientes. De aquellas realidades en los Estados Unidos surgieron los programas de preparación de enfermeras parteras y "nurse practioners" subsidiados con fondos federales en Puerto Rico. Véase que surgieron para conjurar problemas propios de los Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (24) Estados Unidos y no los de Puerto Rico que escasamente mide 100 por 35 y donde no existen mayores distancias. Para justificar la expansión de los servicios de las enfermeras parteras se citan estadísticas de programas pilotos que se conducen con estricto rigor y control y en facilidades que cuentan con todos los recursos humanos y tecnológicos para atender cualquier complicación que surja de la intervención de estas enfermeras. Así, reiteradamente nos dicen que "las enfermeras parteras han realizado aproximadamente 400 partos atendidos durante los años 2003 al 2007. De estos, el 44% eran jóvenes adolescentes, de los cuales solo un 11.3% fueron cesáreas". El problema de esta cita es que se queda corta. No se citan estadísticas de la condición de los bebes al nacer, tampoco la condición de la madre, ni la mortalidad durante los alumbramientos. En fin, falta data pues sabemos que conforme las complicaciones al momento del parto son los resultados del proceso natural de alumbramiento. Me gustaría hacer un alto aquí para señalar el cuidado que tenemos que tener cuando hablamos de o utilizamos estadísticas. En su libro Naked Statistics: stripping the dread from the date, el reconocido autor, profesor de economía y política pública de Dartmouth College, Charles Wheelan, nos dice y cito: “La realidad es que se puede mentir con las estadísticas. O se pueden cometer errores inadvertidos. En cualquiera de los dos casos, la precisión matemática incluida en el análisis estadístico puede encubrir algunas tonterías graves.”5 Añade el Profesor Wheelan: “Las estadísticas son como un arma de alto calibre: ayudan cuando son utilizadas correctamente, pero potencialmente desastrosas en las manos equivocadas.”6 En cuanto a la mortalidad infantil tenemos que señalar que Puerto Rico es menos del 10% en casi 40,000 partos por año. Estadísticamente esto lo quiere decir es que por cada porciento de reducción o aumento en la mortalidad infantil se afectan unos 400 bebes al ano. Si el efecto de las cesáreas es que se reduce la mortalidad infantil en un por ciento anual, esto representa que 400 bebes tienen la oportunidad de vivir. Para este tipo de análisis es que se prestan las estadísticas. Retóricamente tenemos que preguntar, ¿estamos dispuestos a que 400 bebes mueran en Puerto Rico todos los años a cambio de una reducción en la tasa de cesáreas? Cada cual que conteste conforme a su conciencia, nuestra contestación es que los médicos estamos para viabilizar la vida, no para destruirla por simples estadísticas que luzcan mejor en otras áreas. El mismo tipo de análisis se puede hacer sobre la mortalidad materna al momento del alumbramiento. No creemos que el proyecto presentado sea una manera de aproximarse al problema. A parte de identificar al médico con el número de cesárea, ¿qué otra estrategia 5 Wheelan, Charles. Naked Statistics: stripping the dread from the data. (W.W. Norton & Company Ltd., 2013), pág. 14. 6 Ídem, a la pág. xiv. Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (25) se propone?; ¿Que se va a hacer con esa información?; ¿Acaso se pretende promover la idea de que los médicos con un mayor número de cesáreas son malos médicos y aquellos con un menor número no lo son? Y de esta manera estigmatizar a estos profesionales de la salud. Los números ciertamente no establecen toda la información, podemos tener un médico que atienda en Centro Medico casos de alto riesgo y con gran probabilidad sus estadísticas de cesáreas son mayores a los de otros médicos, sin embargo, los números estadísticos sin más no explican la realidad de su práctica y el porqué de dicha alta tasa de cesáreas. La medicina no puede ser reducida a propuestas maniqueas. Los asuntos de salud son más serios y complejos. Les adelantamos que la aprobación de una ley como la propuesta tendrá un resultado contraproducente, intimidante, discriminatorio y punitivo con los ginecólogos obstetras de nuestra Isla. Compartimos la preocupación de esta Honorable Asamblea Legislativa, pero no así sus fundamentos. Estamos en la mejor disposición de cooperar con esta Comisión para que se logre una comprensión cabal del problema, para que se enfoque adecuadamente y luego que sea planteado racionalmente entonces buscarle soluciones. Hacerlo basado en intereses particulares de algunas sectores y en fundamentos incorrectos provocara que las soluciones que se diseñen también sea irracionales e incorrectas. Por los fundamentos anteriores no endosamos la medida ante la consideración de esta Honorable Comisión. Entendemos que hay que realizar los estudios reseñados, para lo cual reiteramos la cooperación total del Colegio de Médicos, antes de tomar decisiones en este delicado asunto. II. (NOTA: DISCUSION DEL PROYECTO DE LA CAMARA 1965 OMITIDA) Agradecemos la oportunidad de presentar esta ponencia y nos reiteramos a sus órdenes siempre. POR LAS RAZONES ANTES EXPUESTAS, el Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico no apoya el P. del S. 680, a su vez hemos expresado nuestras serias reservas con el P. de la. C 1965. No obstante, si apoyamos el fortalecimiento del programa de "Advanced Nursing" de la Escuela de Salud Pública de la Universidad de Puerto Rico. Por su parte, el Colegio Americano de Obstetras Ginecólogos (ACOG, por sus siglas en inglés),-Capitulo de Puerto Rico y la Cooperativa de Ginecólogos Obstetras de Puerto Rico, expresaron lo siguiente: El Colegio Americano de Obstetras Ginecólogos (ACOG, por sus siglas en inglés), fundado en 1951 cuenta con más de 58,000 miembros en Estados Unidos, incluyendo Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (26) Puerto Rico. Es la organización líder en Estados Unidos y Puerto Rico de médicos proveedores del cuido de la salud de la mujer. Se dedica a educar, investigar, abogar y establecer guías de cuidado para la mujer. Las guías se publican periódicamente en las Opiniones de los Comités, Boletines de la Práctica, Artículos Médico Científicos y otros que representan la norma de cuido o “standard of care” en salud de la mujer. Las guías cubren todas las etapas de la vida de una fémina desde su nacimiento hasta su muerte, incluyendo la etapa reproductiva que atiende los periodos de antes, durante y post parto. En esta ocasión ACOG se une a la Cooperativa de Ginecólogos Obstetras de Puerto Rico, que a su vez reúne gran parte de los especialistas en el manejo del