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Bolilla 11
Colonización de la
República
Argentina
Cátedra Política Agraria
Lic. María del Carmen Reguera
2º Cuatrimestre 2012
Lic. María del Carmen Reguera
Cátedra Política Agraria
Año 2012
BOLILLA Nº 11
La colonización de la República Argentina: 1ra. Junta, 1er. Triunvirato, Asamblea del año XIII, Pueyrredón,
Rivadavia, Constitución Nacional, Ley de Avellaneda (Oficina de tierras y colonias), Campaña del Desierto.
Primeras colonias y corrientes inmigratorias. Sistemas de colonización: según la tierra y según los medios de
colonización. Régimen legal: Ley 12636/40, Ley 14392. Decretos militares (1958, 1967, 1972). Planes de
colonización, tierras colonizables, valuación, adquisición y adjudicación. Estructura agraria de la República
Argentina, características, historia: Grito de Alcorta, Leyes de Perón (Ley de arrendamiento y aparcería, y Ley
de colonización de tierras fiscales). Ley agraria de Giberti (Impuesto a la renta normal potencial) el problema
agrario argentino. Reforma agraria y desarrollo económico, Fallas en nuestra estructura económica. Aumento
de productividad. Propiedad de la tierra. Composición social. Medidas a tomar en la implantación de una
reforma agraria.
11.1.- La Colonización de la República Argentina
Introducción
La historia escrita de lo que hoy es Argentina, comenzó con la llegada de los españoles
en la expedición de Juan Díaz de Solís en 1516 al Río de la Plata, hecho que señala el
comienzo de la dominación española en esta región. En 1776 la corona española creó el
Virreinato del Río de la Plata, entidad aglutinadora de territorios a partir de la cual, con la
Revolución de Mayo de 1810, comenzaría un proceso gradual de formación de varios
estados independientes, entre ellos el que llevó el nombre de Provincias Unidas del Río
de la Plata. Con la declaración de la independencia el 9 de julio de 1816 y la derrota
militar del Imperio Español en 1824, se formalizó lo que a partir de la organización como
un estado federal en 1853- 1861 se conoce hoy como República Argentina.
La tierra americana en general, luego de sangrientas luchas y posterior sometimiento del
indio, fue una inmensa región inexplorada, inexplotada y sobre todo escasamente poblada
por un pequeño contingente de seres humanos y animales.
Es por eso que para el análisis de nuestro país, se toma como punto de partida la
Revolución de Mayo, la cual guiada por los ideales del progreso introdujo una renovación
en las ya envejecidas estructuras de la colonia.
Antes de 1810 existía una “política antinmigratoria”. A partir de esa fecha se produjo el
llamado a los inmigrantes a poblar nuestro país.
Si bien en 1810 comenzaron a tomar vuelo algunas ideas progresistas (encarnadas en
algunos inspiradores de la Revolución), el cambio de la estructura agraria no fue
inmediato; es decir que 1810 trajo nuevas ideas. Manuel Belgrano dijo que dos causas
motivan el drama del hombre de campo:


La falta de propiedad de los terrenos que ocupan los labradores (que es la causa
más importante).
La imperfección de los instrumentos de trabajo.
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Año 2012
Las políticas colonizadoras se pueden rastrear en nuestro país a partir de la segunda
mitad del siglo XIX; sin embargo hoy, más que nunca, es necesario hablar de
colonización, debido a los altos niveles de concentración de la riqueza, con la
consecuente expulsión del mercado agropecuario de cientos de familias rurales y de los
pueblos originarios. Prueba de esto, algunos datos de la realidad social (extraídos del
Censo Nacional Agropecuario 2002) que indican un retroceso respecto de los logros
alcanzados durante décadas anteriores son los siguientes:
 De los más de 170 millones de hectáreas agropecuarias de todo el país, 74,3
millones de hectáreas están en poder de tan sólo 4.000 dueños. Si se tiene en cuenta que
hay en total en el país casi 300.000 productores, apenas 4.000 ya poseen casi la mitad de
la tierra.
 En la región pampeana, donde están las tierras más cotizadas, hay 4.110.600 de
hectáreas en manos de sólo 116 dueños. Esa superficie es equivalente a toda la provincia
de Salta.
 De las 317.816 explotaciones agropecuarias censadas en el año 2002, hay algo
más de 100.000 establecimientos menos que en 1988.
A pesar de la crudeza de los datos, en la actualidad no existen políticas colonizadoras
generales a nivel nacional ni provincial (como las hubo en el pasado), sino tan sólo
algunos intentos aislados a nivel provincial. Resulta indispensable poner nuevamente
sobre la mesa de debate, políticas colonizadoras sólidas e integrales que contribuyan a
revertir el proceso de expulsión que los datos evidencian.
Si trazamos una línea de tiempo, se pueden encontrar, a grandes rasgos, dos principales
fundamentos que justifican la necesidad de colonizar en la República Argentina:
a) Primera etapa: desde mediados del s. XIX hasta mediados del s. XX
El fundamento de esta etapa se encuentra básicamente en la necesidad de poblar
el territorio, objetivo que se cumple con las oleadas inmigratorias, organizar un
país en formación y hacer producir las tierras vírgenes.
b) Segunda etapa: desde mediados del s. XX hasta nuestros días (con varias
interrupciones en su evolución).
El fundamento de esta segunda etapa es muy distinto al anterior. Ya no se trata
de poblar mediante la importación de recursos humanos y materiales extranjeros,
sino primordialmente de proteger nuestros propios recursos, consolidar la cultura
agraria con medidas de protección a la Agricultura familiar y arraigar nuevamente
en el campo al productor desplazado por condiciones económicas desfavorables.
De encararse una política colonizadora en la actualidad, el fundamento seguiría
siendo éste último.
La colonización que se requiere en la actualidad no puede y no debe centrarse
únicamente en una política de distribución de tierras, (tal como se concebía en el pasado);
de ser así, estaría destinada al fracaso o a convertirse en un simple negocio inmobiliario.
Hoy se debe concebir a la colonización como un reparto de tierras controlado por el
Estado, donde la propiedad adquiera su necesaria función social, acompañado de
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políticas estatales concretas que le hagan de soporte (políticas que conviertan al
trabajador rural en propietario, políticas educativas, crediticias, impositivas, tecnológicas,
de capacitación, etc.) y que apunten a la protección integral de la familia rural y al cuidado
de los pueblos originarios.
11.1.1.- Primera Junta
En un primer momento, la tierra fue quitada al indio para pasar a manos del conquistador
y más tarde a los representantes de la corona y adelantados, a medida que la fundación
de los pueblos y ciudades fue teniendo lugar hacia el interior.
En la República Argentina, las primeras y principales leyes sobre tierra poco y nada tenían
que ver con la idea de poblar.
Es así como, una vez estallada la Revolución de Mayo, en 1810, se van a establecer
diferentes gobiernos (integrados mayoritariamente por población local) de corta duración.
Entre 1810 y 1811 hubo dos juntas: la Primera Junta y la Junta Grande.
Fueron los primeros tendientes a reglamentar la cuestión agraria; se encomendó al Gral.
García el estudio del suelo y de las poblaciones de la provincia de Buenos Aires, así como
también de la validez de los títulos. Todo esto tenía por objetivo la elaboración de un plan
destinado a repartir de la mejor forma posible las tierras linderas a las zonas habitadas
por el indio.
