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Notas de clase: Economía ambiental avanzada
El objetivo de la clase de economía ambiental avanzada es aplicar la teoría económica,
en especial la teoría microecónomica, al diseño de medidas para reducir la
contaminación atmosférica e hídrica. El curso está compuesto de cuatro grandes temas:
(i) teoría de las externalidades y de los bienes públicos; (ii) instrumentos económicos:
impuestos y permisos negociables; (iii) algunos temas de regulación ambiental; y (iv)
regulación ambiental y crecimiento económico. El objetivo del primer tema es plantear
de manera rigurosa la teoría de las externalidades y los bienes públicos. El objetivo de
los tres temas siguientes es aplicar la teoría microeconómica para solucionar problemas
de regulación ambiental.
I. La política ambiental en Colombia y Estados Unidos.
Antes de iniciar con la teoría de las externalidades y de los bienes públicos, se hará un
recuento de la política ambiental en Colombia y los Estados Unidos. Ello con el fin de
identificar los temas recurrentes en la política ambiental de ambos países y analizar la
forma como se han abordado.
1.1. La política ambiental en Colombia1
1.1.1. El costo del deterioro ambiental en Colombia
Los costos anuales del deterioro ambiental equivalen a 5.2% del PIB del país ($9,835
miles de millones). Tal como se presenta en el Cuadro 1.1, los mayores costos
provienen de los accidentes de tránsito así como la insuficiente provisión de agua
potable y de alcantarillado. La importancia de los costos difiere para las áreas rurales y
urbanas. Mientras en las áreas urbanas los accidentes de tránsito y la contaminación
atmosférica infligen los costos más altos, en las áreas rurales la degradación del suelo y
la falta de agua potable y alcantarillado son responsables de los daños más elevados.
Cuadro 1. Costos anuales del deterioro ambiental en Colombia
Miles de millones pesos
Categorías ambientales
Accidentes de tránsito
Agua potable, alcantarillado e higiene
Desastres naturales
Contaminación atmosférica
Deterioro del suelo
Contaminación intradomiciliaria
COSTOS TOTALES
Fuente: Larsen (2004)
Costo
2,770
1,960
1,750
1,500
1,440
415
9,835
Los costos de la contaminación atmosférica están causados en un 65% por los costos de
la mortalidad y en un 35% por costos derivados de la morbilidad. Se estima que la
contaminación atmosférica causa la muerte prematura de 6,000 personas al año, 7,400
nuevos casos anuales de bronquitis crónica, 13,000 hospitalizaciones anuales y 225,000
1
Esta sección se basa en Rodriguez Becerra, M (1998). La Reforma Ambiental en Colombia. Tercer
Mundo Editores, Santafé de Bogotá; CEDE-Uniandes (2004). Application of the World Bank’s WDR
Framework 2003. Informe final presentado al Banco Mundial; Larsen, B (2004). Cost of Environmental
Damage: A Socio-Economic and Environmental Health Risk Assessment. Informe Final presentado al
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (2004).
visitas a urgencias al año. Una tercera parte de dichos impactos se presentan en Bogotá
debido a la alta contaminación de material particulado en la ciudad.
Los costos de la insuficiente provisión de acueducto y alcantarillado están compuestos
en un 70% por los impactos sobre la salud y en un 30% por la inversión en medidas
defensivas. Los impactos sobre la salud incluyen la mortalidad y la morbilidad mientras
que la inversión en medidas defensivas incluye el consumo de agua en botella, el uso de
filtros de agua y los costos de energía al hervir el agua.
La contaminación intradomiciliaria resulta del uso de combustibles tradicionales, como
la leña y el carbón, al interior del hogar. Cerca del 18% de los hogares colombianos
usan combustibles fósiles en sus casas, en las áreas rurales el 60% de los hogares usan
dichos combustibles y en las áreas urbanas sólo tres por ciento de los hogares. La
contaminación intradomiciliaria incrementa la incidencia de infecciones respiratorias
agudas (IRA). Cálculos de Larsen (2004) muestran que cerca de 16 a 25% de las IRAs
en Colombia son causadas por la contaminación intradomiciliaria.
Los costos de la degradación del suelo en Colombia están compuestos en 60% por la
erosión y 30% por la salinización del suelo. Alrededor del 10% de los suelos
colombianos están sujetos a una salinización moderada o alta del suelo y 23% a una
salinización alta o muy alta. De otro lado, siete departamentos del país presentan una
erosión alta o muy alta en 50% de sus suelos. Estimaciones de Larsen encuentran que
un incremento de uno por ciento en la erosión o salinización implica un descenso en las
cosechas de 0.3 a 0.35%.
Los daños a las viviendas, la infraestructura y los edificios públicos constituyen los
costos más altos causados por los desastres naturales. Los costos no se distribuyen de
manera homogénea por el territorio colombiano: aproximadamente el 62% de la
población afectada está concentrada en siete departamentos del país.
Los costos de los accidentes de tránsito están compuestos en un 36% por los costos de
las muertes, en un 32% por las lesiones y en un 32% por los daños físicos. En el año de
2002, se presentaron en Colombia 190.000 accidentes de los cuales resultaron 43.000
personas heridas y 6.000 muertes.
1.1.2. Historia de la política ambiental en Colombia
Œ
1825: Bolívar expidió un decreto relacionado con “las medidas de conservación y
buen uso de las aguas”.
Œ
1829: Expedición de un decreto relacionado con “medidas de protección y mejor
aprovechamiento de las riquezas forestales de la Nación”.
Œ
1952: Se instala en Colombia la “Misión de la Administración Pública” presidida
por el Doctor Lauchlin Currie. La Misión recomienda la creación de una institución
para regular el manejo de los recursos naturales. El Gobierno Nacional decide
entonces establecer la Dirección de Recursos Naturales al interior del Ministerio de
Agricultura. La función de la Dirección era promover el uso “racional” de los
recursos naturales (bosques, tierras y pesqueras). Algunas funciones específicas de
la Dirección eran:
ƒ
Expedir medidas para la conservación y explotación de bosques;
ƒ
Reglamentar zonas forestales y de protección de recursos hídricos; y
ƒ
Crear los primeros parques nacionales (1959).
La inclusión de la División de Recursos Naturales al interior del Ministerio de
Agricultura es una contradicción. El Ministerio de Agricultura, al ser juez y parte en
el uso y la regulación de los recursos naturales, no podía establecer una política
ambiental sin sesgos hacía uno de los dos extremos. Como era de esperarse,
primaron las necesidades de la producción agrícola sobre la conservación y el
manejo sostenible de los recursos naturales. Ello derivó en una política ambiental
débil y casi inexistente.
Œ
1954-1968: Durante este periodo se establecen seis Corporaciones Autónomas
Regionales. En el periodo de la reforma administrativa de Carlos Lleras Restrepo se
instituyó el INDERENA mediante la fusión de la Dirección de Recursos Naturales
del Ministerio de Agricultura y la Corporación Autónoma Regional de los Valles del
Magdalena y del Sinú. El INDERENA continúo siendo un instituto adscrito al
Ministerio de Agricultura y, por consiguiente, las debilidades identificadas
anteriormente persistieron.
Œ
1972: Se publicó el estudio científico “Los Límites del Crecimiento” (MIT, Donella
Meadows) como un antecedente de la Conferencia de Estocolmo. El libro pretende
demostrar con estadísticas rigurosas como, si se mantenían las tendencias del
crecimiento económico y los patrones de consumo de la época, la tierra entraría en
un colapso ecológico. Dicho libro fue de gran importancia pues colocó el tema
ambiental en la palestra de la política internacional e instó a los gobiernos a adoptar
medidas para evitar el “desastre ecológico”. Como consecuencia del libro, se
organizó la Conferencia de Estocolmo a la cual asistieron todos los países del
mundo para definir políticas y convenios con el fin de frenar el deterioro de los
recursos naturales y del medio ambiente. Como resultado de la Conferencia, surgió:
ƒ
La Declaración del Medio Ambiente Humano.
ƒ
El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente.
Œ
1972: El presidente Misael Pastrana asiste a la Conferencia de Estocolmo y queda
convencido de la necesidad de reformar y fortalecer el sistema ambiental del país.
Con este propósito establece el Grupo 2000, compuesto por académicos, y cuya
tarea era promulgar recomendaciones para reformar el Sistema Ambiental
Colombiano.
Œ
1973: Con base en las recomendaciones del Grupo 2000, se reforma el INDERENA.
Se eliminan todas las funciones de regulación agrícola y el INDERENA se dedica
únicamente a la gestión y manejo de los Recursos Naturales. Las responsabilidades
principales del INDERENA eran la aplicación del Código de los Recursos Naturales
y del Decreto 1594 de 1984 relacionada con la calidad del agua. La jurisdicción
territorial del INDERENA se disminuyó a medida que se crearon las 18
Corporaciones Autónomas Regionales –CARs. Su principal jurisdicción eran las
áreas poco pobladas, las cuencas de los ríos Amazonas y Orinoco y algunos valles
de la Costa Atlántica. Pese a que el INDERENA también debía cumplir funciones
en el área de contaminación industrial, tuvo desde un principio un “enfoque
conservacionista”. Sus labores se concentraron entonces mayoritariamente en el
manejo de recursos naturales.
Las CARs tenían la responsabilidad de aplicar el Código de los Recursos Naturales
y el Decreto 1594 de 1984 y debían además promover el desarrollo regional. Su
jurisdicción se concentraba en las zonas más pobladas del país e industrializadas.
La aplicación del Código Sanitario, que constituía el marco legal para los asuntos
relacionados con la contaminación atmosférica, estaba en manos del Ministerio de
Salud. El Ministerio de Minas estaba encargado de hacer cumplir los estándares
ambientales de la industria minera contenidos en el Código de Minas.