cuido de la mujer y los médicos primarios de la mujer embarazada en Puerto Rico. Nuestra función como médicos es velar por la salud de nuestras pacientes ofreciéndoles servicios de alta calidad conforme a los conocimientos científicos y los recursos tecnológicos disponibles en nuestra jurisdicción. Ha llegado ante nuestra consideración dos piezas legislativas ante la evaluación de este foro: el Proyecto del Senado 680 y el Proyecto de la Cámara 1965. Agradecemos a la Cámara de Representantes, por voz de la Presidenta de la Comisión de Salud, Honorable Lydia Méndez que nos solicitara participar en el análisis de dichas propuestas que afectan directamente nuestra práctica diaria de la profesión. Comencemos por el Proyecto del Senado 680 que intenta crear la “Ley para el Acceso a la Información de Estadísticas de Cesáreas”. El surgimiento de la propuesta legislativa se basa en el aumento en la incidencia de cesáreas. La razón por la cual el Estado conoce la incidencia de cesáreas en Puerto Rico, es porque los obstetras ginecólogos y los hospitales de Puerto Rico tienen que reportar esta data al Departamento de Salud en los documentos de nacimiento de los menores que registran las madres y padres en el Registro Demográfico. El requisito del certificado de nacimiento es un mandato federal y estatal. Como cuestión de umbral, las estadísticas sobre cesáreas pertenecen al Departamento de Salud. Los documentos que se cumplimentan para la obtención del certificado de nacimiento y que se entregan en el Registro Demográfico incluye el método de nacimiento por parto vaginal o cesárea. El Departamento de Salud puede publicar la información sobre los proveedores y la incidencia de partos vaginales y cesáreas porque son los custodios de la información. Exigirle a los hospitales y los obstetras que reporten esta data es duplicar los esfuerzos y recursos de todos, incluyendo el Departamento de Salud. Lo crucial sería alocar fondos y recursos para que el Departamento de Salud publique la data de forma analítica y rápida. Actualmente, el Registro Demográfico y de Estadísticas Vitales del Departamento de Salud de Puerto Rico se encuentra en revisión de los documentos relacionados al certificado de nacimiento con vigencia a partir del año 2015. La Directora del Registro nos ha confirmado que los obstetras ginecólogos se les permitirá cooperar en el análisis y Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (27) sugerencias de preguntas a añadir en los documentos para identificar las indicaciones médicas u otros factores que aportan a la incidencia de cesáreas en Puerto Rico. Recurriremos a las recomendaciones que brindan el Centro de Prevención y Control de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) y el Centro Nacional de Estadísticas de Salud (NCHS, por sus siglas en inglés) al publicar un certificado uniforme y estandarizado de nacimientos vivos como modelo para los estados y territorios.7 Al diseñar las preguntas sobre los nacimientos por cesáreas le permitirá al Departamento de Salud tabular y preparar estadísticas reales sobre las causas de las cesáreas en Puerto Rico. Recordemos que la información es y será provista por el obstetra, el hospital y las madres y padres de los bebés que nazcan. Además, el Registro Demográfico tiene la autoridad de examinar los expedientes médico-hospitalarios originales de ser necesario. La información que se obtiene y la que se obtendrá pasa por el crisol de todas las partes involucradas en el nacimiento y con jurisdicción para evaluar la data. La credibilidad y manejo de la información estará en las manos del Departamento de Salud. Solicitamos que la Asamblea Legislativa apoye esta nueva oportunidad que se nos presenta de colaborar con el Registro Demográfico para convocar a otras entidades con interés como las Escuelas de Salud Pública, Escuelas de Medicina, Residencias de Obstetricia y Ginecología, Residencias de Pediatría, Academia Americana de Pediatría, Asociación Puertorriqueña de Pediatría, March of Dimes, Colegio de Médicos Cirujanos, Sociedad Americana de Anestesiología, organizaciones de pacientes y otros con interés. A través de la convocatoria efectiva, el diálogo respetuoso, el análisis profundo de las causas del problema identificado encontraremos sugerencias para entender, educar y establecer estrategias que busquen evitar cesáreas médicamente no indicadas. Los obstetras ginecólogos NO AVALAMOS el Proyecto del Senado 680 y solicitamos a esta Honorable Comisión de Salud que emita un informe negativo a la aprobación del proyecto por duplicar la información que ya se reporta al Departamento de Salud y entendemos que el llamado a publicar debe ser la agencia gubernamental. A su vez, solicitamos a la Comisión que fomente e intervenga activamente en la promoción y ejecución del proyecto investigativo con el Registro Demográfico, permitiéndonos así tiempo razonable para llevar a cabo los estudios y un informe publicable sobre la incidencia de cesáreas en Puerto Rico. Una de las sugerencias a presentar al analizar la data de las cesáreas y al publicar la incidencia de las mismas por obstetra u hospital es la diferenciación entre las cesáreas primarias, secundarias, voluntarias y la indicación clínica. Veamos las causas de las 7 Véase http://www.cdc.gov/nchs/vital_certs_rev.htlm Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (28) cesáreas primarias médicamente indicadas en el orden que se presentan con mayor frecuencia, según la data recopilada en Estados Unidos y publicada por ACOG: 8 1. Arresto espontáneo en proceso de parto. Esto ocurre cuando se paraliza el proceso de dilatación o descenso del bebé en el canal de parto. 2. Trazado Fetal Cardiaco comprometido. Los latidos del bebé bajan o se reporta una actividad cardiaca que sugiere compromiso fetal intrauterino.. 3. Presentación incorrecta del feto. El cuerpo del bebé no se presenta con la cabeza hacia abajo en el canal de parto. Puede ser una presentación de nalgas o transversa. 4. Embarazos múltiples. Se clasifica como un embarazo de alto riesgo y depende de las condiciones médicas de la madre y los bebés. 5. Condiciones médicas crónicas de la madre y/o condiciones fetales. Múltiples condiciones pueden conllevar la necesidad o recomendación de una cesárea. Por ejemplo en la mujer herpes activo u otros procesos infecciosos, parálisis parcial o completa; y fetales como víceras por fuera, etc. 6. Otras indicaciones obstétricas como placenta previa o placenta accreta. 7. Macrosomia. Se presenta cuando el bebé es muy grande para el canal de parto. Esto puede ocurrir en pacientes sobre peso, diabéticas o con diabetes gestacional. 8. Preeclampsia. Alta presión o hipertensión en la madre. 