11.1.2.- Primer Triunvirato
El Primer Triunvirato tuvo lugar entre 23 de septiembre de 1811 y el 23 de marzo de 1812;
estuvo integrado por: Chiclana, Sarratea y Juan José Paso.
En 1812 el Primer Triunvirato dictó un decreto por medio del cual se manifestaba la
necesidad imperiosa de atraer la población, promoviéndola en todos los países y por
todos los medios posibles, siendo esta la primera norma destinada a los extranjeros a
nuestra tierra. A los que viniesen se les prometía terrenos suficientes y el auxilio para la
formación de los primeros establecimientos rurales, asegurándoles también el comercio.
11.1.3.- Asamblea del Año XIII
Durante la Asamblea del año XIII, se proclamaron varias reglamentaciones que
comenzaron a formular el ideario independentista, dado que hasta el momento se
gobernaba en nombre del preso Rey Fernando VII.
En 1813 dictó 2 medidas de esencial importancia en materia agraria:
1. La abolición de la esclavitud y mayorazgos;
2. La autorización al Poder Ejecutivo para que dispusiera de las fincas
estatales, a partir de repartición de tierras entre los criollos, rompiendo la
idea de que la propiedad era patrimonio exclusivo de los españoles.
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El problema paralelo a la distribución de tierras y el llamado la inmigración para poblarlas
era la amenaza permanente del indio; toda esta preocupación tuvo eco durante la gestión
de Pueyrredón.
11.1.4.- Pueyrredón
Con la autorización del Congreso Nacional, comenzó a donar grandes extensiones de
tierras, con el objeto de ampliar la línea de frontera. Como dicha donación era insuficiente,
se estimulaba esto con la liberación de impuestos por 10 años, a todo lo que se
introdujera a favor del trabajo.
Estas medidas no se reglamentaron, lo que conllevó al abuso y extensas porciones de
territorio fueron donadas a personas que ni siquiera tenían el intento de explotarlas; se
originan de esta manera los “latifundios”.
11.1.5.- Rivadavia
En 1826 se dictó la “Ley de Enfiteusis” (proyecto de Rivadavia), esta ley es la primera
sistematización orgánica nacional del derecho agrario.
Se extiende entonces la enfiteusis (derecho vitalicio o por largo tiempo de concesión de
un predio con la condición de mejorarlo con plantaciones y pagar un canon anual) durante
el término de más o menos 20 años, a todas las tierras públicas de la Nación, que son
dadas en garantía sobre el primer préstamo contraído con la banca de Londres. El canon
del que se habla es en este caso diferencial, diferenciando entre: tierras de pastoreo
(pagan un canon del 8% anual sobre el valor de la tierra) y tierras agrícolas (canon del 4%
anual sobre el valor de la tierra)
Por medio de este sistema, el Gobierno esperaba sacar las tierras del mercado, y pagar
los intereses del préstamo contraído con el canon pagado por los colonos. Así el Estado
conservaba la propiedad de las tierras que, en manos de los enfiteutas, comenzarían a
producir.
¿Qué pasó con la Ley de Enfiteusis? Fracasa al poco tiempo de ponerse en práctica; a
un año de ser sancionada, 85 enfiteutas, sin ni siquiera pagar el canon, detentaban 919
leguas cuadradas de tierra, y lo recaudado en concepto de canon fue exiguo. Como
resultado de la aplicación de esta ley, se produjo una significativa concentración de tierras
en pocas manos, nada se estableció sobre la obligación de POBLAR y lo recaudado por
el Estado argentino fue insignificante.
Defecto de la ley:
 Falta de determinación del máximo de superficie a otorgarse; y
 Que pudiera transmitirse libremente el derecho.
Se convierte de esta forma en uno de los orígenes de los grandes latifundios de la región
pampeana.
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11.1.6.- Ley de Avellaneda
La Ley Nacional 817 de Colonización e Inmigración, del 19 de octubre de 1876, conocida
también como “Ley Avellaneda”, constituye un hito en la historia doctrinal de la
colonización y el problema de la tierra; es el resultado de una coyuntura comercial e
inmigratoria favorable, de notable incidencia en la ocupación y puesta en valor del
territorio.
Avellaneda pone en marcha dicha ley siguiendo la consigna de Alberdi: “Gobernar es
Poblar”. En ésta se denotaba, un intento del Estado argentino de poblar las zonas rurales
y de poner los campos a producir. Se trataba de una ley extensa, de 128 artículos,
dividida en dos partes. La primera parte dedicada a la Inmigración y la segunda, a la
Colonización. En pocos años se duplicó el flujo inmigratorio.
Dentro de la parte dedicada a la INMIGRACIÓN, se destacaban las normas concernientes
a la creación del Departamento General de Inmigración, dentro de la órbita del Ministerio
del Interior, por medio del cual se les concedía a los inmigrantes ciertas franquicias, como
por ejemplo:
 el derecho a alojamiento y alimentación por el Estado nacional durante los cinco
días posteriores al arribo al país;
 traslado gratuito hasta el lugar donde habrían de establecerse;
 se creaba una oficina de trabajo cuya función era buscarles empleo, también
dentro de los cinco días posteriores al desembarco;
 en caso de que el inmigrante quisiese ir al interior, llegado al punto de destino,
tenía derecho a ser alojado y alimentado por el Estado durante otros 10 días. Es
de resaltar que, por medio de la ley, se creaban agencias propagandistas para
atraer inmigrantes posibles en distintas ciudades europeas.
En materia de Colonización, la ley establece, como paso previo, la “exploración y mensura
del suelo”, sentando a continuación las bases para la división de los campos,
asentamiento de los núcleos de población, acceso y reparto de la propiedad, protección y
anticipos a los pobladores y otras cuestiones administrativas menores. En cuanto a las
normas referidas específicamente a este tema, se debe mencionar el artículo 61, que
disponía la creación de una Oficina de Tierras y Colonización, que trabajaría
conjuntamente con el Departamento General de Inmigración, (ambos dentro de la órbita
del Ministerio del Interior).
 El artículo 64 disponía: “El Poder Ejecutivo dispondrá la exploración de territorios
nacionales y hará practicar la mensura y subdivisión de los que resultaren más
adecuados para la colonización”; y
 El artículo 85 citaba que “a los 100 primeros colonos que llegaran a las distintas
zonas, que fueran jefes de familia y agricultores, se les daría gratis un lote de 100
hectáreas”.
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 El artículo 86 establecía que los restantes lotes serían vendidos a razón de dos
pesos fuertes la hectárea, pagaderos en 10 anualidades, haciéndose el primer
pago dos años después de la adjudicación.
 Por el artículo 112, se disponía la estimulación de la agricultura en aquellas zonas
que se consideraban convenientes, por medio de la concesión gratuita de más
lotes a aquellos colonos que se hubiesen distinguido por su laboriosidad y aptitud
para el trabajo.
En cuanto a los sistemas de colonización, la ley recoge cinco sistemas posibles,
sintetizados de manera siguiente
1- Colonización Directa por el Estado en territorios nacionales o cedidos por los
gobiernos provinciales;
2- Colonización Indirecta, sirviéndose de empresas particulares, en tierras ya
medidas y divididas, o en áreas aún no exploradas;
3- Colonización por iniciativa individual;
4- Colonización de los gobiernos provinciales, apoyados por el Gobierno de la
Nación;
5- Colonización de particulares, amparados por el Gobierno.