La dispersión de la política ambiental en distintas entidades redundaba en una labor
descoordinada y con un marcado énfasis en las áreas rurales. Además, tanto el
Ministerio de Agricultura como el Ministerio de Minas, eran jueces y parte de la
política ambiental al ser usuarios y protectores de los recursos naturales.
Œ
1974: Promulgación del Código de los Recursos Naturales. El Código fue redactado
durante el Gobierno de Pastrana y sancionado por Alfonso López Michelsen. El
objetivo del Código era regular el uso de los recursos naturales y del medio
ambiente. El Código se concentró particularmente en los temas de la administración
de bosques, agua, fauna, flora y cuencas. Asimismo, contenía disposiciones para
implementar impuestos ambientales y para requerir la realización de evaluaciones de
impacto ambiental. El Código, sin embargo, fue más un manual de buenas
intenciones ya que no se idearon mecanismos efectivos para hacer cumplir dichas
regulaciones.
Œ
1987: Se crea a nivel internacional la Comisión Brundtland con el fin de estudiar los
avances en la protección del medio ambiente y los recursos naturales después de la
Conferencia de Estocolmo. Las dos grandes conclusiones de la Comisión de
Brundtlandt son:
ƒ
Identifica el incremento de problemas ambientales transfronterizos tales
como el cambio climático, el deterioro de la capa de ozono, la
contaminación transfronteriza de los cuerpos de agua, la lluvia ácida y la
disposición de desechos tóxicos.
ƒ
Solicita a la Asamblea General de las Naciones Unidas organizar una
conferencia global sobre medio ambiente y desarrollo
Œ
1988: Expedición de la Ley 472 de 1988 que crea las acciones populares. El
objetivo de las acciones populares es proteger los derechos colectivos ambientales y
pueden ser presentadas por un individuo en representación de un grupo de la
sociedad. Esta ley fortaleció el papel del sector judicial en la protección del medio
ambiente y los recursos naturales. FUNDEPÚBLICO interpuso las primeras
acciones populares que culminaron en la orden, por parte de un juez, de mejorar el
sistema de recolección de basuras en Bogotá y en el cierre de una fábrica de
químicos en Zipaquirá.
Œ
1991: A partir de 1974, la política ambiental estaría en cabeza del INDERENA y
regida por el Código de los Recursos Naturales. Los problemas iniciales nunca se
solucionaron y el Ministerio de Agricultura continúo siendo juez y parte en el uso y
regulación de los recursos naturales. En 1991, se promulgó la Constitución Nacional
con un marcado énfasis ambientalista. Algunos la llaman la “Constitución Nacional
Verde” ya que contiene 70 artículos con referencia al medio ambiente y los recursos
naturales e incluye el principio del desarrollo sostenible. Asimismo, define los
derechos ambientales colectivos, los cuales incluyen el derecho a un ambiente
limpio y el derecho a participar en decisiones que lo afecten. El Estado, según la
Constitución, tiene el deber de prevenir y controlar el deterioro ambiental, de
sancionar a quienes inflijan daños al medio ambiente y de demandar la restauración.
La Constitución creó, además, mecanismos para defender dichos derechos tales
como la Acción de Tutela, la Acción de Cumplimiento y la Acción Popular.
Como resultado de la Constitución, se expidió en Agosto del mismo año el
CONPES “Una Política Ambiental para Colombia” que definió la creación del
Ministerio del Medio Ambiente, la creación del Consejo Nacional Ambiental, la
creación de unidades ambientales en algunos Ministerios, la creación de una unidad
especial para el manejo de los parques naturales, el fortalecimiento de las CARs, la
creación de la unidades ambientales urbanas y el desarrollo de instrumentos
económicos para alcanzar objetivos ambientales.
Œ
Œ
1992: Como resultado de las recomendaciones de la Comisión de Bruntland se
organiza la Cumbre de la Tierra en Rio de Janeiro. En esta conferencia se reconoce
el incremento de los problemas ambientales transfronterizos, la responsabilidad
compartida pero diferenciada de los países desarrollados y los países en desarrollo,
y la necesidad de apoyar a los países en desarrollo con recursos humanos y
financieros. Durante la Cumbre de la Tierra, los países firman los siguientes
convenios internacionales:
ƒ
El Convenio Marco sobre Cambio Climático.
ƒ
Convención sobre la Diversidad Biológica.
ƒ
Declaración de Rio sobre Medio Ambiente y Desarrollo.
1993: La Constitución Nacional de 1991 fue la base para reformar el sistema
ambiental creado por Pastrana en 1973. Para reformar el sistema, se promulgó la
Ley 99 de 1993. La Ley 99 de 1993 reformó las instituciones ambientales, fortaleció
la regulación ambiental y desarrolló una estructura financiera para apoyar la gestión
ambiental. Dicha ley instituyó el Sistema Nacional Ambiental (SINA) compuesto
por:
ƒ
El Ministerio del Medio Ambiente que actúa como la cabeza del Sistema
Nacional Ambiental, SINA. Como tal, a ese Ministerio le corresponde
formular la regulación y la política ambiental nacional y coordinar la gestión
ambiental del país.
ƒ
Las Corporaciones Autónomas Regionales quienes están encargadas de
ejecutar la regulación y política ambiental formulada por el Ministerio del
Medio Ambiente. Se establecieron 33 Corporaciones Autónomas Regionales
(CARs) y cuatro Autoridades Ambientales Urbanas.
ƒ
Los institutos de investigación cuya función es proveer información
necesaria para fundamentar las políticas, regulaciones y decisiones del
Ministerio del Medio Ambiente y de las distintas entidades del SINA.
ƒ
La Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales Naturales.
La Ley 99 de 1993 introdujo, además, importantes cambios para financiar la gestión
ambiental en Colombia. Las rentas para inversión ambiental se generan por:
1. Los cobros por Licencias Ambientales.
2. Venta de los bienes y servicios prestados por los Institutos de
Investigación.
3. La Unidad Administrativa Especial de Parques Naturales Nacionales
– UAESPNN – recauda rentas por el cobro de tarifas de ingreso a las
áreas protegidas nacionales y, en un futuro, podría generar recursos
por la prestación de servicios ambientales.
4. Los recursos propios de las Corporaciones Autónomas Regionales y
de las Autoridades Ambientales Urbanas provienen de:
ƒ
La transferencia del impuesto predial de los municipios a las
autoridades ambientales regionales (entre el 15% y 25.9%).
ƒ
El sector eléctrico debe ceder a las autoridades ambientales el
3% del valor de las ventas brutas de la energía hidráulica y el
2.5% de las ventas de energía térmica.
ƒ
El Fondo Nacional de Regalías debe transferir
aproximadamente 22% de sus recursos a la gestión ambiental
ƒ
La venta de sus bienes y servicios.
ƒ
El cobro de las tasas retributivas y compensatorias.
ƒ
La recaudación de tasas por uso de agua y tasas de
aprovechamiento forestal.
ƒ
La imposición de multas y sanciones.
1994: Expedición del Decreto 1753 en el cual se regula el otorgamiento de
Licencias Ambientales.
1995: Expedición del Decreto 948 que regula la prevención y el control de la
contaminación atmosférica.
1997: Expedición del Decreto 901 en el cual se definen las tasas retributivas para la
contaminación hídrica.
2002: Fusión del Ministerio de Medio Ambiente con algunas divisiones del
Ministerio de Desarrollo Económico. Funciones como el ordenamiento territorial, la
provisión de acueducto y alcantarillado y la oferta de vivienda de interés social
fueron trasladadas al Ministerio de Medio Ambiente. El nuevo Ministerio se llamó
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
2003: Expedición del Decreto 155 en el cual se regula el acceso a los recursos
hídricos y se definen las tasas por uso de agua y del Decreto 3100 por el cual se
modifican las tasas retributivas. Hasta el año 2002, las autoridades ambientales
habían cobrado $25.000 millones por tasas retributivas.
1.2. La política ambiental en Estados Unidos2
La política ambiental de los Estados Unidos se inició también en el siglo XIX. Sin
embargo, se inició con iniciativas estatales y no federales. La responsabilidad ambiental
estuvo durante muchas décadas en manos de los estados y distribuida en diferentes
instituciones del Gobierno Federal Norteamericano. En 1970 se creó la Environmental
Protection Agency – EPA - y se inició un proceso de reorganización de la política
ambiental americana. Nixon instituyó la EPA y justificó su creación en la necesidad del
gobierno de intervenir cuando existen externalidades e información imperfecta. La EPA
recogió funciones dispersas en muchas agencias.
A continuación se presenta un recuento histórico de la política Norteamericana para el
control de la contaminación atmosférica e hídrica.
1.2.1. Control de la Contaminación Atmosférica
Œ
1881: Chicago y Cinccinatti diseñan las primeras provisiones para controlar el humo
de las fábricas y de las locomotoras. El precedente de estas dos ciudades llevó a
muchas otras ciudades de los Estados Unidos a promulgar sus regulaciones para
controlar la contaminación atmosférica.
Œ
1952: Oregón se convierte en el primer estado Norteamericano en promulgar una
ley para combatir la contaminación atmosférica.
Œ
1955: El Gobierno Federal expide el Clear Air Act bajo la presión de los Estados
que consideraban la contaminación atmosférica un problema nacional. El objetivo
de esta primera versión del CAA es destinar fondos para:
ƒ
Apoyar a los Estados a realizar investigación en contaminación atmosférica.
ƒ
Entrenar personal.
Œ
1959-1962: Extensión del CAA.
Œ
1963: Se definió el CAA actual. En esta nueva regulación, se profundizaron los
compromisos anteriores y se establecieron nuevos compromisos:
ƒ
Apoyo financiero permanente a los Estados para la investigación en
contaminación atmosférica.