9. Electiva a petición de la madre. Las cesáreas voluntarias son aquellas que las pacientes exigen y escogen como tratamiento primario y único para el nacimiento del bebé. Esta modalidad representa la expresión máxima de la autonomía de la paciente que debe estar plasmada en el consentimiento médico para la intervención quirúrgica. La política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico enunciada en la Carta de Derechos del Paciente, La Ley de Acompañamiento y otras establecen como criterio fundamental en la relación médico paciente que se respete la decisión libre, voluntaria e informada de la paciente al momento de seleccionar un plan de salud. Esta libertad de selección de tratamiento se apoya en nuestros axiomas constitucionales al derecho a la privacidad y la intimidad, lo cual se antepone a la función ministerial del Estado y de cada galeno de salvaguardar la salud de la mujer embarazada y el neonato. Más adelante, le expondremos la preocupación y situación de vida o muerte a que se enfrentan los pacientes ante las recomendaciones médicas vis a vis las orientaciones de sus acompañantes. Obstetric Care Consensus. Safe Prevention of the Primary Cesarean Delivery, The American College of Obstetricians and Gynecologists and The Society for Maternal-Fetal Medicine, Number 1, March 2014. 8 Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (29) Las cesáreas secundarias son aquellas que se realizan en pacientes con cesáreas previas. ACOG publicó un boletín informativo dirigido a pacientes que recoge los factores a considerar al evaluar un parto vaginal después de una cesárea. Lo primero que debemos recordar es que no todas las pacientes con cesáreas previas pueden tener como primera opción un parto vaginal o el ofrecimiento de una prueba de trabajo de parto después de una cesárea (Trial of Labor After C-Section - TOLAC, o un Vaginal Birth After CSection- VBAC). Existen contraindicaciones para ofrecer un parto vaginal a pacientes con ciertas cesáreas previas o condiciones médicas. Es importante entender los riesgos y beneficios antes de decidir hacer una prueba TOLAC y un parto vaginal después de una cesárea. Además las recomendaciones de ACOG para los hospitales o lugares que ofrezcan TOLAC o VBAC a pacientes elegibles establecen que se deben tener disponibles en todo momento, o sea 24/7/365, los siguientes servicios: 1. Anestesia 2. Personal de Sala de Parto 3. Servicios de banco de sangre completos Son pocos los hospitales que pueden cumplir con los requisitos enumerados; por lo que algunos hospitales han optado por prohibir la técnica del TOLAC o VBAC o por limitarlas a ciertas horas del día que puedan tener todos los servicios disponibles. Los centros de residencia como el Departamento de Obstetricia y Ginecología en Hospital Universitario en Centro Médico y el Hospital de Carolina adscritos a la escuela de Medicina de la Universidad de Puerto Rico ofrecen este servicio a las pacientes 24/7/365 porque cumplen con los requisitos. Si todos los hospitales cumplieran con estos requisitos, los niveles de cesáreas podrían bajar, pero debemos recordar que los recursos hospitalarios no son ilimitados. En la exposición de motivos del P. del S. 680 se cita que la Organización Mundial de la Salud ha fijado como aceptable una tasa de cesárea de 10 a 15%, lo cual aplica a todos los países incluyendo los países del tercer mundo. En Estados Unidos según los objetivos de Healthy People 2020, (listado de objetivos de salud preparado por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EU) 9, se establece que para el año 2020 se debe tener un porciento de cesáreas primarias en pacientes de bajo riesgo de 23.9%, y un porciento de cesáreas secundarias de un 81.7%, lo cual representa una disminución de un 10% en ambos tipos de cesáreas reportados en Estados Unidos para el 2007. Este porciento ideal de 23.9% que debe ser la meta en Puerto Rico al año 2020, por ser nuestras guías de la práctica de la medicina las establecidas por regulaciones 9 Véase http://www.healthypeople.gov/2020/topics-objectives/topic/maternal-infant-and-child-health/objectives Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (30) federales y organizaciones como ACOG, se refiere a cesáreas que se hacen a pacientes con embarazos sencillos, sin cesáreas previas, a término y en presentación de cabeza al momento del parto. El 46.3% de cesáreas, que se informa para el 2010 en Puerto Rico, incluye todas las cesáreas: previas, embarazos múltiples, prematuros, bebés en presentación no cefálica y secundarias con contraindicaciones de TOLAC, lo que por supuesto aumenta ese porciento. Para poder comparar nuestro porciento de cesáreas con ese ideal es necesario utilizar exclusivamente el número exacto de las cesáreas primarias que cumplen con los requisitos ya mencionados y encontraremos que el porciento será mucho menor al 46.3%. Reconocemos, que los niveles de cesáreas en Puerto Rico son altos. Hoy en día los partos vaginales para bebés que vienen de nalga prácticamente no se hacen. Es la recomendación de ACOG, hacerles cesárea por lo que la experiencia de los obstetras en estas técnicas es casi nula. También los partos con fórceps o por extracción al vacío son muy pocos. No podemos dejar de mencionar el temor de los ginecólogos obstetras a demandas por no hacer una cesárea a tiempo. La mayoría de las demandas obstétricas son por complicaciones de los partos vaginales. Todos estos factores incluyendo la solicitud materna y otros son responsables de que se hagan muchas de las cesáreas. El análisis debe estar dirigido a identificar la posibilidad y metodología de reducir las tasas de cesáreas bajo las circunstancias de la medicina defensiva y la norma mínima de cuidado exigible que requiere que el médico brinde a sus pacientes aquella atención médica que, a la luz de los modernos medios de comunicación y de enseñanza y, conforme al estado de conocimiento de la ciencia y de la práctica prevalecientes en la medicina, satisfaga las exigencias generalmente reconocidas por la profesión médica. En Puerto Rico hemos comenzado a tomar acción para bajar las tasas de cesáreas mediante esfuerzos de educación y orientación tanto a obstetras, pacientes y hospitales. ACOG y March of Dimes han unido esfuerzos creando protocolos que ayuden a bajar las tasas de cesáreas y partos prematuros. Las organizaciones de los profesionales en el cuido de la salud ofrecemos cursos de educación médica continua para evitar las cesáreas. Se publican frecuentemente artículos sobre el tema en revistas y medios masivos. Según se desprende de la exposición de motivos en 2007 se reportó 49.2% de nacimientos por cesárea, en el 2010 se reportó un 46.3%; por lo que hubo una disminución de cesáreas en casi 3%. Las cesáreas secundarias y voluntarias deben ser reportadas por separado para no inducir a error a las pacientes y llevar un mensaje incorrecto, incompleto, no salubrista. La publicación de las cesáreas sin que diferencien lo aquí desglosado pretende que la paciente interprete que a mayor el número de cesáreas, menor la calidad del servicio del obstetra. Nada más alejado de la realidad, un obstetra que reconoce hacer una cesárea en el momento correcto por una indicación médica, puede salvar la vida de la madre, del bebé por nacer o de ambos. Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (31) NOTA: EL ANÁLISIS DE LA SEGUNDA PROPUESTA LEGISLATIVA ANTE VUESTRA CONSIDERACIÓN, EL PROYECTO DE LA CÁMARA 1965 OMITIDAS) CONCLUSION Los obstetras ginecólogos respetamos el derecho de cada mujer de elegir el método del nacimiento de su bebé, pero debe ser una decisión informada sopesando los riesgos y beneficios para la madre y el bebé. No avalamos el P del S 680 por duplicar la información y por establecer un mecanismo de publicidad que induce a error. Fomentamos el acompañante de la mujer embarazada en el trabajo de parto que NO interfiera con las indicaciones médicas, la salud de la mujer embarazada y el bebé o los bebés por nacer. En parte, avalamos el P de la C 1965, sujeto a que se acojan las recomendaciones de enmiendas respetuosamente aquí sugeridas. Por tanto, solicitamos un término de 15 días para entregar las enmiendas completas y fundamentadas para el P de la C 1965. Por tanto, solicitamos que se considere como alternativa al P del S 680 un análisis estadístico y científico que le permita al Departamento de Salud y los coolaboradores del setor privado tiempo real para que junto al Registro Demográfico y de Estadísticas Vitales se analice la data existente ya reportada por los obstetras, hospitales y padres. Preparar un informe publicable con los hallazgos evidenciados de las causas de las cesáreas antes de aprobar una pieza legislativa que no disminuirá la incidencia de las cesáreas ni nos ayudará a recopilar la data necesaria para establecer un plan de acción que busque disminuir la tasa de cesáreas en Puerto Rico. Por tanto, solicitamos se considere solicitar una opinión al Secretario de Justicia sobre la extensión del derecho a la autodeterminación de la paciente embarazada a término ante la vida o la salud de la propia paciente y/o su bebé. Los ginecólogos obstetras de Puerto Rico solicitamos respetuosamente que consideren la opinión aquí expresada de aquellos que atendemos a diario los riesgos y complicaciones inherentes, previsibles y remotos a todo proceso de parto, sea vaginal o por cesárea. Por su parte, Fundación Puertorriqueña para la Protección de la Maternidad y la Niñez (PRO-MANI) expresó lo siguiente: Favorecemos que se apruebe y se firme el Proyecto de la Cámara 1965 (Enmiendas a la ley 156 de 2006: Acompañamiento durante el trabajo del parto, parto y posparto) y el Proyecto del Senado 680 (Acceso a las estadísticas de cesáreas). Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (32) En Puerto Rico la situación de los partos es alarmante y las estadísticas ya mencionadas en la exposición de motivos de la P. del S. 680 y en otras ponencias, así lo demuestran. Como pediatra y especialista en el manejo de lactancia en mi oficina diariamente veo los efectos adversos tanto físicos como emocionales que tienen en el bebé, los partos medicalizados, los partos inducidos sin indicación médica, las cesáreas programadas e innecesarias y otros procedimientos traumáticos. Algunos de los efectos que veo son bebés que a pesar de haber tenido un desarrollo prenatal normal nacen prematuros, bajo peso, sedados, con problemas respiratorios, y problemas de chupado. Todo esto impacta el proceso de la lactancia, y en ocasiones provoca la separación de mamá y bebé, afectándose el vínculo entre ambos. Quiero citar a Laura Gutman (terapeuta familiar y escritora argentina): “Otro problema es que un buen día, un día cualquiera, el médico determina que ‘el bebé ya puede nacer’ entonces sin ninguna señal de inicio de trabajo de parto, lo ‘induce’ para desencadenarlo artificialmente. Casi siempre estas inducciones terminan en cesáreas, y esos bebés suelen ser más pequeños de lo esperado. No esperar a que el parto comience espontáneamente se ha convertido en una epidemia bastante más grave que todas las gripes anunciadas como catastróficas, lastimando la salud futura de la madre y del niño por nacer”. Es preocupante, que este proceso está ocurriendo tan frecuentemente, que ha pasado a ser la norma para la mayoría de las familias, y muchas personas creen que ese es el proceso “natural” del parto. En mi oficina cuando les pregunto a las madres si le dieron medicamentos durante el parto, muchas contestan que “no”. Sin embargo, cuando indago más y les pregunto si le pusieron pitusina la mayoría de las veces me contestan que “si”, entonces les aclaro que esto es un medicamento. Del mismo modo, si fue un parto vaginal les pregunto fue “natural” y si me dicen que “si” les pregunto: ¿Pariste acostada? ¿Te dieron medicinas?, entonces no fue “natural”. También se han banalizado las cesáreas y se creen que esta cirugía mayor es normal y sin riesgos. Tanto que hasta hay quienes piensan que una cesárea es menos riesgosa que un parto natural. Aclaro, que no estoy en contra de las cesáreas, ya que como médico sé que dicho procedimiento puede salvar vidas. Mi argumento está en que las cesáreas no deben ocurrir si no hay una indicación médica valida. No solo es alarmante el número de cesáreas (48%) en Puerto Rico, sino también el número de partos que siguen protocolos no avalados de evidencia científica, como lo son: el parir en posición acostada, las inducciones programadas, las episiotomías, el romper artificialmente la bolsa amniótica, el cortar el cordón umbilical inmediatamente, el uso de medicamentos, entre otros. Todos estos procedimientos pueden tener consecuencias adversas para la mamá y el bebé. Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (33) Otro punto importante que deseo resaltar y que se suele olvidar, es la parte emocional del parto, el vínculo que debe ocurrir en ese periodo crítico, que ocurre una sola vez en la vida. En el proceso de nacer, si es un parto natural, sin medicamentos o intervenciones innecesarias, en el cuerpo del bebé y de la mamá se producen diferentes hormonas, entre ellas la oxitocina, que se le llama la hormona del amor y está junto a otras hormonas crean un “coctel de hormonas del amor”. Al nacer se debe poner al bebé inmediatamente en el pecho de mamá, desde donde este puede ver la cara de ella y van ocurrir dos sucesos importantes. Primero, al verse el uno al otro ocurre el “vínculo” y al esto suceder mientras se genera el “coctel de hormonas de amor”, acontece así el primer enamoramiento de todo ser humano. El segundo suceso importante que ocurre es el gateo hacia el pecho. Se ha demostrado que un bebé que nace sin complicaciones y sin medicamentos en el parto, si se pone en el pecho de la mamá inmediatamente y se deja tranquilo, va a gatear hacia el pecho, se va a pegar al seno y lactar instintivamente. Ahora bien, en el momento en que el proceso del parto natural es cambiado, programado, interrumpido y/o medicalizado, se alteran e interrumpen estos eventos importantes en las primeras horas de vida del bebé, afectándose así el vínculo y el amamantamiento. Cito al Dr. Michel Odent (cirujano obstetra, pionero en el parto natural, investigador y escritor): “Cuando el proceso del nacimiento se vea como un periodo de suma importancia en el desarrollo de la capacidad de amar, ocurrirá la revolución en nuestra visión de la violencia.” Michelle Odent también dice: “Para dar a luz a su bebé, la madre necesita “privacidad”, no sentirse observada. El bebé que acaba de nacer necesita pegarse a la piel de su madre, al olor de su madre, al pecho de su madre… necesidades que compartimos con muchas especies de mamíferos… necesidades que los humanos han aprendido a descuidar, a ignorar, incluso a negar.” En mi oficina continuamente me llegan casos de toda la isla con problemas de lactancia. Al evaluarlos pregunto cómo fue el proceso del parto y lo que escucho repetidamente son relatos de partos medicalizados y/o programados, con cada vez más intervenciones tecnológicas, inducciones y cesáreas sin indicación médica y separación de la díada mamá/bebé. Todo esto complica el inicio de la lactancia materna. Si le añadimos a esto, la falta de apoyo y educación en lactancia materna del personal profesional de los hospitales, tenemos entonces una gran cantidad de madres frustradas que deseaban lactar y no lo logran. Afectándose así la salud física y emocional de la díada. La publicación de la Organización Mundial de la Salud del 23 de septiembre del 2014, titulada: “Prevención y erradicación de la falta de respeto y el maltrato durante la atención del parto en centros de salud y consultorios”, señala la falta de respeto y maltrato en la atención del parto en todo el mundo, y Puerto Rico no es la excepción. Como digo en mis conferencias sobre los problemas para parir y lactar en Puerto Rico, “Si los bebés hablaran…” en que muchas cosas nos estarían criticando. Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (34) Según he expuesto, en mí día a día como Pediatra y especialista en lactancia veo la falta de información y apoyo que tienen las mamás y familias de Puerto Rico sobre el proceso del parto y la lactancia, y su efecto. Por esta razón es importante que las madres sean educadas e informadas sobre todas las decisiones que se tomen durante el proceso de parto y la lactancia, y se les permita conocer los riegos y beneficios de las diferentes intervenciones. Además, las mismas deben tener acceso a las estadísticas relacionadas a los partos y cesáreas de las clínicas, hospitales y/o profesionales. Todo esto permitirá que las mamás tomen mayor control sobre su proceso de parto y puedan tomar decisiones informadas. También, es importante que la ley avale por el respeto a la privacidad e intimidad de la mamás durante el parto, para que este ocurra de la forma más natural posible y se pueda crear el vínculo entre madre y bebé que se ha explicado. Por último, recomiendo todo tipo de investigación respecto a estos temas para poder implantar políticas y leyes con reglamentos que vigilen por el bienestar de la díada madre/bebé. Es importante que todos hagamos un compromiso con la maternidad y la niñez temprana para mejorar la salud tanto física como emocional de nuestro pueblo. Gracias por haberme invitado. Por su parte, Taller Salud, Inc. expresó lo siguiente: Taller Salud se expresa ante ustedes a favor del P. del S. 680 presentado por la Senadora Santiago Negrón para la provisión legal de acceso a información de estadísticas de cesáreas y a favor del P. de la C. 1965 presentado por la representante Gándara Menéndez para garantizar y proveer información sobre el derecho al acompañamiento durante el parto, nacimiento y post-parto. Taller Salud, Inc. es una organización de base feminista comunitaria, que trabaja por el bienestar y la salud integral de las niñas, jóvenes y mujeres adultas, dirigida prioritariamente a comunidades de escasos recursos. Aspiramos a una sociedad inclusiva; que valore y asegure la salud integral de las mujeres; que reconozca, respete y abogue por sus derechos a tomar decisiones sobre sus cuerpos y sus vidas; y que facilite los recursos, el apoyo y la educación participativa entre mujeres, por la salud y bienestar de todas. Taller Salud reconoce y respeta la capacidad y autonomía de cada mujer a tomar las decisiones en torno a su cuerpo, sexualidad y capacidad reproductiva que mejor respondan a sus necesidades, creencias y circunstancias. Múltiples recursos internacionales reconocen el derecho de la madre y su pareja a tomar decisiones con respecto al embarazo y el parto. El Manifiesto por una Convención Interamericana de los Derechos Sexuales y los Derechos Reproductivos define que la Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (35) salud reproductiva incluye “el derecho a recibir servicios adecuados de atención de salud que permitan los embarazos y los partos sin riesgos y den a las parejas las máximas posibilidades de tener hijos/as sanas asi como de terminar con un embarazo.” La Organización Mundial de la Salud (OMS) indica que la comunidad debe ser informada sobre los diversos procedimientos que constituyen la atención del parto, a fin de que cada mujer pueda elegir el tipo de atención que prefiera. En Puerto Rico, la ley Núm. 194 del año 2000 establece la autonomía de decisión de toda persona ante la provisión de servicios de salud. En el Artículo 9 de la ley habilitadora de la "Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente” dice que toda persona debe “[p]articipar plenamente en todas las decisiones relacionadas con su cuidado médico y de salud. En caso de que un paciente, usuario o consumidor de servicios de salud o médico-hospitalarios no esté en condiciones de participar plenamente en las decisiones relacionadas con su cuidado médico y de salud, dicho paciente, usuario o consumidor tendrá derecho a estar representado en la toma de dichas decisiones por su