A su vez, en el capítulo VII de la ley, el Estado nacional se comprometía a auxiliar a las
provincias, en el establecimiento y desarrollo de las colonias asentadas en territorios
provinciales.
Conclusión:

Fue una ley que intentó dar respuesta a las necesidades del país a partir de la
segunda mitad del siglo XIX, pretendiendo poblar el interior mediante la
importación de recursos humanos y económicos, fundamentalmente provenientes
de Europa, y fomentar el desarrollo de una agricultura incipiente que comenzaba a
dar sus primeros pasos. El Estado favorece estas condiciones, circunscribiéndose
la noción colonizadora a un reparto de tierras, sin preocuparse por controlar qué
pasaba con esas tierras una vez adjudicadas.

El Estado ausente y la falta de controles hicieron que se desvirtúen las finalidades
pretendidas por la ley y que grandes extensiones fiscales fueran acaparadas por
pocas personas, sin verdadera intención de poblarlas ni de ponerlas a producir de
forma inmediata.

A pesar de las bondades del sistema, no dio en la práctica los resultados
apetecidos, por lo que se lo ha considerado más bien como un ensayo teórico de
mucho mérito. Efectivamente, la improvisación, la falta de las necesarias
exploraciones y mensuras, la escasez de los recursos en la colonización pública
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11.1.7.- Campaña del Desierto
El Gobierno de Avellaneda, a través del ministro de guerra Alsina impulsó una campaña al
desierto para extender la línea de frontera hacia el sur de la Argentina (Patagonia). La
región estaba completamente deshabitada de gente de raza blanca y civilización europea.
Sólo estaba poblada por indígenas nómadas, que eran considerados como animales, por
lo tanto, era un “desierto”.
El plan de Alsina era levantar poblados y fortines, tender líneas telegráficas y cavar un
gran foso conocido como “zanja de Alsina”, con el fin de evitar que los indios se llevaran
consigo el ganado capturado. Antes de concretar su proyecto, Alsina murió. Fue
reemplazado por el joven general Roca, quien aplicará un plan de aniquilamiento de las
comunidades indígenas a través de una guerra ofensiva y sistemática.
De esta manera, Roca, al mando de un ejército moderno y bien pertrechado, conquistó la
Patagonia venciendo la resistencia de los pueblos originarios de etnia mapuche
(provenientes desde Chile), causando una gran cantidad de víctimas y desplazando a las
poblaciones restantes a regiones periféricas. Se estima que la campaña fue causa directa
de la muerte de más de mil indígenas (hombres, mujeres y niños); las tribus que
sobrevivieron, fueron desplazadas a las zonas más periféricas y estériles de la
Patagonia.
El éxito obtenido en la llamada “conquista del desierto”, llevada a cabo entre 1878 y 1879,
prestigió frente a la clase dirigente la figura de Roca y significo la apropiación por parte del
Estado Nacional de millones de hectáreas que serán distribuidas entre una minoría de
familias vinculadas al poder.
Se permitió colonizar y organizar territorialmente una vasta región del país. De esta
manera, millones de hectáreas se sumaron a la República Argentina; estas enormes
extensiones fueron adjudicadas a bajo precio, o directamente regaladas, a terratenientes
y políticos influyentes; de esta manera se dicta la “ley de premios militares” por el cual
4.500.000 has. se tenían que dividir entre los militares participantes en dicha campaña;
los soldados no tenían que trabajar estas tierras, por lo que se vendieron a particulares,
los cuales adquirieron grandes extensiones.
Se suele justificar esta operación militar argumentando que esos territorios iban a ser
conquistados por Chile, ya que el área al sur del Río Colorado estuvo parcialmente en
disputa entre las dos naciones hasta la firma del Tratado Argentina- Chile en 1881.
11.2.- Primeras Colonias y Corrientes Inmigratorias
Argentina, al igual que Australia, Canadá, Brasil o Estados Unidos, está considerado
como un “país de inmigración”, cuya sociedad ha sido influida en buena medida por un
fenómeno inmigratorio masivo, que tuvo lugar a partir de mediados del siglo XIX. Al igual
que en el caso de los otros países mencionados, Argentina constituyó uno de los
principales países receptores de la gran corriente emigratoria europea, que tuvo lugar
durante el período que transcurre desde 1800 hasta 1950, aproximadamente. El impacto
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de esta emigración europea transoceánica , que en América fue muy grande, en la
Argentina fue particularmente intenso por dos motivos:
a) Por la cantidad de inmigrantes recibidos;
b) Por la escasa población existente en el territorio.
Entre 1857 y 1930 entraron al país aproximadamente 6 millones de inmigrantes y salieron
poco más de 2 millones; es decir que 3,5 millones de personas se radicaron
definitivamente en el país.
La etapa culminante del proceso inmigratorio se registró durante la primera década del
siglo XX; en aquella época se radicaron en el país 1.100.000 extranjeros
(aproximadamente el 15% de la población de 1914). Finalizada la Primera Guerra
Mundial, se reanudo el aporte en la década del 20´ con un saldo inmigratorio de 900.000
personas. Las nacionalidades predominantes fueron la española y la italiana.
De los inmigrantes más del 45% eran agricultores, y el resto, al no declarar profesión se
estableció en el campo como peones rurales.
Entre las colonias más importantes se puede mencionar:







San Juan (Corrientes);
Colonia de la Esperanza (Santa Fe);
San José (Entre Ríos);
Baradero (Buenos Aires);
San Carlos (Santa fé);
Colonia Caroya (Córdoba);
Pringles (Río Negro), etc.
También llegaron al país familias judías; rusos- alemanes, etc. que también fueron
formando sus propias colonias.
11.2.1.- Sistemas de Colonización: según la tierra y según los medios de
colonización
En el lapso 1880-1914, la inmigración se constituyó en un fenómeno excepcional. La
proporción de inmigrantes sobre la población original fue la más alta del mundo: entre un
25% y un 30%, mientras que en Estados Unidos, por ejemplo, nunca llegó al 15%.
Los finales del s. XIX y principios del s. XX fueron tiempos de apropiación de grandes
extensiones mientras había tierras fiscales que repartir. Se consolidaban los latifundios
(principalmente por las tierras arrebatadas a los indígenas en las campañas al desierto)
pese a algunos intentos aislados, como la ley 4.167, que procuraba incentivar el cultivo
del suelo y aumentar la población rural.
En este sentido, la ley 4.167, promulgada el 8 de enero de 1903, bajo la segunda
presidencia de Julio Argentino Roca, trae algunas disposiciones interesantes. Es una ley
muy corta, de sólo 22 artículos, conocida bajo el nombre de “Régimen de tierras fiscales”.
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Por los artículos 1 y 2 de la misma, el Poder Ejecutivo exploraría los territorios nacionales
para saber cuáles eran las tierras aptas y así poder dividirlas en lotes, para la fundación
de pueblos y el establecimiento de colonias agrícolas y pastoriles. Establecía superficies
máximas de adjudicación (100 hectáreas para lotes agrícolas y hasta 2.500 hectáreas
para los pastoriles). El artículo 2 in fine disponía: “Ninguna persona o sociedad, podrá
adquirir, ...más de dos lotes agrícolas y uno pastoril, ni más de 20.000 hectáreas, en
compra o arrendamiento”.