ƒ
Apoyo federal para crear agencias estatales de control de la contaminación
atmosférica.
ƒ
Provisiones para que el Gobierno actuara en casos de contaminación
transfronteriza.
Œ
1965: Se promulgó la ley de control de la contaminación vehicular que fijaba los
estándares de emisión para los vehículos nuevos.
Œ
1967: El congreso aprobó el “Air Quality Act”. Las provisiones de esta nueva acta
fueron las siguientes:
ƒ
2
Definición de las regiones de control de la calidad del aire.
Portney, P.R (1990). Public Policies for Environmental Protection. Resources for the Future,
Washington DC.
Œ
Œ
ƒ
Destinación de recursos federales para la definición e implementación de las
estrategias estatales para controlar la contaminación atmosférica.
ƒ
Publicación de información acerca de los efectos adversos de la
contaminación sobre la salud. Dicha información debía ser utilizada para
establecer estándares ambientales.
1970: En este año se dieron las enmiendas más radicales del CAA. El CAA estipuló:
ƒ
El establecimiento de estándares a nivel nacional
ƒ
Los Estados podían definir estándares más estrictos.
1977: El Congreso de los Estados Unidos decide realizar una enmienda adicional
para evitar que las áreas con “aire limpio” se deterioraran. Con tal objetivo, se
establecieron tres clases distintas de áreas: (i) Clase I (parques naturales y áreas
similares) donde no se permitía un deterioro adicional de la calidad del aire; (ii)
Clase II (el resto de las regiones limpias) donde se permitía un poco más de
contaminación; y (iii) Clase III donde se permitía el deterioro de la calidad de aire
hasta los estándares fijados por el CAA. Los estándares que define la nueva
enmienda del CAA son:
ƒ
Estándares de fuentes móviles: se estableció que en 1979 se tenía que reducir
en un 90 por ciento la emisión de hidrocarburos y monóxidos de carbono y
en un 82 por ciento el óxido de nitrógeno.
ƒ
Fuentes fijas: el Congreso definió que la EPA estableciera estándares para
las nuevas firmas que entraran después del CAA. Dichos estándares se
debían definir de acuerdo a la mejor tecnología disponible. De esta manera,
se empezaban ya a adoptar regulaciones de comando y control y aun no se
tenían en cuenta los instrumentos económicos como herramientas válidas
para la regulación ambiental.
1.2.2. Control de la Contaminación Hídrica
Œ
1899: Las regulaciones precursoras del control de la contaminación hídrica se
realizaron en 1899. Su objetivo principal era evitar la disposición de residuos
sólidos de gran tamaño que impedían la navegación en los ríos de los Estados
Unidos. El impacto de esta legislación fue reducido.
Œ
1948: Se promulga la primera legislación federal para el control de la contaminación
hídrica: el “Water Pollution Control Act”. Esta regulación acepta la responsabilidad
Federal de controlar la contaminación hídrica, sin embargo, no fija estándares
ambientales, límites de descargas de contaminantes ni define formas para hacer
cumplir la regulación. El acta autoriza al Gobierno Federal para:
Œ
ƒ
Realizar investigación respecto a problemas de contaminación hídrica.
ƒ
Préstamos para construir plantas de tratamiento.
1956: Se realizaron enmiendas al WPCA y sus principales provisiones fueron las
siguientes:
ƒ
Establece la posibilidad de financiación de plantas de tratamiento por parte
del Gobierno Federal. El gobierno participaría con 55 por ciento de los
costos de construcción.
Œ
ƒ
Autoriza a los Estados a definir criterios de calidad hídrica.
ƒ
Establece un mecanismo denominado “enforcement conference” cuyo
objetivo es proveer al Gobierno Federal con herramientas para intervenir en
casos donde se presenten incidentes graves de contaminación hídrica.
1965: El Congreso de los Estados Unidos aprueba el “Water Quality Act”, la
primera ley que exige a los Estados acciones para controlar la contaminación
hídrica. El acta:
ƒ
Obliga a los Estados a establecer estándares de calidad ambiental para los
cuerpos de agua interestatales.
ƒ
Desarrolla planes para controlar la contaminación y alcanzar los estándares
ambientales fijados.
ƒ
Define planes para reducir la contaminación de fuentes fijas individuales.
ƒ
Otorga poder al Gobierno Federal para controlar a los Estados. El Gobierno
Federal debía aprobar los estándares de calidad ambiental y los planes de
implementación.
Esta acta no fue efectiva por tres razones. En primer lugar, era casi imposible
establecer estándares para fuentes individuales de modo que se cumpliera el
estándar de calidad ambiental definido para los cuerpos de agua. En segundo lugar,
hacer cumplir los estándares ambientales individuales cuando se detectaba una
violación del estándar para los cuerpos de agua era prácticamente imposible. Y, por
último, dejar en manos únicamente de los Estados el cumplimiento del acta volvía el
sistema inmanejable.
Œ
Œ
1972. Para superar los problemas iniciales del WPCA, se realizan unas nuevas
enmiendas. Dichas enmiendas:
ƒ
Definen nuevos estándares ambientales. Todos los ríos de los Estados
Unidos debían ser aptos para nadar y pescar en 1983 y en 1985 todos los ríos
debían ser navegables. Los estándares debían ser fijados con el mecanismo
de la “mejor tecnología disponible”.
ƒ
Establecen límites de tiempo para acciones de descontaminación de los ríos.
ƒ
Crean nuevos mecanismos para la regulación y control de la contaminación
hídrica.
ƒ
Transfiere la responsabilidad de otorgar permisos de descarga al Gobierno
Federal.
ƒ
Incrementa el subsidio para las plantas de tratamiento del 55 al 75 por
ciento.
1977. Se introducen nuevas enmiendas al WPCA. Los dos principales cambios
fueron:
ƒ
Se posponen los límites de tiempo para alcanzar los estándares ambientales.
ƒ
Se dividen los contaminantes entre convencionales y tóxicos y se definen
estándares ambientales para los contaminantes tóxicos.
Œ
1.3.
1987. Se incluyen nuevas provisiones al WPCA. Primero, se posponen nuevamente
los límites para alcanzar los estándares ambientales. Segundo, se obliga a los
Estados a desarrollar e implementar planes para las fuentes no-puntuales de
contaminación hídrica (descargas de cultivos agrícolas, actividades piscícolas y
áreas urbanas).
Conclusiones
Tanto Colombia como Estados Unidos iniciaron un proceso intenso de creación de
instituciones y de regulación ambiental. Ambos procesos se basaron principalmente en
regulaciones de comando y control, es decir regulaciones donde se definen estándares
de calidad ambiental fijos y no otorgan flexibilidad a los contaminadores para adoptar
las estrategias de reducción más efectiva y menos costosas. Además, las regulaciones se
establecieron sin tener mayor información acerca de los daños de la contaminación ni de
los costos económicos de reducir la contaminación. Por último, las regulaciones no
tuvieron en cuenta los costos y beneficios de la política ambiental. Estas tres
características redundaron en regulaciones muy costosas, que en muchos casos
superaban los beneficios de la regulación y que eran poco efectivas.
II. Teoría de las externalidades y de los bienes públicos
El deterioro ambiental y el uso excesivo de los recursos naturales es el resultado de
fallas económicas. Contaminar el medio ambiente es una externalidad pues la acción del
contaminador impone costos económicos sobre los otros miembros de la sociedad. Por
ejemplo, si una fábrica emite partículas suspendidas, los vecinos de la fábrica enfrentan
como consecuencia problemas de salud, malos olores y un deterioro de la visibilidad.
Dado que los contaminadores no internalizan los costos infligidos a los demás
miembros de la sociedad, las acciones siempre serán excesivas. Por consiguiente, la
presencia de externalidades en la economía impide alcanzar un óptimo de Pareto. El
objetivo de esta sección es entender la definición de externalidad y bien público,
analizar el efecto de las externalidades sobre la eficiencia económica y proponer
soluciones para enfrentar las externalidades.
2.1. ¿Qué es una externalidad y cómo se regula?
Según Buchanan y Stabblebire, una externalidad Pareto relevante está presente
cuando, en un equilibrio competitivo, las condiciones marginales de una asignación
óptima de recursos no se cumplen. Ello implica que el beneficio de producir una unidad
adicional de un recurso no es igual al costo marginal de producirlo. Aunque esta
definición es válida, su énfasis radica en la existencia de la externalidad y no en el
fenómeno económico que genera las consecuencias de las externalidades.
Baumol y Oates, por su parte, definen dos condiciones para la existencia de una
externalidad. Según la primera condición, una externalidad está presente cuando la
función de utilidad de un individuo A o la función de producción de una firma B
incluyen variables cuyo valor es escogido por otro agente económico que no toma en
cuenta el efecto sobre el individuo A o la firma B. La segunda condición de Baumol y
Oates establece que una externalidad está presente cuando el agente económico
generador no incurre en costos por provocar la externalidad.
Hay dos tipos de externalidades: públicas y privadas. Las propiedades de las
externalidades públicas (externalidad no agotable) se asemejan a las propiedades de
los bienes públicos, es decir el “uso” de la externalidad por parte de un individuo no
impide el “uso” por parte de los otros individuos de la sociedad. Dos ejemplos de
externalidades públicas son la contaminación del aire y el deterioro de la capa de ozono.
Cuando una persona contrae una infección respiratoria aguda debido a la contaminación
del aire en Bogotá, ello no significa que otra persona no vaya a contraer una IRA o vaya
a ser víctima de la contaminación. El deterioro de la capa de ozono es también una
externalidad pública pues el efecto nocivo de los rayos ultravioleta no se disminuye a
medida que afecta a cada individuo.