padre, madre, tutor, custodio, encargado, cónyuge, pariente, representante legal, apoderado o cualquier persona designada por los tribunales para tal fin. Todo médico o profesional de la salud deberá proveer a sus pacientes información suficiente y adecuada, así como la oportunidad real, de participar en forma significativa en las decisiones relacionadas con su cuidado médico.” La Ley 156-2006, conocida como la “Ley de Acompañamiento durante el Trabajo de Parto, Nacimiento y Post-parto”, establece como política pública el derecho de toda mujer a estar acompañada durante el proceso de trabajo de parto, parto y nacimiento de una criatura. De hecho, reconociendo la posición de vulnerabilidad en que se encuentran las mujeres que atraviesan procedimientos relacionados a su salud reproductiva, Taller Salud favorece extender la cobertura provista por esta ley para garantizar también el derecho al acompañamiento durante procesos voluntarios de terminación de embarazo. Basado en los derechos adquiridos y reconocidos a la toma de decisiones de las mujeres y de las personas recipientes de servicios de salud, reconocemos el derecho al parto humanizado. El parto humanizado define el alumbramiento como un proceso natural e identifica a las madres, su pareja e hijos/as como verdaderos protagonistas del proceso del embarazo y el nacimiento. No habiendo una situación de riesgo evidente, no debe intervenirse o interferirse en el proceso natural del parto. Y siempre debe cuidarse el vínculo inmediato de la madre con el/la recién nacida, evitando someter al recién nacido/a a procedimientos innecesarios. Cada mujer/pareja/familia tiene necesidades individuales y sus decisiones basadas en estas necesidades, deben ser reconocidas y respetadas. Esto incluye decisiones relacionadas al lugar y el acompañamiento deseado, la posición o movimiento de la embarazada; y el equipo de asistencia profesional que solicite. Las mujeres y sus parejas son en primer y último término las personas Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (36) responsables de tomar decisiones informadas sobre la atención para sí mismas y para sus familias. Es necesario que las y los profesionales de la salud reconozcan su capacidad de decisión y que los gobiernos garanticen el acceso libre de violencia, seguro y gratuito de servicios de salud reproductiva de calidad para todas las mujeres. Cada parto es un aporte de continuidad y permanencia desde las mujeres hacia la humanidad, nuestra sociedad, cultura e historia y como tal, debe ser recibido y tratado por todas las instancias responsables del estado. Por su parte, la Escuela Graduada de Salud Pública del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico expresó lo siguiente: Saludos a los miembros de la Comisión de Salud. Gracias por la invitación para deponer ante esta Honorable Comisión de Salud sobre el Proyecto del Senado 680 y el Proyecto de La Cámara 1965. Soy el Dr. José F. Cordero, y represento en esta vista pública a La Escuela Graduada de Salud Pública del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico. Cabe señalar que nuestro Recinto alberga seis escuelas que entrenan a la gran mayoría de los profesionales de La salud en los campos de La medicina, medicina dental, farmacia, enfermería, diversas profesiones de la salud y salud pública. Entre nuestros programas profesionales entrenamos los obstetras y ginecólogos al igual que contamos con el Único programa de enfermeras parteras con un grado de maestría acreditado. Debo señalar que también sirvo en carácter voluntario como Sindico de La Fundación March of Dimes a nivel de los Estados Unidos y miembro de la Junta Directiva del Capítulo de March of Dimes de Puerto Rico. Como Sindico de March of Dimes, también presido el comité de asuntos gubernamentales de La Fundación y soy miembro de su comité ejecutivo. La misión de March of Dimes es ayudar a las madres a tener embarazos a término (39 a 40 semanas de gestaci6n) y también promueve La investigación en los problemas que afectan la salud de los bebes. Uno de sus proyectos emblemáticos es La reducción de inducciones electivas del parto antes de las 39 semanas mediante un cambio en política hospitalaria llamada "Hard Stop" La cual describiré más adelante. El Proyecto del Senado 680 se trata de una medida que propone que los médicos preparen, mantengan y publiquen un registro estadístico, accesible a través de La red cibernética, sobre La cantidad de partos que realizan mediante procedimiento natural versus partos por cesárea. La intenci6n de esta medida, de acuerdo a su texto, es y cito: "que cada obstetra utilice exclusivamente criterios clínicos para realizar esas intervenciones, además de hacer accesible tal información a las futuras madres para que puedan tomar decisiones bien fundamentadas." Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (37) Concurrimos con La intención de la medida de expandir el nivel de información disponible a pacientes y a profesionales de la salud que lleven a una mejor calidad de servicios de salud en Puerto Rico, y muy en particular, en el embarazo. Respecto a la propuesta que los médicos preparen, mantengan y publiquen un registro estadístico, accesible a través de La red cibernética, sobre La cantidad de partos que realizan mediante procedimiento natural versus partos por cesárea, entendemos que esta responsabilidad debe recaer en el Departamento de Salud a través de su oficina del Registro Demográfico. La raz6n para esta recomendación es que el certificado de nacimiento recoge esta información al igual que los otros detalles del parto, tales como si se tratare de una cesárea primaria (La primera), o una cesárea repetida, las complicaciones tanto del embarazo como del parto y otros datos esenciales. Con la digitalización de los expedientes médicos y del certificado de nacimiento se hace factible que los datos de cesáreas, nacimientos prematuros y otros datos, se puedan proveer en forma preliminar y regular por el Departamento de Salud. Si el propósito de la medida es reducir las tasas de cesáreas y asegurar que estas solo se llevan a cabo bajo las indicaciones clínicas establecidas por grupos de referencia tal como la Organización Mundial de La Salud, y el Congreso de Obstetricia y Ginecología de los Estados Unidos, debemos considerar cuales son los elementos esenciales que llevan a una mejor calidad de los servicios de salud que sean más afines con los estándares de práctica, establecidos por los grupos expertos, tales como los antes mencionado. La experiencia indica que la mejor influencia hacia un cambio positivo en La prestación de servicios de salud proviene de la influencia de los pares