Por el artículo 4 de la ley, se les imponía a los adquirentes de tierras la obligación de
poblarlas con haciendas y construcciones dentro de ciertos plazos. Es decir, todas estas
disposiciones, en alguna medida, apuntaban a proyectar un tímido intento, por parte del
Estado, de controlar el reparto de tierras públicas, convirtiendo a los adjudicatarios de las
mismas en titulares de ciertas obligaciones. Asimismo, la ley procuraba evitar la
concentración de tierras mediante adjudicaciones máximas.
En el artículo 13 de la ley se autorizaba al Poder Ejecutivo Nacional a encargarse de la
colonización de tierras provinciales que las provincias dispusieran a tal fin. Y por el
artículo 21, se derogaban todas las leyes anteriores sobre tierras, salvo las disposiciones
de la primera parte de la ley 817, referidas a la inmigración.
Esta fue una ley de adjudicación de tierras de carácter parcial. Abordó la colonización en
forma restringida, concibiéndola sólo como reparto de tierras sin otras políticas
complementarias que apuntasen al bienestar y progreso del poblador rural. Intentó frenar
la conformación de nuevos latifundios, a través de superficies máximas de adjudicación, y
mantuvo el espíritu de la necesidad de poblar la campaña y de fomentar la inmigración,
principalmente europea.
11.2.2.- Régimen Legal: Ley 12636/40; Ley 14392
a)
Ley 12636/40
 1940: se dicta la ley 12.636 durante la presidencia de Ramón C. Castillo; es aquí
cuando la colonización adquiere otra perspectiva. En la misma, se entendía a la
colonización como algo que iba mucho más allá de una simple distribución de
tierras fiscales, previendo medidas de carácter integral para el beneficio del
poblador rural y su familia. Era prácticamente un código de 80 artículos dedicado a
la colonización, creándose el Consejo Agrario Nacional (CAN), organismo que
duró más de 40 años y que tuvo a su cargo la misión de colonizar, poblar el campo
y subdividir la tierra.
 Objeto de esta ley: en su artículo primero se anunciaba un plan agrario destinado
a:
 Poblar el interior del país;
 Racionalizar las explotaciones rurales;
 Subdividir la tierra;
 Estabilizar la población rural sobre la base de la propiedad de la misma; y
 Llevar mayor bienestar a los trabajadores agrarios.
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Se advierte que todavía con esta ley (64 años después de la Ley Avellaneda) hay
necesidad de poblar y de fomentar la inmigración, pero, a su vez, se entendió que la
colonización implicaba no sólo reparto de tierras, sino que también involucraba llevar
mayor bienestar a los pobladores rurales




la ley 12.636 fue una ley colonizadora (dictada durante la presidencia de
Ramón S. Castillo), con aspiración de cubrir minuciosamente todos y cada
uno de los aspectos relativos a la cultura agraria. Constituyó un verdadero
código de colonización, del cual se extraen principios claros de protección a
la agricultura familiar y que coadyuvaron de alguna manera a consolidar
“UNA AGRICULTURA CON AGRICULTORES”, bandera sostenida desde
hace tiempo por la Federación Agraria Argentina.
El derecho de propiedad aparece resquebrajado en su filosofía clásicoliberal, alineándose en un paradigma que empieza a emerger, relativo a la
“función social de la propiedad”. El Estado comienza a adquirir
protagonismo en las cuestiones de índole agraria y económica. Marca un
quiebre en la idea de colonización. No se trata sólo de poblar el territorio,
sino también se busca la protección y el bienestar de la familia rural en sus
aspectos económicos, sociales y culturales. Estos lineamientos se verán
posteriormente profundizados con la ley 14.392 de enero de 1955.
La política colonizadora del CAN dio sus frutos en la República Argentina.
Mientras duró, fue un instrumento útil. Como dato, se desprende que el
CAN adquirió por compra, expropiación y transferencia de tierras fiscales
1.266.325 hectáreas que subdividió en lotes de acuerdo a la unidad
económica de cada región, y entregó a 7.841 productores diseminados
entre las provincias de Buenos Aires, Corrientes, Salta, Santa Fe, Córdoba,
Entre Ríos, Mendoza, San Juan y Río Negro (7).
El Estado a través del Consejo Agrario Nacional (CAN) se propone
extender la actividad agrícola y poblar el país.
Se modifica en forma expresa el concepto civilista de “propiedad privada” al disponer su
expropiación, subdivisión o concentración, si su tamaño afectase la racionalidad de la
explotación agropecuaria.
Objetivo: colocar las tierras a un nivel productivo eficiente.
b) Ley 14.392: Ley General de Colonización
La ley 12.636 de 1940 es modificada por la ley 14.392, de enero de 1955, dictada durante
la presidencia de Juan Domingo Perón y bajo las prescripciones de la Constitución
Nacional de 1949 (éste fue también un verdadero código de colonización con 83
artículos).
Por esta ley se suprimió al CAN como órgano encargado de la misión colonizadora,
poniendo en ese papel al Banco de la Nación Argentina. Si bien fue una ley con similares
características a la 12.636, fue más radicalizada en sus fines y marcó la ruptura definitiva
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con las leyes de colonización anteriores, ruptura que fuera preanunciada por su
predecesora, la ley 12.636.

Objeto de la Ley:
 “El Estado, con el objeto de promover la colonización, fiscalizará la distribución y
utilización del campo e intervendrá con el fin de desarrollar e incrementar su
rendimiento racional en interés de la comunidad, facilitando a los trabajadores
agrarios la posibilidad de convertirse en propietarios de las tierras que cultiven”.
 “LA PROPIEDAD PRIVADA TIENE UNA FUNCIÓN SOCIAL y está sometida a las
obligaciones que se determinan en esta ley acorde con el bien común”.
 “La organización de la riqueza agropecuaria y su explotación tienen por fin el
bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de
justicia social”.
A diferencia de lo que ocurría con la ley 12.636, ya no se incluyen dentro de los objetivos
de la ley 14.392, el de poblar el país, lo que implica definitivamente un cambio de
fundamento en la necesidad de colonizar (de esta manera, la ley 14.492 se ubica
definitivamente en la segunda etapa de colonización).
Es decir, ya no se trata, exclusivamente, de poblar el territorio mediante la introducción de
recursos humanos y materiales extranjeros, sino primordialmente de proteger nuestros
propios recursos. Además, cabe destacar que el Estado aparece interviniendo en la
actividad agraria con toda su potencia.

Conclusión:
Tanto la ley 12.636 como la 14.392 son comparativamente similares. La distribución de
tierras va necesariamente acompañada de otras políticas estatales (educativas, de
capacitación, de créditos, de fomento al cooperativismo en todas sus formas, etc.)
teniendo en cuenta una perspectiva integral de la idea colonizadora. Pero en la ley de
1955, la intervención estatal, en las cuestiones agropecuarias, es aún mayor a la
intervención propuesta por la ley de 1940.
No se puede dejar de señalar la influencia del Grito de Alcorta de 1912 en todo lo que
fue el movimiento colonizador posterior. El Grito de Alcorta constituyó sin lugar a dudas el
germen disparador de todas las conquistas agrarias posteriores, dando nacimiento a la
Federación Agraria Argentina. Las consecuencias de ese hecho histórico y nacional
fueron múltiples y positivas, ya que se consagraron las bases para organizar la
permanente acción sindical, en defensa de los pequeños y medianos productores rurales.