La principal propiedad de las externalidades privadas (externalidad agotable) es que el
consumo de la externalidad por parte de un individuo reduce el consumo de cualquier
otro individuo. Un ejemplo clásico de las externalidades privadas es la disposición de
basuras. Si una persona decide disponer su basura en el patio de su vecino, esta basura
no podrá ser dispuesta en ningún otro lado.
¿Cuál es el efecto de las externalidades sobre la eficiencia económica? La eficiencia
económica se representa en teoría neoclásica con el óptimo de Pareto. Una economía se
encuentra en un óptimo de Pareto cuando es imposible mejorar la situación de un
individuo sin empeorar la situación de otro individuo. ¿Cuándo es posible alcanzar un
óptimo de Pareto? El primer y segundo teorema fundamental del bienestar demuestran
cuando una economía puede alcanzar un óptimo de Pareto.
Primer teorema fundamental del bienestar: si los individuos y las firmas actúan en
un mercado de competencia perfecta, existen mercados completos (los precios son
públicos) y hay información perfecta, entonces un equilibrio competitivo, cuando existe,
es eficiente en términos de Pareto.
Segundo teorema fundamental del bienestar: si los mapas de indiferencia y los
conjuntos de producción son convexos, existen mercados completos e información
perfecta y se pueden adoptar transferencias entonces cualquier asignación Paretoeficiente se puede alcanzar con redistribuciones apropiadas de riqueza.
El punto crucial de los teoremas fundamentales del bienestar radica en la capacidad de
los mercados descentralizados para llevar la economía a un óptimo de Pareto. Sin
embargo, las condiciones de los dos teoremas fundamentales del bienestar son bastante
restrictivas. Es bastante posible entonces que en muchos casos los teoremas del
bienestar no se cumplan y, por consiguiente, la economía no alcance un óptimo de
Pareto.
Los dos teoremas fundamentales del bienestar no se cumplen cuando:
ƒ
No hay competencia perfecta. Si hay concentración en algunos mercados, es
necesario una intervención estatal para permitir que la economía alcance un
óptimo de Pareto.
ƒ
No hay mercados completos. Si el riesgo no es cubierto en un mercado de
futuros o existen externalidades, los mercados no son completos. Es fundamental
entonces crear mercados para las externalidades y el riesgo con el fin de contar
con mercados completos y así alcanzar un óptimo de Pareto. Tres ejemplos de
externalidades se presentan a continuación.
Por ejemplo, el ruido de las fiestas del vecino disminuye la función de utilidad
del individuo de tal forma que
(
U h = U h x, X h
)
donde x representa un bien numerario y X h es el ruido de las fiestas del vecino.
Otro ejemplo de externalidad es el tráfico. La movilización de cada vehículo
individual no afecta a los individuos, pero el volumen total de tráfico si ejerce un
efecto negativo.
U h = U h ( x, X )
N
donde X = ∑ xn indica el volumen total de tráfico.
n =1
Un último ejemplo de externalidad es la contaminación atmosférica que
deteriora el aire, un bien público puro.
U h = U h ( x, G )
donde G representa la calidad del aire.
Cuando alguno de los tres ejemplos enumerados anteriormente está presente en
una economía, la asignación de recursos no alcanza un óptimo de Pareto. Dado
que el nivel óptimo de dichas externalidades no se transa entre los afectados y
los generadores, hay mercados incompletos y la economía descentralizada no es
suficiente para lograr la asignación óptima. Una posible solución a este problema
es crear mercados para “transar” las externalidades.
ƒ
No hay información perfecta.
Los párrafos anteriores exponen porque las externalidades imponen ineficiencias en la
economía. Para evitar el efecto nocivo de las externalidades, el Estado debe intervenir
de modo que la externalidad sea “internalizada”. ¿Cómo puede el Estado intervenir en el
caso de una externalidad pública? Consideren el ejemplo de la calidad del aire en la
ciudad. Supongan que en la ciudad de Bogotá se construye una fábrica que está
emitiendo grandes cantidades de partículas suspendidas. Como primera medida, es
importante que el regulador se plantee si es necesario intervenir. Dado que la
contaminación de la fábrica está imponiendo una externalidad, no hay duda que se debe
intervenir ya que el mercado por si solo no es capaz de asignar los recursos de manera
óptima. Sin embargo, es importante que la regulación induzca un nivel óptimo de
emisiones y a medidas defensivas en los agentes económicos afectados por la
externalidad (p. ej. aire acondicionado o trastearse).
El objetivo de la regulación es inducir un comportamiento óptimo tanto en las fábricas
como en los individuos que residen alrededor de la fábrica. La Gráfica 2.2. presenta los
mecanismos para definir la regulación. Los beneficios por contaminar y los costos están
representados por las curvas de beneficios marginales privados de la fábrica por
contaminar y los daños marginales para los vecinos de la fábrica debido a la
contaminación. La curva de beneficios marginales sociales representa los verdaderos
beneficios para la sociedad de emitir.
Suponga que el nivel actual de emisiones es PS0. El regulador debe establecer un
impuesto pigouviano que “cobre” a la fábrica los daños sociales infligidos por su
contaminación. Este impuesto debe ser equivalente al costo de los daños sociales, es
decir a la linea AB. Una vez se cobra el impuesto pigouviano, la fábrica emite la
cantidad óptima de emisiones, es decir PS1.
Gráfica 2.1. El impuesto pigouviano
BMg
CMg
Daños marginales vecinos
Beneficios marginales sociales
A
Beneficios marginales fábrica
B
PS0
PS1
Emisión particulas suspendidas
¿Se debe compensar las víctimas de la contaminación generada por la fábrica? Al
compensar a las víctimas, se están eliminando todos los incentivos para adoptar las
medidas defensivas apropiadas. Además, se pueden generar incentivos para que halla un
“exceso de víctimas“. Si el distrito decide compensar a las víctimas de la externalidad,
entonces muchas familias podrían trasladarse a vivir cerca a la fábrica con el fin de
recibir la compensación.
El caso de la basura planteado en párrafos anteriores plantea un ejemplo interesante de
regulación. Las basuras pueden convertirse en una externalidad transferible ya que el
vecino que recibe la basura puede a su vez transferir la basura a otro vecino. En este
caso, es necesario establecer incentivos para inducir un comportamiento óptimo por
parte del agente generador de la externalidad y para que la “víctima” no transfiera la
externalidad a otro agente. Por lo tanto, es necesario definir un impuesto pigouviano
para los dos agentes.
La Gráfica 2.2 provee un ejemplo de externalidades transferibles. Suponga que se
dispone basura en el terreno A. A tiene dos opciones:
ƒ
Quedarse con la basura. Si el impuesto pigouviano es superior a los costos de
quedarse con la basura, A se queda con la basura.
ƒ
Transferir la basura. El impuesto pigouviano varía de acuerdo al daño social
que provoca la acción. A transfiere la basura al sitio donde el daño marginal es
menor. Si B es una anciana con problemas de salud, el daño marginal puede ser
alto y, por tanto, el impuesto pigouviano también. Si C es un reciclador que
reutiliza un porcentaje de la basura, el daño marginal en este caso va a ser menor
frente al daño para la anciana. Por consiguiente, A dispone la basura en el
terreno C.
Gráfica 2.2. Un ejemplo de externalidad transferible
C
A
B
2.2. Modelo de equilibrio general
Esta sección formaliza los conceptos desarrollados en la sección anterior con un modelo
de equilibrio general. Los supuestos del modelo son:
ƒ
Economía perfectamente competitiva.
ƒ
Firmas generan externalidades que afectan la utilidad de los agentes económicos
y las funciones de producción de las otras firmas.
Las variables del modelo son:
xij : cantidad del bien i consumido por el individuo j
yik : cantidad del bien i producido por la firma k
ri : cantidad del recurso i disponible para la comunidad
sk : cantidad de externalidad generada por la firma k
i=1,2,..,n
j=1,2,...,m
k=1,2,...,h
Z = ∑ sk : total de la externalidad generado en la economía
k
U j (x1 j , x2 j ,..., xnj , Z ) : función de utilidad
f k ( y1k , y2 k ,..., ynk , sk , Z ) ≤ 0 : conjunto de posibilidades de producción3
El modelo supone también:
ƒ
El conjunto de posibilidades de consumo es convexo, cerrado y limitado por
debajo.
ƒ
La función de utilidad es doblemente diferenciable, cuasi-cóncava y
creciente en x.
ƒ
El conjunto de posibilidades de producción es convexo y las restricciones
tecnológicas son doblemente diferenciables.
3
El conjunto de posibilidades de producción muestra todas las posibles combinaciones de insumos y
productos que enfrenta la firma. Este conjunto permite que exista más de un producto. Un bien es un
producto cuando yik > 0 y es un insumo cuando yik < 0 . El conjunto de posibilidades de producción
tiene propiedades similares a la función de producción. Las propiedades del conjunto son: (i) No vacio;
(ii) Cerrado; (iii) Convexo; (iv) libre disponibilidad de recursos; (v) está limitado por arriba; y (vi)
esencialidad débil.
Dadas estas condiciones, el modelo de equilibrio general tiene solución. El problema
del planificador central es maximizar las funciones de utilidad de los individuos sujeto a
las restricciones de producción y a la cantidad disponible de recursos.