y el reconocimiento de la ejecutoria de excelencia. Entendemos que el primer paso es tener guías claras de manejo del parto donde se definen claramente as indicaciones de las cesáreas. Somos de la opinión que el informe reciente de consenso emitido por el Congreso de Obstetras y Ginecólogos y la Sociedad de Medicina Materno-Fetal en marzo del corriente es un paso importante en esta direcci6n. Adjuntamos copia de este importante informe de consenso. Como trasfondo, un informe de consenso es equivalente a establecer un estándar de práctica clínica. Este informe presenta claramente las indicaciones para realizar cesáreas y es importante justificar que este procedimiento es esencial tanto para él bebe y la madre en condiciones como la eclampsia, ciertas condiciones placentarias, tales como placenta previa y otras indicadas este informe. Este informe también hace evidente que para evaluar las tasas de cesárea es importante conocer las indicaciones de estas. Traigo como ejemplo el Hospital Universitario en el Centro Medico, la principal facilidad de referido de pacientes obstétricos de alto riesgo, que su tasa de cesárea es alta por el tipo de paciente que atiende. Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (38) Por último, nos parece importante que la evaluación de tasas de cesárea, nacimiento prematuro y otros parámetros de calidad, sean manejadas por expertos en análisis de datos, tales como epidemiólogos y demógrafos, que tengan las competencias para evaluar los datos y ofrecer recomendaciones respecto a su posible reducción. NOTA: Los comentarios relacionados al Proyecto de la Cámara 1965 has sido omitidos. Luego de analizadas todas las posiciones de las entidades y personas previamente comentadas en este Informe, esta Comisión recomienda la aprobación del Proyecto del Senado 680 con las enmiendas sometidas en el entirillado electrónico que se acompaña a este Informe por las siguientes razones: La Comisión comenzó a investigar la información disponible de análisis realizados sobre este tema durante pasados cuatrienios y encontramos lo siguiente: Durante el cuatrienio 2001-2004, la entonces Comisión de Salud de la Cámara de Representantes realizó una investigación sobre la Resolución de la Cámara 5401 que les ordenar a las Comisiones de Salud y de Bienestar Social de la Cámara de Representantes que realicen una investigación sobre la proporción de partos naturales frente a las cesáreas en Puerto Rico. Ante esto, dicha Comisión rindió un Informe Preliminar en la cual recomendó lo siguiente: 1. Continuar el proceso de investigación que ordena esta Resolución, de manera que se le solicite información pertinente a sectores como lo son los hospitales, aseguradoras, etc. 2. Identificar los mecanismos para organizar un grupo de trabajo que estudie el problema, donde haya representación de proveedores obstétricos, madres, Escuela de Salud Pública y su Programa de Salud de la Madre y el Niño, Programa de Enfermeras Parteras, las Oficinas de la Procuradora de las Mujeres y el Paciente, Departamento de Salud, Tribunal Examinador de Médicos, Colegio de Médicos Cirujanos. 3. Una vez constituido el grupo de trabajo, el mismo presentará a la Asamblea Legislativa por conducto de la Comisión de Salud un informe detallado sobre los hallazgos y recomendaciones a ser implantadas. 4. Tan pronto el informe sea sometido a la Asamblea Legislativa se evaluaran las recomendaciones sometidas de manera que las mismas sean puestas en vigor para atender el asunto del aumento de las cesáreas. No obstante a esto, no se rindió un Informe Final sobre dicha investigación. Para el cuatrienio 2005-2008, se radicó el Proyecto del Senado 2407, el cual es una medida similar en propósito y contenido. Como expresara el Colegio de Médicos y Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (39) Cirujanos de Puerto Rico en su Memorial Explicativo, dicha medida fue vetada para la fecha del 23 de julio del año 2008 por el entonces Gobernador de Puerto Rico, Hon. Aníbal Acevedo Vila. Al ser un Veto de Bolsillo no conocemos las razones para dicho Veto. No obstante a esto, bajo dicha administración, para la fecha del 23 de diciembre de 2008, fue promulgada la Orden Ejecutiva Numero 255 en donde se estableció la “Política Pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para Reducir la Tendencia de Aumento de los Partos por Cesáreas y Promover el Parto Vaginal”. En la misma se estableció una Comisión para atender la situación del aumento de partos por cesárea en Puerto Rico. En donde la misma realizaría un estudio epidemiológico de las mujeres parturientas, de manera tal que se comenzara a determinar científicamente las posibles razones del alto por ciento de cesáreas; y se ordeno la creación y distribución de un folleto informativo sobre el proceso de parto. También se obligó a los proveedores y a las facilidades de salud a orientar e informar a las pacientes sobre el contenido del folleto; entre otros asuntos. De la información obtenida mediante el análisis de esta medida y como expresara el Colegio de Médicos y Cirujanos de Puerto Rico en su comparecencia en Vistas Publica y por otros deponentes, es que no hemos podido obtener evidencia concreta de que se haya realizado el mandato establecido por dicha Orden Ejecutiva. Para el Cuatrienio 2009-2012, se radico el Proyecto del Senado 1387 en donde se pretendía establecer la Ley para el Desarrollo de Alternativas de Atención Materna en Puerto Rico con el fin de promover y fomentar el parto vaginal, disminuyendo gradualmente la incidencia de partos por cesáreas en Puerto Rico; crear el Comité de Evaluación de Prácticas de Salud Materna; y para otros fines relacionados. Esta medida recibio un Informe Negativo para la fecha del 25 de agosto de 2010. Por tanto, actualmente durante este Cuatrienio, nos encontramos nuevamente atendiendo un tema que durante pasados cuatrienios ha tratado de ser atendido dentro de diferentes visiones sin ningun resultado palpable que pueda atender este asunto, y con diferentes grupos, agencias, entidades academicas y profesionales enfrascadas en la defensa de su visión de política pública, creencias, puntos de vistas, opiniones, etc. Lo que si es real y objetivo es las estadisticas que indican que la tasa de cesáreas ejecutadas en Puerto Rico es alta y se deben tomar cartas en el asunto. En eso, todos los grupos estan de acuerdo. En lo que hay diferencias es en el metodo bajo el cual se tomaran las determinaciones de política pública para atender esta situación. Luego del analisis de todos los Memoriales y discusiones obtenidas de las Vistas Publicas, con las posiciones a favor y en contra sobre la medida, y analizando