De hecho, es recién a partir de este movimiento donde empiezan a aparecer lentamente
leyes dirigidas a proteger los derechos de los agricultores, especialmente de los
arrendatarios. Como exponentes de esta legislación tuitiva, es donde ubicamos a las
leyes 12.636 y la 14.392.
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11.3.- Estructura Agraria de la Republica Argentina: Características. Historia.
La estructura agraria no puede estudiarse aisladamente del conjunto de la economía
nacional, ya que son factores que se interactúan.
La población económicamente activa del sector agropecuario en 1947 era de 1.620.000
personas, y la misma cae en 1980 a 1.200.000 personas, lo que indica algo muy típico del
sector agropecuario: la incapacidad para retener el crecimiento demográfico.
Si hacemos una separación entre la región pampeana y el resto del país, vemos que en la
región pampeana la cifra era de 1.910.000 personas en 1947 y baja a 580.000 personas
en 1980; el resto del país, que tiene una economía agropecuaria muy distinta (o muy
extensiva en la ganadería o menos extensiva en la agricultura) es menos mecanizada
ocupando más mano de obra por unidad de superficie, por lo que pasó de 610.000 a
620.000 personas, lo que indica que permanece estabilizada a lo largo de este lapso,
contrariamente a lo que ocurre en la región pampeana, que es la que expulsa
fundamentalmente la población. Pero al permanecer estancado, implica también
incapacidad para retener el aumento demográfico (aunque no llega a los niveles de la
región pampeana).
Encontramos dos modelos de crecimiento económico que son totalmente distintos, y que
nos anuncian que la estructura agraria argentina no puede estudiarse como un conjunto
homogéneo, ya que tiene partes muy disímiles.
Un hecho importante en la estructura agraria nacional es la forma en que se distribuye la
propiedad de la tierra.
La propiedad se puede estructurar de manera diferente, porque una explotación puede
estar asentada sobre varias propiedades, o una propiedad puede dar origen a varias
explotaciones (es por eso que los datos censales que hablan de explotaciones no pueden
aplicarse a la forma de tenencia de la tierra).
11.3.1.- ITAE: Impuesto a las Tierras Aptas para la Explotación Agropecuaria
Sirve para demostrar que la tierra no está bien distribuida, existiendo una minoría que
posee una gran cantidad de tierra y una mayoría que posee una pequeña cantidad de
tierra, lo cual no es socialmente satisfactorio, ni es una buena base para una sociedad
democrática. También nos indica que hay un estrato medio de cierto peso, que además
es un hecho prácticamente inédito en América Latina, donde la estructura agraria es
mucho más desproporcionada, más polarizada. Este hecho de que en el sector
agropecuario argentino se halla una clase media, es muy importante ya que le confiere a
la República Argentina una característica común con América Latina.
La Argentina tiene una economía bastante dual, una especie de colonialismo interno, en
la que existe un área relativamente más desarrollada, la región pampeana, y un área
bastante subdesarrollada, las áreas no pampeanas (estas sí se parecen más al resto del
continente latinoamericano).
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11.3.2.- Minifundio en Argentina
La estructura agraria argentina se caracteriza por la presencia de un importante sector de
explotaciones medias. La presencia de “minifundios” se complementa con la de
“latifundios”, con un uso muy extensivo de los recursos y/o latifundios integrados con la
comercialización e industrialización de la producción.
Desde el punto de vista de la economía nacional en su conjunto, el problema del
minifundio no aparenta ser de primera magnitud ya que no afecta a los principales cultivos
para exportación.
Analizando la historia de nuestro país, podemos encontrar los siguientes sucesos:
 1876: Ley de Inmigración y Colonización: en la Argentina hay una ley de otorga
100 has. a cada inmigrante. 100 has. era una enormidad cuando en sus países
natales el que tenía 2 has. era considerado rico. Esto es lo que origina que vengan
a probar suerte en América: italianos, españoles, franceses, rusos, turcos,
polacos, alemanes, irlandeses, etc.
 1857- 1914: Ingresan a la Argentina 4.600.000 inmigrantes. El % de extranjeros en
la población urbana alcanza: 1825= 37%; 1914= 53%
 Población Rural en zonas de Colonización: Nativos= 15%; Inmigrantes= 85%.
Centenares de colonias agrícolas y nuevos pueblos surgen en las pampas salvajes.
Millones de has. antes improductivas se incorporan a la economía generando grandes
excedentes (se relaciona con la Teoría de David Ricardo)
 Área sembrada (en has.): 1888= 2.000.000 has; 1912 =20.000.000 has.
Argentina, por esta época pasó a ser considerada el “Granero del Mundo”
 A partir de 1910 la crisis y la recesión en la economía mundial se hacen sentir en
la Argentina, generando descontento y agitación:
-
-
-
Casi 1.500.000 de decepcionados inmigrantes abandonan el país en el que habían
depositado sus esperanzas (llegan llamándose Jousepe y aquí terminan
llamándose José);
De la tierra prometida por la propaganda gubernamental “100 has. gratis para
cada jefe de familia” no hay noticias;
Existen algunos inmigrantes que tuvieron un poco más de suerte y con las
primeras pequeñas ganancias (por ejemplo, les prestaron dinero para arrendar
algo de tierra y de esta forma obtienen pequeñas ganancias) trajeron a sus
familias de sus lugares natales; entre todos cultivan unas pocas has, las hacen
producir (ejemplo: maíz, trigo, lino, alfalfa). Pero los dueños de las tierras no están
dispuestos a compartir las riquezas (codicia y especulación disparan el valor de los
alquileres);
De esta manera surge una clase de intermediarios que alquilan a los propietarios
para aparcelar y subarrendar a los recién llegados en contratos crecientemente
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-
usurarios; de esta manera los inmigrantes no tienen más opción que aceptar estas
condiciones indignas: el arrendatario corre con todos los riesgos y asume todos los
gastos, insumos, seguros, transportes, además del canon en dinero constante.
“Hasta el 50% del mejor grano le corresponde al patrón, a elección de éste”.
No se permite destinar una parcela a cultivos de subsistencia ni a criar animales;
La cosecha debe entregarse en la estación del ferrocarril en bolsas nuevas y en
contratos de CP, de forma tal que si el año subsiguiente baja el precio de los
cereales, el patrón podrá desalojar al colono y echar vacas donde antes estaba
ocupado por la agricultura.
 1911: existe una caída abrupta de la demanda mundial de cereales; a esto se
agrega: plaga de langostas, persistente sequía y granizo. De esta manera, la
cosecha resulta mala en calidad y cantidad; esto hace que el inmigrante
(arrendatario) quede en la miseria con deudas que no puede salvar.
 1912: la cosecha es récord y paradójicamente el éxito perjudica más al agricultor,
debido a que con el exceso de oferta caen aún más los precios. De esta manera,
tras pagar los arrendamientos, el residuo no alcanza para pagar las pérdidas del
año anterior y pagar las deudas.
-
Todo esto provoca que el pueblo sin chacras entre en discusión y se conspire, y
surjan protestas aisladas y espontáneas; los chacareros están arruinados, que
más pueden perder?. Activistas anarquistas recorren los ranchos; se producen
huelgas para condenar a los patrones ; de esta manera se sentencia la huelga
(aún por aquellos que antes proclamaban prudencia)
Los bancos siempre ignoraron a los colonos (únicamente les daban crédito los
almaceneros lugareños), pero si los colonos se arruinan, los pequeños comerciantes se
irán con ellos a la quiebra (hasta los curas recomiendan abandonar el trabajo y no
comercializar la cosecha); por lo tanto, solo queda un camino: la Huelga!