Max U 1 (x11 , x21 ,..., xn1 , Z )
sujeto a U j (x1 j , x2 j ,..., xnj , Z ) ≥ U *j donde ( j = 2,..., m)
f k ( y1k , y2 k ,..., ynk , sk , Z ) ≤ 0 donde (k = 1,2,.., h)
m
h
j =1
k =1
∑ xij − ∑ yik ≤ ri donde (i = 1,2,..., n)
Para todo xij ≥ 0 y s k ≥ 0
El lagrangiano del problema de maximización es igual a
m
h
n
h
m
⎛
⎞
L = U 1 (.) + ∑ λ j U j (.) − U *j − ∑ µ k f k + ∑ wi ⎜⎜ ri + ∑ yik − ∑ xij ⎟⎟
j =2
k =1
i =1
k =1
j =1
⎝
⎠
(
)
Las condiciones de primer orden son y sus interpretaciones son:
∂L
∂U j
= λj
− wi = 0
∂xij
∂xij
∂U j
⇒ λj
= wi
∂xij
Los beneficios de consumir una unidad adicional del bien i son iguales a los costos (wi)
de usar una unidad adicional.
∂L
∂f k
= − µk
+ wi = 0
∂yik
∂yik
⇒ µk
∂f k
= wi
∂yik
Los costos de producir una unidad adicional de ⇒ yik ( µ k
∂f k
) son iguales a los
∂yik
beneficios de aumentar la disponibilidad del recurso wi.
h
∂L ∂U 1 ∂Z m
∂U j ∂Z
∂f k
∂f k ∂Z
=
+ ∑λ j
− µk
− ∑ µk
=0
∂sk
∂Z ∂s k j =2
∂Z ∂s k
∂s k k =1
∂Z ∂s k
Dado que
∂Z
= 1,
∂sk
∂U 1 m
∂U j h
∂f k
∂f k
+ ∑λj
− ∑ µk
= µk
∂Z
∂Z
∂Z
∂sk
j =2
k =1
Los costos marginales de emitir una unidad adicional de sk se igualan a los beneficios
marginales de emitir dicha unidad. Los costos marginales están representados por
h
∂U 1 m
∂U j
∂f k
+ ∑λj
− ∑ µk
∂Z
∂Z
∂Z
k =1
j =2
donde
∂U j
: es el efecto de la externalidad sobre la persona j, es decir representa la
∂Z
desutilidad que enfrenta la persona j debido a la externalidad; y
µk
∂f k
: representa el impacto de la externalidad sobre la firma k.
∂Z
Los beneficios marginales de producir la externalidad están dados por
∂f k
µk
∂sk
y muestran el incremento en la producción debido a un mayor “uso de la externalidad”.
En este caso, la externalidad puede equipararse a un insumo de producción.
Para alcanzar un óptimo de Pareto, es necesario que se cumplan las tres condiciones de
primer orden analizadas anteriormente. La maximización del planificador central es una
solución centralizada puesto en la cual un planificador central maximiza los beneficios
tanto de los productores como de los consumidores y es quien asigna los recursos de la
sociedad de una manera óptima.
El problema del planificador central refleja el “deber ser” de la economía. Sin embargo,
la economía funciona, por lo general, de manera descentralizada y los mercados son los
mecanismos asignadores de recursos. Es fundamental, por consiguiente, analizar el
problema de maximización descentralizado y comparar sus resultados con el problema
centralizado. El objetivo del siguiente modelo es entonces analizar la solución
descentralizada, es decir el conjunto de precios e impuestos que inducen al óptimo.
El problema de maximización descentralizada asume que el Estado cuenta con un
conjunto de precios e impuestos. Para esto, se asume que los precios se cobran por cada
unidad consumida y no se modifican con variaciones en la cantidad consumida o con el
número de consumidores. De otro lado, los impuestos compensatorios dependerán del
daño infligido al individuo o firma y, por lo tanto, es diferente para cada nivel de
contaminación. Se definen dos tipos de impuestos:
t j : impuesto compensatorio para el individuo j
t k : impuesto compensatorio para la firma k
t s : impuesto por emisiones contaminantes
En este modelo, los consumidores minimizan el nivel de gasto para alcanzar un máximo
predeterminado de la función de utilidad4. La minimización de gastos está dada por:
n
min ∑ pi xij + t j xij
xij
i =1
s.a.U j (.) ≥ U *j
El lagrangiano de esta maximización es equivalente a
[
n
L = ∑ pi xij + t j xij + α j U *j − U j (.)
]
i =1
Las condiciones de primer orden son:
∂L
∂U j
j
= pi + t − α j
=0
∂xij
∂xij
La minimización de gastos se alcanza cuando
pi + t j = α j
∂U j
.
∂xij
La firma, por su lado, maximiza sus beneficios sujeta a un conjunto de posibilidades de
producción:
n
max ∑ pi yik − t k yik − t s sk
y iK
i =1
s.a. f k ( y1k , y2 k ,..., ynk , sk , Z ) ≤ 0.
El lagrangiano de este problema de maximización es
n
L = ∑ pi yik − t k yik − t s sk − β k f k .
i =1
Las condiciones de primer orden para los bienes finales y los insumos son:
∂L
∂f k
= pi − t k − β k
= 0.
∂yik
∂yik
pi = t k + β k
∂f k
.
∂yik
Y las condiciones de primer orden para el nivel de emisiones son:
4
Este problema de minimización es el dual de la maximización de la función de utilidad sujeto a una
restricción de presupuesto.
∂f k
∂L
= 0.
= −t s − β k
∂sk
∂sk
− t s = βk
∂f k
.
∂sk
Las condiciones de primer orden de la firma se interpretan de manera tradicional. La
firma utiliza “contaminación” hasta el punto donde los beneficios marginales de usar la
⎛ ∂f k ⎞
⎟⎟ son iguales a los costos (−t s ).
contaminación ⎜⎜ β k
⎝ ∂sk ⎠
Una vez se deriva el óptimo de Pareto y el equilibrio de mercado, es necesario definir la
combinación de impuestos ambientales, impuestos compensatorios y precios que inducen
al equilibrio competitivo a alcanzar el óptimo de Pareto. Como primera medida, se deben
comparar las condiciones de primer orden de un sistema centralizado con aquellas de un
sistema descentralizado. Después de comparar las condiciones de primer orden, se
definen los impuestos y compensaciones que igualen las condiciones de primer orden de
los dos sistemas de asignación de recursos. El cuadro 2.1 compara las condiciones de
primer orden para una economía centralizada y una economía descentralizada.
Cuadro 2.1. Condiciones de primer orden – Economía centralizada y
descentralizada
Variable
Economía centralizada
Economía descentralizada
Bien final
∂L
∂U j
= λj
− wi = 0
∂xij
∂xij
⇒ λj
Productos
e
∂U j
= wi
∂xij
∂L
∂f k
= −µk
+ wi = 0
∂yik
yik
∂f k
= wi
∂yik
∂L
∂U j
= pi + t j − α j
=0
∂xij
∂xij
pi + t j = α j
∂U j
∂xij
∂f k
∂L
= 0.
= pi − t k − β k
∂yik
∂yik
∂f k
.
∂yik
insumos
⇒ µk
Emisiones
∂L ∂U 1 m
∂U j
∂f k h
∂f k
∂L
∂f k
=
+ ∑λj
− µk
− ∑ µk
=0
= −t s − β k
= 0.
∂sk
∂sk
∂sk
∂Z
∂Z
∂sk k =1
∂Z
j =2
∂U 1 m
∂U j h
∂f k
∂f k
+ ∑λj
− ∑ µk
= µk
∂Z
∂Z k =1
∂Z
∂sk
j =2
pi = t k + β k
− t s = βk
∂f k
.
∂sk
Las condiciones de primer orden del problema de economía centralizada y
descentralizada deben ser idénticas para alcanzar el Óptimo de Pareto. Esto se cumple
cuando:
1. Las condiciones de primer orden del bien final
tj =0
pi = wi para todo i
α j = λ j para todo j.
2. Las condiciones de primer orden de los productos y del insumo
tk = 0
β k = µk para todo k.
pi = wi para todo i
3. Las condiciones de primer orden de las emisiones contaminantes
⎡ ∂U 1 m
∂U j h
∂f k ⎤
ts = −⎢
+ ∑λj
− ∑ µk
⎥.
Z
Z
Z
∂
∂
∂
j
=
2
k
=
1
⎣
⎦
Las condiciones anteriores permiten derivar dos conclusiones. Primero, para alcanzar el
óptimo de Pareto no se deben establecer compensaciones ni gravar a las víctimas.
Segundo, el impuesto a las emisiones debe ser igual al daño marginal infligido por la
firma generadora y, por tanto, varía de acuerdo al nivel de emisiones. Ello implica un
reto de política ya que el impuesto varía de acuerdo a la cantidad de emisiones y no
puede ser un impuesto fijo por unidad emitida.
Este modelo tiene dos simplificaciones:
1. La externalidad analizada es pública ya que el valor agregado de la externalidad
entra en la función de utilidad de todos los consumidores y la función de
producción de todas las firmas. Una la externalidad privada no modifica, sin
embargo, los resultados.
2. El efecto de las emisiones de todas las firmas es idéntico y es, por consiguiente,
un sustituto perfecto. Si la firma 1 reduce una unidad de emisión y la firma 2
aumenta una unidad de emisión, el total de la externalidad continúa constante.
Este es un supuesto fuerte. Por ejemplo, el efecto de una fábrica petroquímica
ubicada en el campo o en la ciudad impone un daño marginal diferente sobre la
sociedad. Las emisiones de la fábrica ubicada en la ciudad tendrán un impacto
mayor puesto que, por un lado, los habitantes están ubicados más cerca de las
emisiones y, por otro lado, el número de afectados es mayor. Por el contrario, las
emisiones de la fábrica localizada en el campo se pueden diluir antes de alcanzar
a alguna persona y no estarían entonces causando daño alguno. En este caso, el
efecto de le externalidad total no se puede expresar como una sumatoria. El
efecto de las emisiones de la firma depende del sitio donde estas estén ubicadas.
El efecto total de la externalidad se expresa entonces de la forma siguiente:
Zj (S1,S2,..... , Sn).