el historial legislativo sobre este tema, la Comisión Informante como ente propulsor de política pública concluye, que no se pueden tomar determinaciones de política pública correctas que realmente puedan minimizar o resolver la tasa de cesáreas tan alta que existe en Puerto Rico si no se analiza de una forma detallada en integral las estadísticas vitales existentes Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (40) relacionadas al tema de las cesáreas. Esa estadistica existe dentro del Registro Demografico de Puerto Rico, y tomamos conocimiento que actualmente el Departamento de Salud ha estado depurando dicha estadistica durante esta administracion, bajo el mando de la Dra. Nancy Vega, directora del Registro Demografico con su grupo de trabajo. Por último, hemos decidido realizar las siguientes enmiendas al Texto Aprobado del Proyecto del Senado 680, las cuales son: 1. Se establece la obligación a la División del Registro Demográfico del Departamento de Salud de publicar trimestralmente los siguientes datos relacionados con nacimientos que le son sometidos por toda clínica, hospital, sala de emergencia, centro de servicios médicos o cualquier otra instalación en Puerto Rico en la cual se realicen partos: a. el número total de partos por mes, b. partos vaginales por mes, c. cesáreas por mes y d. rango numérico de la instalación por razón de cesáreas entre las clínicas, hospitales, sala de emergencias, centro de servicios médicos o cualquier otra instalación en Puerto Rico en la cual se realicen partos. 2. Que a partir de ocho (8) meses a partir de la aprobación de la legislación, será deber de la División del Registro Demográfico del Departamento de Salud el publicar trimestralmente los siguientes datos: a. partos inducidos por mes, b. cesáreas previas en un mismo paciente por mes y c. cualquier otra data pertinente que el Registro Demográfico entienda pertinente publicar relacionada con el parto o alumbramiento. 3. Que toda clínica, hospital, sala de emergencia, centro de servicios médicos o cualquier otra instalación en Puerto Rico en la cual se realicen partos vendrán obligados a tener en un lugar visible de la instalación particular un aviso notificando de la disponibilidad los datos requeridos en el Artículo 1 de esta Ley que corresponda a la instalación que brinden servicios. 4. Que el Departamento de Salud, a través de su División del Registro Demográfico, será responsable de mantener, mediante una página cibernética que la misma notificara al público para su acceso, toda la estadística o información requerida al amparo del Artículo 1 que en cumplimiento a esta Ley. 5. Se establece por mandato de ley la Comisión lnteragencial Interdisciplinaria para atender la situación de las cesáreas en Puerto Rico, establecida al amparo de la Orden Ejecutiva 2008-40, en la cual el Departamento de Salud presidirá Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (41) la misma, con el fin de analizar toda la estadística recopilada por la División del Registro Demográfico del Departamento de Salud con el fin de poder establecer política pública que permita atender de forma certera y precisa la cantidad de cesáreas que se realizan en Puerto Rico. La misma se conocerá como: "Comisión para Atender la Situación del Aumento de Partos por Cesárea en Puerto Rico" (Comisión), 6. Se modifica la composición de la Comisión Interagencial establecida que estará integrada por los dirigentes de las siguientes agencias y entidades: a. b. c. d. e. f. g. h. i. j. k. el Departamento de Salud, la División del Registro Demográfico del Departamento de Salud, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, la Oficina del Procurador del Paciente, el Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico, el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico la Asociación de Hospitales el Colegio de Médicos Cirujanos de Puerto Rico el Colegio Americano de Obstetras Ginecólogos de los Estados UnidosCapitulo de Puerto Rico, March of Dimes-Capítulo de Puerto Rico, y Coordinadora Paz para la Mujer. 7. Se establecen entre las responsabilidades de la misma: a. b. El realizar un estudio de investigación de carácter retrospectivo de la estadística existente en el Registro Demográfico del Departamento de Salud y cualquier otra existente relacionada con el tema de las cesáreas, que permita el análisis del historial de embarazo de las mujeres y las razones para justificar el procedimiento de cesáreas. Para esto, podrá realizar también una revisión exhaustiva de estudios científicos sobre cesáreas realizadas en Puerto Rico y sobre programas alrededor del mundo que hayan sido efectivos en reducir las tasas de cesáreas, con el fin de poder complementar los hallazgos y recomendaciones de política pública a brindarse, de entenderlo la Comisión necesario. Que el estudio de investigación deberá estar realizado en un término no mayor de un (1) ano contado a partir de la aprobación de esta Ley, y el mismo será enviado al Gobernador de Puerto Rico, a la Cámara de Representantes y al Senado de Puerto Rico. En adición, una vez realizado el mismo, será deber del Departamento de Salud hacer público los hallazgos y conclusiones del mismo. Informe - Proyecto del Senado 680 Página Número (42) c. d. e. f. Recomendar políticas públicas a implantarse a partir de los resultados de dicha investigación que puedan tener el efecto en lograr reducir las cesáreas en Puerto Rico. El referir a la Junta de Licenciamiento y Disciplina Medica de Puerto Rico o a cualquier otra Junta Examinadora dentro de la jurisdicción del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a cualquier profesional de la salud que la Comisión encuentre o determine, que de la estadística analizada, el mismo no esté cumpliendo, tenga un patrón de conducta reiterada o haya demostrado conducta negligente, según sea establecido por las guías o mejores estándares de la medicina en cuanto a la realización de cesáreas se refiere. El mantener la confidencialidad sobre la estadísticas e información analizadas por la Comisión, salvo la información que será publicada en el Informe requerido en base al estudio requerido en el inciso (a) de este Articulo, y Cualquier otra que la Comisión determine que sea pertinente para la culminación de los propósitos de esta Ley. CONCLUSIÓN Por todo lo antes expuesto, la Comisión de Salud de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, previo estudio y consideración de la misma, tiene a bien someter su Informe con relación al Proyecto del Senado 680, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña en este Informe. Respetuosamente sometido, LYDIA MÉNDEZ SILVA Presidenta Comisión de Salud