El domingo 25 de junio de 1912, ante el local de la Sociedad Italiana de Alcorta, los
chacareros hacen oír su decisión. La huelga se expande rápidamente por la Pampa
Húmeda. De esta manera la gente (inmigrantes y no) depositan sus esperanzas en la
huelga. Pero la mayoría de los chacareros no son revolucionarios y detestan la política;
Demandas básicas de los Chacareros:
Entre ellas se encuentran:
- contratos por términos que permitan el arraigo;
- rebajas de los arrendamientos;
- que los porcentajes para el patrón se tomen de todo el cereal y no sólo del de mejor
calidad;
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- entrega en la chacra y no en la zona del ferrocarril;
- libertad de alquilar maquinarias donde les convenga;
11.3.1.- Grito de Alcorta: Argentina de 1912
Rebelión agraria de pequeños y medianos arrendatarios rurales que sacudió el sur
de la provincia Argentina de Santa Fe y se extendió por toda la región pampeana,
con centros en la ciudad de Alcorta. Esto marcó la irrupción de los chacareros en
la política nacional del siglo XX, dando origen a su organización gremial
representativa: la FEDERACIÓN AGRARIA ARGENTINA.
A principios de siglo la sociedad argentina estaba compuesta casi en su totalidad por
inmigrantes y la mayoría de ellos eran agricultores que vinieron al país huyendo de la
miseria de la guerra con la ilusión de progreso y bienestar tanto de ellos como de su
familia, pero la tierra prometida nada era lo que ellos pensaban.
Los que llegan a poseer un pedazo de tierra tienen que trabajar sin descanso y malvender
sus cosechas para quedar siempre endeudados. El hambre y la miseria rondan las
humildes chacras y los ranchos de la peonada. Es en Alcorta donde los trabajadores del
campo comienzan a planear algo. Pero… que es lo que traman? Quienes serán sus
aliados y quienes sus principales perseguidores? Que rol jugarán los militares anarquistas
y los socialistas en la lucha que surge en la pampa gringa?.
De todos los rincones de la pampa los chacareros y sus familias acuden al punto de
reunión acordado, el pueblo de Alcorta, donde comienza la protesta que rápidamente se
extenderá por el sur de Santa Fe, Entre Ríos, Córdoba, La Pampa.
Quienes eran estos chacareros?. Hombres y mujeres que desde hace más de un año se
reunían en secreto, tan secreto que la policía ya los venía teniendo fichados a todos , y
los sacaba de las pulperías y otros lugares para encerrarlos en la comisaría, o en los
Tribunales de Rosario o en la cárcel, acusados de extranjeros subversivos.
Qué exigía esta gente, cuando el domingo 25 de junio de 1912 ante el local de la
Sociedad Italiana de Alcorta declararon la huelga?
Contexto Histórico y Social
 Con el desarrollo del ferrocarril a través de la Generación del 80´ (1880), se
empezó a sembrar trigo, cuyo excedente era exportado a Europa.
 Para poblar el país se implementó una política activa de inmigración, la
cual consistía (como ya se presentó en la extensión de la presente bolilla)
en atraer inmigrantes (que en sus países europeos necesitaban huir de la
extrema pobreza) para poblar las pampas.
 La cultura trabajadora del inmigrante europeo hizo que la tierra produjera
mucho más, convirtiendo a nuestro país en lo que se conocía como “el
Granero del Mundo”.
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 Al seguir la propiedad de la tierra en manos de pocos, se profundizó la
brecha económica entre: los terratenientes (similar a la de las clases altas
europeas) y los inmigrantes que trabajaban las tierras.
La estructura social del campo, en el momento en que se desata la rebelión, estaba
integrada por terratenientes, arrendatarios y subarrendatarios. Los subarrendatarios se
encontraban sometidos a los terratenientes a través de contratos que establecían, entre
otras cosas, rentas impagables y la obligación de comprar herramientas e insumos a
quien el terrateniente mandare, e imponían al colono las responsabilidades de una mala
cosecha. Se llegó a un punto en que, por más que el colono trabajara de sol a sol y por
buena que fuera la cosecha, al final de ésta no le quedaba ni lo más elemental para
subsistir.
El proceso que desembocó en el Grito de Alcorta fue muy complejo:


la mayoría de los arrendatarios y medieros eran extranjeros (en algunas zonas
llegaban al 80%), y en el campo primaba el individualismo y la desconfianza, lo
que dificultaba la organización gremial.
A su vez, la “Ley de Residencia” (era la que permitía la deportación de
extranjeros), causaba mucho temor; a pesar de esto, a principios de 1912, los
chacareros organizaron sus primeras reuniones.
Detonante del Grito de Alcorta: fue la formidable cosecha de 1912, al comprobar los
chacareros que luego de pagar las deudas nada quedaba para ellos.
El 25 de junio de 1912 se realizó una asamblea en la Sociedad Italiana de Alcorta, de la
que participaron alrededor de 300 agricultores y entre manifestaciones combativas se
declaró la huelga por tiempo indeterminado, hasta conseguir, entre otras reivindicaciones:
1) Rebaja general de los arrendamientos y aparcerías;
2) Entregar en las aparcerías el producto en parva o troje, como salga;
3) Contratos por un plazo mínimo de 4 años.
A medida que se avanzó en la huelga, se fue avanzando también en su organización, y
tomó fuerza la idea de constituir una organización central de chacareros. Fue así como el
15 de agosto de 1912, en la Sociedad Italiana de Rosario, se fundó la FEDERACIÓN
AGRARIA ARGENTINA.
La respuesta de los terratenientes y las fuerzas represivas no se hicieron esperar, motivo
por el cual los huelguistas tuvieron sus primeras víctimas. A pesar de este violento
accionar de los terratenientes, los huelguistas fueron logrando cada vez más adhesiones.
Al apoyo inicial de los anarquistas y socialistas, de los curas y los pequeños
comerciantes, fueron sumándose los profesionales y amplios sectores populares.
Ante el temor de tener que afrontar grandes pérdidas económicas, los terratenientes
fueron cediendo lentamente y hacia mediados de 1913, la inmensa mayoría de los
arrendatarios había logrado una importante rebaja de los arrendamientos. De todos
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modos, la oligarquía logró mantener cláusulas leoninas en los contratos, que imponían
restricciones a la libertad de comprar y vender.
El Grito de Alcorta, si bien no modificó sustancialmente la estructura agraria, favoreció el
surgimiento de organizaciones campesinas en otros lugares del país; por primera vez en
la Argentina se enarboló el principio de que: “… la tierra debe pertenecer en propiedad
del que La trabaja…”
11.3.2.- Leyes de Perón (Ley de Arrendamiento y Aparcería y Ley de Colonización de
Tierras Fiscales)
La política agraria desarrollada durante los dos primeros gobiernos peronistas puso un
énfasis particular en:
-
la transformación del régimen de tenencia de la tierra, y
democratización en el acceso a la propiedad.
Todo esto tenía por objeto apuntar contra el poder de los grandes latifundistas,
fundamentalmente de la región pampeana, que era donde su poder se ponía, por
entonces más en evidencia.