Ello implica que el impuesto pigouviano es diferente para cada fuente de
contaminación y para nivel de contaminación.
2.3. Entrada y Salida de Firmas.
Los impuestos pigouvianos afectan los beneficios de las firmas y pueden, por ende,
establecer incentivos para la entrada y salida de firmas. Es importante entonces que el
impuesto pigouviano sea no solo consistente con el nivel óptimo de emisión también
debe inducir al tamaño óptimo de la industria del producto. La gráfica 2.3 muestra un
ejemplo.
El nivel óptimo de emisiones es E* y, por lo tanto, el impuesto pigouviano debe ser
equivalente a OA. El impuesto total que estaría pagando la firma es equivalente al
rectángulo OABE. Sin embargo, el daño total en que está incurriendo la sociedad es el
arco OECB. La sociedad estaría incurriendo en una ineficiencia igual a ABC, lo cual
puede inducir en el largo plazo a la salida de firmas de la industria.
Gráfica 2.3. Daños crecientes y la salida de firmas
DMg
BMg
A
Daño marginal social
B
C
dd
O
E*
Emisiones
Si la función de daños es diferente de tal forma que en bajos niveles el daño es alto y
decrece a medida que aumentan las emisiones, el pago total de las firmas subvalora el
daño total e induce a la entrada de firmas en el largo plazo. La gráfica 2.4 ilustra este
caso. El impuesto total pagado por la firma está dado por OABE* y el daño total es
igual a OABC. El daño está subvalorado por el área E*BC lo cual incentiva, en el largo
plazo, a la entrada de firmas.
Gráfica 2.4. Daños marginales decrecientes y la entrada de firmas
DMg
BMg
Daño marginal social
B
A
C
dd
O
E*
C
Emisiones
2.3. Modelo de equilibrio parcial
El modelo anterior analiza el impacto de las externalidades y encuentra una solución
con base en un modelo de equilibrio general de la economía. El propósito de esta
sección es emprender una análisis de equilibrio parcial de la economía para examinar
cual es el efecto de las externalidades y los bienes públicos y encontrar posibles
soluciones.
Los supuestos del modelo son:
ƒ
Dos agentes en la economia i:1,2
ƒ
La economia tiene L bienes para transar.
ƒ
Los consumidores no afectan los precios de los L bienes.
ƒ
La utilidad de los consumidores no solo depende del uso de los L bienes,
también depende de una acción llevada a cabo por el consumidor 1.
La función de utilidad de cada uno de los consumidores es igual a:
U ( x1i , x2i ..., xli , h )
donde xli son los bienes de consumo y h representa la externalidad generada por el
consumidor 1.
Cuando la externalidad es negativa entonces:
∂U ( x1i , x2i ..., xli , h )
<0.
∂h
Cuando la externalidad es positiva:
∂U ( x1i , x2i ..., xli , h )
>0.
∂h
Si wi es la riqueza del individuo, el problema de maximización de utilidad del individuo
i es igual a:
Max U (x1i , x2i ..., xli , h )
x li
sujeto a xli ≥ 0
pxi ≤ wi
donde xi es el vector de los bienes consumidos y p es el vector de los precios para los L
bienes.
Las funciones de demanda marshalliana para cada uno de los L bienes son iguales a:
x1i = x1i ( p, wi , h )
xli = x1i ( p, wi , h )
Si se remplazan las demandas marshallianas en las funciones de utilidad, se obtiene la
función de utilidad indirecta
vi = v( p, wi , h ) .
Si se asume que la función de utilidad indirecta es cuasi lineal en la riqueza, se puede
reescribir como:
v( p, wi , h ) = φi ( p, h ) + wi
El individuo 1 está generando la externalidad. Por ejemplo, está escuchando música a
un alto volumen y no deja dormir a su vecino. El comportamiento de la función de
utilidad del individuo 1 frente a la externalidad está dado por
ƒ
∂v1 ∂φ1 ( p, h )
=
> 0 : La externalidad produce una utilidad positiva para el
∂h
∂h
individuo 1.
ƒ
∂ 2v1 ∂ 2φ1 ( p, h )
=
< 0 : La utilidad de generar la externalidad es creciente pero
∂h 2
∂h 2
a una tasa decreciente.
Para el individuo 2, quién está afectado por la externalidad de manera negativa, la
función de utilidad indirecta se comporta de la siguiente forma:
ƒ
ƒ
∂v2 ∂φ2 ( p, h )
=
< 0 : La externalidad produce una desutilidad para el individuo
∂h
∂h
2.
∂ 2v2 ∂ 2φ2 ( p, h )
=
< 0 : La desutilidad de recibir la externalidad es negativa a una
∂h 2
∂h 2
tasa creciente. Ello significa que cada decibel adicional de ruido tiene un
impacto cada vez mayor sobre la desutilidad.
El equilibrio competitivo de este modelo, es decir el equilibrio en el cual el consumidor
1 escoge h para maximizar su función de utilidad indirecta sin tener en cuenta la utilidad
del individuo 2, está dado por5
Max φ1 ( p, h ) + w1
h
sujeto a h ≥ 0
Las condiciones de primer orden son:
∂φ1 ( p, h )
≤ 0 donde h ≥ 0
∂h
La solución interior es decir cuando la externalidad es positiva es igual a
h>0 y
∂φ1 ( p, h )
=0
∂h
La gráfica 2.5 ilustra el proceso de decisión del individuo 1. La externalidad produce
utilidad para el consumidor 1 y desutilidad para el consumidor 2. Sin embargo, en su
proceso de decisión, el consumidor 1 solo tiene en cuenta su utilidad para escoger h. El
∂φ ( p, h )
individuo va a escoger una solución interior tal que h>0 y 1
= 0 , es decir escoge
∂h
una solución donde el consumo de h es el máximo posible (h*).
Gráfica 2.5. El equilibrio competitivo y el óptimo de Pareto
∂φ1
∂h
−
∂φ2
∂h
∂ φ1
= 0
∂h
h0
h*
h
El óptimo de Pareto de este modelo se obtiene analizando el problema de maximización
del planificador central. En el óptimo de Pareto, el planificador central busca maximizar
la función de utilidad de los dos individuos
Max φ1 ( p, h ) + w1 + φ2 ( p, h ) + w2
h
sujeto a h ≥ 0
Las condiciones de primer orden son:
5
Dado que se está maximizando la función de utilidad indirecta, se está asumiendo que el individuo
escoge primero los bienes de consumo y, una vez tomada esta decisión, escoge el nivel de la externalidad.
∂φ1 ( p, h ) ∂φ2 ( p, h )
+
≤ 0 donde h ≥ 0
∂h
∂h
Cuando h>0,
∂φ1 ( p, h )
∂φ ( p, h )
=− 2
.
∂h
∂h
El planificador central escoge el punto donde la utilidad marginal del individuo 1 por el
consumo de la externalidad se iguala a la desutilidad marginal del individuo 2. Este
punto está representado por h0 en la Gráfica 2.5.
El modelo de equilibrio parcial analizado muestra como una cantidad de la externalidad
igual a 0, es decir que el individuo 1 no escuche música, no es necesariamente un
óptimo de Pareto. Entonces ¿cuándo es la externalidad igual a 0 un óptimo de Pareto?
Esto se presentaría cuando la desutilidad generada por la externalidad es muy alta o
cuando la utilidad de generarla es baja o ambas. Por ejemplo, si el individuo 2 está muy
enfermo, la desutilidad generada por la música del vecino es muy alta y, por tanto, es
probable que el óptimo de Pareto signifique el individuo 1 no escuche música. La
Gráfica 2.6 muestra un ejemplo donde el óptimo de Pareto es no generar ningún nivel
de externalidad.
Gráfica 2.6. Un óptimo de Pareto sin externalidad
−
∂φ2
∂h
∂φ1
∂h
h
Para alcanzar el óptimo de Pareto, también se pueden definir instrumentos que
internalicen la externalidad. Para esto modelo se analizan dos tipos de instrumentos: un
impuesto sobre la externalidad generada y la asignación de derechos de propiedad. La
solución del impuesto se presenta a continuación. El regulador define un impuesto th
para el individuo 1 que permita alcanzar el óptimo de Pareto. Con el impuesto, el
problema de maximización del individuo se convierte en
Max φ1 ( p, h ) + w1 − th h
h
sujeto a h ≥ 0
La condición de primer orden están dadas por:
∂φ1 ( p, h )
− th ≤ 0 donde h ≥ 0
∂h
Cuando h>0
∂φ1 ( p, h )
= th
∂h
Para obtener un óptimo de Pareto, es necesario que el impuesto refleje el daño marginal
generado al individuo 2 debido a la externalidad. El impuesto está entonces definido por
th = −
∂φ2 ( p, h )
∂h
Este impuesto lleva al individuo a consumir h hasta el punto donde
∂φ1 ( p, h )
∂φ ( p, h )
=− 2
∂h
∂h
th =
y se alcanza así un óptimo de Pareto. ¿Que particularidad tiene este impuesto? Es un
impuesto que se fija de acuerdo a la cantidad consumida de h, no es un impuesto
constante.
Una regulación alternativa es definir derechos de propiedad sobre el nivel de decibeles
en el vecindario y permitir la transacción de esos decibeles, es decir establecer un
sistema de permisos negociables. En el modelo siguiente, los derechos de propiedad
sobre el nivel de decibeles se asignan al individuo 2. Por consiguiente, el individuo 1
debe pagar al individuo 2 para poder generar la externalidad. Si ph es el precio por
unidad de externalidad generada, el problema de maximización de utilidad del individuo
1 está dado por
Max φ1 ( p, h ) + w1 − ph h
h
sujeto a h ≥ 0
donde phh es la cantidad de externalidad que el individuo decide comprar. Las
condiciones de primer orden son iguales a
∂φ1 ( p, h )
− ph ≤ 0 donde h ≥ 0
∂h
Cuando h>0
∂φ1 ( p, h )
= ph
∂h
El individuo 2, por su parte, debe decidir cuanta cantidad de externalidad le “vende” al
individuo 1. Su maximización de utilidad está representada por
Max φ2 ( p, h ) + w2 + ph h
h
sujeto a h ≥ 0
donde phh es la cantidad de externalidad que el individuo 2 decide vender. Las
condiciones de primer orden son iguales a
∂φ2 ( p, h )
+ ph ≤ 0 donde h ≥ 0
∂h
Cuando h>0
−
∂φ2 ( p, h )
= ph
∂h
El equilibrio se presenta entonces cuando:
∂φ2 ( p, h ) ∂φ1 ( p, h )
=
.
∂h
∂h
ph = −
Por lo tanto, la asignación de derechos de propiedad sobre la externalidad y la
posibilidad de transar dichos derechos de propiedad permite a los individuos alcanzar el
óptimo de Pareto.
2.5. Bienes Públicos
La calidad ambiental se puede considerar un bien público. Por lo tanto, el análisis de los
bienes públicos es aplicable, en muchos casos, a los problemas ambientales. Un bien
público, según Mas–Colell, es aquel cuyo uso por parte de un agente económico no
excluye su uso por parte de otro agente. La atmósfera se ajusta entonces a esta
definición de bien público ya que el uso de un agente económico de la atmósfera (p.ej.
respirar o emitir contaminantes) no precluye el uso por parte de otro agente económico.
El objetivo de esta sección es analizar, con un modelo de equilibrio parcial, como se
deben asignar los bienes públicos para alcanzar un óptimo de Pareto. Para realizar este
análisis, primero se deriva el óptimo de Pareto; después, se examina que sucede cuando
el bien público se obtiene en un mercado competitivo; y, por último, se proponen
soluciones para evitar una producción sub-óptima del bien público.
El bien público está representado en el modelo por q y la función de utilidad del
individuo está definida por U(q). Dado que es un bien público, las propiedades de la
función de utilidad son ∂U ∂q > 0 y ∂ 2U ∂q 2 < 0 , es decir la utilidad es creciente a una
tasa decreciente.
El costo de proveer el bien público está representado por c(q) y tiene las siguientes
propiedades ∂c ∂q > 0 y ∂ 2c ∂q 2 > 0 , es decir los costos son crecientes a una tasa
creciente.
Si la economía tiene I agentes económicos, el planificador central decide cuanta
cantidad de q proveer de acuerdo a la siguiente función objetivo
I
Max
q
∑φ (q ) − c(q )
i =1
i
sujeto a q ≥ 0.
Las condiciones de primer orden son
∂φi (q ) ∂c(q )
−
≤ 0 donde q ≥ 0
∂q
∂q
i =1
I
∑
Si q>0, entonces
∂φi (q ) ∂c(q )
−
=0
∂q
∂q
i =1
I
∑
El óptimo de Pareto se presenta cuando
∂φi (q ) ∂c(q )
,
=
∂q
∂q
i =1
I
∑
es decir cuando la sumatoria de los beneficios marginales del bien público se igualan a
los costos marginales de proveer el bien público.
Con la solución óptima en mente, se deriva ahora un equilibrio donde el bien público se
puede obtener a través de compras de cada uno de los i individuos. Ello implica que el
bien público se provee de manera descentralizada y se permite que el mercado defina la
provisión total del bien público. Suponga que P es el precio del bien público y qi la
cantidad de bien público comprada por el individuo i. Por lo tanto, cada individuo está
contribuyendo parcialmente a proveer el bien público que es indivisible, no excluyente
y no rival. Por ejemplo, cada individuo está contribuyendo monetariamente a tener una
atmósfera limpia de contaminantes.
La función de utilidad del individuo depende de la cantidad que decide contribuir a la
provisión del bien público y de la contribución de los otros individuos a la provisión del
bien público. La función de utilidad indirecta de cada individuo es igual a
⎛
⎞
Max φi ⎜ qi + ∑ qk ⎟ − pqi
q
k ≠i
⎝
⎠
sujeto a qi ≥ 0.
El consumidor, cuando maximiza esta función, toma como dadas las contribuciones a la
provisión del bien público por parte de los otros individuos y decide entonces cuanto
contribuir. Las condiciones de primer orden son
⎛
⎞
∂φi ⎜ qi + ∑ q k ⎟
k ≠i
⎝
⎠ ∂q − p ≤ 0 donde q ≥ 0 .
i
∂q
∂qi
Dado que
∂q
= 1 , cuando qi >0,
∂qi
⎛
⎞
∂φi ⎜ qi + ∑ qk ⎟
k ≠i
⎝
⎠ = p.
∂q
El consumidor contribuye al bien público hasta el punto donde la utilidad marginal de
contribuir una unidad adicional es igual al costo de la contribución.
De otro lado, es necesario analizar el problema de maximización de la firma proveedora
del bien público, que en la mayoría de los casos es el Estado. La firma busca maximizar
los beneficios de producir el bien público.
Max pq − c(q)
q
sujeto a q ≥ 0.
Las condiciones de primer orden están dadas por
p−
∂c(q)
≤ 0 donde q ≥ 0
∂q
Si q>0,
p=
∂c(q)
.
∂q
Dadas las condiciones de primer orden del proveedor del bien público y de cada uno de
los agentes económicos, ahora es necesario examinar si el óptimo de Pareto se cumple
cuando el bien público se provee de manera descentralizada. La firma proveedora del
bien público y los agentes económicos maximizan su función objetivo cuando
⎛
⎞
∂φi ⎜ qi + ∑ qk ⎟
k ≠i
⎝
⎠ = p = ∂c(q) .
∂q
∂q
donde
⎛
⎞
∂φi ⎜ qi + ∑ qk ⎟
k ≠i
⎝
⎠ >0 y
∂q
∂c(q)
> 0.
∂q
Las condiciones de desigualdad anteriores implican que hay provisiones positivas del
bien público por parte de los agentes económicos debido a la utilidad marginal
creciente. Dado que algunos agentes económicos contribuyen de manera positiva al bien
público, cuando I>1 y q>0 entonces
⎛
⎞
⎛
⎞
∂φi ⎜ qi + ∑ qk ⎟
∂φi ⎜ qi + ∑ qk ⎟
k ≠i
k ≠i
⎝
⎠ > ∂c(q) =
⎝
⎠.
∑
∂q
∂q
∂q
i =1
i
Por consiguiente, cuando el bien público se provee de manera descentralizada siempre
habrá una provisión subóptima. La Gráfica 2.7 presenta un ejemplo de provisión del
bien público cuando es asignado por un planificador central y cuando es asignado de
manera descentralizada. El nivel óptimo de provisión del bien público está dado por qpub
mientras el nivel privado de provisión está dado por qpriv. La provisión del bien público
de manera descentralizada es siempre, por ende, menor que la provisión del bien
público de manera centralizada.
Gráfica 2.7. Provisión pública y privada de bienes públicos
∂c
∂q
φ'
c' (q )
I
∂φi
∑ ∂q
i =1
∂φi
∂q
qpriv
qpub
q
La provisión subóptima obedece a problemas de free riding, o el problema del polizón.
Esto significa que cada agente económico busca aprovecharse de las contribuciones de
los otros agentes y contribuir así menos a la provisión del bien público. Como todos los
agentes adoptan el mismo comportamiento, la provisión del bien público es entonces
menor que en el óptimo de Pareto. La falla de mercado en este caso impide que cada
consumidor tenga en cuenta los beneficios por consumir el bien público de los otros
consumidores. Hay dos formas de remediar el problema de free riding: (i) el Estado
puede proveer el bien; y (ii) definir unos precios de modo que los individuos tengan en
cuenta tanto su beneficio como el beneficio de los otros agentes económicos.
El principal problema con los bienes públicos radica en que los individuos solo
consideran su utilidad de consumir el bien. En el proceso de maximización, los agentes
económicos nunca tienen en cuenta el beneficio de consumir el bien por parte de los
demás individuos. Si se establece un subsidio que refleje la utilidad que los otros
individuos derivan del consumo del bien público, se puede lograr entonces un óptimo de
Pareto.
Suponga que existen dos individuos en la economía. La condición de optimalidad de los
bienes públicos derivada por Samuelson muestra como en equilibrio es necesario que la
suma de las utilidades marginales por el consumo del bien público sea igual al costo
marginal de producirlo:
∂φ1 (q ) ∂φ 2 (q ) ∂c(q )
+
=
.
∂q
∂q
∂q
De otro lado, cuando el bien público se provee de manera descentralizada, la condición
de maximización para el individuo 1 es igual a
∂φ1 (q ) ∂c(q )
=
.
∂q
∂q
Si se establece un subsidio tal que
s1 =
∂φ 2 (q )
,
∂q
entonces el resultado de una provisión descentralizada del bien público deriva en un
óptimo de Pareto.
La derivación formal del modelo se hace a continuación. Si si es el monto del subsidio
para el individuo i y L el precio pagado por el bien público por el individuo i, el
individuo maximiza la siguiente función de utilidad indirecta
Max φi (q1 + q 2 ) + si q − Lq
q
sujeto a q ≥ 0.
Las condiciones de primer orden son
∂φ1 (q1 + q2 )
+ s1 − L ≤ 0 cuando q ≥ 0.