1944: Perón denunciaba la explotación de que estaba siendo víctima el trabajador rural y
advertía a los propietarios acerca de la forma en que el Estado procuraría dar una
solución a esa problemática: “Tiene el estanciero 10, 5, 2 leguas de campo para hacerles
producir una insignificancia. Y eso lo puede hacer gracias a que no les paga a les
hombres que la trabajan. Ese señor es el intermediario de la tierra. Pero la tierra no puede
ser un bien de renta en nuestro país. El que tiene tierra tiene que sacarle el jugo, dado
que ella es la riqueza del Estado. El día que pueda ponerse la tierra al alcance de la
gente, se solucionará el problema…” y prometía “…que, encarado y resuelto el problema
de la tierra, no habrá un sólo argentino que no tenga derecho a ser propietario de su
propia tierra”.
Esta política adoptada por Perón (más agresiva en el discurso que en la práctica),
comenzó a diluirse y a adoptar un carácter más conciliador, hacia fines de la década de
1940, cuando el modelo económico implementado empieza a mostrar visibles síntomas
de agotamiento y a demandar una mayor participación del sector agropecuario en la
generación de divisas. Así, en un mensaje a los productores rurales, en abril de 1949, ya
es posible observar cambios importantes en el tono de las palabras de Perón, lo cual
conlleva un intento de conciliación con el empresariado rural, al que hasta entonces había
atacado: “Algunas veces he cargado un poco la mano sobre el capitalismo al hablar de la
explotación de los hombres de trabajo. Nuestros capitalistas tienen la culpa, pero poca. El
que tiene toda la culpa es el capitalismo internacional…” Y hacia 1953, sus palabras lo
alejan mucho más de lo que habían sido aquellas tempranas expresiones de la década
del cuarenta, plasmadas en el Primer Plan Quinquenal, cuando al definir el latifundio diga
que “…El latifundio no se califica por el número de hectáreas o la extensión de la tierra
que se hace producir; el latifundio se califica por la cantidad de hectáreas, aunque sean
pocas, que son improductivas…” En estrecha relación con este redefinido discurso,
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nuevos incentivos económicos en forma de créditos, mecanización e incremento de
precios de la producción se orientaron hacia el campo con la intención de alentar el
incremento de la productividad.
Paralelamente, se detenía la política de colonización, procurando con ello eliminar los
posibles focos de conflicto que el accionar político previo del peronismo había contribuido
a incentivar.
11.4.- Reforma Agraria y Desarrollo Económico
Para Giberti, tal como se dijo en la bolilla 10, se debe entender por Reforma Agraria, un
cambio amplio y profundo de toda la estructura agraria, entendiendo por estructura agraria
no solamente el trabajo del campo, sino a todo el medio social, económico y político rural
(considerar las definiciones antes citadas de reforma fundiaria, agrícola y agraria y
transformación agraria).
Giberti sostiene que la estructura agraria argentina necesita un cambio, pero al mismo no
se le puede dar la denominación de “reforma agraria”.
11.4.1.- Fallas en nuestra Estructura Económica
Para poder determinar la necesidad de una reforma es necesario tratar primero el
problema de las estructuras agrarias. Solamente se puede determinar la necesidad de
una reforma agrícola, fundiaria, agraria o de una transformación si comprobamos fallas
estructurales. En una economía sin fallas estructurales, no hay necesidad de ninguna
reforma o transformación; pero mientras existan fallas de estructura deben aplicarse,
ineludiblemente, algunos de esos tratamientos, y cuanto más profundas sean esas fallas,
más enérgico deberá ser ese tratamiento. Nos referiremos a las fallas de nuestra
estructura económica que hacen que sea necesario un cambio.
1º.- la región pampeana (es la zona que comprende las provincias de Buenos
Aires, Córdoba, La Pampa, Entre Ríos y Santa Fe) es la que provee
aproximadamente las ¾ partes de la producción agropecuaria argentina, es por
eso, que lo que ocurra en ella es de sustancial importancia para la economía
agraria, y por ende, para la economía argentina. Por otra parte, existen una serie
de diferencias físicas, económicas, sociales y hasta políticas entre la economía
agraria pampeana y la del resto del país; ya que la región pampeana es, en
realidad, la parte del país que concentra el mayor poderío económico y
demográfico, mientras que el resto del país tiene otra economía y otras
condiciones físicas.
2º.- La región pampeana, tradicionalmente ha producido los granos y las carnes
para nuestro consumo, pero sobre todo, para la exportación. Es el sector dinámico
del país y permitió el desarrollo nacional hasta llegar a lo que fue hace 15 o 20
años (a partir de ahí comenzó un estancamiento pronunciado). El resto del país ha
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ido quedando relegado y convertido, desde el punto de vista agropecuario, en un
productor para el consumo interno.
Como la mayor parte de la población reside en la región pampeana, es esta
región, el mercado del resto del país. Es por esto que, cuando la región pampeana
decae, sufre todo el país, debido a que disminuyen las exportaciones que son
necesarias para importar lo que el desarrollo industrial demanda, pero además,
disminuye el poder adquisitivo interno de la población pampeana, la cual tiene una
capacidad adquisitiva muy superior a la del resto del país.
De manera que la población pampeana es la que provee saldos exportables y
mueve la economía del resto del país, por ser mercado natural y porque el resto
del país no tiene producciones exportables.
Cabe destacar que se hace referencia a la región pampeana no solo porque se la
considera la parte del país que juega un papel muy dinámico por la magnitud de su
producción, sino además por sus proyecciones. Es por eso que, si mejoramos la
economía de la región pampeana, se lograría aumentar las exportaciones, y se lo
hace dentro del marco del desarrollo económico nacional, se habrá logrado
canalizar el posible valor de las exportaciones hacia aquellos rubros económicos
que más lo necesiten.
Un adecuado y armónico desarrollo industrial y agrario es la base sobre la cual podrá
lograrse un verdadero desarrollo del resto del país (el cual está postergado), es por eso
que se debe actuar sobre la región pampeana.
Si actuamos en primer lugar sobre el sector agrario que más posibilidades inmediatas
tiene y que menos inversión de capital necesita, se logrará un fuerte y rápido desarrollo
económico de ese resto del país que, indudablemente, está postergado, tanto
económicamente como en la historia
Generalmente se acepta que a mayor precio, mayor producción. En una economía de
mercado, el precio constituye un estímulo básico para mayor producción. Pero cuando
existen deficiencias estructurales se puede observar la aparente paradoja de que a
mayores precios, no hay aumento de la producción, lo que quiere decir que la respuesta
del sector de la producción al estímulo de precios es cada vez menor.
Es decir que el problema es “estructural” no “coyuntural”, no obedece a causas
circunstanciales (como ocurría hasta hace muy poco tiempo, cuando en nuestro país de
mercado, generalmente generado en el exterior por la vía del comercio exterior, se
introducía la crisis a nuestro país). Ejemplo: crisis de 1929 fue exógena, lo que quiere
decir que nuestro país la recibió del exterior por efecto contagio. Muchas de las crisis
actuales son auténtica “industria nacional”, las engendró el país por no poseer una
estructura económica suficientemente evolucionada. Este es un problema que se debe
tener en cuenta ya que demanda soluciones muy diferentes (no se puede esperar que el
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sólo estímulo de precios arregle las cosas; esto puede suceder en una crisis coyuntural,
no en una estructural). Si hay que modificar la estructura, los precios podrán incidir, pero
con ellos solos no basta.