∂q
Para q>0,
∂φ1 (q1 + q2 )
+ s1 = L
∂q
Dado que en una provision descentralizada del bien público L =
∂c
, las condiciones de
∂q
primer orden se pueden reescribir como
∂φ1 (q1 + q2 )
∂c(q )
+ s1 = L =
∂q
∂q
Como el subsidio se definió tal que s1 =
∂φ 2 (q )
, las condiciones de primer orden se
∂q
convierten en
∂φ1 (q1 + q2 ) ∂φ 2 (q1 + q2 )
∂c(q)
+
=L=
∂q
∂q
∂q
Por lo tanto, la definición adecuada de un subsidio puede llevar a la economía a alcanzar
un óptimo de Pareto. Con la definición de un subsidio, el Estado provee un porcentaje
del bien público y la responsabilidad de proveer el porcentaje restante recae en los
agentes económicos.
Otra opción, de poca aplicabilidad, son los precios de Lindahl. Con los precios de
Lindahl, se definen mercados para cada individuo i de acuerdo a los beneficios que
resultan del consumo del bien público. Dado que la utilidad marginal de consumir el
bien público es diferente para cada agente económico, el precio difiere para cada agente.
Si se asume que cada agente económico decide sobre la cantidad del bien público que
consume, el proceso de maximizacion está definido por
⎛
⎞
Max φi ⎜ qi + ∑ qk ⎟ − Li qi + wi
qi
k ≠i
⎝
⎠
sujeto a qi ≥ 0.
Las condiciones de primer orden son
⎛
⎞
∂φi ⎜ qi + ∑ qk ⎟
k ≠i
⎝
⎠ − L ≤ 0 cuando q ≥ 0.
i
i
∂q
Para qi>0,
⎛
⎞
∂φi ⎜ qi + ∑ qk ⎟
k ≠i
⎝
⎠−L =0
i
∂q
Las condiciones de primer orden significan que el agente económico iguala el beneficio
marginal de consumir el bien público al precio del bien. Este precio es diferente para
cada agente económico.
De otro lado, la firma está produciendo una cantidad I cantidad del bien público en
proporciones fijas, es decir produce la misma cantidad para cada agente económico. Sin
embargo, cada agente paga un precio diferente y acorde a la utilidad marginal que
deriva del bien público. El problema de maximización de beneficios está dado por
I
Max
q ≥0
∑ L q − c(q).
i =1
i
Las condiciones de primer orden son iguales a
I
∑L −
i =1
i
∂c(q)
≤ 0 para q ≥ 0.
∂q
Cuando q>0,
I
∑L
i =1
i
=
∂c(q)
.
∂q
Dado que las condiciones de primer orden para cada individuo son,
⎛
⎞
∂φi ⎜ qi + ∑ qk ⎟
k ≠i
⎝
⎠=L,
i
∂q
la condición de maximización con precios de Lindahl es igual a
I
∂φi
∑ ∂q
i =1
=
∂c(q)
∂q
y, por consiguiente, se alcanza un óptimo de Pareto.
La existencia de equilibrios de Lindahl es dificil de identificar. En primer lugar, es
necesario que exista la posibilidad de exclusión para que el equilibrio sea posible.
Además, al definir un mercado diferente para cada consumidor, la hipótesis de
consumidores tomadores de precios es difícil de sostener.
2.6. El teorema de Coase
El teorema de Coase establece, que en ausencia de costos de transacción, la negociación
entre agentes acerca de la producción total de una externalidad puede llevar a un óptimo
de Pareto, independientemente de la asignación inicial de los derechos de propiedad
sobre la externalidad.
La gráfica 2.8. presenta un ejemplo del Teorema de Coase. Suponga que la economía
está en el punto inicial h0 y se otorgan los derechos de propiedad al agente afectado por
la externalidad. En este punto, el agente generador de la externalidad está dispuesto a
pagar una cantidad máxima por cada unidad adicional que pueda generar. En el punto
h0, dicho pago o compensación es mayor que el daño marginal que está percibiendo el
otro agente. Por lo tanto, el agente afectado está dispuesto a vender unidades adicionales
para que el agente generador las “utilice”. El proceso de negociación continúa hasta el
punto donde los beneficios marginales de generar la externalidad son iguales a los
costos marginales. De otro lado, si el punto inicial está en h1 y se asignan los derechos
de propiedad al agente generador, el agente afectado está dispuesto a pagar AB por una
reducción de una unidad en la externalidad. Como el pago es mayor a los beneficios
marginales obtenidos por el agente generador, el agente contaminador la cede. El
proceso de negociación se lleva a cabo hasta donde los beneficios marginales se igualan
a los costos marginales.
Gráfica 2.8. El teorema de Coase y la asignación de recursos
BMg
DMg
DMg
O
A
BMg
B
h0
h1
h
El anterior resultado se deriva a continuación con un modelo formal. La utilidad
indirecta del individuo i esta definida como
V ( p,Wi , h) = φi ( p, h) + wi donde i = 1,2
El individuo 1 está generando la externalidad y el individuo 2 está afectado por la
externalidad. El regulador cede los derechos de propiedad al individuo 2 y le otorga así
la posibilidad de gozar de un ambiente sano. Para simplificar el modelo, se asume que el
individuo 1 puede hacer una oferta “de tómelo o déjelo” al individuo 2. El pago de
dicha oferta está representado por T. Este pago representa la cantidad de externalidad
que tendrá derecho a generar. El agente económico 1 está dispuesto a pagar T cuando la
utilidad que obtiene después de pagar T y generar h es mayor que la utilidad de no
generar ninguna cantidad de externalidad, es decir
φ1 ( p, h) + w1 - T ≥ φ1 ( p,0) + w1 .
Por lo tanto, el agente económico 2 escoge su oferta de (T, h) con base en el siguiente
problema de maximización
Max φ2 ( p, h) + w2 + T
h≥0
sujeto a φ1 ( p, h) + w1 - T ≥ φ1 ( p,0) + w1 .
La restricción siempre se cumple con una igualdad. De otro modo, los consumidores no
podrían vender ni una sola unidad de externalidad. Ello implica que
φ1 ( p, h) + w1 - T = φ1 ( p,0) + w1
T = φ1 ( p, h) − φ1 ( p,0).
Por ende, la cantidad que está dispuesto a pagar el agente generador es igual a la
diferencia entre la utilidad que recibe por generar una cantidad h de externalidad y la
utilidad por no generar ningún nivel de la externalidad.
Si se remplaza entonces la restricción en la función de utilidad del individuo 2, esta se
puede rescribir como
Max φ2 ( p, h) + w2 + φ1 ( p, h) - φ1 ( p,0).
h ≥0
La función objetivo del individuo 2 es muy similar a la función objetivo de un
planificador central. La diferencia radica en W2 y φ1 ( p,0) , sin embargo ninguno de los
dos términos depende de h. La cantidad de externalidad escogida por el agente
económico 2 es igual a aquella escogida por el planificador central. Las condiciones de
primer orden siguientes demuestran eso.
∂φ 2 ( p, h) ∂φ1 ( p, h)
+
≤ 0 para h ≥ 0 .
∂h
∂h
Cuando h>0,
−
∂φ 2 ( p, h) ∂φ1 ( p, h)
=
.
∂h
∂h
Por lo tanto, la transacción de los derechos de propiedad permite que se alcance un
óptimo de Pareto.
Sin embargo, el teorema de Coase es muy restrictivo. En primera instancia, los derechos
de propiedad deben estar claramente definidos. En segundo lugar, los derechos de
propiedad deben ser verificables, monitoreables y es necesario un regulador con la
capacidad suficiente para hacer respetar dichos derechos. Cuando h no se puede medir
fácilmente, es difícil hacer valer los derechos de propiedad. Dicho problema se presenta,
por ejemplo, en el Convenio Marco de Cambio Climático y en el Protocolo de Kioto.
Por ejemplo, Colombia puede vender tres hectáreas de bosque joven a los Estados
Unidos como sumideros de carbono. Comprobar posteriormente si los bosques todavía
existen y si están absorbiendo la cantidad de GEI acordada es difícil. Ello implicaría
unos altos costos de verificación y, por ende, de transacción.
¿Bajo que condiciones no se cumple el Teorema de Coase?
1. Cuando hay costos de transacción. Estos surgen cuando:
a. La información necesaria para llevar a cabo la negociación no está
disponible. En este caso, los agentes incurren en costos para conseguir la
información necesaria. Si los agentes deben decidir con un conjunto de
información limitado, el proceso de decisión se torna complejo.
b. Costos de usar el mecanismo de precios. Dichos costos surgen cuando
el número de individuos involucrados en la negociación es mucho mayor
de dos y son el resultado de:
i. Costos de búsqueda. Cuando hay más de dos individuos con quien
transar, es difícil encontrar la persona con la cual se negocia.
ii. Costos de negociar. Estos costos recogen la totalidad de los gastos
que implica una negociación. A medida que incrementa el número
de consumidores, se elevan los costos de negociación.
c. Información asimétrica. Los individuos involucrados en la negociación
no conocen los verdaderos beneficios y daños marginales. En este caso,
el regulador deberá crear los incentivos para que cada agente revele su
información y en el proceso de invertir recursos.
d. Riesgo moral. El ejemplo anterior del Convenio Marco de Cambio
Climático muestra un claro problema de riesgo moral. El desempeño del
contrato una vez se ha suscrito es difícil de verificar: es necesario saber
si los bosques todavía existen y la magnitud de carbono que absorben.
2. Cuando la externalidad es pública. Si la firma posee el derecho de propiedad
sobre la externalidad y los consumidores deben negociar las reducciones en la
externalidad, se presentan problemas de free riding.
3. El poder de negociación es asimétrico. El poder negociación puede sesgar los
resultados. Si el contaminador tiene mayor poder de negociación, asignarle los
derechos de propiedad puede generar un mayor nivel de contaminación que el
óptimo y viceversa.