11.4.2.- Aumento de Productividad
Sin cambios estructurales en el sector agrario, los cuales no pueden hacerse
independientemente de los otros sectores, una política que pretenda lograr una mayor
producción a través de mejores precios sólo conseguirá poco aumento de producción y
gran aumento de inflación.
En la región pampeana (donde ocurre el estancamiento de la producción) las tierras están
totalmente ocupadas; no hay tierras libres. Podrá haber tierras mal trabajadas, pero no
libres de ocupación.
En el siglo pasado podía aumentarse la producción de la región explotando tierras donde
nadie antes había trabajado; lo cual ahora resulta poco probable debido a que toda la
tierra está ocupada. Por lo tanto, la única forma de lograr un aumento de producción es
conseguir que cada hectárea aumente su productividad (no hay otra manera posible de
aumentar la producción). El incentivo de los precios sólo ha conseguido que un rubro
desplace a otro; ejemplo: el cultivo del trigo desplazó a la cría de ganado y viceversa; pero
el volumen total de producción se ha mantenido siempre estacionario. Lo que hay que
conseguir es que aumente la producción de ambos rubros simultáneamente, lo que se
conseguirá si se logra que cada hectárea produzca más que antes.
A nosotros nos amenaza el hecho de tener una potencialidad extraordinaria en la región
pampeana, pero no hacemos un buen uso de la misma al no explotarla técnicamente lo
que nos hace retroceder en lugar de ir hacia adelante.
El recurso tierra es un recurso agotable; la fertilidad disminuye cuando no se
trabaja con un esquema adecuado. Esa es una de las causas de que los precios
deban ser mayores para lograr aumentos, cada vez menores, en la producción.
Antes, la fertilidad natural era mayor, pero como la tierra no fue utilizada en forma
racional, perdió parte de su fertilidad y serán necesarios precios mayores para lograr el
mismo ingreso. Si disminuyen los rendimientos hay que aumentar los precios para
lograr los mismos ingresos por hectárea que antes. Esa es una de las causas de por
qué la respuesta a los precios es cada vez menor. Pero la causa principal no es natural,
sino estructural
Ejemplo: si una hectárea susceptible de ser cultivada con maíz la dedicamos a ganado
para carne, disminuiremos la productividad de la tierra y, por consiguiente, por esa vía, no
vamos a lograr un aumento de la producción, porque, como todas las hectáreas están
ocupadas, habríamos hecho que una hectárea genere menos ingreso que antes. Es decir,
que si queremos aumentar el ingreso de divisas, no lo vamos a lograr pasando de la
agricultura a la ganadería (suponiendo que todas las actividades tengan la misma
posibilidad de mercado). Esto representa el aspecto económico. Si vemos el aspecto
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social, observando las horas hombre que necesita una hectárea para este tipo de
producción, vemos que: el maíz requiere 65 hh (horas hombre) por año, el ganado apenas
10 hh. De manera que si sustituimos la agricultura por ganadería, no sólo disminuiremos
la productividad por hectárea, sino la posibilidad de ocupación; y posibilidad de
ocupación es densidad demográfica, debido a que el trabajo es la causa que
localiza la población. Disminuir densidad implica disminuir el poder adquisitivo
zonal, y poder adquisitivo es desarrollo económico. Por lo tanto, pasar de agricultura
a ganadería tiene repercusiones negativas tanto a nivel económico como social.
Es decir que, para mantener la fertilidad del suelo es necesaria la rotación adecuada de
agricultura y ganadería.
Muchas veces ocurre que, como la superficie no puede variar, para obtener más
producción habrá que lograr más productividad, es decir, aumentar el grado de intensidad
por incorporación de más capital y trabajo (es decir que disminuir el trabajo implica
retroceder). En nuestro país parece ocurrir un proceso insatisfactorio, mediante el ual se
acumula capital solo hasta el límite necesario para disminuir el trabajo en forma
balanceada, y por lo tanto no aumenta el grado de intensidad. La idea es incorporar más
capital y más trabajo para lograr mayor producción, y no jugar con sustitución equivalente
de uno por el otro. Los aumentos de capital se han dirigido a producir igual cantidad con
menos cantidad de hombres, antes que a producir más con igual o menos trabajo. Este es
otro de los problemas serios de nuestra economía agraria.
11.4.3.- Propiedad de la Tierra
En lo que se refiere a la tierra, el cambio fundamentalmente necesario en la economía
agraria es aquel que tienda a un aumento en el grado de intensidad, es decir, una mayor
productividad, es decir, una mayor productividad de la tierra.
El aumento de la productividad es el medio que nos debe conducir al fin que es la
elevación del nivel de vida, es por eso que se considera que la mayor productividad tiene
un profundo sentido social.
En un proceso de aumento de productividad, que es tecnificación por incorporación de
trabajo o capital, o ambos, la propiedad de la tierra adquiere una importancia fundamental.
 Cuando la Argentina disponía de mucha tierra y cada inmigrante podía ir al campo
con la seguridad de encontrar donde trabajar, podía el país darse el lujo de una
producción con bajo rendimiento, porque la mayor producción se lograba por una
mayor incorporación de superficie, o sea, de tierra.
 Pero cuando todas las tierras están ocupadas, debe apuntarse a mejores formas
de producción: la producción tecnificada, racionalizada.
La propiedad de la tierra en un proceso de tecnificación tiene enorme importancia, porque
es la mejor forma para asegurar la estabilidad. El hecho de tener asegurada la estabilidad
en la tierra permite encarar y efectuar las inversiones necesarias sin el temor de no poder
recuperarlas. Ejemplo: un arrendatario que no tiene asegurada la estabilidad no efectúa
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inversiones y mejoras en la tierra, porque no está seguro de recuperar el valor de las
mismas cuando cese su contrato. La situación cambia cuando se trata de un propietario.
Por lo tanto, tecnificación y propiedad de la tierra son procesos casi paralelos.
A veces se sostiene que en un proceso de tecnificación, como la incidencia de la tierra en
el costo se va reduciendo, no interesa la propiedad de la misma; la incidencia de la tierra
en un explotación muy tecnificada es muy pequeña dentro del costo de producción, que
puede ser del orden del 25 al 30%, caso contrario, la incidencia será solamente de
alrededor 10%. Pero esto no significa que la tierra pierda importancia en un proceso de
tecnificación. Sólo la permanencia en la tierra permite la realización de planes de largo
alcance.
 Los no propietarios siempre tienen rendimientos menores que los propietarios,
esto se debe al hecho de que éstos pueden cuidar mejor el suelo.
 A medida que aumenta el tamaño de las explotaciones, aumenta el
rendimiento de los propietarios (ello se debe a que las explotaciones muy
chicas no permiten evolucionar bien, mientras que las de tamaño mediano si lo
permiten)
11.5.- Bibliografía




FRONDIZI, A., El Problema Agrario Argentino. 1965.
Apuntes de clase. Cátedra Política Agraria a cargo del Prof. Ing. Luis H. Suárez
Serie de Documentales Didácticos. Huellas de un Siglo: El Grito de Alcorta. TV.
Pública. www.tvpublica.com.ar. Mayo 2010.
BLANCO, Mónica. MUNDO AGRARIO. Revista de estudios rurales, vol.1 nº 2,
primer semestre de 2001. “Peronismo, mercantismo y política agraria en la
provincia de Buenos Aires (1946-55). Centro de Estudios Histórico Rurales.
Universidad Nacional de la Plata.
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